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UNIVERS IDAD DE MÁL AGA
Facultad d e Filo sofía y Letras
Tesis Doctoral
EL REFLEJO DE LA MUJER MALAGUEÑA
EN L OS PROTO COLOS NOTARIALE S DE LA
ÉPOCA DE FERNANDO VI
Eva Estévez García
Málaga, 2015
AUTOR: Eva Estévez G arcía
EDIT A: Publicacion es y D iv ulgación Científi ca. Univ ersidad de Má laga
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Esta T esis Doctoral está de positada en el Repositorio Institucional de l a Universidad de
Málaga (RI U MA): riuma.um a.es
El reflej o de la mu jer malagueña en los p roto colos notar iales d e la ép oca de Fernando VI.
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El reflej o de la mu jer malagueña en los p roto colos notar iales d e la ép oca de Fernando VI.
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UNIVE RSIDAD DE MÁLAGA
FACULT AD DE FILOSOFÍA Y LET RAS
DEPART AMENTO DE HISTO RIA MODERNA Y CONTEMPORÁ NEA
EL REFLEJO DE LA M UJER MALAGUEÑA EN LOS
PROTOCOLOS NOTARIALES DE LA ÉPOCA DE
FERNANDO VI
Tesis Doctoral r ealizada por
l a Licencia da Dª . Eva Estévez Garc ía,
bajo la direcci ón del D r. Juan Jesús Brav o Caro
Málaga, 2 015
El reflej o de la mu jer malagueña en los p roto colos notar iales d e la ép oca de Fernando VI.
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El reflej o de la mu jer malagueña en los p roto colos notar iales d e la ép oca de Fernando VI.
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A gradecimiento ……………………………………………………………. 7
INTRODUCCIÓN………………………………………… …………….... 9
1. LA MUJER EN LA SOCIEDAD DEL ANTIGUO R ÉGI MEN… …….... 31
1.1. La autoridad mas culina y f emenina………………………………. 34
1.2. La sumisión de la muje r casada………………… …………........... 40
1.3. Perspectiva de género………………………………………........... 50
1.3.1. Los primeros síntomas de cambio en el siglo XVIII………….. 73
2. APROXIMACIÓN AL ESTUD I O DE LAS MUJERES Y LAS
ESTRATEGIAS FAMILIARES EN EUROPA…………………………... 79
2.1. La familia en los c ambios sociales del siglo XVIII………………. 82
2.2. Costumbre, moral y matrimonio…………………………….......... 91
2.2.1. La necesidad del cons entimiento paterno……………………... 101
3. RÉGIMEN ECONÓMICO FAMILIAR DE LA MUJ ER AL MATRIMON IO
EN LA MÁLAGA DE MED IAD OS DEL S I GLO XVIII …….…………. 107
3.1. Población de Málaga en el siglo XVIII…………………… …….... 109
3.2. La s mujeres mala gueñas en las actividades económicas…………. 113
3.3. La s mujeres en l as normativas de los ámbitos cast ellano y catalán. 131
3.3.1. El modelo castellano……………………………………… ... 131
3.3.2. El modelo catalán………………………………………….. 137
3.4. La s mujeres y la sociedad malacitana en la centuria del setecientos 140
3.4.1. La dote en la formación del patrimonio familiar…………….... 147
3.4.1.1. La aportación dotal de la s mujeres malagueñas al
matrimonio a mediados del siglo XVIII ………… ………... 155
El reflej o de la mu jer malagueña en los p roto colos notar iales d e la ép oca de Fernando VI.
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3.4.2. Bienes raíces…………………………………………………... 166
3.4.3. Bienes semovientes……………………………… ……………. 174
3.4.3.1. Ganado………………………………………………….... 175
3.4.3.2. La esclavitud………… ………………………………….. 177
4. VIDA COTIDIANA A TRAVÉS DE L AS DOTE S…………………….... 181
4.1. El ajuar destinado al sueño…………………………… ………….... 184
4.2. El menaje………………………………………… ………………... 188
4.3. Elementos textil es…………………………………………………. 193
4.4. Dinero, jo y as y pinturas………………………………………….... 199
4.5. Accesorios…………………………………………………………. 203
5. MENTALIDAD……………………… ………………………………….... 213
5.1. Testamentos y codicilos………………………… ……………….... 216
5.2. Mujer y educación………………………………………… ………. 253
5.2.1. Enseñanzas e instituciones……………………… …………….... 261
5.3. La s mujeres y su entrada en los conventos………………………... 269
CONCLUSIONES……………………………………………… ……….... 285
FUENTES. ……………………………………………… ………………... 301
A) Impresas…………………………… …………………………….... 303
B) Manuscritas………………………………………… ……………... 306
BIBLIOGRAFÍA…………………… …………………………………….. 317
APÉNDICE……………………… ………………………………………... 357
I. Tablas…………………………………………………… ……….... 359
II . Documentos………… ……………………………………. …….... 379
Agradecimiento
Estamos en el momen to más esper ado de una tesis doctoral… ¡ los
agradecimientos! Tal vez sea la part e más complicada, po rque s e trata de ex presar
todo lo que se si ente e n tantos años de t rabajo en tan sól o unas l íneas, que
significan mucho y que a la vez son la culmi nación de una ardua tarea , t anto mía
como de las personas qu e me han a y ud ado para que lle gue a un feliz tér mino, ya
que pa r a comenzar un gran proyecto como é st e hace falta valentía, pero para
terminarlo han sido la p erseverancia y la constancia las que l o han lo gra do. P or eso,
es para mí un verdadero placer utilizar este espacio para ser justa y consecuente con
ellas, expresándoles mi agradecimiento.
Debo comenzar de m anera especial y sin cera por el Profesor D. Juan J esús
Bravo Ca ro por aceptar dirigirme la realiz ación de esta t esis bajo su supervisión, su
apoyo y confianza en mi cometido y su capacidad para guiar mis ideas; ha sido un
soporte invaluable no sól o en el desarrollo de la tesis, sino también en mi
formación como inve sti ga dora. Las ideas prop ias, si empre enmar cadas en su
orientación y ri gurosidad han sido la clave del trabajo realizado conjuntamente.
También debo agradecerle el haberme facilitado siempre los medios suficientes
para llevar a cabo m is lecturas propuestas durant e el desarrollo de m i labor de
manera a l truista. Muc has grac ias profesor, e sper o que nue stra amistad perdure a
pesar d e nuestra descon exión académica, aunque podríamos ser compa ñeros de
nuevos pro y ectos educativos y profesionales.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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En estas líneas qui ero expresar mi gratitud con el Departamento de Hist oria
Moderna de la Universidad de Málaga. H a sido para mí como una segunda casa
acogedora en los doce años de largas idas y venidas.
A mi entrañable profesora Dª. María Isabel Pér ez de Colosía, fallecida
recientemente, por su entusiasmo, fuerza y dina mismo en sus clases magistrales.
También a mi otr a profesora Dª. Marion Reder Ga dow por dejar en mí su h uella en
la labor investigadora, por su vocac ión como doce nte y dedicación al alumnado.
No me ol vido del trato recibido por el personal de los Archivos que he
frecuentado durante mi s períodos vacacionales. Por ello, do y las gracias a l a
dirección del Archivo M unicipal y a la del Archiv o Histórico Provincial de Málaga,
al i gua l que al personal de sala de consulta por la amabilidad prestada. De igual
modo a mi amigo y compañero Al ejandro Vico por su a y uda en el camp o
informático.
Y, por supue sto, el agradec imiento más profundo y sentido va para mi
familia. Si n su apo y o y c olaboración habría s ido imposible llevar a cabo esta dura y
larga empresa: a mis padres Ricardo y Carmen, siempre apo y ándome en es te sueño.
Por transmitirme su aliento y fort aleza en los m omentos de debilidad en los que
aparecía la sombr a del abandono, siempre confiando en t odos mi s pro y e ctos para
que se cumplieran mis objetivos, dándome su positivismo y t ratando de h acer m ás
fácil mi vida ayudándome con mis hijos.
A mis hijos Ter esa y R oberto, por a ceptar que mamá t iene que estudiar y
trabajar, incluso en algunas ocasiones prestándome su colaboración.
Y por último y mu y espe cialmente a mi marido Juan Manuel por su a yuda,
participación y colaboración en todo momento.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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dando pinceladas d e cómo es, y fue, en sí l a historia soci al, e conómica y
demográfica del momento.
Autores como Ph. Ariès 13 , R. García C árcel 1 4 o M. Reder Gad ow 15
presentaron nu evos enfoques sobre el mom ento en el que se debió prod ucir una
evolución levemente progresiva de la religiosidad “tradiciona lista”, re fleja da en los
testamentos y vista a través del análisis de aspect os como la elección personal del
lugar o la petición de misas. Tanto los historiadores franceses como españoles,
propusieron la aplic ación de esta m etodología para el estudio d e los testa mentos y
dotes, ocupándose de los dist intos grupos sociales (noblez a, comerc i antes y puebl o
en general), fechados entre los siglos XV I y XV III , centrado principalmente en las
área s urbanas.
Los trabajos de historiadores como A. Barrera 16 , M. Defou rneaux 17 , J . L .
F landrin 18 , E. Mª. Gil Benítez 19 , Mª. C. Gómez García 20 , Mª. V. L ópez -Cord ón
Cortezo 21 , o Mª. V. Villar García 2 2 contribu ye ron a conocer nuevas t écnicas y
orientaciones para estudiar l os protocolos notariales, en esp ecial en lo concerniente
a la vid a cotidiana, la s ituación económica, las relaciones sociales y familiares…
Cuestiones tratadas a lo largo de las páginas de nuestro trabajo.
13 ARIES, P h.: La mu erte en Oc cidente . Bar celona 1997 y el Ho mbre ante la muerte. Mad rid, 1983.
14 GARCÍ A C ÁRCEL, R.: “ La muerte en la Barcelo na del Antiguo Régi men. (Aproxi mación
metodoló gica)”, en EI R AS ROEL, A. (coo rd.) : La do cumentació n n otarial y la h istoria. Actas d el II
Coloqu io de metodología histórica aplica d a, vol. II , Santiago de Compostela, 1 984 , págs. 11 5 -14 0.
15 REDER G ADOW, M.: Morir en Má laga. Testame ntos ma lague ños del S. XVIII . Málaga, 1 986 .
16 BARRER A, A.: Casa , heren cia y fa milia en la Cataluña rural . Bar celona, 199 0, pág. 214.
17 DEFORNE AUX, M. : La vid a cotid iana en la Españ a del Siglo d e Oro . Bar celona, 1 983.
18 FLANDRIN, J.L.: Or ígenes d e la fa milia mo derna . B arcelona, 1979 .
19 GIL BENI TE Z, E .M.: La fa milia y las relacion es so ciale s en la Axarquía a med iado s del siglo
XVII I, Málaga, 2001, pág. 1 06.
20 GÓMEZ GARCÍA, M. C .: Mujer y C lausura . Conven tos cisterciense s en la Málag a Mod erna ,
Málaga, 19 97.
21 LÓP EZ-COR DÓN CORT EZO, M. V.: “La situació n d e la mu j er a finales del Anti guo Régimen
(17 60–1860 )”, en DURÁN HE RAS, Mª. Á. y CAPEL M A RTÍ NEZ, R. Mª.: Mu jer y socie dad en
España ( 1700-1 975) , Mad rid, 1982 , págs. 47-108 .
22 LÓPE Z BE LTRÁN, M ª. T.: “ El p rohija miento y la e struct ura oculta de l par entesco en l os gr upos
d omésticos malagueños a f inales de la Eda d Med ia e inicios de la Edad Moderna” en VI LLAR
GARCÍA, M. B. ( coord.): Vidas y recursos de mujeres du rante el An tiguo Régimen , Málaga, 199 7,
págs. 47 -78.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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El objetivo planteado es aprove ch ar la gran ri queza de datos que nos
aportan los protocolos n otariales para completar un análisis de la muj er malagueña
en la época del reina do de Fernando V I (1746-1759), dentro de los estudios de
género. Este p eriodo d e la Edad M oderna, es etapa hi stórica referida a una
categoría historiográfica que di versas autoras h an considerado l a forma básica de
pensar del pasado. He querido investi gar una parcela de la historia de l as mujeres
malagueñas como hi storia social en di ferentes aspectos, en consonancia con el
progresivo interés en las últi mas décadas por los análisis de estas caracterís ticas, y
la propia posición de la mujer en todos los aspectos de la sociedad actual.
Planteados el obj etivo principal, había que i nsertar este t rabajo en unas
determinadas coordenadas historiográficas. Creo que la hi storia social es la que
más ampliamente abarca nuestra preocupación cie ntífica. Así, en la medida que nos
lo permitan nuestras fuentes, presentaremos las int eracciones entr e los di ferentes
niveles de la realidad histórica (económico, social y cultural).
Dentro de la hi storia social podemos citar aportaciones y a cl ásicas de
algunos historiadores españoles que todavía siguen teniendo vigencia: A.
Domínguez Ortiz 23 , J. Lalinde Abadía 24 o J. Vicens Vives 25 . Son visio ne s
e conómicas y políticas i mportantes, obligadas pa ra el estudio de muchos campos
temáticos. Y relac ionado s con todos los aspectos expuestos, tendríamos el ámbito
de las mentalidades, cuya parcela siempre ha estado inmersa en críticas respecto al
alcance de sus resulta dos, pero de indudable tra s cendencia en de terminadas
explicaciones de los co mportamientos humanos. L a muerte, y la prep aración para
el “bien morir”, han representado sugestivas líneas de publicación desde la década
23 DOMÍNGU EZ ORT IZ, A.: S ocieda d y Estado en el siglo XVIII esp añol . B arcelona, 1976 .
24 LALINDE ABADÍA, J. : “Ca pitulaciones y do naciones matri m oniales en el Derecho Catalán”,
196 5, Revista Ju rídica d e Cataluña , 64-3, 196 5, págs. 61 5-680.
25 VICENS VI VES, J .: M anu al de Historia Econó mica d e España . Bar celona, 1965 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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de los och enta del si glo pasado, s egún veremos e n el capítulo correspondiente. En
especial a partir de trabajos como l os de Dra. Mari on Reder Gadow 2 6 para la capital
malagueña o la Dra. Mª. J osé de la Pascua Sánc hez en la ciudad gaditana 2 7 .
Con estos principios iniciábamos nuestra and adura, en la pretensión d e
elaborar un estudio centrado en la Mála ga de mediados del siglo XV III . Trabajo
sobre una hist oria concreta, pero en nin gún sentido estrictamente localist a, y a qu e
podemos comparar los resultados obt enidos con otros ámbitos españoles, sin que
las conclusiones difieran de forma notable. Y todo ello parti endo de la
microhistoria, de todo e se mundo de pequ eñas e íntim as historias familiares qu e
nos permiten lleg a r hasta las grandes conclusiones g en erales y que nos hacen ver
que también ho y día seguimos teniendo dotes, arrendamientos, poderes,
testamentos y estrategias familiares ante l a ma y orí a de sucesos qu e puedan
ocurrirnos en nuestra vida.
El sig uiente p aso sería b uscar los criterios metodológicos adecuados pa ra el
desarrollo d e nu estros objetivos. Así, siempre que l a documentación me lo ha
permitido, he i ntentado verificar cada una de las afirmaciones pres entadas con sus
correspondientes cifras es tadísticas. L os porcenta jes dados en las dotes sobre los
bienes o inmuebles son fiables, no así, las tendencias generales qu e se observan en
algunos comportamientos.
En l as relaciones famili ares analizamos las historias indi viduales de cada
otorga nte y unidas unas a otras hac en un dibujo del mundo de las re l aciones
humanas.
26 REDER G ADOW, M.: Morir en Má laga. Testame ntos ma lague ños….
27 DE L A P A SCU A S ÁNCHEZ, Mª. J .: A ctitu des a nte la m uerte en el Cád iz de la prime ra mitad
del siglo XVI II , Cádiz, 1 984 ; “Historiar la muerte: la p rod ucción e spañola e ntre los a ños 19 75-
200 0”, en RODRÍGUE Z CANCHO, M. (co ord. ): Historia y perspectivas d e inv estigación. Estudios
en memo ria del p rofesor Án gel Ro dríguez S ánch ez , Mérid a, 2 002 , p ágs. 3 15-32 0, y “Lo s e studios
sobre la muerte en la Andalucía b arro ca. Estad o de la cuestión”, en M ORA LES, A. J . (c oord.) :
Actas d el Cong reso Intern acional A ndalucía Barroca , vol. 2, Sevilla, 200 8, p ágs. 155 -168.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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En el aspecto e conómico, la historiografía t ambién ha abordado est e
capítulo, y autores como H. García Fernández 28 o D. Ma rtínez López 29 han
realizado estudios sobr e la tr ansmisión de bi enes a través de las herencias, e n
Castilla, Andalucía o Valencia.
Para list ar el tema le gal y ju rídico he consultado las obras de autores de la
categoría d e R. L. Dou y de Bassols 30 , G. Fri edman 31 , S . Maspon y F. I .
A nglasell 32 , revisando los casos de Castilla como modelo de l a mayoría de España
y el caso catalán como u n modelo independiente a seguir.
Por nuestra par te pre tendemos, según e xpusimos, contribuir a dicho
conocimiento si guiendo l as líneas marcadas por hist oriadoras modernistas
cercanas, como las doctoras Mª. T. López Beltrán, M. R eder Gadow o M ª. B. Villar
García. C omo hicieron ellas, y otros investiga dores posteriores a sus trabajos
referentes, elegimos la documentación not arial par a examinar una serie d e
cuestiones que nos interesaban.
Dentro de los protocolos notariales, aludidos en las páginas precedentes, las
dotes y los testam entos nos ofrecen grandes posibili dades m etodológicas p ara
entender el campo e conómico, aclarar su status social y para expresar el deseo de la
otorga nte de cómo h an de ser repartidos sus bienes.
28 GARCÍ A FE RN ÁNDEZ, M.: He rencia y patrimon io familiar en la Castilla del A ntiguo Rég imen
(1650- 1834): efectos socio-econó micos d e la muerte y la partición de bien es . Vallad olid, 199 5.
29 M ARTÍN EZ LÓPEZ, D.: Ti erra, herencia y m atrimonio . Un modelo sobre la fo rmación de la
burgu esía ag raria andalu za (siglos XVI II-XIX) , J aén, 1996 .
30 DOU Y DE B ASSOLS, R.L.: Instituc iones d el d erecho pú blico gene ral en Espa ña con noticia
particula r en Ca taluña y de las principale s reglas de gobierno en cualqu ier Estado (1800 – 180 3),
vol. I, Madrid , 1933.
31 FRIE DMAN, E. G.: “El esta tus j urídico de la mujer castellana dura nte el Antiguo Régimen”, e n
GARCÍA-NIET O P ARIS, M ª.C. ( ed.): O rdenamiento jurídico y realidad so cial d e las mu jeres.
Siglo s XVI a X X. Actas de las IV Jo rnada s de I nvestigac ión In terdisciplina r , M adrid , 198 6, págs.
41-53.
32 MASPONS ANG LASELL, F.: D erecho ca talán fa milia r seg ún lo s a utores clá sicos y las
sentencia s del a ntiguo tribu nal supremo de Ca taluña , B arcelona, 19 56.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Así, estos documentos se muestra n insustitui bles pa ra el estudio de las
mentalidades, ideolo gía, cultura y religiosidad; amplía sus posi bilidades y se
convierten en instrument o para una p rimera aproxim ación a l a situación e conómica
por la que atraviesa l a otorgante y todo el mun do de relaciones humanas que le
rodean.
Los protocolos notariales son documentos en el que se refleja todo un
mundo de relaciones s ociales, estrate gias fami liares y vid a cotidian a. Fueron
utiliz ados por l os investigadores y a citados y ha n si do las fuente s m ás analizadas
par el tema de las mentalidades.
A pa rtir de las informaciones contenidas en s us folios se nos a brirá la
posibilidad de conocer las conexiones de estas gente s con sus famili ares (padr es,
hijas, nietas...), principalmente, aunque t ambién con s u entorno vecinal más
cercano y ge neralizando el m undo malagueño e n el siglo XV III . Asimismo es
posible aportar datos de tipo estadístico acer ca de l a composición de las famili as y
los bienes a partir de l a informac i ón que nos o frece la otorgante sobre sí mi sma, su
cónyuge e hij@s.
Los p rotocolos notari ales del Ar chivo Histórico Provincial de M álaga 33 , por
s u variedad y cercanía a l a historia, serán la fuente ideal en la conse cución para este
objetivo. Así, a través de las dotes –contribución femenina a la creación del
patrimonio familiar -, testamentos y otros documentos notariales de mujeres y
hombres- imprescindibl es para conocer el estad o de la e conomía familiar en el
momento de su fallecimiento -, pretendo p rofundiz ar en las condiciones de vida en
las que se desenvolvían las mujeres.
33 En adelante AHPM.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La riqueza de los archiv os notariales para la hist oria de género h ace lustr os
que ha si do establ ecida. La hi storia de l as muje res vi ene privilegiando est a fuente
porque en ella encuentra a las m ujeres en la cotidianidad, en ac tividades y espacio s
muy diversos: la actividad económica (contratos de compraventa, cartas de soldada,
arrendamientos…), y su papel en la reproducción social de las fa m ilias (dote,
testamentos, tutelas, donaciones…) 34 .
En el caso de los relativos a M álaga al gunas inv estigaciones han destacado
las características princip ales del notariado local, desde su impl antación en la época
de los Reyes Católicos hasta el siglo XVIII. Por encima de estudios punt uales
sirven de referencias i neludibles las obras de Esther Cruces Blan co 35 , Alicia
Marchant Rivera 36 o Eva Mª. Mendoza García 37 .
En mi caso he consultado todos los volúmenes posibles formalizados por
escribanos de Málaga capital, d e la época de Fernando V I (1746-1759),
conservados en e l Archivo Histórico P rovincial de Málaga. Di go posibles, por
cuanto a lo largo de lo s años de investigac ión hallé algunos inconvenientes, al
encontrarse fu era d el ser vicio a los usuarios determ inados libros, fechas de traslado
del Archivo hasta la ubi cación definiti va actual, sin ol vidar el deterioro pro pio de la
34 MART ÍNEZ BERB EL, J. A .: Las Mu jeres en la Sociedad E spañola d el Siglo de Oro : Ficción
Teatral y Realida d Histórica , Granada, 1 998.
35 CRUC E S B LANCO, E.: “La secc ión d e proto colos no tariales en los archivos histó ricos
pro vinciales: El Archivo H istóric o Provincial de Málaga”, en MOREN O T RUJI LLO, M ª. A ., DE
LA OB RA SIERRA, J. Mª. y OSORIO PÉREZ, Mª. J . (Eds.): E l n otariado andaluz: institución ,
práctica nota rial y arch ivos: siglo XVI , Granada , 201 1, p ágs. 2 97-31 6. ARROYAL ESP IGARES,
P. J.; MARTÍ N PAL M A, M ª. T. y CRUCES BLANCO, E.: Las escriba nías pública s de Málaga
(1487-15 16) , Málaga, 1991 , y de los mismos autores “Sobre lo s o rígenes d e la institución notarial
en Málaga”, en P ARDO RO DRÍGUE Z, Mª. L. y OST OS-SALCEDO, P . (coo rds.): El notariad o
and aluz e n el tránsito de la Ed ad Media a la Edad Moderna. I Jornada s sobre el n otariado en
Anda lucía , Sevilla, 1 995 , págs. 47-74.
36 MAR CHANT RIVER A, A.: Los esc riban os p úblicos en Málag a b ajo el rein ado d e Carlos I ,
Málaga, 20 02.
37 M ENDOZA G AR CÍA, E. Mª.: L os escriban os de Málaga en el reinad o de Fe lipe IV (1621 -
1665) , M álaga, 2007; Plu ma, tinte ro y papel. Los escribano s de Málaga en el siglo XVII (1598-
1700) , Málaga, 20 07, y “Los escrib anos r eales de Má laga en la E dad Mo derna”, en M ORENO
TRUJ ILLO, Mª. A., DE LA OB RA SI ERR A, J. Mª . y OS ORIO PÉRE Z, Mª. J. (Ed s.): El n otariad o
and aluz: institució n, prá ctica nota rial y arch ivos: siglo XVI , Granada, 2011, p ágs. 65-88 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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documentación por el pa so de los años y la actividad de agentes naturales nocivos.
Cerca d e ciento cincuent a legajos han s ido examinados, y h e obtenido información
sobre 503 escrituras ot orgadas por mujeres de la urbe malagueña. Del primer año
no hemos encontrado documentación, y d el bienio 1758-1759, las dificultades
indicadas evitaron acceder a los respectivos legajos.
El conjunto social representado es variado. Los márgenes de la sociedad
estamental están r epresentados por los diferentes grupos soci ales desde los que
carecían d e nivel económico, hasta de las que poseían disponibilidad económica
media – alt a y finalmente aquellas m ujeres que algunos autores no dudan en
recordarles características semejantes a la bur guesía del momento.
Estos protocolos son testimonios fidedignos de las transacc i ones, cont ratos,
convenios, etc. que se realizaban entre las perso nas que forman las comunidades
del Antiguo Ré gimen. Por ello nos ofrec en abundante información, no sólo de
carácter económico sino sobre aspectos sociales e incluso familiares 38 .
L a escritura not arial es aquel documento que un individuo ot orga ante u n
escribano p ara dejar cons tancia legal de un h echo, y a fueran en el ámbito público o
particular, in cluidas las certificaciones de pure za de s angre, tan n eces arias en
determinados momentos de la España moderna 39 . Serán l as escrituras m atrices,
a utorizadas por un determinado escribano durante un año y en cuadernadas
conjuntamente, las que forman la unidad que s e c onoce con el nom bre de protocolo
notarial 40 .
38 M ARTÍ NEZ MO UT ÓN, M.: “La mujer pr estamista e n la Málaga del siglo XVIII ”, en VILL AR
GARCÍA, Mª. B . (co ord.): V ida y recursos de mujere s dur ante el Antig uo Régimen , Málaga, 199 7,
págs. 11 1-129.
39 MENDOZ A G ARCÍ A, E . Mª.: “Pr obanza d e Don Francis co de Zaldívar, canónigo d e la Iglesia
d e Málaga: e l pap el del e scrib ano en la s p rueba s de Hid alguía y li mpieza de san gre”, Memoria
Ecclesiae , 29, 2006, págs. 3 77-394.
40 L ey Orgá nica d el Notariad o de 28 de ma yo de 186 2 , Art. 17.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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El valor de l a escritura not arial como fuente par a el estudio de la variedad
temática en que se d esmenuza la Historia Moderna viene siendo recono cido desde
hace décadas. P recursores en su util ización se constitu y eron un conjunto de
historiadores franceses, entre los que destacarem os nom bres como Labrousse 41 ,
Le brun, Goubert o J acquart, en cargados d e pr esentar los frutos de su l abor en un
Congreso pion ero celebrado en Estrasburgo en 1978 42 , y que en España tuvo una
r eferencia indudable en las Jornadas de Metodología Aplicada de las Ciencias
Históricas (1973) y el II C oloquio de Metodología Apli cada… (1982), ambos en
Santiago de Compostela 43 .
Tales es crituras s e constit uye n como reflejo de la realidad. En ella s
quedaron plasmados t odo tipo de acontecimientos relacionados directamente con
las personas ot organtes y el contexto que les rodeaba, con frecuencia de una
manera fidedigna. No obstante, también s e les han reconocido ciertas
imprecisiones, carencias, errores o excesivo valor como fuente a la hora de obt ener
conclusiones absolutas sobre una temá tica histórica. En prim er l ugar, el punto de
vista obj etivo se pierde con la figura del escriban o, s ujeto, y por tanto, portador de
subjetividad en sus trabajos.
Por otra parte, en muchos casos el otor gante acude a r ealizar determinada
escritura con unas u otras pretensiones, que influirán en el grado de fidelidad a la
realidad de aquella.
41 El valor de las escrituras not ariales co mo fuente para la Historia se presentó de forma pionera en
el año 1 955 en el X Cong reso Intern acional d e Ciencias Históricas en Ro ma, b ajo la dir ección de l
historiador Labrousse.
42 L es actes no tariés. So ource de l’historie socia le, XV Ie-XIXe siècles . Ac tes du Coll oq ue de
Strasbourg (1 978 ), Strasb urg, 197 9.
43 EIR AS ROEL, A . (ed .): Acta s de las I Jo rnada s de M etodo logía Aplica da de las Ciencias
Históricas , Santia go de Com p ostela, 1975, 4 vols.; Actas del II Coloquio d e Metodología Ap licada ,
Santiago d e Co m p ostela, 1 984, 2 vols.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 3
Un caso así se podría pr eciar en la declaración d e Dª. Juana Moreno veci na
del lugar de Moclinejo y viuda que dijo:
…que a mi derecho combiene justificar el s er pobre de toda solemnidad
para lo qual ofresco ynformasión, para que por este m edio pueda seguir
los pleitos que se me ofresca n y quedada que sea se mande por (…) se me
ayude de por tal… 44 .
Una de las grandes d eficiencias de l as escrituras n otariales es la ausencia d e
la edad de los indi viduos. Esta falta no impide conoce r si el hecho re gistrado que
analizamos se refiere a p ersonas jóven es, madu ras o ancianas, y condicio nado por
ello tendrá unas u otras características. Únicamente nos a cercamos a e ste dato
cuando las cartas de dote o cuentas de capital se refieren a las primeras nupcias de
los contray entes, deduciendo de ello que serán personas en la etapa de juventud.
Sin embargo, al tratarse de s egundas nupci as o s ucesivas, l a obvied ad de juventud
que atribuimos en las primeras desaparece.
La edad l a hemos podid o encontrar en al gunos casos como el de D. J osé
González, que declara: “… y o J oseps Gonsáles… que me allo en hedad de setenta y
un años…” 45 . Y en el P oder para testar d e Dª. Catali na de Torr es se declara: “…Y
nom bro por m is unibersales herederos a Don Francisco Rando que se halla en
hedad de veinte y dos añ os…” 46 .
En otros casos la edad es aproxim ada. Dª. Ana de Zamora en su t estament o
informa : “ Mando a Doña Bernarda cuio apellido yg noro y es de corta edad…” 47 .
Por lo que se refiere a los inventarios de bienes post-mortem, se recogen los
bienes que la persona ha ido acumulando a lo largo de su vida, y solemos relacionar
el momento de la muerte con una edad avanzada.
44 AHPM, leg. 2 577 , fol. 5 7 r, 16-I-1749 .
45 AHPM, leg. 2 457 , fol. 1 32r, 8-X-1747 .
46 AHPM, leg. 2 458 , fol. 4 2v, 21-III-17 49.
47 AHPM, leg. 2 458 , fol. 1 4v, 2 4-II-1749 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Dª Martina Rengel declara en inventario lo siguiente: “… se formase
y m bentarios a los vienes que por su fallecimiento quedaron…” 48 .
Otra de las grandes d eficiencias de las escrituras notariales, que y a aparec e
apuntada en sus característi cas generales, es la falta de representatividad que en
ellas tienen las c apas populares. Aquellos mi embros del t odavía t ercer estado que
llegan a contraer m atrimonio sin ningún bi en, o los que fa l lecen sin pertenencias
que inventariar, incluso l os que pose y e ndo un pequeño capital –en di nero u
objetos- no dis ponen de la cantidad económica que cuesta la realización de una
escritura notarial en la que queden reflejados.
No obstante, en algunos protocolos se puede vi slumbrar algo de la vida de
las personas pobres, com o es el caso de Dª. Juana Ascanio, viuda, en su de claración
de bienes :
… ante mi el escrivano p úblico y testigos paresió Doña J uana de Ascanio
Privada de la vista corporal vecina de esta cuidad y viuda… donde expresó
bivir en casa de Doña María Arias… su hij a falta de medios pa ra
mantenerse y cu y dar se tubo a vi en solisitar con la r eferida su hija le
permitiese parase a vibir con ella como con efecto de su consentimiento y
buena voluntad …atento a dicha su pobresa 4 9 .
O tro ejemplo de m ujer pobre, representada en los protocolos notariales, es
el de Dª. Sebastiana de Gálvez en su testamento :
...Declaro aora quarenta y t res años poco más o … mis zinco hijos havidos
en nuestro matrimonio y así …Declaro que a ninguno de los expresados l e
tengo dad a cosa al guna en quenta de su l eg ítima por qual (…) he si do
pobre 50 .
De igual modo, un elemento de capital importan cia influirá en el ma y o r o
menor núm ero de escr it uras del colectivo f emenino: el estado civil. S ólo las
solteras ma y or es de 25 años y las viudas actúa n con plena capacidad. La mujer
48 AHPM, leg. 2 698 , fol. 3 34r, 14-VIII -1751.
49 AHPM, leg. 2 458 , fol. 43 r, 13-III-174 9.
50 AHPM, leg. 2 468 , fol. 10 9v, 27-VIII -1748.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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1. L A MUJER EN LA SOCIE DAD
DEL ANTIGUO RÉGI M EN
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 2
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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A través del estudio de los t extos jurídicos podemos comproba r que las
mujeres durante la Edad Moderna son consideradas como un grupo social
específico, como una categoría social.
Como consecuencia t ienen un tratamiento legal discriminatorio y una
capacidad jurídic a dism inuida. El prim er principio nos habla sobre la forma en qu e
las m ujeres no se adscri ben a un estamento o estatus social, el segundo clasifica a
las mujeres seg ún s u honestidad, o lo que es lo m ismo, según su comportamiento
moral – sexual, clasificaban a las mujeres en: solteras, casadas, viudas y monjas 54 .
Por lo tanto, la adscripci ón a un grupo u otro tenía par a l as mujeres u n
significado diferente que para los hombres. La pos ición de l as m ujer es en la
jerarquía estamental quedaba mediatiz ada por el estatus de los varones de l os que
dependían.
Su presencia como miem bros de las familias sólo se percibe a través del
juego inte resado d e l as estrategia s familiares o por su pr otagonism o e n la
config ura ción del entorno material de l a vi da cotidiana. Pero otros aspect os más
difusos de su vida com o la educación que recibían, el consumo que hacían de
alimentos o de ot ro tipo de bi enes, el cuidado d e la s alud, su p articipación en el
trabajo o en los negocios familiares, así como las relaciones afectivas e incluso el
conflicto en el seno domésti co, son cuestiones mucho m ás ambiguas y con un
reflejo mu y espo rádico e n la documentación conservada . Sí es destacable que las
mujeres son elementos necesarios para la multiplicación de la estructura social.
54 BOLUFE R PERUG A, M: La s mujeres en la Historia de Es pa ña (siglos X VIII-XX), Ma drid, 1988 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Así, el matrimonio tiene una función reproductora tanto a nivel social com o
económico, siempre mediatizado por los cánones y principios emanados de la
Igle si a.
Otras mujeres, a pesar de permanecer solteras, continuaban estando durante
toda su vida bajo la tutela masculina, bien pate rna, bien del hermano heredero, y las
que vivían solas o con ot ras mujeres, incluso sien do viudas, y por tanto fu era de la
tutela masculina, se convertían en sujetos que no estaban bien vistos por la
sociedad. La hostilidad hacia ellas se incrementó a partir del inicio de la Edad
Moderna.
1.1. La autoridad masculina y femenina
El matrimonio se considera como punto de refere ncia a la hora de de finir el
estatus y l as funciones de cada sexo dentro de la comunidad domésti ca. En este
sentido, l a Edad Mode rna es no sólo un tiempo hi stórico concreto, sino un punto de
referencia en un proceso mucho más largo.
Como hecho cultural sigue siendo entre los siglos XVI y XV III un a mezcla
de ritos sagr ados y pro fanos. Como acto jurídico es, sobre t odo, un contrato
desigual porque encierra obli ga ciones y consecuencias distintas para una y otra
parte.
La autoridad ma rital era considerada un reflejo del orden divino. Para ello
las teorías vigentes se pro y e ctan al plano de l as relaciones dom ésticas s obre el
poder político, estableci endo entre los dos ámbitos una seri e de paraleli smos. El
modo pactista, se gobierna con la voluntad de la comunidad, el marido, como el
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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rey, deb e mandar, respetando ciertos de rechos 55 . En otros la sumisión y l a
obediencia se presentaban como un mal ne cesario, porque “sin esta sujeció n no ha y
paz, ni vida ni concierto 56 .
La realidad cotidiana hac ía sentir a las mujeres la autoridad del varón, y er a
en el seno d e la propia f amilia donde esta ideolo gía s e prop agaba, ju gando en ello
un papel decisivo el control económico que el cabeza de familia ostentaba sobre los
bienes propios, los de la esposa y los g anan ciales, en la legislac ión castellana, así
como sobre los pecunios de l os hijos. Había, sin embargo, situaciones e n las que
esta realidad se vio trastocada por circunstan cias que socavaban l a autoridad
marital, tres son las circunstancias: la edad, la “calidad” y la educación 5 7 .
S on las tareas no reconocidas las que mejor expresan l a idea de que e l
matrimonio es, para l as mujeres, no un estado, si no un verdadero o ficio que, como
en cualquier otro, d ebe c umplirse “como pa ga y s alario que de derecho se debe al
marido” 58 .
Aunque el m odelo teó rico del t rabajo dom éstico fue temprano, su puesta e n
vigor no pudo ll evarse a c abo hasta que las condiciones m ateriales lo iban
permitiendo, por lo que su realización en la Edad Moderna sería sólo parcial.
El trabajo no sólo condi cionaba la vida de las m ujeres sino que, al mism o
tiempo, el desempeño p or éstas de determinadas tareas condicionaba el m ay or o
menor aprecio social de l as mism as. Su aportación laboral no supuso, en la ma y orí a
de los casos, un elemento de carácter suntuario n i discreciona l, s ino una necesidad
55 MEXÍA V. F. : Salu dab le instrucción d el estado d el matrimon io , Cór doba, 1566 , pág. 37.
56 ANDRADE, A.: Lib ro de la guía d e la virtud , Madrid, 16 42, pág. 6 3.
57 MELO DE M ANUE L, F.: Carta de g uía de ca sados, Opo rto, 1651 , pág. 23.
58 FRIEDM AN, E .G.: “El e status jurídic o de la mujer castellana durante el Antig uo Régimen”, e n
G ARCÍA-NIET O P ARIS, M ª.C. ( ed.): Ord enamiento jurí dico y realidad socia l de la s mujeres.
Siglo s XVI a X X. Actas de las IV Jo rnada s de I nvestigac ión In terdisciplina r , M adrid , 198 6, págs.
41-53.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 6
de la propia comunidad familiar que s e beneficiaba de ella, tanto direct amente,
como capitalizando su esfuerzo en forma de dote o en el patrimonio familiar.
La coyuntura histórica, en lo que tiene de diversificadora d e g rupos sociales
y de incremento de la acti vidad económica, añade a estas consider aciones otros dos
elementos significativos: la necesidad de un cierto aprendizaje que capacitase a l as
mujeres para la activid ad domésti ca que debían desempeñar lo mismo que s e
postulaba para cualquier otro oficio, y el cará cter forzoso y gratuito de esta
prestación. Ni Erasmo 5 9 , ni Vives 60 , entre otro s, desprecian este ti po d e
oc upaciones, pero s e las adjudican íntegras a las mujeres en fun ción de sus propias
características. Esbozan, en ocasiones, la t eoría d e la complementariedad entre l os
sexos, cuya plena formulación cor responderá a la I lustración, y defienden una
cierta preparación intelectual como el medio más eficaz de adaptarlas a las normas
sociales. En el momento en que escribieron sus o bras estas actividades eran tar eas
reales y concretas que resultaban i mprescindibles para aquella sociedad, pe ro al ser
desempeñadas con escasa autonomí a económica, se c onvierten en se rvicios
gratuitos que perciben el marido y la familia, r eal y m aterialmente. La m ay oría de
las muj eres representaban una pesada carga, aunque en otros casos s e habían
convertido y a en el sím bolo de su propia feminidad.
En las rela ciones materno/filiales también pueden apreci arse algun os
elementos de cambio. El primero de ello fue un reconocimiento creciente de s u
autoridad, que se manifestaba en l a práctica cada vez m ás generaliz ada de
constituirla como tutora y cuidadora de los hij os.
