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Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes.

Carrascosa Puertas, Lara

Abstract

Canarias cuenta desde 2014 con una Ley de Transparencia y acceso a la información pública que garantiza la publicidad activa y la retroactiva. Sin embargo, la información divulgada a través de internet no alcanza los estándares marcados por la Ley. El análisis de las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes, realizado dentro un proyecto I+D+i por el equipo del Mapa Infoparticipa, financiado por CSO2015-64568-R (MINECO/FEDER), a través de 52 indicadores, ofrece una radiografía del estado de la transparencia de la corporación y la información para la participación. Sólo seis de los 27 analizados cumplen al menos con la mitad de los indicadores y, respecto a la última oleada de análisis de 2015, la transparencia mejoró únicamente en las páginas webs de seis ayuntamientos. Además, los dos consistorios con más grado de cumplimiento en 2015 han bajado en sus puntuaciones.

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94 Lara Carrascosa Puertas Dra en CC. de la Información. Periodista y Profesora Asociada. Universidad de La Laguna #RET Revista Española de la Transparencia lara carrascosa puertas Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes Nº 5. Segundo Semestre 2017 Recibido: 22/10/2107 Aceptado: 02/12/2017 RESUMEN Canarias cuenta desde 2014 con una Ley de Transparencia y acceso a la información pública que garantiza la publicidad activa y la retroactiva. Sin embargo, la información divulgada a través de internet no alcanza los estándares marcados por la Ley. El análisis de las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes, realizado dentro un proyecto I+D+i por el equipo del Mapa Infoparticipa, financiado por CSO2015-64568-R (MINECO/FEDER), a través de 52 indicadores, ofrece una radiografía del estado de la transparencia de la corporación y la información para la participación. Sólo seis de los 27 analizados cumplen al menos con la mitad de los indicadores y, respecto a la última oleada de análisis de 2015, la transparencia mejoró únicamente en las páginas webs de seis ayuntamientos. Además, los dos consistorios con más grado de cumplimiento en 2015 han bajado en sus puntuaciones. ABSTRACT Canary Islands have a transparency law since 2014. This law warrants active and retroactive publicity. However, information throughout the Internet doesn’t achieve law standards. Analysis of councils with more than 20,000 inhabitants web pages –done in the I+D+I Infoparticipa Map, funded by CSO2015-64568-R (MINECO/FEDER)- offer a radiography about transparency and information for participation. Just only six out of twenty seven councils keep at least twenty six of the fifty two items. About the relationship with the last analysis in 2015, transparency only improve in six councils webs pages. Besides, two councils with highest rates in 2015 have plummeted their scores. PALABRAS CLAVES Participación, transparencia, Canarias, Infoparticipa, páginas web, portales web, ayuntamientos, sedes electrónicas. KEY WORDS Participation, transparency, Canary Islands, Infoparticipa, web pages, home page, councils, electronic offices. Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes 95 LARA CARRASCOSA PUERTAS Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 1. INTRODUCCIÓN La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública ofreció un marco legal claro y amplio a las instituciones y ciudadanos canarios para la aplicación de la Ley de Transparencia1. En su exposición de motivos, se establece que “la transparencia se revela como uno de los valores esenciales para que las instituciones y las administraciones sean consideradas como propias, cercanas y abiertas a las expectativas, necesidades y percepciones de la ciudadanía”. En este sentido, abundan que “aumentar la transparencia de la actividad pública se vislumbra como el camino para iniciar la reconciliación entre las instituciones y gestores público con el conjunto de la sociedad para la que trabajan” (BOC2, 09/01/2015, 961). En la misma línea, Sommermann (2010, 22-24) apunta que, “aunque no se puede forzar a los ciudadanos a interesarse o a participar en los procesos de formación de la voluntad, sí se puede ofrecer información y de esta manera disminuir el