CARVAJAL CASTRO, Álvaro y Carlos TEJERIZO-GARCÍA, eds. El Estado y la Alta Edad Media. Nuevas perspectivas
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EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 473-478 ISSN: 2530-6448 CARVAJAL CASTRO, Álvaro y Carlos TEJERIZO-GARCÍA, eds. El Estado y la Alta Edad Media. Nuevas perspectivas. Leioa, Servicio Editorial de la Universidad del País Vasco (Documentos de Arqueología Medieval 19), 2023, 218 pp. ISBN: 978-84-1319493-6. Reseña de acceso abierto distribuida bajo una Licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC-BY 4.0). / Open access review under a Creative Commons Attribution 4.0 International License (CC-BY 4.0). DOI: https://doi.org/10.24197/em.25.2024.473-478 Estamos ante un libro muy interesante y muy útil que debemos al empuje de dos investigadores jóvenes, aunque ya largamente reconocidos. Álvaro Carvajal y Carlos Tejerizo trabajan desde hace tiempo con el estado como concepto eficaz para descifrar las lógicas de funcionamiento de las sociedades altomedievales. En este libro han pedido a un grupo diverso de especialistas su punto de vista sobre la pertinencia de tal concepto, de modo que cada uno articule su postura sobre un caso de estudio concreto. Resulta así una obra colectiva que construye, si no un debate, sí al menos un diálogo abierto sobre cuestiones teóricas –lo que ya es raro hoy en día– en una serie de artículos cortos bien escogidos y bien escritos. Carvajal y Tejerizo ceden la palabra a los demás. No obstante, abren el libro con una breve introducción de sus bases teóricas, en las que ocupa un lugar central el aparato conceptual de Nicos Poulantzas y sobre todo de Bob Jessop –el estado como juego de relaciones no solo entre actores del poder, aparato estatal y mecanismos de reproducción, sino también entre agencias de dominantes y dominados. Fijan también puntos de conexión entre su propuesta y las aportaciones reunidas, en torno a las nociones de ontología, hegemonía, materialidad y contingencia. Aunque casi todos los autores y autoras del libro comparten la idea de la operatividad de la noción de estado –quizá el conjunto da una sensación de casi unanimidad que no parece tan evidente en el panorama general de la investigación–, no todos manejan la misma definición. Del mismo modo, las proporciones entre la reflexión teórica y el estudio de caso varían mucho de una contribución a otra. No obstante, esta diversidad es un valor añadido, porque anima posibles debates, y también porque no deja de mostrar el lugar de la teoría en el quehacer de historiadores y arqueólogos. Por otro lado, no
474 Reseña EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 473-478 ISSN: 2530-6448 se pretende cubrir todas las facetas dignas de atención: es llamativa la ausencia casi total de interés por la Iglesia, por ejemplo. Sigue ahora una aproximación al contenido. Se entenderá que, siendo trece contribuciones en total, no deje de ser una selección apretada de aspectos que a quien esto escribe le han parecido del mayor interés. En relación a la sociedad andalusí –y a las sociedades islámicas altomedievales en general– Eduardo Manzano contempla una relación dialéctica entre dos dinámicas evolutivas, la del proceso de centralización fiscal y administrativa que ya impulsa el imperio omeya y la de la construcción social y sociológica de la umma. Si el califato supera las contradicciones que estallan en la fitna del emirato, no es solo por la vigorosa reorganización que lidera Abd al-Rahman III, sino también porque el armazón ideológico islámico que sostiene a los omeyas prende en una sociedad que ha visto crecer exponencialmente sus clases urbanas y letradas. Ahora bien, la umma es en el islam medieval fuente última de autoridad frente a la maquinaria estatal o sultan, genera principios de autoridad moral vehiculados por los ulemas y tiene mecanismos de control de las pretensiones de coacción tributaria. De ahí el déficit de legitimidad que tiende a afectar sistemáticamente a las formaciones estatales islámicas. Julio Escalona propone utilizar el aparato conceptual