scieee AI-readable full text Open interactive document viewer

Instalaciones de un local destinado a talleres de reparación de motocicletas

Morilla Puche, Roland

Abstract

El present projecte es basa principalment en el disseny de les instal·lacions bàsiques que garanteixin la protecció i el correcte funcionament de tots els elements necessaris per a portar a terme l'activitat de “Venda, manteniment i reparació de motocicletes i dels seus recanvis i accessoris” en un establiment industrial. L'activitat ocuparà la totalitat de l'establiment, el qual, consta de planta baixa i planta primera. Les instal·lacions contemplades en el projecte són les següents: Protecció contra incendis. Iluminació. Elèctrica. El projecte està compost per memòria, annexos i plans. La memòria conté la descripció detallada del establiment i les instal·lacions projectades, en els annexos s'inclouen els càlculs justificatius i els resultats obtinguts, i els plànols contenen la documentació gràfica corresponent al disseny realitzat.

Full text

Moto Racing, S.L. - XIX - CAPÍTULO 1: INTRODUCCIÓN 1.1. Objeto del proyecto Es objeto del presente proyecto, cumplimentar la solicitud de D. José Luis Morilla Cuello, como titular de la actividad, que presenta ante el Excmo. Ayuntamiento de Badalona a efecto de obtener la Licencia Municipal de Apertura, y de esta forma poder desarrollar la actividad de “Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios”, en el establecimiento sito en la AV. De Llenguadoc, nº 39 (08915), de la localidad de Badalona y perteneciente a la provincia de Barcelona. Se realizará la descripción detallada del establecimiento, de sus elementos constructivos e instalaciones, así como de las medidas correctoras necesarias para adaptar el mismo a la legislación vigente aplicable a este tipo de actividad. Dicha actividad ocupará la totalidad de la superficie del establecimiento que consta de 2 plantas (planta baja y planta primera). Se realizará una distribución del establecimiento para acondicionarlo lo mejor posible a las exigencias de la actividad a realizar, todo ello, sin poner en peligro la estabilidad y resistencia estructural del edificio. Por lo tanto, las instalaciones básicas diseñadas serán las de: iluminación, protección contra incendios y eléctrica. Roland Morilla Puche - 20 - 1.2. Titular de la instalación Será el titular de las instalaciones, la razón social Moto Racing, S.L., actuando en su nombre y representación D. José Luis Morilla Cuello con domicilio en Santa Coloma de Gramenet, C. De la Plata, nº 19 BJ, y provisto del Documento Nacional de Identidad Nº 46.509.964-P. 1.3. Datos de contacto Domicilio para notificaciones: Nombre: D. José Luis Morilla Cuello Calle: De la Plata, 19 BJ Localidad: Santa Coloma de Gramenet Provincia: Barcelona C.P.: 08922 Teléfono: 667.45.64.24 // 93.468.24.05 E-mail: Jose_Morill[email protected] 1.4. Domicilio de la actividad El domicilio de la actividad que nos ocupa se encuentra ubicado en el Polígono Industrial Bonavista, exactamente en la AV. De Llenguadoc, nº 39 (08915), de la localidad de Badalona y perteneciente a la provincia de Barcelona. 1.5. Estado inicial Se trata de un edificio industrial de obra nueva construido en el año 2009. Antes del comienzo del acondicionamiento, el edificio únicamente constaba de un aseo, un montacargas y la zona de paso constituida por dos distribuidores y una escalera. Para poder llevar a cabo la actividad que nos ocupa de un modo correcto se realizará una nueva distribución, donde se añadirán nuevas zonas, utilizando, como elemento divisorio, tabiques de fábrica de ladrillo de 8cm. Con la presente Memoria Técnica, se acompaña plano del estado inicial del edificio industrial. Moto Racing, S.L. - 21 - 1.6. Funcionalidad Cada una de las zonas del establecimiento tendrá una función o uso especifico, dependiendo de los trabajos que se realicen en dicha zona. A continuación se detallarán las funciones de cada zona: Salón expositor de motocicletas: El salón expositor de motocicletas tendrá como función la de exponer motocicletas, para su posible venta. Su acceso principal se encuentra por la puerta de entrada al público situada en la AV. De LLenguadoc, nº 39, también se podrá acceder através de la puerta que comunica con el distribuidor 1, al cual se puede acceder por la AV. De llenguadoc, nº39, y a través de la puerta situada en la calle de servicio comunitario teniendo que cruzar el taller de reparaciones y la zona de venta de accesorios. Venta de accesorios: La zona de venta de accesorios tendrá como función la de exposición y venta de accesorios para las motocicletas o los usuarios de ellas. Se encuentra entre el salón expositor y el taller de reparaciones. Taller de reparaciones: La zona destinada a taller de reparaciones tendrá como función la de realizar cualquier tipo de trabajo de reparación o mantenimiento de las motocicletas y de sus repuestos. Su acceso principal se encuentra a través de la puerta situada en la fachada interior donde se accede a la calle de servicio comunitario. Taller de pintura: La zona destinada a taller de pintura tendrá como función la de realizar trabajos de pintura en las