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Actividad política y diplomática de las Cortes de Navarra y los Estados de Bearne: los años iniciales del reinado de Catalina I y el inicio de la “guerra jurídica” con el rey de Francia

Adot Lerga, Álvaro

Abstract

Las asambleas representativas de Navarra y Bearne desarrollaron un activo papel político y diplomático entre el último tercio del siglo XV y comienzos del XVI. Su importante tarea de asesoramiento a los reyes de Navarra en importantes temas de índole internacional fue acompañada de una actividad política y diplomática realizada ante embajadores de otros reinos, especialmente en tiempos de inestabilidad y confrontación política, llegando a emitir cartas de creencia e instrucciones a embajadores navarros y bearneses, como sucedió en el año 1507, momento de grave conflicto político entre las monarquías navarra y francesa.

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EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 Actividad política y diplomática de las Cortes de Navarra y los Estados de Bearne: los años iniciales del reinado de Catalina I y el inicio de la “guerra jurídica” con el rey de Francia* Political and diplomatic activity of the Courts of Navarre and the States of Béarn: the early years of the reign of Catherine I and the beginning of the “legal war” with the King of France Álvaro ADOT LERGA Doctor en Historia. Profesor Ayudante Doctor. Universidad Complutense de Madrid. Departamento de Historia de América y Medieval y Ciencias Historiográficas, Facultad de Geografía e Historia, c/ Profesor Aranguren s/n, Ciudad Universitaria, 28040 Madrid (España). C. e.: [email protected] ORCID: https://orcid.org/0000-0002-8379-8681 Recibido/Received: 14/09/2023. Aceptado/Accepted: 19/02/2024. Cómo citar/How to cite: Adot Lerga, Álvaro. “Actividad política y diplomática de las Cortes de Navarra y los Estados de Bearne: los años iniciales del reinado de Catalina I y el inicio de la ‘guerra jurídica’ con el rey de Francia.” Edad Media. Revista de Historia 25 (2024): 195-232. DOI: https://doi.org/10.24197/em.25.2024.195-232 Artículo de acceso abierto distribuido bajo una Licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC-BY 4.0). / Open access article under a Creative Commons Attribution 4.0 International License (CC-BY 4.0). Resumen: Las asambleas representativas de Navarra y Bearne desarrollaron un activo papel político y diplomático entre el último tercio del siglo XV y comienzos del XVI. Su importante tarea de asesoramiento a los reyes de Navarra en importantes temas de índole internacional fue acompañada de una actividad política y diplomática realizada ante embajadores de otros reinos, * Este trabajo se ha realizado en el marco del Proyecto de Investigación de la Agencia Estatal de Investigación, nº de Proyecto: AEI/10.13039/501100011033, PACNECOM “Pacto, negociación y conflicto en la cultura política castellana (1230-1516)”. También foma parte del Proyecto Internacional de Investigación ANR-16-CE27-0014 “Acronavarre (Actes royaux de Navarre, XVe-XVIe siècles)”, de la Agence Nationale de Recherche (Francia), dotado con un presupuesto de 576.470 euros. 196 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 especialmente en tiempos de inestabilidad y confrontación política, llegando a emitir cartas de creencia e instrucciones a embajadores navarros y bearneses, como sucedió en el año 1507, momento de grave conflicto político entre las monarquías navarra y francesa. Palabras claves: Cortes; Asambleas representativas; Monarquía; Diplomacia; Navarra; Bearne; Francia; Castilla; Baja Edad Media. Abstract: The Navarrese and Béarn representative assemblies played an active political and diplomatic role between the last third of the 15th century and the beginning of the 16th century. Their important task of advising the kings of Navarre on important international issues was accompanied by political and diplomatic activity with ambassadors from other kingdoms, especially in times of instability and political confrontation, even issuing charters of belief and instructions to ambassadors from Navarre and Béarn, as it happened in 1507, a time of serious political conflict between the Navarrese and French monarchies. Keywords: Representative Assemblies; “Cortes”; Monarchy; Diplomacy; Navarre; Béarn; France; Castile; Late Middle Ages. Sumario. Introducción; 1. Algo más que meras asambleas asesoras en diplomacia y política internacional; 2. Actividad política y diplomática en los proyectos matrimoniales de la reina Catalina I de Navarra; 3. Actividad diplomática en época de “guerra jurídica”: las instrucciones de las Cortes a embajadores enviados ante Luis XII en 1507; Conclusiones; Bibliografía. Summary: Introduction; 1. More than mere advisory assemblies in diplomacy and international politics; 2. Political and diplomatic activity in the marriage projects of Queen Catherine I of Navarre; 3. Diplomatic activity in times of ‘legal war’: the instructions of the Cortes to ambassadors sent to Louis XII in 1507; Conclusions; Bibliography. INTRODUCCIÓN** En las últimas décadas se viene realizando una intensa labor de estudio sobre la diplomacia desplegada en el medievo, siendo un ámbito temático tan extenso como complicado de estudiar por diversas causas como la dispersión de las fuentes documentales, el desconocimiento de parte de documentación que existió en la época y no se ha conservado o se conserva en fondos y/o secciones inventariados y descritos someramente. En lo relativo a las monarquías castellana y aragonesa, apreciamos desde hace unas décadas un destacado proceso de renovación historiográfica en el ámbito del estudio de la diplomacia, en el marco de proyectos de investigación desarrollados por grupos de investigación universitarios.1 ** Siglas abreviadas: ADPA (Archives Départementales des Pyrénées Atlantiques), AGN (Archivo General y Real de Navarra), AHN (Archivo Histórico Nacional), UPPA (Université de Pau et des Pays de l’Adour). 