desarrollado en torno al fenómeno de los “señores de la guerra” (warlordism) según trabajos recientes que escapan a la tendencia a comprenderlo en función del modelo estatal contemporáneo. Al contrario, el warlordism puede encuadrar relaciones de poder susceptibles de integrarse en un estado legítimo o incluso de llegar a constituirlo. Escalona lo aplica rápida pero sistemáticamente, y de modo comparado, a Banu Qasi y condes castellanos durante la fitna del emirato. Con respecto al estado, el interés de esta aproximación reside de entrada en el contraste entre dos formas de relación de los señores de la guerra, según sea con el potente aparato estatal andalusí o con un núcleo asturleonés que parte como Castilla de una “estatalidad residual”. Pero también en el modo en que estos grupos dirigentes actúan sobre arquitecturas socioeconómicas muy diferentes –véase el papel de las iglesias–, de modo que unos se desvanecen con el califato y otros son capaces de jugar con un lejano referente monárquico para transformarse en clase dominante feudal. Orri Vésteinsson pone el foco en el paso de las sociedades nórdicas del tiempo de la expansión vikinga a los reinos escandinavos, un problema mayor y carente de explicación global satisfactoria. Vésteinsson propone buscarla en las transformaciones que el período de piratería y comercio de los siglos IX y X provocaron en las estructuras políticas de origen. Por un lado, la expansión
Reseña 475 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 473-478 ISSN: 2530-6448 generó comunidades políticas interconectadas entre el Atlántico Norte y el Mar Negro, susceptibles de proporcionar capital político lejos de las autoridades de origen. Por otro, las incursiones permitieron a sus líderes hacerse con medios de enriquecimiento y prestigio –barcos– con independencia de las redes clientelares a que estaban sujetos en Escandinavia. Ambos hechos debieron tensionar las jerarquías políticas locales y conducir a escalas de autoridad más amplias, capaces de responder a las oportunidades creadas en las comunidades políticas exteriores Guillermo Tomás Faci reflexiona sobre la comunicación política entre élites de gobierno y clases subalternas, así como sobre la agencia de estas últimas, a través de dos cartas de franquicia ribagorzanas de los años 10801081 –una cronología documental e historiográficamente complicada para tales cuestiones. Tomás Faci pone en evidencia una forma de apropiación campesina de la escritura: las comunidades rurales participan en la producción de las cartas, las conservan y las emplean eficaz y duraderamente en su negociación plurisecular con la monarquía y las élites feudales. En cuanto a la construcción de los documentos, estudia sus cláusulas, su lenguaje, su contexto comarcal y las circunstancias de su producción y concluye mostrándolas como punto de convergencia de las estrategias de diversos actores: los campesinos participan en la formulación de su régimen de dependencia; la monarquía asienta su autoridad en el diálogo directo con las comunidades. Igor Santos Salazar se interesa por la noción de res publica en la conciencia y la autorrepresentación de las élites gobernantes laicas. Estudia los contextos en que aparece el concepto en las fuentes legislativas y diplomáticas relativas a la Italia carolingia (774-888) y al período de los reyes de Italia (888-924), mostrando que desde este punto de vista no hay ruptura entre ambas fases. En las capitulares, res publica remite a todo un tejido de oficiales, lugares, asambleas, actos, bienes, obligaciones… que dan cuerpo al reino y aseguran el bien común. En los diplomas regios e imperiales, res publica se refiere sobre todo a los oficiales públicos –a menudo y significativamente en privilegios de inmunidad que delimitan su ámbito de competencia–, pero también al fisco y al reino en sí mismo. Esto último implica un nivel de conceptualización notable en la medida en que Santos Salazar muestra que llega a comprenderse como entidad desligada de la persona del soberano. Jesús Lorenzo se ocupa de la llamada Constitución de Medina que Mahoma habría promulgado a los pocos meses de la Hégira. Más allá de sus problemas de transmisión, Lorenzo estudia el documento desde el punto de