motocicletas y sus repuestos. Su acceso se encuentra a través de la puerta que comunica con el distribuidor 2. En dicha zona se encuentra una terraza situada en la fachada interior. Administración: La zona destinada a administración tendrá como función la de oficina, donde se realizarán trabajos administrativos de la empresa. Su acceso se encuentra a través de la puerta que comunica con el distribuidor 2. Dirección: La zona destinada a dirección tendrá como función la de oficina, donde se realizarán trabajos relacionados con la dirección de la empresa. Su acceso se encuentra a través de la puerta que comunica con el distribuidor 2. Vestuario: La zona destinada a vestuario servirá para que la plantilla de trabajo pueda cambiarse de ropa y guardar sus objetos personales. Cada empleado tendrá una taquilla asignada. Roland Morilla Puche - 22 - Montacargas: La zona destinada a montacargas viene equipada con un montacargas que tendrá como función la de desplazar personas y motocicletas de la planta baja a la primera y viceversa. Zonas de paso: Las zonas de paso como son los distribuidores y escaleras, tendrán como función la de facilitar el desplazamiento de personas de la planta baja a la primera y viceversa. También se utilizará como entrada al edificio de las personas que estén familiarizadas con el establecimiento o del personal de trabajo. 1.7. Normativa Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad en caso de incendio en establecimientos industriales. Código Técnico de Edificación (CTE) aprobado el 17 de marzo de 2006 por el Real Decreto. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) aprobado por el Real Decreto 842/2002 el 2 de Agosto. Instrucción Técnica Complementaria de Baja Tensión. Redes Subterráneas para Distribución en Baja Tensión (ITC-BT-07). Instrucción Técnica Complementaria de Baja Tensión. Instalaciones interiores o receptoras (ITC-BT-19). Instrucción Técnica Complementaria de Baja Tensión. Instalaciones interiores o receptoras. Tubos y canales protectoras (ITC-BT-21). Decret 135/1995 Codi d’Accessibilitat de Catalunya. Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009). Decret 298/1993, de 8 d’octubre, de modificació del decret 147/1987 de 31 de març, pel qual es regula l’activitat industrial i de prestació de serveis en els tallers de reparació de vehicles automòbils, dels seus equips i components. Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Llei 3/1998, de 27 de febrer (DOGC 13.03.1998), d’Intervenció integral de l’administració ambiental. Moto Racing, S.L. - 23 - CAPÍTULO 2: ACTIVIDAD 2.1. Actividad y clasificación 2.1.1. CNAE-09 La actividad que se desarrollará, será la que corresponde al código 45.40 de la sección G del CNAE-09: “Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios”, según el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril de 2007, por el que se aprueba la “Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009”. 2.1.2. I.A.E Según la Agencia Tributaria Española, le corresponde los siguientes epígrafes de la I.A.E (Impuesto sobre Actividades Económicas): 1. Epígrafe 691.2, este epígrafe comprende la “Reparación de vehículos automóviles, bicicletas y otros vehículos”. 2. Epígrafe 654.1, este epígrafe corresponde al “Comercio al por menor de vehículos terrestres”. 3. Epígrafe 654.2, este epígrafe corresponde al “Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos terrestres”. 2.1.3. Llei 3/1998 Estas actividades se encuentran comprendidas en el ANEXO II, código 11.8 “Talleres mecánicos que disponen de instalaciones de pintura y tratamientos superficiales” del Reglament general de desplegament de la llei 3/1998 de la intervenció integral de l’administració ambiental. Roland Morilla Puche - 24 - 2.1.4. Decreto 298/1993 Conforme al Decreto 298/1993, de 8 de Octubre (D.O.G.C. Nº 1832, 15-121993), por el cual se regula la actividad industrial y de prestaciones de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes, clasificamos nuestro taller como: 1. Por su relación con los fabricantes de vehículos, de equipos y componentes: a) Taller Genérico o Independiente, al no estar vinculado con ningún fabricante en particular. 2. Por su rama de actividad: a) De mecánica, donde se realizan trabajos de reparación y mantenimiento, sustitución o reforma en el sistema mecánico del vehiculo, incluidas sus estructuras portantes y equipos y elementos auxiliares excepto el equipo eléctrico. b) De pintura, donde se realizan trabajos de pintura, revestimiento y acabado de carrocerías. 3. Talleres especializados: a) Talleres de reparación de motocicletas. 