1 Ante la imposibilidad de presentar un detallado listado de estudios sobre diplomacia, política internacional y cultura política en los reinos peninsulares, nos limitamos a citar importantes obras colectivas editadas en los últimos cinco años. Dentro de un contexto general relativo al conjunto de reinos de la Península Ibérica, pero con especial importancia a la Corona de Castilla, véanse: Nieto Actividad política y diplomática 197 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 El presente estudio se inscribe dentro de la diplomacia de la Navarra tardomedieval, en plena relación con aspectos de historia institucional, aportando luz a un aspecto escasamente estudiado como es el papel activo que tuvieron las Cortes navarras y bearnesas en la época del reinado de Catalina de Foix y Juan de Albret en aspectos de política y diplomacia internacional,2 “en un espinoso período de su historia (en el que) la diplomacia navarra no estuvo ni inactiva ni silenciosa”,3 centrándonos en dos momentos concretos de su reinado. El objetivo no consiste en dar una visión general de la ingente labor de asesoramiento político que estas asambleas realizaron en la época ni tampoco realizar un mero trabajo de historia institucional. Preferimos abordar el estudio desde un enfoque más novedoso, centrándonos en la actividad desarrollada por las Cortes navarras y bearnesas en diplomacia y política internacional, manteniendo relaciones diplomáticas con embajadores y monarquías vecinas. Nos interesa destacar aspectos relativos al discurso de estas asambleas, aquello que expresaron y cómo lo expresaron en procedimientos y comportamientos, actuando como “una auténtica comunidad política” a fines del medievo.4 Iniciamos este artículo comentando aspectos principales de las atribuciones de aquellas asambleas representativas en lo relativo a política y diplomacia internacional. Seguidamente, analizamos dos momentos concretos: en primer término, el primer año y medio del reinado de Catalina I de Navarra, caracterizado por las gestiones realizadas por los reyes vecinos para influir en el matrimonio de la reina. En segundo lugar, Soria, José Manuel; Villarroel González, Óscar (coord.), Diplomacia y cultura política…; Nieto Soria, José Manuel; Villarroel González, Óscar (coord.), El embajador: Evolución…; Chelle Ortega, José Antonio; García Isaac, José Marcos; Villarroel González, Óscar (coord.), Guerra y diplomacia.... Para el caso de la Corona de Aragón véase Villanueva Morte, Concepción (ed.), Diplomacia y desarrollo del Estado… 2 En este estudio mencionaremos a estos reyes como Catalina I de Navarra, Catalina de Foix, Juan de Albret y Juan III de Navarra. Sobre la producción documental de estos reyes mencionamos las descripciones archivísticas de unos 1.100 documentos, incluidas en una base de datos realizada en el marco del proyecto de investigación internacional ANR - Acronavarre (actes royaux de Navarre, XVe-XVIe siècles), financiado por l’ANR y coordinado por Philippe Chareyre, ANR AcRoNavarre (hypotheses.org). El estudio más reciente en el que se aborda la figura de Catalina I es el brillante artículo de Elena Woodacre, “Absent in (life and) death?...”, 96-98. 3 Miguel Ángel Ochoa Brun, Historia de la diplomacia española. Edad Media II…, 337. 4 Utilizo, traducidas, las palabras de Michel Herbert escritas en “Consensus et représentation en Europe…”, 18-19. Sobre aspectos de diplomacia navarra en el siglo XV destacamos los trabajos de Eloísa Ramírez Vaquero: "Estrategias diplomáticas del rey de Navarra…” y “Catalina de Foix y Juan de Albret …”; Álvaro Adot Lerga: “Juan de Albret y Catalina de Foix…”, “Embajadores navarros en Europa…” y “Engañadores al servicio…” 198 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 el año 1507, marcado por una grave confrontación política internacional entre dicha Casa real y la monarquía francesa. En lo relativo al matrimonio de Catalina, las Cortes realizaron un importante papel en aspectos diplomáticos con los Reyes Católicos y también con la monarquía francesa, además de un diálogo con la propia reina y con su madre Magdalena de Francia.5 En cuanto a la actividad diplomática desplegada por bearneses y navarros en 1507, analizamos instrucciones, nunca antes estudiadas, que fueron redactadas por aquellas asambleas y entregadas a los embajadores navarros y bearneses que acudieron ante Luis XII de Francia en un momento de alto grado de confrontación entre ambas monarquías, marcado por una alarmante situación que Luis Suárez Fernández definió como un “estado jurídico de guerra entre los Albret y el rey de Francia” ,6 que iba a perdurar hasta 1512. Es imperativo mencionar en este apartado introductorio que el presente artículo es fruto de la consulta directa de las fuentes documentales de archivos. Dicha documentación tiene como principales autores jurídicos a las propias asambleas representativas de Navarra y Bearne así como a los reyes de Navarra y a los soberanos de Francia. 1. ALGO MÁS QUE MERAS ASAMBLEAS ASESORAS EN DIPLOMACIA Y POLÍTICA INTERNACIONAL Si bien son muchos los autores que han publicado interesantes trabajos sobre las Cortes de Navarra, bien de carácter científico bien de carácter divulgativo, focalizando su interés en el estudio del germen de las Cortes y su evolución hasta fines del siglo XIV, todavía queda mucho por conocer sobre la diplomacia desplegada por aquella asamblea representativa.7 En 5 Magdalena de Francia, princesa de Viana, fue hija de Carlos VII de Francia y hermana de Luis XI de Francia. A su vez, fue madre de los reyes Francisco Febo y Catalina I de Navarra. 6 Luis Suárez Fernández, Fernando el Católico y Navarra…, 226. 7 Al centrarnos en la época de fines del siglo XV e inicios del XVI, no pretendemos exponer aquí un listado minucioso de obras de conjunto que estudian los siglos XIII y XIV. Sin embargo, debemos citar estudios de considerable repercusión doctrinal: José María Lacarra, Estudios de Historia de Navarra…, El juramento de los Reyes…, “Las Cortes de Aragón y de Navarra…” y “Estructura político-administrativa de Navarra…”; Joaquín Salcedo Izu, “Las Cortes de Navarra…”; Francisco Elías de Tejada, “Cuestiones previas para la interpretación…”; Arturo Campión, La constitución de la primitiva… También estudios más recientes con notables aportaciones: Roldán Jimeno Aranguren, Los Fueros de Navarra; Eloísa Ramírez Vaquero, “Asambleas y representación en Navarra…”, “Sociedad política y diálogo…“, “Un golpe revolucionario…”; Raquel García Arancón, “La Junta de Infanzones…”; Javier Gallego Gallego y Actividad política y diplomática 199 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 lo relativo al período del reinado de Juan de Albret y Catalina de Foix muy pocos autores se han interesado en el siglo XXI por el estudio de labor diplomática realizada por las Cortes navarras y sus homólogas bearnesas, teniendo que remontarnos muy atrás en el tiempo para encontrar trabajos que abordan dicha temática.8 Aquellas asambleas realizaron un considerable trabajo de asesoramiento a los reyes de Navarra en asuntos de política internacional, alegando que tenían atribuciones para tratar ese tipo de temas en base a los fueros.9 Además, dicha participación tenía como respaldo político el reconocimiento oficial de los propios reyes Foix-Bearne-Albret-Navarra. Así quedó patente en el contenido del nombramiento de Alain de Albret como gobernador y lugarteniente general de Navarra, en septiembre de 1486, en el que los reyes escribieron que entre sus atribuciones estaba la diplomática, pudiendo alcanzar alianzas y pactos internacionales, pero estipulando que al hacerlo debía contar con voluntat e deliberacion de los dichos Estados navarros.10 De este modo, el contenido del nombramiento establece que en temas de política internacional como pactar alianzas de confederación y firmar la paz con otros reyes y Estados, las decisiones del gobernador tenían que estar consensuadas con las Cortes. Esto no era una novedad nacida en la época sino un ejemplo más, si bien importante, de que en diversos momentos “los reyes medievales contaban con las Cortes en las cuestiones internacionales”.11 Estos datos nos hacen comprender mejor el discurso político y la labor diplomática desplegada por las Cortes Ángel Martín Duque, “Las Cortes de Navarra…”. Finalmente, publicaciones de síntesis con escasas aportaciones, como la de Luis Javier Fortún Pérez de Ciriza, L. J., “El “reyno” frente al rey…”. 