59 DE ROT ERDAM, E. D.: Coloquios familiare s. E dición de Alonso R uiz d e Vir ués (siglo XV I),
Barce lona, 2005 , pág. 263 .
60 VICENS VI VES, J .: C inco e studios d e historia de Españ a , Barcelona, 2 012, pág. 20 0.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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El relativo aumento de la autoridad de la madr e sobre la prole fue
acompañado de una mejor definición de las obligaciones que en este campo les
incumbía, no s ólo las mera m ente materiales sino que empezaban a extenderse
también al ámbi to educativo. A la m ujer le qu edaba todo lo relaciona do con la
crianza de los hijos, aunque la pro creación e ra el objetivo prioritario del
matrimonio.
En l os casos que s e e fectuaba la repr oducción fuera d el matrimonio se
producía la denominada consecuencia de “deshonra” por parte de la sociedad, con
desigual i ncidencia entre sex os, puesto que la mujer y a sufría los efectos negativos
sociales y jurídicos de dicha situación, mie ntras el hombre apenas sentía
menoscabo en su presti gio social. Esto se vislumbra en l a escritura de de claración
de paternidad de Don G erónimo Maldonado del Burgo hacia su hi ja Dª. Antonia
Mariana Josefa Maldonado, concebida fuera de los l azos matrimoniales:
… la presente escriptura otrog o que declaro y rrec onos co por mi hija
natural Doña Antonia Mariana J osepha Maldonado que he tenido, ten go y
criado en mis casas educándola como a tal llamándole hija y le r referida
nombrándome padre y la tube a una señora de Distinsión que por su
onestidad y on ra y d e su familia ocultó su nombre … por cuia rrasón en mi
testamento que tengo otorgado ante el presente escrivano el día veinte y
siete de J unio del año pasado de mil setesientos y t reinta la Declaré y
reconoc í tanvi én por tal mi hija… 6 1 .
P or otra parte, l a salud del futuro hijo era un a manifestación de enterez a
moral, ya que cualquier malformac i ón o peculiari dad se consideraba caus ada por la
inestabilidad física o psíquica de la madre.
No son frecuentes los t estimonios documentales que e xpl icitan
procedimientos dirigidos a impedir l as concepc i ones, pero l as alusiones a que t ales
61 AHPM, leg. 2 457 , fol. 1 28r, 5-IX-1747 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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métodos ex istían aparecen en los manuales de confesores y en algunos procesos
inquisitoriales 62 .
Se suele afirmar qu e, debido a la lactancia, la fecundidad de las pobres f ue
menor. Indudableme nte, la mala alimentación y l a enfermedad influ y eron tanto en
un menor número de concepciones como en las probabilidades de aborto.
Todas las mujeres conocían el riesgo qu e supon ía un parto y que, en esa
circunstancia, sólo los ritos y l a experiencia de la comadrona podían proporcionar
cierta ayuda.
El considerable crecimiento de la lactancia mercenaria en las ciudades a lo
larg o de la Edad Modern a, por más que se recomendase la obligación de criar a los
propios hij os por der echo natural y por derecho del re ino consti tuía un fe nómeno
de importancia.
La l actancia no era sólo una nec esidad material, sino también, en ocasiones ,
la solución menos mala ante una disyuntiva moral, la de tene r que elegir entre dos
prece ptos igualmente co nminatorios como eran el cumplimiento de los deberes
conyugales y l a obligación de velar por sí mi smas y l a supervivencia de la prole y
durante la misma se recomendaba la abstinencia para evitar nuevos embarazos 63 .
A l mi smo t iempo, y a m edida que aumentaba l a di cotomía afectiva entre l os
dos sexos, se hace evid ente una ma y or tolerancia hacia el “excesivo amor” que
demuestran las mujeres h acia sus hijos, así como el recordatorio d e la obligación de
éstos de sostenerlas durante la ancianidad 64 .
62 AZPILICUET A, M.: Man ual d e con fesores, Mad rid, 15 62.
63 BOLUFER PE RUGA, M.: “Actitudes y d iscur so sobr e la m a ternidad en la Esp aña de l siglo
X VIII: el tema de la lactancia”, Historia So cial, 1 4, 1992, pág s. 3-22.
64 MORANT DEUS A, I. y BOLUFER P ERUG A, M.: “Sobre la razó n, la educació n y el a mor de la s
mujeres: mujeres y ho m b res en la España y la Fra ncia de las Luces”, S tudia Histórica. Historia
Moderna , 15, 1 996, págs. 17 9-202.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La s m adres d aban la vida y además debían enseñar a sobr evivir de acuerd o
con las reglas establ ecidas dentro del círc ulo social en que se había nacido. Su
influencia sobr e los varo nes no era mucha, y a que éstos se i ntegraban p ront o en un
mundo masculino, abiert o y activo, en el que la i niciación paterna e ra f undamental.
Sólo con motivos de bodas, defunciones y herencias, volvían a hacer una breve
incursión en el círculo de la autoridad materna.
Pero fue sobre todo en las hijas donde el influjo de la madre se eje rcía d e
manera m ás inm ediata, educándolas a su ima gen, cimentando en la su y a su futur a
reputación y enseñando, de generación en generación, el “oficio” de mujer.
La s relaciones entre mad re e hija fu eron probable mente de l as más sólidas
que exis tieron en aquella sociedad, aunque indu dablemente sus peculiar idades y
alcance deban ser matizados según las circunstanci as y los grupos sociales.
Estas relaciones se ejempli fican en la escritura de poder que otor gan tr es
hijas Dª. Isabel, Dª. J uana, y Dª. María d e Có rdoba Lazo d e la V ega P acheco
Portocarrero, hacia su madre Dª. I sabel Josefa Pacheco Portocarrero, Marquesa
del Vado:
…por dicha señora M arquesa su Madre, desde aora para entonses y para
en todo tiempo lo hasen, dan, y otor gan… expecial poder, y t ambién se lo
confieren para que si en razón de lo referido cada cosa o parte fuere
nesesario pareser en juicio lo haga su señoría ante qualesquier señores
Jueses y Just icias, audiencias y tribunales superiores o i nferiore s de ambos
fueros y donde más com benga y en ellas pre sentar P eticiones, haz er
pedimentos, requerimientos, protestas acusaciones, pon ga demandas y
querellas que las siga o se aparte si combiniere, pi da ejec uciones,
prisiones, solturas, embargos, d esembargos, v entas, transes y remates de
vienes, de que tome pos ezión y ampa ro c on lanzamiento de sus
posehedores, y haga todos los autos y di ligencias judiciales y
extrajudiciales que se ofrescan ne sesario sean a Derecho… 65 .
65 AHPM, leg. 2 698 , fol. 1 10r, 15-IV-175 3.
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4 0
Otro ejemplo similar, incluso más emot ivo, se encuentra en la acogida en su
casa qu e presta un a hija hacia su pobre madre Dª. Juana de As canio que s e refleja
en la siguiente declaración de bienes:
…paresió Doña Juana de As canio Privada de la vista corporal…
hallándose la ot or ga nte con tan gran y npedimento como el d e l a falta de
dicha su bist a y con ynfinitos Alcases y atrasos de falta de m edios para
mantenerse y cu y dar se tubo a vi en solisitar con la r eferida su hija le
permitiese parase a vibir con ella como con efecto de su consentimiento y
buena voluntad de enton ses está en la menciona da casa de di cha su hija
quien Mantiene a dicha otorgante… 6 6 .
1.2. La sumisión de la mujer casada
Incluso el si stema de v alores d e la época contemplaba la pos ibilidad de
reprobar las conductas desviadas de las mujeres 67 . La violencia en las mujeres
durante l a Edad Moderna fue una cuestión social, donde la costumbre, la tradición
con sus componentes de honra y honor, conf iguraba un marco de c onductas
sancionadas por la jurisprudencia 68 .
Era evidente que las m ujeres no tenían d erecho p ropio y contemplaban una
vía para m anifestar situaciones límites. Todavía son escasos l os estudios referidos
al mismo, entre l os cuales destaca para el ámbit o castellano, Lorenzo Cardoso que
recoge distintos casos 69 .
No se puede habla r del fenómeno de los malos tratos como alg o ex clusivo
de la Andalucía Moderna o de España sino q ue son elementos comu nes que,
uniformaban en este aspecto, concie ncias y co ntenidos mentales de t odas las
66 AHPM, leg. 2 458 , fol. 4 3r, 13-III-174 9.
67 DOMÍ NGUE Z ORT IZ, A.: Las clave s del de spotismo en el siglo XVIII espa ñol , 1715-17 89,
Barc elona, 1990 , pág. 118 .
68 T OMÁS Y V ALIENT E, F.: E l d erecho p enal d e la monarqu ía absoluta : siglo s (XVI , XV II y
XVII I ), Madrid , 1969, p ág. 479.
69 LORENZ O CA RDOSO, P. L.: “Los malos tratos a las mujer es en Ca stilla e n el si glo XVII” ,
B rocar. Cu aderno s de Investig ación Histórica .1 5, 1989, págs. 119 -136.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
4 7
Doña Antonia Mariana Josepha Maldonado decla rasión contra don Gerónimo
Maldonado del Burgo su padre.
Sea público y not orio a todos los que vieren l a presenta como y o el theniente
coronel Don Gerónimo Maldonado del Burgo vesino de esta cuidad, de
Málaga Alca yde d el C astillo del Señor San L or enso de ella por el thenor de la
presente escriptura otrogo que decl aro y rreconosco por mi hija natural Doña
Antonia Mariana J osepha Maldonado que he t eni do, tengo y criado en m is
casas educándola como a tal ll amándole hija y le rreferida nombr ándome
padre y la tube a un a señ ora de Distinsi ón que por su onestidad y onra y de su
familia ocultó su nom bre y fue hallándome y o y l a r referida li bres y sin
y n pedimento alguno par a poder contrah er matri monio y sin que yo pud iere
tener la m ás leve sospecha (…) de que s ea tal mi hija por cuia rrasón en mi
testamento que tengo otorgado ante el presente es crivano el dí a veinte y si ete
de J unio del año pasado de mil setesientos y tr einta la Declaré y reconocí
tanvién por t al mi hi ja y aora a ma y oa abundamiento y pa ra l os ef ectos q ue
aya lugar y le convengan la buelvo a Declara r y reconoser por tal p ara
descargo de m i consiensia ante dicho presente e scrivano y testi gos de e ste
y n strumento obligándome como me oglig o a que en ningún tiempo me
opondré a ello por ni nguna causa ni título por no ser justo y si paresiérelo
contrario quiero qu e la t al oposición que lo aga ni persona en mi nombr e l o
valga ni a ga fee en juis io fuera de el si no es únicamente lo que de este
y n strumento y del presitado mi testamento consta en rrasón de ello y po ara
que así se sepa not oriamente otorgo la presente ante el rreferido escri vano
público y testigos en la ciudad de Málaga a cinco días del mes de septiemb re
de mill setesientos cuarenta y siete años si éndolo presentes Don Andrés
Cortés= Don J uan Domíng uez y M ateo Fernándes Varvero vesinos de esta
dicha ciudad 89 .
L a práctica de i ngresar en conventos no era privativa de un grupo soci al
determinado y , mientras tuvieran recursos pertinentes, cualquier persona la podía
realizar. Las familias de militares no fueron una excepción, y así lo at estigua una
escritura de p ago de la dote de Dª . M aría Antonia de Angulo hij a del teniente
coronel D. Alonso de Angulo por entrar como monja en el Monasterio de San
Bernardo:
…la señora Doña Marí a Antonia de An gulo Monja Novicia en este
Monasterio hij a lex ítima de los s eñores Theniente Coronel Don Alonso de
Angulo y d e Doñ a Leonor Remírez de A rellano defuntos hu ye ndo los
riesgos y peligros del Mundo determinó entrar rel ixiosa… pagando com o
por su parte se pagaron todos los gastos correspondientes a el Ábito… 90 .
89 AHPM, leg. 2 457 , fol. 1 28, 5-VI-1747.
90 AHPM, leg. 2 698 , fols. 12 2r-125v, 2 -III-1753.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
4 8
En l a escritura de poder de Dª. Ana de Medina y Rosillo a favor de D. J uan
Miguel Pizarro, se refleja que era hermana de militar:
…Doña Ana d e Medina y Rosillo de estado onesto vezina de esta ciuda d (
a quien doy fee conosc o) … como única heredera de Don Jualián de
Median su hermano c apitán y abili tado que fue del reximiento de
cavallería de esta costa: otorga Da Poder cump lido vastante el que e s
necesario y de derecho se requiere más pu ede y debe v aler a J uan Mi guel
Pizarro Procurador de es te número General p ara la defensa de todos sus
pleitos, causas y negozios cibiles y crim inales, ecle siásticos y
seculares… 91 .
C omo esposa de militar se encuentra la siguiente dote:
…De mes se s eptiembre de mill setezientos quarenta y s eis se ot orgó
escriptura d e Dote y Arras la qual consta que el señor Don Mi gue l de
Monsalve y P abón veedor y contador de Armada y fronter as en esta plaz a
comisario de Gue rra de los ex érsitos de su Magestad hijo lexítimo de los
señores Don Fran cisco d e Monsalve Hurtado de Mendosa Intendente que
fue d e ex érsito y provinsia c omisario ordenador de los mismos re ales
exérsitos y o de la s eño ra Doñ a María Pabón y Fuentes y B erdu go su
lexítima mujer… 92 .
Como viuda de m ilitar, nos encontramos con el Poder de Dª Teresa d e
Molina :
…pareció Doña Theresa de Molina vesina de esta di cha ciudad y viuda de
Juan de Montes a qui en doy fee conos co y Dijo que aviendo pasado a
servir a Su Ma ge stad el dicho su marido de mari nero Artillero en el navío
nombrado el Conquistador… 93 .
A través del estudio de los t extos jurídicos podemos comproba r que las
mujeres era n tratadas com o un grupo social específico, como una categorí a social.
Incluso, las propias mujeres eran transmisoras de la discriminación de sexos
existentes, como se puede obs ervar en el testamento de Dª. Manuela de Ramos:
“…prefiriendo siempre los hijos de los varones a los de las hembras…” 9 4 .
91 AHPM, leg. 2 698 , fol. 1 55r, 28-III -1753.
92 AHPM, leg. 2 457 , fols. 36 3r-367v, 6 -II-1747 .
93 AHPM, leg. 2 469 , fols. 29 r-30v, 21-VI-175 2.
94 AHPM, leg. 2 469 , fol. 1 40r, 31-VIII -1757.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
4 9
El matrimonio especialmente, pero también el monasterio, eran opciones
privilegiadas para hombres y mujeres durante l a Edad Moderna. En los hombres,
el hacer posible la transmisión del patrimonio, y también para vivir en soli tario e
independientes, era di fíci l en este p eriodo, d ado q ue dificultaba las posibilidades de
sobrevivir. Para las mujeres catalanas podemos aplicar también las motivaciones
económicas que s e han i ndicado para los hom bres, agravadas a causa de la poca
valoración del trabajo femenino. Pero a estas razones es necesario añadir otras que
influyen tanto o más qu e éstas. Para un a mujer no estar dentro de una de las dos
categorías: casadas o en un monasterio, a partir de un a determinada ed ad podí a
significar c aer en l a marginalidad. S i no se casaba ni entr aba en un con vento s u
posición era anómala 95 , convirtiéndose en marginales y por lo tanto comp ortando
s u práctica un riesgo añadido para las mujeres de caer en la mar ginalidad 96 .
Lutero comparó los ma trimonios c l andestinos con e l robo, donde el objeto
robado era l a hija. En Francia, Eli sabeth Badinter nos expli ca que un Edicto de
Enrique III de 1579 condenaba a mu erte a los “seductores” que “rob aban” a las
hijas. Disposiciones si mi l ares ex istieron en toda Europa durante la Edad Moderna,
desde Dinamarca a las ciudades italianas 97 .
E n Castil la existe una leg isl ación abundante sobr e esta materia, re cogida en la
Novísima Recopilación , una parte d e ella procede nte del Ordenamiento d e Alcalá y
95 BARRER A, A.: Casa , heren cia y fa milia en la Cataluña rural , Bar celona, 199 0, págs. 21 3-222.
96 La co habitació n se d aba ma y o ritaria mente e ntre los grupo s po pulares d ebido sobr e todo a la
ausencia de pro piedad . A pesar d e ello, generalmente se tratab a de un hecho te mporal, a partir de lo s
esponsales, p uesto que la m a yo ría d e la gente se casaba. Ve r ANDE RSON, B. S. y ZINSSER, J. P.:
Historia d e las mujeres, B arcelona, 1991, págs. 365-366. V er FERNÁNDE Z V ARGAS V. y
LÓPEZ-COR DÓN CORTE ZO, Mª.V.: “Mujer y r égi men j urídico en el Antiguo Régimen: una
realidad disocia da”, en GAR CÍA-NIET O PARÍS, Mª. C. ( ed.). : Orden amiento ju rídico y realida d
social d e las mu jeres. Siglo s X VI a XX. A ctas de las IV Jornadas de Investiga ción Interdisciplinar ,
Madrid , 1986 , pág. 42 -46.
97 ANDERSO N, B. S. y ZINSS ER, J .P.: H istoria de la s Mujeres… , págs. 30 6-310 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
5 0
de las L eyes de Toro 9 8 . La abundancia d e le ye s, al gunas ratificando l as ant eriores,
puede mu y bien indicar que s e i ncumplían, pero también el gran interé s de los
poderes laicos para controlar los contratos matrimoni ales, o, lo que es lo mismo, los
pactos e intereses de las grandes familias 99 .
1.3. Perspectiva de género
E l género ha sido definido por Joan W. Scott como “un elemento constitutivo
de las relaciones soci ales basado en las di ferenci as percibidas entre los sexos, y
género es un modo primario de significar las relaciones de poder” 100 .
Ger da Lerner, po r su par te, s e r efiere al género como “la definición cultural
de la conducta considerada como apropiada a los sex os en una sociedad dada en
una época determinada. Género es una serie de ro les culturales”. Es –prosigue- “un
disfraz, una más cara, una c amisa de fue rza en l a que hombres y muj eres bailan su
desigual danza. Todo est o quiere decir que lo qu e conocemos como “hom bre” y lo
que c onocemos como “mujer” no consiste en un conjunto de a tributos, en un
conjunto de objetos predom inantemente naturales, sino que se trata en gran parte de
construcciones culturales 101 .
98 FRIEDM AM, E. G.: “El est atuto juríd ico de la muje r castellana d urante el Antiguo Ré gimen”.
GARCÍA-NIET O P ARÍS, Mª. C.: Ordena miento ju rídico y realidad soc ial de las mujeres: siglo
XVI a XX . Actas de las I V Jorna das de In vestigació n Interdiscip linar , Mad rid, 19 86, p ág s. 42 -46.
Sin e m bar go, parec e ser que e n Inglater ra el co nsentimiento no fue nunca un req uisito legal, cosa
que constató M ontesquie u en el siglo XVIII. París, 1984, pág. 43.
99 Novísima reco pilació n…, Libro X, T itulo II , Leyes I, V, IX, X, XII , XIV -XVIII , sobr e la
inclusión de los hijos varones. Ver. FRIEDM AN, E.G.: “El estat us juríd ico de la mujer
castellana…”, pá g. 43 . MASP ONS I ANG LASE LL , F.: Derecho catalá n fa miliar s egún los
auto res clá sicos y la s sentencia s del antiguo tribunal supremo de Cataluñ a , B arcelo na, 1956, págs.
166-173.
100 SCOTT , J. W .: “Gender. A Usef ul Categor y o f Historcial Anal ysis”, T he Amer ican Historical
Review , vol. 91, 5, 1986, págs. 105 3-1075.
101 O ZIEB LO RAJKOWSK A, B. : C on cepto s y me todo logía en los e studios sobre la mujer , Málaga,
1993.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
5 1
El contrato sex ual es pre vio al contrato social en las sociedades patriarcales.
Es, por tanto, previo a la formación de las d esigualdades en las rela ciones de
producción que d eterminan la pertenencia de clas e de las personas; lo cual supone,
para las mujeres, l a int egración en un a cl ase social en condiciones marcadas
siempre por la subordin ación. Una subordinación que ahora describimos con la
oscura fr ase: “en razón de sexo”. El contrato sexua l implica, para las mujeres, una
pérdida mu y importante de control sob re sí mism as, un cont rol que s e refi ere a las
funciones que su cuerpo tiene capacidad de dese mpeñar en la sociedad y también a
las codificaciones simbólicas que definen lo que el cuerpo femenino es en la
cultura de que se trate.
Directamente vinculada con las c ategorías de contrato s exual y d e
heterosexualidad obligatoria está la de política s ex ual, que explica la subordinación
social y de la historia de las mujeres.
Uno de los ejemplos de la situación de dependencia/independencia d e l a
mujer nos lo encontramos en Dª. Teresa de Rueda y Castillo en un recibo notarial,
cuando declara no estar subordinada a ningún hombre:
…Recibo Don Pedro de Lara Fimia C ontra Do ña Theresa de R ueda y
Castillo…. no sujeta a Patria potestad ni otr o Domi nio y como t al
Administra sus vienes vezi na de esta c i udad… 102 .
L a política sexual entiende que las relaciones de poder se han establecido y
se establecen entre hombres y mujeres en razón del sexo. S e puede decir que la
profesión/dedicación de una m ujer es “su sexo” (sin que signifique que se dedica a
la prostitución), y nunca de un hombre.
Otro caso, donde se expresa la desi gualdad jurídica de las mujeres o su
subordinación con respecto a sus maridos, es el si guiente t exto de escritura de
102 AHPM, leg. 2 698 , fol. 5 7r, 2-III-17 53.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
5 2
poder del marido de Dª. Ana Guti érre z de Santaella, en donde se ex presa que la
mujer par a a ctuar y administrar en la sociedad nec esita d e la a ut orización del
esposo:
...y siendo pr esiso dejar en mi lugar quien represente mi persona y
administre, cuide y bene fisie mi hasienda no ten iendo otra de m ás de l a
seguridad y confiansa p ara todo que Doña Ana Gutierre de Santaella mi
lexítima muger que queda como deve en las casas Prinsipales de mi
morada por el thenor d e la presente en aquella vía y form a que más a y a
lugar en Derecho= oto rgo que l e cons edo mi l isensia y pod er espesial
cuanto tengo y conforme a Derecho puedo a l a referida Doñ a Antonia
Gutierres de Santaella mi muger sin ninguna li mitazión para que en mi
nombre y representando todas mis acciones P resentes y futuras pueda
administrar y adminis tre todos mis vienes y h asi enda, muebles, raises,
remanentes y de cualquier modo y n aturalesa que sean… 103 .
L a familia es la inst itución base de la organización social, cu yo
planteamiento ha servido de pilar a mult itud de estudi os sobre t odo d esde la dé cada
de los 90 del si glo pasado 104 . Se pone de manifiesto la importancia de l o que
podríamos l lamar unid ades de sociabilidad 105 . Y l a f amilia será la p rimera,
constitu y e un a ge nte de socializ ación en el que es necesario relac ionar matrimonio,
grupo social y propiedad. Tres eleme ntos fundamentales para entender la necesaria
convergencia de disciplinas como la Antropología, la Sociología, l a Etol ogía y la
Historia en un objeto de i nterés científico común. Matrimonio y p atrimonio, familia
y propied ad son, por tanto, realidades estrechame nte relacionadas que forman el eje
de ver t ebración social fundamental para enten der las modalidades que adoptan la
alianza en la constitución de los grupos dirigentes. S e establece que la f amilia es un
grupo e s trictamente dom éstico, circunsc rito a las personas que conviven en la
103 AHPM, leg. 2 458 , fol. 3 6r, 11-III-175 0.
104 CH ACÓN JIM ÉNE Z, F. (e d.) : H istoria soc ial de la fa milia en Esp aña: a proxima ción a los
proble mas de fa milia, tierra y socieda d en Castilla (siglos XV -XIX), Alicante, 199 0. pá gs.120-12 4.
105 BEST ARD, J.: “La Histor ia d e la fa milia en el c ontexto d e las Ciencia s Sociale s”, Q ua derns d e
l’ In stitut Catalá d’Antropo logía, 2 , 1980, p ágs. 154-155 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
5 3
misma casa. Es ta familia de ámbito r educido se gobierna b ajo el principi o de la
primacía del marido y padre. Es una familia de corte patriarcal.
Cuando se produ ce la sit uación de orfandad en una f amilia, se da una
situación de vulnerabilidad en los menores, que se int enta s olventar m ed iante el
nombramiento de un curador “adliten” , como suce de en el caso de Dª. María
Francisca de la Borda.
…yo el escrivano hize sa ver el nombramiento de curador adliten de los
menores hijos n aturales de Don Alfonso La Borda a J oseph
Yldephonso Valdivieso procurador de este núm ero el que dijo azeta
dicho nombramiento y se obligó defender a dichos menores… 106 .
N ormalmente, el cargo de curador o tutor lo ocupaba un hombre. Si n
embargo, en l a documentación consultada, se ha encontrado a una m ujer ocupando
tal oficio, como caso ex cepciona l, en la escrit ura de recibo de las heredera s de Dª.
Francisca de Valenzuela:
…y por ot ra cláusul a no mbró por tutora y curadora adbona de las p ersonas
y vienes de los dichos su s hijos a la dicha su mujer… 107 .
Otro caso ll amativo de mujer ocupando el puest o de cur adora es el de Dª.
María Martín, viuda y abuela, tal como aparece reflejado en la escritura de
Reconocimiento del Convento de San Agustín:
…ynstituyó por su he redero a Don Alonso de P edrosa su hijo menor de
quien la otorgante es abuela, tutora y cu radora adbona … 108 .
D estacable es el hecho de que las mujeres son elementos necesarios para la
multiplicación de la es tructura soci al. Así, el matrimonio tiene una función
reproductora tanto a nivel social como económico 109 .
106 AHPM, leg. 2 577 , fol. 7 4r, 13-IX- 174 9.
107 AHPM, leg. 2 698 , fols. 45 r-45v, 20-II-17 53.
108 AHPM, leg.2 469 , fols.193 v-194r, 24 -X-1755.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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En el plano jurídico, el Concili o de Trento reconoció como mat rimonio sólo
al contraído solemnemen te, esto es, el celebrado ante el párroco de la novia y 2 ò 3
testigos, mediando la bendición y pr evias las amonestaciones públicas.
Ya, en el D erecho Rom ano, la disolución de l a comunidad domésti ca por
muerte de al guno d e l os cón y u ges requería obli gaciones de fidelidad póstu ma que
no eran exigibles al viu do. Para la viuda, el fallecimiento del marido marca la
aparición de su derecho a recuperar la dote.
Sociológicamente, una buena espos a es aque l la que tenga gana s de tr abajar.
Sobre este tema ex iste desde hacía si glos un abun dantísimo número de trat ados que
recomendaban a muj eres y señoras mant enerse ocupadas y no temer ap licarse a
hilar y tejer con sus propias manos y, en cualquier caso, vigilar con atención
escrupulosa el trabajo de sus criadas 110 .
P or esto, son l lamativos los documentos donde la mujer se encuentra en u n
estado distinto al anterior mente mencionado, como el de Dª. Agustina Fernández
de Acevedo que declara:
…Doña A gustina Fernández de Azevedo su her mana de estado honesta,
mayor que d eclaró ser de veinte y cinco años no sujeta a curaduría, patria
potestad ni otro Dominio, y como tal Adminis tro mis vi enes… 111 .
L a asignación del papel de cuidadora, tradicionalmente adjudicado a la
mujer, tendrá facultad para habilitarla como autoridad en determinada s cuestiones
morales relacionadas con la conservación de la vida y l a calidad de la misma.
La fecundidad es mu y importante y estrictamente controlada, es deci r,
dentro de un mat rimonio restrictivo, limi tado por l as reglas del pa rentesco y del
109 En BIR RIEL S ALCEDO, M. M.: “ La mujer en la repoblació n del Reino d e Granad a”, en
BALL AR ÍN DO MINGO, P . y ORT IZ GÓME Z, M.T . (e ds.): La mujer en An dalu cía , I , E ncuen tro
interdisciplin ar de e studios d e la mu jer , Tomo II, Granada, 199 0, págs. 84 -102.
110 B ALLARÍN DOMIN GO, P., ORTI Z GÓMEZ, T ., (eds.): L a mu jer en A nda lucía. I Encuen tro
interdisciplin ar de e studios sob re la mu jer , Tomo II, Granada, 1990, pág. 307.
111 AHPM, leg. 2 698 , fol. 2 05r, 27-I-175 3.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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linaje, de manera que el orden soci al se m antenga estable y tampo co se a lteren los
mecanismos de dominación y de h erencia.
El papel como madres era una responsabilidad que las muj eres t enían para
con la sociedad, porque sus cuerpos representaban el instrumento que le
proporcionaría ciudada nos úti les. No era in frecuente que los mé dicos les
recordasen sus deberes d e cristianas, que les indicaran, como ha cían l os religiosos,
por ejemplo Cangiamila o Hervás 112 , que eran r esponsables ante Dios po r e l alm a
de los hijos a los que el poco cuidado de su propia s alud hubiera impedido nacer .
Pero su di scurso, e sencialmente laico, no era por ello menos exigente. Atribuía a
las madres una gran responsabili dad sobre l a salud física (como también moral) de
sus hijos.
Esto se constata en la curadur ía y t utela de Dª. I s abel Dí az sobre s us hijo s
menores:
…Doña Ysabel Días vi uda de Ni colás de Cabrer a vezina de esta ciud ad y
en su y ntelix enzia Dijo: Azeptaba y azeptó el No mbramiento de tutora y
curadora adbona d e sus menore s hij os, y de l di cho su Marido y J ura por
Dios Nuestro s eñor y por una s eñal de cruz que hizo con l os dedos de su
Mano derecha de cumplir con el cargo de tal tuto ra, educando, criando y
alimentando a los dichos sus hi jos admini stránd oles y governándol es su
caudal que les toque y pe rtenesca… 113 .
P or lo común, el cuidado de la salud de la s mujeres se vincul aba
estrechamente a su condición de reproductoras. Era en tanto que madres presentes
o futuras que los m édicos les indicaban que debí an cuidar sus cuerpos y prepararse
físicamente desde l a i nfancia, al tiempo que los educadores l as ex hortaban a
formarse mor almente y aprender los detalles de s u oficio dom éstico. Rousseau, un
romántico, lo expresó con particular claridad y laconismo al trat ar la educación
112 OZIEBLO RAJKOW SKA, B. : Concep tos y meto dología en los estudios sob re la mu jer , Málaga,
1993.
113 AHPM, leg. 2 698 , fol. 6 87r, 26-VI-175 3.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
5 6
física de las jóvenes: “Las mujeres no deben ser robustas como ellos, sino para
ellos, para que lo sean también los hom bres que de ellas nacieran” 114 . La educación
de Sofía, la compañera i deal del perfecto ciudadano, Emilio, en los hábitos de una
vida sana no le interesaba tanto por sí mi sma sino porque Sofía d ebía ser una madre
capaz de parir, de amamantar y d e criar a sus hijos según esos mi smos principios.
Los médicos no eran, en general, tan enfáticos y tan restri ctivos, pero la id ea de que
la salud f emenina constituía un objetivo polít ico que interesaba a tod a la sociedad
estaba mu y presente tam bién en sus obras.
La moral católica y el discurso médico que trataban sobre el cuerpo
femenino y s obre las obl igaciones de la madre r especto al hi jo que había de nacer
partían, pues, de pre ocupaciones distintas. L a primera ponía sus miras en la
salvación espirit ual, la del hijo t odavía no nacido y , secundariamente, la de la
madre y los familiares que debía cumplir con sus deberes de cristianos, as eg urando
a toda costa que muriera bautizado.
El segundo, en cambio, enarbolaba como banderas la vida y el bi enest ar
material del cuerpo, la felicidad del individuo y el bien de la sociedad.
Pero es indudable que algo había com enzado a cambiar, que en el siglo de
la I lustra ción empezaban a pesar cada vez más los consejos y las reflex iones de los
hombres de Ciencia en l a conformación de los h ábit os de vida y de las i dentidades
femeninas y masculinas.
En contraste con Occidente, existían otras culturas donde la función de la
mujer er a algo dist inta. Así, La d y Ma r y Wortley Mont agu, de una ge neración
anterior a la d e W ollstonecraft, en sus Cartas desde Estambul, publicadas al poco
de morir en 1763, reco gía aspectos de la vida de l as mujeres turcas y de un imperio
114 ROUSSEA U, J. J.: E l Emilio , Libro V , Madr id, 2011.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
6 3
relación de la mu y dis tinguida calidad de la referida sus deudos y parientes
los dichos dos mill Ducados de vellón… 136 .
En cuanto a l a rel ación honra-deseo, en la medida en que se pres enta como
conflicto cuya resolución puede condicionar el futuro de las mujeres, está dibujada
en la literatura d e la épo ca. Este aspecto se presenta de forma explí cita cuando la
mujer, pretendida por un varón, es r equerida para manten er relaciones sexuales
completas fuera del contexto en que éstas son admiti das socialmente, es de cir, antes
o fuera del matrimonio.
La s relaciones prematrimoniales, es un concepto que debe se r tratado con
cuidado por la di ferencia de si gnificados y cons ecuencias que comporta, para l a
vida de las mujeres, en función de la cultura, el grupo s ocial, el tiempo y el espacio
analizados 137 .
L a ini ciativa para el comi enzo de una relación sex ual en la m ay or p arte d e
los discursos literarios, y en todas las historias narradas en las querellas, es
masculina. La r espuesta femenina tiene también algunas not as comun es: una
inicial, y a veces p ersistente, resistencia d e las mu jeres, qu e ti enden a j ustificar po r
razones sociales que tienen que ver con que su honra y buen nombre puedan
perderse; ciertas r eferencias al us o de la fuerza po r l os pretendientes –a compañada
de palabras amorosas o/y con prom esas de matri monio- para conseguir l a entr ega
femenina y , en c asi todos los casos, continuación de la r elación po r un tiem po que
puede prolongarse varios años, llegando a tener hasta dos hij os 138 . No son, pues,
136 AHPM, leg. 2 458 , fol. 6 4v, 20-II-175 1.
137 FE RNÁNDE Z V ALEN CIA, A.: De seo y hon ra d e las mujeres en la Españ a Mode rna. Ficción y
reclamacio nes d el am or bu rlado , Mad rid, 2004 , citad o en J IMÉNEZ MO RALES, Mª. I. y QUILES
FAZ (c oord s.): De o tras mira das: reflex iones sob re la mu jer de lo s siglo s XVII al XX , Málaga,
199 9, pág. 161.
138 Las q uerellas ha n sido co nsultadas en el Archi vo Históric o Pro vincial d e Cuenca (A.H. P.Cu) y
c orre sponden al pe ríodo 1570-1600 . Son po steriores a la n ormativa del Concilio d e T rento (156 5)
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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situaciones de un día, sino relaciones con un grad o de “estabilidad” que encontrará,
salvo en uno de los ca sos, suficientes testigos. L a asiduidad de la relación carnal
que s e refleja en las fuentes, y la natu ralidad con la que de ella se habla, nos
sugieren un a sociedad p osiblemente más libre en l a cons ecución del deseo sex ual
fuera d el matrimonio de lo que, desde una perspectiva contemporánea, se pudiera
pensar. Esta realidad pue de conducirnos directamente al mundo d e las tras gresiones
femeninas y sus respuestas sociales 139 .
E n una cultura de o ralidad, el qué di rán es pieza clave en la vida de lo s
individuos y de las familias. P ero, en el caso de las mujeres, es esencial para
acceder al matrimonio y ocupar una posición normaliz ada dentro del sistema. La
mala f ama puede ser m otivo de di scriminación y de soltería, situación apenas
comprendida socialment e y que podría pon er a la mujer –cu alquiera que fuera su
condición aunque, obviam ente, con alternativas diferentes se gún la clase - en una
situación de marginalidad. Por eso, la dialéctica honra/deseo va a jugar un papel
fundamental en el establecimiento de relaciones sex uales fuer a del matrimonio 140 .
U na resistencia ini cial la encontramos reiteradamente señalada en las
querellas de nuestr as protagonistas, todas ellas presentadas –al i gua l qu e nuestra
que convierte el contrato matr imonial en sacra mento y exige ce lebració n en la Iglesia e n presencia
del clér igo, no afectando las re laciones sex uales pre matrimoniales.
Querella de I sabel Martí nez contra Jua n Gó mez (1570) . De la relación q uedan “dos criat uras
hembras y la una cr ía y tie ne a su c argo … Mig uel Gó mez p adre d el dicho Juan…”. A.H.P .Cu. J UD.
75-14 . T ambién dicen estar “ p reñadas” Ana Mo reno en su querella contra Francisco González
(15 70) y María Gila en su quer ella co ntra Santos Gar cía (1 586). A.H.P .Cu., JUD . 75 -13 y 86-46 en
FERNÁNDE Z VALEN CIA, A.: Deseo y honra de la s mujeres en la España Moderna. Ficc ión y
reclamacio nes d el am or bu rlado , Mad rid, 2004 , citad o en J IMÉNEZ MO RALES, Mª. I. y QUILES
FAZ (c oord s.): De o tras mira das: reflex iones sob re la mu jer de lo s siglo s XVII al XX , Málaga,
199 9, pág. 487.
139 FERNÁNDE Z V ALEN CIA, A.: Deseo y hon ra de las mujere s… citado e n J IMÉNEZ
MORALES, Mª. I. y QUI LE S F AZ (coo rds.) : De o tras m i radas: reflexio nes sob re la mu jer d e lo s
siglos XVI I al X X , Mála ga, 1999, pág. 487.
140 FERNÁNDE Z V ALEN CIA, A.: D eseo y hon ra de las mujere s… c itado e n J IMÉNE Z
MORALES, Mª. I. y QUI LE S F AZ (coo rds.) : De o tras m i radas: reflexio nes sob re la mu jer d e lo s
siglos XVI I al X X , Mála ga, 1999, pág. 488.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
6 5
referente literaria –c omo “moza doncella e virgen”, “doncella honesta y recogida
virge n” o “mujer honesta y re cogida y de buena fama”, cuando se produjo e l primer
“acceso carnal” con los que ahora son objeto de sus acusaciones.
La s querellas refl ejan que, solicitadas reiteradamente por sus pretendientes,
las jóvenes se resisten aduciendo diferentes razones que podrían impedir el
matrimonio y , por tanto, dejarlas sin honra 141 .
Q ue, obviamente, debe responder a las declara ciones de la denunciante.
Andrea García, cu y o m a trimonio concertado fami liarmente con rit ual de d ación de
manos y ante testi gos, i ntentó resistirse a m antener relaciones s exuales hasta ser
desposada “por mano de clérigo” 142 para evitar quedar difamada.
La preocupa ción por la fama, en estas mujeres está mu y unida a lo s
comportamientos sexuales, pero t ambién, como hemos dicho anteriormente, al
ámbito de l a palabra. Su futuro, y no solo la hon ra f amiliar, puede estar e n lo que
de ellas se dice o en l o que a ellas mismas se les dice. De ahí que m uchas m ujeres
entablaran querellas por injurias para defender su buena fama y honra 143 .
A sí se muestra en el desistimiento y perdón de Dª. Ana Millán y Dª. Isa be l
Marcón:
…entraron en ella violentamente Doña Ana Millán, Doña Ysavel de
Marcón, Juan, y L or enzo Agustín Ferná nd ez, hijos de aquella Al onzo
Calzado, Alons o y Anto nio de Muesas hermano s hij os de Francisco de
Muesas y C hristobal Gar cía Hol guín vezinos t odos de la Villa d el Borje, y
todos armados l e robaron y le extrajeron de la casa de dicha heredad de
141 FE RNÁNDE Z V ALEN CIA, A.: De seo y hon ra d e las mujeres en la Españ a Mode rna. Ficción y
reclamacio nes de l amor b urlado , Madrid, 200 4, pág. 490.