umbral de comunicación” entre los ciudadanos y el poder político, de forma que “una ampliación de la transparencia, respetando los derechos individuales, fortalece la confianza en la racionalidad y objetividad de la actuación administrativa, criterios de un Estado de Derecho que de esta manera gana legitimación”. Respecto a las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley 12/2014 (entre las que se encuentran los ayuntamientos), se recuerda que “están obligadas a facilitar, preferentemente por medios electrónicos, a través de sus respectivas sedes electrónicas o páginas webs, la información cuya divulgación resulte de mayor relevancia para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública” (BOC, 09/01/2015, 964). Asimismo, se define la transparencia como “la elaboración, actualización, difusión y puesta a disposición de cualquier persona, en una manera clara y entendible, de la información prevista en esta ley derivada de la actuación de las entidades incluidas en su ámbito de aplicación en ejercicio de las funciones que tienen atribuidas, sin más limitaciones que las establecidas legalmente” (BOC, 09/01/2015, 971). Por su parte, Giménez-Chornet (2012, 505) definió la transparencia en la gestión pública como la posibilidad de que la ciudadanía pueda acceder a cualquier tipo de información, en cualquier soporte, generada por las entidades en el cumplimiento de sus funciones. En este mismo sentido se manifestaba Ojeda (2016, 248) cuando aseguraba que la transparencia “no implica un acto de rendir cuentas a un destinatario específico, sino la práctica de colocar la información en la ‘vitrina pública’ para que aquellos interesados puedan revisarla y analizarla”. 1 Esta norma fue el desarrollo autonómico de la ley estatal 19/2013 del 9 de diciembre de Transparencia y Buen Gobierno. 2 Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. Boletín Oficial de Canarias del 09/01/2015, pp. 958-1013. Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes 97 LARA CARRASCOSA PUERTAS Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 declaraciones anuales de bienes de miembros del Gobierno y altos cargos. • Información en materia de empleo en el sector público (RPT, plantillas de personal, número de empleados por departamentos, número de liberados sindicales, etc). • Información en materia de retribuciones (de los altos cargos y del personal directivo, del personal de confianza y asesoramiento y del personal funcionario, estatutario y laboral, así como las indemnizaciones en concepto de viajes, manutención, alojamiento y asistencia a órganos colegiados). • Información en materia normativa (el programa legislativo del Gobierno, los anteproyectos de ley y proyectos de reglamentos, así como las disposiciones aprobadas). • Información sobre los servicios y procedimientos (cartas de servicios, listas de espera, catálogo de procedimientos, número de reclamaciones presentadas…). • Información económica-financiera (presupuestaria y contable, el límite de gasto de cada ejercicio, presupuesto, ejecución trimestral de los presupuestos, los créditos extraordinarios, modificaciones de créditos, presupuestos de entes, las cuentas anuales, los informes de fiscalización, los informes sobre el grado de cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, etc). • Información del patrimonio (bienes demaniales de uso público, bienes inmuebles, vehículos oficiales, etc). • Información de la planificación y programación (programas anuales y plurianuales y su grado de cumplimiento). • Información de las obras públicas (presupuesto, pliegos y criterios de adjudicación, número de empresas que han concurrido a la licitación, empresa o empresas adjudicatarias, fecha de inicio y finalización, penalizaciones, etc). • Información de los contratos. • Información de los convenios y encomiendas de gestión. • Información sobre la concesión de servicios públicos. • Información de ayudas y subvenciones. • Información en materia de ordenación del territorio. • Información estadística. Este amplio abanico de temas tendría que ser objeto de información pública por parte de los consistorios canarios. Sin embargo, el propio Comisionado de Transparencia reconoce en su informe de 20163 que “no existe todavía un procedimiento concertado con los órganos garantes de la transparencia que permita realizar mediciones en el cuádruple nivel local, insular-provincial, autonómico y estatal”. Añade, asimismo, que “las evaluaciones que han realizado entidades privadas en ningún caso miden el grado de cumplimiento de las leyes4, sino la presencia mayor o menor en las webs oficiales de algunos contenidos informativos que han considerado importantes”. 