8 Al respecto destacamos las siguientes publicaciones: - Para el siglo XIX: Léon Cadier, Les Etats de Béarn… ; Prosper Boissonnade, Histoire de la réunion… - Para el siglo XX: María Puy Huici, Las Cortes de Navarra…; Joaquín Salcedo Izu, El Consejo Real de Navarra… y “Las Cortes de Navarra en la Edad Media”; José María Lacarra, Historia política del reino…; Luis Suárez Fernández, Fernando el Católico y Navarra…. - Para el siglo XXI: Álvaro Adot Lerga, “La naissance de la vice-royauté…”, “Organización, atribuciones y funcionamiento…”, “Orígenes del virreinato…”, “El doble Estado NavarraBearne…”; Embajadores navarros en Europa…, Navarra, julio de 1512… y Juan de Albret y Catalina de Foix…. También Eloísa Ramírez Vaquero, “Catalina de Foix y Juan de Albret…”. 9 Véase Joaquín Salcedo Izu, “Las Cortes de Navarra…”, 598-601, y Enrique de Tapia Ozcáriz, Las Cortes de Castilla…, 65. 10 AGN, Comptos, documentos, caja 176, n.13. San Juan de Pie de Puerto, 26 de septiembre de 1486. Nombramiento de gobernador y lugarteniente general del reino concedido por Catalina I y Juan III, reyes de Navarra, a favor de Alain, señor de Albret. Original. Documento estudiado y transcrito por Álvaro Adot Lerga, “Orígenes del virreinato…”, 607-608, 626-627. 11 Joaquín Salcedo Izu, “Las Cortes de Navarra…”, 599-600. 200 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 en temas de índole internacional bajo el reinado de Catalina de Foix y Juan de Albret, algo que desapareció con motivo de la conquista de 1512 y posterior incorporación del reino en la Corona de Castilla, en 1515. Volviendo al nombramiento de Alain de Albret como gobernador, exponemos el capítulo en el que se incluyen sus atribuciones (y las de las Cortes) en materia de diplomacia: Otrossi, para contractar pazes, sobreseymientos, amiztades o alianzas por nos y en nombre nuestro e por el dicho nuestro regno, con voluntat e deliberacion de los dichos Estados, con qualesquiere principes, reyes o sennores e circumvezinos al dicho regno e a los nuestros sennorios o con otros qualesquiere que a él bien visto fuere.12 Cabe destacar que aquella asamblea representativa llegó a tomar la iniciativa en asuntos políticos relacionados con reyes y reinos vecinos, la Santa Sede y el emperador Maximiliano I de Austria. Para el caso de Bearne, al margen de las instrucciones a embajadores que estudiamos en este estudio, sabemos que los tres Estados del señorío pirenaico escribieron de motu proprio a los reyes de Francia, afirmando que Catalina I de Navarra era nostre sobirane dame (nuestra señora soberana), y con el objetivo de reafirmar la soberanía del señorío, que se consideraba país al margen de la Corona de Francia.13 Un ejemplo lo encontramos en el mes de noviembre de 1488, cuando escribieron a Carlos VIII dándole las gracias por no haber ayudado a Juan de Foix, vizconde de Narbona, a reemprender la guerra contra la reina de Navarra.14 Este documento se inscribe dentro del discurso público de las instituciones bearnesas y los 12 Álvaro Adot Lerga, “Orígenes del virreinato…”, 627. 13 Ver “Lettre des États de Béarn au roi de France, pour lui déclarer que leur intention n’a jamais été de recevoir le vicomte de Narbonne pour seigneur“, transcrito por Leon Cadier, Le livre des Syndics…, 18. Documento conservado en ADPA, C 680, fol. XIII y ”Lettre écrite par les États de Béarn pour à Charles VIII, roi de France, pour le remercier d’être intervenu en faveur de Catherine de Foix, menacée d’une nouvelle guerre par le vicomte de Béarn “, transcrito por Léon Cadier, Les Etats de Béarn…, documento justificativo n. XXVII, y Le livre des Syndics…, 5-6. Pau, 16 de noviembre de 1488. ADPA, C 680, fol.1v. Para un mayor conocimiento sobre el discurso político de los Estados de Bearne en el siglo XV, véanse los más recientes trabajos de Véronique LamazouDuplan, « Le Béarn, l’autre terre souveraine… », 47-50; Dominique Bidot-Germá, “Le discours national des officiers publics…” y Les notaires de la principauté… En relación al discurso en Bearne durante la segunda mitad del siglo XIV y comienzos del XV, véase Véronique LamazouDuplan, Dominique Bidot-Germá, “Assise et discours politique en Béarn…”, Jean-Pierre Barraqué,”L'idéologie politique en Béarn… “, “Pactisme et pactisme… “, “Le for dans le discours politique au début du XVe siècle…“. 14 Pau, 16 de noviembre de 1488. ADPA, C 680, fol.1v. Pub. Leon Cadier, Le livre des Syndics… 5-6. Actividad política y diplomática 201 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 reyes de Navarra, plasmado en documentación de naturaleza política y administrativa, que mantenía que Bearne era territorio independiente de Francia, debido a que el dicho pais y sennorio de Bearne esta al margen de la sujecion, jurisdiccion y soberania de la Corona de Francia, de manera que es pais aparte, separado del dicho reino de Francia.15 Si bien quien decidía en última instancia en materia internacional era la propia monarquía, no es menos cierto que las Cortes asesoraron y colaboraron con los reyes formulando propuestas y consejos que fueron tenidos en cuenta e incluso puestos en práctica cuando se trataba de proyectos favorables para los intereses de ambas partes. Diversas actas expedidas en la época demuestran la existencia de una sintonía entre reyes y asambleas representativas en asuntos principales como la política matrimonial entre los herederos de los reyes de Navarra y los de los monarcas de Castilla-Aragón.16 En el discurso de las Cortes navarras, siendo lo mismo para el caso bearnés, no solo apreciamos una autoafirmación como Estados con ciertas atribuciones en política internacional, también encontramos otro principio propio de la Europa de la época como es el apoyo que los súbditos debían brindar a sus soberanos naturales. De este modo, brindaron su apoyo a Catalina I y Juan III según que nuestra fidelidad y naturaleza nos obligan.17 En buena medida, al igual que sucedió en asambleas representativas de otros reinos como el de Aragón, la actividad diplomática de las Cortes navarras estuvo “generalmente subordinada a los designios” de la monarquía.18 Sin embargo, debemos añadir que el apoyo y asesoramiento también obedecía a intereses de los tres Estados navarros, que coincidían con los de monarquía. Citamos aquí los siguientes tres ejemplos: las demandas efectuadas a la Santa Sede en 1500, llevadas a Roma por una embajada financiada y comandada por navarros, con objeto de que las dignidades religiosas en Navarra y Bearne fuesen ejercidas por 15 ADPA, E. 330/1, publicado por Pierre Tucoo-Chala, “La révolte du baron…”, 21. Podemos añadir otros ejemplos, como las frases de los reyes en acta enviada a las Cortes de Navarra (febrero 1510): el pays de Bearne el quoal como sabeis es imperio sin reconescer nengun superior sino a Nos AGN, Reino, límites del reino, amojonamiento y diferencias sobre términos con otros países, leg. 1, carp. 7. Transcrito por Álvaro Adot Lerga, Juan de Albret y Catalina de Foix…, 354-355. 