142 Querella d e P edro Garc ía en no m b re d e su hija An drea G arcía contra Fr ancisco G uerre ro, 3 d e
noviembre de 15 97. A.H.P .Cuenca. J UD. 9 3-41. E n la sección XXIV del Concilio d e Trento se
estableció la re for m a del m a tri monio. En e l Capítulo I de l Dec reto d e refor ma sob re el matrimonio
leemos: “Q uien co ntraj ere M atr imonio de o tro modo q ue a presencia del pá rroco, y d e dos o tr es
testigos, lo contrae in válidamente”.
143 FE RNÁNDE Z V ALEN CIA, A.: D e seo y honra d e las m ujeres e n la Españ a Modern a. Ficción y
reclamacio nes d el a mor burlado , Ma drid, 2 004. en J IMÉNEZ MORALE S, M ª. I. y Q UILES FA Z
(coo rds.): De otras mirad as: reflexio nes sob re la muje r de l os siglos X VII a l XX , Málaga, 199 9, pág.
490.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
6 6
viña a la mencionada Doña María de Muesas hija del otorgante, la qual s e
la llevaron di ziéndole con amenazas esto es porque le quieren casar con un
mulato… 144 .
La conciencia social de la fuerza de la palabra para hacer daño a la hon ra
personal parece clar a. Nos preguntamos si l a compensación económi ca podría
actuar como paliativo, una vez reconocido of icia lmente el engaño por l a conde na
del acusado, al poder servir de atractiva dote pa ra otro c asamiento. En c ualquier
caso, entendemos que la propia presentación de la querella pudo a ctuar como
reivindicadora de la imagen social, de la buena fama de la mujer burlada.
Ha y una sola nota bastant e común: los encuentros –pactados o por acoso d el
varón- se prod ucen por la noche y, en ocasiones, aprovechando la aus encia de las
personas responsables de l a unidad famili ar. En casi todos ellos h a y algún cierto
grado de violencia física que apenas se señala en los encuentr os que le suce den. La
fuerza de la palabra, d el argumento par a convencer, si gue siendo un inst rumento
fundamental para conseguir eliminar la resistencia de las jóvenes 145 .
L a noche suele ser, efect ivamente, cuando se pro ducen las proposiciones de
relación carnal bajo promesa de matrimonio a nuestras querelladas. La ausencia de
terceras personas en la casa las deja más indefensas y f avorece la situación.
Bajo promesa de matrimonio t ambién se entrega d e noche Marí a Gila
“vencida por el amor carnal”, en palabras de su hermano Juan que presenta en su
nombre la querella, a Santos García. Es el interrogatorio a este acusado, maestro
tundidor de 27 años, el que nos da esa referencia:
“preguntado si es verd ad(…) que estando el di cho Pedro Gila
(padre de María) fuera de s u casa(…) fue a ella a media noch e y la dicha
María Gila le abrió la puerta y en la cocina de la dicha casa la besó y
abrazó muchas ve ces “ y, tras promesa de m atrimonio, “la hiz o encima d e
un poyo de la dicha coci na a dond e con ella tuvo cuenta y acceso carnal
144 AHPM, leg. 2 468 , fols. 43 8r-439v, 2 5-V-1751 .
145 FE RNÁNDE Z V ALEN CIA, A.: D e seo y honra d e las m ujeres e n la Españ a Modern a. Ficción y
reclamacio nes d el a mor burlado , Ma drid, 2 004. en J IMÉNEZ MORALE S, M ª. I. y Q UILES FA Z
(coo rds.): De otras mirad as: reflexio nes sob re la muje r de l os siglos X VII a l XX , Málaga, 199 9, pág.
491.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
6 7
una vez y aquella noch e estuvo con ella hasta que quis o amanecer y
aquella ora quando se iba le vi no a decir este co nfesante que no tuviese
pena que otra no sería su mujer…” 146 .
La promesa de matrimonio, pues, parece seguir siendo un elemento de
confianza para las mujeres a pesar de los avisos sociales y las recomendaciones de
la Iglesia para que las jó venes eviten las relaciones sex uales ant es del m atrim onio
según l o establec ido en el Concilio de Trento 147 . L a duración de las relaciones,
m ucho más naturalizadas a partir del primer encuentro, nos invita a pensar en
deseos compartidos. S on deseos de relación sexual, si, pero que nos hacen pensar
también en el deseo de sentar las bases para la constitución de una unidad familiar,
pieza clave pa ra la confi guración de l a vida de la s mujeres en el sistema social del
Antiguo Ré gimen. La insi stencia en todas las ca usas en que el ac ceso c arnal se
produjo s iempre después de reiteradas promesas de matrimonio, abundaría en esta
línea. El discurso judicial oficial parece pues apoyar este modelo de ref erencia, que
tendrá su cristalización en la orden de pris ión para l os acusados, aunque s ean pocas
las ocasiones en que pueda llevarse a cabo por huida de los mismos 148 .
Y a en el siglo XV II, con fuerte inspiración seguramente en hi storias como
las que hemos encontrado, nos deja bu ena r elación Mª. de Za y as: “¡A y , mujeres
fáciles y mal aconsejadas , y cómo os dejáis vencer de mentiras bien afeitadas y qu e
no les dura el oro con qu e van cubiertas m ás de mientras dura el ap etito”!(…)”¡Ay,
146 A.H.P.Cue nca. JUD, 78-19, citado en FERNÁNDE Z V ALENCI A, A.: De seo y h onra de la s
mujeres en la E spa ña Moderna . Ficción y recla macion es d el a mor burlado , Madrid, 20 04. en
JIMÉ NEZ MORALES, Mª. I. y Q UILES FAZ (coo rds.): De otras mi rada s: reflexione s sobre la
mujer de los siglos X VII a l XX , Málaga, 1 999 , pág. 493.
147 Vé ase ca pítulo 1 d el Decreto d e reforma sobre el matrimonio y a citado. La liter atura d idáctica
para avisar d e la s falsas p romesa s tiene una larga tradici ón. Recordemos los avisos d el Libro del
Buen Amor (“escar mentad vo s, a miga, d e o tra tal infeliz, p ues todos los hombres hacen como D.
Melón Ortiz” (cop la 881) (aunque aq uí hubiera u n final de matri monio) o “De las muc has burlad as
aviso y seso to me, no quiera el a mor falso…” (co pla 9 06).
148 FE RNÁNDE Z V ALEN CIA, A.: D e seo y honra d e las m ujeres e n la Españ a Modern a. Ficción y
reclamacio nes d el a mor burlado , Ma drid, 2 004. en J IMÉNEZ MORALE S, M ª. I. y Q UILES FA Z
(coo rds.): De otra s miradas: reflexiones sobre la muje r de los siglos XVI I al XX , Málaga, 19 99,
págs. 49 3-494.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
6 8
hombres(…) que no ll eváis ot ro designio sino perseg uir nuestra i nocencia…”
afirma una de sus prota gonistas, I s abel Fajardo; “ Y en cuanto a la palabra que decís
os he dado, como esas damos los hombres para al canzar l o que des eamos y
pudieran y a las mujeres tener cono cida esta tret a y no dejars e engañar, pues l es
avisa tantas escarmentadas” les dirá Manuel a la propia I sabel 149 .
La deseada apa riencia de veracidad, de realidad en sus hi storias, que parec e
haber bus cado y s e ha querido ver en Mª de Zayas quiz á hay a que buscarla más en
las sit uaciones presentadas que en los espacios y las referencias polít ico-milit ares.
La i rrealidad podría b uscarse más en el g r upo social qu e elige para sus
protag onistas y en las acciones que éstas emprenden.
Reclamaciones femeni nas por incumplimiento de las promesas
personales 150 , pero también por incumplimi ento de l as funciones legales y so ciale s
que corresponden a quie nes tienen en sus manos el ejercicio de l a justicia y de la
protección del ord en social 151 . Deseo, pues, de las mujeres, de afirmación personal
y de justicia social.
La inmediatez de las relaciones sexuales que reflejan todas las c ausas, así
como la continui dad de las mismas, nos hacen pensar en un uni verso social,
cultural, en el que la pala bra de m atrimonio, el compromi so a dos, y más s i es ante
testigos, como se r efleja en algunas de las causas, pe rmanece como vía de
149 DE ZAYAS Y S OT OMAYOR, Mª. : De sengañ os am orosos , Ma drid, 200 0, p ágs. 99, 135 -136 y
163.
150 DE LA P ASCU A SÁNCHE Z, Mª. J.: Mujeres solas. Histo ria de amor y aband ono en el mundo
hispán ico , M álaga, 1998 .
151 Las recla macio nes de mujeres a p adres, m ar idos o autorida des públicas por el incu mplim iento d e
las funcione s respecto a ella s les tie ne adj udicadas el ordena miento socia l, es mu y frecuente en la
literatura ( piénsese, por ejemplo , en lo s rep roches d e Laurencia a su p adre y a lo s ho m b re s en
Fuenteoveju na, de LOPE DE VEGA, de spués de haber sido violada (Acto tercero, 1725-1793). Las
recla maciones p or vía j udicial, en el siglo XVIII, ha n sido estudiadas por M. O RTE GA LÓP EZ:
“La p ráctica judic ial e n la s ca usas matrimoniales de la so cied ad española de l s iglo XVII I”, Espa cio,
Tiempo y Fo rma. Historia Mo derna, 12, 1999, págs. 2 75-296, y “Estrate gias de d efensa d e la s
mujeres de la socieda d popular española de l siglo XVI II”, Arenal, Revista de Histo ria de las
Mujeres , 5, nº 2 , julio-dicie m b r e, 1998 , págs. 277 -305.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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constitución de uni dades familiares m ás allá de l as normativas e clesiásticas, tal
como ha sido señalado en algunos estudios 152 .
La normativa de Tren to respecto al matrimonio ape nas ofreció una
alternativa a quien es, aún s uponiéndoles unas intenciones de continuidad en l a
relación y sinceridad en su i nicial promesa de m a trimonio, desearon, al cabo de un
tiempo de relación romperla. Si es cierto que parte de la normativa trid entina exi ge
una serie de pasos y com probaciones para garantizar –en la medida de lo posible- la
ausencia de impediment os en los contrayentes p ara el matrimonio, el tiempo de
espera d e la document ación o el vi aje para buscarla cuando el pretendie nte es de
otra comunidad parec e que puedan s er estr ategias para mantener un a relación y
para e scap ar de ella.
No queremos dejar de ej emplificar un aspecto al que hemos hecho alusión
teórica: la vi olencia física contra l as muj eres, más allá de qu e tal consideración
pueda extenderse a la ma y o r p arte d e las situaciones presentadas en l as querellas en
función de la situación social –y económic a- en la que queda la mujer abandonada,
generalmente de baja condición social y, a veces, ex traordinaria mente joven.
¿Cómo terminan las querellas? Las querellas p resentadas ante t ribunales
civiles finalizan con la orde n de búsqueda del acusado para ser puesto en l a cárc el
pública. La realidad es mu y ot ra: Huidos del lugar, el pl eito queda sin más
referencias que la propia condena y , en ocasiones, la orden de confiscar sus bienes
si los hubiere.
152 Sob re las resistencias par a acudir a casarse ante el párroco véase, po r ej emplo, D AVIS, N. Z., El
regreso de Ma rtín Gu erre , B arcelo na, 19 84, p ág. 1 28, MO RANT DEUS A, I. y B OLUFER
PERUGA, M. , Amo r, matri monio y fa milia: la construcció n histó rica de la familia mod erna ,
Madrid , 1998 , págs. 39-41 , y CASEY , J . : E spaña en la Edad Mode rna . Un a historia soc ial , Mad rid,
200 1, pág. 203.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
7 0
Quizás dentro del t ema genérico de la violencia sobre l as mujeres, es el
derivado de la conceptualiz ación y aplicación de la nor mativa frente a los
adulterios el que tiene may o r peso. El lugar predominante de estas transgre s iones
en el entramado de los presupuestos i deológicos e stablecidos, y la preocupación de
juristas, l iteratos, religiosos y moralistas, por corregir di cho asunto, ha l levado a
determinadas autoras a calificar el adulterio femenino como “la obsesi ón de los
hombres del Barroco en España” 153 .
Los orígenes del adulteri o pueden de notarse en Grec i a y Roma, donde era
considerado de lito, e incluso la Ley Mos aica, contempla la punición de dicha
infracción, siendo l a e sfera familiar el ámbi to de represión para pasa r
posteriormente a codificarse dentro del Derecho Penal 154 .
La le gislación civil vigente durante la Edad M oderna, confería los
principios de autoridad del padre dentro del gru po familiar aunque, teóri camente,
fijaba unos lím ites o precisaba su a ctuación ante hechos consumados d e a dulterio.
El ofendido tenía una gama de posi bilidades, contempladas por el Derecho
imperante que iba desd e el castigo inmediato ha sta la opción de perdonar a l os
condenados por dicho delito 155 .
Los moralist as coinciden en la necesidad de poner freno a tales conducta s
reprobables, es decir, el adulterio femenino. S irve de muestra Juan Luis Vives que
postula posiciones moderadas y rechaza la vi olencia desmesurada contra l as
esposas, aunque no deja de recomendar determinadas formas de intervención 156 .
153 VIGIL, M .: La vid a de las mujeres en lo s siglos XVI y XVI I , Madrid , 1994 , pág. 139.
154 DIEGO DÍAZ-SANT OS, Mª del R.: Los d elitos contra la fam ilia , Madrid , 1974, pá gs. 5 5, 181,
183.
155 TO MAS Y VALIENT E, F.: E l derech o p enal de la mo narquía ab soluta (siglos XVI , XV II y
XVII I) . Madrid , 1969, p ág. 81.
156 VI VES, J.L.: D e in stitutuione feminae christian ae , introducció, traducción y notas po r Joaq uín
Beltrán Ser ra, Valencia, 198 0, pág. 20 5.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
7 1
La s relaciones de pareja estaban perfectamente prefijadas y el
comportamiento de los c ónyuges en la misma, ad emás, de las relaciones a nteriores
al enla ce. Cualquie r desv ío de la norma, escrita o no, suponía correr un riesgo par a
la mujer, cuyos inex istentes derechos la suponí an en una s ituación muy difícil
respecto al marido o a un asc endiente v arón. El re currir a la jus ticia para denunciar
los abusos recibidos suponía dar publicidad a los hechos, c on toda la rep ercusión
negativa que conlleva en el seno de la comuni dad donde estab a as entada, máxi me
cuando tratamos de colectividades de di mensiones reducidas, en las cuales el
contacto vecinal es ma yor. Aquí, las solidaridades pueden s er más estrechas, pero
las repercusiones de determinados actos son igualm ente más direc tas 157 .
A sí se refleja en el poder notarial de Dª. L u cía Ro mán y Narváez que actúa
libre de violencia alguna:
…lo hag o de m i libre voluntad s in apr emio ni violensia de dicho mi
marido ni otras personas en su nombre… 158 .
El principio de arbi trio judicial confería a los jueces unas posi bilidades
amplias a la ho ra de inte rpretar y aplic ar el Dere cho imperante en Casti lla, lo cual
impedía t ener para este t erritorio compendios de resoluciones judiciales fi nales, ni
los correspondientes com entarios sobre ellos , a semejanza de C ataluña o Aragón 159 .
E sto tendría su reflejo cuando fueran dictad as las sentencias en las causas abiertas
por los malos tratos o vi olencia en general contra las muj eres. En muchas o casiones
la denunc ia civil iba acompañada de una solicitud de nuli dad de l matrimonio y /o
divorcio religioso.
157 BRAVO C ARO, J. J.: “ La v iolencia d oméstica e n la A ndalucía Mod erna ”, en LÓP EZ
BELT RÁN, Mª. T .; JIMÉNEZ T OMÉ, M ª. J. y GI L BE NÍT EZ, E . Mª. (ed s.): Violencia y G énero.
Actas d el Cong reso Interd isciplinar sob re Violen cia y Géner o , to m o I, M álaga, 20 03, pág. 204.
158 AHPM, leg. 2 457 , fol. 1 05 v, 5-VIII -1747.
159 TOM ÁS Y VALIENT E, F.: E l derech o penal de la monarquía absolu ta (siglos XVI, XVII y
XVII I) , Madrid , 1969, pág. 1 82.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La s desviaciones de las normas imperantes pod ían hacer r elacionar a las
mujeres, i ncluso, con problemas de índole psicológico. En este sentido, es
importante mencionar el t ema de la locura femeni na, pues, aunque últim amente ha
acaparado m ucha atenció n, en algunos casos se echa en falta la precisión his tórica.
Al tratar en particular el siglo X I X, los estudiosos han m ostrado que las mujeres
que se apartaban significativamente de los modelos de comportamiento femenino
autorizados –subordinaci ón, modesti a y dec encia sex ual- corrían el ries go de ser
sometidas a control psi quiátrico 160 . Elaine S howalter y otras investi gadoras han
de mostrado que la conducta aceptable o deseable en un hombre –confianz a en sí
mismo, ex periencia sexual o aspiraciones intelectuales- podía ser consi derada
síntoma de perturbación mental en el caso de una mujer 161 . En el siglo X IX, l as
mujeres constituían un porcentaje desp roporcionadamente alto entre l as personas
confinadas en los manicomios 162 .
160 ROY PORT ER, S. “L ad y E leanor Davies, la loc a”, e n CALVI, G. (ed .). : La mujer barroca ,
Madrid , 1995 , págs. 54-55 .
161 M ATEO ALAYA, E. J.: “La locura en la Edad Mod erna”, en L os anteced entes de la e ximente d e
ano malía o a lteración psíqu ica, Zaragoza, 2 005, p ág. 80.
162 J IMÉN EZ MOR ALES, M ª I . y QU ILES FAZ, A . ( coor ds.): De otra s mirad as: Reflexio nes sobre
la muje r de los sig los XVII al XX , Má laga, 199 9, págs. 48 7-494 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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2. APROXIMACIÓ N AL ESTU D IO DE L AS
M UJERES Y LAS ESTRAT EGIA S
FAMILIARE S EN EUROP A
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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En el setecientos se inicia en Europ a la transformación social, e conómica y
política que provocará el fin del Anti guo Régimen y el nacimiento de la n ueva e ra
Contemporánea.
La población c recía a la par que se redu cía la m ortalidad y estas pe rsonas
demandaban más alimentos y manufacturas, lo que estimuló la producción agraria e
industrial, así como, los intercambios comerciales.
Si Gran Bre t aña dirigía la economía, Francia la ideolo gía pol ítica.
Inte lectuales f ranceses c oncibieron la filosofía de la I lust ración, basada en la razón.
Ésta se im puso en las parc elas de la sociedad, calificando a l Dieciocho como “el
Siglo de las Luces”.
La s ideas de los ilustrados minaron los cimientos en los que se asentaban
los principios de la monarquía absoluta y d e l a sociedad estamental, hasta el punto
de provoc a r el estalli do de la revolución fr ancesa de 1789. C on ella terminaba la
era Moderna. Europa iba a cambiar y comienzan a t ener un nuevo sentido términos
que posteriormente adq uirirán una ma y o r si gnificación: Este es el caso de
“socializar”.
Socializar, se ex plicita que es un “proceso po r el cua l las personas aprenden
a conformarse a las normas sociales, un proceso que hace posible la per manencia
de una sociedad y la transmisión de su cultura de una g ene ración a otra” 175 . Una
s egunda definición l o concibe como un “pro ceso mediante el cual se tr ansmit e a un
175 ABERCRO MBIE , N., H ILL, S. y T URNER, B. S.: D iccion ario d e Soc iología , Madr id, 1986,
pág. 21 5.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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nuevo miembro de un g rupo social los valores, normas, aptitudes y
comportamientos compartidos por los miembros ya e xis tentes del mismo grupo 176 .
2.1. La familia en los cambios sociales del siglo XVIII
Al igual que en Eu ropa, la España del Setecientos presenta una sociedad en
transición del sistema estamental al de clases. Au nque se mantienen los privilegios,
cada vez adquiere más relevancia el poder del dinero, por lo que no era imposible
ascender en la escala social por la fortuna o la inteligencia.
El g rupo privilegiado por e x celencia lo sigue constituy endo la nobleza,
poseedora de gra nd es extensiones de tierra y numerosas re nt as. J unto a la
aristocracia de sangre ha bía surgido una nueva nobleza proveniente de la venta de
títulos o de la concesión de éstos para los servicios prestados a l os monarcas. Esta
nobleza se hiz o cortesana y palatina a i mitación de la de Ve rsalles. L a nueva
dinastía Borbónica impus o la lengua francesa en la corte, dond e se c elebraban
lujosas fiestas, conciertos o represe ntaciones de óperas. La influen cia ga l a se hizo
incluso en la vestimenta, adoptando los nobles las casacas mil itares de bril lantes y
grandes pelucas sobre la cabeza afeitada, contrastando con los ropajes ne gros de los
austeros caballeros de la época de los Austrias.
La b aja nobl eza, compuesta por los hidalgos, apena s podí a sobrevivi r
debido a la institución del ma yora z go que sólo permitía heredar al primo génito y
dejaba casi en la ruina a los seg undones que de bían dedicarse a la Ig lesia, e l
ejército o a l a administración. En la España del Setecientos los trabajos m anuales
eran considerados desh onrosos para la nobleza. Por ello, una de las reformas
176 DEMARC HI, F. ( ed.): Diccionario d e Sociolo gía , Mad rid, 1986, pá g. 1569.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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sociales que el re y ilustrado Carlos II I se vio obliga do a realizar fue la
promulgación de l a Real Cédula de 1783, por la que se consideraban h onrados
todos los oficios y trabajos mecánicos y no se oponían a las prerrogativas de l a
hidalguía 177 .
En ese plano reformista un eje de vital i mportancia l o consti tuyó el afrontar
los cambios pertinentes en el otro gr an grupo p rivilegiado, el clero, alcanzando
incluso aque llas agrupaciones con un marcado ca rácter r eligioso, caso de las
cofradías 178 .
D e igual modo, el program a de reformas alcanzarí a el resto de colectivos de
una sociedad estamental que comenzaba a experimentar modificaciones en su s eno
desde las primeras décadas d el s etecientos. Y como es lógico, la ba se de la
estructura so cial, la f amilia, asistirá a modificaci ones de diferente calado, según l a
jurisdicción de estudio.
Es ver dad que el concepto de famili a no ca re ce de ambigü edad. En l a
actualidad el término fa milia significa re alidades diversas. En s entido a mplio, es
“el conjunto de personas mut uamente unidas por el matrimonio o la filiación”; o
aún “la su cesión de i ndividuos que descienden un os de otros”, es decir, “u n li naje o
descendencia”, “una raza”, “una dinastía” (Petit Robert) 179 . Pero el término tiene
t ambién un sentido estricto, mucho m ás habitual, que los diccionarios dan como
primera acepción y qu e es la única qu e los soció logos s uelen tomar en cuenta. En
este sentido designa “las personas emparentadas q ue viven bajo el mismo te cho”, y
177 E l te xto d e la Céd ula de 1 783 se incluyó e n la Noví sima Recop ilación como Le y VI II del título
XXIII d el lib ro V III, en España: Rey (1 759-17 88) Car los III y en ES COLANO DE AR RIET A, P .:
Práctica d el Co nsejo Rea l en e l d espach o de los neg ocios con sultivos, instructivo s y co n tenciosos,
177 6, tomo 1, Mad rid.
178 A RIAS DE SAAVEDR A ALÍAS, I . y LÓP EZ-GU ADALUP E MUÑOZ, M. L.: L a represió n d e
la religiosida d popu lar. Crítica y acción contra las cofradías en la España del siglo XVI II,
Granada, 200 2.
179 REY, A.: D iccionario Le Peti t Robert, 2, Par ís, 2007, págs. 288 0.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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más especialmente “ el padre, la madre y los hijos”. Est os dos elementos de
definición de l a familia en sentido estricto son conciliables en la m edida – y sólo en
la medida – en que en n uestra sociedad es raro q ue vivan en el m ismo hogar otras
personas fuera del padre, la madre y l os hijos 180 .
Los diccionarios de l os siglos XV II y X VIII presentan las vo ces
“pare ntesco”, “linaje”, “raza”, “casa” y h asta “familia” como casi sinónimos, y
nosotros mismos parecemos ha be rlo admitido cua ndo se trataba de oponer la
familia-parentesco a l a familia-residencia. Pero en rea l idad no eran si nónimos o no
lo fueron siempre. El concepto de casa es en el fondo i ntermediario entre los de
“raza” y de “fami lia”. Del mism o modo que e l dere cho civil, consideraba
absolutamente sinónimos los términos parentesco y consan guinidad. Un pa riente es
una “persona que está un ida a nosotros por la san gre”, escribía Richelet en 1680 en
Francia. Y l a Acad emia en 1694, definía el parente sco con una sola palabra:
“consanguinidad”, aunque esto es discutibl e 181 . Pero la referencia a l a s angre
f ormaba parte de la ideología del parentesco.
¿Cómo era la estructura de estas familias europeas y más concretamente l a
visión del caso francés e inglé s? , o dicho de otra manera ¿qué clase de ví nculos – y
más precisamente qué vínculos de parentesco – había entre sus miembros?
Al parecer en toda Eu ropa, el tamaño m edio de las famili as estaba
comprendido entre 4 y 6 personas 182 . Es un hecho que la famili a de t amaño
r educido se a un rasgo ca racterístico de Occidente en los siglos XV I, XV II y XV III .
Hubo en Europa occidental c asti llos y chozas, g randes g rupos familiares
180 FLANDRIN, J. L.: Oríge nes de la familia mo derna . B arcelona, 19 79, págs. 7 1- 261 .
181 REY, A.: D iccionario Le Peti t Robert, 2, 200 7, pág. 288 0.
182 FLANDRIN, J.L.: O ríg enes d e la fa milia mod erna , Ba rcelona, 197 9, pág. 7 5.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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dominantes y pequeñas familias dependientes. S on esta coe xis tencia y esta
asociación las que caracterizaron la sociedad occidental del Antiguo Régimen.
Así pues, l a o rganización social, su comprensión y análisis es el verd adero
objetivo a trabajar . Partim os de un concepto-guía de “reproducción social” que
genere un din amismo entre las categorías soci ales, de campesinado, monjes y
grupos de pod er; que permiten hacer teorías que avancen en el proceso de
conocimiento de la rea lidad social impre gnada por la instit ución fam iliar y
explicada en función de la organización social.
La Historia d e la Familia, dentro o como categoría al lado de la Hist oria
Social constitu y en al go más que una relación entre la investigación y l a orientación
historiográfica. La s posi bilidades de la ins titución familiar par a ente nder la
organización social de c ualquier comunidad, r eflejan la pluralidad de perspectivas
que desde el con cepto y realidad de l a familia s e ofrece al análisis y a la teorí a
social y pone de manifiesto la interrelac ión de las mismas perspectivas.
Exist en dos líneas argum entales interacción fami lia – sociedad y relación
familia – cambio histórico.
A mediados del siglo XIX L e Play y sus di scípulos 183 come nzaron a
c onsiderar a la familia co mo institución que garantiz a el orden social y mor al, que a
su vez sufre l os ca m bios que caus a la industrialización (migración y urbani zación),
y po r lo t anto, en l a familia, ésta y su proc eso ev olutivo es el factor explicativo de
la organización social, objeto prioritario de investigación.
183 Son muchas las ob ras que se han ocupado de explicitar las te sis del sociólo go francés. Un bue n
análisis de las mismas y su integració n y co ntextualizaci ón se puede e ncontrar e n CASEY , J .:
Historia de la Fa milia , Madrid, 1990, y en la obra del antropólo go B ESTARD, J.: Paren tesco y
modern idad , Barcelona, 1998, págs. 70 – 86.
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A lo largo de los úl timos 150 años, las teorías que han intentado ex plicar la
organización social a tr avés de la familia se han relacionado entre s í medi ante l a
crítica a cada propuesta teórica.
A la explicación unil ateral por la qu e el proceso de cambio y
transformación partía d e una disolución de la solidaridad famili ar, para d ar paso a
un modelo nuclear, e i ndividualista, le seguirá a finales de los años 60 del siglo
pasado, l a tesis que de la mano de Peter L aslett y el grupo de Cambrid ge, que
rompió el mito de la pervive ncia de la ampl ia fa milia tradicional 184 . La
pe rmanencia y continui dad de dicha tesis demuestra el peso de la tradición
historiográfica y un m arco teórico renovado por la hegemonía de otr as tend encias y
corrientes, cuyos obj etos de investigación se encontraban más di rectamente
relacionados con los conceptos de Cien cias So ciales, generados en tor no a los
dominios de lo económico o lo político.
En e l último terc io del S. XX hay una ex plosión historiográ fica y una
renovac ión de los conce ptos vigentes, que con anterioridad a Pete r L aslett y al
grupo de Camb ridge, s e habían empezado a cuestionar. El principal probl ema que
la Historia de la Familia nos ha dado, es el de su ins erción en el estudio de l a
comunidad.
Desde la cita de Levi Strauss 185 “sin familia no habría s ociedad, pero sin
s ociedad no habrá famili a” pasando por la formulación en la década de los 50 del
concepto de red social en los trabajos d e Glu ckman 186 , el estudi o del contex to y el
entorno social en el que se inscribe la familia s e ha convertido en una nece s idad
184 L ASLETT , P . y W ALL, R.: Ho useho ld and family in p ast time; co mparativ e stu dies in the size
and structure o f the domestic , Cambridge, 19 78.
185 LEVI ST RAUS, C.: L as est ructuras elementales del p arentesco , vo l. I I, Barcelo na 1 992, p ág.
207.
186 B ERRUECOS, L. A.: “H. Max Gl uckman, las teoría s a ntropoló gicas sobre el c onflicto y la
e scuela de Manc hester” , El Cotid iano , vol. X XIV, nº . 153, 2009 , págs. 97-11 3.
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que permite afirm ar qu e el capital relacional es pr ecisamente una d e las re flexi ones
más necesarias.
La familia entendida com o construcción social ofrece una s erie de vías de
investigación, que están transformando el anális is sobre la o rganización social y
obligan a romp er una ser ie de barreras académicas y procesos sociales: revolución
liberal, crisis de la sociedad tradicional y del Antiguo Régimen. Es necesario
precisar que este no existe ni como obj eto historiog r áfico autónomo, ni c omo
entidad aislada. Son las r edes de ascendientes, descendientes y colaterales, qui enes
sitúan a la famil ia en un contexto que no puede ser dejado al margen. A partir de
aquí s e entra en una dimensión relacional, tant o horiz ontal, o de otro t ipo y qu e
tienen al indivi duo como prota gonista como de tipo vertical, en la qu e el ci clo de la
vida se ha convertido en fundamental para conocer las fases que atr aviesa la familia
y l as opciones que se pr esentan a los individuos. La v erdadera dimensión relacional
y so cial se adquiere cuando ponemos en pr áctica el método de g ene alogía socia l.
No se trata de lev antar genealogías, si no tene r en cuenta, la transmisión del
patrimonio, y detectar las posibilidades de promoción y movilida d social,
ascendente o des cendente que nos ap roxim an a las diferencias y desigualdades
sociales. Nos referimos al concepto de reproducción social. Es evidente que nos
encontramos en un p roceso de evolu ción epistem ológica que ha lo grado s uperar la
etapa familista. Esta etapa ha demostrado su insuficiencia como factor expl icativo
de la organización social 187 .
Es e vi dente que nos encontramos en plena fase de cambio y
transformaciones. Tras la re construcción familiar, la tipología estructura l en esta
187 Las r elaciones se estab lecier on entre la geo grafía d e las forma fa miliares, los facto re s
demográfico s (niveles de celib ato según las cohorte s e d ades femeninas de p ri m er acceso al
matrimonio y ta sas de masculinidad seg ún el ta maño de las p oblac iones ( tipolo gía d el agregado
doméstico y sistema de herencia) .
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etapa de intentos de m odeliz ación a través de esta blecer relaciones entre ti pología y
variables d emográficas y económicas, aparecen n uevos problemas en el h orizonte:
integran el parentesco en su dim ensión social, analizan y explican los vínculos que
ponen en relación a los individuos o s itúan a la f amilia en la red s ocial de
solidaridad, relaciones de dep endencia y ciclo de vida. Sólo d esde la perspectiva
generacional se puede entender los ideales de reproducción y perpetuación.
Los últimos estudios sob re la demo grafía histórica han hecho caer mucho s
tópicos sobre l a socieda d europe a de final es del Antiguo Régimen. S egún estas
investigaciones, no era una familia patriarcal, ni contraían matrimonio en la
pubertad, ni las mujeres daban a luz cada año. Habría que destacar en esta línea de
investigación a l a Universidad de Murcia dond e se ha potenciado d esde l a década
de los noventa del si glo pasado hasta la ac tualidad, mul titud de estudios entre los
que destacamos los trabajos de F. Chacón Jiménez y Juan He rnández Franco.
Para confirmar los planteamientos teóricos, a la vez que dan un paso
adelante en el proceso d e relación entre fami lia e Historia social, se proponen tres
líneas de debate e investigación. En primer lug ar la de Norberta Amorim 188 ,
r especto a la relación entre Demografía Histórica y Familia.
Todos los autores reseñ ados y los i nvestigadores que siguen los modelo s
propuestos, coinciden en señalar que la relación entre Demografía Histórica y
familia, es uno de los retos más complejos de solucionar, pero a la vez necesarios.
En los años 80 d el siglo XX, A. W ringle y 189 coloca a la f amilia como ej e de
la renovación de la demografía histórica y p ropone abordar las relaciones entre
sistema demográfico y entorno socio-económi co y cultural. P osteriormente, R.
188 CHACÓN J IMÉNE Z, F. y HERN ÁNDEZ FR ANCO, J. (eds.) : Espacios sociales, un iversos
familiares. La familia e n la h istoriografía esp añola , Murcia, 20 07.
189 W RINGLEY, E.A.: “ Po pulation Histor y in the 1 980 ”, J ourn al of I nterdisciplin ary History ,
XII/2, 1981- 1 982, pág. 28 7.
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Pegar a la mujer no l e impide el mal pensamiento. Pegar a la mujer es
como golpear un saco de harina: lo bueno se va, lo malo queda 198 .
Esta evolución de p receptos de la sabiduría pop ular, difícil de d atar con
mayor precisión, probablemente va acompañada de una transformación de
comportamientos, sobre todo en l as elites sociales. La a ctitud del hombre respecto
de la mujer se convierte en una de las principales pruebas de civilización.
A comienzos del siglo XVIII, Antoi ne Blanchard decía que la mujer no e s
y a arpía difícil de domest icar, sino una persona amable y d e buen sentido, d e la que
se espera que sea razonable para ambos, se convierte en emisaria d e la Iglesia junt o
a su ma rido, como lo será, y d e modo mucho má s manifiesto, en los siglo s XIX y
XX 199 .
P ara Blanchard y a no hay r azón para autorizar al marido a p egar a su mujer,
mientras que los autores de los siglos XVI y XV II t enían una actitud ambi gua a
este respecto.
Jean Benedicti nos da a entende r tambi én de qué ma nera se realizó e l
cambio de costumbres de su época. Por una parte se llevó a cabo por vía de los
tribunales que, desde finales de la Edad Medía, parecía n haber acordado más a
menudo el “divorcio ” a las muj eres que había n sido golpeadas “atrozm ente”,
“extraordinariamente” o “cruelmente” 200 .
E n Francia tanto la Iglesia como el Estado se p resentaban favorables a la
vez a l a libe rtad d e los matrimonios y a la auto ridad de los padres, e i ntentaban
conciliar estos dos imperativos de una m anera que a nuestros ojos resulta
198 QUIT ARD, M.: Prov erbes su r les femme s, l’amitié, l’amo ur et le mariag e , P arís, 1861 .
199 BLANCHA RD, A.: Pr ior de Saint- Mars-les-Ven döme , París, 1713 . 2 vols.
200 G ELABERT O VI LAGRÁN, M .: “Legislación y ju sticia c ontra b lasfemos. (Catal uña, s iglos XV-
X VIII) ”, Hispa nia Sacra , vol. LXIV, nº 130 , 2012, p ágs. 525-564.
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paradójica. El jurista Honard justificaba en el si glo XV III la doctrina rea l en esta
cuestión.
El fin principal de las ley es es hace r que los compromisos de las partes
sean plenamente libres y volunta rios, es deci r, que su libert ad y su
voluntad se ejerzan sin coer ción, ni de l as pasiones, ni de las personas; en
una palabra, que la reflexión y sólo ella dirija todos los movim ientos.
Nadie dirá que, agitado p or la más imperiosa de las pasiones – se habla de
la que lleva a un sex o a unirse al otro -, el hombre quiere l ibremente. Por
tanto, la le y, al prever en cuántas circunstancias puede un a pasión violenta
menguar en el hombre la fa cultad de reflexi onar, ha tomado t odas las
preca uciones n ecesarias para restituirla cuando h a tenido l a des gracia de
perderla. Es por ello que el soberano, que sólo interviene en nombre del
padre y de la madre, y que sabe que no puede es tar mejor informado que
éstos acerca d e l os motivos imperativos del compromi so que s us hijos
desean contraer, ha determinado hasta qué punto debería ll evarse l a
observancia por los hijos de los consejos y de las i ntenciones de su p adre y
su madre 201 .
Y en re alidad, cuando lo s padres se obst inaban en una elección irracional,
los hijos podí an apelar a los tribunales reales, que – y a fuera tras consultar a un
consejo de fa milia cuando se trataba de menores, ya fuera por decisión arbitraria
del fiscal cuando eran may or es – a menudo fallaban a favor de estos 202 .
O tro de los asp ectos contemplados por los tratadis tas de la épo ca era el
concer niente a los sentimientos. Al poner el acento sobre el respeto y la obediencia
que la esposa, los hijos y los domésticos debían al jefe de f amilia y a los deberes d e
protección, d e vi gilancia y de corrección del mi smo, no es seguro que ha y a mos
caracterizado suficiente mente las relaciones do mésticas, puesto que l a mayor p arte
de las demás relaciones sociales también s e fundaban en el principio de autoridad y
en los debe res d e prot ección, de vigilancia y de corrección qu e co rrespondía a los
superiores. ¿No se esperaba acaso de los miembros de la famil ia que
201 GOUESSE, J.M. : Docum ents de l’ Histoire de la Norman die . Toulouse, 19 72, pág. 313 .
202 FL ANDRIN, J .L.: L e s amou rs pay sannes . Amo ur et sex ualité da ns le s ca mpag nes de l’ ancie nne
France (XVI-XI X), Par ís, 1976, págs. 1 79-18 2.
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experimentaran recípro camente sentimi entos espec íficos de las relaciones
familiares que llamamos amor conyugal, amor materno, amor paterno, amor filial,
sentimiento fraterno y que, con o sin razón, los distingamos de lo que el
cristianismo entiende por “amor al prójimo”?.
La s form as de subjetivi dad de las mujeres se han construido históricament e
en el context o de los dis cursos y las formas de relación propias de su tie mpo. Sus
vidas, su escritura, testi monian de una pluralida d de deseos que se ex presaban a
través d e usos p articulares y valores propios de la época. S e m anifiesta un a
singularidad indivi dual: mujeres que siguieron dispares tra y e ctorias vitales, en m u y
distintos contextos cultura les y políticos y en cons ecuencia des arrollaron p untos de
vista diferente s sobre el amor, el matrimonio, la maternidad o la actividad
intelectual y socia l. Sin embargo, pueden percibirse algunos elementos de
conexión. El deseo amoroso está vinculado a un ideal autoexigente de excelencia
moral y a una conciencia resignada, de la desigualdad de las reglas im puestas a
mujeres y hombres en el amor. Asumi r sus s entimientos no implica en ellas
sumarse a la tolerancia hacia las libertades amorosas de l os hombres, sino que,
desde una persp ectiva d e l a doble moral sex ual, se ex tiende a una exi gencia d e
reciprocidad en la cond ucta amorosa. Un se gundo elemento común es l a actitud
algo distante hacia el ma trimonio, e incluso l a vi sión de la mat ernidad idealiz ada.