3 Cerdán, Daniel (2016). Informe anual de 2016. Evaluación del cumplimiento de la Ley 12/2014, de Transparencia de Canarias en 2016. Recuperado de https://www.transparenciacanarias.org/ 4 Esta matización podría estar dirigida a los medios de comunicación no especializados a los que se repartió el informe. La Ley consta de diversos apartados. Las mediciones solo afectarían, por tanto, a la parte de la normativa que se refiere a la publicidad activa o rendición de cuentas. lara carrascosa puertas 98 Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 2. JUSTIFICACIÓN DEL INTERÉS DEL TEMA Y DEL OBJETO DE ESTUDIO El derecho a ser informado por los cargos electos se da por supuesto en cualquier democracia. Sin embargo, a lo largo de la historia han sido pequeños avances los que han hecho que lleguemos a esta conclusión universal. En 1681, F. Winnington sostenía que “no es natural ni racional que el pueblo que nos ha elegido no esté informado de nuestras acciones” (Monzón, 2006: 102). Y, no obstante, los avances en la transparencia activa han sido lentos y han estado vinculados en numerosas ocasiones a la voluntad de determinados personajes de la historia. Jacques Necker impulsó como ministro la publicidad (o transparencia) política en el gobierno absolutista francés de finales del siglo XVIII al publicar el balance del presupuesto nacional (Monzón, 2006: 75). Tres siglos después, algunas instituciones públicas aún no cumplen con este requisito mínimo a través de sus páginas webs5 o lo hacen difícilmente accesible a través de múltiples clics. Por otro lado, la transparencia no ha estado solo vinculada a este derecho a ser informado por parte del ciudadano, sino que se ha contemplado como una de las herramientas para combatir el mal uso de recursos públicos. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) considera la corrupción política un fenómeno transnacional y su erradicación fue uno de los objetivos de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2004. Esta aprobó un texto entre cuyas finalidades se encontraba “promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos” (artículo 1.c). En concreto, dicha convención establecía que: “Cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, formulará y aplicará o mantendrá en vigor políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción que promuevan la participación de la sociedad y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gestión de los asuntos públicos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas” (artículo 5.1). La misma relación entre corrupción y transparencia establece Montesinos (2017,79), quien considera que “la corrupción constituye una de las principales amenazas para el Estado de Derecho al ser susceptible de pervertir la división de poderes y el reconocimiento y garantía de los derechos de las personas” y que, por ese motivo, “la transparencia es esencial en toda sociedad democrática al proporcionar a los ciudadanos la información, un instrumento de vital importancia para el control constante del proceso político y la gestión pública”. 5 La evaluación realizada en 2015 por el Mapa Infoparticipa a los municipios canarios de más de 50.000 habitantes reflejó que solo el 37,5% de ellos publicaba esta información en sus páginas webs (Trenta, 2015, 144). Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes 99 LARA CARRASCOSA PUERTAS Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 No hay que olvidar que la corrupción genera grandes cantidades de dinero opacas, que van a parar a la economía sumergida, en detrimento de los ingresos públicos, lo que origina una mayor carga fiscal para los ciudadanos (Lapuente, 2016, 149) y contribuye al desafecto de la ciudadanía con la clase política. Por todo esto, podemos asegurar que la transparencia está en la génesis de cualquier iniciativa que pretenda luchar contra la corrupción. Sin embargo, no será hasta mucho después, en 2011, cuando se creó Open Government Partnership (OGP) con la intención de proveer de