16 Véase Álvaro Adot Lerga, Juan de Albret y Catalina… 17 Entre otros muchos ejemplos, exponemos el que encontramos en la respuesta de las Cortes a los reyes de Navarra, en las Cortes reunidas en Puente la Reina en junio de 1507, AGN, Recopilación de Actas de Cortes, vol. 20, fol. 44r. 18 Véase Concepción Villanueva Morte, Guillermo Tomás Faci, “Hablar en nombre del reino…”, 253. 202 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 “naturales” y no por “extranjeros”,19 la política matrimonial desarrollada por la Corona, centrada en casar a sus herederos con los de los Reyes Católicos, y la política de ampliación territorial, “reintegrando” diversos territorios de las actuales comunidades de La Rioja y País Vasco en el reino de Navarra.20 Las Cortes se erigieron en las principales defensoras de la monarquía navarra, pidiendo que fuesen navarros quienes encabezasen las labores diplomáticas, alegando el estatus de Navarra como reino y territorio principal del conjunto de dominios de la Casa Navarra-Foix-BearneAlbret. En ocasiones así se cumplió, como fue el caso de la embajada a Roma de 1500 y diversas embajadas a los Reyes Católicos21 y a Maximiliano I.22 En otros casos el modelo fue diferente, naciendo delegaciones diplomáticas compuestas por navarros y bearneses. Este nuevo modelo se comprende estudiando el tándem político y diplomático conformado por Navarra y Bearne en la diplomacia internacional desplegada por la monarquía.23 El hecho de que los reyes poseyesen numerosos territorios en Francia no supuso motivo de conflicto con las Cortes, más bien al contrario, al entender los navarros que el conjunto territorial de la Casa real formaba un único bloque, que era indivisible. Es más, los tres Estados reunidos en Cortes se erigieron en defensores del conjunto en base a la importancia que le otorgaba su condición de reino. Si bien comentaremos este aspecto posteriormente, en este apartado citamos un ejemplo para el año 1496, cuando transmitieron su pleno apoyo a la reina Catalina, residente en Pau, aconsejándola por medio de un embajador, Fernando de Egüés, prior de Roncesvalles, que no entregase ninguno de sus territorios patrimoniales franceses a su tío Juan de Foix, señor de Narbona, al entender que todos los territorios que poseía la Casa real se hallaban unidos con el reino e 19 Véase Álvaro Adot Lerga, Juan de Albret y Catalina…, 176-179. 20 Mencionamos el siguiente estudio de Álvaro Adot Lerga, en vías de publicación: “Actividad diplomática de los reyes y las Cortes de Navarra en busca de la “reintegración” en Navarra de territorios en poder de Castilla (1480-1518)”, presentado en el Congreso internacional “Castilla y Navarra en la Baja Edad Media: Corte, guerra y diplomacia”, Universidad Complutense de Madrid (26 y 27 de octubre de 2023), y financiado gracias a las ayudas de dicha Universidad para la financiación de acciones especiales de investigación 2023. Organización de congresos, 02-anexoi-concedidos (ucm.es) 21 Véase Álvaro Adot Lerga, Embajadores navarros en Europa… 22 Resulta interesante el caso de Sancho de Berrio, embajador permanente de los reyes de Navarra en la Corte de Maximiliano I de Austria entre 1507 y 1513. Véase Álvaro Adot Lerga, “Engañadores al servicio de los reyes…” 23 Álvaro Adot Lerga, “El doble Estado Navarra-Bearne en el discurso…” Actividad política y diplomática 203 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 integrados bajo la Corona Real y que, por tanto, eran para siempre indivisibles,24 algo que agradeció la reina remarcando que era bueno y sano consejo.25 2. ACTIVIDAD POLÍTICA Y DIPLOMÁTICA EN LOS PROYECTOS MATRIMONIALES DE LA REINA CATALINA I DE NAVARRA En 1483 los Reyes Católicos realizaron labores diplomáticas con objeto de casar a su hijo, el príncipe Juan, con la joven reina de Navarra. Si bien se ha estudiado el papel de los Reyes Católicos, Magdalena de Francia, Pedro de Foix, virrey de Navarra, y los principales líderes de las dos facciones navarras enfrentadas desde primera mitad del siglo XV, en este estudio nos centramos en un enfoque distinto, al priorizar la actividad realizada por las Cortes navarras y los Estados de Bearne. Para comprender el papel e importancia de estas asambleas en época de minoría de Catalina de Foix, se impone ir cinco años atrás, a 1479, al inicio del reinado de Francisco Febo, menor de edad, residente en su señorío de Bearne. En ese momento de “vacío de poder”, las Cortes navarras adquirieron una especial relevancia política. Uno de los aspectos a remarcar es el hecho de que se atribuyeron la potestad de nombrar la regencia del joven rey. De este modo, expusieron que en base a sus atribuciones nombraban a Magdalena de Francia tutora y regente del menor, siendo el nombramiento autorizado por la Corte Mayor del reino. Al respecto, las Cortes transmitieron en 1479 a Jean de Lasalle, obispo de Couserans, y a Guillaumes, señor de Gleon, procuradores nombrados por Magdalena para realizar el juramento recíproco entre rey y reino: … porque los fueros e leyes e costumbres del regno disponen que en tal caso la tutriz o los tutores del s[enn]or rey sean dados e aprobados en el regno e de voluntad de los Estados, por la Cort Mayor autorizados, visto que los poderes suyos se estendia[n] a lo procurar e obtener en nombre de la dicha sennora princessa (Magdalena de Francia), y por obseruar la costumbre e ley del dicho regno, la tutoría fue nuevamente creada e autorizada por la Cort mayor de Nauarra en la forma que se sigue …26 24 Pau, 15 de diciembre de 1496. AGN, Comptos, caj. 166, nº. 25. Incluido en la respuesta dada por la reina Catalina a Fernando de Egüés, embajador de las Cortes de Navarra. Original firmado por la reina. 25 Ibidem. 