El tercero es la presencia de otros deseos y ambiciones, como la amistad o l a pasión
intelectual, asumidos co mo aspiraciones person ales y cause para fomentar las
energías de las mujeres, que cuestionaban la tendencia a identificar a su sexo, de
forma exclusi va, con l a d omesticidad con yugal y l a ternura materna. Esta f orma d e
pensar no representa a to das las mujeres, sin emb argo, es significativo que m uchas
de ellas aunque adm itían su papel domést ico ya no idealizaban sus
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responsabilidades y funciones y admitía el mal estar en lo privado, es decir, la
profunda desi gua l dad q ue atravesaba el ord en m oral y sentimental (además de
económico y j urídico) d e l a familia y l os sufrim ientos que ello causaba a algunas
mujeres. Ellas reclamaban l a posibilidad de r ealizar deseos y expectativas que,
aparte del espacio doméstico pudiesen compartir los espacios públicos de la
sociabilidad y l a actividad intelectual o reformista, así como las satisf accione s
íntimas y personales de la amistad y la sol edad, ex periencias y afectos que
formaban parte de sus vidas y a las cuales no querían renunciar 203 .
E n definitiva, los esposos y sus hijos se distinguí an ya, en el seno de la casa,
por el mal qu e podían hacerse o d esearse mutuamente. El que estos s entimientos
fueran característicos de l a familia tal como ho y l a concebimos s e debía a que s us
miembros estaba n indisolublemente l igados unos a otros por el mat rimoni o
cristiano, la solidaridad del honor, la autoridad legal del padre y l a dependenci a
económica de todos respecto del patrimonio común.
La s nociones de amor, afecto, ape go sentimental …, aparecen directamente, o
bien por mediación de su contrario, la indiferencia y la f rialdad.
Por su parte, en Inglate rra dur ante el si glo XVIII se ve cómo las reuniones
mundanas se convierten en verdaderas bolsas de dotes y de maridos, y c ómo los
matrimonios se realizan por medio de pequeños a nuncios que indican la d ote de l a
joven 204 . Una multitud de autores in gleses, m oralistas y novelistas, denunciaron
e stos matrimonios mercenarios hasta finales del s iglo XIX. Se tomará conciencia
de ello si se observ a qu e l os autores franceses de la misma época se indi gna ban
203 B OLUFER PE RUG A, M.: “La realid ad y el deseo: Formas de subj etividad fe menina en la épo ca
m oder na”, en DE L A P ASCUA, M. J. , G ARCÍA D ONCE L, Mª R. y ESP IGADO TOCINO, G .
(eds.) : Mujer y d eseo , Cád iz, 2003 , pág. 382.
204 HALL, J .: R esolutio n de dive rs cas de co nscienc e, Ginebra, 166 4. págs. 34 5-347.
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más bien por la locura de los hijos de buena familia, que se casaban por amor con
muchachas d e condición i nferior. El “nuevo” m odelo del siglo XVIII sufrió
algunos cambios, gracias al aporte de los racio nalistas ilustrados que se dieron
cuenta que los roles familiares debían democratiz arse, y que la mujer especi almente
debía tomársela en cuenta en la organización fami liar, con el fin de se r una buena
educadora, amante virtuosa en la vida hogareña.
El m odelo basado en la d omesticidad se aplicó en I n glaterra, y l ue go en el resto
de Europa. En este s entido, el material lite rario favoreció g randemente la
transmisión de los valores familiares que debían imperar en l a sociedad, sobre todo
en l os g rupos “eva ngé licos y disidentes de diverso sig nificado”, los cuales
formaban parte de las clases medias in glesas en las primeras décadas del si glo X I X:
“L os escrit os morales y las formas d e piedad evangélicas abund aron en la
concepción puritana de la familia como eje de la vida comunitaria y c omo una
fuente d e orden, en un período de inestabilidad marcado por el i mpacto de la
revolución francesa y por la amenaza del radicalismo políti co” 205 .
L a idea era valorar el hogar familiar, lo privado, lo íntimo, que no influ y e ra lo
externo en el espacio c otidiano. Al respecto, la autora evan gélica Hann ah Mor e
(1745-1833) fue una d e las principales de fensoras de la vida doméstica en que la
familia aparecía al mism o tiempo como un espacio físico, el ho gar ínti mo y
proteg ido s eparado de las injerencias ex ternas, y como un orden moral, un
“pequeño perfecto círcul o” como ella l e llamaba. Esta nueva m entalidad, por
decirlo de algún modo, también influyó en la dis posición material de la casa de las
clases medias i nglesas al disponer de espacios ho gareños más grande y confortable,
205 MORANT DEUSA, I.: “Orí genes del m atri m o nio y de la fa milia moderna”, R e vista austral d e
ciencia s sociales , 1 1, 200 6, págs. 147-15 7.
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fruto del desarrollo económico industrial. “Una vida intachable, junto con un a
acendrada fe r eligiosa, constituí an los rangos distintivos sobre los cuales las clases
medias ing lesas trataron de forjarse una identidad y afirmar su heg emonía moral,
diferenciándose al mismo tiempo del pueblo y d e l a aristocracia tra di cional ” 206 .
El discurso i lustrado español tuvo ingredientes semejantes al inglés.
Identificaban a la famili a como aqu el núcleo formado por la p areja y los hijos, es
decir, el ámbito privado-doméstico. Hay muchos refor mistas que sobresal en, entre
ellos sin duda la que más influ y ó en el mundo femenino fue Josefa Amar 207 .
P ara los reformistas europeos, el orden familiar fu e si nónimo del orden público.
Tanto es así que, durante la monarquía francesa, e l Estado intervino de tal modo en
la organización familiar que cualquier incidente se zanjab a en los tribunales d e
justicia y con las lett res de cachet. Eran los p ropios miembros los que denunciaron
los comportamientos poco adecua dos , como por ejemplo l os affa ires del esposo o
la esposa, o bien cualquier otra actitud que alterase la armonía con yugal, porque
eso mismo s e refleja ba e n la descomposición del Estado. P or lo nocivo del sis tema,
las lettres de cachet fueron abolidas durante la revolución 208 .
C omo hemos expuesto, la función d el matrimoni o durante l a Ed ad M oderna
resulta p atente en el poder y potestad del pa dre para d ecidir y /o apr obar los
matrimonios de los hijos y, especialmente d e las hij as, lo cual se c ontempla
profusamente por las le y e s civiles. De esta form a el m atrimonio cumple dos
funciones: rep roducción del sistema social y re producción de la especie,
transmisión del patrimonio y produ cción.
206 MORANT DEUSA, I.: “Orí genes del m atri m o nio y de la fa milia moderna”, R evista au stral de
ciencia s sociales , 1 1, 200 6, pág. 149.
207 Ibíd em, pág. 157 .
208 Ibíd em, pág. 81.
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2.2.1. La necesidad del consentimiento paterno
Precisamente la función económica y p atrimonial del m atrimonio y , en relación
con ella, la creación de vínculos y alianzas entre famili as, hace qu e lo s padres
deseen controlar los enlaces matrimoniales d e los hijos y , especialmente, de las
hijas. El objetivo es est ablecer una estrategia q ue permit a a las famil ias escalar
posiciones, o manten erse dentro del mism o estatus socio-económ ico. El
consentimiento paterno al matrimonio es uno de los t emas en que los tribunales
civiles y eclesiásticos entran e n conflicto, pue st o que los dos se atribu y en las
competencias y legislan respecto al tema de forma diferente .
Por una parte, el Derecho Canónico, a partir del Concilio de Trento, declara
válido el matrimonio aunque no ex istiera consentimiento paterno. A parti r de ello,
la necesidad de celebrar el matrimonio delante del sacerdote y dos testigos, hizo
más difíciles las bodas sin consentimiento. También se indi caba la necesi dad del
consentimiento de l os contra y entes. Pero era suficiente con el consent imiento
tácito, lo que en la práctica significaba que si la m uchacha no manifestaba
expresamente su opi nión – lo cual era ciertamente difícil a causa del respeto
guardado a la autoridad del padre – s e suponía que consentía. P or otro l ado, la
legislación civil catalana, castellana y europea, def endía los intereses patrimoniales,
especialmente de las grandes familias, e imponían penas duras a la hora de castigar
a quienes no tenían en cuenta el requisito del p ermis o paterno, sob re todo si er an
menores de edad, es decir, no sobrepasaban los 25 años 209 .
209 CASEY, J .: “Le maria ge cla ndestine i n Andalo ussie a l’ é po que moderne”, en RED ON DO, A.
(ed.) : A mours legitimes, amo urs illegiti mes en Espag ne (XVIe- XVI Ie siécles), P arís, 198 5, p ágs. 5 7-
67.
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1 02
En los países protestante s, la Ig lesia consideró un requerimiento necesario este
permiso, y tanto en unos como en los ot ros, s e exigieron repetidos anuncios
públicos del compromiso (The posting of the ba nns) y el i ntercambio público de
votos 210 .
En Castil la existe una leg isl ación abundante sobr e esta materia, re cogida en la
Novísima Recopilación, una parte de ella procedente del Ordenamiento de Alcalá y
de las le y e s de Toro 211 . El Título II del Libro X “De los esponsal es y matri monios ;
y sus dispens as”, recoge las dispos iciones siguientes: La le y I condena la b oda de la
hija o parienta del señor s in consentimiento de éste, al destier ro, pudi endo ser
ejecutada si vuelve. La mujer es desheredada y puede ser a cusada p or parientes de
hasta el tercer grado 212 . Esta ley fue renovada por Real Orden de 20 de enero de
1784. La le y V, pro cedente de las l e y es de Toro, también hace refere ncia a la
prohibición de los matrimoni os clandestinos. La l ey I X, correspondient e a la
Pragmática de 23 de m arzo de 1776 explicita que el consentimiento lo tiene que dar
el pa dre, y en su defecto la ma dre, o los abuelos, o los tutores y que la le y
comprende desde “las cl ases más altas del estad o, sin excepción alguna, hasta las
más comunes del pueblo” 213 .
210 G AUDEMET, J.: “Le mariag e en O ccident”, ci tado en N AVAR RO-VA LLS, R.: E l ma trimon io
en Occ idente , Madrid, 199 4, págs. 262-27 0.
211 FRIEDMAN, E. G ., “El estatus jurídico de la mujer castell ana durante el Antiguo Régimen”, e n
GARCÍA-NIET O, Mª. C. ( ed.): O rd enamien to jurídico y realida d social d e las mujeres. Siglo s XVI
a XX . Actas d e las IV Jorna das de I nvestigac ión I nterdisciplina r, Mad rid, 198 6, pá gs. 41-53, op.
Cit, pág s. 42 -46. Sin embar go, par ece ser que e n Inglaterra el c onsentimiento no fue nunca un
requisito legal, co sa que co nstató Montesquie u en el siglo XVII I. París, 1 984, pág. 4 3.
212 Novísima reco pilació n…, Título II, Libro X de los co ntratos y obligacio nes, te stamento y
herencia, citad o en PÉRE Z MOLINA, I., VI CENT E VALENT ÍN, M., IBERO, A., C ARRASCO
DE LA FUENT E, E ., GI L, A.: “Las mujere s e n el A ntiguo Régime n. I m agen y realid ad : siglos
XVI-XVIII” , e n PÉREZ M OLI NA, I.: Las mu jeres y el matr imon io en el derecho c atalán moderno ,
Barc elona, 1994 , págs. 19-55 .
213 D E CÁRDEN AS Y VI CENT , V.: “Estudios genealó gicos, heráld icos y nob iliarios”, H i dalgu ía,
II, 197 8, p ágs. 9 9-127, en D E PALACI O, J . Mª. y DE PAL ACIO M ARQ UÉS DE VI LLARRE A
DE ÁL AVA: Antigu a leg islación civil e spañola sobre desposorio s y ca samiento s, que regía en
Españ a antes de la promulg ación del Código Civil, y que se aplicaba en el rein o de Vale ncia en el
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La le y se ejerce ahora so bre los menores de 25 años de ambos sexos , puesto que
durante el siglo XVI s e discutió repetidamente la necesidad o no de incluir a los
hijos varones para evitar matrimoni os desigua les. Los ma y o res de 25 años debían
pedir permiso, aunque podían no obtenerlo, pero si no lo pedían se exponían al
mismo castigo, el desheredamiento. Es particular mente interesante l a le y X II (Re al
Cédula de 31 de agosto de1784), por la cual es necesario el permiso r eal para
contraer matrimonio para los indivi duos de ambos sex os de los colegios,
universidades y seminarios, tratándolo como un asunto de estado: “Deseando (...)
que se evite la pérdida de un gran núm ero de jóvenes de ambos sexos, que llevados
de la s ensualidad, y sin la debida reflex ión cortan s u carrera al mejor tiempo y se
inutilizan en perjuicio del Est ado y de sus propias famili as...” 214 . En la ley XI V
( Real Cédula del 16 de mayo de 1784), se encarga a los prelados que si gan la le y
civil, dado que a quien se casa sin conse ntimiento paterno “ ... estando en pecado
mortal no se l e puede ad mitir a la p articipación d e l os Santos Sacramento s...”. L a
abundancia d e le y es, al gunas ratificando las anter iores, puede m u y bien indi car que
se incumplían, pero también el gran interés de los poderes laicos para control ar los
contratos matrimoniales, o, lo que es lo mismo, l os pactos e intereses de las grandes
familias 215 .
E n el c aso c atalán l a legislación es también elo cuente a pes ar d e no s er tan
abundante como en C astilla. Las Constit uciones de Cataluña reco gen disposi ciones
como el Usage “Ex heredare” se gún el cual los padres pueden deshe redar: ( a s us
siglo XV III, au to de la promulgació n de la Rea l pragmática d e Carlos II I de 23 de ma rzo de 1776 ,
to m o V, p ág. 11.
214 N ovísima recopilac ión… , Tom o V, Libro s X, XI, y XII, p ág. 15 .
215 Novísima recop ilación … , Libr o X, Título II , Leyes I, V , IX, X, XI I, XIV-XVII I. Sob re la
inclusión d e los hij os varo nes ver FRIED MAN, E .G., “El es tatus jurídico de la mujer castellana…”,
págs. 41 -53.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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hijos, o hijas, nietos/ as, si s on tan presuntuosos, que al padre, a la madre, abuelo/a
gravemente hirieran, los deshonran, los acusan d e crimen en juicio, o si los hijos se
hacen t raidores, si las hijas no se ajustan a maridos). Ha y que destaca r también l a
Constitución Jacme per la gratia concedida por Jaume I en 1218. E n ella se
establece que (cualquier hija de cualquier hombre que sin consentimiento expreso
de padr e o de mad re, o de tutores, o muertos éstos, sin consentimi ento de sus
allegados tom ara m arido, o que sin matrimonio permitiera s er raptada, o con
alguien hui rá sin la vol untad de ellos , en los bienes paternos o maternos nunca
suceda: a aquel que tal doncella o hija de alguien tomara por la fuerza, o contraiga
así m atrimonio con ella, o con ella hu y a, se le condena a pena de ex ilio
perpetuo) 216 . En Bar celona, como privilegio local, el consentimiento se extiende a
l os hijos varones. Est a Constit ución es reafirma da por la P ragmática dada por el
mismo J aume I el año 1244. L a Const itución Com fer, o contraure, dada por
Fernando el C atólico en el año 1413 establec e que el “s eductor” será condenado a
exilio. El consentimi ento lo debe dar el pad re, en su defecto, el abuelo, sino, la
madre y si no el tutor o los dos o tres pari entes más cercanos. Es una disposi ción
similar a la castellana de 1776, pero la madre ocupa aquí una si tuación más
relegada. También esta Constitución hace una distinción entre las hijas mayores y
menores de 24 años, dado que si son m ay ores no pueden ser desheredadas. Para los
juristas Joan Pere Fontanella y J aume Cáncer s ólo podrían serlo si casara n con una
persona indigna 217 .
216 CONST ITUCIONS I ALTRES DE CATALUNY A, Libro I X, Título VI II y FONT ANELLA, I.,
DE P ACTIS, cl 5 , gl 5, p arte III, pá gs. 73-76.
217 P rag m á tica, incl uida e n el tit. II I del Llibre IX de la s P rag m át icas, ti tulado “De ad ulteris.. .”
C onstitució n “Eucara mes” d e 15 37, B arcelona 1 704 , libro V, tit. 1 , 2, 3 y 4; lib ro VI, tit. III ,
MASPONS ANG LASELL, F.: Derech o catalá n famili ar , según los au tores clási cos y la s
sentencia s del a ntiguo tribu nal supremo de Ca taluña , B arcelona, 19 56, pá gs. 166-17 3.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 11
El Censo de Aranda de 1768, se centra en d emarcaciones eclesiásticas y
que, en concreto, el obispado de M álaga aparece ci rcunscrito a nov enta y seis
pueblos que conf i guran un conjunto de 240.908 personas distribuidas en sólo dos
tipos de distinción civil: solteros/as que ascendían a 198.078 y casados/as a 42.830.
Por t odos estos datos el profesor Sanz Sampela y o aclara que Málaga
representaba el 13,4 por ciento de la población andaluza, dándonos idea de su papel
e importancia durant e el Antiguo Régimen en cuant o a su presión urbana: Málaga,
Antequera y Ronda con más de cincuenta mil . El li toral presenta c asi por completo
una población superior a las mil personas, l o que señala posibles asent amientos
más acorde s con re alidades socio-económicas al final de un largo periodo de
incursiones berberiscas.
Málaga, al i gual qu e el conjunto de Andalucía o riental tiene unos índices
muy parecidos a la media nacional, aunque apu ntando un crecimiento d e futuro
firme, ya qu e no ha y que olvidar que los procesos inm igra torios s on impor tantes y
dicen mucho. Su media de edad no va más allá de los veinticinco años, cambiando
de signo en adelante al marchar por debajo de u n conjunto andaluz que es superior
al nacional.
La población ma lagueñ a tiene una etapa d e de spegue en el setecientos.
Málaga en el s iglo XV es una ciudad de colonización. Más adelante, la
documentación d el año 1626 alude a qu e la población mala gueña ascendía a ocho
mil vecinos 223 , algo más d e treinta mi l personas, siendo los primer os reg ist ros de
i nterés los qu e enlazan con el Setecientos. E n 1717, el llamado C enso de
223 SAN Z SAMP ELAYO, J.: Factores d e riego y de desarroll o en una ciudad del litoral an dalu z: la
pob lación de Málaga en el siglo XV III , Málaga, 199 8, p ág. 2 2. T endrá Mála ga oc ho mil vecinos,
entre los quales ay muchos caballero s, hij osdalgo de casas muy conocid as c omo lo certifican sus
nobles apellido s q ue fueron lo s q ue en tie m p o de los Reyes Católicos a yudaro n a la conquista desta
Ciudad. A y as imes m o mucha gente e xtranjera de d iversas na ciones q ue ge neralmen te tr atan en su s
mercenarzia s...
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 12
Campoflorido 224 anota 4851 vecinos, cifra en la que destaca s u elevado nivel de
ocultación. Bien, d e acuerdo con la desvi ación que sugiere la T asa de Natalidad
teórica, puede especularse con que se alude a una población al go superior a las
treinta y siete mil personas (alrededor de 37.312) 225 . El porc entaje anual d e Málaga
es de (1,57) y el crecimiento relativo (10,97) determi nando un momento de espec ial
interés que, sin embargo, va a quedar frenado en años inmediatos y a que el Censo
de Aranda (1769), con un total de 43.141 sujetos, estipula un corto descen so.
Pero el resumen del Censo de Floridablanca (1787) parece r efrendar que, e n
realidad, el periodo 1752 – 1768 lo que aprueba es una fase de “as entamiento”, en
absoluto un replieg ue, y la prueba está en que las 50.234 226 per s onas que registra
s uponen un aumento considerable (siete mil nuevos asientos) con un elevado
crec imiento relativo (del 11,64) y un porcentaje anual del 0,65.
A pesar de las numerosas catástrofes naturales 6 inundaciones y 2
terremotos-, las hambrunas y las epidemias que asolaron Málaga durante el siglo
XVIII, la población aum entó de 24.255 habitantes en 1717 a 49.049 a finales de la
centuria. Prueba de ell o fue la necesidad d e derribar las murallas medi evales y
ampliar el suelo urbano.
224 SAN Z SAMP ELAYO, J .: Fa ctores de riesgo ... p ág. 22. Relació n de vecinos co ntribu y ent es de l a
Pro vincia de Granad a por la que se e xigía la Se xta imposici ón co nsiderados lo s inciertos y aumentos
de vecinos que había pa ra su cob ro d espués d e la exacción de la Quinta (Bib lioteca Menéndez y
Pelayo de Santander, Manuscr ito 54 8/3439, p ag. 128 V. , Agosto 1 718).
225 SANZ S AMPELAYO , J.: Factores de riesgo ... p ág. 23. Presenta un corto margen de e rror.
226 SANZ SAMPE LAYO, J.: Facto res de riesgo . .. pág. 23. En esta Andalucía d e fin ales del siglo
XVIII tan sólo 23 de sus 7 98 núcle os urbanos superab an los d iez m il h abitante s. De ell os, nueve
coinciden e n la banda or iental. A d emás d e Mála ga, esa s ciu dade s eran: Anteq uera, Ronda, A lmería,
Úbeda , J aén, Alcalá la Real, Gr anada y Loja. Véase: SANZ S AMPELAYO, J. : Andalucía e n e l
Censo de Floridab lanca de 17 87. Algunas consid eracio nes sobr e su po blación. Po nencia p re sentada
al Congreso : “ II Centena rio del Cen so de F loridab lanca ”, Murcia, 1987 , Actas, págs. 37 5 – 396.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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3.2. Las mujeres malagueñas en las actividades ec on ómicas
La economía del ámbito m alacitano en el si glo XV III estaba dominada po r
dos polos principales: el cultivo de la vi d y el comercio de ex portación. Los
artesanos y comerciantes vinculados a buen a pa rte de los oficios r elacionados con
ellos, estaban bajo la re glamenta ción y di rectrices controladas por unas
corporaciones gremiales bi en implantadas en l a capital 227 , y d e su implantación
i nmediata a la incorporación a Castil la del antiguo espacio naz arí y que, en el caso
de las mujeres, tuvieron algunas salvedades coyunturales 228 .
En el paisaje ag rario predominaban las viñas sobre otros produc t os
mediterráneos como los cereales o el oli vo. Existían también otros cultivos de
menor importancia: almendros, higueras, caña de azúcar y hortaliz as para el
abastecimiento urbano. E sta diversidad era heredera de los cambios operados en la
jurisdicción malacitana desde la época de los R eyes Católicos, mantenid a durante
el siglo XV I, pes e a los acontecimientos vi vidos bajo el rein ado de Fel ipe II 229 .
T ras una difícil centuria como la del seiscientos, los Borbones abrieron una nueva
fase que, en el caso de Málaga, ll evó hasta el impuls o de asociacione s relacionadas
con actividades muy concretas e importantes, caso de la viticultura 230 .
227 VILL AS TINOCO, S. : Los gr emios mala gueñ os (1700- 1746), Málaga, 19 82.
228 B RAVO CARO, J. J.: “Exclusión la bora l y rentab ilidad econó mica. Escla vas moriscas en la
cúspide d e la o rganización gre m ial”, en C ASTELL ANO CAST ELLANO, J. L. y LÓPEZ-
GUAD ALUPE MUÑO Z, M. L. (co ord s.): Homena je a A ntonio Do mínguez Ortiz , vol. I , Granada,
200 8, págs. 16 1-178.
229 B RAVO CARO, J. J .: F elipe II y la repo blació n del reino de Granad a: la tahá d e C oma res,
Granada, 199 5, y “Tr ansformaciones de la estr uctura de la pro pieda d y el paisaje agrario en el lito ral
malagueño e ntre 1 568 y 159 3”, en Estu dios de Historia Mo derna. Homen aje a la doctora Ma ría
Isabel Pérez de Celo sía Rod ríguez, M álaga, 200 6, págs. 93 -116.
230 PON CE RAMOS, J. M.: L a h ermand ad y montepío de viñeros en Ed ad Mod erna, Málaga, 1 995.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Respecto al régimen de propiedad, es observable un dominio de peque ñas
parce las en zonas de montaña cultivadas dire ctamente por sus propietarios,
mientras en zonas llanas , más fértiles, predomina la m ediana y gran propiedad
explotada por el sistema de arrendamiento 231 .
De este p anorama agr ario apuntado, t enemos va rios ejemplos en la
documentación notarial c onsultada. Concretamente se han analizado 111 escr ituras
de arrendamientos. Uno de ellos sería el arrendamiento otorgado por Dª. S ebastiana
Fabiana de la Peña en 1753:
…Don J oseph W itemberg vezi no de esta ciudad rezibió en ar rendamiento
de la otor gante como tut ora y curadora adbona de sus menore s hijos, un
cortijo, viña, Alm endral y olibar, tierras de labor, Huerta, con su casa y
Molinilla de Az eite que quedó por el fallezi miento de di cho su marido en
lo cercano de esta ciudad P artido de l a Torre de (…) linde tierras de Don
Pedro Matheos Villazo y otros, por tiempo de nuebe años… 232 .
D ª. Mariana Ventura de Salcedo, también protocoliza el arriendo:
…da en Arrendamiento a la Señora Doñ a M ariana Bentura d e S alzedo
vezina de esta ciudad, y viuda del Señor Coro nel Don Juan Fernández
Villalón y M endoza Alfé rez Maior y rejidor perpetuo que fue de la ciudad
de Ronda: un cortijo y ti erra s de Pan sembr ar con su casa, tinado y una
Guerta y m olino en el con todo lo que le pertenese que está en la ve ga de
esta ciudad,… 233 .
O tro modelo se halla en Dª. Ana Martín Conde:
…un cortijo y tierras de Pan sembrar con s u casa y t inado en e l
término de Cas a Palma partido de la Fuente del Sol y (…) qu e llaman
de S an Gabriel por ti empo de nuebe años, nuebe cosechas alz adas y
cojidas que an de c omenz ar a correr y contarse desde el día d e Seño r
Santiago que bendrá en este presente año… 234 .
231 JUST ICIA SEGO VIA, A.: L a Axa rquía ma lagueñ a y la costa orienta l: do s espacio s agrario s
contra puestos, Málaga, 19 88, pág. 80.
232 AHPM, leg. 2 698 , fol. 6 19r, 20-VI-175 3.
233 AHPM, leg. 2 577 , fol. 2 7r, 3-II-17 47.
234 AHPM, leg. 2 577 , fols. 11 r-13r, 18-I-174 9.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Por la g ran cantidad de documentación referente a éstos, hemos elabor ado
una tabla, esp ecificándose el bien arrendado, la c antidad monetaria, formas de pago
y duración del arriendo que podemos consultar en el Apéndice de la Tesis 235 .
Del total de esta tipol ogía estudiado en nuestro t rabajo, s e han elaborado
también gráficos sobre la cantidad en reales de l os arrendamientos, s obre la forma
de pago estipulada y sobre la duración en años de estos:
Gráfico 1
0
100 0
200 0
300 0
400 0
500 0
600 0
700 0 V alor en r e ales de los arrend amien t os
(d e menor a ma yor)
Reales
235 T abla 9. Pag o sobre arrenda mientos , incl uida en la pá g. 36 5, d e esta Tesis Do ctoral.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 16
Gráfico 2
0
10
20
30
40
50
60
70
80
Unico
pago
Un
pago al
año
Dos
pagos
al año
Tres
pagos
al año
Pago
cada
mes
Pago
cada
día
1
12
75
1
8
1
F orma d e pag o de los arrend amient os
Número de arrendam ie ntos
Gráfico 3
0
5
1 0
1 5
2 0
2 5
3 0
3 5
4 0
4 5
1 año 2
año s
3
a ñ o s
4
años
5
años
6
a ñ o s
7
a ñ o s
8
años
9
a ñ o s
1 1
4 1
2 1
1 6
1
1 1
0 1 2
Ca nt ida d d e a rr e n da m i e ntos s e gún s u du r aci ó n e n a ño s
N ú m e r o de a r r e nd a mie n t o s
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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En el gráfico 1 se muestr an las cantidades en reale s de pago anuales d e cad a
arrendamiento, ord enadas de menor a m a y or. La media de los arrendamientos es de
587,49 rea l es anua l es, destacando el hecho de que dos terc i os de éstos, están por
debajo de los 600 reales al año.
En el g rá fico 2 se ex pone la forma de pago a lo largo del tiempo estipulado.
Así, aproxim adamente e n el 76% de los arrendamientos se esti pula que se harán 2
pagos al año, una ci fra q ue muestra la prepondera ncia de esta forma de p ago. En un
12% de los casos se estipula un s olo pago anual y en un 8% el pago se hace de
forma mensual. Los restant es arrendamientos se resum en en uno de pag o di ario, en
uno de 3 veces al año y en otro s eñala un único pago anual. De este modo, vemos
que lo rutinario era establecer 2 pagos anuales para los arrendamientos.
En el gráfico 3 se refleja la dur ación del contrato de arrendamiento. Hemo s
observado la ex istencia de duración de contratos comprendidos en el rango
temporal de 1 a 9 años, excepto para los 7 años en los cuales no exis te
arrendamiento. S e constata la prepondera n cia de los arrendamientos por 2 años de
duración (el 39,4% de l os casos), seg ui do de los arr endamientos por 3 años (20,2%
de los casos), de los de 4 años (15,4%), de los de 6 años de duración (10 ,6% cada
uno), terminando por sol amente 2 arrendamientos de 9 años y un arrendamiento de
5 y otro de 8 años.
Se deduce po r los datos que los arrendamientos s olían ser de poca duració n,
en torno a 2 ó 3 años.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La a ctividad i ndustrial s eg uía teniendo ca rácter a rtesanal, siendo num eroso
los pequeños tall eres urbanos que elaboraban todo tipo de productos,
especialmente, los alim enticios, los texti les y l os envases p ara la ex portación
(toneles y barriles) 236 .
Un caso de esto se constata en el arrendamiento de Dª. L ui sa de León:
…pareció Francisco Salinas mae s tro de tonelero en esta ciudad y v esino
de ella al qu al do y fee conosco, y por el th enor de la presente otorga qu e
resive a renta y en arrendamiento de Doña Luisa d e León viuda, vesina d e
ella, una casa propia de la referida, a espaldas del combento de señor
Santo Domingo… 237 .
L os mes es donde se percibía un cl aro dinamismo económico en la ciudad
eran los de se ptiembre y o ctubre, fecha en la que se producía la v endeja y en el
puerto de Mál aga anc laban ba rcos de mu y divers as nacionalidades. Traían en sus
bodegas c ereales, madera, productos férricos y otros artículos deficitarios en la
zona y s e iban cargados de vinos, aguardient es, pasas, almendras y al guna s
manufacturas que llegaban a todos los países europeos.
Un ejemplo de produ cción de vino se ex pone en la escrituras de obligación
de Dª. María Ana Granados:
…para la ma yor se gur idad de esta deuda Prins ipal y costas obliga e
y p oteca un a e redad de viña con su parra, lagar y vasija todo lo que l e
pertenese que de (…) tener (…) por su y a en jurisd izión… 238 .
I gualmente, se observa la posesión de tiendas en el pag o contra el patronato
de las señoras Dª. Mari ana Ventura de Sal cedo y Dª. Ana María Fernández
236 VILLAS TI NOCO, S.: “Los gre m io s d e toneleros y ba rrilero s e n la Mála ga d el Antiguo
Régimen”, B aetica. Estudio s de Arte, Geogra fía e Historia, 2-II, 1 979, págs. 23 1-254 .
237 AHPM, leg. 2 469 , fol. 9 5r, 22-XI-1752 .
238 AHPM, leg. 2 458 , fol. 3 0r, 3-IV-175 0.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Villalón: “... una casa y t ienda con alto y vajo, y a simismo otra ti enda a la li nde de
ella…” 239 .
Málaga se enc uentra empl azada entre e l Mediterráneo y el Atlántico, cu ya
situación la hacen tener una posición privilegiada, es por ello que un g ran puerto es
casi escala obligada dentro de las rutas marítimas. A t ravés de ellas nos vi nculamos
el Norte con el Sur de Europa. Obtuvimos grandes ventajas como las r elaciones
comerciales que le proporcionaba una identidad con rango de metrópolis. Todo esto
trajo consi go intercambi o de productos, sobre todo dos grupos: los aliment os y los
textil es.
Los text iles están mu y presentes en el ajuar de la dote dándonos bastante s
muestras detalladas de cómo son los tejidos y su pr ocedencia.
La importancia que adqu ieren los tejidos apunta h acia un lamentable estad o
de coloniz ación que refleja la ec onom ía no sólo local, sino regiona l e incluso
nacional en este sector 240 . Muestra de tales t ejidos queda reflejado en la dot e de Dª.
D amiana Rosique y Zazo:
Primeramente un bestid o de t erciopelo negro f orrado en t afetán todo
nuevo que se compone de casada y v asquiña su valor un mil l y ochenta
Reales vellón.
Otro vestido de Damasco negro mi tad de forro d e tafetán todo nuevo que
se compone de vasquiña y c asaca esta guarnesida de galón de plata con s u
peto lo mismo su valor quinientos setenta y s eis Reales vellón.
Una vasquiña de tercianela ne gra f orro de ol ándilla y un a casaca de medio
(…) de oro blanco con ( …) de (…) negro y plata que uno y otro compone
avito de S eñor Bisente todo nuevo su valor tres cientos setenta y nuev e
Reales vellón.
239 AHPM, leg. 2 577 , fol. 1 01r, 28-II-17 49.
240 S ANZ S AMPELAY O, J .: F acto res de riego y d e de sarro llo en u na ciud ad del litoral a nda luz ,
Málaga, 1 998 , pá g. 16. De a quí se carga n en gran cantid ad p ara Flandes, Inglaterr a y Fra ncia, que a
trueque de la s mercancías que traen co mpran. Son las que e n e ste p uerto descar gan tab laz ones y
maderas para fábr ica de caja s, d e que e sta tierra cre ce, y pa ra botas y otro gé nero de co sas en q ue se
gastan; tr aen ta mbién d iversid ad de lienzos, de In glaterra tra en ba yetas, anacote s, p erpetuane s y
otros géneros de r opas, de Francia lie nzos y otros gé neros d e m erc ancías m e nuda s, y la ma yor par te
destos de Francia vie nen carg ados a otro s puer tos y lu gares de Esp aña y c on tri go, y vie nen a cargar
a esta ciudad de vinos, p asas y azeite que ta ntos ay en ca ntida d...
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 20
Un bestido de Dam asco color puro y encarnadino con foro d e t afetán
blanco todo nuevo que se compone de casaca, guardapié y p eto todo
guarnecido de galón de gaza de plata del m ás ancho de dos puntas y
además el rivete de plata su valor un mill y sesenta y tres Reales vellón.
Un guardapié de Damasco pajiso usado con punto ancha de plata
guarnesido
su valor ciento y setenta Reales vellón.
Un traje de tafetán ( …) pajiso usado que s e compone de casaca u
guardapié guarnesido de nudill os de zeda su valor noventa y un Real es
vellón.
Una cotilla nueva de Damasco verde g u arnesida de franja anc ha de oro en
ciento y veinte Reales vellón.
Una Bata o andriel de zaraza de China usasa en noventa Reales vellón.
Un capotillo de Grana bordado de zeda usado en sesenta Reales vellón.
Un m anto nuevo de ta fetán ancho de lustre de Fr anzia con su enca je
también ancho todo en ciento sesenta y cinco Reales vellón… 241 .
A unque en el si glo XVIII el poder inquis itorial decreció notablemente,
mantuvo un fuerte control s ocial ejercido t ambién sobre las mujeres 242 , y por t anto,
persistieron durante el S etecientos, los ministros y funcionarios del Santo Oficio 243 .
De ellos se valía l a institución para ext remar la vigilancia en M álaga por s er punto
clave costero de mayor relevancia militar, política y com ercial de la costa del R eino
de Granada 244 . Tanto en la centuria de l a ilustración como en la p recedente,
dom inan los famili ares, seguidos a much a distancia de los notarios, al guaciles y
comisarios. La s personas que eran nom bradas p or la I nquisi ción y que f ormaban
241 AHPM, leg. 2 458 , fol.53 r, 20-II-1751 .
242 P ÉREZ D E COLOSÍA RODRÍGUE Z, Mª I.: “Mujeres pr ocesadas por el T ribunal d el Santo
Oficio de G ranada”, B aetica. Estudios de Arte, Geo grafía e Historia, 27, 2005, págs. 423-435 .
243 PÉ REZ DE COLOSÍ A RO DRÍGUE Z, Mª I.: “No mbramie ntos d el personal d el Sa nto Ofici o
conservados e n el Archi vo Municip al d e M álaga: Si glo XVII I”, Baetic a, Estudio s de Arte,
Geogra fía e Historia, 1 8, 19 96, p ágs. 3 87-40 7 y “ La Inqui sición: estruct ura y actu ación” e n
BARRIOS AGUI LERA, M. y PEI NADO S ANTAEL LA, R. S. ( coor ds.): Historia d el reino de
Granada , vol. II, Gra nada, 2000, p ágs. 30 9-355 . P ÉREZ D E COLOSÍ A ROD RÍGUE Z, Mª I. y GI L
SANJU AN, J.: “Má laga y la Inquisición (15 50-160 0)”, Jábega, 38, 1982, (m ono gráfico ) pá gs. 3-
100 .
244 CABRER A P ABLOS, F. R.: E l p uerto de Málag a a c omienzos del siglo XVII I , M álaga, 19 86 y
Puerto de Mála ga. De F elipe V a Carlo s III , Málaga, 19 86.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 27
que superan ampliamente a escrituras de capital (2.467,5 reales) y dotes (1.282,5
reales) 259 .
Es por ellos también que en los casos en los que tenemos los datos
necesarios vemos cómo la evolución del capital familiar desde el m atrimonio hasta
que se r ealiza el últ imo inventario es si empre posit iva, con incrementos que va n
desde los 275 a los 7.350 reales.
Respecto a la clasificac ión de los capitales según s u cuantía, llama l a
atención el hecho d e que el 63% de éstos no supe ran los 2.000 reales, rasgo
inequívoco del carácter humilde de las pe rsonas que estamos estudi ando. L o s
porcentajes van dismi nuy e ndo conforme aument an las cifras. De esta m anera , el
25% de los capitales está entre los 2.000 y los 6.000 reales, y sólo el 12% es
superior a los 6.000 reales.
Los bienes muebles aparecen con ma yor frecuencia que los inmueble s,
quedando l os semovientes bastante alejados (en 87,78% y 36% escr ituras
respectivamente). Sin embargo el valor de los bienes inmuebles es más im portante
en la estructura de los capitales observados. L a tendencia s egún el tipo de escritura
es clara: en las dotes los bienes muebles superan cualquier otro tipo de posesiones.
En los inventarios l a sit uación es mu y si milar y de nuevo son los bienes
inmuebles los más destac ados, quedando como el emento principal para e l reparto
entre los familiares de lo que ha qu edado t ras la muerte del cabeza de fa milia. Las
tierras son el elemento m ás preciado entre l os bienes inmuebles, y a q ue como
media significaban l as tres cuartas pa rtes del valor total de éstos e incluso llegan a
100% en más de la m itad de las ocasiones. Las principales aportaciones provienen
259 GIL B ENÍTE Z, E. M.: “ La a portac ión de las mujeres en la for mación d el cap ital rural en la
Axarquía (1 720 -1770 )”, en VILL AR G ARCÍA, Mª. B. (co ord.): Vid as y recu rsos de muje res
duran te el A ntiguo Régimen , Má laga, 1 997 , págs. 7 9-110 , y La fa milia y las relacione s so ciales en
la Axa rquía a m ediados d el siglo X VIII , Mála ga, 2001.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 28
de las escrituras de capit al y de las dotes. L as viviendas, en cambio, no alcanzan
porcentajes r eseñables, y sólo en un 10% representan el pleno en este t ipo de
bienes. Aparecen principalmente en inventarios y escrituras de capital, quedando en
un segundo término las dotes.