2.2. Proceso industrial El proceso industrial que se desarrollará, consistirá en realizar toda clase de operaciones de mantenimiento y reparación de motocicletas. Las fases del proceso serán las siguientes: Recepción de la motocicleta. Localización y diagnosis de la avería. Desmonte de las piezas o conjuntos defectuosos. Substitución de las piezas averiadas o de los conjuntos defectuosos por otros de origen. Reparación de los conjuntos, si es necesario. Montaje de piezas y conjuntos reparados. Comprobación del correcto montaje y funcionamiento o acabado. Entrega de la motocicleta al cliente. Moto Racing, S.L. - 25 - 2.3. Personal De acuerdo con el Decreto 298/1993, de 8 de octubre (D.O.G.C. Nº 183215.12.1993), la plantilla del taller-concesionario con su cualificación técnica, profesional o laboral, es la siguiente: Tabla 1: Personal de la actividad. CUALIFICACIÓN Nº de PERSONAS Jefe de taller 1 Operarios de taller 4 Vendedores 2 Administrativo 1 PLANTILLA TOTAL 8 2.4. Producción El régimen de funcionamiento de la actividad, respecto a la jornada laboral, es de 40 horas semanales y 229 días laborables al año. La producción, al igual que las materias primas, va siempre en función de la demanda. Aun así, se estima que es de unas 600 reparaciones diversas a 133€ cada una de ellas, que suben en total, aproximadamente a la cantidad de ochenta mil euros (80.000.- €). 2.5. Materias primas Las materias primas que se consumen en el taller, son las piezas y recambios manufacturados. No se almacenaran grandes cantidades de ninguna de ellas. El consumo anual de materias primas esta condicionado en función de la demanda. Con carácter estimado, se calcula que subirá a la cantidad de veinticinco mil euros (20.000.-€.). Roland Morilla Puche - 26 - 2.6. Relación de maquinaria El equipamiento instalado en el taller se ajustará a las necesidades de la actividad a realizar y a lo establecido como orientativo en el Decreto 298/1993, de 8 de octubre (D.O.G.C. Nº 1832-15.12.1993). A continuación se detalla la maquinaria o equipamiento a instalar mediante la siguiente tabla: Tabla 2: Relación de equipamiento. ELEMENTO UNIDADES POTENCIA POT. TOTAL MAQUINARIA C.V W ELEMENTO (W) Compresor 2 3,00 4416 Elevador de motocicletas (neumático) 5 N.P N.P N.P Extractor de gases (de vehículos) 1 0,50 368 Desmontadora de neumáticos 1 750 750 Equilibradora de ruedas 1 200 200 Cabina de pintura 1 9100 9100 Motor puerta 2 250 500 Ordenador 3 750 2250 Montacargas 1 3000 3000 VENTILACION PEZ-100VGA 2 2770 5540 PEZ-50VEA 1 1560 1560 Extractor de aseos 2 180 360 POTENCIA TOTAL 29144 Toda la maquinaria susceptible de transmitir vibraciones se instalará sobre soportes elásticos o en caso necesario se montará sobre bancada de gran masa, aislada del pavimento mediante material aislante y absorbente. Moto Racing, S.L. - 27 - 2.7. Medidas de prevención Se establecen las siguientes normas que se distribuirán entre los propios trabajadores de la empresa para su conocimiento y aplicación: Mantenimiento del orden y la limpieza en los lugares de trabajo y almacenamiento. Mantenimiento en perfecto estado de las instalaciones eléctricas, evitando sobrecargas en los conductores. Cuando se vayan a realizar trabajos en caliente (soldadura, cortes), inspeccionar previamente la zona para detectar posibles focos de ignición y retirar o proteger debidamente estos puntos. Si existe riesgo, mantener en las inmediaciones un extintor de incendios adecuado, en perfectas condiciones de uso. No dificultar el acceso, ni siquiera temporalmente, bocas de incendios, extintores y puertas de emergencia. Asegurarse de que las puertas estén cerradas, tanto durante las horas de trabajo como al abandonar el local. Comunicar cualquier anomalía en los medios de protección contra incendios. Conocer el riesgo de incendio derivado de los productos que se manipulan, los focos de ignición existentes en el área de trabajo y el procedimiento concreto de manejo de instalaciones y equipos. Conocer la localización de los extintores próximos, sabiendo para que tipo de fuego son adecuados. Conocer las vías de evacuación principales y alternativas. Inspeccionar el local al final de la jornada de trabajo para evitar cualquier causa de incendio, dejando desconectados todos los aparatos eléctricos. Roland Morilla Puche - 34 - CAPÍTULO 4: VENTILACIÓN 4.1. Ventilación natural Para el caso de la ventilación natural de las estancias se seguirán los pasos de la Sección HS 3, Calidad del aire interior, del Código Técnico de la Edificación. El primer paso que debemos realizar es el de conocer los caudales de ventilación mínimos exigidos, dicha acción la realizaremos mediante la tabla 2.1 de la Sección HS 3, apartado 2, del CTE. Figura 2: Tabla 2.1de la Sección HS 3. Moto Racing, S.L. - 35 - Solo evaluaremos las estancias de taller de reparaciones y taller de pintura, donde se escogerá el caudal más alto al no existir una asimilación idónea y se comprobará que la ventilación de dichas zonas se puede realizar de manera natural aprovechando las aberturas situadas en cada estancia. Para ello deberemos saber el área minima efectiva de las aberturas de ventilación dependiendo de las características de la estancia y el tipo de abertura a considerar. Dicha área se obtendrá mediante la tabla 4.1 de la Sección HS 3 del CTE. Figura 3: Tabla 4.1Sección HS 3. Una vez obtenida el área simplemente deberemos comprobar que el área real de las aberturas mixtas sea mayor o como mínimo igual al obtenido. A continuación se especifica la ecuación a seguir: VentilarSupqv.·10 ! v qAberturasSup ·8. " VentilarSupAberturasSup .