26 AGN, Reino, casamientos, legajo 1, n.23, f.1r. 210 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 las de Bigorra, Foix y Bearne.53 En estas cartas se notificaba que el rey sabía del matrimonio concertado entre la reina de Navarra y el hijo del señor de Albret, lo que consideraba una buena noticia.54 Siguiendo la opinión de Ernest Belenguer, probablemente la opción de Juan de Albret no era la preferida por la monarquía de Francia, teniendo en cuenta que “Alain de Albret y su hijo no iban a ser fácilmente manipulados por París”,55 convirtiéndose el señor de Albret en uno de los líderes de las ligas feudales que se enfrentaron a Carlos VIII de Francia hasta finalizar la década de 1480. La situación de inestabilidad política pudo obligar al Consejo de regencia de este soberano a adoptar posturas políticas de consenso con los Albret, del mismo modo que procuró hacerlo con otras casas nobles francesas al inicio de la regencia. Dentro de este contexto, y en el marco de los conflictos entre Catalina y su tío Juan de Foix, el rey Carlos VIII emitió una ordenanza que demuestra la importancia que esta monarquía concedía en aquel momento a las asambleas representativas de Navarra y Bearne. En dicha ordenanza dictaminó que “el Parlamento de París no sería competente más que para el país de Foix y sus dependencias, pero no para Bearne y Navarra, colocados en un plano de igualdad. En Navarra las Cortes, en Bearne los Estados, serían los únicos habilitados para designar al sucesor de Francisco Febo”.56 Ambas asambleas habían jurado a Catalina como legítima sucesora de su hermano, por lo que el rey francés reconocía oficialmente algo que ni la monarquía francesa ni el Parlamento de Paris podían cambiar en ese momento.57 53 Las cartas están fechadas el 2 de agosto de 1484. Véase Adhelm Bernier, Procès-verbaux des séances du Conseil de régence…, 24. El Consejo de regencia estaba compuesto por M. de Beaujeu, M. de Bresse, M. de Dunoys, M. d'Albi, M. de Périgueux, M. de Lombez, M. de Torcy, M. de Curton, M. Du Lau, M. de Liste, M. de Chastelarchier, M. Adam Fumée, M. Charles de La Vernade, M. Guillaume Dannet, M. Pierre de Sacierges. 54 Ibidem. 55 Ernest Belenguer, Fernando el Católico…, 218. 56 “Le Parlement de Paris ne serait compétent que pour le Pays de Foix et ses dépendances, mais non point pour le Béarn et la Navarre placées sur un pied d’égalité. En Navarre les Cortes, en Béarn les Etats, seraient seuls habilités à désigner le successeur de François-Phoebus“, Pierre TucooChala, La vicomté de Béarn…, 104. El documento que estudió este historiador fue firmado por Carlos VIII de Francia en Montargis, el 2 de octubre de 1484, y se conserva en ADPA, E. 326. Publicado en la citada monografía de Tucoo-Chala, 175-176. 57 Esta ordenanza de Carlos VIII de Francia fue citada en momentos posteriores por la monarquía navarra y por los Estados de Bearne con objeto de justificar que la monarquía francesa había reconocido oficialmente al señorío de Bearne como territorio independiente de Francia. Véase Pierre Tucoo-Chala, “L’arbitrage de Blois… “, 43-53. Actividad política y diplomática 211 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 3. ACTIVIDAD DIPLOMÁTICA EN ÉPOCA DE “GUERRA JURÍDICA”: LAS INSTRUCCIONES DE LAS CORTES A EMBAJADORES ENVIADOS ANTE LUIS XII EN 1507 Sabemos que las Cortes de diversos territorios adquirieron un papel más o menos relevante en momentos de vacío de poder,58 pero también lo tuvieron en época de estabilidad política en temas internos, como fue el caso de Navarra en el año 1507, una vez fracasada la revuelta encabezada por Luis de Beaumont,59 aspecto que contrasta con la difícil situación política de Navarra en el plano internacional por el grave conflicto político existente entre las monarquías navarra y francesa. Como factores previos que explican dicha crisis, señalamos someramente los más recientes en el tiempo, comenzando por la presión ejercida por el rey de Francia desde 1502 al permitir a Gastón de Foix, primo de la reina Catalina de Navarra, reabrir el proceso sobre la sucesión de los territorios de la casa de Foix en los parlamentos de Toulouse y Paris, lo que originó a muy corto plazo que los soberanos de Navarra tuviesen que desembolsar considerables sumas de dinero para costear los pleitos.60 En marzo de 1505, las Cortes navarras pagaron 1 000 libras a Juan del Bosquet, tesorero del reino, parte de 3 043 libras que había adelantado para pagar la embajada del navarro García de Lesaca a la Corte de Francia en busca de una solución dialogada,61 que fracasó en sus objetivos a la luz de los acontecimientos políticos que estaban por llegar. El año de 1507 marcó un antes y un después en las relaciones políticas de las monarquías navarra y francesa, si bien fue la consecuencia de las malas relaciones existentes entre ambas partes desde años atrás. Aquél año comenzó con una sentencia emitida por el parlamento de Toulouse condenando a los reyes de Navarra a indemnizar con 5 000 libras al rey de Francia por haber incendiado el castillo de Gastón de Foix, barón de Coarraze, que, si bien era bearnés y había sido castigado por la justicia 58 Al margen del caso navarro, entre las publicaciones existentes sobre esta temática cito por su novedad el reciente estudio relativo a las Cortes de la Corona de Castilla realizado por José Manuel Nieto Soria, El Hispaniarum rex ante las Cortes…. También, la obra de Juan Manuel Carretero Zamora, Cortes, monarquía, ciudades… 59 Véase Álvaro Adot Lerga, Juan de Albret y Catalina de Foix…, 200-203. 60 Como expusieron los reyes a las Cortes de Navarra. AGN, Recopilación de Actas de Cortes, vol. 20, fol. 24r. En mayo de 1503 los Estados de Bearne aprobaron la ayuda de 10.000 escudos para cubrir gastos de un pleito en el Parlamento de Paris. ADPA, C 680, fol.46. Transcrito por Leon Cadier, Le livre des Syndics…178-179. 61 AGN, Recopilación de Actas de Cortes, vol. 20, fol. 26v. 212 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 bearnesa al ser acusado de lesa majestad, sodomía y otros delitos, había acudido a pedir ayuda a Luis XII, que ordenó que se iniciase un nuevo pleito a sentenciar por el parlamento de Toulouse, que decretó que este noble tenía derecho a un nuevo juicio en tanto que súbdito de Francia. Además de las citadas 5 000 libras, se condenó a los reyes de Navarra a entregar la suma de 1 000 libras al barón y a reconstruir su castillo, situado en el señorío de Bearne, en el plazo de cuatro años.62 Luis XII, lejos de seguir una vía diplomática dialogante, mantuvo su actitud de confrontación y a fines de junio de 1507 mandó pregonar la guerra en las senescalías de Guyena, declarando a la Casa real de Navarra enemiga de Francia y exigiendo a los habitantes del territorio que abandonasen el servicio de sus señores en el plazo de 15 días.63 La situación era extraordinariamente grave, lo que motivó que los reyes convocasen una reunión de las Cortes navarras en la villa de Puente la Reina con objeto de pedir consejo sobre las medidas a adoptar. En la sesión de apertura expusieron los muchos auisos que continuamente teníamos de la mala voluntad que el rey de Francia a Nos y a nuestras cosas mostraba,64 hasta el punto de haber mandado pregonar la guerra contra ellos en el territorio de la Guyena.65 También notificaron a los navarros que habían enviado a la Corte de Francia una embajada comandada por Gabriel de Cardillac, maestrehostal de la reina, que no había sido recibida por Luis XII.66 Las Cortes respondieron mostrando un firme apoyo, al afirmar que en cuanto a lo que a nosotros atanne, nos ofrecemos restos y aparejados para les seruir con nuestras personas y bienes, segun que nuestra fidelidat y naturaleza nos obligan.67 Además, erigiéndose en los principales defensores de los intereses patrimoniales de sus reyes, aconsejaron que se enviase una embajada ante Luis XII comandada por navarros, al ser el 62 Para un mayor conocimiento del “affaire” Coarraze y su importancia en las relaciones políticas entre los reyes de Francia y de Navarra, véase Pierre Prétou, « L’offensive de la majesté de Navarre… » y Pierre Tucoo-Chala, “La révolte du baron de Coarraze…”. Los decretos del parlamento de Toulouse fueron emitidos entre los días 2 y 7 de enero de 1507, se conservan en ADPA, E. 329. 