herramientas a los gobiernos comprometidos con la transparencia. En la actualidad cuenta con 60 países integrados y España es uno de ellos. El Open Government Partnership es una iniciativa que persigue asegurar compromisos concretos de los gobiernos con la intención de promover la transparencia, capacitar a los ciudadanos, luchar contra la corrupción y aprovechar las nuevas tecnologías para fortalecer la gobernabilidad. El OGP, además, está supervisado por un Comité Directivo que incluye representantes de gobiernos y organizaciones de la sociedad civil6. Aunque España se integró en el OGP en 2011, hubo que esperar dos años más para que se promulgara la Ley 19/2013 de 9 diciembre de Transparencia y Buen Gobierno. Dicha norma estableció, además, una entrada en vigor “diferida” que daba un plazo de dos años a comunidades autónomas y administraciones locales para adaptarse a sus exigencias, lo que ha hecho que hasta finales de 2015 no se pudiera reivindicar ni utilizar de forma extensiva e intensiva. La ley fue valorada por uno de los informes anticorrupción de la Unión Europea realizado por el GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa)7, en el que, sin embargo, se le reprocha “la insuficiencia de garantías del órgano de control y la conveniencia de haber prestado mayor atención al régimen de sanciones y a las excepciones al principio de acceso a la información” (Montesinos, 2017, 94). Aunque la obligación de rendir cuentas parece relativamente novedosa, en realidad no lo es. En la exposición de motivos de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, el legislador considera que “la transparencia en la actividad administrativa debe ser, no sólo una garantía para los ciudadanos, sino un criterio de actuación general del aparato público. Los titulares de los diferentes órganos administrativos no son más que gestores de intereses ajenos, los del cuerpo social, por lo que deben rendir cuentas de su gestión ante los ciudadanos” (Blanes, 2014, 68). 6 Información recuperada de la página web www.opengovpartneship.org, en la que se matiza que para ser miembro de la OGP, los países deben respaldar una declaración de Gobierno Abierto, entregar un plan de acción en el país desarrollado con una consulta pública y se comprometen a informar sobre sus avances en el futuro. 7 El GRECO lo forman 49 estados europeos y se dedica a realizar oleadas de análisis de la transparencia en los diferentes estados miembros. Ya ha realizado cuatro rondas de evaluación. Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes 101 LARA CARRASCOSA PUERTAS Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 3. OBJETIVOS Y METODOLOGÍA El principal objetivo de esta investigación es comprobar si, dos años después de la entrada en vigor de la Ley de Transparencia, los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes cumplen con sus obligaciones de rendición de cuentas. En concreto, perseguimos comprobar si se han adaptado a la legislación y el grado de cumplimiento de la misma a través de los datos publicitados en su página web. Para ello, se han utilizado los 52 indicadores y la metodología del Mapa Infoparticipa y se han comparado con los resultados obtenidos en la anterior oleada de 2015. Las tres primeras oleadas de análisis realizadas en Canarias, en marzo y diciembre de 2014 y mayo de 2015, utilizaron solo 41 indicadores , divididos en torno a cuatro cuestiones: 1. ¿Quiénes son los representantes políticos? (indicadores 1 a 6). 2. ¿Cómo gestionan los recursos colectivos? (indicadores 7 a 21). 3. ¿Cómo informan de la gestión de los recursos colectivos? (indicadores 22 a 28). 4. ¿Qué herramientas ofrecen para la participación ciudadana? (indicadores 29 a 41). Sin embargo, en el presente análisis el número de indicadores a analizar aumentó hasta 52, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley de Transparencia y se organizó en dos grupos y subgrupos: 1. Transparencia de la corporación. 