Exposición del Claustro de Catedráticos del Instituto de Segunda Enseñanza de la provincia de Orense á las Cortes Constituyentes
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^IXIXXIXXIWXtXXMXXXWIXXttXUXlXXXXXXXXiXXlXX.lXlXllXXXXX-i-XMXX'A/, ¿UXlVXlXXXXlXVXlXXXXVlX^lXXXXVXXXlXXllXlXXlXXXXXXVXVXXlXXXXXt XXXXXX ^V* J m i X l » l V > , X ' t l W l M m i l * M l V t l V M X X l t t t 1 t U ' ' . i m V * l V t l l ' t " H * l t M X X ' X " t t l t ' M l X ' ' 1 W l " lV ' * ' X t U ' l X ' ‘ h EXPOSICION 0 Sí DEL H CLAUSTRO DE CATEDRATICOS. h ti DEL h ItSTITÜTO DE SEGUNDA ENSEÑANZA ti h DE LA PROVINCIA DE ORENSE s * |S A l a s s 5 ^éo^ej ^ontíMí/y,e /t¿cJ. Orense 1855: Imprenta de D. Aguslin Moldes. ■ XXXXXXXXXXXIXXIXXXXIXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXJXVXXXXXxXXVWlVXXXXXiXX'UXXXXXXfXXX XXXXX XXX X XXXXXX XXX XXX Sí u IINIVERSIDADE DL SANTIAGO DE COMPOSTELA
A LAS CORTES CONSTITUIENTES. .^51 claustro de catedráticos del Instituto de Orerr: -n los momentos en que esa ilustre asamblea se ocupa en la forma ción de una ley orgánica de instrucción pública, ha creído opor tuno manifestar su humilde opinión acerca de algunos puntos de tan interesante materia, en su concepto, dignos de reforma; no por que abriguen la presunción de que sus ideas lleven el sello de la novedad y del acierto, sino por que son el reflexo de sus convicciones, el resultado práctico de los hechos precedentes, y premisas atendibles para lo futuro. Por demas estaría el repetir ni probar verdades de todos sa bidas, como el valor de la instrucción y su trascendental influen cia en el gobierno y progresos de las naciones, el decoro y pres tigio de que deben andar rodeados los encargados del magisterio, ni la necesidad de fijar de una manera estable las bases de la en señanza y la suerte del profesorado. Tampoco se detendrá á encarecer la importancia de que la instrucción primaria sea general, uniforme y obligatoria para todo español, y de que el gobierno compela eficazmente, no solo á las autoridades, sino también á los padres y tutores que des cuiden tan sagrado deber; bien penetrado deque la educación es el cimiento del régimen representativo, y de que, cuando esta no es general, profunda y proporcionada á los deberes y derechos anexos á cada clase, las mejores instituciones se esterilizan; si es que no vienen á ser elementos de perturbación arrojados en el seno de la sociedad. Por que las constituciones, como los edificios, UMVFRSIDADF DE SANTIAGO DE COMPOSTFLA
=2 = necesitan para asentarse, un suelo nivelado y firme, y la instruc ción es la que nivela las inteligencias y da solidez á las ideas. Así, pues, lo que debe crearse, lo que debe mirarse con sin gular predilección, es un vasto sistema de enseñanza que disipe la ignorancia de las masas populares, educándolas según sus me dios y ocupaciones, y que señalando á cada gerarquia social un grado de estudios y conocimientos previos, y á cada persona un derrotero y límite natural, ponga coto al desbordamiento de ile gítimas aspiraciones. No es nuestro ánimo hablar de los diferentes grados en que hoy se halla dividida la instrucción, ni de las distintas escuelas que la suministran: habremos de limitarnos á la instrucción se cundaria, si bien ensanchando sus actuales linderos. Desde luego creemos que las denominaciones de Institutos lo cales, provinciales y agregados de universidad deben reemplazar se con las de Institutos elementales y superiores, que podrían ser completos ó incompletos, según diesen todo ó parte de la ense ñanza correspondiente. Siendo una voz casi unánime que los alumnos, al ingresar en los Institutos, vienen, por lo general, imperfectamente prepara dos en las materias de instrucción primaria, y que tal atraso di ficulta en extremo los adelantos ulteriores 5 como no en todas las provincias, y muy particularmente en las agrícolas y de pobla ción diseminada, haya escuelas capaces de proporcionar aquella instrucción, cual se requiere j y como asimismo se reconozca que la edad de nueve años es demasiado corta para aprovechar en el estudio de las humanidades, debería crearse, agregada á cada Instituto elemental, una escuela preparatoria, á cargo de un pro fesor de instrucción primaria superior, en que los niños, desde la edad de nueve años, sujetos á la disciplina académica, se per feccionasen en las enseñanzas de este grado. Asi se pondrían en u