476 Reseña EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 473-478 ISSN: 2530-6448 vista de la lógica de creación de la umma, caracterizada a la vez por el reconocimiento de la autonomía de las tribus y por el traslado de las normas tribales –socorro mutuo, defensa, venganza– a un sujeto nuevo: la comunidad de quienes reconocen la autoridad de Mahoma. Resulta así una transformación radical bajo la apariencia de una mera adopción de las formas de cohesión propias del medio en que nace la umma. A esta, en efecto, no se pertenece por consanguineidad, de modo que, desaparecido el valor de la posición que ocupa cada uno en el linaje, la relación entre individuos se sitúa en un plano igualitario. De ahí resulta una comunidad política nueva, y una máquina de guerra formidable. Iñaki Martín Viso pone sobre la mesa la problemática del colapso sistémico de las formaciones estatales, con una amplia introducción teórica que subraya tanto la resiliencia de formas de organización “inferiores” como la dificultad de su percepción en las fuentes. Además del ejemplo de Oaxaca, presenta tres casos ordenados en tres tiempos: colapso del estado antiguo, fase sin estado, nueva construcción estatal. Se trata de la Inglaterra posromana, la Grecia continental y la meseta del Duero. Tras el hundimiento de la organización estatal, en los tres se detecta la continuidad de una población rural que explota el territorio según lógicas nuevas y está organizada en pequeños territorios supralocales, con y sin lugares centrales fortificados en manos de líderes locales. Estos territorios están estrechamente asociados a los condicionantes geográficos, y tienen espacios de uso colectivo como elemento de cohesión. En los tres casos, los reinos, condados y themas posteriores se articularán sobre estas células territoriales. Pablo Poveda traslada el tema del consenso en la cultura política al análisis de las fuentes visigodas, preguntándose tanto por sus elementos reales como por las formas retóricas que construyen su apariencia. En general, el carácter faccioso de los grupos dirigentes bloquea prácticas políticas basadas en la construcción de acuerdos. En cualquier caso, la retórica del consenso alcanza su mayor visibilidad en los concilios generales, cuyo mismo carácter colectivo es fuente de legitimidad e impulsa la transmisión de las decisiones. Desde el III Concilio de Toledo, estas asambleas funcionan como un instrumento mayor de la actuación política del rey, tanto desde posiciones de fortaleza (Recaredo o Chindasvinto) como de debilidad (Sisenando, Recesvinto en sus inicios o Ervigio). Es casi sólo en este último caso cuando la necesidad de hacer cesiones lleva a acercar la realidad de las relaciones entre actores políticos a la retórica del consenso. Mario Fernández-Pereiro hace una primera aproximación al colapso de la estructura imperial y a la aparición de nuevas formas de poder supralocales
Reseña 477 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 473-478 ISSN: 2530-6448 en la Gallaecia occidental de la primera mitad del siglo V, a través del registro arqueológico. Tomando como marco teórico el desarrollado por Carlos Tejerizo, Alfonso Vigil-Escalera y otros, y a pesar de lo menguado del conocimiento arqueológico regional para ciertos tipos de asentamiento, Fernández-Pereiro observa la regresión característica del fin del imperio (contracción de ciudades y aglomeraciones secundarias, abandono de villae) y la aparición concomitante de un paisaje fortificado en altura (castros protohistóricos reocupados, nuevas construcciones…). El autor vincula este paisaje a las élites locales que habrían dominado el medio rural en marcos supralocales de extensión reducida. La irrupción de los suevos vendría a acelerar una evolución iniciada previamente. Guillermo García-Contreras aporta una lectura del registro arqueológico rural andalusí entre las provincias de Soria y Guadalajara. Las numerosísimas torres y atalayas de la región