1.1. ¿Quiénes son los representantes políticos? (indicadores 1 a 11) 1.2. ¿Cómo gestionan los recursos colectivos? (indicadores 12 a 20) 1.3. ¿Cómo gestionan los recursos económicos: presupuestos, salarios, contrataciones, subvenciones…? (indicadores 21 a 38) 2. Información para la participación 2.1. ¿Qué información proporcionan sobre el municipio y la gestión de los recursos colectivos? (indicadores 39 a 45) 2.2. ¿Qué herramientas ofrecen para la participación ciudadana? (indicadores 46 a 52). No son exactamente 11 nuevos indicadores porque se eliminaron algunos de los anteriores y otros se ampliaron o reformularon. En concreto, el 27 y el 28 de la tabla de 2015 se quitaron porque solicitaban un compromiso de buenas prácticas en transparencia innecesario cuando ya existe una Ley que les obliga (Moreno, 2017, 374). La correlación de indicadores ha quedado tal y como se expone en la tabla 1. lara carrascosa puertas 102 Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 Tabla 1: Correlación de los indicadores Infoparticipa. Indicadores 2015 Indicadores 2016 1. Transparencia de la corporación 1. ¿Quiénes son los representantes políticos? (indicadores 1 a 6) 1.1. ¿Quiénes son los representantes políticos? (indicadores 1 a 11) 1. ¿Se da información básica sobre el alcalde o la alcaldesa: nombre y apellidos y partido político? 1. ¿Se da información básica sobre el alcalde o la alcaldesa: nombre y apellidos y partido político? 2. ¿Se da información sobre el alcalde o la alcaldesa: biografía y/o currículum? 2. ¿Se da información sobre el alcalde o la alcaldesa: biografía y/o currículum? 3. ¿Se da información básica sobre los representantes que forman parte del gobierno: nombre y apellidos, fotos y partido político? 3. ¿Se da información básica sobre los representantes que forman parte del gobierno: nombre y apellidos, fotos y partido político? 4. ¿Se da información sobre los representantes que forman parte del gobierno: biografía y/o currículum? 4. ¿Se da información sobre los representantes que forman parte del gobierno: biografía y/o currículum? 5. ¿Se da información básica sobre los representantes que no forman parte del gobierno: nombre y apellidos, fotos y partido político? 5. ¿Se da información básica sobre los representantes que no forman parte del gobierno: nombre y apellidos, fotos y partido político? 6. ¿Se da información sobre los representantes que no forman parte del gobierno: biografía y/o currículum? 6. ¿Se da información sobre los representantes que no forman parte del gobierno: biografía y/o currículum? 17. ¿Se publican las retribuciones de los cargos electos? 7. ¿Se publican las retribuciones (mensuales y/o anuales) de los representantes políticos? 8. ¿Se publican las declaraciones de actividades y bienes de los cargos electos (gobierno y oposición), en el momento de tomar posesión del cargo, cuando se produzcan variaciones a lo largo del mandato y en el momento de su cese? 9. ¿Se publica la agenda institucional del alcalde o alcaldesa? 31. ¿Se ofrecen en la web las direcciones de e-mail de los miembros del gobierno? 10. ¿Se publica en la web datos de contacto de los miembros del gobierno (correo electrónico y/o Twitter y/o Facebook y/o web y/o teléfono…)? 32. ¿Se ofrecen en la web las direcciones de e-mail de los miembros de la oposición? 11. ¿Se publica en la web datos de contacto de los miembros de la oposición (correo electrónico y/o Twitter y/o Facebook y/o web y/o teléfono…)? 2. ¿Cómo gestionan los recursos colectivos? (indicadores 7 a 21) 1.2. ¿Cómo gestionan los recursos colectivos? (indicadores 12 al 20) 8. ¿Se da información sobre la composición de estos órganos de gobierno? 12. ¿Se da información sobre la composición de los órganos de gobierno: pleno, junta de gobierno y/o comisiones informativas? 7. ¿Se da información sobre las competencias de los órganos de gobierno: pleno, junta de gobierno y/o comisiones informativas? 13. ¿Se da información sobre las competencias y el calendario de trabajo de estos órganos de gobierno? 9. ¿Se da información sobre el calendario de trabajo de estos órganos de gobierno? 14. ¿Se publica el organigrama completo con sus nombres y apellidos de las personas responsables y sus funciones? 10. ¿Se publican las convocatorias con las órdenes del día previas a la celebración de los plenos municipales? 15. ¿Se publican las convocatorias con los órdenes del día previos a la celebración de los plenos municipales? 11. ¿Se publican las actas del pleno municipal? 16. ¿Se publican las actas del pleno municipal? 12. ¿Se publican los acuerdos del gobierno o de la junta de gobierno local? 17. ¿Se publican los acuerdos completos de la junta de gobierno y/o actas íntegras cuando la junta de gobierno actué en delegación del pleno? Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes 103 LARA CARRASCOSA PUERTAS Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 13. ¿Se da información sobre el plan de gobierno (PG), plan de actuación municipal (PAM) y/o el plan estratégico? 18. ¿Se da información del plan de gobierno (PG), el plan de actuación municipal (PAM) y/o el plan estratégico, especificando los objetivos concretos, las actividades, los medios y los plazos previstos para su desarrollo a lo largo del mandato? 14. ¿Se da información sobre el plan de ordenación urbanística (POUM) u otras normas de planificación urbanística? 19. ¿Se da información del plan de ordenación urbanística (POUM), plan general de ordenación (PGO) u otras normas de planificación urbanística, así como sus modificaciones puntuales? 18. ¿Se publican las ordenanzas municipales? 20. ¿Se publican las ordenanzas municipales, los reglamentos y/u otras disposiciones de relevancia jurídica? 15. ¿Se da información sobre otros planes municipales: agenda 21, mujeres, participación ciudadana, etc? 1.3. ¿Cómo gestionan los recursos económicos: presupuestos, salarios, contrataciones, subvenciones…? (indicadores 21 a 38) 19. ¿Se publica el presupuesto del ayuntamiento? 21. ¿Se publica el presupuesto del ayuntamiento del año en curso, por capítulos, por áreas, por programas y/o por servicios, y de los organismos autónomos y entes dependientes, en el caso de existir? 22. ¿Se publica información sobre la ejecución trimestral del presupuesto o del año en curso? 23. ¿Se publican las modificaciones presupuestarias realizadas? 20. ¿Se publica información sobre la ejecución del presupuesto? 24. ¿Se publica información sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y/o el nivel de endeudamiento? 21. ¿Se publican los informes anuales de la cuenta general y la memoria de la gestión económica de la comisión especial de cuentas? 25. ¿Se publica la liquidación de los presupuestos de ejercicios anteriores y/o la cuenta general? 16. ¿Se publica la relación de puestos de trabajo de la corporación y las retribuciones según las categorías? 26. ¿Se publica la relación de puestos de trabajo y las retribuciones del personal laboral y funcionario del ayuntamiento, según las categorías? 27. ¿Se publica el listado y las retribuciones de los directivos y de los cargos de confianza, sus funciones y su currículum? 28. ¿Se publica la oferta de trabajo del ayuntamiento, el desarrollo de los concursos públicos y los resultados? 29. ¿Se publica la información sobre los datos más relevantes del inventario general del patrimonio respecto a los bienes inmuebles de dominio público y patrimoniales y los bienes muebles con un valor especial? 30. ¿Se publican todos los contratos formalizados, mayores y menores? 31. ¿Se publican las licitaciones en curso y la composición de las mesas de contratación? 32. ¿Se publican las actas de las mesas de contratación? 26. ¿Se informa sobre el perfil del contratante, y de las contrataciones y las concesiones firmadas por la corporación con empresas, entidades o personas particulares? 33. ¿Se publican las modificaciones de los contratos formalizados y sus prórrogas, las licitaciones anuladas y las resoluciones anticipadas? 34. ¿Se publica la relación completa de proveedores, adjudicatarios y/o contratistas y la cuantía económica? 35. ¿Se publica el período medio de pago a proveedores? 36. ¿Se publican las subvenciones otorgadas, las respectivas convocatorias y resoluciones? lara carrascosa puertas 104 Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 37. ¿Se publican los convenios firmados, especificando las partes, su objeto y las obligaciones económicas que se deriven, en su caso? 38. ¿Se publica el coste y las características de las campañas de publicidad institucional en los medios de comunicación? 2. Información para la participación 3. ¿Cómo informan de la gestión de los recursos colectivos? (indicadores 22 a 28) 2.1. ¿Qué información proporcionan sobre el municipio y la gestión de los recursos colectivos? (indicadores 39 a 45) 22. ¿Se publican noticias en la web? 23. ¿Se publican noticias sobre las actuaciones de los miembros del gobierno relacionadas con el rendimiento de cuentas? 39. ¿Se publican noticias, informaciones y/u opiniones sobre las actuaciones de los miembros del gobierno relacionadas con la gestión del gobierno? 