Entre los bienes muebles, el ap artado que denomin amos vestido y textiles es
el que cuenta con una mayor presenci a, tanto por el número de veces en los que
aparece en la do cumentación (69%) como por su valor en el conjunto de éstos
(aproximadamente un 55%). Es la muj er en su dote la que lleva más de la mitad de
la ropa de casa y vestidos, mientras que el hombre sólo lo hace un 28% de los
casos. Todo esto lo veremos en las siguientes páginas a p artir de la documentación
analizada en la investigación.
Por otra parte, la may orí a de las mujeres cua ndo enviudaban, no tenían la
capacidad de ten er un trabajo que les permitiera s er autosuficientes en la sociedad,
quedando en riesgo de entrar en la pobreza. Cuando esto ocurría, m uchas veces
tenían que usar las propiedades que poseí an para obtener los ingresos n ecesarios
para su subsistencia o para pa gar deudas. Est o se constata en la entr ega de una casa
de Dª. Francisca de Campos:
…para el p ago del di cho Zenso de un mil treszientos treinta y tres re ales y
quatro mar avedís de prin zi pal y réditos que d e el se están deviendo, h aze
entrego Real y efectibo a la dich a Capellanía que así fundó el dicho
Alonso Garzía de Avilé s, y en su nombre al dicho Don J uan Gómez de
Molina su capellán de la ref erida casa en l a Plaz a de la Puebla de
Ríogordo… 260 .
C arac terísti cas muy distintas tenían los i ngr esos procedentes del servicio
doméstico. Las criadas tienen tradición, y a que d esde antiguo era habitual que las
hijas de f amilias pobres fuera n a servir, desde niñas, a casa del amo o h acendado.
260 AHPM, leg. 2 698 , fols. 80 0v-801r , 20-8-1753.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 29
Allí eran “criadas” a cam bio de la realización por su parte de diversas ta reas. Esto
les permiti rá conseguir u na dote y , por tanto, acceder al matrimonio cua ndo llegara
el momento 261 .
La nueva sociedad burguesa e industrial va a cambiar el ti po de servici o,
que se va acomodando a las circunstancias. Existirá una tendencia a la concreción.
Ya no es l a c riada para t odo sino que estará d efinida por l as tareas concr etas que
realice: la cocinera, la doncella, la niñera, el ama de cría – aunque este último puede
relacionarse también, con la nodriza-, se modificarán al gunas de sus características
e irá tr ansformándose de una cri ada que se m antiene en un a casa muchos años y
que tiene la confianza de su ama, sino más bien h acia otra forma de desempeño de
labores y rela ción con los dueños de la casa. Las hijas de las familias pobres no
accederán ahora a tr abajos fácilmente y deberán desplaz arse cada vez a zonas más
alejadas de sus lugares de nacimiento pa ra encontrar s eñoras que las contraten, y
éstas se sirven d e informes para conocer s u honradez y habilidades. Al gunas d e
ellas no resultarán ser ta n honradas como cabía esperar y esto hace que su fama no
fuera demasiado buena, como ponen de m anifiesto m ultitud de artículos que las
describen y reflejan un sentir de la sociedad.
El acceso d e las mujeres al s ervicio dom éstico se hacía desde que éstas e ran
muy p equeñas y con la fi nalidad de conseguir, a fi nal del se rvicio, una dote que les
permitiera casarse o ingresar e n un convento. Son mozas que, por l o general,
procede n de famili as con escasos re cursos ec onómicos y , al ser col ocadas de
criadas con otr as famil ias se pretendía resolverles las necesidades p rimarias
261 D EL CERRO BOHÓRQUE Z, Mª. P .: “Los b ienes aporta dos por las mu j eres al matrimonio a
través d e las escr ituras d e d ote (167 0-1750)”, e n ESP IGADO TOCINO, G. y DE LA P ASCUA
SÁNCHEZ, M. J. (coo rds.): Frasqu ita Larrea y Ah erán. Europ eas y españo las entre la I lustración
y el Ro manticismo (1750 -1850) , Cádiz, 2 003 , págs. 325 -340.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 30
(alimentación, vestido y calz ado), al mismo tiempo que con su trabajo podían
conseguir su dote 262 .
Ejemplo de lo anterior aparece en la her encia de D ª. I sab el de Vargas:
…también mando a Cathalina Thomasa criada que lo avía s ervido que
luego qu e m uriese se le enterrase, dijes en cien Misas y se le p agase un
quarto en qual vivía, y hiziesen el bien que pudiesen por lo bien que le
havía servido … 263 .
O tro caso de sirvient a es la de Lucía Bian qu e aparece en el codicilo de Dª.
Josefa Groso y Solís:
… a L uz ia Bian que la estaba sirviendo aunque ganaba su salario se le
diesen luego que la otorgante ubiere fallesido por lo bien que le havia
servido tesientos Reale s vellón por una vez= dos colchon es= qu atro
sábanas nuevas… 264 .
Estas circunstancias s iempre tenían el denominador c omún del espaci o
privado, aunque tambi én podrá haber disc riminación ex cepcionalmente en
instituciones de carácter municipal. Durante est a época se está p roduciendo una
lenta y paul atina incorporación d e la mujer al mundo laboral, empezando por las
profesiones para las que se la encuentra mejor dotadas 265 .
262 MARTÍN EZ MOUT ÓN, M.: “Una aproxi mación a l tr abajo remunerado d e las mujere s
malagueñas del siglo XVIII” , en BIRRIEL SA LCEDO, M. Mª. (comp.): Estrategias l abo rales
femenina s: traba jo, hogares y educa ción, Mála ga, 1998, págs. 151-17 9.
263 AHPM, leg. 2 698 , fol. 6 8v, 22-I- 175 3.
264 AHPM, leg. 2 577 , fol. 3 39r, 23-X-1747 .
265 SEGUÍ COL LAR, V.:” Anál isis de la T ipología femenina a través del gé nero costumbr ista” en
E SPIGADO T OCINO, G. y D E LA P ASCUA S ÁNCHEZ, M. J. ( eds.): F rasquita Larrea y Ah erán.
Europ eas y esp añolas en tre la Ilustración y el R omanticismo (17 50-185 0) , Cádiz, 2003, págs. 278 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 31
3.3. Las mujeres en las normativas de los ámbi tos castellano y catalán
3.3.1. El modelo castellano
La le gislación castellan a sólo contemplaba un régimen matrimonial: el dotal
unido de forma obli gatoria a la continuidad de bi enes gananciales. La muj er por sí
misma, o bien otras personas por ella, aportaba al matrimonio unos biene s que
provenían de los gananciales paternos y , si estos no eran suficientes, de los propios
del donante. La dote venía a constituir una anticipación de la legítima recib ida en el
momento de constituir una nueva familia 266 .
El marido pasaba a a dmi nistrar estos bienes con la obli ga ción d e que, a l a
disolución del matrimonio, por muer te de su esposa o por divor cio, debía
restituirlos a los he rederos de la mujer o a ésta, en su caso, y si fallecía el prim er
marido, la restitución la tenían que hacer los herederos 267 .
Los bi enes qu e se entre gaban en la dote podí an aparecer con l a estim ación
de sus precios –dot e estimada- o sin ella, indi cando solamente la des cripción de los
mismos –dote i nestimada-.La resolución de los primeros tiene que entenders e en el
sentido de que esa valor ación “causó venta, de tal suerte que fue lo mi smo que si se
hubieran entre ga do al m arido, como vendidos por el pr ecio en que se t asaron, y se
obligó a la devolución de su precio, disuelto el matrimonio” 268 .
En los bienes no aprec i ados, significaba que lo que había de restituirse er a
el mismo bien con sus ganancias o pérdidas y , si se tratab a de bienes con sumibles
266 A la hora de hacer p articione s “ post morte m ”, las ca ntidad es entr egadas en co ncepto de d ote se
considerab an co mo p arte integrante de los biene s d el difunto donante. La do te, por tanto era la
primera apo rtación d e la mujer al m a trimonio, co m pletada más tarde, con el r esto de la l egítima de
los pad res.
267 BIRRIEL S ALCEDO, M. Mª .: “El c ónyuge supérstite e n e l derecho hispano”, C hro nica No va ,
34, 2008, págs. 1 3-44.
268 FEB RERO, J. : L ibrería de Escribanos, e in strucción jurídica teó rico p ráctica de p rincipiantes,
Madrid , 1790 .
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1 32
(trigo, cebada) se d evol vían cantidades i guales o el valor que tuviera n en el
momento de la restitución 269 .
La existencia de bi enes apreciados o sin apreciar expresan diversa s
motivaciones en el dotador resp ecto del destino que habían de tener, pues en la dote
estimada el marido pasaba a ser dueño en pleno dom inio de ellos, y en la
inestimada, tenía sólo el usufructo.
Además de la aportación femenina con la cate goría l eg al de dote, el varó n
llevaba tambi én cierto capital al m atrimonio, que los padres les proporcionaban
“propter nupcias” para que dispusi era de ellos como propios, a título de d onación, y
que, c om o e n el caso de la dote de su m ujer venían a ser un adelanto de l a
legítima 270 . Tenemos pues, que di stinguir por su pr ocedencia y po r su vincu lación
j urídica el “capital” del varón y la “dote” de la mujer 271 .
Debemos pensar que ca da m atrimonio llevaría su dote y su c apital pero l a
mayoría se tratarían co mo contratos priv ados, i ncluso, por acuerdo or al entre l as
partes para economizar los gastos de la escritura.
La docum entación notar ial ofrece disti ntos t ipos de escritur a que reco gen
datos sobre el patrimoni o con que la pareja ini cia su vida familiar. Las escrituras
previas al casamiento más comunes son el contrato matrimonial y la p romesa (de
dote, capital o dote y capital). R ecogen, en general, promesas sobre los bienes q ue
aportarán al matrimonio uno o l os dos cóny u ges y, casi todas, tienen lugar entre
269 JUAN Y CO LOM, J .: In strucción de Escriba nos en o rden a lo jud icial , Madrid, 1756.
270 BIRRIEL S ALCEDO, M. M ª.: “Muj eres y matrimonio: sentido y si gnificació n d e las ar ras en l a
Corona d e Ca stilla”, e n LÓPE Z BELTR ÁN, Mª. T ., REDE R GADOW , M. y DEL VAL
VALDIVIES O, Mª. I. (co ords.): Historia y género . Imág enes y vivenc ias de mujeres en Espa ña y
América (sig los XV- XVIII ) , Málaga, 2007 , págs. 67-10 0.
271 GACT O FERN ÁNDE Z, E.: “El grupo familiar de la Ed ad M oderna en lo s territo rio s del
M editerr áneo hispánico: un a visión juríd ica”, en La fa milia e n la Españ a mediterrán ea , (siglos XV -
XIX) B arcelo na, 1987. págs. 36-64.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 33
familias de la ol igarquía local, por lo que también s e determinan otras
circunstancias de las bodas que las convierten en auténticos pactos familiares.
La s escrituras después d e la celebración del m atrimonio ofrecen ma yores
posibilidades referidas a dotes, de entrega , de capital, de inventario. Estos últimos
vienen a escriturar los bienes que a portan e l mar ido y la mujer a la sociedad
matrimonial. Este docu mento e s propio de p ersonas que contraen s egundas
nupcias. De la liquidación par ticional del matrimo nio anterior han percibid o ciertos
bienes, y también obligaciones si ha habido de s cendenc i a, por lo que citan la
circunstancia en la escritura como causa que m otiva su protocoliz ación: los bienes
no afectados por los compromisos lega l es que poseen con los hijos del anterior
matrimonio son los que declaran situados en el actual 272 .
La fecha de esta escritura en relación con l a de la boda p resenta una gr a n
variabilidad: desd e las q ue se emiten el mi smo d ía de la ceremonia nup cial hasta
aquellos casos en que só lo se visita al esc ribano pasados muchos años, cuando la
proximi dad de la muerte y el ries go a no poder testar les ha cen caer en l a cuenta de
que para evitar pleitos de ben declarar qué bienes fueron los que cada uno aportó al
matrimonio 273 .
Los conceptos de entrega y recibo s e refieren a que los otorgantes d e l a
escritura son distint os: en el pr imer caso, son l os familiares de l a persona dotada
(padres, generalmente) los que firman el documento; mientras que en el segundo
supuesto es siempre el marido de l a dotada quie n declara habe r recibido la dote y
entrega la correspondiente escritura como prueba.
272 GARCÍ A FE RNÁNDEZ, M.: Herencia y patrimon io familiar en la Castilla del An tiguo
Régimen . (165 0-1834): efecto s so cio-eco nómico de la mu erte y la partición de b ienes , Vallado lid,
199 5, págs. 87 -105.
273 ROD RÍGUE Z S ÁNCHEZ, A.: “La s carta s de do te en Extremadura” en EI RAS ROEL, A .
( coor d.): La D ocume ntación Notaria l y la Historia. Actas del I I Colo quio d e Meto dología Histó rica
Aplica da., I, Santiago de Co mpostela, 1 984, p ágs. 165 -246.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La entre ga s e refiere p o r lo común al capital a portado por el m arido e n
muchos casos comprende algún ti po de cláusula referida a donaciones anteriores d e
bienes o a rebaj as en l a c antidad que se prom etió en su día. El recib o, por el
contrario, es más propio de la dote, es la escritura más común y tambié n la más
aprovec hable desde el punto de vista económico, puesto que lo habitual es que s e
entregue de una sola vez y con los bienes desglosados y apr eciados en su
mayoría 274 .
En España se suele se guir este modelo, sobre tod o C astilla y d entro de ella
en las jurisdi cciones and aluzas al esta r i ntegradas en dicha Coron a. P or cont ra, en
otros reinos extrapeninsulares, al ex istir diferente legislación observamos diversas
prácticas. Mientras en Francia exis tían distintos regímenes matri moniales
(comunidad universal de bienes, ré gimen dotal, etc.) y sólo la sa nción a nte el
escribano determina el que se pacta en cada m atrimonio, en m uchas poblaciones
españolas existía solament e el régimen dotal, por lo que las p arejas no acudirían al
escribano y lo realizarían de forma privada-verbal 275 .
En las escrituras de dote, aparte de los testi gos que dan fe de la mi sma y d el
propio escribano qu e, ad emás, da validez al hecho, aparecen, a v eces, t asadores de
los biene s dotales y , como pr otagonistas principales, los otorgantes y los
beneficiarios de la mi sma. Los tasadores son personas que merecen l a confianza de
las familias que las sus criben y, e n al gunos casos, se citan las cir cunstancias que las
hacen fiables para este com etido. Ha y ocasiones en que la f alta de acuerd o entre l as
partes podía llegar hasta los tribunales o solucionarse con una nueva tasació n.
274 CO LLANT ES DE T ERÁN DE LA HE RA, M ª. J .: E l rég imen e conó mico del matrimo nio en el
derecho territorial ca stellano, Cádiz, 1 997, p ágs. 36-65.
275 CREM ADES, C. y SÁNCHE Z P ARR A, P.:” Los bie nes de las mujeres ap ortado s al matrimonio.
Estudio d e la evol ución de la do te en la Edad Mod erna”, en GARCÍ A-NIET O, Mª. C . ( coor d.):
Ordena miento jurídico y realidad d e las mujeres, Mad rid, 1986, págs. 1 13-138 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Así aparecen expresadas las figuras de tasadores en la dote d e Dª. María de
Monsalve y Pavón, estudiada en el transcurso de est a investigación.
…cumpliendo con lo así prometido sobr e la ex presada Dote en qu enta d e
dichas lexí timas y del Aumento de ella; s e ab rán baluado y tasado po r
personas prácti cas los vienes, alajas y efectos de que así se avía de
componer con crensia de Anvas parte… 276 .
La muje r es la beneficiaria, aunque quien r ecibe los bienes es el marido,
quedando de esta form a determinada la verdadera dimensión de la dote que no es
otra que “ compensar” al marido por la “ca rga” que supone para el matrimonio la
existencia de una perso na que no va a aportar su t rabajo en orden a costear su
mantenimiento. En ocasiones, la dote puede ser además, ex presión del prestigio
social de los contr ayentes y formar parte d e ciertas estrate gias de alianzas
familiares, generalmente fruto de una fuerte endogamia estamental o pro fesional.
Así se constata en la misma dote anterior 277 , en la que se observa cómo se
e mparentan personas del mis mo status social (militares en este ca so).
Para saber quiénes emparentan, es p reciso conocer la categoría socio-
económica de las f amilias de los contray entes. Tan sól o un pequeño porcentaje de
las escrituras de dote recogen l a pro fesión o “st atus” del novio y /o pad re de la
novia 278 .
E n nuestro c aso podem os aportar un ejemplo en la dote de Dª. Isa bel
Marañón y Tolosa:
…Don J oachín de Toruq emada y M eléndes v esin o de esta m isma ciudad;
y Natural de la Marvella; Hijo lex ítimo y Natural de Don Sevastián de
Torquemada Cavallero del orden de Señor S antiago sarj ento ma y o r de
Ynfantería Refomado… 279 .
276 AHPM, leg. 2 457 , fol. 3 63r, 16-II-17 47.
277 AHPM, leg. 2 457 , fols. 36 3r-363v, 1 6-II-1747.
278 ZAR ANDIETA ARENAS, F.: “Riqueza y consumo en la B aja Extremadura en el si glo XVII .
Análisis a través de las car tas de dote”. Histo ria Ag raria. Revista de Agricultu ra e Historia Rura l ,
21, 2000, pá gs. 63-97.
279 AHPM, leg. 2 458 , fol. 1 28r, 14-IV-174 9.
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En la sociedad estamen tal de la época po dían diferenciarse adem ás dos
jerarquías de pode r o i nfluencia derivadas de l a posesión de cargos concejil es y l a
demostración de la l impi eza de sangre. Honor, poder y riquez a iban d e la mano
como pusieron de manifiesto diversos autores del si glo pasado 280 . Por ello queda
patente que las dif erencias entre los dist intos grupos se mantenían e i ncluso se
incrementan.
Los p recios no son p recios de mercado, sino que están puestos en función
del valor que se las considera como activos económicos. Debemos entender,
además, que no todos los precios ofrecen el mismo significado, pues det erminados
bienes, como el tri go o la cebada, tení an unos precios de mercado bastante
homogéneo, mientras que otros, como ca sas, tierras o pajare s, carecían d e
estimaciones de mercado en ese mismo sentido 281 .
El valor global de las d otes dependería de circunstancias que s e escapan,
generalmente a nuestro análisis: la posición que ocuparan las novias entre los
hermanos, la situa ción e conómica que tuviera en aquel momento la fa milia que
dotaba, el nivel económico de l a familia del novio que condicionaba en más o
menos la aportación de la novia.
Teniendo sólo en cuenta a la familia que otorga la dote, la de la novia, esta
nos permite apreciar los difere ntes niveles económicos que poseen c ada una de
ellas.
En las cartas d e dote s e encuentra un conjunto de bienes mu y heterogéneo
difícil de clasificar por que en muchos c asos no nos es posible conocer con
280 MA RAVALL, J. A .: P oder , honor y élites el s ig lo XVIII, Madrid, 1979. y DOMÍ NGUE Z
ORTI Z, A.: Las clase s privi legia das en la Espa ña de l Antiguo Rég imen, Madr id, 1973, (una
reciente ree dición en Madr id, 2 012).
281 T ORRA FERNÁND EZ, L.: “Co mercialización y con sumo de tej idos e n Catal uña (16 50- 180 0)”,
R evista de Historia In dustrial , 1 1, 199 7, págs. 17 7-195.
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posición y problemátic a en la pobl ación. H abitaban en casas pequeñas, do tadas de
una capilla en la que se reunían para sus oraciones .
Otras mujeres eran las criadas, a las que ya h emos hecho referencia al habla r
de las actividades econó micas, que trabajaba n en las casas de fa milias acomodadas
a cambio de alojamiento en espacios pequeños e insalubres, con una alimentación
no si empre suficiente y que, en ocasiones, cobr aban s us sueldos muchas veces con
retraso.
Este fragmento recoge un agradecimiento ex preso de la otorgante a su criada,
por las labores desempeñadas en el hogar, siendo un testi monio que no siempre se
materializó en la sociedad de la época.
Otro potencial grupo de marg in ación sería el de l as huérfanas, dependient es
del acogimiento por parte de autoridades reli giosas o de familiares. El ejemplo de
Dª. Manuela de Padilla, es mu y claro al respecto al declarar en su testamento:
…tengo y e cri ado en mi casa y compañía m ás tiempo de dose años a
Josepha de la R osa mi sobrina de estado honesto que será de edad de dies
y siete años hij a lexí tima de J uan de la Rosa y de Doña Ysavel de Padilla
su muger que ambos son defuntos… 296 .
T ampoco eran e xcepcionales, ca sos como el de Agustina Ros a, acogida por
Dª. Jos efa de l Castillo, viuda que no posee parentesco con ella:
…a deliberado qued arse con ella en atención a no t ener hixos ni parientes
algunos por lo que ha pedido a Don Salvador Casero Presvítero
administrador de dicho hospital se la deje… se obliga a criar, alimentar y
vestir a la dicha Agustina Dosa y a educarla tod o el t iempo que biba la
otorga nte y si empre que t omo estado a gusto de la ot org ante le (…), y
entregará sus vienes o dinero cinquenta Ducados Vellón… 297 .
Un grupo potencialment e marginal era el d e l as muj eres nacidas fu era de l os
lazos del matrimonio. Podían arrastrar muc ho desprestigio, a no ser que
296 AHPM, leg. 2 468 , fol. 2 r, 1-I-1748 .
297 AHPM, leg. 2 464 , fol. 7 0, 16-XI-1750.
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restituyeran su honorab ilidad mediante fórmulas jurídicas, como la que ejerce el
padre d e una de ellas, D. Diego d e Argote y Medr ano al declarar y reconocer com o
hija natural a Dª. Teresa Josefa Francisca de Argote:
…Declaro que la dicha Doña Theresa J osepha Fr ancisca de Argote vezina
de esta ciud ad y de dic ho estado onesto es tal mi hija Natural y de l a
mencionada su madre que se allava Donsella y la procreamos de la
mencionada nuestra ami stad, conocimiento y trat o y la he t enido, tengo y
tendré por (…) mi hija natural desde el me ncionado tiempo de su
nacimiento hasta de presente y par a siempre… 298 .
O tro factor de marginación era la pobreza o la miseria en la cual vivía gran
parte de la población. En lo que nos atañe, las mujere s eran muy vulnerable s ante l a
situación de pobr eza y la s más pobres cuando ten ían pleitos con la justicia , tenían
que r eclamar su acreditación jurídi ca de ser “pobres de solemnidad” p ara poder
recibir a y uda, tal como es el caso de Dª. Juana Moreno, en su peti ción de
declaración de pobreza:
…Juana Moreno vecina del lugar d e Moclinejo y viuda de J uan de Torres
ante mi paresió y dijo que a mi derecho combiene just ificar el ser pob re d e
toda solemnidad para lo qual ofresc o ynf orma sión, para que por este
medio pueda s eguir los pleitos que se me of rescan y quedada que sea s e
mande por (…) se m e ay ud e de por t al y que se m e Admitan los
pedimentos… 299 .
L a s c ausas qu e llevaba n a l as mujeres a d edicarse a la prostitución e ran,
como señala la doctora López Beltrán, la pérdida de honor 300 ( y a sea por violación
o por adulterio) y , sobr e todo, la escasez de recursos económicos. L os e scritores
decimonónicos reflejan en algunas de sus obras el camino que l as jóvenes seguían
hacia la prostit ución, generalmente por alcahuetas que las captaban a veces a
edades mu y tempranas entre las sirvientas, las viudas y otras mujeres con graves
298 AHPM, leg. 2 458 , fols. 27 1r-272r , 1-VIII-1749 .
299 AHPM, leg. 2 577 , fol. 5 7r, 16-I-1749 .
300 LÓPEZ B E LTRÁN, Mª. T . (c oord.) : D e la ed ad Media a la Mode rna, mujeres, educació n y
familia en el ám bito rura l urbano , Málaga, 1 999, pág. 19 9.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 45
problemas económicos. Rodríguez Solís escribía en 1885 acerca de la prost itución
infantil en Málaga: “un n úcleo de chiquillas abandonadas, de arrapiezas ten tadoras,
incapaces apenas para el pecado, que ya pululan insult ando con sus grotescas y
descaradas palabras al transeúnte” 301 . Aunque no hemos encontrado escrit ura
notarial alguna que recogiera a mujeres relacionadas con esa actividad, su presencia
en el entramado urbano malacitano fue habitual 302 .
A lgunos autores han estudiado, incluso, el reflejo de la m ujer en el callejero
de las localidades a pa rtir del nom bre recibido por las dist intas vías que las
conforman. En M álaga, a mediados del siglo XVIII , el por entonces reducido
callejero malagueño a penas r ecogía denomi naciones femeninas, salvo las
consabidas referencias religiosas. Nombres como Santa María , Beata s, Mariblanca,
Muro de Santa Ana, Carmelitas o Capuchinas intitulaban calles o placetas del
viario ciudadano de los siglos modernos, casi siempre en relación con alg ún
convento o edificio religioso.
La calle de Santa María aparece en el testamento de Dª. Manuela Pachec o
Iñigue z de Agui rre:
…una casa prinsipal que hes la de mi morada en l a calle de Santa María de
ella que ase hesquina a la calleja del Arro y al y otra c asa grande en la
misma calleja… 303 .
E n el arrendamiento otorgado por Dª. María Vill anueva se muestra la calle
Bea tas:
301 C APEL M ART ÍNEZ, R.: “L a p rostitución en Espa ña: notas para un est udio socio- histórico ” e n
Mujer y sociedad en España, 1700-1975, Madrid, 1982, págs. 2 65-298 . CAR RAS CO DE LA
FUENT E, E. : “Aproximació n a lo s co ncep tos de ho nor y pr ostitución e n la Bar celona del siglo
XVIII. I niciativas instit ucionales y resp uestas pública s” e n La s mujere s en el Antig uo Rég imen.
Imag en y rea lidad, Barc elona, 1994, p ágs. 121 -168.
302 LÓPEZ BE LT RÁN, Mª. T .: L a pro stitución en el Rein o d e Gran ada en é poca d e los Re yes
Católicos: el caso d e Mála ga (148 7-1 516), M álaga, 1985 y La prostitució n en el Reino d e Gran ada
a fina les de la Edad Media , Málaga 2003 .
303 AHPM, leg. 2 457 , fol. 5 7v, 18-IV-1747 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 46
…una cas a propia d e di cho combento; en l a calle que la nombran de l a
Higuera; en calle Beatas, que linda por la parte de abajo con casas de
Doña Ana del Campo… 304 .
Dª. L uisa de Montill a en su arrendamiento contra D. Luís de He rrera nomb ra
a la calle Mariblanca:
…Doña Luisa d e Montilla vesina de esta dicha ciudad una casa propia de
la referida, en la calle de Mariblanca… 305 .
En el poder nota rial de Dª. Paula Castaño se ex pone el nom bre d e la calle
Muro de Santa Ana:
…ante mi el escrivano público y t estigos p aresieron en la c asa d e s u
morada calleja del muro de mi señora Santa Ana… 306 .
D ª. Manuela de Ramos en su testamento habla del convento de Carmelitas:
…soy dueña y poseedora de una casa en la c alleja sin s alida del combento
y religiosas de madres carme litas de esta ciudad en la feligresía del
Sagrario… 307 .
Dª. Ana María Zamora hace mención de los conventos de Agustinas y
Capuchinas al protocolizar su última voluntad:
…Mando a los combent os de reli giosas A gustinas recoletas, carmelit as, y
capuchinas de esta cuidad por vía de limosna… 308 .
E n definitiva las muj eres en la sociedad de l a Edad Moderna qu edaban
integradas en los distint os estamentos ex istentes pero como un grupo d e menor
consideración. No obstante, la pertenencia a determinada s familias per mitía un
mayor gra do de maniobr a a la hora d e poder obt ener beneficios pa rticulares. Los
casos analiz ados en este trabajo muestran cómo la totalidad de l as mujeres qu e
304 AHPM, leg. 2 469 , fol. 1 51r, 16-X-1753 .
305 AHPM, leg. 2 469 , fol. 4 5r, 26-III-175 7.
306 AHPM, leg. 2 458 , fol. 2 5r, 1-IV-175 0.
307 AHPM, leg. 2 469 , fol. 1 39r, 31-VIII -1757.
308 AHPM, leg. 2 458 , fol. 6 8v, 12-III-17 51.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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otorga n esc rituras reciben el trata miento de “doña”, el cual le confiere una posición
más destacada respecto al conjunto de personas de ese sexo.
Tanto en l as dotes como en los testamentos, podemos observar l as
peculiaridades de di chas mujeres en el m omento de formalizar los documentos que
abrían una nueva etapa en su vida, o aquellos redactados, generalmente, al final de
su existencia.
Por el trabajo hasta aho ra r ealizado se pu ede afirmar que la p articipación
económica del esposo en los bienes dot ales pa recía ser menor que la de la mujer e
incluso se daban casos en los que t al participación era nula, puesto que ex istían
contratos dotales sin arras.
3.4.1. La dote en la formación del p atrim on io f amiliar
La dote es una ins titución de o rigen romano, al im ponerse como costumbre
que la muj er apo rtara u nos bienes al marido al contraer mat rimonio. Sobre ella
tenemos referencias en casi todas las sociedades y legislaciones prim itivas
apareciendo ligada al co ntrato matrimoni al. El Cristianismo favore ció el uso de l a
dote y el hecho de instituir el matrimonio como la unión de dos seres iguales,
mejoró la condición jurídica y s ocial de la mujer 309 .
309 DER RASE P ARRA, P. : La dote y a rras en Mála ga a finales d e la E dad Media ( 1496-1518),
Me m o ria de licenciatura dirigida por la Dr a. López Beltr án, Mª. T. , 1987, p ág. 2 12. ARIES, P. y
DUBY, G.: (dir ects.): Historia de la vida privad a , Madr id, 1989, pág. 6 40.
CHACÓN J IMÉNEZ, F.: “Ha cia una n ueva defi nición d e la e structura so cial en la E spaña del
Antiguo Régimen a través d e la familia y la s r elaciones d e par entesco” Historia S ocial , 2 1, 1995,
págs. 75-104 . FAUVE-CH AMOUX, A .: “El matri m o nio, la viuded ad y el d ivorcio”, en KE RTZER,
D., B ARBAGLI, M. (co mps.) : La vida familiar a p rincipio s d e la era mo derna , 1500- 1789,
Historia de la fa milia europea, vol. I, Barce lona , 20 02, págs. 331-37 7. GARCÍA FE RNÁNDE Z,
M.: Herencia y pa trimonio familiar en la Castilla del An tiguo Ré gimen. (1700 -1834): efectos socio-
econ ómicos de la de la mue rte y la partició n de bie nes, Vallado lid, 199 5, págs. 105 -137.
RODRÍGUE Z SÁN CHEZ, A.: “Las c artas de dote e n Extre madura”, en EI RAS ROE L, A. (co ord .):
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 48
En el Bajo Imperio s e promulgaron le y es que mejoraron las condiciones
sociales de las mujeres, siendo J ustiniano qui én la constituyó tal y como la
encontramos en l as leyes romanas de la época medieval y como las han conservado
algunos le gisladores mo dernos. Durante la época visigoda, ex istía la costumbre de
que la mujer l levase al matrimonio un ajuar formado por j oya s y mobili ario de la
casa. No obstante, el aju ar no representaba de he cho un gran aporte económico, y a
que en la sociedad hispanovisigoda era el marido quien dotaba a la mujer.
Fue durant e la Edad Media c uando e sta ins titución a lcanzó un g ran
desarrollo, teniendo como precedente más inmediato la dos ex maritu vis igoda.
Según Goodo y 310 , esta im portancia que adquirió l a dote en la época mediev al, va
l igada a l a evolución de la familia y del m atrimonio en Europa. La Ig l esia jugó un
importante pape l que el autor sitúa haci a el s. IV, cua nt o la so ciedad cristiana se
consolida y l a institución eclesiástica se forta lece. La Iglesia se erige como
organización cu yo patrimoni o debe custodiar, tomando bajo su di rección las
instituciones de matrimonio, donaciones y her encia 311 .
E l mayor avance legislati vo se produjo bajo el reinado de Alfonso X, con la
promulgación del Fuero Real (1255) 312 y l as Partidas (1265) 313 .
En 1505 las Leyes de Toro revisarán y unificarán los criterios en l os
territorios peninsulare s bajo su jurisdicción, aunq ue no aportó grandes novedades
La Docume ntación Notaria l y la Historia. Acta s del II Coloq uio d e Meto dología Histórica
Aplica da., I, Santiago de Co mpostela, 1 984, p ágs. 87-24 6.
310 GOODY, J.: “L’evolu tion de la fa mille et du marriage e n Europe”. Tomo I, P arís, 198 5, pág. 30.
311 D EL CERRO BOHÓRQUE Z, Mª. P .: “Los b ienes aporta dos por las mu j eres al matrimonio a
través de las escrit uras de dote (1 670 -1750)”, en ESP IGADO TOCINO, G. Y DE LA P ASCU A
SÁNCHEZ, M. J. (eds.): Frasqu ita La rrea y A herán . Europeas y española s entre la I lustración y el
Roma nticismo (17 50-185 0), Cádiz, 2003, pag. 3 27.
312 CR ADDOCK, J .: “ La cro nología d e las ob ras legislativas de Alfonso X el Sab io”, Anuario d e
Historia del Derecho e spañol , 51 , 1 981, p ágs. 3 65-418. GARCÍA G ALLO, A.: “Nuevas
observacio nes sobre la ob ra legis lativa de A lfon so X ” en An ua rio de Historia del Derecho esp año l ,
nº 4 6, 1976, págs. 6 09-67 0.
313 LAS SIET E P AR TI DAS D EL REY DON ALFONSO X “EL S ABIO” (1 265 ). Edición de la
R eal Acade m ia de la Histor ia de 1807. Declarada oficial por re al o rden de 8 de marzo de 1818.
Donde se hacía referenc ia a d esposor ios, casamientos y dote. P ÉREZ MART ÍN, A.: “Murcia y la
obr a legislativa Alfo nsina: pasa do y presente”. A nales d e Derecho , 8, Murcia, 198 5, págs. 93 -128.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
1 49
en esta materia, pues ya habían sido ampliamente reguladas por las Partidas. Éstas
definen la dote como:
… el alg o que da la mujer al marido por r azón de ca s amiento, e s
llamado dote: e es como manera d e donación, fec ha con entendimiento de
se mantener e a y utar el m atrimonio con ella: e seg ún di cen los sabios
antiguos es como propio patrimonio de la mujer 314 .
La gestión y administración de la dote co rrespondía al marido, aunque no la
propiedad. La le y , por t anto, establecía el compromiso por parte del esposo de no
enajenar los bienes dotales, y a que por otra parte, trata de garanti zar la
supervivencia mat erial de la m ujer en c aso de dis olución de la unidad con y u gal por
cualquiera de las caus as que el derec ho contempla: ya sea en caso de viudedad,
ruptura con yugal o po r o tras c ausas. En la escritura de dotes y arras d e Dª . María
del Castillo podemos leer en la página doscientos noventa y seis:
…me obligo a tenerlos en mi poder como propio caudal de la susodicha, y
a no malbaratarlos, ni obligarlos a mis deud as, crímines, ni ex esos, para
que en el caso de que el dicho matrimonio sea disuelto por muerte,
divorcio, u otro de los ca sos prevenidos por derecho hacer entre ga de ellos
pronta y efectivamente a la dicha María del Ca stillo mi esposa, o a la
persona que su poder y causa hubiere… 315 .
E l código Alfonsino abarcó la prá ctica totalidad de los aspe ctos rel ativos a
esta inst itución, de t al manera qu e las leyes ta urinas , poco pudieron añadir. Dos
son las le y es que m odifican lo establecido por Las Partidas: la 29, q ue ha ce
referencia a l a cuantía, s eñalando que deben l levarse a col ación a la hora de
efec tuar el reparto h ereditario y la 53 que determina los bienes con los que deben
afrontarse la donación 316 .
314 LEY DE TORO 1505, Archivo Provincial de Granada, la Nueva recop ilación (1567) y la
Novísima recop ilación (180 8) , re cogían d isposicione s re ferentes a la s d otes y donacione s “ propte r
nup cias”, pe ro en ellas se limi tó y fijó la cuantía de las mismas.
315 AHPM, leg. 246 9, fols. 2 96r-296v, 1 2-IV-175 6
316 CÓDIGO AL FONSINO, Libr o III, P artidas IV-VI y Decreta les IV, tra ta del dere cho de familia,
s ucesiones y co ntratos. En cuanto al consenti miento fa miliar par a contraer matrimonio y a l régimen
de arras y do te, en PÉREZ MARTÍ N, A.: L a obra le gislativa Alfonsina y pue sto que e n ella o cupa
las sie te partid as. G lossae. R v d e Historía del Derecho E uro peo , 3 , M urcia, 199 2, p ág s. 3 5-53.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La fin alidad de la dote era a yuda r al s ostenimiento de l as cargas del
matrimonio, rec ogiéndose en las escrituras las fórmulas que aluden ex pres amente a
dicho fin: “para a yuda de las cargas del m atrimonio”. Así en la dot e d e Dª. Theresa
Notario y Aróstegui encontramos:
… dicha Doña Antonia de Aróste gui madre de la referida mi esposa J unto
con Don Gregorio Gonzáles y Velasco s u s egundo Marido me a ofresido
entregar por dote y cau dal de la referida y para Ayuda a sust entar las
cargas del matrimonio diferentes vienes y dinero … 317 .
L a institución de la dot e permitía mejorar l a si tuación de l a m ujer en la
sociedad, ya que le aseguraba cierta independencia económica.
Respecto al patrim onio aportado, en l a dote se relacion an
pormenorizadamente los bienes que la componen. Todos ellos aparecen tasados por
peritos ex pertos, expresados en maravedíes, uti lizando como moneda los reales de
vellón o ducados.
Ejemplo de esto en las dotes lo encontramos en la declaración de Dª. María
Franquelo:
…Dos sábanas finas nuebas en setenta y dos rreales vellón
Dos almohadas con fundas en treinta rreales
Una colcha de Yndiana de mediada en veinte rreales
Un cobertor blanco nuebo en quare nta y cinco rreales
Un Arca grande de madera en treinta rreales
Una basquiña de pelo de camello en ciento y veinte rreales vellón
Un (…) de (…) en treinta rreales
Una armilla de (…) del (…) de borde labrado con (…) de plata en
quarenta y cinco rreales vellón
LEYES DE TORO. Segú n e l origi nal que se con serva en el Archivo de la Real Cab allería de
Valladolid . T ranscripció n realizada por Mª. So ledad Arribas, en facsí mil publicad o po r el Ministerio
de Educació n y Ciencia. Le y 2 9, “Quando algún fijo o fij a viniere a heredar o p artir los bienes de s u
padr e o de su madre, o descendiente s, sean o bligados e llos o sus hered eros a traer a colac ión e
partició n la dote e d onación pr opter nupcias, e las otr as donacio nes que o viere recib ido d e aquel,
cuyos bienes vienen a herd ar …”
LEYES DE T ORO. Ley 53 : “Si e l marido e la mujer d urante el m a trimon io casaren algún fijo
común, e a m bos le pr o m e tiere n la d ote, o donació n pr opter nupcias, que ambos le pag uen de lo s
bienes que tuvieren ga nados d urante el matrimonio, e sy no los oviere q ue basten a la pag a de dicha
dote o do nación pro pter nupci as, que lo pa guen de por medio de o tros b ienes que le s p ertenecieren
de cualquier manera…”
317 AHPM, leg. 257 7, fols. 5 r-5v, 5-II-174 8.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Otra de lo mismo de tafetán en qusrenta y ocho rre ales vellón
Otra armilla de damasco pajiso en quarenta y cinc o rreales
Una cotil la nueba de damasco asul, en ciento y treinta y cinco rreales
vellón… 318 .
Ha y toda una clasificación formal de la dote según quién done, cuándo l o
hace, tipo de patrimonio comprometido, etc.
Respecto a l a ti pología encontramos do cumento s re gistrados como dot es,
entrega de bienes, pago de dote… 319 .
