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Tiempo y usura en los escolásticos

Trincado Aznar, Estrella

Abstract

Este artículo estudia la evolución de la doctrina de la usura desde la escolástica hasta el siglo dieciocho. Se estudian los antecedentes en la economía Antigua que llevaron a plantear los principios escolásticos y el concepto de precio justo y usura, en que tiempo y espacio se consideraba un “bien común”. En el salto al siglo dieciocho desaparece esa sensación espacio-temporal común, planteándose los bienes públicos como una suma de intereses privados. Sin embargo, esa visión moderna cierra la vía del reconocimiento mutuo que los escolásticos atisbaron.

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JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR),), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 Tiempo y usura en los escolásticos. * Time and usury in Scholasticism. ESTRELLA TRINCADO AZNAR Universidad Complutense de Madrid, Campus de Somosaguas, Pozuelo de Alarcón s/n, 28223 Madrid. [email protected] ORCID: https://orcid.org/0000-0002-3422-2360 Recibido/Aceptado:23-03-2022/25-05-2022 Cómo citar: Trincado Aznar, Estrella. 2022. “Tiempo y usura en los escolásticos”, Journal of the Sociology and Theory of Religion, 14 Extra-1 (2022): 134-158 Este artículo está sujeto a una licencia “Creative Commons Reconocimiento-No Comercial” (CC-BY-NC) DOI: https://doi.org/10.24197/jstr.Extra-1.2022.134-158 Resumen: Este artículo estudia la evolución de la doctrina de la usura desde la escolástica hasta el siglo dieciocho. Se estudian los antecedentes en la economía Antigua que llevaron a plantear los principios escolásticos y el concepto de precio justo y usura, en que tiempo y espacio se consideraba un “bien común”. En el salto al siglo dieciocho desaparece esa sensación espacio-temporal común, planteándose los bienes públicos como una suma de intereses privados. Sin embargo, esa visión moderna cierra la vía del reconocimiento mutuo que los escolásticos atisbaron. Palabras clave Precio justo, usura, escolásticos, Smith, tiempo en economía Abstract: This article studies the evolution of the doctrine of usury from scholasticism to the eighteenth century. The antecedents in Ancient economy that led to scholastic principles and the concept of fair price and usury, in which time and space was considered a "common good", are studied. In the jump to the eighteenth century, the common space-time feeling disappears, and public goods are considered as a sum of private interests. However, this modern vision closes the path of mutual recognition that scholastics glimpsed. Keywords Fair Price, usury, scholasticism, Smith, Time and economics 1. INTRODUCCIÓN. Las obras de autores escolásticos, clérigos y catedráticos de teología que plasmaban sus ideas en las Sumas Teológicas y Manuales de Confesores, son la base de la filosofía –y economíaoccidental. Resulta muy revelador * Este trabajo se ha realizado en el marco del Proyecto de Investigación…[lo incluirá el editor tras la evaluación anónima]. Tiempo y usura en los escolásticos JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !"#$ cómo se produce el salto de estos autores a economistas posteriores, los arbitristas, entre el siglo dieciséis y el diecisiete, momento en que se pierde el nexo entre el individuo y la sociedad (Roover 1971). También es reveladora la evolución hacia el siglo dieciocho. Así, en este artículo nos centraremos en la doctrina de la usura para ver cómo se produce la transición desde la Economía Antigua pasando por la escolástica, el arbitrismo y el comienzo de la economía clásica donde, finalmente, desaparece el concepto de bien común. Este problema permanece sin solución en la teoría económica moderna y es una de las cuestiones fundamentales que ésta debería afrontar. 2. ANTECEDENTES EN PLATÓN Y ARISTÓTELES Los escolásticos se basaban en la filosofía griega, especialmente en la teoría de Platón y Aristóteles. Sin embargo, de la época antigua, sólo quedan algunas paradojas y mitos, algunas tan importantes como la paradoja del agua y los diamantes. La Antigua Grecia era una economía de pre mercado con intercambios no organizados y productos no uniformes (Tozzi, 1974). Desde entonces, la civilización occidental se escindió en dos ámbitos: el ámbito del individuo (micro) y el ámbito público o social (macro). Así, el Oeconómico de Jenofonte hablaba de la administración de la casa, y se suponía que la familia era el sujeto que se basaba en el cálculo hedonístico. Para el sofista Protágoras, “el hombre es la medida de todas las cosas” (Diógenes Laercio, 1999, IX, 51). En la economía familiar, primaba la visión epicúrea e incluso se planteaba la utilidad marginal decreciente que