24. ¿Se publican noticias sobre las actuaciones de los miembros de la oposición relacionadas con el control de la gestión del gobierno? 40. ¿Se publican noticias, informaciones y/u opiniones sobre las actuaciones de los miembros de la oposición y/o de los grupos políticos relacionadas con el control de la gestión del gobierno? 25. ¿Se publican noticias en las cuales se contrastan las informaciones de miembros del gobierno, de la oposición, y de técnicos, si procede? 41. ¿Se publica información sobre el desarrollo del pleno, las mociones presentadas por los diferentes grupos políticos, el debate y los acuerdos? 30. ¿Se da información histórica sobre el municipio? 42. ¿Se da información histórica sobre el municipio? 29. ¿Se da información sobre la situación del municipio: datos sobre el término municipal, la población empadronada y su diversidad social, las actividades económicas, culturales…? 43. ¿Se da información sobre la situación del municipio: datos sobre el término municipal, la población empadronada y su diversidad social, las actividades económicas, los equipamientos culturales y de ocio…? 36. ¿Se ofrece en la web una agenda de actividades municipales y ciudadanas? 44. ¿Se ofrece en la web una agenda de actividades municipales y ciudadanas? 41. ¿Se publica el contacto con la persona responsable de prensa, información y/o comunicación de la corporación? 45. ¿Se publica el contacto con la persona responsable de prensa, información y/o comunicación de la corporación, ya sea técnica o política? 27. ¿Se informa sobre el acuerdo del pleno municipal y/o de la junta de portavoces de apoyar al decálogo de buenas prácticas de la comunicación local pública? 28. ¿Se publica en la web el decálogo de buenas prácticas de la comunicación local pública? 4. ¿Qué herramientas ofrecen para la participación ciudadana en el control democrático? (indicadores 29 a 41) 2.2. ¿Qué herramientas ofrecen para la participación ciudadana? (indicadores 46 a 52) 34. ¿Se da información sobre el reglamento de participación ciudadana? 46. ¿Se da información sobre el reglamento de participación ciudadana o de otras normas al respecto? 35. ¿Se da información en la web sobre otros mecanismos de participación: consejos territoriales, consejos de ciudad, consejos sectoriales, etc.? 47. ¿Se da información en la web de otros mecanismos o entes de participación que estén vigentes como consejos territoriales, consejos de ciudad, consejos sectoriales, etc.? 48. ¿Se publican las actas de las reuniones de los otros mecanismos o entes de participación mencionados en el indicador 47? 37. ¿Se ofrece en la web el directorio de entidades del municipio? 49. ¿Se ofrece en la web el directorio de entidades y asociaciones del municipio y/o registro de los grupos de interés, en su caso? 38. ¿Se ofrecen las herramientas de participación para la elaboración y/o seguimiento del plan de gobierno, el plan de actuación municipal y/o el plan estratégico? 50. ¿Se ofrecen en la web instrumentos de consultas y/o de participación sobre temas actuales de interés local? Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes 111 LARA CARRASCOSA PUERTAS Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 47. ¿Se da información en la web de otros mecanismos o entes de participación que estén vigentes como consejos territoriales, consejos de ciudad, consejos sectoriales, etc.? 18,51 48. ¿Se publican las actas de las reuniones de los otros mecanismos o entes de participación mencionados en el indicador 47? 0 49. ¿Se ofrece en la web el directorio de entidades y asociaciones del municipio y/o registro de los grupos de interés, en su caso? 33,33 50. ¿Se ofrecen en la web instrumentos de consultas y/o de participación sobre temas actuales de interés local? 11,11 51. ¿Se ofrece en la web la relación de los servicios que se prestan (carta de servicios) con información sobre el contenido de los mismos, la ubicación de los equipamientos donde se prestan, los horarios de atención al público, los canales de prestación de los servicios, los enlaces en las webs corporativas, las direcciones de correo electrónico, y los compromisos ante la ciudadanía? 0 52. ¿Se proporcionan en la web instrumentos para valorar los servicios y para presentar quejas o sugerencias sobre su funcionamiento? 