E n nuestro caso, las escrituras de dotes que solemos encontrar son “carta
real” de dote y arras, es d ecir, inclu y e la dona ción que hace el esposo a la esposa en
razón de m atrimonio 320 . La primera es obli gatoria y la segund a no, por lo que
encontramos también la carta de dote sin arras.
La donación de la dote la suelen r ealizar los pr oge ni tores, ambos si est án
vivos, a partir de l os bi enes ga n anciales del matrim onio. Pueden ser mix tas, al
incluir tanto bienes mue bles como inmuebles, y estimadas, t asadas, no pudiendo
superar d esde las Leye s de Toro determinados po rcentaje s s obre el patrimonio o la
renta del donante, en el caso de las arra s el 10% del patrimonio del marido. Así, en
la escritura de dote y arras de Dª. Ana Medina, figura:
… y por la honrra y virgi nidad de la referida l e m ando en arras quinientos
y cinquenta rreales vellón los quales confieso caven en la désima parte d e
mis vienes… 321 .
318 AHPM, leg. 2 469 , fols. 13 5r-135v, 2 8-VIII-17 57.
319 GIL BEN ÍT EZ, E. Mª. : La apo rtación d e las mujeres en la for mación del ca pital rur al en la
Axarquía (1 720 -1770 ), en VILLAR G ARCÍA Mª. B. (co ord. ): Vid as y recursos d e mu jeres d uran te
el Antig uo R égimen, 199 7, págs. 81-103.
320 RIVER A GARRET AS, Mª. M.: “Una apr oximación a la metod ología d e la H istoria de las
Mujere s”, en O ZIEBLO RAJKOWSKA, B. (coo rd.): C oncep tos y metod olog ía en lo s estud io s
sobre la mujer , Má laga, 1 993 , págs. 19 -42, y B IR RIEL S ALCEDO, M. Mª.: “M ujeres y familia:
fuentes y metodolo gía”, en OZIEBLO R AJKOWSK A, B . (c oord.) : Conce ptos y metod olog ía… ,
págs. 43 -70.
321 AHPM, leg. 2 469 , fol. 1 57r, 8-VIII-17 53.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Tales cartas de dot e y arras las otor ga el esposo, adquiriendo el s entido de
recibí. En la escr i tura de dote de Dª. María Fra nq uelo, antes mencionada, podemos
leer:
…Por maner a que el valor de los dichos vienes y alajas en la conformidad
que (…), suman y mont an dos mil ochocie ntos sesenta y nu eve rreales
vellón en cu y a c antidad l os resivo en presencia d el y nfraescripto escrivano
y testigos de esta es criptura , de que pido de fee e yo Juan López Quartero
escrivano del re y nuestro señor público en el número de esta ciudad la do y
de que en mi presencia; y la de los dichos testigos, el expresado Don
Juaquín Bernardo Schumaquer otor gante r esivió y s e entregó en todos los
expresados vienes… 322 .
T anto las ar ras c omo l a dote son patrimonio de la muj er, aunque, un a vez
casada, es el marido qui en efectivamente dispon e del mismo. De hecho se entra
como propietario de la dot e. L os frutos de la dote son bienes gananciales y este es
un aspecto fundamental a la hora de la disolución del vínculo y de l a restitución de
la dote, bien a la familia, bien a la esposa o a su s herederos. Igual ocurre con las
arras.
En el aspecto exclusi vamente económico de la dote y de las arras, h a y
diversas formas que adoptaba la entrega de las mismas.
La dote se solía pa gar según la documentación analizada en divers as
modalidades y se pueden disti nguir las sig ui entes:
a) Las que consistían sol amente en aju ar propiamente dicho, es d ecir, e n
piezas de casa y ropa.
b) Aquellas que además del ajuar incluí an una determinada suma de
dinero.
c) Dotes en l as que, adem ás del ajuar, los bi enes raí ces o cupaban un
capítulo importante.
322 AHPM, leg. 2 469 , fol. 1 36v, 28-VIII -1757 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 55
XVIII. Y uno de l os aspec t os de reivindicación de las mujeres fue el combatir la
idea vi ge nte d e que la población femenina e ra inferior int electualmente, l o que
conllevaba a que se apartara a las mujeres de una instrucción académica com pleta.
La s si guientes palabras de Mar y Astell resumen su pensamiento: “Si todos
los hombres nacen libres, ¿porqué todas las mujeres nacen esclavas?” 568 .
Otra mujer de gran re levancia fue Madame du Chatêlet (1706-1749 ),
matemática y física francesa. S us ideas sobre la i mportancia de l a educación se
reflejan en el siguiente párrafo:
En el amor al estudio se encuentra encerrada un a pasión a la qu e nunca
son totalmente ajenas las almas elevadas, la de la gloria; diríamos incluso
que esta es l a forma de adquirirla para la mitad del mundo, y es a esa
mitad prec i samente a la que la educación deja sin medios, haciendo
imposible su goce 569 .
La crítica de l os prejuicios sociales que ponían trabas a la educación de la s
mujeres es un tema que se repite en la plum a de ot ras i lustradas francesas a lo largo
del siglo XV III . En Mm e. d’Epina y (1725-1783), por ejemplo, encontramos un
mismo distanciamiento crítico de la fil osofía del siglo que, al propu gnar una
formación específica par a las mujeres, les vedaba determinados ámbitos d el saber.
En los escritos de esta señora no se niega la singul aridad femenina, pero no por ello
admite que deban limitarse las posibilidades intelectuales y el espa cio social de las
mujeres. Bien al contrario, en l a línea de Mme. de Lambert, criticará las opi niones
contrarias a la educación y el saber d e las mujeres 570 .
568 MATT HEW S GRIECO, S. F.: “Mary Ass tell, educad ora y fe minista…, p ág. 215 .
569 MORANT DEUSA, I.: “Las mujeres en los espac ios del saber ilustrado : algunas tra y e cto rias y
t ensiones” e n E SPIGADO TO CINO, G. y DE LA P ASCUA S ÁNCHE Z, M.J. (coo rds.): Frasqu ita
Larrea y Aherán . Eu ropeas y españ olas e ntre la Ilustración y e l Roma nticismo (1750 -1850), Cádiz,
200 3, págs. 55 -81.
570 MORANT DEUS A, I.: “Las mujeres en los e spacios d el saber ilustrado…”, págs. 68 -69
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 56
En el ámbito de España, Josefa Amar es otra mujer cu yo p ensamiento sob re
las mujeres es mu y interes ante 571 .
Tenemos que las mujeres deben ejercer mu cho tesón y v encer obstáculos si
es su deseo de recibir educación más allá de los límit es impuestos por la sociedad.
Un ejemplo lo tenemos e n el relato de su propia vida de Sor J uana Iné s de l a
Cruz:
No había cumplido los tres años d e m i edad cuando enviando mi m adre a
una hermana mía, ma y or que y o, a que s e enseñase a leer en una de las que
llaman amig as, me ll evó a mí tras ella el cariño y la travesura; y viendo
que la daban lección, m e encendí yo de manera e n el deseo de saber leer,
que engañando, a mi parecer , a l a maestra, la dije que mi madre ordenaba
me diese lec ción. Ella no lo cre y ó, po rque no era creíble; p ero, por
complacer al donaire, me la dio. P roseguí yo en ir y ell a prosiguió en
enseñarme, y a no de bu rlas, porqu e l a desengañ ó l a experiencia; y supe
leer en tan brev e tiempo, que y a sabía cuando l o s upo m i m adre, a quien l a
maestra lo ocultó por darle el gusto por entero y recibir el galardón por
junto; y y o l o callé, cre y e ndo que me azotarían por haberlo hecho sin
orden. Teniendo y o desp ués como seis o siete años, y sabiendo y a leer y
escribir, con todas las otras habilidades de labores y costuras que
deprende n las muj eres, o í decir que había Universidad y Escuelas en que
se estudiaban las cienc ias, en M éjico; y apenas lo oí cuando empecé a
matar a mi madre con instantes e i mportunos rueg os sobre que,
mudándome el traje, me enviase a M éjico, en c asa de unos deudos que
tenía, para estudiar y cur sar la Universidad; ella no lo quiso hacer, e hiz o
muy bien, pero y o despiq ué el deseo en leer muchos libros varios que tenía
mi abuelo, sin que bastasen casti gos ni r eprensiones a estorbarlo; de
manera que cuando vine a Méjico, se admiraban, no tanto del ingenio,
cuanto de la memoria y noticias que tenía en ed ad que parecía que apenas
había tenido tiempo para aprender a hablar 572 .
E n su alegato, ciertamente, se significa y se denu ncian las dificultades qu e
las mujeres de la époc a, aún entre los gr upos sociales de ma y o r influencia y poder,
debieron tener no solo pa ra acceder a una buena educación sino p ara interesarse por
el estudio y el conoc im iento, y m enos a ún para ambicionar el r econocimiento
571 LÓPE Z-CORDÓN CORT EZO, Mª. V.: Condició n femen ina y razón ilustrada: Jo sefa Ama r y
Borbó n , Zaragoza , 2005 .
572 DE LA CRU Z, Sor J. I .: R espue sta a S or Filotea de la Cruz , Mad rid, 1 700 ; LLEDÓ , E.: S or
Juan a Inés d e la Cruz: la h iperbólica fin eza , B arcelona, 20 08.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 57
social o aspira r a for mar parte d el mundo intelectual. Máxime, habida c uenta del
marco intelectual que consideraba el sab er en las mujeres como un a incon veniencia
o una extravagancia de u nas pocas. También de la s opiniones y las prácticas de las
familias que pensab an q ue l a inst rucción de sus hi jas, no debía ir más al lá de la
formación religiosa o moral, o el e ntrenamient o para la vida familiar y socia l
limitada, a la que, por otro lado, se pensaba que debían de ser destinadas todas las
mujeres.
Respecto a l os lugares d e enseñanza, para la instrucción f emenina, la casa
cumplía una doble función. De un lado, allí aprendían los conocimientos m enos
formales, es decir, las labores domésticas y , si era necesario, una profesión. Para
determinadas fa milias de ma y or poder económico y so cial rep resentaba l a
oportunidad de proporci onar a las hijas conocimientos más completos contratando
buenos profesores.
A partir de este momento, s e crean l as primeras escuelas elem entales, la s
cuales constituían el tipo de instit uciones más numerosas y a las que correspondía
la m a y or p arte de l a educación femenina 573 . En es tas i nstituciones, generalmente
g ratuitas, predominaban las hijas de familias humil des, mi entras, las de artesanos y
comerciantes acudían a establecimientos s imilares de pa go. Por otro lad o, menos
caros que la educación en casa y más selectos que las escuelas elementales, eran los
conventos y cole gios de monjas, los cuales rep resentaban el m odelo d e educación
femenina separada por antonomasia.
Los colegios religiosos eran los usuales por aquel entonces, como se refleja
en el testamento de Dª. Josefa Lizana:
573 REDER G ADOW, M.: “La e nseñanza fe menina en la Mál aga de l siglo XVI II”, en B ALLARÍN
DOMINGO, P. y ORTI Z GÓ MEZ, T . (eds.): La mujer en A nda lucía, I E ncuentro in terdisciplinar
de estud ios de la muje r , Tom o II, Gr anada 1990 , pág. 584.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Mando que llegado el caso de mi fallezimi ento se an de percibir y cobrar los
dichos siete mil quatrozie nt os nobenta y un pesos y dos reales de plata de el
dicho Don Juan Agustín Reimundo por el reverendo Padre Mi nistro que a la
sazón lo fuere de di cho cole gio de reverendos Pa dres Trinitarios Descalzos
574 .
Es importante señalar qu e la educación f emenina duraba m enos tiempo que
la masculina. Estas limit aciones materiales, unidas a los parámetros d el discurso
ideológico sobre la educación de la mujer, dab an en realidad pocas posibilidades a
que la enseña nza de las jóvenes pudi ese ser amp lia en contenidos. R especto estos
saberes, el concepto aplicado era el de conseguir un "adecuado adiestr amiento" d e
las alum nas, ex altando su papel social y su i nfluencia moral como pr incipales
elementos conformadores de los programas. Se trataba sobre todo de formar buenas
esposas, compañeras d el hombre, y mejores educ adoras d e los hijos y la
servidumbre. Los conocimientos int electuale s oc upan un s egundo plano y estarían
en consonancia con las necesidades sociales de cada receptora.
Dª. M aría Leal en su tes tamento muestra s us inq uietudes por la educación
de sus hijos y nietos:
…Declaro que dicha Doña María Martín mi hi ja quando casó con el
e xpresado Diego de los Reye s abrá di ez y seis años le dimos de Dote Asta
Doscientos y cinquenta Ducados de que ha go memoria pasó escriptura
ante el presente es crivano u abrá dose años murió dicho su marido he yso
testamento Ante Francisco de Molina Málaga escrivano de Su Magestad
que me parese está protocolado en e l Ofisio de H emeregildo Ruí s
escrivano de este número y desde entonses dicho mi marido (…) yo la
hemos estado manteniendo de A limento y Parte de bestuario y dando
estudios a dos hijo suios… 575 .
La s mujer es que en el siglo XV III quisieron ser admit idas en los cenácul os
masculinos debían percibir las pr esiones que gravitaban sobre ellas. Es decir, que
las mujeres busc aban l a proyección y la promoción de ellas mismas y de otras
574 AHPM, leg. 2 698 , fol. 6 26v, 9-VI, 1 753.
575 AHPM, leg. 2 458 , fol. 2 62r, 9-X-1749.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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mujeres, debían sentirse obliga d as a construirse un estilo de vida respetable e
igualmente adecuado a las exigencias m orales y a las expectativas sociales que se
expresaban en los modelos femeninos adoptados por el si glo. De no s er a sí, estas
mujeres se ex ponían a ser juz gada s de incompetentes e insust anciales por l os
hombres que, como Cabarrús, parecían estar conve ncidos de la debilidad intelectual
y m oral del género femenino. Y aún por aquel los ot ros que, como J ove llanos,
partidarios de su admisión, lo hacían reclamando prudencia:
Yo supongo qu e no a dmitiremos un gran número de señoras. Esto
conviene y está en nuest ra mano. S i quere mos que miréis el título como
una verdadera dist inción no lo vulgaricemos, dispensémosles con
parsimonia y sob re todo con j usticia. No lo concedamos precisamente el
nacimiento, a la riqueza, a l a hermosura. Apre ciemos en buena hora estas
cualidades, p ero apreciém oslas cuando estén realz adas por el de coro, por
la humanidad, por la beneficencia, por aquellas virtudes civil es y
domésticas que hacen el honor de este sexo 576 .
L os conocimientos que debían alc anzar las m ujeres se enfocab an en tr es
puntos. En primer l uga r, la religión, cu y a presencia no se limitaba al est udio del
catecismo si no que im pregnaba todos los asp ectos del pro ceso educativo. En
segundo té rmino, el aprendizaje de la lectura y es critura. Por último, las labores de
la aguja, práctica que s ervirá a unas para ganarse la vida, y a otras, para e vitar las
malas consecuencias de una vida ociosa 577 .
L os colegios incluían además l as artes d e adorno (danza, música, dibujo) y
la dirección de la casa.
No obstante, pese a l os a vances en la educación, la inm ensa ma y oría de las
mujeres eran analfabetas, como se puede const atar en los protocolos n otariales
cuando muchas veces a parece a la hora de firmar el documento la frase “no sé
576 MORANT DEUS A, I.: “Las mujeres en los e spacios d el saber ilustrado…”, pág. 66 .
577 FERNÁNDE Z QUINT ANILL A, P .: L a mujer ilustrad a en la E spaña del siglo XV III , Madrid,
198 1, pág. 158.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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escribir”. Ejemplo de esto sería la escritura de test amento de doña I s abel del P ozo
cuando señala un caso de analfabetismo:
así lo otorgo ante el es crivano públ ico y testigos en la ciudad de Málaga a
onse días del mes de Jullio de mill setezi entos cu arenta y s iete años siédol o
presentes Lorenzo Rodríguez, J uan Vázquez y Don Marcos J oseph
Domínguez vec inos de esta ciudad unos de los quales firmó a mi ruego
porque no sé escrevir 578 .
En contraposición al caso anterior esta rían las mujeres que muestran su
educación, al saber escribir como Dª Bernarda Chicón en su testamento:
…otorgo el presente ante el infraescripto escrivano público y testi gos, qu e
es fecho en l a ciudad de Málaga, a veinte y s eis días del mes d e
Noviembre de mil setecientos y cinquenta años e n cuio registro lo firmé de
mi puño… 579 .
E n los protocolos estudiados en este p resente t rabajo, de las 503 esc rituras
otorga das por mujeres, se observa que 293 (58,25%) manifiestan que al m enos
saber firmar, mientras qu e 210 (41,75%) d eclaran lo contrario, y delegan l a rúbrica
a otras personas.
578 AHPM, leg. 2 457 , fol. 1 23v, 11-VII, 1747.
579 AHPM, leg. 2 468 , fol. 3 28v, 26-XI, 1750.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Gráfico 6
Distribución de escrituras otorgadas p or m u jeres,
en atención a saber firmar
0
50
100
150
200
250
300
Númer o de mujer es
Sabe n e scribir
No sa b e n e s c r i b i r
5.2.1. Enseñanza e ins tit u ciones
En este aspe cto se pued e afirmar que l a enseñanz a no está dentro de l a
sociedad, sino que es l a socie dad mism a. Nada de lo que ocurre en el sistema de
enseñanza es independie nte de la estructura de l as relaciones ex istentes entre los
diversos grupos y clases sociales en un momento dete rminado 580 . Así pues, la
teoría pedagógica y la práctica escolar manifiesta n las mismas líne as de tensi ón que
ponen a prueba las r elaciones social es que jerarquiz an las clas es, las raz as, los
géneros…
580 LE REN A ALES ON, C.: E sc uela, id eología y clases social es en Españ a. Crítica de la so ciolog ía
empirista d e la ed ucación , Barcelona, 1976, pág. 59.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La educación en la escuela dete rmina el encuadramiento soci al de los
nuevos indi viduos, de fo rma que la conc iliación con el destino so cial que arbitra el
sistema de representación sexual históricament e construido se procura en los
primeros estadios de educación formal.
Normalmente, l as obr as que contien en el pensami ento pedagógico han sid o
la fuente de privilegiado uso para delimitar la naturaleza del discurso m odelador
del comportamiento fem enino, además d e las prácticas y usos cotidianos de l a
vivencia escolar. Alt husser afirmab a que la i deología no adopta solam ente el
soporte de l o es crito para formular se, sino que ad emás se evidencia en el es cenario
y en el entramado de l as relaciones sociales mater iales. Es más, éste sería el ámbito
más eficaz par a la asi milación y l a r eproducción, por s er el de más difícil
cuestionamiento, de los valores t ransmitidos por los aparatos ideológicos y , dentro
de éstos, la escuela resulta ser uno de los más eficaces 581 .
L a diversa tipolo gía del material empleado por ambos sexos nos habla
elocuentemente de los modelos no confesados de socialización. Las niñas no
cuentan, entre las materias que estudian, con aq uellas que hacen r eferencia a los
temas agrar ios, industria les o comercia les que son obligatorios, si n embarg o, para
el otro sexo. P or el co ntrario, fi guran en su list a libros sobre temas que son
considerados po r los contemporáneos de ma y or uti lidad par a las jóven es, con los
que atienden al aprendizaje de la proclamada “ ciencia doméstica” , “pseud ociencia”
que tiene l a rar a particul aridad de no r ecibir t ratamiento académico como el resto
de las actividades profesionales masculinas 582 .
581 ALTHUSSER, L.: Id eolog ía y apa ratos ide ológicos d e Estado , Bar celona, 197 7, págs. 162-16 6.
582 ESPI GADO TOCINO , G.: “Pautas de socializació n femenina en la escu ela dec imonónica ”, en
JIMÉ NEZ MOR ALES, M. J. y QUILES F AZ, A . (co ords.) : De otras miradas: R eflexiones sob re la
mujer de los siglos X VII a l XX , Málaga, 1 998 , págs. 89-11 6.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Centrándonos en Málaga 583 , nos encontramos que la educa ción femenina
tenía su mejor ex ponente en l as muje res de un grupo soci al en auge: la
burguesía 584 .
La educación que las m ujeres recibían es un aspecto importante para
conocer su vi da cotidiana. En este s entido cabe recordar qu e la enseñanza y el
aprendizaje forman part e de una s erie de comportamientos simbóli cos utiliz ados
para c aracterizar el esti lo de vida de l os gr upos sociales y para significar su
adscripción a una determinada clase social. En el siglo XVIII la educación tenía un
alto valor para la burguesía que, si podía pa garla, se beneficiaba de las
oportunidades educativas que ex istían en aquella época. Sin embargo, no es
necesario reiterar que, en este aspecto, había una enorme dis tancia en el trato que
este asunto tenía respecto a los hijos o a las hijas.
Ya s e ha puesto de relieve que la burguesía m ercantil consideraba a las
mujeres como piez as importantes dentro del grupo y l as utiliz aba con gran
versatilidad en el j uego económico y social. N o obstante, su educación era u n
asunto de poca enti dad si se compara con el cuidado que se tenía en dar a los hijos
una adecua d a formación para el ejercicio del comercio, o de dotarlos de los
conocimientos necesarios para que siguieran algunas de las vías profesionales más
ventajosas que estaban abiertas a los jóvenes burgueses.
La educación de las mujeres era un asunto q ue se consideraba como
concer niente a l a esf era privada de las familias a las que s e suponí a co n m edios
583 REDER GADOW, M.: “Dato s acerc a de la ense ñanza feme nina en la Mála ga ilu strada”, Baetica .
Estudio s de Arte, Geogra fía e Historia , 11 , 19 88, pá gs. 435-452.
584 V ILLAR G ARCÍ A, M ª. B.: “Las mujeres de la burg uesía mercantil m alag ueña del siglo XVI II.
Estrategias fa miliares y vida c otidiana”, en VI LLAR GA RCÍA, Mª. B.: Vida y recu rsos d e mujeres
duran te el Antiguo Régimen , Málaga, 19 97, págs. 1 31-165, y “L as estrategias famil iare s de la
burguesía mercantil e n el siglo XVIII: a lgunos ejemplos malag ueños”, en C ASEY , J . y
HERNÁNDE Z F RANCO, J . (coo rds.): F amilia, p arentesco y lina je. Congreso Interna ciona l
Historia de la Familia : Nueva s p erspectivas sob re la soci eda d eu ropea , Murcia, 1997, págs. 3 11-
321.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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suficientes para pagar maestros y preceptores, siendo perceptibles también en l a
urbe m alacitana 585 . Su form ación dom éstica inclu ía el aprendizaje de aquellas
tareas qu e tradicionalment e s e l es atribuía dentro del reparto social del tr abajo: el
gobier no d e la casa, la crianza de l os hijos , costura, bordado y otr as labores...
“apropiadas a su sexo”.
En cuanto a su educación intelectual, rarame nte s e rebasa ban los límites de
la enseñanza de la l ectura, escritura y la más elemental aritmética. Esto quedaba a
cargo de pr eceptores particulares o era fruto de una estancia más o menos larga en
algunos de los conventos femeninos de la ciudad que, especializados en estas tareas
o que por una anti gua tradición, aceptaban como p upilas, para educarlas, a las niñas
y j óvenes de las famili as nobles y burguesas 586 . No era infrecuente el analfabetismo
de las mujeres pertenecientes a los medios mercantiles. Pese a ello, se puede
presumir que era en este nivel donde s e producía n las tasas más bajas de mujeres
totalmente iletradas ya q ue l a necesidad o algún suceso i mprevisto podía ponerlas
al frente de los negocios familiares, para cu ya eventu alidad debí an tener una
preparación mínima. En cualquier caso bast a observar las firmas y rúbric as de los
documentos notariales para percibir cómo las mujeres de la burguesía merca nt il
tenían una letra mucho más inseg ur a que las de sus maridos o he rmanos. Ello es
prueba de que la escritura era un ejerc icio poco usual para ellas y del desc uido con
que habían sido educadas.
585 REDER GADO W, M .: “La t ransmisió n de los r oles fe meninos e n el siglo de la Ilustr ación: la s
educado ras malagueñas”, e n El trab ajo de la s mujeres. Pasa do y presen te. Ac tas del Cong reso
Interna cional d el Semin ario de Estudio s I nterdisciplin ario s de la Mu jer , vol. III, Mála ga, 199 6,
págs. 39 -50.
586 En 1640 se había f undad o el Colegio de Niñas Ed ucandas también llamad o de Beatas del
Carmen en el b arrio del Per chel. E n 1704 se fundó u n colegio de n iñas huérfanas a unque éste en
principio tenía co mo misió n r eco ger a las niñas ab andonad as p or distinta s ca usas. Apud. G ARCÍA
DE LA LEÑ A, C .: C onve rsa cione s histórica s mala gueñas , tomo IV, Málaga, 1981 , pág. 259.
Ta m b ién los cole gios femen inos solía n aco ger p upilas pa ra su ed ucación. Vid . G ÓME Z GARCÍA,
M. C.: In stitucion es religiosas femenin as… .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 71
para qu e un buen número de los ingresos se efectuaran con la adecuada
conformidad de las afectadas.
No era gra tuita la profesi ón religiosa. Por el contrario, en principio, sól o l os
grupos más acomodados podían pagar holgadame nte los gastos d e ajuar, noviciado,
las propinas y regalos de la toma de hábitos y profesión de votos y , po r sup uesto, la
dote conventual.
Esta opción era, sin duda, mu y v entajosa pa ra los comerciantes con
numerosa prole femenina. P or otro lado, la cu antía de l as dotes conventuales era
siempre inferior a las de las dotes matrimoniales.
El estado religioso era considerado superior al del matrimonio. Al estar
“casadas con J esucristo” s e conside raba el estado m ás perfecto aún, motivo por e l
que se foment aba d esde todos l os ámbitos. Para aquella mentalidad barroca otro
elemento de suma im portancia, l a virginidad era exaltada hasta el p unto de
considerarse m ás meritoria que la de los ángeles, pues al ser espíritus sin cuerpos
no tenían que librar ningún combate interno 603 .
S e aconsejaba a las jóvenes y a los padres para que se inclinas en por esa
opción de vida siendo muchas las que in gresaron en l os monasterios por auténtic a
vocación religiosa, y otras como medio de guardar su honestidad y vi rginidad 604 .
Un planteamiento tan crudo no fue excepcional entre la nobleza y los
burgueses del Antiguo R ég imen. Los moralistas de la época y no pocos i lustrados
llamaron la atención sob re l os peligros de estas “ vocaciones indu cidas”. No pocas
alteraciones de las reglas monásticas y d e la vida conventual tuvieron s u o rigen en
estas si tuaciones de fuerz a a que se vi eron somet idas las muj eres. P ero el rec urso a
603 GÓMEZ G ARCÍA, Mª. C.: Mu jer y Clausura . Conve ntos Cistercien se… , pá g. 117 .
604 C ALINO CESARE, S.I.: D iscursos espirituale s y morales para útil entreten imien to de las
monja s , tomo II, M álaga, 1786 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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estos métodos para f ortalecer el patrimonio de los varones de las familias
encontraba todavía un tratamiento literario en los novelis tas del siglo X I X, s eñal
inequívoca de que eran prácticas que la sociedad no había desterrado 605 .
Un ejemplo de la vida monástica que debían ej ercer las monjas se puede
desprender del rel ato de una priora, de la o rden de S an Agustín en Al emania, C lara
Staiger:
Comparada con sus colegas masculinos de la orden de S an Agustín, y l a
totalidad de su convento cumpli eron un papel m ediador entre la élit e
eclesiástica y el pueblo laico. Mi entras la clerecía masculina desempeñaba
funciones generales d e dirección en la socied ad c on su trabajo intelectual
y pastor al y el control de las actividades femenin as, a las religiosas s e les
negó oficialmente el derecho a asumir cualquiera de estas func iones 606 .
Así se demuestra en el diario de la p riora qu e nos expone diversos ras gos de
la j erar quía e clesiástica basados en el género. El convento de M ariastein dependía
del monasterio vecino de Rebdorf en m uchos sentidos: el prior debía decidi r sobre
el grado de asistencia pastoral que se otor gaba a las monjas, era r esponsable del
envío de monjes para confesar y cele brar misa, tenía que supervisar y, a menudo,
ordenaba n, todas las oper aciones fina ncieras de im portancia.
La s numerosas fundacio nes conventuales realizadas en la Málaga Mode rna,
están en correspondencia con el ambiente y m entali dad religiosa que impregna todo
el marco vital de l a s ociedad, reflejándose e n la documentación no tarial una
tipología muy variada recogida por los esc ribanos del momento 607 . Ejemplo de esto
605 Son ilustrativas a este respecto algu nas novelas de Balzac e in cluso de Galdós:
PÉREZ G ALDÓS, B. : Doñ a perfecta , Mad rid, 187 6. DE BAL ZAC, H.: Eu génie Grandet , Paris,
1834.
606 J ANCKE-LEUT ZSCH, G.: “Clara Stai ger, la p rior a”, en C ALVI, G . ( coor d.): La muje r ba rroca ,
Madrid , 1995 , págs. 111 -113.
607 MEND OZA GARCÍ A, Mª. E.: “La cla usura femenina en E spaña en el siglo XVI I a través de los
m anuales de e scribanos y documentos notariales de Mála ga”, en CAMPOS Y FERN ÁNDE Z DE
SEVILLA, F. J. (coord .): La clau sura femen ina en España. Actas de l Simpo sium , v ol. 1, San
Lorenzo d e El Esco rial, 20 04, págs. 245 -268.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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lo encontramos en el siguiente tex to de una cesión de Dª. J erónima de Ortega, en la
cual en unas pocas líneas hacen su aparición dos conventos y el oficio de religiosa:
esta ciudad en la calle de Ca rretería qu e lind a por una p arte con casas
prinsipales del otorgante y has en esquina con el convento d e Señor San
Francisco y po r el otro lado con otro de Don Francisco Rolosill as que les
tocaron por la pa rtición que s e hiso de los vienes de Don Pedro de Ortega su
padre y (…) y nesesida des que (…) Doña Gerónima de Ort ega h ermana
religiosa de ofisio del convento de (…) s eñor San M iguel de esta cuidad, por
no t ener la (…) deliverado zederle los (…) por tiempo de ocho años contados
desde (…) qu e a ya d e sat isfaser, y pagar qual (…) en cada un año al conve nto
y Relijiosas (…) señor S an Francisco de una memoria que se le paga… 608 .
E n toda la ciudad lle garon a estar abiertos a finales del siglo XV III un total
de 25 conventos, quinc e masculinos y diez femeni nos 609 . Diferentes órden es h abía n
decidido, desde la centuria del Quinientos, tener casa en la capital malacitana 610 ,
sirviendo de modelo a una cier t a expansión por la diócesis 611 . En el caso que atañe
a las comunidades de mu jeres, las instit uciones de la urbe mal agueña, estudiadas en
su día por la doctora M aría del Carmen Góm ez Garc ía 612 , sigue l a tónica de la
España moderna en sus distint as jurisdicciones 613 .
608 AHPM, leg. 2 468 , fol. 3 64r, 7-XI, 17 47.
609 BU RGOS M ADROÑER O, M.: “Má laga e n el siglo XVII I: la Iglesia”, Jáb ega , 3, 1973, pág. 46,
citado en GÓMEZ GAR CÍA, Mª C.: I nstitucion es relig iosas femen inas mala gueñas en la transición
del siglo XVII al XVIII , M álaga, 1986 , pág. 40.
610 RODRÍGU EZ MARÍN, F. J. : Málag a con ventual. Estudio histórico, artístico y urban ístico de
los con ventos m alagueñ os , Málaga, 20 00.
611 GÓMEZ G ARCÍA, Mª. C. y MA RTÍN VERGAR A, J . Mª.: “Notas para el estudio del m onacato
en Mála ga y s u provi ncia”, Is la de Arriarán. Revista Cultu ral y Cientí fica , 2 5, 2 005, p ágs. 95-11 2;
RAMÍRE Z GON ZÁLE Z, S.: Lo s con ventos francisca nos d e la provin cial d e Mála ga. Presencia y
memoria h istórica , M álaga, 20 09.
612 GÓMEZ G ARCÍ A, M ª. C. : Institu ciones relig iosas femen inas malagueña s… , y Mu jer y
clausu ra. Conv entos cistercien ses...
613 SÁNCHE Z LO RA, J . L.: M ujeres, con ventos y formas de relig iosidad barroca , Madrid, 1988 ;
MUÑO Z, A. y GRAÑ A, Mª. d el M. (e ds.): Re ligiosidad femenin a. Ex pectativas y rea lidade s (ss.
VIII-XVIII) , M adrid, 1991; BELD AD COR RAL, J .: Monja s y con ventos en Castilla la Nueva . Un
modelo de v ida religiosa rural en los siglos XV -XVII , Ciudad Real, 20 10.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Sin duda ha y que poner de manifiesto el impulso de la Contrarre forma, a
partir de las disposiciones del Concili o de Trento en dicho aspecto, que fomentaban
este tipo de espiritualidad 614 .
Los conventos s e regían y o rganizaban s u vida espiritual y m aterial por l a s
disposiciones de l as R eg las, las cuales se espe cifican en las Constituciones y
Estatutos 615 . En ellos se hacen continuas referencias a las R eglas, detallándose
m inuciosamente en el M anual de los Usos, donde se expli ca con precisión lo que
debían hacer y decir las monjas en cada momento de las distintas ceremonias
conventuales, pues igual que se estable cían mod os y normas d e comport amientos
en el exterior, se p racticaban en el interior de l os conventos. No obstant e, por l a
propia condición humana, los roc es entre unas y otras o, incl uso, los
enfrentamientos directos, perturbaban, en ocasiones, la paz y quietud de aquellos
claustros 616 .
La misión de las R eglas, Constituciones y Usos fue pre servar l a clausura e n
orden perfecto, por lo que era fundamental que los conociesen todas las
componentes del cenobio, de ahí su lectura continua a la comunidad en los
refectorios de los conventos 617 .
614 AT IENZA LÓPE Z, A.: T iemp os de con ventos. Una h ist o ria social de la s fun daciones en la
Españ a moderna , Madrid , 2008.
615 GÓMEZ GARCÍ A, Mª . C.: “Aprender para vivir en s antidad. El micro cosmos cenob ítico
malagueño en lo s tie mpos moder nos”, en REDE R G ADO W, M . (co ord .): Mu jeres, familia y
sexualid ad en la Málaga moderna , Málaga, 20 09, págs. 1 18-122.
616 G ÓMEZ G ARCÍ A, Mª. C.: “ Los con flictos e n la c lausura fe menina d e la Má laga moderna”, en
MEST RE SANCHÍ S, A., FE RN ÁNDEZ ALBADA LEJO, P . y GIM ÉNEZ LÓP EZ, E. (co ords.) :
Disidencia s y exilio s en la E spa ña moderna. Actas de la I V R eunió n Científica d e la Asoc iación
Españ ola de Histo ria Modern a , vol. II, Alicante, 19 97, págs. 81 -90.
617 Un buen eje mplo del estud io de estas nor mas concerni entes a una co munidad relig iosa la
t enemos e n: REDE R G ADOW, M.: “Una mirada r etrospe ctiva a la claus ura fe menina en Andalucía :
la Or den Concep cionista”, en C AMPOS Y FERN ÁNDEZ D E SEVI LLA, F. J . ( coord.): La
clausu ra femenin a en Españ a. Actas d el Simp osium , vol. II , San Lorenzo de El Escorial, 2 004, págs.
813-835.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 75
De e ste modo, en la li cencia pa ra recibir el h ábito de Dª. Mar ía Cejudo y
Acosta, se expone los tratados que ri gen los conventos en cuestiones del ingreso a
la vida conventual de las mujeres:
Licencia para recibir el Ábito de Doña María Cejudo y A costa
DON J UAN DE EULA TE Y SANT A CRU Z, P OR LA GRAC IA DE
DIOS Y DE LA S ANTA SEDE AP OSTÓLICA, OBISPO DE M Á LA GA,
DEL CONSEJO DE SU MAGESTAD Y COMP AÑÍA.
Por quanto la Madre P riora de el conv ento de religiosas Agustina recoletas
de esta ciudad qu e de nuestra J urisdicción y obediencia, nos hizo relac i ón,
diciendo: Que Doña Ma ría Cejudo y Acost a, hija legítima de Do n
Francisco Cejudo y Doña J osepha de Acosta su m uge r todos v ezinos de
esta ciudad desea t omar el Ábito de R eligiosa de el dicho C onvento, y nos
suplicó le mandásemos dar nuestra li cencia para ello, y para qu e la di cha
Madre P riora la reciba por tal Religiosa. Y teniendo atención al buen
deseo, y d evoción de la di cha Doña María Cejudo espera ndo qu e será pa ra
el mayor se rvicio de nu estro Señor, y bien de le dicho Convento: Por l a
presente damos licencia a la dicha Madr e P riora para que se tomen los
votos de la C omunidad, y haviendo precedido los tratados, y demás cosas
que por derecho, y costu mbre de el dicho Conven to s e deben hacer, pueda
recibir, y reciba por Reli giosa en él a la di cha Doña María Cejudo y darla
el Ábito c on que ante todas c osas, por partos, y las otras c osas
acostumbradas, qu e se d an por t ales Monjas, y con tal que la dicha dot e
aya de ser en moneda corriente, con authoridad, y satisfacción de nu estro
Visitador general, dicha M adre Prior a y C onvento, y d e su Ma yordomo. Y
fecho en esta for ma, con las fue rz as n esesarias para su v alidación, se
reciba po r tal Monja, y de el Ábit o con e fecto, para qu e lo sea en dicho
Convento y profese a su tiempo, según lo dispues to por el Santo Concilio
de Trento. Y todo lo que en vi rtud de esta licencia se executare, desd e
luego lo aprobamos, y ratificamos, y en ello inteponemos nuestra
authoridad y decreto judi cial, quanto h a l ugar de d erecho. D ada en Mál aga
a tres días del mes de Abril de mil setecientos cinquenta y tres.
Don Ronz ero.
Por mandado de el Obispo mi Señor.
Don Pedro García Encina. Secretario 618 .
Sus prácticas ascéticas hay que enmarcarlas en la mentalidad del contex to
social-religioso de la Eda d Moderna, donde las m anifestaciones d e los s entimientos
y expresiones son l as c aracterísticas d e la piedad del Barroco. D e ahí surgieron
unos tipos de comportamientos realizados exacerbadamente - las mortificaciones,
disciplinas, ayunos, abstinencias…-, qu e en al gunos casos continuaron en el siglo
XVIII.
618 AHPM, leg. 2 698 , fol. 5 12r, 3-IV, 17 53.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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También eran fundam entales, y considerada s, tanto como pr ácticas
ascéticas así como vi rtudes religiosas, el ejercicio de la humildad, d e ahí la
renuncia al nombre com o acto de humildad, reflej o del despego del mundo y de l a
consagración a Dios, l o cual s ólo lo hacían l os conventos reformados o recoletos,
en este caso del Cister y la Enc arnación 619 . En el m onasterio de San Bernardo
nunca se ll evó a c abo est a práctica, conservando s us componentes los nombres del
siglo y desi gnada s como doñas.
En l a vida cont emplativa estas prácticas ascéticas de la pobr eza, hum ildad,
castidad, obediencia, etc., junt o con la oración e ran fundamentales para llegar a l a
liberación del espíritu y lograr la p erfección reli giosa, el mist icismo o plena unión
del alma con Dios.
Este mi crocosmos cenob ítico s e organizaba int ernamente por m edio de una
serie de oficios conventuales.
El quehacer diario de las comunidades como l a vida religiosa conventual
cisterciense giraba e n torno al re zo de las horas litúrgica s d el Oficio Div ino. Ese
era e l fundamento y razón de ser de estas comunidades religiosas: la oración.
La importancia del canto se nos manifiesta a través de los oficios
conventuales, donde destacó su importancia el de cantora y so cantora.