cristalizaba en el consejo de la moderación o mesura. También, este ámbito se basaba en la división del trabajo patriarcal de la familia. En el otro lado, en el ámbito público, macro, estaba la polis, basada en la ética y la política, y en la moral estoica de Zenón. Efectivamente, para Platón, en la República, la polis debía depender de una autoridad paternal. Platón presuponía una división del trabajo entre los gobernantes (sabios y prudentes, basados en la razón), los guerreros (que tenían la virtud de la fortaleza, aunque también eran irascibles), y los hacedores de dinero o comerciantes (que podían tener la virtud de la templanza pero también eran concupiscentes). Platón ve el comercio con desprecio, el comercio amenaza la división del trabajo y sólo es válido para el nivel más bajo de la sociedad (Roll, 1942, 31). Desprecia también la mezquindad de la propiedad privada y considera que los sabios organizarían sus banquetes en forma de bienes comunes (Welles, 1948). Según Platón, el Estrella Trincado Aznar JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !"%$ intercambio por dinero no es natural, y la moneda debe ser autorizada por el estado, de modo que Platón es inflacionista, nominalista o anti-bullonista. Para Platón, no había que permitir la recolección de intereses, porque la obtención de dinero a través de dinero constituye un peligro de acaparamiento de excedentes, que da lugar a la suntuosidad y al fortalecimiento de mercados externos que podrían suponer una amenaza para la guerra (Barrantes 2012). Hoy en día la teoría monetaria moderna y el chartalismo de Knapp son representantes de la visión platónica. Aristóteles, sin embargo, en su Política y en Ética a Nicómaco, distingue entre una economía natural, que produce bienes y servicios útiles y representa un valor de uso y de cambio, y una economía no natural, que proporciona un beneficio y un tipo de interés (usura). Para Aristóteles, el final a que sirve el intercambio es la satisfacción de necesidades humanas (actividad económica). Las necesidades son, por tanto, su límite. Pero la economía no natural, la crematística, se enfoca sólo en el individuo, y sólo busca acumular más y más dinero. Así, no tiene límite, como demuestra el mito de Midas. Aristóteles no entiende el excedente de dinero, entre otras cosas porque implica tiempo, futuro y racionalidad. Hemos de recordar que en aquella época, la no devolución de los préstamos podía llevar a una persona a la esclavitud. La actividad económica natural se rige por la justicia conmutativa y distributiva. La primera busca la ventaja mutua en el intercambio – el intercambio de equivalentes. El precio justo es el que respeta la equivalencia entre lo que se entrega y lo que se recibe, y se alcanza con el coste de producción, como explica Aristóteles con la paradoja del agua y los diamantes. Es el precio de reposición o, como luego planteó Adam Smith, el esfuerzo que una persona se ahorra por no tener que producir el bien que compra. Por otro lado, la justicia distributiva es para Aristóteles dar a cada uno lo suyo. Frente a Platón, la propiedad privada es más eficiente y más moral que la propiedad común. Es más eficiente porque permite a cada uno identificar lo que es suyo; es más moral porque permite al hombre ser liberal y generoso con sus congéneres. Para el estagirita, la transacción económica surge de una relación contractual entre personas libres y no de fuerzas económicas ciegas. Se da dentro del contexto de las virtudes de cumplimiento de las promesas y de la liberalidad, entendida ésta como generosidad. Si surgen disputas, entonces una parte desinteresada debe hacer de árbitro o juez (Beneitez, 2012). Tiempo y usura en los escolásticos JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !"&$ En Aristóteles, la crematística se hace posible por el surgimiento del dinero. El estagirita define las funciones del dinero como medio de cambio, medida de valor y depósito de valor. El intervalo de tiempo que separa la venta de la compra es lo que permite practicar intercambios no naturales, no intercambiar equivalentes. Si las condiciones espacio temporales de la economía justifican una diferencia de valor entre la compra y venta, es justo obtener una ganancia económica que satisface una necesidad natural, es decir, un valor de uso. Así, es lógico que, si incrementa la necesidad, incremente el precio, porque cuanto más se tarda en vender el bien, más se deja de obtener la satisfacción de la necesidad. Pero la inflación, producida por exceso de emisión del estado, genera un intercambio injusto y ese ascenso no tiene freno. Igual sucede con la usura. Por eso, Aristóteles es anti-inflacionista o metalista, y reclama que el valor del dinero se base en el