55,55 5. CONCLUSIONES Del análisis del cumplimiento del cuestionario Infoparticipa por parte de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes podemos concluir que la aprobación y entrada en vigor de la Ley no ha supuesto un salto cuantitativo en la cantidad y calidad de la publicidad activa en sus páginas webs. Los dos consistorios que estaban a la cabeza en publicidad activa (San Cristóbal de La Laguna y Santa Cruz de Tenerife) han bajado sus puntuaciones; sólo han mejorado seis de los 27 analizados y, de ellos, solo dos han alcanzado el aprobado. En total, sólo cumplen al menos la mitad de los indicadores seis ayuntamientos. Por otro lado, comprobamos que las páginas web de los consistorios analizados siguen funcionando como si se tratara de una herramienta en propiedad del grupo de gobierno. Es significativo que el porcentaje de cumplimiento sea elevado en los indicadores que tienen que ver con ofrecer información básica o el currículum de los miembros del gobierno (85,18% y 40,74%, respectivamente), pero se desplome cuando se trata de ofrecer los mismos datos sobre los miembros de la corporación electos que están en la oposición (59,21% y 14,81%, respectivamente). Lo mismo ocurre cuando se trata de “dar voz” u ofrecer un espacio para su expresión a través de la Home del ayuntamiento. Ningún ayuntamiento cumple el ítem 40 del Mapa que aborda precisamente este punto. Los esfuerzos en la publicidad activa en los municipios canarios de más de 20.000 habitantes son desiguales y no se correlacionan con determinadas opciones políticas. Sí parece existir una relación entre el mayor número de habitantes (y, por tanto, de recursos económicos) y el mayor cumplimiento de los indicadores de transparencia. Los seis consistorios con más de 100.000 censados cumplen al menos la mitad. No obstante, también otros consistorios con menos población, pero entendemos que mayor lara carrascosa puertas 112 Transparencia y rendición de cuentas en las páginas webs de los ayuntamientos canarios de más de 20.000 habitantes Revista Española de la Transparencia. Nº 5. Segundo Semestre 2017 voluntad hacia el cumplimiento de la Ley, han mejorado y logrado cumplir al menos con la mitad de los ítems de Infoparticipa (Arrecife y Los Realejos), de lo que deducimos que la supuesta escasez de recursos económicos del municipio no puede servir de excusa para evadir el cumplimiento de las obligaciones de la Ley. Tampoco existe una correlación directa entre sexo del mandatario y grado de transparencia de la corporación. La muestra estudiada (seis consistorios) es escasa para alcanzar conclusiones relevantes en la que intervienen otras variables como la población. Como ocurre con consistorios analizados por Infoparticipa en otras comunidades autónomas de España, podemos concluir que la mayoría de los ayuntamientos analizados no se comportan como fuentes de información completas y fiables, que inciten y posibiliten la participación ciudadana (Moreno, 2017). El siguiente paso en esta investigación es identificar la buenas prácticas de los consistorios que más indicadores cumplen mediante focus group y difundir estas líneas maestras entre los que tienen peores puntuaciones. De esta forma, proponemos a los consistorios que dediquen tiempo y recursos humanos a mejorar su rendición de cuentas, lo que, a corto y medio plazo, contribuirá a aumentar la participación ciudadana y, a largo, ayudará a disminuir la desafección de la ciudadanía hacia los políticos y mejorará nuestra democracia. *Investigación financiada. Este artículo es producto del proyecto de Investigación titulado “Metodologías y modelos de información para el seguimiento de la acción de los responsables de los gobiernos locales y la rendición de cuentas”, referencia CSO201564568-R, financiado por la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, del Ministerio de Economía y Competitividad y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad. BIBLIOGRAFÍA • Aberastury, P. 2014. “Los deberes éticos de la Administración y la transparencia – con especial referencia a la argentina”, en García Macho, R. (coord.), Ordenación y transparencia económica en el Derecho público y privado. Madrid: Marcial Pons, 267-289. • Blanes Climent, M.A. 2014. La transparencia informativa de las administraciones públicas. 1ª edición. Navarra: Thomson Reuters Aranzadi. Estudios. 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