Todas las actividades de l os conventos cistercienses malagueños, al igual
que las demás instituciones re ligiosas de vida contemplativa, e staban organizadas
atendiendo a la distribución horaria que r egulaba todos los queha ceres de la
619 GÓM EZ G ARCÍA, Mª. C.: “Orígenes y ex tinción del co nvento d el Císter en Mála ga”, en
C AMPOS Y FE RNÁNDEZ DE SEVILLA, F. J . (co ord.): La clausu ra femenin a en e l Mun do
Hispánic o: una fidelid ad secular. XIX Simposium de San Lorenzo de El Esco rial , vol. II, 2011 ,
págs. 71 3-723.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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comunidad, desde el alba hasta el ocaso, siendo esto una constante en el devenir
histórico y como es lógico mantenido hasta la actualidad.
Otro a specto son las a l teraciones en el número de componentes de los
conventos.
La s causas de l os altibajos, aumento y decrecim iento del número de sus
componentes, son divers as. En prime r lugar ha y que desta car que el c recimiento en
el Convento de San Bernardo en su p rimera centu ria se debió a la escasa o ferta de
opciones para la m ujer m alagueña , lo que hiz o que se repar t ieran
proporcionalmente en la s tres ins tituciones religiosas femeninas de la ciu dad. Esta
situación se alteró con la irrupción en M álaga de l as nuev as c orrientes
reformadoras d e la vida contemplativa, ampliánd ose el abanico de o fertas para las
féminas malacitanas, en perjuicio de los conventos tradicionales 620 .
I gualmente ha y qu e considerar l as causas económicas como un decisivo
factor qu e i nflu y ó en la entrada de religiosas en los cenobios mal agueños
reflejándose claramente en la segunda mitad del si glo XVII.
Como instit ución m aterial, los conv entos ne cesitaron un a bas e económica
en l a qu e sustenta r el edifico espiritual. Las necesidades financieras de la s
comunidades se sati sficieron con la dote fundacional, que eran de cuantía suficiente
para c ubrir las ne cesidades del número de religiosas para el que se constituy e ron.
Junto a este capital inicial, l os conventos se sirvie ron de la financiac i ón
individual de cada religiosa medi ante la figura de la dote, que debí a ser l o
suficiente para que con s u producto y rentas sufra ga sen los gastos de las r eligiosas
que lo entregaban 621 . Pero la misma tenía otra función aledaña, pu es s ervía para
620 GÓMEZ G ARCÍA, Mª. C .: Mujer y clau sura. Co nvento s cistercienses… , p ág. 408 .
621 GÓMEZ N AVARRO, Mª.J. : “A punto d e pr ofesar. Las dotes de monja s en la España M od erna:
u na p ropuesta metod ológica”, en C AMPOS Y FE RN ÁNDEZ DE SEVILLA, F. J . (co ord .): La
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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mantener o acrecentar los bienes de la insti tución y de este modo soportar lo s
avatares del tiempo y la i nflación, a la vez que compensaban las rent as pe rdidas de
la institución.
La s m encionadas dotes e ran obligatorias e indisp ensables para la profesió n
religiosa, re alizándose l a escritura de compromiso de dote cuando la novicia iba a
tomar el hábito. R eflejaba el acuerdo para el pago del ajuar, cera, propinas
acostumbradas pa ra l a profesión así como el pago anual en conceptos de al imentos.
Así se observa en la licencia para profesar de Dª. María Antonia de Angulo:
…quiere ser Monja prof esa en el dicho C onvento, par a l o qual es necesa rio
tomar los votos de la C omuni dad, y ha cer l as es crituras, y entre go de los mil
ducados, qu e ll eva de dot e, y que los demás gastos de propinas, ajuar, y otras
cosas, que en tal caso se acostumbran.
Y para ello nos pidió li cencia y pa ra que se le de el V elo, y Prof esión de
Monja del Coro… 622 .
P ara cumplir con el voto de pobreza, de acuerdo con l a Re gla con que iba n
a profesar, las religiosas debían renunciar a sus herencias y bienes dos meses antes
de su entrada, con la preceptiva licencia episcop al, lo cual se efectuó en m uchos
casos forzadas por la fa milia. Esta les amenazab a con no hacer efectivo el pago de
la dote, por lo que las mo njas hacían escrituras de protesta ante el escribano públ ico
dando por nula la posterior renuncia.
Un ejemplo de lo anterior se muestra e n la lic encia para renunc iar sus
legítimas y a cualquier h erencia de Dª Josefa de Zayas Ech everri: “Y usa ndo de la
dicha L iz enzia y facultad que por ella se le conze de otor ga: que en la mejor forma
que a y a lugar de de recho z ede, renunzia y trans fiere en la di cha Doña Mariana
Echeverri su Madre sus Le xít imas Paterna y Materna reservando” 623 .
clausu ra femen ina en Espa ña. Actas d el Simp osium , vol. I, San Lorenzo de El E scorial, 2004 , pá gs.
83-98 , y “Mujeres en reli gión e n la España Mo derna”, A riadna , 21, 201 0, págs. 83 -106.
622 AHPM, leg. 2 698 , fol. 1 21r, 11-II, 1753
623 AHPM, leg. 2 698 , fols. 9v-12r , 10 -I, 1753.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La s religiosas renunciaban a la herencia pero no al usufructo. Cuando las
monjas fallecían lo podían heredar las person as que ellas designa s en, o bi en el
propio convento.
Exponemos como ejemplo la licencia para pr ofesar de Dª. J osefa de Zayas
Echeverri:
Licencia para renunciar sus legítimas Jos epha de Z a y a s Echeverri
DON JUAN DE EULATE Y SANTA CRUZ P OR L A GRAC I A DE
DIOS Y DE LA S ANTA S EDE APOSTÓ LICA Obis po de Mála ga , d el
Consejo de Su Magestad y Compañía.
Por quanto por parte de Doña J osepha de Zaya s Echeverri Monj a Novici a
en el Conv ento de Sa n Bernardo de esta ci udad que es d e nu estra
Jurisdi cción, y obedien cia, se nos ha hecho relación, que está dentro del
año de su aprobación, y c ercana a t u Prof esión, y pa ra hac erla quiere
renunciar sus legítimas P aterna, y Materna, par a el lo nos pidió licencia en
forma: Por tanto, usando de la facultad, y J urisdi cción ordin aria damos y
concedemos a la dicha Doña J osepha de Z a yas Echeverri li cencia, y
facultad, para que por e scriptura; o testamento, y última voluntad, o en
otra qualquier f orma permiti da por derecho, pueda hacer, y haga
renunciación de las di chas sus legítimas Patern a, y Materna, en qualquie r
persona, o personas que biven visto le fuere, y por derecho pudiere,
otorga ndo sobre ello qua l esquier ecripturas, o instrumentos, c on las
cláusulas nec esarias para su validación, qu e en ellos desde ao ra p ara
entonces interponemos nuestra authoridad, y decreto judi sial, cu anto
podemos, según de recho. Dada en M álaga a dies días del mes de ener o de
mil setecientos cinquenta y tres.
Don Roncero. Por mandado del Obispo mi señor, Don Pedro García
Encina, Secretario 624 .
L a s hijas que entrab an e n un convento d ebían re nunciar previamente a s us
legítimas here ncias y, a c ambio, podían recibir, a voluntad de sus familias, l eg ados
testamentarios vitalicios. Pero estas cantidades tam bién resultaban mu y i nferiores a
las de las legítimas de los restantes hijos. Los legados eran aleatorios por cuanto
estaban sujetos a lo i mpredecible de la vida h umana y no todas las religiosas
sobrevivían a sus padr es. En el mejor de los ca sos esas cantidad es se irían pagando
624 AHPM, leg, 2 698 , fols. 16 r-19r, 10-I, 1 753.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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poco a poco sin producir las m ermas que las dotes matrimoniales causaban en el
capital de la familia.
Esto se ve representado e n la licencia para recibir el hábito de reli giosa en el
convento de Agustinas Recoletas de Dª. María Cejudo y Acosta:
que Doña María Cejudo y A costa de estado dons ella …deseo de ap artarse de
todo lo profano y t emporal, poretende tomar el Ávito de relijiosa en esta
sagrada relijión y conven to para en el a cabar su vida sirbiendo a Dios Nuestro
Señor con toda perfección, y para ello se a dado lizenzia por el Ylustrísimo
Señor Obispo de esta ciudad a dicha Reverenda Madre Priora p ara que
tomándose l os vot os de esta comunidad prezediendo lo dis puesto por derecho
para este efecto, se gún e stilo de este convento recibiese por Monja en el a
dicha Doña María C ejudo, con que ante todas cosas se otorgue por su parte
obligazión para el p ago de su Dote, Aliment os y demás cosas qu e se
acostumbra entregar a las relixios as … 625 .
L a s formas de inversión de este capital fueron l as habituales de la época,
destacando los tres grupos clásicos: ce nsos, casas y t ierras. Las cuotas de
participación de cada un a de ellas v ariaron de institución en institución, a la v ez
que dentro de la misma comunidad fluctuaba de unas épocas a otras, en relación
con la mar cha d e la economía tanto local como nacional en la que s e en contraban
inmersas.
Un ejemplo donde enco ntramos noti cias referentes a lo anterior sería l a
escritura de censo de Dª Teresa de Espinar:
parec ió Doñ a Theresa de Espi nar viuda de Don Francisco Villalva y Esla va,
vezina de esta ciudad, a l a qual doy fee conozco, y dix o es dueña y poseed ora
de una casa en est a, al Barrio que nombran del Perchel en la calle qu e llaman
de San Jazi nto, que parte postigo a la que dizen de Santa Rosa y li nda por un
lado con casas de los herederos de Don Pedro d e Casamaior, y por el otro,
con otras de los de Don Marcos Tro yano, sobre l a qual paga un z enzo de
medio ducado de renta perpetua al año al convento y Reli giosos de se ñor
Santo Domingo de esta ciudad 626 .
625 AHPM, leg. 2 698 , fols. 51 3r-513v, 2 4-IV- 176 3.
626 AHPM, leg. 2 468 , fol. 3 52r, 19-XII, 1750.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La so ciedad del Anti guo Régimen estuvo marcada por una s erie de
características donde los cánone s “ clasistas” y la mentalidad moralist a fueron mu y
fuertes. La Iglesia tuvo un papel destacado al condicionar los comportamientos de
las personas.
En relación con lo anterior, es evidente que tanto en España como e n
Europa, se podía apreciar l a d esigualdad que había a tr avés de la jerarquía d e
géneros.
Si l o l levamos al caso concreto de M álaga, la documentación encontrada en
los protocolos notariales nos da una id ea bastante interesante de determinadas
situaciones de las mujeres malagueñas en la época del reinado de Fernando VI.
Ha y que resaltar que dent ro de estos protocolos, l as dotes y l os testamento s
nos ofrecen grandes posibil idades metodológ i cas para entender e l campo
económico y social de las muj eres, aun consid erando que no t odas ell as están
representadas por i gual en nuestro estudio. Las muje res de l as ca pas más
desfavorecidas de la sociedad tienen escasa presencia e n los protocolos, debido a
que principalmente son l os asuntos relacionados con el dinero y l os bienes
materiales l os que motivan a las interesadas a acu dir a un escribano para f ormalizar
sus disposiciones.
De esta forma pued e afirmarse que aquellas m ujeres del todavía Terce r
Estado que lle gan a con traer matrimonio si n ningún bien, o las que fall ecen sin
pertenencias que invent ariar, incluso las qu e p oseyendo un pequeño capital –en
dinero u objetos- no disponen de la cantidad econ ómica que cuesta la realización d e
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 88
una escritura not arial en la que queden reflejados, quedarán “invisibles” d e cara a
nuestro trabajo como historiadora.
Es importante destacar q ue el tema religioso impr eg na todos los aspectos de
la vida de las mujeres, reforzando el pape l que les asignaba la sociedad como hijas
sumisas, esposas fieles y madres abnegadas.
Aunque l a document ación consultada ha sido diversa, l as t ipologías
principales l as constitu y e ron dotes y testamentos. A partir de tales escrituras hemos
podido llegar a plantear ciertos ras gos de determ inadas mujeres en la Málaga de
mediados del setecientos, en especial en los niveles económicos y de menta lidad.
Por un lado, el testamento tiene, a la vez, una dimensión religiosa, donde se
establece el d estino de s u cuerpo mortal y de s u alma inmortal, y un a e conómica,
no menos importante, do nde se pro cede a la insti tución de herederos y a disponer
de los bienes. A tr avés de los testamentos y codicilos se observa la mentalidad
estrictamente religiosa y reglada , en las cu ales las mujeres tenían asumido su rol
especial, por el cual siempre estaban por debajo de la figura masculina dominante.
Los estudios de los testamentos encontrados son la base para favorecer la
información s obre la r eligiosidad y las relaciones familiares y humanas, y por tanto
su ec onomía. En la may oría de los textos anali z ados encontramos unas expresiones
comunes en sus disposiciones religiosas y nomb ramientos de albaceas y he reder os.
Los inventarios post mortem son otro complemento de gran valía en estas
escrituras. Los codicilos junto a l os poderes para t estar son igua lmente doc umentos
importantes donde nos hablan con frecuencia sobre la enfermedad y la muerte,
siendo las cláusulas adi cionales las que a claran o modifican lo expuesto en un
testamento. Mencionan quienes son los beneficiarios, las instituciones religiosas
que le rezarían, sobre todo aborda el reparto de dinero.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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La s mujeres no están ex cluidas de la herencia, y en ningún caso la dote ha
supuesto la exclusión o disminución en la heren cia en el ámbito de la M álaga del
siglo XV III . Por esta ra zón, podemos afirmar q ue a pa rtir de los testam entos las
mujeres se hi cieron ver como personas con pode r de decisión y d e autoridad, con
igual capacidad le gal y social que el hombre. Es por ello que en estas escrituras
protocolarias las mujeres, sobre todo si son vi udas, adquieren protagonismo social,
salen de su anonimato y s e exhibe su papel clave dentro de las familias y de la
sociedad.
Por otro lado, con respe cto a l as dotes, se obse rva que son concebidas,
principalmente como un adelanto de la herencia o una herencia pre-mortem.
Además, se constata el carácter de “pa go m atrimonial” que tienen dichas dotes,
ocupando las m ujeres un lugar subordinado d entro del sist ema de intercambio entre
grupos de parentesco o propietarios de hogares. Tal cuestión corr obora el hecho de
que la dote se configura como la ayuda qu e la mujer aporta para contribuir a las
cargas d el matrimonio, pero también revela el espacio que socialme nte se le
adjudica como representativo, la casa, y ello ind ependientemente de que comparta
también otros esp acios de trab ajo en los que, a pesar de estar, no será social ni
culturalmente visible.
Además del oscurantismo social a la que se s ometía a las mujeres, est as
eran víctimas de l os males y dificultades prop ios de la época, como son las
enfermedades y l a mue rte, junt o al dra m a añadido de numerosos embarazos y
malos partos que sufrían.
Jurídicamente, a travé s del estudio de los textos l eg ales, podemos
comprobar qu e las mujeres durante la Edad M oderna fueron tratadas c om o un
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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grupo social específico, como una categoría s ocial, tuvieron un t ratamiento legal
discriminatorio y una capacidad jurídi ca dism inuida según h an expuesto dis tintas
investigaciones.
El s imple hecho de n acer muje r las inscribe automáticamente en un a
categoría social inferior, si endo indiferente que tuviera n ca pacidades f ísicas,
mentales o emocionales iguales o ma y ores qu e los hombres.
También las mujeres er a n catalo gadas según su honestidad, o lo que es lo
mismo, según su comportamiento moral sexual, clasificándose a las mujeres en
solteras, casadas, viudas y monjas.
Esto supone, para ellas, la integración en un grupo social en condiciones
marcadas si empre por la subordinación. Una subordinación que se resum e en la
frase: “en razón del sexo”.
La consecu encia es que las m ujeres no tienen control sobre sí mismas, están
sujetas a lo largo de su vida a distintas autoridades masculinas.
Para conse guir l a pl ena “soci alización” de las mujeres, quedaron
establecidas dos instituciones clave: la familia y la Ig l esia.
La familia será la primera y constitu y e un agente de socialización en el que
es necesario relacionar matrimonio, grupo socia l y propiedad. Se gobierna bajo el
principio de la primacía del marido y padre. Es u na familia de corte patriarcal.
Destacable es el hecho de que las mujeres son elementos necesarios para la
multiplicación de la es tructura soci al. Así, el matrimonio tiene una función
reproductora tanto a nivel social como a nivel económico.
La s upeditación de la esposa al esposo no só lo expresaba l a d esigual
consideración social y l egal del hom bre y de la m ujer, sino el compromis o distinto
que ambas asumían para con ellos mismos y para con la sociedad. P or ello, la vida
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 91
de las casadas se contem pla en función d el espos o y la p role. También s e dan por
supuesto las actitudes e inclinac iones a este fin, borrando o dejando en segundo
plano cualquier otra “habili dad” o dese o.
Cuando las m adres tení an ya a sus hijos ma yores de edad, cu ando s e
producía la ausencia del padre (por fallecimiento, por ejemplo), estas muj eres
quedaban sujetas a sus propios hijos. Siempre se busc aba qu e la a utoridad no
recayera en las mujeres.
Si éstas no contaban con la dirección y “protecci ón” de un hombre, surgía
una anomalía en el sis tema social que p rovoca problemas a l as mismas mujeres.
Esto se observa en las viudas. Ellas, si no poseían un patrimonio s uficiente, tenían
muchas dificultades económicas para salir adelant e sin la pr esencia a su l ado de un
hombre que las a y ud ara. Esto se debe en gran parte a qu e las mujeres eran
excluidas de la gran mayoría de oficios o trabajos remunerados.
La r elación entre la mujer y la I gl esia e ra bast ante intensa, y a que las
mujeres adultas que no estaban ligadas al hombre mediante el matrimonio, eran
apremiadas a que s e r ealiz asen personalmente mediante vínculos con la Iglesia.
Muy habitual era que las doncellas ingresaran en los conventos.
La s hijas que entrab an e n un convento d ebían re nunciar previamente a s us
legítimas herencias y s e regían y organizaban su vida espiritual y m aterial por las
disposiciones de l as R eg las, las cuales se espe cifican en las Constituciones y
Estatutos del cenobio.
En esto, la dote constituía uno de l os ingresos básicos de las comunidades
religiosas femeninas del Antiguo Ré gimen e ins trumento de su g esti ón patrimoni al,
como hemos podido comprobar, también, para el caso de Málaga.
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Además, la religión afectaba la fo rma de vida de las mujeres en s us
momentos cruciales: a la hora de casarse medi ante la boda eclesiástica y al
fallecimiento mediante e l sepelio, entierro, misas y otras prácticas reli giosas como
la constitución de patronatos.
De este modo, la r eligión m arca b a l as pautas d e comportamiento sumis o y
fiel de las mujeres con re specto al hombre. Por esto último, las mujeres t enían gran
preocupación por la fama y l a honra familiar. Es i mportante lo que de ellas se dice
o en l o que a ellas mis mas se les dice. De ahí que muchas mujeres entablaran
querellas por injurias para defender su buena fama y honr a.
Otros aspec t os más difusos de su vida como la educación que recibían, el
consumo que hacían de alimentos o de otro tipo de bienes, el cuidado de la salud,
su participación en el trabajo o en los negocios familiares así como las relaciones
afec tivas e incluso el co nflicto en el seno doméstico, son cuestiones mucho más
ambiguas y con un reflejo mu y espor ádico en la documentación.
En l os protocolos notariales hemos observ ado que el número d e esclavos e s
muy redu cido y sólo aparecen en los testamentos, lo cual constata lo que otras
investigaciones señ alaron hace tiempo, sobre su esc asa p resencia en la sociedad
malagueña de esta época.
La s mujer es vi nculadas a un hombre con cargo militar, estaban
consideradas dentro una categoría social qu e repercutía en su vi da, y a fueran hijas,
esposas o viudas de militares.
En el único caso de cárcel como tal presente en la documentación
consultada, muestra cóm o l a mala actuación de un hombre repercute ne gativamente
a las mujeres con las que se relaciona.
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Hemos constatado caso s de marg inalidad en muj eres, basados en la
ausencia de una fi gura paterna prot ectora como es el caso de las huérfa nas.
También mujeres nacidas fuera del matrimonio sufren el problema de la deshonra.
Otro factor de margin ación era la pobreza o l a miseria en la cual vivía gran
parte de la población. En lo que nos atañe, las mujere s eran muy vulnerable s ante l a
situación de pobre za, de bido a que tenían muy limitado su poder para ob tener un
trabajo remunerado.
Es por ello int eresante s eñalar qu e, en esta époc a, empiezan las primeras
reivindicaciones femeninas por medio de la I lustración. Así comienz a a
demandarse el derecho a la educación y al ejercicio profesional, l a vindicación de
la igualdad en el trabajo, la exigencia de la ciudadanía y la i gualdad jurídica.
Ejemplo son las primeras escuelas el ementales, aparte de la tradi cional
educación que podían recibir las mujeres en los conventos y colegios de monjas.
De este modo, cuando observamos qu e, en los pr otocolos estudiados, de u n
total de 503 muj eres, el 58 % saben firmar, m ientras que el 42% no lo hace,
podemos concluir que había un significativo número de mujeres que habían
recibido una mínima educación. Esto las ads cribía a unos grupos social es de m a y or
consideración en la comunidad malagueña frente a las capas m ás desfavorecedoras
sin acceso a ningún tipo de enseñanza y menos aún en el caso de las mujeres.
Con respecto a la economía malagueña, en el siglo XVIII estaba dominad a
por las actividades agrícolas y el comercio de exportación. Así, nos apa recen
reflejados una serie de productos agrícolas como los cereales, o los obtenidos de los
olivos y las vides. Por otra parte, tendríamos los textiles, mu y presentes en el ajuar
de la dote. L a im portancia que adquieren los tejidos apunta hacia una la mentable
falta de manufacturas pr opias, reflejado en la inv asión de productos del e xt ranjero.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
2 94
En este aspecto, la mujer actúa más bien como simple consumidora y us uaria de
esas mercancías.
Pero a pesar de su marginación del poder, las mujeres tenían un peso
importante en el sector productivo. Trabajaban en ocupaciones general mente del
sector terciario y con una escasa cualificación. I ncluso alguna s r egentaban
negocios, en especial al fallecimiento del marido. Sin embargo, muchos oficios
estaban vedados a la mujer, como es el caso de las escribanías públicas,
Un hecho a resaltar en la Málaga del siglo XV III es la participa ción de l a
mujer en el préstamo a corto plazo. Di cha intervención es minoritaria, al i gual que
los demás sectores laborales, pero evidencia cierta relación directa con el capital.
La s mujeres bi en situad as económicamente, como las pertenecientes a la
nobleza o a la incipiente burguesía, podían obtener ingresos económicos por medio
del arrendamiento de sus propiedades
Por otra parte, la mayoría de las mujeres cuand o enviudaban no tenían la
capacidad de ten er un trabajo que les permitiera s er autosuficientes en la sociedad,
quedando en riesgo de entrar en la pobreza. Cuando esto ocurría, m uchas veces
tenían que usar las propi edades de su patrimonio al objeto de obtener l os ingresos
necesarios para su subsistencia o el pago de deudas.
Junto a las ocupac i ones apuntadas y l os recursos uti lizados por las mujeres,
otra fuente d e remunerac ión económica serí a entrar de criadas en al guna casa que
las requiriera, con su reflejo posterior en distintas escrituras que así lo atestiguan.
Los datos obtenidos de l as dotes permiten señalar una serie de conclusiones.
En primer lu gar, l a muj er (t anto la que pertenece a los est amentos sociales m ás
bajos como a los más alt os) super aba siempre al m arido en lo qu e a la part icipación
económica en los bienes dotales se refiere, puesto que incluso en las dotes
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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modestas di cha p articipación era del o rden d el 6 8%. Esto no ha ce sino ajustarse a
la legalidad vigente de la época.
En s eg undo lugar, a me dida que se va ascendiendo en la escala social, el
grado de participación económica de l a casada va distanciándose del
correspondiente al del marido.
Por otro lado, puede obs ervarse que dep endiendo de la ext racción social d el
esposo, así sería su participación en las arras.
Este hecho puede ex plicarse si p artimos de la realidad, mu y extendida, de
que el contrato matrimonial era más una simpl e transacción comercial que un acto
de amor.
Desde un punto de vis ta jurídico la dote h acía de la muj er una protagonist a
con capacidad jurídica. S in embargo, desde el apartado económico, su papel a l
contraer matrimonio no siempre era mu y si gnificativo. De esta forma, ten iendo en
consideración el se gundo punto indi cado, los bienes dotal es respon den a la
necesidad de consti tuir un patrimoni o mínimo que permita a la pareja hacer frente
inicialmente a los gastos derivados de su nuevo estado.
Ahora bien, aunque esta característica es aplicable a l a gran ma yoría de los
casos analizados, afectando por igual a los matrimonios de diferentes “status”
socioeconómico, he de señalar qu e, cu ando las muj eres procedían d e familias
acomodadas o con un cierto desahogo económico, la aportación femenina al
patrimonio con y u gal sobresale llamativamente en relación con la qu e hace el
marido. E i nversamente, en las pa rejas m enos pudi entes se tiend e a equili brar l a
participación de ambos cónyuges al patrimonio familiar, aprox imándose
sobremanera las c antidades correspondientes, hay qu e decir que esto no es
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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exclusivo de l a ciudad de Málaga y España, sino algo que abarca a la ma y o r parte
de Europa en estos momentos.
Pero si en los ajuares más i mportantes las diferenc ias sociales vien en
marcadas por la cantidad de piezas aportada s y por el alto valor de alg una de ellas,
el gusto po r l os ado rnos más di versos y por los de talles estéticos no es exclusivo de
matrimonios con un determinado nivel eco nómico alto, sino que aparece
generalizado en los di versos sectores so ciales. En l o referente a lo s bienes
semovientes, éstos no son muy frecuentes.
Por lo que respecta a los mate riales de t rabajo, bien sea en el campo o en
cualquier otra actividad, son casi inexistentes en las dotes analizadas.
En muchos casos s e utiliz aban las estr ategias fam iliares par a conse guir los
intereses deseados y subi r de posición social.
El estudio de la dote pone de manifiesto la importancia que iba adquiri endo
la mujer contribu y endo económicamente al patrimonio familiar.
Asimismo, los contratos dot ales son una fuente bastante descriptiva para
aproximarnos al conocimiento material de los h ogares de la época de la Málaga de
1700, y a qu e se inclu yen relaciones d e los bienes destinados a amueblar y decorar
el nuevo hogar. También nos hace referencia a las demás aportaciones que i ncluye n
las dot es como los inmuebles, tierras y c asas. A veces la dot e va acompañada de l a
escritura de capital d el marido. A tr avés de ella comprobamos como por lo menos
alguno de los cón y u ges lleva al matrimonio una casa.
No solo ha y dotes para incrementar el patrimonio de l as familias en
matrimonio. Era m uy frecuente que muchas mujeres dedicaran su vi da a Dios, y
para ingresar en un convento necesitaban de una dote.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 03
A) FUENTES IMPRESAS
AMAR Y BORBÓN, J .: Discurso sobre la edu cación y moral d e las mujeres ,
Madrid, 1970.
ANDRADE, A.: Libro de la guía y de la virtud, Madrid, 1642.
AZPILI C UETA, M.: Manual de confesores, Madrid, 1562.
BARRIONUEVO, J.: Avisos (1654 – 1658) , Madr id, 1969.
BLANCHARD, A.: Prior de Saint-Mars-les Vendöme , París, 1713.
CALINO CESARE, S .I .: Discursos espirit uales y morales para útil
entretenimiento de las monjas , tom o II , M álaga, 1786.
CENSO DE FLORIDABLANCA, 1787, Madrid (edición de Madrid, 1987).
DE BALZAC, H.: Eugénie Grandet , Paris, 1834 .
D E LA CRUZ, Sor J. I.: Respuesta a Sor Filotea de la Cruz , Madrid, 1700.
DE LEÓN FRAY L.: La Perfecta Casada , Madrid, 1992.
DE PA L AC IO, J. Mª. Y DE PALACIO MARQUÉS DE VILL ARR EA DE
ÁLAVA: Antigua legislación civil española sobre desposorios y casamient os, que
regía en España antes de l a promulgación del Código C ivil, y que se aplicaba en e l
reino de Valencia en el siglo XVIII, auto de l a promulgación de la Real pragmática
de Carlos III de 23 de marzo de 1776 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 04
DE ROTERDAM, E. D.: Coloquios familiares. Edición de Alonso Ruiz de Virués
(siglo XVI) , Barcelona, 2005.
DE ZAYAS Y SOTOMAYOR, Mª.: Desengaños amorosos , Madrid, 2000.
ESCO L ANO DE ARR IE TA, P .: Práctica d el C onsejo Real en el despacho de los
negocios consultivos, instructivos y contenciosos, tomo 1, Madrid, 1776.
ESCRICHE, J.: Diccionario razonado de legisl ación y jurisprudencia , Madrid,
1847.
FEBRERO, J.: Librería de escribanos é instrucción jurídica theorico práctica de
principiantes , Madrid, 1790.
FERNÁNDEZ NAVARRETE, P.: Consevación de las Monarquías y discursos
políticos sobre la gran consulta que el consejo hizo al señor Rey Don Felipe
Tercero, Madrid, 1792 .
G ARCÍA DE LA LEÑA, C .: C onversaciones históricas malagueñas, Málaga,
1981, 4 vols.
GOUESSE, J . M.: Docu ments del’Histoire de la Normandie , Toul ouse, 1972.
HALL, J.: Resolution de divers cas de conscience , Ginebra, 1664.
JUAN Y CO L OM, J .: Instrucción de Escribanos en orden a lo judicial , Madrid,
1756.
LAS SIET E PARTIDAS DEL REY DON ALFONSO X “EL SABIO” (1265). Edición
de la Real Academia de la Historia, Madrid, 1807.
LEROUX, J . P .: Di ctionnaire comique, satyrique, critique, burl esque, libre et
proverbial , 1786.
LES AC TES NOTARIÉS . Soource de l’historie s ociale, XVIe- XI Xe siècles . Actes
du Colloque de Strasbourg (1978), Strasbourg, 1979.
Ley orgánica del notariado de 28 de mayo de 1862, Art. 17 .
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 05
Leyes de T oro . Según el original que se conserva en el Archivo de la Real
Chancillería de Valladoli d. Transcripción realizada por Mª. S oleda d Arribas, en
facsímil publicado por el Ministerio de Educación y Ci encia.
MELO DE MANUEL, F.: Cart a de guía de casados , Oporto, 1651.
MEXÍA, V. F.: Saludable instrucción del estado del matrimonio , C órdoba, 1566.
Novísima recopilación de l as leyes de España m andadas formar por el Sr. Carlos
IV, Madrid, 1805.
PÉREZ GALDÓS, B.: Doña perfecta , 1876. Edición de Rodolfo Cardona, M adrid,
2003.
ROUSSEAU, J . J.: El Emilio , Libro V, Ma drid, 2011.
QUITARD, M .: Proverb es sur les femmes, l’amiti e, l’amour et l e mariag e , París,
1861.
VIVES, J. L.: De institut ione feminae christi anae, introdución, tr adución y notas
por Joaquín Beltrán Serra, Valencia, 1980.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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B) FUENTES MANUSCRITAS
Como apuntamos en la Introducción las fue ntes consultadas par a la
elaboración de este t rabajo han sido los protocolos notariales. Los l egajos
disponibles al usuario del periodo de Fernando VI fu eron ex aminados
exhaustivamente y extraída toda l a inform ación r elativa al tema obj eto de estudio.
En las siguientes páginas sintetizamos l os datos referidos a una serie de conceptos,
como total de documentos ana lizados, e scri turas por esc ribanos, tipología
documental, y relación d e mujeres otorgantes.
Como se indicó en la I nt roducción, la consulta ha estado condicionada por
la accesibilidad a determi nados leg ajos que no pudieron consultarse por su mal
estado de conservación, o al estar restringida dic ha consulta por diversos m otivos.
No obstante, cerca d e 150 le ga jos fueron someti dos a ex amen para extractar la
información recopilada para elaborar la presente Tesis Doctoral.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Tabla 5
Total de documentos consultad os
G ráfico 7
AÑO N º DE DOCUMENTOS
1746 0
1747 95
1748 54
1749 66
1750 50
1751 52
1752 18
1753 83
1754 19
1755 27
1756 21
1757 18
TOTAL 503
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
N ú me r o d e do c u me n t o s c o n s u l t a d o s
174 6
174 7
174 8
174 9
175 0
175 1
175 2
175 3
175 4
175 5
175 6
175 7
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Tabla 6
Documentos por escribano
ESCRIBANOS NÚMERO DE TRANSCRIPCIONES
Afán de Rivera, Juan 3
Amorín y Díaz,….. 1
Bengoechea, Domingo de 2
Benítez, Antonio 2
Cea Bermúdez, Diego de 63
Estrada, Marcos 1
González, Mateo 1
Lópe z Peña, J osé 1
Lópe z Cuartero, J uan 197
Martínez Fernández, Gabriel 1
Martínez de Talavera, Carlos 2
Molina Málaga, Francisco 3
Molina y Málaga, Juan 1
Navarrete Córdoba, Pedro 2
Peñarubia, José Carlos 1
Cuero y Negrete, Salvador de 17
Ribera, Pedro Antonio 77
Salas, Salvador de 100
Serrano Pizarro, Luís 1
Torres Lobatón, Luis de 12
Jiménez Zamora, Nicolás 10
Sazo y Linares, Fr ancisco 1
No consta, 4
TOTAL 503
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3 09
Gráfico 8
0
50
10 0
15 0
20 0
25 0
N ú me r o d e d oc u me n t o s p o r e s c ri b a n o
A fán de Ri v er a, J uan A mor ín y Díaz ,….. Be ngoe c he a , Do mi ng o de B eníte z , A nton io
Cea B er mú dez , Di eg o d e Cue r o y Negr ete , S al v ado r de E s trada, Mar c o s G onz ál ez , Ma teo
J i mén ez Z am or a, Ni c ol ás Lóp ez Cua r tero, J uan Lóp ez P eña, J os é Martínez de Tal av er a, Carl os
Martínez Fer nánde z , G ab r i el Mo li na Má la ga, Fr anc i s c o M ol i na y Má lag a, J uan Nav ar r ete Córdob a, Pe dr o
P eñar ub i a, J os é Car l os Ri bera, P edr o A nto ni o S al as , Sa l v ador de S az o y Li nar es , Fr a nc i s c o
S er rano Pi z ar r o, Luí s T orr es Lo ba tón , Lui s de No c ons ta,
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
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Tabla 7
Tipologí a docum ental c onsultada
TIPOLOGÍA DOCUMENT AL Escrituras
Adopción 1
Arrendamiento 133
Autos 5
Capital 3
Carta de pago 9
Censo 1
Cesión 3
Codicilo 10
Curaduría 1
Declaración 10
Desestimiento 2
Dispensa 1
Donación 3
Dote 12
Dote y arras 19
Entrega 7
Fianza 11
Herencia 3
Imposición 1
Inventario 4
Licencia 4
Nombramiento 2
Obligación 29
Pago 17
Partición 2
Petición 2
Poder 124
Recibo 2
Reconocimiento 2
Redención 4
Retrocesión 1
Revocación 1
Testamento 57
Venta 17
TOTAL 503
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Tabla 8
Relación de mujeres otorgantes
OTORGANT E TOTAL DOC UM ENTOS
1. Alcalá, Catalina de 2
2. Álvarez, María 2
3. Amat, Ana 2
4. Arjona, Agustina 2
5. Barrera, Francisca 2
6. Bastante, Antonia 2
7. Benítez, María 2
8. Berdejo, Juana 3
9. Bonilla y Robles, María Rafaela de 2
10. Bonilla, Antonia María 3
11. Carranque, Rosalía 2
12. Censio, I n és 5
13. Chacón, María 2
14. Chero, Margarita 2
15. Chicón, Bernarda 2
16. Chinchilla, María Ignacia de 3
17. Conde, Jos efa 2
18. Conejo, Clara y Mariana 2
19. Dies Manso, Agustina (Ex cma.) 3
20. Echeverri, Mariana 3
21. Fernández de Acevedo, Agustina 2
22. Fernández, Francisca 3
23. Fernández, Josefa 2
24. Franco de Llanos, María 2
25. Franco de Llanos, Mariana 3
26. Frías, Isabel 2
27. Gálvez, María de 2
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 19
ABERCROMBIE, N., HILL, S . y T URNER, B. S.: Diccionario de Soc iología ,
Madrid, 1986.
ALFONSO S ANTOR IO, P.: “Religiosidad y nobleza: la fundación de c apellanías.
Un ejemplo malagueño”, en C AMPOS Y FERNÁNDEZ DE S EVILLA, F. J.
(coord.): Actas del S imposium Religiosidad popular en España. vol. I.
Religiosidad, devociones culto mariano…, El Escorial, 1997, págs. 193-208.
ALTHUSSER, L .: Ideolo gía y aparatos ideológicos de Estado , Barcelona, 1977.
ANDERSON, B.S. y ZINSSER, J.P .: Historia de las Mujeres. Una historia
propia, Barcelona, 1991.
ANDRADA-WANDERW IL DE Q UADRAS, T. (coord.): Historia del carruaj e en
España, Madrid, 2005.
ARIAS DE S AAVEDRA ALÍAS, I. y LÓPEZ- GUADALUPE MUÑO Z, M.L.: La
represión de la religi osidad popular. Crítica y acc ión contra las cofradías en la
España del siglo XVIII , Granada, 2002.
ARIÈS, Ph.: El hombre ante la muerte , Madrid, 1983.
ARIÈS, Ph.: La muerte en Occidente, Barcelona, 1997 .
ARIÈS, Ph. y DU BY, G. (dirs.): Historia de la vida privada , Madrid, 1989.
A SENJO GONZÁLEZ, Mª .: "La mujer y su entorno s ocial en el fuero de S oria", en
Las muj eres medievales y su ámbito jur ídico, II Jornadas Interdisciplinarias de
Estudios sobre la mujer , Madrid, 1983, págs. 45-58.
ATIENZA LÓPEZ, A.: “De beaterios a convent os. Nuevas perspectivas sobre el
mundo de las beatas en la España Moderna”, Historia Social, 57, 2007, págs. 145-
168.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 20
ATIENZA LÓ PE Z, A. : Tiempos de conv entos. Una historia social de las
fundaciones en la España moderna , Madrid, 2008.
AYMERICH Y DE RENTERÍ A, R.: Las cláusulas prohi bitorias en los
testamentos , Madrid, 1985.
BAIXAULI J UAN, I . A.: “I ns titutions per maridar òr fenes i donzelles po bres a la
València del segle XV II. L `administració fundada per L luís Beltran”, e n T ercer
Congrés d`Histór ia Mode rna de Catalunya , 2, Barcelona, 1993, págs. 349-356 .
B ALLARÍN DOM INGO, P., BI R RIEL S A L CE D O, M. Mª., MARTÍNEZ LÓPEZ,
C. y OR TIZ GÓMEZ, T.: “ Las mujer es y la hist oria de Eu ropa”, en BALLARÍN
DOMINGO, P. ( coord.): Las mujeres en Europa: convergencias y div ersidades ,
Granada, 2000, págs. 11-56.
BARTOLOMÉ BART OLOMÉ, J . M . y GARC Í A FERNÁNDE Z, M.:
“Patrimonios urbanos, patrimoni os burgueses. H erencias tangibles y tran smisiones
inmateriales en l a Castilla int erior”, Studia Historica. Historia Moderna , 33, 2011,
págs. 29-60.
BARRERA, A.: Casa, herencia y familia en la Cataluña rural , Barc elona, 1990.
BELDAD CORRA L , J .: Monjas y conventos en C astilla la Nueva. Un modelo de
vida religiosa rural en los siglos XV-XVII , Ciudad Real, 2010.
BENNASSAR, B.: Los españoles. Actitudes y mentalidades , Barcelona, 1978.
BERNIS, C.: Tr ajes y modas en la España de los Reyes Católicos , Madrid, 1978, 2
vols.