·10·8. " Donde: qv: Caudal de ventilación mínimo exigido, en l/s. Sup. Ventilar: Superficie que se desea ventilar, en m². Sup. Aberturas: Superficie minima de las aberturas, en cm². Roland Morilla Puche - 36 - 4.1.1. Taller de reparación La ventilación del taller de reparaciones será de manera natural, mediante la puerta y la ventana que dan a la calle de servicio comunitario que las consideraremos como unas aberturas mixtas. Superficie abertura puerta: 13m². Superficie abertura ventana: 4,2m². Superficie a ventilar: 79,60m². 10000/60,79·10·8·8. ! "qvAberturasSup 64,020,17 # No obstante en el taller de reparaciones se instalará un sistema de extracción de gases compuesto por tres tomas, una para cada elevador de motocicletas, la canalización de los gases se realizará a través del hueco situado tras el montacargas hasta la altura reglamentaria, la cubierta. 4.1.2. Taller de pintura La ventilación del taller de pintura será de manera natural mediante las puertas de paso a la terraza situada en la fachada de la calle de servicio comunitario, que las consideraremos como aberturas mixtas. Superficie abertura puertas: 2 x 10,40m². Superficie a ventilar: 125,10m². 10000/10,125·10·8·8. ! "qvAberturasSup 140,20 # En el caso de la instalación de la cabina de pintura, dicha cabina está dotada de una extracción de gases, la canalización de los gases se realizará a través del hueco situado tras el montacargas hasta la altura reglamentaria, la cubierta. Moto Racing, S.L. - 37 - 4.2. Ventilación forzada 4.2.1. Planta baja La ventilación del salón expositor y de la zona de venta de accesorios se llevará a cabo de manera forzada, mediante el sistema de climatización PEZ-100 de la marca Mitsubishi. Sistema con retorno por plenum, la canalización desde el conducto hasta los difusores se realizará por tubo flexible, se colocarán tres rejas de 700x100mm para el retorno. Las tuberías son de 3/8 y 5/8 pulgada, 2 por maquina, una para líquido y la otra para gas. La ventilación ya instalada del aseo 1 y del vestidor se realiza mediante extractores cenitales empotrados al falso techo y comunicados con el hueco situado tras el montacargas. 4.2.2. Planta primera La ventilación de las oficinas de administración y dirección se llevará a cabo de manera forzada, mediante el sistema de climatización PEZ-50 de la marca Mitsubishi. Sistema con retorno por plenum, la canalización desde el conducto hasta los difusores se realizará por tubo flexible, se colocarán una reja de 700x100mm por oficina para el retorno. Las tuberías son de 1/4 y 1/5 pulgada, 2 por maquina, una para líquido y la otra para gas. La ventilación ya instalada del aseo 2 se realiza mediante un extractor cenital empotrado al falso techo y comunicado con el hueco situado tras el montacargas. Roland Morilla Puche - 38 - CAPÍTULO 5: INSTALACIÓN CONTRA INCENDIOS 5.1. Instalación contra incendios La instalación contra incendios tiene por objeto satisfacer los requisitos y las condiciones que debe cumplir nuestro establecimiento para su seguridad en caso de incendio, para prevenir su aparición y para dar respuesta adecuada, en caso de producirse, limitar su propagación y posibilitar su extinción, con el fin de anular o reducir los daños o pérdidas que el incendio puede producir a personas o bienes. Las actividades de prevención del incendio tendrán como finalidad controlar y limitar la presencia del riesgo de fuego y las circunstancias que pueden desencadenar el incendio. Las actividades de respuesta al incendio tendrán como finalidad controlar o luchar contra el incendio, para extinguirlo, y minimizar los daños o pérdidas que pueda generar. 5.2. Aplicación del RSCIEI Los requisitos y las condiciones que debe cumplir nuestro establecimiento se establecerán y definirán a partir del RSCIEI (Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales), Real Decreto 2267/2004, de 3 de Diciembre. Las condiciones indicadas en dicho reglamento tendrán la condición de mínimo exigible según lo indicado en el artículo 12.5 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Moto Racing, S.L. - 39 - Estos mínimos se consideran cumplidos por el cumplimiento de las prescripciones indicadas en dicho reglamento. En nuestro establecimiento se llevarán a cabo 6 actividades o usos diferentes: 1. Taller reparación de motocicletas. 2. Taller de pintura. 3. Exposición de motocicletas. 4. Venta de accesorios. 5. Administración y dirección de la empresa. Dichas actividades serán ámbito de aplicación de dicho reglamento tal y como se detalla en los Artículos 2.1 y 3.2. En el Artículo 2.1, de dicho reglamento, se específica que se entenderán como establecimiento industrial a los talleres de reparación y los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de transporte de personas y transporte de mercancías” y a “los servicios auxiliares o complementarios de las actividades comprendidas en los párrafos anteriores”. En el Artículo 3.2, de dicho reglamento, se específica que cuando en un establecimiento industrial coexistan con la actividad industrial otros usos con la misma titularidad, para los que sea de aplicación el Documento Básico de la edificación: Seguridad en caso de incendio, o una normativa equivalente, los requisitos que deben satisfacer los espacios de uso no industrial serán los exigidos por dicha normativa cuando superen los límites indicados a continuación: Zona comercial: superficie construida superior a 250m2. Zona administrativa: superficie construida superior a 250m2. 