de una mercancía, como el oro. 3. LOS PRINCIPIOS ESCOLÁSTICOS Para comprender la doctrina escolástica, hemos de recordar los tres principios fundamentales en los que se basan estos filósofos. El primero, es la universalidad: frente al mercantilismo que busca la riqueza de su nación frente a otras naciones, para los escolásticos el centro es la persona, que es siempre y en todo lugar responsable de sus actos. El segundo principio es la escisión del tiempo: por un lado, hablan de la Edad de oro, el mito del paraíso, una época de abundancia sin tuyo ni mío ni pecado original, sin afán de lucro ni pereza, en convivencia. Se trata de una figura literaria, pero con ambición de verdad histórica. Por otra parte, está la Historia de la humanidad (la Naturaleza Caída), que, con el dominio y las riñas por la propiedad, da por acabado el éxtasis del Paraíso. Surge la necesidad de economizar recursos escasos. En este sentido, el fin de la economía es la convivencia pacífica. El tercer principio básico de la escolástica es su metodología deductiva basada en el argumento de autoridad. Los escolásticos son “canonistas” porque se basan en el canon o dogma, de donde deducen conclusiones filosóficas y económicas. El escolástico aísla un problema, expone las teorías acerca de él y extrae conclusiones y soluciones morales. Las fuentes de las que bebe son los textos sagrados, la antigüedad clásica, las fuentes jurídicas romanas (el derecho civil y de gentes), los Padres de la Estrella Trincado Aznar JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !"'$ iglesia y los otros escolásticos. En parte, actúan así por humildad intelectual, en parte también por miedo a la disolución y al cambio, que les lleva a buscar leyes divinas e inmutables. Con el apoyo de la razón, este miedo cada vez va disolviéndose más, por lo que en la metodología escolástica se muestra una lenta transición del argumento de autoridad al probabilismo o método hipotético deductivo (Gómez Camacho, 1998.) 4. EL CONCEPTO DE PRECIO JUSTO. Como hemos comentado, la doctrina escolástica cambia a lo largo de la Edad Media. Eso se evidencia en la evolución del concepto económico más importante de los escolásticos, la idea del precio justo. La doctrina del precio justo se va adaptando a las instituciones del momento, de manera que pasa de basarse en la autoridad de los gremios a depositarse la confianza del establecimiento del precio en el mercado y en la propiedad privada (Sierra Bravo, 1975, Beltrán, 1986). Efectivamente, en la Alta Edad media, hay limitada propiedad privada y la tierra sólo dispone de derecho de uso. Los feudos son prácticamente autosuficientes y la jerarquía o autoridad del príncipe o el señor feudal son absolutas (Ekelund y Hébert 2005). Por ello, en la búsqueda del precio justo, San Alberto Magno (1193-1280) se basa en el principio de autoridad. Para San Alberto, la justicia conmutativa se logra con un precio o salario justo que permita vivir al productor pero no explote al consumidor. Este precio es intrínseco al bien y está basado en el ideal evangélico de la pobreza. Así, el precio justo es el precio de costo más una justa retribución, un beneficio aceptado por la costumbre. Se trata de una especie de salario de dirección por la producción de bienes útiles. En suma, el precio justo puede desglosarse en el propio sustento (necesidad), la producción de bienes (el coste de producción) y un plus, que se consideraba que permitía hacer caridad (sin el cual la virtud de la compasión desaparecería). La Justicia distributiva, sin embargo, se organizaría a través de la jerarquía productiva. Volviendo a la idea de la Edad de Oro, en que Dios entregó la creación a todos, San Alberto Magno sólo encuentra en los Gremios, los reglamentos corporativos que establecían el precio justo y una producción sin monopolio y acaparamiento, el medio para lograr un precio justo. El gremio es un convenio comercial en la ciudad que concede el monopolio a los oficios a cambio del precio justo y Tiempo y usura en los escolásticos JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !"($ control de calidad y, a falta de un mercado en el que confiar, fue la solución que ofrecían los primeros escolásticos para organizar la producción. Sin embargo, el enriquecimiento de la sociedad por el creciente comercio y el despertar de las ciudades planteó un problema de moral económica: la compatibilidad del ideal evangélico de la pobreza con la naciente acumulación. Surgen movimientos de deseo de volver a la pobreza, que curiosamente encontraron sus mejores adeptos en los ambientes urbanos de la naciente burguesía. Santo Tomás de Aquino (1224-1274) empieza a separar la ética de la ley y habla de una justicia conmutativa basada en el precio de mercado y en la utilidad, deseo o necesidad (indigentia). Es injusto no revelar un defecto, pero, igual que San Antonio de Florencia (1389-1459) o San Bernardino de Siena /1380-1444), la paradoja del agua y los diamantes debe resolverse descomponiendo el precio justo en tres: la Raritas (rareza o escasez), la Virtuositas (utilidad, necesidad objetiva) y la Complacibilitas (cuando el sujeto estima que la raritas y virtuositas se adecuaban, es decir, la utilidad subjetiva del común de las gentes). La Justicia distributiva, sin embargo, y como decía Aristóteles, se proporciona mejor con la propiedad privada que con la comunal, dado que hace que los bienes estén mejor administrados, creando unidad y estabilidad social y de acuerdo con la ley natural y responsabilidad libre. Así, comienza la doctrina del personalismo, que apela a la responsabilidad individual frente a la supresión del individuo por parte del colectivo. Sin embargo, la propiedad se sigue viendo sólo desde el derecho de uso o dominio, subordinado al fin social y universal para el que los recursos naturales fueron creados, no un derecho de abuso, absoluto. El fin al que se dirige la propiedad es la convivencia entre los hombres y, como la propiedad privada reduce los litigios y las guerras, es más conveniente que la comunal. Pero igual que el hombre puso la propiedad, éste puede quitarla. Así sucede en dos casos: el primero, en el comunismo de las comunidades religiosas (en la visión platónica, la organización de los sabios, pero que dice Santo Tomás que requiere de modestia, unidad de las voluntades y justa retribución). El segundo caso es la extrema necesidad, momento en que volvemos al estado de la naturaleza y prima la supervivencia, por lo que la justicia reclama que se vuelva a la propiedad común de la Edad de Oro. Las obras de Schumpeter ([1954] 1994) y Marjorie Grice-Hutchinson (1982) suponen un punto de inflexión en el descubrimiento o revalorización de la Escuela de Salamanca del siglo dieciséis (Sánchez-Bayón, 2020 y 2021). Estos teólogos y juristas salmantinos, estudiantes de derecho dominicos y Estrella Trincado Aznar JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !)*$ jesuitas, continúan debatiendo sobre el concepto del precio justo (Perdices y Tedde, 1999). Así, Domingo de Soto habla de la justicia conmutativa como el precio de (libre) mercado., la estimación común de los hombres. Apela al derecho romano que afirmaba que “no se injuria al que consiente voluntariamente a algo”. El precio justo es el que corre por la plaza, sin monopolio, basado en personas honestas. Es decir, muy alejado del homo oeconomicus. Aunque existe un precio justo, este no es un precio exacto, y puede variar desde el precio ínfimo, al medio o el riguroso (Luis de Molina, Covarrubias). El precio justo ínfimo es más benévolo para el consumidor; el riguroso, el ventajoso para el productor. Domingo de Soto explica por qué el precio justo es el precio de mercado haciendo referencia, de nuevo, al mito de la Edad de Oro: excluida la fuerza, el fraude y el dolo, los bienes que se ofrecen en venta dejan de ser del oferente porque no los necesita para su uso directo y van a la “caja común”, de manera que los ofrece a quien sí los necesita. Los bienes pasan a pertenecer al demandante que los demanda porque los necesita. Es una “operación común” a las partes, no el resultado de operaciones diferentes. Los términos de intercambio económico no están determinados por fuerzas supra personales que anulen la responsabilidad moral de los sujetos. Efectivamente, los escolásticos no plantean ideas de fuerzas económicas autónomas regidas por leyes naturales como los fenómenos físicos. Los fenómenos económicos están dominados por relaciones personales individuales frente a lo que sucedería posteriormente con los fisiócratas, Cantillón, o la mano invisible de Adam Smith. Sin embargo, en el caso de bienes de primer necesidad, estos escolásticos tardíos siguen creyendo en la ventaja de establecer un precio tasado (Tomás de Mercado). Sobre el tema del precio del trigo hay un largo debate, y poco a poco se van dando cuenta de que una tasa genera lo contrario de lo que pretende, es decir, genera carestía y mercado negro. Efectivamente poniendo un precio por debajo del de mercado, los reguladores se estaban fijando demasiado en el consumo y no en la producción. Por ello, se vuelve a defender el precio de mercado frente al legal. Sólo queda la defensa de la tasa como un estabilizador del precio, un precio remunerativo en bienes dependientes de la naturaleza, donde la generosa cosecha de un año crea excedentes que permiten compensar las escaseces de otro. La Justicia distributiva es fundamental para la Escuela de Salamanca. Francisco de Vitoria, fundador del derecho internacional, denuncia la conquista y la esclavitud de los indios americanos por los españoles al tiempo Tiempo y usura en los escolásticos JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !)!$ que los franceses defendían el absolutismo y los ingleses, la teoría de Hobbes. Para Vitoria, la ley natural es moralmente superior a la estatal. Así, la propiedad privada es una forma de evitar la arbitrariedad del gobierno. La extrema necesidad no es tan extrema, basta con ver a alguien necesitado para que este pueda reclamar misericordia. El derecho de gentes no puede ir contra el derecho natural a la supervivencia. Los escolásticos tardíos son igualitaristas y consideran que las jerarquías humanas son secundarias, y conciben el comercio como un modo de lograr la igualdad sin la arrogante distribución del estado, dado que el pobre puede llegar a ser rico a través del comercio. De hecho, aceptan el regicidio si el rey traspasaba la ley natural (Domingo de Soto y Juan de Mariana). El poder le viene al rey de dios pero a través del pueblo. De dos maneras puede uno ser tirano, o en la manera de llegar al poder, o en el desempeño del mismo cuando justamente lo haya recibido. Y en este segundo caso es común parecer que a nadie le es lícito darle muerte. Y la razón es porque como tiene derecho sobre el reino, no puede ser despojado de él si no es mediante juicio público, es decir, después de ser oído... Pero si obtuvo el gobierno invadiendo la nación y ésta no le ha aceptado, en este caso puede cualquiera darle muerte; puesto que es lícito rechazar la fuerza con la fuerza, y mientras él mantenga de esta forma el gobierno de la sociedad, mantiene una guerra perpetua contra él... Sin embargo, aunque tal vez en el mayor rigor del derecho esto sea lícito, no siempre es aconsejable, a no ser que la sociedad no encuentre otro camino y se halle o en necesidad extrema, o sobre todo espere verse libre de pronto, una vez él muerte; porque de lo contrario, estas muertes no suelen tener buen resultado, por el contrario, los que le dan muerte, cuando lo hacen por su propia autoridad, suelen lanzarse contra la sociedad con mayor rigor y peligro que los anteriores tiranos... (Domingo de Soto, 1584). Las leyes deben ser modificadas expresamente en Cortes y por ello Juan de Mariana habla de la inflación como un impuesto injusto, el impuesto inflacionario (Ullastres 1944). El bien común es la causa justa del impuesto. El Estado es sólo un mediador entre los individuos y debe mantener intacto el valor de los bienes. Así, Martín de Azpilcueta plantea en 1556 la teoría cuantitativa del dinero, la relación entre cantidad de dinero y precios (que sería una identidad ex post si no hubiera autoconsumo, trueque o acumulación de existencias). En esto, como se ha dicho, fue anterior a Jean Bodin en 1568. Estrella Trincado Aznar JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !)+$ En las tierras do ay gran falta de dinero, todas las otras cosas vendibles, y aun las manos y trabajos de los hombres se dan por menos dinero que do ay abundancia del; como por la experiencia se ve que en Francia, do ay menos dinero que en España, valen mucho menos el pan, vino, paños, manos, y trabajos; y aun en España, el tiempo, que avia menos dinero, por mucho menos se davan las cosas vendibles, las manos y los trabajos de los hombres, que despues que las Indias descubiertas la cubrieron de oro y plata. La causa de lo qual es, que el dinero vale mas donde y quando ay falta del, que donde y quando ay abundancia (Martín de Azpilcueta, 1556). De ahí, por último, Tomás de Mercado plantea la teoría de la paridad del poder adquisitivo (atribuida a Malynes), que muestra cómo se determina el precio del intercambio de las monedas a través de la teoría cuantitativa del dinero. Como el comprador quiere tener el mismo poder de compra en distintas mercados (desea entregar lo mismo que se le da), lleva dinero de donde menos vale a donde más vale. Se determina así el tipo de cambio. El conocimiento de este tipo de cambio, además, permitía determinar si en los cambios secos o fingidos (los contratos o letras de cambio que se amañaban para no parecer contratos de préstamo) había usura. Mientras era más abundante la moneda en Medina más desfavorables eran los términos de las tasas de cambio y más altos los precios que deben pagarse por cualquiera que desea mandar moneda de España a Flandes ya que la demanda de moneda es menor en España que en Flandes. Y mientras la moneda sea más escasa en Medina menos es lo que tendrá que pagar porque más gente quiere moneda en Medina que mandarla a Flandes (De Soto, 1584). 