BERRUECOS, L . A.: “ H. Max Gluckman, las teorías antropológicas sobre el
conflicto y la es cuela de Manch ester”, El Cotidiano , vol. XXIV, nº. 15 3, 2009,
págs. 97-113.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 21
BESTARD CAMP S, J .: “La Historia de la famili a en el c ontexto de las Ciencias
Sociales”, Quaderns de l’ Institut Catalá d’Antropología, 2, 1980, págs. 154-162.
BESTARD CAMPS, J .: P arentesco y modernidad, Barcelona, 1998.
BIRRIEL SA L C EDO, M . Mª.: “La mujer en la repoblación del Reino de Granada”,
en BALLARÍN DOMINGO, P. y ORTIZ GÓMEZ , T. (eds): La mujer en
Andalucía , I Encuentro interdisciplinar de estudios de la mujer , Tomo II, Granada,
1990, págs. 84-102.
BIRRIEL SA LCEDO, M. Mª.: “Mujeres y familia: fuentes y m etodología” , en
OZIEBLO RAJ KOWS K A, B. (coord.): Concept os y metodología en los estudi os
sobre la mujer , Málaga, 1993, pág. 43-70.
BIRRIEL SA L C EDO, M. Mª.: “Mujeres e His toria”, en MORA LES PA DRÓN, F.
(coord.): XIII Col oquio de Historia Canario-Ame ricana/VIII C ongreso
Internacional de Hi storia de América (AEA) , Las Palmas de Gran C anaria, 2000,
págs. 1124-1140.
BIRRIEL SA L CE DO, M. Mª.: “A propósi to de Clío: miradas feministas”, en DE
TORRES RAM Í R EZ, I. (coord.): Miradas desde l a perspectiva de género: estudios
de mujeres , Madrid, 2005, págs. 49-62.
BIRRIEL SA LCEDO, M. Mª.: “Mujere s y m atrimonio: sentido y significación de
las arras en la Corona de C astilla”, en LÓPEZ BELTRÁN, Mª . T., REDER
GADOW, M. y DEL V AL VALD I VIESO, Mª. I. ( coords.): Historia y género:
imágenes y vivencias d e mujeres en España y Am érica (siglos XV-XVIII) , Málaga,
2007, págs. 67-100.
BIRRIEL SA L C EDO, M. Mª .: “El cón y uge supérstite en e l derecho hispano”,
Chronica Nova , 34, 2008, págs. 13-44.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 22
BIRRIEL SA LCEDO, M. Mª.: “El mueble en l a provincia d e Gr anada, Pinos del
Valle en el siglo XV III”, en AR IAS DE SAAVEDRA A LÍA S, I. (coord.): Vida
cotidiana en la España de la Ilustración , Granada, 2012, págs. 159-186.
BOLUFER PERUGA, M: L as mujeres en la Historia de España (siglos XVIII-XX).
Madrid, 1988.
BOLUFER PER UGA, M .: “Actitudes y discursos sobre la mat ernidad en la España
del siglo XVIII : el tema de la lactancia”, Historia social , 14, 1992, págs. 3-22.
BOLUFER PERUGA, M.: “Ciencia e ideología: notas sobre la contribu ción de la
medicina a la exaltación de la privacidad en el siglo XVIII”, en L ÓPE Z
BELTRÁN, Mª.T (ed.): Las muje res en Andalucía. Actas del II Encuentro
Interdisciplinar de Estudios de la Mujer en Anda lucía , Málaga, 1993, págs. 171 -
187.
BOLUFER PERUGA, M.: “J osefa Amar e Ynés J oyes. Dos pe rspectivas
femeninas sobre el matrimonio en el si glo XVIII” , en LÓPEZ-CORDÓN
CORTEZO, Mª. V. y C ARBONELL, M. (eds.): Historia de la mujer e historia del
matrimonio. Congreso Internacional Historia de la familia: nuevas p erspectivas
sobre la sociedad europea, Murcia, 1997, págs. 203-217.
BOLUFER PER UGA, M .: “Traducción y creación en l a actividad intelectual de la s
ilustradas españolas: el ejemplo de Inés J o y es y Blake”, en ES P I GADO TOC INO,
G y DE LA P ASCUA, Mª J . (eds). : Frasquit a Larrea y Aherán. Europeas y
europeas entre la Ilustración y el Romanticismo , C ádiz, 2003, págs. 137-155.
BOLUFER PERUGA, M.: “La realidad y el deseo: Formas de su bjetividad
femenina en la época m oderna”, en DE LA PASCUA, Mª. J., GARCÍA DONCE L ,
Mª R. y ESP IGADO TOC I N O, G. (eds.) : Muje r y des eo , Cádiz, 2003, pág . 357-
382.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 23
BOLUFER PERUGA, M : “Representaciones y prácticas de vi da: las mujeres en
España a finales del si glo XVIII ” , C uadernos de Ilustración y Romanticismo , 11,
2003, págs. 3-34.
BOLUFER PERUGA, M: “ La s mujeres en la Es paña del s iglo XV III : tr ayectorias
de la investigación y perspectivas de futuro”, en G IL- ALBARELLOS PÉREZ-
PEDRERO, S. y RODR ÍGUEZ PEQUEÑO, M. ( eds.): Ecos s ilenciados. La mujer
en la literatura española. Siglos XII al XVIII , Segovi a, 2006, págs. 271-288.
BOLUFER PERUGA, M. y MORANT DEUS A, I.: “Historia de las mujeres e
historia de la vida privada: confluencias historiográficas”, Studia Historica.
Historia Moderna , 19, 1998, págs. 17-23.
BRAVO C ARO, J . J .: Felipe II y l a repoblación del reino de Granada. L a T aha de
Comares, Granada, 1995.
BRAVO C ARO, J . J .: “L os esclavos de Mála ga a m ediados de l siglo X VIII, una
minoría en extinción”, Baetica. Estudios de Arte, Geografía e Historia , 19- II , 1997,
págs. 83-108.
BRAVO C ARO, J. J.: “El municipio de Málaga y la toma de Túnez (1535). L o s
esclavos como bot ín de guerra”, en El Mediterráneo: hechos de re levancia
histórico-militar y sus repercusiones en España. V Jornadas Nacio nal es de
Historia Militar , Sevilla, 1998, pág s. 431 -448.
BRAVO CARO, J . J .: “Los esclavos en Andalucía oriental durant e la é poca de
Felipe II”, en MAR TÍNEZ M ILLÁ N, J . (dir.): Actas del Congreso Inte rnacional
Felipe II (1527- 1598 ). Europa y l a Monarquía Catól ica. Tomo II. Econom ía,
Hacienda y Sociedad , Madrid, 1998, págs. 133-163.
BRAVO CARO, J . J .: “La violencia doméstica en la Andalu cía Mode rna”, en
LÓPEZ BELTRÁN, Mª. T., J I MÉNEZ TOMÉ, Mª. J . y G IL BEN Í TEZ , E. Mª.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 24
(eds.): Violencia y géne ro. Acta del Congr eso Interdisciplinar sobre Violencia y
Género , tomo I, Málaga, 2003, págs. 145-204.
BRAVO CARO, J . J .: “Esclavos de Málaga en 1578”, en CORTÉS P EÑA, A. L.,
LÓPEZ-GUADALUPE MUÑOZ, M . L. y SÁ NCHEZ-MONTES GON ZÁLEZ, F.
(eds.): Estudios en Hom enaje al pr ofesor José Szmolka Clar es , Granad a, 2005,
págs. 211-220.
BRAVO CARO, J. J .: “Esclavos al servicio de la comunidad”, Baetica. Estudios de
Arte, Geografía e Historia, 28, 2006, págs. 395-412.
BRAVO CARO, J . J .: “Transformaciones de la estructura de la propiedad y el
paisaje a grario en el l itoral m alagueño entre 1568 y 1593”, en Estudios de His toria
Moderna. Homenaje a l a doctora María Isabel Pérez de Colosía Rodríguez,
Málaga, 2006, págs. 93-116.
BRAVO CAR O, J . J .: “Exclusión laboral y r entabilidad económica. Esclavas
moriscas en la cúspide de la or ganización gremial”, en CAST ELLANO
CASTE LL ANO, J. L. y LÓPEZ-GUADA LUPE MUÑOZ, M. L . (coords.):
Homenaje a don Antonio Domínguez Ortiz , vol . I , Granada, 2008, págs. 161-178.
BRAVO CARO, J . J .: “El parecer y pertenecer a las élites de la Edad Moderna.
Ascenso social y fu entes para su estudio”, en SORIA MESA, E. y BRAVO CARO,
J. J ( eds.): L as élites e n l a época moderna. L a Monarquía Español a. vol. IV.
Cultura , Córdoba, 2009, págs. 9-17.
BURGOS MADROÑER O, M.: “Málaga en el si glo XV III : la I glesia”, Jábega , 3,
1973, págs. 46-54.
CABRERA PABLOS, F.R.: El puerto d e Málaga a comi enzos del si glo XVIII ,
Málaga, 1986.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 25
CABRERA PAB LO S, F.R.: Puerto de Málaga. De Felipe V a Carlos III. “ La
construcción del Puerto de Málaga, su estructura milit ar (1700-1788)” , Málaga,
1994.
CAMINO ROMER O, A.: La casa de Dios en Málaga. La Hermandad de la Santa
Caridad de Nuestro Señor Jesucristo y la Iglesi a-Hospital de San Julián , Tesis
Doctoral inédita, Universidad de Málaga, 2009.
CAMINO ROMERO, A.: La iglesia y el antiguo Hospital de San Juli án. Un
edificio con historia , Málaga, 2009.
CAMINO ROMERO, A. : “Pasado y Pr esente d e la I gl esia-Hospital d e San J ulián”,
Péndulo. Revista de Ingeniería y Humanidades, 22, 2011, págs. 40-53.
CAMINO ROMERO, A.: Vida y obra del p resbítero Alonso García Garcés ,
Málaga, 2012.
CAPE L MART ÍNEZ, R.: “La prostitución en Esp aña: notas para un estudi o socio-
histórico”, en Muje r y sociedad en España, 1700-1975, Madrid, 1982, pág s. 265-
298.
CARRASC O DE L A FUENTE, E.: “Aproximación a los conceptos de honor y
prostitución en la Barcelona del si glo XV III. Inic iati vas instit ucionales y respuestas
públicas”, e n Las mujer es e n el Antiguo Régimen. Imagen y realidad, Barcelona,
1994, págs. 121-168.
CASEY, J .: “Le ma riage clandestine in Andalous sie a l ’ époque moderne”, en
REDONDO, A. (ed.): Amours legitimes, amours illegit imes en Espagne (XVIe-
XVIIe siécles) , París, 1985, págs. 57-67.
CASEY, J .: Historia de la F amilia , Madrid, 1990.
CASEY. J .: “La conflictividad en el seno de la familia”, Estudis , 22, 1996, págs.
9-25.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 26
CASEY, J.: “L inaj e y p arentesco”, en CASEY, J . y HERNÁNDE Z FRANCO, J .
(coords.): Fa milia, parentesco y l inaje , C ongreso Internacional Hist oria de la
Familia: Nuevas perspe ctivas sobre la sociedad e uropea, Murcia, 1 997, p ág s. 13-
16.
CASEY , J . : España en la Edad Moderna . Una historia social , Madrid, 2001.
CASEY, J. y VINCENT, B.: “Casa y f amilia en la Granada del Antiguo Régimen”,
en La familia en la Espa ña mediterránea (siglos XV-XIX), Ba rcelona, 198 7, págs.
172-211.
COLLANTES DE TER AN DE L A HERA, Mª. J.: El régimen económico del
matrimonio en el derecho territorial castellano, Cádiz, 1997.
CRADDOCK, J .: “L a c ronología de las obras le gislativas de Alfonso X el Sabio”,
Anuario de Historia del Derecho Español , 51, 1981, págs. 365-418.
CREMADES, C. y SÁNC HEZ PARRA, E.: “ L os bienes de las mujeres aportados
al matrimonio. Estudio de la evolución de la dote en la Edad Moderna”, en
GARCÍA-NIETO P ARIS, Mª.C . (ed.): Ordenam iento j urídico y realidad social de
las mujeres. Siglos XVI a XX. Ac tas de las IV Jornadas de Invest igación
Interdisciplinar , Madrid, 1986, págs. 113-138.
CRUCES BL ANCO, E.: “La sección de protocolos not ariales en los archivos
históricos provinciales: El Archivo Histórico Provincial de Málaga” , en MORENO
TRUJILLO, Mª. A., DE LA OBRA S I ERRA, J. Mª. y OSORIO PÉR EZ, Mª . J .
(Eds.): El notariado andaluz: institución, prácti ca notarial y archivos: si glo XVI ,
Granada, 2011, págs. 297-316.
ARROYAL ESP IGARES, P. J .; MARTÍN PA LMA, Mª. T. y CR UCES BLANCO,
E.: Las escribanías públicas de Málaga (1487-1516) , Málaga, 1991.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 27
ARROYAL ESP IGARES, P. J .; MARTÍN PA LMA, Mª. T. y CR UCES BLANCO,
E.: “Sobre los orígenes de la instit ución notarial en M álaga”, en P ARDO
RODRÍGUEZ, Mª . L . y OSTOS-SA L C EDO, P. (coords.): El notar iado an daluz en
el t ránsito de la Edad Me dia a la Edad Moderna. I Jornadas sobr e el notariado en
Andalucía , Sevilla, 1995, págs. 47-74.
CUÉLLAR ARR ABALÍN, Mª. T.: “Testamento femenino malagueño. Siglo
XVII”, en BALLAR IN, P. y ORTIZ, T. ( eds.): L a mujer en Andalucía, I Encuentro
Interdisciplinar de Estudios de la mujer, tomo I , Granada, 1990, pág. 579-589.
CHACÓN J I M ÉNEZ, F. (ed. ): Historia social de la famil ia en España:
aproximación a los problemas de familia, tierra y sociedad en C astilla (siglos XV-
XIX), Alicante, 1990.
CHACÓN J I M ÉNEZ, F.: “Hacia una nueva defin ición de la estructura social en la
España del Antiguo R égimen a través de la familia y l as relaciones de p arentesco”,
Historia Social , 21, 1995, págs. 75-104.
CHACÓN J I MÉNE Z, F.: “Propuestas teóri cas y organización social desde la
Historia de la familia en la España Moderna” , Stu dia Historica. Historia Moderna ,
18, 1998, págs. 17-28.
CHACÓN J I MÉNE Z, F. y H ERNÁNDEZ FRANCO, J. (eds.): Espacios sociales,
universos familiares. La familia en la historiogr afí a española, Murcia, 200 7.
CHACÓN J I MÉN EZ, F. , HURTADO, M ., RODR Í GU EZ, R. y V INAL, T.: “Une
contibution a l’ historie de la famill e dans le Mediterranée occidental, 1750-1850”,
Annales de Démographie Histori que , 1986, pág s. 155-182.
DAVIS, N. Z., El regreso de Martín Guerre , Barcelona, 1984.
DE CÁRDENAS Y VICENT, V.: “Estudios genealógicos, h eráldicos y
nobiliarios”, Hidalguía, II , 1978, p ágs. 99-127.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 28
DE LA PASCUA S ÁCHEZ, Mª. J .: “El cu mplimiento de las dis posiciones
carolinas sobre enterramientos ext ramuros en la diócesis de Cádiz (1787 -1910)”, en
PEÑALVER, M. (coord .): De la Ilustración al Romanticismo, C arlos III, dos
siglos después , vol. I , Cá diz, 1985, págs. 211-221.
DE L A PAS CUA S ÁNCHEZ, Mª. J.: Mujeres solas: historias de amor y de
abandono en el mundo hispánico , Málaga, 1998.
DE LA PAS CUA SÁNCHEZ, Mª. J .: “Una aproximación a la historia de la familia
como espacio de afect os y d esafectos: el mundo hispánico del setecientos”,
Chronica Nova , 27, 2000, págs. 131-166.
DE L A PASC UA SÁNCHEZ, Mª. J .: “Historiar la muerte: la producción española
entre los años 1975-2000”, en RODR Í GUEZ CANCHO, M. (coord.): Histor ia y
perspectivas de investiga ción. Estudios en memoria del profesor Ángel Rodríguez
Sánchez , Mérida, 2002, págs. 315-320.
DE LA P ASCUA S ÁNCHEZ , Mª. J .: “ L os estudios sobre la m uerte en la
Andalucía b arroca. Est ado de la cuestión”, en MO RA L ES, A. J . (coord.): Actas del
Congreso Internacional Andalucía Barroca , vol. 2, Sevilla, 2008, págs. 155-168.
DE LA PASCUA SÁNCHEZ, Mª. J .: “Afectividad y conflictividad en la práctica
del amor durante la E dad Moderna: segundas nupcia s, amores nue vos”, en
ÁLVAREZ SANTA LÓ, L . C . (coo rd.): Estudios de Historia Moderna en
homenaje al profesor Antonio García-Baquero , Sevilla, 2009, págs. 585-596.
DE LA PASC UA SÁNCHEZ, Mª. J .: “Tradición y cambio en el len guaje de los
afec tos: el discu rso literario”, Ayer , 78, 2010, págs. 47-68.
DE MAIO, R.: Mujer y Renacimiento , Madrid, 1988.
DEL CERR O BOHÓRQUEZ, Mª . P.: “Los bienes aportados por las mujeres a l
matrimonio a t ravés de las escritur as de dote (1670-1750)”, en ES P I GADO
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 35
GÓMEZ GARC ÍA, Mª. C.: Mujer y Clausura. C onventos Cisterciences en la
Málaga Moderna , 1997.
GÓMEZ GARCÍA, Mª. C .: “L os conflictos en la clausura femenina de la Málaga
moderna”, en MES TRE SANCHÍS, A.; FERNÁNDEZ A LBADALEJ O, P. y
GI MÉNE Z LÓPEZ, E. (coords.): Disidencias y exilios en la España moderna.
Actas de la IV Reunión Científica de la Asociación Es pañola de Historia Mode rna ,
vol. II, Alicante, 1997, págs. 81-90.
GÓMEZ GARCÍA, Mª . C.: “L a opción de vida religiosa” , en ORTEG A L ÓPEZ,
M. y P ÉREZ CANTÓ, Mª. P. (coords.): Las edades de las mujeres , Madrid, 2002,
págs. 247-264.
GÓMEZ GARC Í A, Mª. C.: “Apre nder p ara vi vir en santidad. El microcosmos
cenobítico malagueño en los t iempos modernos”, en REDER GADOW, M.
(coord.): Muj eres, familia y sexualidad en la Málaga moderna , Málag a, 2009 ,
págs. 118-122.
GÓMEZ GARC ÍA, Mª. C .: “Orígenes y extinción del convento del Císter en
Málaga”, en CAMP OS Y FERNÁNDE Z DE SEV ILLA, F. J. (coord.): La clausura
femenina en el Mundo Hispánico: una fidelidad secular. XIX Simposium de San
Lorenzo de El Escorial , vol. II , San Lorenzo de El Escorial, 2011, págs. 713-723.
GÓMEZ GARC ÍA, Mª . C. y MARTÍN VERG ARA, J . Mª .: L a esclavitud e n
Málaga entre los siglos XVII y XVIII, Málaga, 1993.
GÓMEZ GARC ÍA, Mª. C . y MART ÍN VERGA RA, J . Mª.: “Notas para el estudio
del monacato en Málaga y su provincia”, Isla de Arriar án. Revista Cultural y
Científica , 25, 2005, págs. 95-112.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 36
GÓMEZ GARCÍA, Mª. C. y MARTÍN VERG ARA, J. Mª .: “El Archivo de l a
Abadía de Sant a Ana del Cís ter de Málaga: las carta s de profesión ¿Documentos
biográficos o artísticos?, Memoria Ecclesiae , 30, 2007, págs. 239-250.
GÓMEZ MORÁN, L.: La mujer en la historia y en la legislación , Madrid, 1944.
GÓMEZ NAVARRO, Mª. J .: “ L a política ilustrada de Carlos III como agente d e
cambio en la elección de sepultura: la construcción de cementeri os”, en
PEÑALVER, M. (coord .): De la Ilustración al Romanticismo, C arlos III, dos
siglos después , vol. I , Cá diz, 1985, págs. 267-276.
GÓMEZ NAVAR RO, Mª. S.: Un estudi o de mentalidades: la mu ert e en l a
provincia de Cór doba d esde la segunda mitad del seiscientos hast a el final del
Antiguo Régimen, Córdoba, 1995.
GÓMEZ NAVARRO, Mª . S.: “Una fo rma de afectar el patrimoni o. Legados d e
libre disposición en una comunidad andaluza del Antiguo Régimen”, en
ESP I GADO TOC IN O, G . y DE LA P ASCUA S ÁNCHEZ, M. J.: Frasquita Larrea
y Aherán. Europ eas y españolas entre la Ilustración y el Romanti cismo (1750-
1850) , Cádiz, 2003, págs. 287-296.
GÓMEZ NAVARRO, Mª .J.: “A punto de profesar. Las dotes de monj as en l a
España Modern a: una propuesta metodológica”, en CAMPOS Y FERNÁNDEZ
DE SEVIL LA, F . J. (coord.): L a c lausura femenina en España. A ctas del
Simposium , vol. I , San Lorenzo de El Escorial, 2004, págs. 83-98.
GÓMEZ NAVARRO, Mª . S.: “Rogad a Dios en c aridad por el alma de… Las misas
ordinarias en España del Antiguo Régimen y su servicio al análisis de las actitudes
colectivas ante la muerte ”, Cuadernos de Historia de España , 81, 2007, pá gs. 135 -
164.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 37
GÓMEZ NAVAR RO, Mª . S.: “Un m omento ideal para acordarse de los Santos”:
Cuando la muerte llega. L a cláusula testam entariade la intersección en l a España
Moderna”, en Actas del Simposium: El culto a los Santos: cofradías, devoción,
fiestas y arte, San Lorenzo de El Escorial, 2008, págs. 57-74.
GÓMEZ NAVARRO, Mª. S.: “Mujeres en religión en la España Moderna”,
Ariadna , 21, 2010, págs. 83-106.
GONZÁLEZ C RUZ, D.: Religiosidad y ritual de la muerte en la Huelva del s iglo
de la Ilustración , Huelva, 1993,
GONZÁLEZ CRU Z, D.: Prácticas religiosas y mentali dad social en la Huelva de l
siglo XVIII , Huelva, 1999.
GOODY, J . R.: “Inheritance, prop ert y and women: some com parative
considerations”, en GOODY, J . R., THIRSK, J., y THOMPSON, E.P. (eds.):
Family and Inheritance. Rural society in Western Europe 1200-1800 , Cambridge ,
1976, págs. 10-36.
GOODY, J .: L ’evolution de la famil le et du marriage en Europe , t omo I, París,
1985.
GUTIÉRREZ FERNÁ NDEZ, B.: C ódigos o estudios fundamentales sobre el
Derecho civil español , vol. I , Mad rid, 1971.
HELER, J.: Historia y vida cotidiana , Barcelona, 1971.
HUIZINGA, J.: El otoño de la Edad Media , Madrid, 1965.
IRADIEL, P.: “Familia y función e conómica de la muj er en activid ades no
agrarias”, en La condición de la mujer en la Edad Me dia, Madrid, 1986, pá gs. 221 -
259.
JANCKE- L EUT ZSCH, G.: “Clara Staiger”, en CALVI, G. (ed. ): La Mujer
barroca , Madrid, 1995, págs. 111-130.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 38
JIMÉNEZ BAR TOLOMÉ, A. Mª .: “Palabras de matrimonio: testim onios de
mujeres deshonradas a finales del siglo XV III ”, en L ÓP EZ BELTRÁN, Mª. T.,
REDER GADOW, M. y DE L V AL VA LDIVIESO, Mª . I . (coords. ): Histori a y
género: imágenes y vive ncias de mujeres en España y América (siglos XV-XVIII) ,
Málaga, 2007, págs. 241-262.
JIMÉNEZ MORA LES, Mª. I . y QU ILES FA Z (coords.): De ot ras miradas:
reflexiones sobre la mujer de los siglos XVII al XX, Málaga, 1999.
JUS TI C IA SEGOV IA, A.: La Axarquía malagueña y la costa or iental: dos
espacios agrarios contrapuestos, Málaga, 1988.
KAPLAN, M. A.: “For love or m one y ”, en KAPLAN, M. A. ( ed.): The Marriage
Bargain. W omen and D owries i n European His tory , New York -London, 1985,
págs. 45-76 .
KI RKPATR ICK, S . “La construcción d e la s ubjetividad romántica femenina”, en
ESP I GADO TOC I NO, G. y DE LA P ASCUA SÁNCHEZ , M . J . (eds.): Frasquita
Larrea y Aherán. Europ eas y españolas entre la Ilustración y el Romanticismo
(1750-1850) , Cádiz, 2003, págs 81-97.
LALI NDE ABADÍA, J.: “Capitulaciones y d onaciones matrimoniales en el
Derecho catalán”, Revista Jurídica de Cataluña, 64-3, 1965, págs. 615-680.
LALI NDE ABADÍA, J .: “La indumentaria c om o símbolo de la discriminación
jurídico-social” , Anuario de Historia del Derech o Español , 53, 1983, págs. 583-
602.
LASARTE ÁLVAREZ, C.: Cur so de De recho Civil Patrimonial . I ntroducción al
Derecho, Madrid, 1993.
LASLETT, P. y WALL , R.: Household and f amily in past time; comparative
studies in the size and structure of the domestic, Cambridge, 1978.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 39
LEFEBVRE, G.: La Grande Peur , París, 1953.
LERENA A LESON, C.: Escuela, i deología y clases sociales en España. Cr ítica de
la sociología empirista de la educación , Barcelona, 1976.
LEVA CUEVAS, J.: “El papel de la m ujer en la Ba ja Edad Media. L a dote
¿impuls ora del nuevo hogar o yugo para las m ujeres?”, Ámbitos. Revista de
Estudios de Ciencias Sociales y Humanidades , 19, 2008, págs. 69-90.
LEVI STRAUSS, C.: L as estructuras elem entales del par entesco , vol. II ,
Barcelona, 1992.
LONZI, C.: Escupamos sobre Hegel. La mujer clitór ica y la mujer vaginal ,
Barcelona, 1981.
LÓPEZ BELTRÁN, Mª . T.: L a prosti tución en el Reino de Granada en época de
los Reyes Católicos: el caso de Málaga (1487-1516), Málaga, 1985.
LÓPEZ BELTRÁN, Mª . T.: El puerto de Málaga en l a transmisión a los tiempos
modernos , Málaga, 1986.
LÓPEZ BELTRÁN, Mª . T.: “ Las m ujeres en Andalucía”, en LÓPEZ BE LTRÁN,
Mª. T. (coord.): Actas del 2º Encuentro Interdiscipl inar de Estudios de la Mujer en
Andalucía , tomo I , Málaga, 1993, pá gs. 171-187.
LÓPEZ BELTRÁN, M ª. T.: “El t rabajo de la s mujeres en el mundo urbano
malagueño a finales de la Edad M edia (1487-1516)”, en CALERO SECALL, Mª I.:
Saber y vivir: mujer, antigüedad y Medievo, 1996, págs. 155-181.
LÓPEZ BELTRÁN, Mª T.: “El prohijamiento y l a estructura o culta del parentesco
en los grupos domésticos malague ños a fin ales de l a Edad Media e ini cios de la
Edad Moderna”, en V ILLAR GARCÍA, M. B . (coord.): Vidas y rec ursos de
mujeres durante el Antiguo Régimen , Málaga, 1997, págs. 47-78.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 40
LÓPEZ BELTRÁN, Mª. T. (coord.): De la edad Media a la Moderna, mujeres,
educación y familia en el ámbito rural y urbano, Málaga, 1999.
LÓPEZ BELTRÁ N, Mª. T.: La prostitución en el Reino de Granada a fina les de la
Edad Media, Málaga 2003.
LÓPEZ-CORDÓN C ORTEZO, Mª V: “Familia, sexo y género en l a España
Moderna”, Studia Histórica. Historia Moderna, 18, 1998, pág s. 105-134.
LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, Mª. V.: “ La situación de la mujer a finales del
Antiguo R égimen ( 1760-1860)”, en DURÁN HERAS, Mª. Á. y CAPE L
MARTÍNEZ, R. Mª.: M ujer y so ciedad en España (1700-1975) , Madrid, 1982,
págs. 47-108.
LÓPEZ-CORDÓN C ORTEZO, Mª. V.: “ L a conceptualiz ación de las mujeres en el
Antiguo R égimen: los arquetipos sexistas”, Manusc rits. Revista d’ Historia
Moderna 12, 1994, págs. 79-108.
LÓPEZ C ORDÓN CORTEZO, Mª. V.: “L os orígenes de la polémica f emi nista”,
Torre de los Lujanes , 48, 2002, págs. 129-146.
LÓPEZ-CORDÓN C ORTEZO, Mª. V.: Condición femenina y razón ilustrada:
Josefa Amar y Borbón , Zaragoza, 2005.
LÓPEZ CORDÓN COR TEZO , M ª. V. y CA RBONELL I ESTE LLER, M .:
“Mujer, familia y matri monio”, en LÓPEZ C ORDÓN CORTEZO, Mª . V. y
CARBONELL I ESTE LLER, M. (dirs.): Congreso Internacional Historia de la
familia : Nuevas perspectivas sobre l a sociedad e uropea , Murc i a, 1997, p ágs. 13 -
22.
LORENZO C ARDOSO, P. L.: “Los malos t ratos a las mujeres en C astilla en el
siglo XVII”, Brocar. Cuadernos de Investigación Histórica , 15, 1989, págs. 119 –
136.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 41
LLEDÓ, E.: Sor Juana Inés de la Cruz: la hiperbólica fineza , Barcelona, 2008.
MAIO, R.: Mujer y Renacimiento , Madrid, 1988.
MARAVALL, J. A.: Poder, honor y élites en el sigl o XVIII , Madrid, 1979.
MARAVALL, J . A.: La literatura picaresca d esde la Historia Social , Madrid,
1986.
MARCHANT R I VERA, A.: Los escribanos públicos en Málaga bajo el reinado de
Carlos I , Málaga, 2002.
MARCHANT R I VERA, A.: Las religi osas del císter malagueño. Catálog o de las
cartas de profesión de la Abadía de Santa Ana , Málaga, 2010.
MARTINES, L.: “Seduc tio, espace fa m ilial et autorité dans la Ren aissanc e
italianne” Annales. Histori e , Sciences Sociales , 53e anné, nº 2, 1998, p ágs. 255-
290.
MARTÍNEZ ALBIACH, A.: Religiosidad hi spana y sociedad borbónica , Burgos,
1969.
MARTÍNEZ B ERBE L, J. A.: Las Mujeres en la Sociedad Española del Siglo de
Oro: Ficción Teatral y Realidad Histórica , Granada, 1998.
MARTÍNEZ LÓ PE Z, D.: Tierra, herencia y matrimonio. Un m odelo sobre la
formación de la burguesía agraria andaluza (siglos XVIII-XIX) , Jaén, 199 6.
MARTÍNEZ MOUTÓN, M.: “ La mujer prestamis ta en la Málaga del si glo XVIII”,
en VILLAR GARCÍA, Mª. B. (coord.): Vida y recursos de muj eres d urante el
Antiguo Régimen, Málaga, 1997, págs. 111-129.
MARTÍNEZ MOU TÓN, M.: “Una aproximación al trabajo remunerado de las
mujeres mala gue ñas d el siglo XVIII”, en BIRR IEL S ALCEDO, M. (comp.):
Estrategias l aborales femeninas: t rabajo, hoga res y educación, Málaga, 1998,
págs. 58-179.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 42
MARTÍNEZ MOUTÓN, M., GIL BEN ÍTEZ, E. Mª. y CHAUCA GAR CÍA, J .:
“Escrituras de obli ga ción y crédito a corto plazo en Málaga en el primer tercio del
siglo XV III ”, en SUÁREZ GR IMÓN , V. J , MART Í N EZ RU IZ, E. y LOBO
CABRERA, M. (coords.): III Reunión Científica de Historia Moderna. vol. II . El
Comercio en el Antiguo Régimen , Las Palmas d e Gr an C anaria, 1995, p ág. 113-
138.
MARTOS CA L A BRÚS, M. A.: Aproximación histór ica a l as solem nidades del
testamento público , Almería, 1998.
MASPONS ANGL ASE LL, F.: Derecho catalán famili ar según l os autores
clásicos y las sentencias del antiguo tribunal supremo de C ataluña , Barcelona,
1956.
MATEO A LAYA, E. J .: “La locura en la Ed ad Moderna”, en Los ant ecedentes de
la eximente de anomalía o alteración psíquica, Zaragoza, 2005, págs. 75-81.
MATTHEWS GR I EC O, S . F.: “Mar y Asstell, educadora y feminista”, en CA L V I,
G. (ed): La mujer barroca, Madrid, 1995, págs. 213-246.
MEILLA SSOU X, C .: Mujeres, graneros y capital es: Economía doméstica y
capitalismo , Méxi co, 198 5.
MENDOZA GARCÍA, E. Mª .: “A prox imación a una institución benéfica
malagueña del siglo XVIII: el Hospital de I nváli das”, Baetica. Es tudios de Arte,
Geografía e Historia , 26, 2004, págs. 341-352.
MENDOZA GARC ÍA, E. Mª.: “La clausura femeni na en España en el siglo XVII a
través de los manuales de esc ribanos y documentos notariales de Má laga”, en
CAMPOS Y FERNÁNDEZ DE S EVILLA, F. J. ( coord.): La clausura femenina en
España. Actas del Simposium , vol. I , S an L orenzo de El Escorial, 2004, págs. 245-
268.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 43
MENDOZA GARC ÍA, E. Mª.: “Probanza d e Don Francisco de Zaldívar, canóni go
de la Igle sia d e M álaga: el pap el del escribano en las pruebas de Hidalguía y
limpieza de sangre”, Memoria Ecclesiae , 29, 2006, págs. 377-394.
MENDOZA GARC ÍA, E. M ª.: Los escribanos de Málaga en el reinado de Felipe
IV (1621-1665) , Málaga, 2007.
MENDOZA GARC ÍA , E. Mª .: Pluma, tintero y papel. Los escribanos de Málaga
en el siglo XVII (1598-1700) , Málaga, 2007.
MENDOZA GARCÍA, E. Mª.: “Exclusión de las mujeres de las profesiones
liberales: Las escribanías m alag ueñas del siglo XVII”, en BA LLESTEROS
GARCÍA, R . M ª. y ES CUDERO GALLEGOS, C . (coord. ): Feminismos en las dos
orillas , Málaga, 2007, págs. 87-100.
MENDOZA GARCÍA, E. M ª.: “¿Un precedente de l a defensa d e género en el siglo
XVIII ? La s m ujeres vind icadas de las calumnias de los hombres, de J uan Bautista
Cubíe”, en LÓPEZ BE LTRÁN, Mª. T., REDER GADOW, M. y D EL VA L
VALDIVIESO, Mª. I. (coords.): Hi storia y género: imág enes y vivencias de
mujeres en España y América (siglos XV-XVIII) , M álaga, 2007, pág s. 219- 240.
MENDOZA GARCÍA, E. Mª.: “La religiosidad popul ar m ás allá de la muerte: los
testamentos de los escribanos malagueños del siglo XVII”, Baetica. Estudios de
Arte, Geografía e Historia , 32, 2010, págs. 371-393.
MENDOZA G ARC ÍA, E. Mª .: “L os escribano s reales de M álaga en la Edad
Moderna”, en MORENO TR UJ ILL O, M ª. A., DE LA OBRA S IERRA, J . Mª. y
OSOR I O P ÉREZ, Mª . J . (Eds.): El notar iado andal uz: institución, práctica
notarial y archivos: siglo XVI , Granada, 2011, págs . 65-88.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 44
MENDOZA GARC ÍA, E. M ª.: “En t estimonio de verdad”. Los signo s de los
escribanos públi cos”, Baeti ca. Estudios de Arte, Geografía e Historia , 35, 2013,
págs. 299-312.
MENDOZA GARC ÍA, E. Mª .: “La muerte”, en OS TOS-SALCEDO, P. (coord.):
Práctica notarial en Andalucía: siglos XIII-XVII) , Sevill a, 2014, pág s. 473- 509.
MOLINA MART ÍN , A.: Vestir la identidad, construir la apariencia. La cuestión
del traje en la España del siglo XVIII, Madrid, 2004.
MORANT DEUSA, I.: “Las mujeres en los esp acios del saber ilust rado, algunas
tray ectori as y tensiones ”, en ESP IGA DO TOC IN O, G y DE LA PAS CUA
SÁNCHEZ, M. J .(eds.): Frasquita Larrea y Aher án. Eur opeas y española s entre la
Ilustración y el Romanticismo (1750-1850) , Cádiz, 2003, págs. 55-81.
MORANT, I. (coo rd.): Historia de las mujeres en España y América Latina , 2
vols., Madrid, 2005.
MORANT DEUSA, I.: “Orígenes d el matrimonio y de la famili a moderna” ,
Revista austral de ciencias sociales , 11, 2006, pág. 81-157.
MORANT DEUSA, I . : “ L a historia de l as m ujeres en F r ancia. Análisis
comparativo”, en FRA NCO R UBIO, G. Á. y IRIARTE GOÑI, A. ( coords.):
Nuevas rutas para Clí o: el impac to de las teóric as francesas en la his toriografía
feminista española , Madrid, 2009, págs. 141-160.
MORANT DEUSA, I. y BOL UFER PERUGA, M.: “Sobre l a razón, la educación y
el amor de las mujeres: m ujeres y hombres en la España y la Francia de las L uces” ,
Studia Historica. Historia Moderna , 15, 1996, págs. 179-202.
MORANT DEUSA I. y BOLUFER P ERUGA, M.: Amor matrimonio y f amilia. La
construcción histórica de la famil ia moderna , Madrid, 1998.
MORENO, J. I .: El otorgamiento de Instrumentos Públicos , M adrid, 1847.
El reflej o de la mu j er malagueña en los p rotoc olos notaria les d e la épo ca de Fernando VI.
3 51
SÁNCHEZ ORTEGA, M . H.: La mujer y la se xualidad en el Antiguo Régimen ,
Madrid, 1992.
SÁNCHEZ-PARRA GARC Í A, Mª. del P. y CRE MADES GR IÑÁN, C. Mª .: “Los
bienes de la m ujer aportados al m atrimonio. E volución de la dote en la Edad
Moderna”, en GARCÍA-N I ETO PAR I S , Mª.C. (ed.): Ordenamiento jurídico y
realidad social de las mujeres. Siglos XVI a XX. Actas de las IV Jo rnadas de
Investigación Interdisciplinar , Madrid, 1986, págs. 137-148.
SANZ DE BREMOND Y MAYÁNS, A.: “ La libertad de profesión en los claustros
femeninos durante l a Edad Moderna: el proceso de nulidad de p rofesión de sor
Isabel Mancho”, Hispania Sacra , 52 (105), 2000, págs. 403-413.
SANZ SAMPELAYO, J.: Granada en el siglo XVIII , Granada, 1980.
SANZ SAMPE LAY O, J.: “Andalucía en el C enso de Florid ablanca de 1787.
Algunas consideracion es sobre su población”, en II Centenario del Censo de
Floridablanca , Murcia, 1987, págs. 375 – 396.
SANZ SAMPE LAYO, J.: “L a tipología de Mála ga y su provincia según el censo
de 1787”, Baetica. Estudios de Arte, Geografía e Hist oria, 11, 1988, págs. 465-
476.
SANZ SAMPE LAYO, J .: Factores de riesgo y de desarrollo en una ci udad del
litoral andaluz: la pobl ac ión de Málaga en el siglo XVIII , Mál aga, 1998.
SANZ SAMPE LAYO, J .: “Andalucía en el context o mi gr atorio de España en la
Edad Moderna”, en V ILLAR GARC ÍA, Mª. B . y PE ZZI CR I STÓBA L, P. (eds.):
Los extranjeros en la España Moderna. Actas del I Coloquio Internacional , vol. I,
Málaga, 2003, págs. 101-120.
SANZ SAMPE LAY O, J.: Ordenación del territorio andaluz: fi sonomía de la
división administrati va a finales del Antiguo Régimen , Granada, 2005.
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