5.3. Ubicación Se trata de un establecimiento del TIPO A (en horizontal) de acuerdo con el RSCIEI, Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, ya que el establecimiento industrial ocupa parcialmente un edificio que tiene, además, otros establecimientos, ya sean estos de usos industrial ya de otros. Roland Morilla Puche - 40 - 5.4. Configuración El establecimiento se dividirá en sectores diferentes para evitar la posible propagación del fuego en caso de incendio. El establecimiento constará de 2 sectores de incendio ocupados por los distintos usos que se desarrollan en ellos, las superficies útiles son las siguientes: 5.4.1. Sector 1 A continuación se detallan las superficies útiles del sector 1: Tabla 4: Superficies útiles del sector 1. SECTOR 1 ZONA SUP. (m²) USO Qs (Mcal/m²) Ra Salón expositor 52,30 comercial 72 1,0 Venta accesorios 67,10 comercial 72 1,0 Aseo 1 8,20 N.P N.P N.P Vestidor 11,20 N.P 72 1,0 Montacargas 5,33 N.P N.P N.P Taller reparación 79,60 industrial 96 1,0 Sup. total 223,73 Podemos observar que los usos dedicados a comercial no superan los 250 m2, por lo tanto, cumpliremos únicamente el RSCIEI. 5.4.2. Sector 2 A continuación se detallan las superficies útiles del sector 2: Tabla 5: Superficies útiles del sector 2. SECTOR 2 ZONA SUP. (m²) USO Qs (Mcal/m²) Ra Taller pintura 125,10 industrial 120 1,5 Aseo 2 8,20 N.P N.P N.P Administración 13,60 administrativo 192 1,5 Dirección 11,50 administrativo 192 1,5 Montacargas 5,33 N.P N.P N.P Sup.total 163,73 Podemos observar que los usos dedicados a administrativo no superan los 250 m2, por lo tanto, cumpliremos únicamente el RSCIEI. Moto Racing, S.L. - 41 - 5.5. Nivel de riesgo intrínseco Una vez calculada la densidad de carga de fuego ponderada y corregida de cada sector, obtendremos su nivel de riesgo intrínseco a través de la tabla 1.3 del Anexo I del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre. Figura 4: Tabla 1.3 del anexo I del RSCIEI Por lo tanto, nuestros niveles de riesgo intrínsecos para cada sector son: Tabla 6: Carga de fuego y nivel de riesgo intrínseco de los sectores. SECTOR Qs (Mcal/m²) NIVEL DE RIESGO INTRINSECO Sector 1 76,18 BAJO 1 Sector 2 181,68 BAJO 2 Todos los cálculos se encuentran detallados en su correspondiente anexo. Roland Morilla Puche - 42 - 5.6. Superficies admisibles La máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio dependerá de: Su nivel de riesgo intrínseco. Tipo de configuración del establecimiento. Dichas superficies se obtendrán mediante la tabla 2.1 del anexo II del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre. Figura 5: Tabla 2.1 del anexo II del RSCIEI. En nuestro caso, como se puede observar en la siguiente tabla, obtenemos una sectorización valida de acuerdo con los límites fijados por dicho reglamento: Tabla 7: Superficies máximas admisibles de los sectores. SECTOR NIVEL DE RIESGO INTRINSECO SUP. SECTOR(m2) SUP. MAXIMA ADMISIBLE(m2) Sector 1 BAJO 1 223,73 1000 Sector 2 BAJO 2 163,73 2000 Moto Racing, S.L. - 43 - 5.7. Materiales Los elementos constructivos exigidos serán los estipulados según el apartado 3 del anexo II del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre. Las exigencias de comportamiento al fuego de los productos de construcción se definen determinando la clase que deban alcanzar, según la norma UNE-EN 13501-1:2002 (R.D. 312/2005. Anexo IV) para aquellos materiales con el marcado CE. La justificación de que un elemento constructivo alcanza el valor de estabilidad al fuego exigido se acreditará mediante marcado CE, ensayo de tipo o certificado de conformidad a normas UNE-EN y UNE-EN ISO, emitidos por un organismo de control que cumpla las exigencias del Real Decreto 2200/1995 de 28 de diciembre, modificado por el Real Decreto 411/1997 de 21 de marzo. Los productos de construcción pétreos, cerámicos y metálicos, así como los vidrios, morteros, hormigones o yesos, se considerarán de clase A1, la más favorable. 5.7.1. Productos de revestimiento Los productos utilizados como revestimiento o acabado superficial deben ser: Suelos: CFL-s1 o más favorable. En paredes y techos: C-s3 o más favorable. Exterior de fachadas: C-s3 d0 o más favorable. 5.7.2. Productos situados en falsos techos Los productos situados en el interior de falsos techos o suelos elevados, tanto los utilizados para aislamiento térmico y para acondicionamiento acústico como los que constituyan o revistan conductos de aire acondicionado o de ventilación, etc., deben ser de clase C-s3 d0 o más favorable. Los cables deberán no ser propagadores de incendio y con emisión de humo y opacidad reducida. 