5. LA USURA La condena de la usura de los escolásticos estaba inspirada en Aristóteles y el Evangelio, pero también en la tradición o la ley natural. Desde que surgiera la escritura como signos para contabilizar las transacciones, fruto del almacenamiento y acumulación de excedentes, ha habido una supervisión de la autoridad del tipo de interés, supuestamente para aliviar el sufrimiento de los pobres. Desde Mesopotamia en el siglo siete a.C., se ha considerado a Babilonia como el centro de ideas “capitalistas sobre el dinero”. En el siglo cuatro, sólo se acepta un 1 por ciento de tipo de interés a los clérigos en el Concilio de Nicea. Tiempo y usura en los escolásticos JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !)($ actividad productiva por el desprecio por el trabajo manual. Otro arbitrista, Martín González de Cellorigo pensaba que la causa de la decadencia se debía a que “España es las Indias del extranjero”: a pesar de nuestra riqueza en recursos naturales, somos pobres, porque dejamos que nos expolien desde fuera. Así, aconsejaba la autarquía y el fomento de la agricultura y ganadería, diferenciando entre actividad natural y no natural, como Aristóteles. Sancho de Moncada, finalmente, consideraba que la causa de la decadencia era la escasez de población, especialmente por un exceso de clérigos, y apoyaba las políticas poblacionistas. 8. EL SALTO AL SIGLO DIECIOCHO El problema de la usura creó una copiosa literatura en Gran Bretaña, especialmente tras la Revolución Gloriosa de 1688 cuando la economía británica sufrió importantes crisis de subsistencias (Brian, 2021). La mayoría de los escritores representaban la posición mercantilista y argumentaban que el interés es un fenómeno monetario, como Locke (1691) y Montesquieu (1748). Sir Josiah Child (1689) estaba a favor de reducir la tasa de interés legal aduciendo que los altos tipos de interés incentivan a los ricos a vivir sin trabajar y a no invertir productivamente sus riquezas. Muchos proponían incrementos de la cantidad de dinero para reducir el coste de prestar. Había, en cualquier caso, unas cuantas voces que disentían: William Petty (1690) consideraba que era inútil tratar de fijar las tasas de interés por ley; y muchos insinuaban que los tipos de interés venían determinados por la oferta y demanda del capital. Así se expresaban North (1691), Barbon (1696), Massie (1750), y Turgot (1766). Esas situaciones de crisis y burbujas llevaron a que muchos expresaran su preocupación por el surgimiento de una clase rentista ociosa que vive de dar créditos. Así, David Hume y Adam Smith reconocieron que los mercados crediticios tienden a crear un desequilibrio de poder tal que los prestamistas y prestatarios modestos tienen más probabilidades de estar a merced de aquellos con grandes sumas de capital. Ambos articularon la predicción de que en el caso de un colapso del crédito público, la mayoría de la población estaría en deuda con un pequeño pero poderoso grupo de financieros. Smith expresó mucha fe en la frugalidad de la gente común, y por lo tanto culpó de cualquier fiasco crediticio a la mala conducta de los gastos Estrella Trincado Aznar JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !#*$ extravagantes de terratenientes, banqueros y políticos (Smith, 1988, 1: 345– 47). Hume en Of Interest (1752) intentó demostrar que la riqueza era la causa de la reducción de los intereses, y no su consecuencia (Hume, 1964, 326). Así, su teoría del interés da más importancia a la influencia en la tasa de interés de la concentración de capital en manos de los ricos mientras se desarrolla el comercio e industria. Su teoría del interés, de hecho, prueba que el fenómeno es reducible a cambios de modos y costumbres (Trincado, 2005). Hume enfatiza, más que el beneficio pecuniario, la influencia sociológica del crecimiento de la oferta de dinero, que afecta el espíritu de industria de manera mecánica y determinista (Trincado, 2019). Sin embargo, en el libro II, capítulo IV de la Riqueza de las Naciones, Smith añadía a la teoría del interés real una defensa de la ley de la usura: debía seguir estableciéndose un máximo legal al tipo de interés un poco por encima del precio de mercado mínimo habitualmente pagado por los hombres prudentes. Si no, sólo tomarían préstamos los pródigos y proyectistas. Smith considera que sólo las personas imprudentes creen poder pagar altos tipos de interés por una inversión: el futuro es igualmente desconocido para todos, pero ellos confían de forma desproporcionada en sus proyectos, sin realizar el esfuerzo de ahorrar para financiarlo. También piden créditos con altos tipos de interés las personas que sufren calamidades o sujetos a extrema necesidad, pero de ellas se aprovecha el acreedor ocioso por lo que sería mejor financiar esas necesidades de otra manera (Smith, 1988, 450-1). Mantener