63 Así lo expusieron los reyes de Navarra en la sesión inaugural de las Cortes, el 3 de julio de 1507. AGN, Recopilación de Actas de Cortes, vol. 20. Años 1503-1531, fol.43r 64 Ibidem. Véase Álvaro Adot Lerga, Embajadores navarros en Europa…, p.35. 65 Ibidem. 66 Ibidem, fol. 43r. 67 Ibidem, fol. 44r. El acta que contiene la respuesta de las Cortes ha sido transcrita en Álvaro Adot Lerga, Embajadores navarros en Europa…, 36. Años más tarde también en Fortún Pérez de Ciriza (ed.), Recopilación de resoluciones…, 90-91. Actividad política y diplomática 213 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 reino el territorio principal y de mayor preponderancia política de los monarcas. En consecuencia, pidieron que los embajadores hayan de ser naturales de este su Reino, donde es su Real Corona y mayor título, y por tales se hayan de representar ante el Rey francés, y queden seruidos en que sus súbditos navarros sean sabedores de lo que encargo llevaran y de la respuesta que trajeren.68 Los reyes siguieron el consejo de los navarros y decidieron enviar una embajada comandada por Juan de Jaso, miembro del Consejo real de Navarra y del Consejo privado de los soberanos, y Bonifacio de Peruzzi, obispo de Lescar, a quienes entregaron instrucciones, firmadas el 9 de julio, conteniendo las líneas principales que les debían de servir como guía para su empresa diplomática.69 El objetivo consistía en aplacar los ánimos de Luis XII y lograr que derogase el edicto por el que había decretado que los reyes de Navarra eran enemigos de la Corona de Francia. En primer lugar, de modo introductorio y protocolario, debían recordar las buenas relaciones existentes desde siempre entre las Casas de Navarra, FoixBearne y la Casa real de Francia,70 remarcando a continuación el determinante papel militar y político de las Casas de Foix y Bearne en la conquista y recuperación para la Corona de Francia del territorio de Guyena, donde se había leído públicamente el citado edicto.71 Seguidamente, argumentarían que la monarquía navarra se había mantenido neutral en los conflictos franco-españoles y solo deseaba mantener buenas relaciones con los reyes de Castilla, Aragón y Francia. Al respecto, Juan y Catalina restaban valor a la alianza política firmada en septiembre de 1506 con Felipe I y Juana I de Castilla, exponiendo que no se trataba de un acuerdo contra la monarquía francesa sino que era el fruto de la costumbre, es decir, solo se trataba de continuar una supuesta política de alianzas políticas que desde tiempo antiguo mantenían los reyes de Navarra y de Castilla. En el documento podemos leer las frases siguientes: …comme l’on auoit donné a entendre audit seigneur que losdits roy et royne de Nauarre auoient faict alliance auecques le feu roy de Castille contre luy, Remontreront audit seigneur comme lesdits roy et royne de Nauarre jamais n’ont faict contre ledit seigneur ne Courone de France aliance ne ne sont desliberez de faire…Et que l’aliance qu’ilz ont fait avecques le roy de 68 Ibídem. 69 Puente la Reina, 9 de julio de 1507. AGN, Comptos, papeles sueltos, segunda serie. Anexo, legajo 8, carp. 3, fol. 1r. Documento original firmado por los reyes y el secretario Lesturgeon. 70 Ibidem. 71 Ibidem. 214 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 Castille n’est autre que celle qui de toute autremente a este acoustumee de faire entre lesdits roys de Castille et de Nauarre, royaulmes voisins et par le comerce et admytié qui est a jamais entre les habitans d’iceulx.72 Los embajadores debían insistir en que el acuerdo matrimonial entre Enrique, príncipe de Viana, y una de las hijas de los reyes de Castilla no significaba una amenaza para la Corona de Francia. En diplomacia una cosa era lo que los embajadores debían exponer allí donde se les enviaba y otra muy distinta era la realidad política del momento, y ésta última era en 1507 muy distinta al contenido de los principales puntos que Juan de Jaso y Bonifacio de Peruzzi debían enfatizar ante Luis XII. La realidad política era que a partir de la firma del tratado de Valencia, en 1488, se mantenía una continua colaboración entre las monarquías navarra y castellano-aragonesa, plasmada en una confederación y ayuda militar mutua dirigida principalmente contra un enemigo común, la monarquía francesa. Por el contrario, Juan de Albret y Catalina de Foix no habían firmado ninguna alianza política internacional con los reyes de Francia en los 25 años que llevaban de reinado. Esta y no otra era la realidad de la política internacional desplegada por la monarquía navarra. Las alianzas matrimoniales entre herederos de los soberanos de Navarra y de Castilla tampoco nacían en 1506 sino que existían de manera oficial desde 1494.73 El rey Luis XII sabía que esas alianzas eran el resultado de la política de una Casa de Navarra cercana a la monarquía de los Reyes Católicos, primero, y a la Casa de Austria, después del fallecimiento de Isabel la Católica, con quienes mantenían unas sólidas relaciones políticas, como lo demuestra la existencia de una continuidad de tratados y alianzas firmados en 1488, 1494, 1495, 1500, 1504 y 1506.74 72 Ibidem, fols. 1v-2r. Traducción: “…como se le había dado a entender al dicho señor que los dichos rey y reina de Navarra habían hecho alianza con el fallecido rey de Castilla (Felipe I), contra él, demostrarán al dicho señor cómo los dichos rey y reina de Navarra nunca han hecho alianza ni contra el dicho señor ni contra la Corona de Francia ni están dispuestos a hacerla… Y que la alianza que han hecho con el rey de Castilla (Felipe I) no es otra que la que desde antiguo se ha acostumbrado hacer entre los dichos reyes de Castilla y los de Navarra, reinos vecinos, y por el comercio y amistad que ha existido siempre entre los habitantes de aquellos”. 