5.8. Estabilidad al fuego Las exigencias de comportamiento ante el fuego de un elemento constructivo portante se definen por el tiempo en minutos, durante el que dicho elemento debe mantener la estabilidad al fuego o capacidad portante (Rt) en el ensayo normalizado conforme a la norma correspondiente de las incluidas en la Decisión 2000/367/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, modificada por la Decisión 2003/629/CE de la Comisión. La justificación de que un elemento constructivo portante alcanza el valor de estabilidad al fuego exigido se acreditará: 1. Por contraste con los valores fijados en los anexos del CTE DB SI. Roland Morilla Puche - 50 - 5.13. Ventilación La extracción de humo de incendio quedará resuelta mediante ventilación natural por lo que no hará falta instalar ningún sistema de extracción de humos. 5.14. Medidas de protección contra incendios Todos los aparatos, equipos, sistemas y componentes de la instalación de protección contra incendios de los establecimientos industriales, así como el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de sus instalaciones, cumplirán lo preceptuado en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y en la Orden de 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo de aquel. La disposición de dichos aparatos se puede observar en los planos adjuntos a esta memoria. Sistemas manuales de alarma de incendios: Se instalará un sistema manual de alarma de incendios en todos los sectores, de acuerdo con el apartado 4 del anexo III del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre. Se situará un pulsador junto a cada salida de evacuación del sector de incendio y la distancia máxima a recorrer desde cualquier punto hasta alcanzar un pulsador no debe superar los 25m. Se instalarán un total de cinco pulsadores, junto a cada salida de edificio o sector. También se instalará una alarma acústica óptica en el exterior. Extintores de incendio: Se instalarán extintores portátiles de incendio en todos los sectores, de acuerdo con el apartado 8 del anexo III del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre. Los extintores instalados serán un total de cinco unidades de 5 Kg de polvo polivalente (ABC) de eficacia minima 21A – 113B - C. Se colocarán en zonas donde sea fácil su accesibilidad y visibilidad, distribuidos de tal manera que el recorrido máximo horizontal desde cualquier punto del sector hasta un extintor no supere los 15m. Cerca de los cuadros eléctricos se instalará un extintores portátiles de 5 Kg de CO2, de esta forma en caso de incendio eléctrico se podrá combatir y evitar su propagación. Hidrante exterior: Existencia de un hidrante exterior a menos de 100m de la actividad, tal y como viene indicado en el plano de emplazamiento. Moto Racing, S.L. - 51 - Sistema de alumbrado de emergencia: El establecimiento constará de instalación de alumbrado de emergencia en las vías de evacuación y en los espacios donde estén instalados cuadros, centros de control o mandos de las instalaciones técnicas de servicios y de los sistemas de protección contra incendios. Se instalarán un total de 12 luminarias de emergencia. El alumbrado de emergencia será fijo, estará provisto de fuente propia de energía y de luminarias autónomas que entraran automáticamente en funcionamiento al producirse un fallo del 70% de su tensión nominal de servicio. Mantendrá las condiciones de servicio durante una hora, como mínimo, desde el momento en que se produzca el fallo. Proporcionará una iluminancia de un lx, como mínimo, en el nivel del suelo en los recorridos de evacuación y de cinco lx, como mínimo, en los espacios donde estén instalados cuadros, centros de control o mandos de las instalaciones técnicas de servicios y de los sistemas de protección contra incendios. La uniformidad de la iluminación proporcionada en los distintos puntos de cada zona será tal que el cociente entre la iluminancia máxima y la mínima sea menor que 40. Señalización: Se señalizarán las salidas de uso habitual o de emergencia, así como los medios de protección contra incendios de utilización manual, cuando no sean fácilmente localizables desde algún punto de la zona protegida, teniendo en cuanta lo dispuesto en el Reglamento de señalización de los centros de trabajo, aprobado por el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Según marca el DB-SI sección 3 apartado 7 del Código Técnico de la Edificación, se utilizarán las señales de salida, de uso habitual o de emergencia, definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los siguientes criterios: a) Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo “SALIDA”. b) La señal con el rótulo “Salida de emergencia” debe utilizarse en toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia. c) Deben disponerse señales indicativas de dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo. d) En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrán las señales antes citadas, de forma que quede claramente indicada la alternativa correcta. Tal es el caso de determinados cruces o bifurcaciones de pasillos, así como de aquellas escaleras que, en la planta de salida del edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas, etc. e) En dichos recorridos, junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la evacuación debe disponerse la señal con el rótulo “Sin Roland Morilla Puche - 52 - salida” en lugar fácilmente visible pero en ningún caso sobre las hojas de las puertas. f) Las señales se dispondrán de forma coherente con la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a