unos tipos de interés bajos - o lograr una suave inflación - es un seguro contra el impago de créditos y a favor de la libertad (Smith, 1988, 457-8). Smith pretendía disuadir a los hombres de tomar préstamos al consumo, dado que el que pide por necesidad de subsistencia no puede asegurar una devolución en el futuro más que perdiendo la libertad (Perelman, 1989). Así sucedió desde las primeras civilizaciones, como con la obligación romana, donde el propio deudor se empeñaba o daba en garantía de crédito cuando tenía una posición social y económica débil. Dice Smith que en Roma y antiguas repúblicas, los pobres siempre estaban en deuda con los ricos que, para asegurarse sus votos en las elecciones anuales, les prestaban a interés exorbitante que se acumulaba hasta no poder pagarse. El deudor, para evitar el embargo, se veía obligado a votar por el candidato que el acreedor recomendara (Smith, 1988, 958). Sin embargo, si el máximo tipo de interés es menor que el precio de mercado Tiempo y usura en los escolásticos JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !#!$ mínimo, la ley se convertiría en una prohibición de prestar, lo que no es en ninguna forma deseable. Adam Smith toma la teoría real de la formación del tipo de interés de Hume (Low, 1991, 67), pero en realidad su teoría no es más que la doctrina del lucro cesante. El interés es la compensación que el prestatario paga al prestamista por el beneficio que habría podido conseguir al emplear el dinero en la economía real. Por tanto, el coste de oportunidad de prestar a otro es invertir uno mismo el dinero ahorrado. El interés es un indicador de desarrollo, no un instrumento de política económica. La única política monetaria activa que puede llevar a cabo el Estado para reducir el tipo de interés sería lograr la seguridad en los contratos y, de este modo, reducir el riesgo de impago de los préstamos (Smith, 1988, 147-8). Smith con su crítica a la usura estaba defendiendo a la economía de la incertidumbre y el resentimiento (Trincado 2003a). Con su teoría del tipo de interés, mostraba que el tiempo también tiene un valor natural y dio cuenta de una fuente de pérdidas de bienestar, potencialmente fundamentales, que se dan porque la competición reasigna recursos a los compradores que quieren hacer las mayores apuestas y cuyas expectativas tienden a tener un sesgo optimista (Niehans, 1997). Igual haría con su crítica a las operaciones de devaluación de la moneda, en que esgrime el argumento de Harris de que esas operaciones se muestran favorables para el deudor y son ruinosas para el acreedor por la situación de incertidumbre prevaleciente –lo contrario que con los tipos de interés usurarios (Smith, 1978, 374-5). Además, la depreciación de la moneda da lugar a la desconfianza pública (Smith, 1978, 242, 502). “Esa administración de justicia irregular y parcial que con frecuencia protege al deudor rico y poderoso frente a la demanda del acreedor lesionado, y que hace que la sección más laboriosa de la nación tema elaborar bienes para el consumo de personajes grandes y altaneros, ante quienes no se atreven a rehusar vender a crédito, y de quienes no tienen la más mínima seguridad de que les paguen” (Smith, 1988, 601). En 1787, Jeremy Bentham publicó como Defensa de la Usura una carta que envió a Adam Smith. Bentham sintió la necesidad de mandar esta carta por un rumor que había oído de que el ministro William Pitt planeaba reducir el tipo de interés legal máximo en Inglaterra del 5% al 4%. Bentham quiso criticar esta idea de Smith jactándose de ser más liberal que el propio Smith. Poner un límite máximo a los tipos de interés, dice Bentham, hará decrecer el número de posibles prestamistas y los banqueros serán más Estrella Trincado Aznar JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !#+$ cautelosos a la hora de fijar los márgenes de riesgo. Sólo se concederán préstamos a los empresarios que operan en caminos de producción y distribución conocidos, con bajo riesgo. Así, Bentham considera que el efecto de la ley será bloquear cualquier innovación disruptiva y el mecanismo de desarrollo mismo, tal y como él lo definía. En la carta, le reprochó a Smith que se hubiera hecho eco del odio que llevaba implícita la palabra “usura” y los prejuicios morales responsables de esta ley. Para Bentham, reducir el máximo del tipo de interés quería decir que más personas serían perseguidas por la usura cuando en su libro de las ofensas morales publicado en 1789, Bentham no había sido capaz de encontrar un lugar apropiado para la usura, por lo que entendía que era una ofensa imaginaria (Bentham, 1791). En todo caso, sería una ofensa cometida con el consentimiento de la parte supuestamente dañada, a no ser que el