73 Concretamente desde el tratado internacional firmado en enero de 1494 entre los reyes de Navarra y los Reyes Católicos. Documento transcrito por Luis Suárez Fernández, Política internacional de Isabel …, 181-182. También, Miguel Ángel Ochoa Brun, Historia de la diplomacia española. Los Reyes Católicos, IV…, 207-212 74 Entre 1488 y 1506 fueron firmados diversos tratados internacionales en los que se acordaron aspectos diversos como una confederación militar, libertad de comercio, colaboración en materia de justicia, enlaces matrimoniales entre herederos de ambas partes, etc. Las transcripciones de todos estos tratados (firmados en marzo de 1488; enero de 1494; abril de 1494; marzo de 1495; mayo Actividad política y diplomática 215 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 Además, la familia real se había asentado al sur de los Pirineos desde 1494, siendo Navarra el centro neurálgico desde el que se gobernó el conjunto de territorios y su sede principal de residencia hasta su forzosa partida a tierras bearnesas en 1512.75 Teniendo presente esta realidad, podemos comprender las medidas coercitivas y de confrontación desplegadas por Luis XII contra la Casa de Navarra en el transcurso de la primera década del siglo XVI.76 Por su parte, las Cortes navarras y los Estados bearneses realizaron una interesante actividad diplomática al entregar sendas instrucciones a los embajadores enviados ante Luis XII. Antes de adentrarnos en el contenido de estos documentos, queremos comentar los aspectos que conocemos de la historia de su conservación. Sabemos que fueron descubiertos por Joaquín Beunza, diputado foral de Navarra entre 1909-1917,77 en una librería de Madrid. Gracias a este diputado navarro se compraron y enviaron al Archivo General de Navarra, donde se conservan desde entonces.78 También sabemos, de manera somera e imprecisa, que procedían de la biblioteca del conde de Ezpeleta de Beire,79 lo que tal vez pueda indicar que José Manuel de Ezpeleta y Galdeano, conde de Ezpeleta, pudo incorporarlos a su biblioteca personal en la época en que fue virrey de Navarra, entre 1814 y 1820.80 La existencia de estos documentos, de los que nada se sabía antes de su descubrimiento por Joaquín Beunza, indica que es probable que la producción documental de tipo diplomático emitida por aquellas asambleas representativas fuese mayor de lo que podemos suponer en la actualidad. Las instrucciones emitidas por las Cortes de Navarra en 1507 tienen un especial interés por varios motivos. Uno de ellos es su fecha de emisión, 1500; marzo 1504; agosto 1506) están publicadas por Álvaro Adot Lerga, Juan de Albret y Catalina de Foix…, 337-352. 75 Como lo demuestra el itinerario de aquellos reyes, realizado a partir de la consulta de unos 1.000 documentos. Véase Álvaro Adot Lerga, “Itinerario de los reyes…”, Álvaro Adot Lerga, Juan de Albret y Catalina de Foix..., 299-334 y Philippe Chareyre, Pébay-Clottes, Isabelle et Mironneau, Paul, L’Art de régner... 76 Véase Pierre Tucoo-Chala, « L’arbitrage de Blois et la crise… », Pierre Tucoo-Chala, « La révolte du baron de Coarraze et la crise… »; Álvaro Adot Lerga, Juan de Albret y Catalina de Foix…, 196-231. 77 Véase Ángel García-Sanz Marcotegui, voz “Joaquín Beunza”, 358-361. 78 Esta información nos la aporta Javier Etayo en “Instrucciones de las Cortes de Navarra…”, 262264. 79 Ibidem, 264. 80 Para una idea general de la biografía de este personaje, véase Juan Bosco Amores Carredano, voz “José de Ezpeleta y Galdeano”. 216 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 anterior a la de las instrucciones de los reyes Juan de Albret y Catalina de Foix. Como hemos citado previamente, estas últimas fueron emitidas el día 9 de julio, sin embargo, las de las Cortes lo fueron un día antes, el 8 de julio.81 Este sorprendente dato no es algo baladí y sin importancia, más bien al contrario, porque arroja información sobre dos importantes aspectos: en primer término, es una clara expresión del enorme interés de los navarros por realizar una labor diplomática ante el rey de Francia en defensa de sus reyes. En segundo lugar, porque deja entrever que las Cortes conocían los nombres de los embajadores probablemente en el mismo momento o, en todo caso, inmediatamente después de que los reyes los nombraron, lo que confirma la existencia de un alto grado de entendimiento y colaboración entre Catalina de Foix y la asamblea representativa del reino. Por su parte, las instrucciones emitidas por los Estados de Bearne fueron redactadas en fecha posterior, al llegar a Bearne la notificación de formación de la embajada pasados varios días. De este modo, fueron redactadas y firmadas una semana después, el día 16 de julio, en Lescar.82 En lo relativo a los aspectos formales de estos documentos, cabe destacar que las instrucciones diplomáticas emitidas por las Cortes navarras están escritas en romance navarro y las elaboradas por los Estados de Bearne en bearnés, lengua oficial de la administración del señorío soberano. Solamente las instrucciones de los reyes de Navarra están escritas en lengua francesa. Las instrucciones emitidas por las asambleas de aquellos territorios pirenaicos nos informan de que los embajadores no llevaron solamente la carta de creencia que les fue entregada por los reyes, sino que también llevaron consigo cartas de creencia emitidas por las Cortes navarras y los Estados bearneses, unas en romance navarro y otras en bearnés, de modo que Juan de Jaso y Bonifacio de Peruzzi pudieran cumplir un protocolo principal exigido en diplomacia como era la acreditación oficial exigida para ser reconocidos como delegados y representantes de una monarquía o de una asamblea representativa. 81 Puente la Reina, 8 de julio de 1507. AGN, Comptos, papeles sueltos, segunda serie. Anexo, legajo 8, carp.2. Caja 37764. Instrucciones de las Cortes de Navarra a los embajadores Bonifacio de Peruzzi, obispo de Lescar, y a Juan de Jaso. Original con sello de placa de las Cortes de Navarra y firmado por Miguel de Alli, secretario de las Cortes. Transcrito por Javier Etayo en “Instrucciones de las Cortes de Navarra…”, 262-264. 82 Lescar, 16 de julio de 1507. AGN, Comptos, papeles sueltos, segunda serie. Anexo, legajo 8, carp. 3. Caja 37764. Instrucciones de los Estados de Bearne a Juan de Jaso y a Bonifacio de Peruzzi, obispo de Lescar. Original con sello de placa de los Estado de Bearne. Actividad política y diplomática 217 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 La variedad de lenguas en las que se escribieron las instrucciones que acabamos de comentar, constituye un elemento de gran interés que nos lleva a preguntarnos sobre el porqué de la elección de cada una de esas lenguas por cada uno de sus autores jurídicos. La temática del uso de idiomas en la diplomacia ha sido retomada recientemente por la historiografía, y el caso que presentamos en este artículo añade novedades a lo que se desprende de brillantes estudios de otras instrucciones, como el realizado por Stephane Péquignot, para quien la selección de la lengua de las instrucciones dependió de tres factores principales: la educación del embajador, el destino y carácter secreto o no del documento.83 Para el caso que nos ocupa, los principales motivos de las instrucciones diplomáticas parecen obedecer a factores más concretos. Por una parte, Catalina I y Juan III optaron por utilizar la lengua francesa, hablada por las monarquías navarra y francesa, y, probablemente, porque el tema principal de la embajada se centraba en buscar un acercamiento político, estando en juego los intereses de la casa Navarra-Foix-Bearne-Albret en la geografía francesa, especialmente en sus dominios dependientes de la Corona de Francia. Esta elección pudo ser premeditada, queriendo con ello transmitir no solo en