cada salida, conforme a lo establecido en el capítulo 4 de esta Sección. g) El tamaño de las señales será: 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m. Moto Racing, S.L. - 53 - CAPÍTULO 6: ILUMINACIÓN 6.1. Iluminación Para iluminar espacios carentes de luz es necesaria la presencia de fuentes de luz artificiales, las lámparas, y aparatos que sirvan de soporte y distribuyan adecuadamente la luz, las luminarias. Buena parte de las actividades humanas se realizan en el interior de edificios con una iluminación natural, a menudo insuficiente. Por ello es necesaria la presencia de una iluminación artificial que garantice el desarrollo de estas actividades. La iluminación de interiores es un campo muy amplio que abarca todos los aspectos de nuestras vidas desde el ámbito doméstico al del trabajo o el comercio. 6.2. Tipo de lámpara Las luminarias a instalar estarán compuestas por lámparas fluorescentes, ya que se utilizan mucho en oficinas, comercios, centros educativos, almacenes, industrias con techos bajos, etc. por su economía y eficiencia luminosa. En las estancias con dotación de falso techo se empotrarán, mientras que en las zonas donde no haya falso techo serán adosadas. Roland Morilla Puche - 54 - 6.3. Nivel de iluminación Para la instalación de iluminación de cada estancia hemos utilizado el programa Dialux 4.8, utilizando como base de cálculo los niveles de iluminación extraídos del anexo IV del Real Decreto 486/1997 y los establecidos en la norma referente a iluminación de los puestos de trabajo en interiores UNE-EN 12464-1:2003. El valor del nivel de iluminación depende del tipo de actividad a realizar en el local, para nuestro caso serán los que se exponen en la siguiente tabla: Tabla 13: Nivel de iluminación de cada zona. ZONA Em (lux) Salón expositor 750-500 Venta accesorios 750-500 Administración 500 Dirección 500 Taller reparación 500-1000 Distribuidor 1 100-150 Vestidor 200 Baño 200 Taller pintura 1000-500 Distribuidor 2 100-150 Escaleras 150 6.4. Dialux A continuación se detallarán los datos de entrada y pasos para el uso de Dialux 4.8: Dimensiones del local o zona a iluminar y la altura del plano de trabajo (0.85 m, para todos nuestros casos). Figura 7: Dimensiones y plano de trabajo. Moto Racing, S.L. - 55 - Factor de degradación, de mantenimiento o conservación de la instalación depende del grado de suciedad ambiental y de la frecuencia de la limpieza del local. Se considerará como factor de mantenimiento 0,67, local limpio con ciclo de mantenimiento de 3 años, en todas las zonas exceptuando las zonas de exposición de motocicletas y venta de accesorios donde se utilizará un factor de 0,80, local muy limpio y bajo tiempo de utilización anual. Grado de reflexión de techos, paredes y suelos, dicho valor dependerá del tipo de material y color del elemento. En todos los techos y paredes se ha considerado del 78%, yeso, excepto en las paredes del vestidor y aseo que serán alicatadas y color a elegir, por lo tanto se ha utilizado el valor de 50% como valor estándar. Para los suelos se ha considerado el valor de 20% como valor estándar. Sistema de iluminación y altura de las iluminarías, en nuestro caso se trata de una iluminación directa ya que todo el flujo de las lámparas va dirigido hacia el suelo. Se considera el sistema más económico de iluminación y el que ofrece mayor rendimiento luminoso. Una vez hemos introducido los datos, elegido el tipo de iluminaria y calculado, solo tendremos que comparar los resultados obtenidos con los deseados. 6.5. Instalación de iluminación A continuación se detallará el modelo y número de unidades instaladas: Tabla 14: Relación de iluminarías. ZONA MODELO POT.(W) UND. POT. TOTAL (W) Salón expositor Philips TBS741 1xTL5C60W HFP 60 25 1500 Venta accesorios Philips TBS741 1xTL5C60W HFP Administración Philips TBS741 1xTL5C60W HFP 60 3 180 Dirección Philips TBS741 1xTL5C60W HFP 60 3 180 Taller reparación Philips TMX204 2xTL-D36W HFP 72 18 1296 Taller pintura Philips TMX204 2xTL-D36W HFP 72 28 2016 Distribuidor 1 Philips TMX204 1xTL-D18W HFP 18 1 18 Distribuidor 2 Philips TMX204 1xTL-D18W HFP 18 3 54 Vestidor Philips TMW075 1xTL-D18W HFP 18 6 108 Aseo 1 Philips TMW075 1xTL-D18W HFP 18 3 54 Aseo 2 Philips TMW075 1xTL-D18W HFP 18 3 54 Escaleras Philips TMX204 2xTL5-28W HFP 56 1 56 Terraza Philips TMW075 1xTL-D36W HFP 36 1 36 La distribución de las iluminarías se encuentra en su correspondiente plano adjunto. Roland Morilla Puche - 56 - 6.6. Iluminación emergencia Este alumbrado consistirá en 12 luminarias con batería de autonomía de 1 hora de duración que permitirán la señalización de medios de evacuación y extinción habidos en el recinto. Mediante esta iluminación se permitirá una evacuación del local más segura y fácil. Se deberá poder iluminar al menos 0,5 luxes a 1 metro de altura en todo el recinto. Moto Racing, S.L. - 57 - CAPÍTULO 7: INSTALACIÓN ELÉCTRICA 7.1. Instalación eléctrica La instalación eléctrica del establecimiento se efectuará de acuerdo con el vigente Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y Instrucciones del mismo. Toda la instalación se efectuará mediante conductos flexibles de cobre de 750 y 1000 