consentimiento fuera obtenido injustamente o no libremente: en el primer caso, coincide con el fraude; en el segundo, con la extorsión (Stark, 1952, 23). El mantenimiento de la ley de la usura, según Bentham, sólo puede venir de un prejuicio moral porque, según Bentham, Aquellos que tienen la determinación de sacrificar el presente por el futuro son objetos naturales de envidia de aquellos que han sacrificado el futuro por el presente. Los niños que se han comido su tarta son los enemigos naturales de los niños que tienen la suya (Stark, 1952, Defence of Usury, 159). Sin duda, Bentham quería que Smith revisara sus opiniones sobre la función llevada a cabo por el hombre prudente en su sistema (Trincado 2009). Sin embargo, ambos tenían visiones completamente distintas del crecimiento (uno continuo, el otro abrupto), y del empresario (cauteloso uno y admirador el otro). En España cala especialmente la visión utilitarista de Bentham a partir del siglo diecinueve (Trincado & Ramos 2011). Pero, como hemos visto, Smith tenía una profunda base moral en los escolásticos. La teoría utilitarista plasma la teoría de la suma de intereses que, en definitiva, acaba con el sentimiento de bien común y de espacio-tiempo compartido. 9 CONCLUSIÓN Comenta Bruni (2008) que la teoría económica moderna y contemporánea ha dejado ausente el concepto de bien común. Se considera que un bien público es un bien consumido por varias personas sin rivalidad y Tiempo y usura en los escolásticos JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !#"$ que no puede excluir a quien no contribuye a su producción. El bien común, en cambio, es consumido por varias personas y tiene un consumo rival. En la sociedad tradicional, el bien común estaba profundamente ligado al sacrificio: la “bendición” que recibo en la relación con el otro está indisolublemente ligada a la “herida” que éste me procura, y que yo le procuro a él o a ella (Génesis, 32, 23‐31). Así, la idea del bien común en el Occidente premoderno no estaba asociada a una suma de intereses privados; comportaba más bien, una sustracción y no pertenecía a nadie. El hombre antiguo no veía la relación yo-tú, la ínter subjetividad horizontal, sino sólo la comunidad misma. Todo el medioevo cristiano fue un lento proceso de emersión de la categoría de la individualidad a “expensas” de la communitas .Una de las características fundamentales de la modernidad es el descubrimiento del otro como un tú, como una subjetividad que se me pone delante como diferente de mí. Sin embargo, ese tú es un no-yo, un negativo que no permite una vía de reconocimiento mutuo, y que sólo promete encontrarnos sin herirnos con un “mutuo desinterés”, una sociedad sin vínculos ni pasiones. Por ello, la modernidad no ha eliminado los mediadores en las relaciones humanas (Dios, comunidad…), simplemente ha inventado otros mediadores, como el Leviatán o la “mano invisible” del mercado. En realidad, estos mediadores se revelan tan tiranos y alienantes como los antiguos. Dice Bruni que esto se debe a que el pensamiento moderno todavía es demasiado deudor de las categorías del Uno que ve al otro como negación de uno mismo. No es capaz de entender la visión trinitaria, el tiempo desde un observador agradecido que captaría el tiempo individual del recuerdo tanto como el compartido del presente (Trincado 2003b). Este observador capta, pero no se apropia, de las cosas del tiempo; es, efectivamente, común a todos los hombres. El bien común, por tanto, es una categoría personalista y relacional (no centrada en las cosas, sino en las relaciones entre personas). No es una cosa que consumimos los dos independientemente, con “mutua indiferencia”, sino un vínculo basado en principios de justicia y reciprocidad (relaciones entre personas) que solamente es posible alcanzar juntos (algo muy distinto de la ventaja mutua). Como hemos visto, los escolásticos atisbaron esta idea de bien común: tuvieron en su mano la llave, que ellos vinculaban a la Edad de Oro, donde la abundancia, el arrobamiento y la gratitud a la vida, negaban la diferenciación entre lo tuyo y lo mío. Sin embargo, en el camino, los escolásticos y modernos Estrella Trincado Aznar JOURNAL OF THE SOCIOLOGY AND THEORY OF RELIGION (JSTR), 14 Extra-1 (2022): 134-158 ISSN: 2255-2715 !#)$ perdieron la llave. Hemos de encontrar esa llave y, para ello, el estudio de los que la atesoraron, el saber escolástico, se hace fundamental. Bibliografía Acuña Barrantes, Henry (2012), La Historia de la economía. Desde Platón hasta los Romanos, Revista Logos, Ciencia & Tecnología, 4, 1, julio-diciembre, 8295. Azpilcueta, Martín de (1556), Comentario resolutorio de usuras. Salamanca. Barbon, Nicholas (1696). 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