el contenido de las instrucciones sino también en la forma en la que se iba a transmitir al rey francés, un cierto talante de familiaridad y cordialidad, con objeto de llegar a un acuerdo. Sin embargo, las Cortes de Navarra escribieron sus instrucciones en romance navarro y los Estados de Bearne en lengua bearnesa. Probablemente, detrás de estas opciones se encontraba el deseo de transmitir la reafirmación de la soberanía de ambos territorios, al tratarse de las lenguas oficiales de ambas administraciones. En este caso, los factores relativos al conocimiento de idiomas por parte de los embajadores y el lugar de destino, no parece que fuesen condicionantes principales, teniendo en cuenta que Juan de Jaso y Bonifacio de Peruzzi hablaban la lengua francesa. De haber sido factores principales, probablemente las instrucciones hubiesen sido escritas en francés, siguiendo el mismo modelo de las firmadas por los soberanos navarros. El contenido de las instrucciones emitidas por ambas asambleas contiene muchas similitudes. Ambas comienzan con su alarma y extrañeza por el hecho de que Luis XII hubiera hecho pregonar la guerra contra el rey y la reyna, nuestros soberanos y naturales sennores, convirtiéndose en 83 Stéphane Pequignot, ”Les instructions aux ambassadeurs…“, 37. 218 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 declarado enemigo y perseguidor de aquellos.84 Los navarros recordaban la existencia de importantes vínculos sanguíneos entre la Casa de Francia y la de Navarra y el consiguiente amor existente desde antiguo entre ambas Casas reales. Resulta interesante el hecho de que el texto no está escrito solo en clave de relaciones e intereses de dinastías reales, también se centra en las relaciones entre navarros y franceses, destacando la continua conversación y comercio existentes entre ellos, y poniendo acento en que debían de mantenerse al ser más intensas que las que mantenían con habitantes de cualquier otro territorio. Esto demuestra que en las relaciones diplomáticas de la época no todo orbitaba exclusivamente en torno a los intereses patrimoniales de las Casas reales, sino que también estuvo presente la defensa de los intereses propios de los Estados. Por otra parte, tanto navarros como bearneses, especialmente estos últimos, recordaron a Luis XII el apoyo de las Casas de Foix y de Bearne habían dado a los reyes de Francia en la conquista de Guyena y la buena conducta mostrada posteriormente, “sin haber hecho ni cometido nunca contra la corona de Francia causa siniestra ni que pudiera ser motivo de reproche” (sens james ne auer feyt ne cometut cause sinistre ne de reproch contre la corone de France).85 Evidentemente, esta no era la realidad, ya que existieron diversos conflictos entre ambas partes, pero la diplomacia, tanto entonces como ahora, era un “animal con memoria selectiva” que seleccionaba con cuidado las palabras e ideas a transmitir con objeto de alcanzar sus objetivos. También destacamos que en las instrucciones de las Cortes navarras se entremezclan importantes aspectos de la diplomacia en época de guerra o en momentos de grave confrontación política, como eran la apelación de un Estado a los perjudiciales efectos que toda guerra conlleva al pueblo y el principio “agustiniano”, muy presente en el medievo, de oposición a las guerras consideradas injustas,86 como era el caso en 1507, alegando en primer término el argumento religioso de ofensa a Dios: 84 Puente la Reina, 8 de julio de 1507. AGN, Comptos, papeles sueltos, segunda serie. Anexo, legajo 8, carp.2. Caja 37764, fol. 1r. 85 Lescar, 16 de julio de 1507. AGN, Comptos, papeles sueltos, segunda serie. Anexo, legajo 8, carp.3. Caja 37764, fol. 1r. 86 Este principio expuesto ya por San Agustín en el libro IV de La ciudad de Dios, estuvo muy presente en la época objeto de este estudio. Entre los muchos ejemplos existentes, nos limitamos a citar las justificaciones de la conquista de Navarra, realizadas por Elio Antonio de Nebrija, Historia de la guerra…, 33-45. Actividad política y diplomática 219 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 E por semejante direys a Su Magestad y de nuestra parte le suplicareys a Su Magestad quiera hauer consideration a los inconuenientes y males que de la guerra se siguen y quanto en ella es ofendido Dios mayormente cuando sin causa justa ni razonable se mueve.87 De este modo, por la fidelidad que debían a sus reyes naturales en tanto que súbditos y en base a la guerra injusta mandada pregonar por el rey de Francia, los navarros vuelven a erigirse en defensores de la monarquía y del conjunto de sus territorios, mostrando un apoyo sin reservas a Catalina de Foix y Juan de Albret, afirmando que los buenos súbditos antes han de sufrir todos los trauajos del mundo y perder las vidas que negar a sus reyes y sennores la fidelidat y obligación, por lo que demandaban al rey de Francia que cesara en su confrontación ya que en lo contrario irían a la guerra aunque ello les conllevase la muerte. Concretamente los embajadores debían trasmitir todo esto a Luis XII, pidiéndole que no quiera ponernos en tanta afrenta que de necesidad nos ofrezcamos abandonadamente a la muerte por conservar la vida y Estado de nuestros reyes.88 Por su parte, en el final del texto de las instrucciones de los Estados de Bearne apreciamos la misma dialéctica, al exponer los bearneses su deseo de paz pero a la vez exhortando al rey de Francia a cesar en su actitud belicosa, ya que de insistir en ella se verían obligados a “poner sus vidas y bienes en favor y defensa del rey y reyna de Navarra, como buenos y fieles súbditos” (emplegar lors vites et bees en fauor et deffense de lorsdits sennors rey et regine de Nauarre cum a bons et fidèles subgectz).89 Al margen de las distintas fechas de redacción de ambas instrucciones, consideramos que las notables semejanzas en contenido y estructura pueden indicar que los Estados de Bearne conocieron las instrucciones redactadas por las Cortes navarras y decidieron seguir un patrón parecido, coincidiendo con las argumentaciones y demandas escritas por los navarros. Probablemente, en su marcha hacia la Corte de Francia, residente en Lyon,90 el séquito que formaba la parte navarra de la embajada 87 Puente la Reina, 8 de julio de 1507. AGN, Comptos, papeles sueltos, segunda serie. Anexo, legajo 8, carp.2. Caja 37764, fols. 1v-2r. 88 Ibidem, fol. 2r. 89 Lescar, 16 de julio de 1507. AGN, Comptos, papeles sueltos, segunda serie. Anexo, legajo 8, carp.3. Caja 37764, f. 2r. 90 La embajada comandada por Juan de Jaso y Bonifacio de Peruzzi, obispo de Lescar, partió hacia Lyon, donde Luis XII residió entre el 19 de julio y el 16 de agosto. Véase François Maillard, « Itinéraire de Louis XII », Bulletin philologique et historique du CTH, 1972, 171-206. 226 Álvaro Adot Lerga EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 195-232 ISSN: 2530-6448 editado por A. Blazquez y Ph. Chareyre, 25-44. Orthez: Gascogne, 2004. 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