V bajo tubo de PVC con un grado de protección mecánica 7. Se dispondrá de protecciones contra contactos directos e indirectos y toma de tierra. La iluminación se realizará con fluorescentes. Todas las tomas de corriente enchufes se situarán a una altura minima de 1,5m. 7.2. Cuadro general de distribución Toda la instalación hasta la salida del contador se efectuará, lo referente a secciones de líneas, aparatos a instalar y realización del conjunto, de acuerdo con las normas de la empresa distribuidora. En la salida del contador, y lo más cercano posible del punto de entrada de la derivación individual, se situará un cuadro general de distribución formado por un modulo de doble aislamiento acoplado en la pared, a una altura no inferior a 1,5m del suelo. De este cuadro saldrán los circuitos interiores y en él se instalará un interruptor automático de corte omnipolar que permitirá su accionamiento manual. Proveerá de dispositivos de protección contra sobrecargas y cortocircuito de cada uno de los circuitos interiores y de los interruptores diferenciales destinados a la protección contra contactos indirectos. Roland Morilla Puche - 58 - Se efectuarán 9 derivaciones omnipolar proveídas de interruptor diferencial, siendo las salidas previstas de circuitos para fuerza motriz, enchufes, iluminación del local y emergencia. Seccionando la instalación conseguimos que en caso de avería no quede toda la instalación dañada y el recinto sin actividad posible, además en caso de reparación o mantenimiento obtendremos mayor seguridad. Una de lasa derivaciones acabará en un subcuadro situado en la planta 1º y destinado a suministrar tensión única y exclusivamente a dicha planta. 7.3. Canalizaciones Toda la instalación se efectuará mediante conductos de cobre aislado de una tensión nominal de 750 y 1000 V, instalándose toda ella, por el interior de tubo de PVC y discurriendo a través del falso techo, disponiendo de las correspondientes cajas, de material aislante conectadas a tierra si están a menos de 2,5m sobre el suelo en los montajes superficiales, para cada una de las derivaciones, que estarán dotadas de los correspondientes interruptores adecuados a las intensidades que circulas por las líneas, el servicio del cual interrumpen. La caída de tensión máxima admisible será del 3% para el alumbrado y de 5% para le resto de utilizaciones. La seguridad minima que deben cumplir todos los dispositivos instalados será de IP40, IK09. La totalidad de los cables instalados deberán ser ignífugos y de opacidad reducida, del tipo afumex. La instalación presentará una resistencia de aislamiento superior a 0,50 MOhm. 7.4. Toma de tierra La toma de tierra estará constituida por un electrodo artificial enterrado de características adecuadas, según instrucción ITC-BT-018. El dimensionamiento del electrodo vendrá determinado por la resistividad media del terreno. Los conductores que constituyen las líneas de enlace con tierra, la línea principal de tierra y sus derivaciones serán de cobre. Del cuadro general saldrá un conductor de protección para cada circuito previsto, acompañando a estos en su recorrido y conectando con tierra a todas las partes metálicas de la instalación. Los conductores de protección serán de iguales características que los conductores activos a los que acompañan. La mencionada toma de tierra estará formada por una pica de acero recubierta de cobre de 2m de longitud y 14mm de diámetro. Lo más cerca posible se situará una caja seccionadora con tal de poder efectuar las correspondientes medidas de tierra. Moto Racing, S.L. - 59 - 7.5. Protección contra contactos De conformidad con la instrucción ITC-BT-024, la instalación se protegerá contra los contactos directos e indirectos. 7.5.1. Protección contra contactos directos El sistema de protección contra los contactos directos consistirá en la interposición de obstáculos que impidan todo contacto accidental con las partes activas de la instalación, y mediante el recubrimiento de estas mediante un aislamiento conveniente que limite la corriente de contacto a un valor no superior a 1 mA. Si los obstáculos son metálicos y se tienen que considerar como masas, se aplicará una de las medidas previstas de protección contra los contactos directos. 7.5.2. Protección contra contactos indirectos El sistema de protección contra los contactos indirectos consistirá en la puesta a tierra de las masas, asociadas a un dispositivo de corte automático sensible a la intensidad de defecto, que origine la desconexión de la instalación defectuosa. Por eso, se utilizará un interruptor diferencial que actúe desconectando la instalación cuando se produzca una tensión indirecta de valor igual o superior a 24V. 7.6. Desclasificación Para poder llevar a cabo la desclasificación de nuestro establecimiento como zona con riesgo de incendio y explosión, por la acumulación de gases, debemos asegurar que la ventilación de nuestro establecimiento cumpla con las mínimas establecidas en la UNE 60079-10. Nuestro establecimiento quedará desclasificado cumpliendo con el requisito de ventilación natural mediante aberturas, de superficies iguales o mayores a 1/8 de la superficie a ventilar.