son examinadas en cuatro fases: hasta la fitna del emirato, García-Contreras ve en pequeñas fortificaciones en altura la obra de comunidades, quizá lideradas por grupos beréberes opuestos a Córdoba. De mediados del IX hasta c. 920, observa paradójicamente una disminución de la conflictividad debida a los progresos de la islamización y a la inserción de linajes beréberes en la arquitectura política cordobesa. Hasta la fitna del califato se refuerza el aparato estatal, lo que no es contradictorio con el reconocimiento de autoridades de origen local: salpican el paisaje tanto torres surgidas de iniciativas locales de defensa y almacenaje del tributo, como torres promovidas por el califato. En fin, el período de taifas se caracteriza por un modelo hisn/qarya similar al observado en Levante. Eleonora Dell’Elicine, Héctor Francisco, Paola Miceli y Alejandro Morín formulan su reflexión a través de un recorrido historiográfico. Parten de Paolo Grossi, para quien el concepto de estado no tiene sentido en una sociedad carente de poder político totalizante en la que el derecho, factual y colectivo, no es sino la costumbre que nace desde abajo. Los autores señalan su inspiración en la historia del derecho alemana del siglo XIX y anotan las investigaciones recientes sobre la costumbre. En una perspectiva opuesta, valoran la propuesta de Emanuele Conte en el sentido de utilizar la categoría de estado según el tipo ideal construido por Chris Wickham. Entienden los autores que este tipo ideal permite comparar sociedades altomedievales entre sí, pero resulta irreductible a la noción de estado según se usa en otras ciencias sociales, entre otras cosas porque los roles de gobierno altomedievales se acoplan a poderes cuya legitimidad tiene variados fundamentos. La alternativa eficaz estaría más cerca de conceptos como el de acción pública de Matthew Innes o el de estatalidad de Damián Fernández. Ambos enfocan
478 Reseña EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 473-478 ISSN: 2530-6448 funciones cuya legitimidad y cuyos agentes dependen de un juego cambiante de relaciones de solidaridad, competencia y conflicto. Rosario Valverde repasa el lugar de las esposas de reyes en la escena política desde Leovigildo hasta Rodrigo. Observa que su presencia en las fuentes tiende a limitarse a la reproducción de clichés sobre las virtudes propias de mujeres y esposas. Solo circunstancias excepcionales conjugadas con una fuerte personalidad hacen intervenir a mujeres en el campo de la política. Gosvinta es el caso más evidente, por su capacidad de aglutinar ciertos sectores de la aristocracia, su control de las relaciones con las realezas merovingias y su capacidad incluso de armar una revuelta arriana al final de su vida. Valverde termina con las disposiciones relativas a viudas, hijas y nueras de reyes en las últimas décadas del reino, las cuales muestran el alza del valor estratégico de las mujeres en la competencia en la que entran los pocos linajes en condiciones de aspirar al trono. El libro se cierra con una conclusión de Juan Antonio Quirós, que apunta algunas vías de superación de problemas que lastran la investigación: la problemática de las fuentes que deben ser deconstruidas y el falso problema de su escasez para el período altomedieval; el riesgo de deriva teleológica que impide valorar correctamente el papel histórico de las sociedades locales; la relación entre medievalismo y arqueología –o entre medievalismo tradicional y arqueología– que dificulta el desarrollo de una arqueología del poder que no sea la ligada a las grandes construcciones sociopolíticas; en fin, la necesidad de una práctica de divulgación conectada con la investigación, también, o quizá más que nunca, en lo que se refiere a la historia del poder. Esperemos que el carrusel de proyectos, publicaciones y burocracia a que están sometidos los investigadores jóvenes –no solo ellos, pero ellos especialmente– no impida a Álvaro Carvajal y Carlos Tejerizo seguir dinamizando el debate y la circulación de ideas. Juan José Larrea Universidad del País Vasco (UPV-EHU) [email protected]