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Los sintagmas nominales anafóricos en la tradición notarial

López-Mora, Pilar,García-Aguiar, Livia Cristina

Abstract

El documento notarial, como exponente de las tradiciones discursivas jurídico-administrativas, posee una fuerte personalidad textual notable sobre todo en el insistente uso de ciertos procedimientos de cohesión discursiva que constituyen toda una seña de identidad. Es el caso de la anáfora léxica, procedimiento que aúna la repetición léxica y la anáfora mediante la adición de demostrativos, participios o adjetivos deverbales usados con valor demostrativo al argumento nominal que se trata de focalizar. Nuestra propuesta parte del estudio de este tipo de sintagmas en un corpus de documentación notarial malagueña que abarca los ss. XVI, XVII y XVIII, en el que trataremos de comprobar tanto la casuística como la evolución de estos sintagmas como recurso cohesivo del que el redactor de los documentos será cada vez más consciente. El análisis incluye la comparación de nuestros resultados con los de los estudios que toman como base documentación medieval así como con los que fijan su atención en documentos jurídicos actuales con el fin de valorar el apego a la tradición del modelo textual y exponer unas conclusiones sobre la diacronía del fenómeno.

Full text

Los sintagmas nominales anafóricos en la tradición notarial: una evolución Pilar López Mora (Universidad de Málaga) Livia C. García Aguiar (Universidad de Jaén) Determinantes con valor anafórico en el siglo XVI Dicho 81% Este 5% El cual 11% Tal 3% Declarado 0,2% Dicho Este El cual Tal Declarado Determinantes con valor anafórico en el siglo XVIII Dicho, 63% Este, 14% Referido, 9% El cual, 5,6% (Pre)citado, 2,5% Expresado, 2,5% Tal, 1,5% Explicado, 0,8% Mencionado, 0,19% Nominado, 0,19% Prenotado, 0,19% Narrado, 0,19% Declarado,0,19% Dicho Este Referido El cual (Pre)citado Expresado Tal Explicado Mencionado Nominado Prenotado Narrado Declarado El qual El qual •Como relativo introductor de oraciones adjetivas especificativas y explicativas: ...otorga que desiste y aparta de su dominio y patria paternal al dicho Agustín Sánchez Ruiz, su hijo, y le da el poder que se requiere para que pueda rexir y governar su persona y vienes, tratando y contratando con otras cualesquiera, otorgando las escripturas e instrumentos que le sean combenientes y se le ofresiese; y paresca ante cualesquiera justicias, haciendo pedimentos y requerimientos, presentasiones de instrumentos y demás actos y dilixensias que se le ofresiese, lo cual pueda haser con la mayor franquisia el dicho Agustín Sánchez Ruiz, su hixo, como persona libre que por sí rixe y administra su persona y vienes sin el dominio paternal, al cual desde luego le hase entrego por cuenta a ambas lexítimas y con la cualidad de que los traiga a collazión y partizión, siempre que llegue el caso, de una partida de vancales que tiene y posee en diezmería de esta villa, ... (1743, 1v: 16-31). El qual -Con función pronominal (yuxtaposición): De todo lo referido obligaron sus personas y bienes habidos y por hab<er>, y el dicho Santiago Ruis por expresa y especial hipoteca su igual <…>visieni derogue la especial ni por el contrario obrada y media de <…> que tengo a la linde de lo que hobo bendido al dicho Alonso de Navas, más tres obradas de tierra que tengo del arroyo acá; las cuales hobo para no las poder vender ni en manera alguna enagenar<…> carga de esta ipoteca, pues ha de estar sugeta al saneamiento de esta venta y se podrá executar por todo rigor de derecho sobre el poseedor o pa<...> en quien estuviese aunque pase de tersero hasta dejar satisfecho a dicho comprador (1742, 1v: 16-25).- - Como determinante: ...por cuanto tiene por suyo propio un laúd de pescar pequeño con los peltrechos que le corresponden, nombrado Nuestra Señora del Rosario y san Fortunato, y el que está matriculado y por su patrón, Gerónimo de Acosta, vesino de esta villa; el cual laúd tiene tratado de vender al referido Gerónimo de Acosta (1751, 1r: 7-12). Ítem, mando que se cobren de Juan de Franquís, ginovés, el que tenía los molinos de la Torre, y de sus bienes treze ducados e tres reales, las costas que me deve y es a cargo que le presté,de que me hizo obligación ante Luis de Palomares, escrivano público, la cual obligación tengo presentada ant’él y executada e hecho proceso (1541, 21, 1v: 31-34). El qual Con refuerzo de "dicho”: ...así, que montan los dichos bienes apercibidos en la forma susodicha; e más que así recibí veinte e cinco mil e ciento e ochenta e nueve maravedís e medio, de los cuales dichos bienes e maravedís me doy por contento e pagado e entregado a toda mi voluntad (1521, 5, 2v: 2-5). ...otorgo e conosco por esta presente carta que hago donación buena, justa, inrevocable, […] La cual dicha donación vos fago por razón que sois mi hermano e por el mucho amor que os tengo (1521, 6, 1v: 316). El cual dicho trueque e cambio (1521, 12, 1r: 29). E vos hago procurador, abtor en vuestra causa propia, el cual dicho poder vos doy (1531, 15, 1v: 4-5). Dicho •Ejemplo que ofrece Barra (2007) de CREA, 2002 (prensa): •Ejemplo de CORDE (1685): Este dicho día se leyó una petición de Amador (sic.) Lázaro, infante de coro, tiple en que pide se le aumente el salario, que fuere servido y que se le hagan unos hábitos largos para poder salir sin compañero a estudiar gramática para poderse ordenar y que se le mantenga con la ración y plaza de tal infante de coro. Dicha petición se remitió al Sr. Doctor Solórzano, obrero, para que disponga en todo lo que pareciere ser conveniente. [AC-69 f. 189v / 14-IX1685] Documentos sobre música en la catedral de Sigüenza. Javier SuárezPajares, ICCMU (Madrid), 1998. Competición de formas en los siglos XVI / XVIII Narrado Prenotado / referido •Prenotado. CORDE (ss. XVIII y XIX): “en la forma prenotada”; “los prenotados inconvenientes” (1730); “la prenotada postulación” (1771); “los prenotados cinco Barrios” (1782). También en documentación sevillana de finales del s. XVIII: "del prenotado señor juez". •Referido. CORDE (1538) en documentos notariales y CODEA (1580). Conclusiones •En los sintagmas nominales con este, dicho supone una partícula desambiguadora y anafórica. •En el caso de los sintagmas del tipo "la cual dicha venta” el cual ha devenido en un marcador de topicalización funcionalmente productivo, en tanto cohesivo y topicalizador, y dicha añade el valor anafórico. •El s. XVIII es determinante en la intención de enriquecer los textos. Gracias por su atención