Justicia juvenil a debate
Abstract
A los 15 años de ponerse en marcha la L.O. 5/2000 de responsabilidad penal de los menores es necesario realizar una revisión de sus logros y deficiencias. Para ello se repasarán las distintas formas de implementación que ha tenido esta ley en las comunidades autónomas de nuestro páis.
Full text
JUSTICIA JUVENIL EN ESPAÑA: la situación en Andalucía Aspectos que funcionan: Considero que el aspecto más positivo que ha aportado la L.O 5/2000 es la consolidación de la naturaleza educativa y sancionadora de la ley. A lo largo de los años tanto en los profesionales como en los infractores y diría que incluso en la sociedad ha calado esta doble naturaleza de la justicia juvenil, aunque sea para criticarla. Creo que la dotación de medios materiales y personales que se realizó al inicio de la entrada en vigor de la ley facilitó que el contenido educativo de la ley se practicara adecuadamente y mi percepción es que se van realizando cambios organizativos, sobre todo, en el ámbito de la ejecución de medidas, procurando que el contenido educativo sea más eficaz (ejemplo de internamientos mixtos y de gestión del medio abierto: creación de los SIMA en agosto 2013) Aspectos que no funcionan: El aspecto que considero más preocupante es el tema de la gestión pública y privada de las asociaciones o entidades que se encargan de la ejecución de las medidas y del control de éstas. El hecho en sí de que en cada Comunidad autónoma esta realidad sea distinta ya es de por si negativa, peor aún si estas discrepancias se dan a nivel provincial.