= 3= aptitud de adelantar y se evitarian disgustos y compromisos difí ciles de superar de otro modo. Este curso preparatorio y los tres primeros de latin y huma nidades, á cargo de dos ó tres preceptores, compondrían ei cua dro de enseñanzas del Instituto elemental completo, quesería in completo sin el tercero de latin ---- Tanto el curso preparatorio como los dos primeros de latín y humanidades podrían estudiarse privadamente, siempre que en la población ó á cierta distancia de ella no hubiere Instituto; pero matriculándose y probando ca da curso de por sí ante los catedráticos de este. — La experiencia ha hecho ver lo ineficaz é ilusorio que es confiar el exámenáotras personas, ni diferirlo para probar dos ó tres cursos á la vez. — Es indispensable que el tercero se curse y gane en el Instituto, por las ventajas que el estudio público y colectivo lleva al privado y por la mayor intensidad y esmero que exige el estudio de la sintáxis. — Por este medio tan sencillo como económico se facilitaría la creación de Institutos elementales en muchas de las cabezas de partido judicial y poblaciones de algún vecindario, con la doble circunstancia de propagar con ellos el perfeccionamiento de la instrucción primaria superior, cuya enseñanza, no perdida de vis ta durante la gramatical, á la vez que ameniza la monotonía de estos estudios, familiariza con el tecnicismo de los científicos sub siguientes. Los Institutos superiores deben, en sentir del claustro, abra zar las mismas enseñanzas que hoy constituyen la filosofía elemen tal y la complementaria, poniendo la historia sagrada y demas conocimientos morales y religiosos, que no puedan acomodarse en un solo curso en la asignatura de psicología y lógica, á car go de un sacerdote á quien se encomiende así mismo la inspección y vigilancia de los alumnos en la parte moral y religiosa. — Alas de la filosofía complementaria convendrá añadir, como obligatoUMVFRSIDADF DE SAN1IAGO DE COMPOSTELA u
rías , algunas asignaturas de lenguas vivas, por egemplo, la fran cesa, y tanto en unas como en otras introducir algunas ligera: modificaciones en el orden y distribución de las asignaturas y de las lecciones, que por pertenecer al reglamento se dejan de in dicar. Como que los estudios filosóficos y literarios son los que egercen un influjo mas decisivo en la civilización y cultura, decaden cia ó poderio de un pueblo; los que por sus inmensas aplicacio nes elevan ó deprimen el nivel de la riqueza pública, se hace pre ciso darles toda la extensión y solidez posibles, y para ello opina que su enseñanza dure cuatro años por lo menos, y que se acor te proporcionalmente la duración de las carreras facultativas ; que los estudios hechos en los dos ó tres primeros sean comunes y obligatorios para todos los alumnos, lo propio que las asigna turas de lógica y religión ; y que los del cuarto se dividan en dos secciones: de letras y de ciencias, preponderando en cada sección los estudios adecuados á su cultivo y desarrollo ulterior. Los unos obtendrán el grado de bachiller en letras, los otros el de bachi ller en ciencias, y el de bachiller en filosofía los que completen los estudios de las dos secciones. Ninguno en adelante debería ser admitido á cursar una carre ra facultativa sin el grado de bachiller en la sección correspon diente. El de letras se exigiría para ingresar en las de teología, jurisprudencia, y ciencias filosófico-literarias; el de ciencias para entrar en las de medicina, farmacia, ciencias físico-matemáticas, y ciencias económico-políticas; en las escuelas de ingenieros de caminos, minas y montes, en las militares y otros cuerpos cientí ficos, — Así adquiriría este grado verdadera significación y valor; así tendrían los Institutos concurrencia, vida y un grado de im portancia moral de que hoy están distantes; asi se elevaría el ni vel de ios conocimientos científicos y se pondría un dique saluu
— i) — dable á la afluencia de medianías que invaden cieñas carreras ; obstruyen el paso al verdadero merecimiento. Sin ser el ánimo de los exponentes ocuparse en la instrucción superior sino en lo que se relaciona con su principal objeto, de acuerdo con muchos hombres respetables, opinan que el estado económico del tesoro y el fomento de la instrucción pública re claman imperiosamente algunas reformas en las escuelas universi tarias. Afortunadamente pueden estas realizarse sin lastimar inte reses de ningún genero, reemplazando cada universidad de las actuales con una ó mas facultades. Las de jurisprudencia, medi cina y teología deben quedar circunscritas á las localidades pre cisas y convenientemente distribuidas $ al paso que las de filosofía y escuelas científicas y de aplicación deben multiplicarse y poner se mas al alcance de la juventud, si se quiere disminuir el aflujo á las primeras, ya innecesario ó perjudicial, y atraer acia las segundas, escasamente concurridas, aunque mas necesarias y pro vechosas. Creen en extremo necesario y conveniente que se creé una facultad de ciencias económico-políticas, la cual, al mismo tiempo que forme administradores entendidos y hombres de estado capa ces, cierre la puerta por medio de una serie de estudios, pruebas y grados, al cúmulo de pretendientes y aspirantes á empleos, sin títulos ni garantias de suficiencia. — Es muy sorprendente que exigiéndose tales pruebas y garantias al médico, al jurisconsulto, al farmacéutico y á otros facultativos que en cierto modo viven de su reputación y de la confianza que el particular les dispensa, ninguna se exija al empleado, al funcionario público, en cuyas manos se colocan los caudales y los mas sagrados intereses de la sociedad. — Así la impericia y la ineptitud multiplican los trámi tes y los brazos; así cunden la perturbación y el desconcierto; asi se alientan la presunción y la osadia de oscuras nulidades; así
= 6= se abruma al contribuyente con una improductiva é insoportable carga. Todos los Institutos que posean los medios suficientes para dar las enseñanzas filosóficas hasta los mencionados grados de ba chiller en ciencias ó letras deberán estar habilitados para conferir los. Si por los planes y reglamentos anteriores han estado en po sesión de conferir el actual grado de bachiller en filosofía, hasta que el último reglamento ha reservado esta facultad á las univer sidades, con doble razón deben conferirlo en una ó en ambas sec ciones, montados que sean todos los Institutos superiores bajo un pie de completa igualdad. No son justificables ni convincentes las causales de haberles privado de aquella preciosa atribución, que es, en lo físico, en lo moral y en lo económico, en summo grado relevante para los Ins titutos y beneficiosa para los alumnos, las familias y las provin cias. — Siendo unas mismas las disposiciones que rigen en la ma teria, idénticas las doctrinas, los programas y los métodos; en trando los profesores en la enseñanza con iguales garantías de idoneidad, no cabe en justicia negar á los unos los derechos que se concedan á los otros. Puesto que se les considera aptos para enseñar, censurar y calificar cada curso de por sí, y puesto que los ejercicios del grado de bachiller no son mas que una prueba, una calificación, un juicio colectivo de todos ellos, seria una contradicion palpable concederles aptitud para juzgar de las partes y negársela para juzgar de su conjunto. Hasta tal punto se lleva ría el absurdo que se haría á los Institutos y sus catedráticos de peor condición que todas las escuelas y maestros existentes y que han existido. — Las antes escuelas especiales de medicina y farmácia; las actuales de ingenieros de todas clases; las militares, las navales, las academias, las escuelas de artes y las normales están facultadas para conferir el diploma que habilita para el ejercicio
=1= de su profesión respectiva j y eso en profesiones que llevan con sigo responsabilidades, derechos y deberes de mas entidad que un simple grado de bachiller. — Bajo cualquier aspecto que se mire el hecho, no puede menos de rebajar y desvirtuar á los ojos de los alumnos el carácter y valor moral de los establecimientos y de los catedráticos, tanto como el hecho contrario los realza y rodea del decoro y dignidad necesarios al magisterio. Por otra parte, costéense los institutos por las provincias ó por el estado, no hay por que se les prive de los derechos y ob venciones de los grados 5 por que si el depósito es una compensa ción de los derechos que da la credencial y del saber que justifica, es evidente que aquel beneficio pertenece á las escuelas que han suministrado la instrucción 5 otra cosa constituiría un monopolio, un privilegio. No es de escaso valer la consideración de que los catedráticos conocen mas á fondo sus discípulos y pueden juzgar con masaciertOj que los alumnos contestan á sus maestros aquello que saben, con mas desahogo y confianza que á otros; y que el obligarlos á pasar á otro punto causa mayores dispendios á las familias y ex pone la moralidad de los jóvenes á mayores riesgos en las grandes poblaciones, donde por necesidad habrán de confluir. Aducen las Universidades por toda razón la conveniencia de que así debe hacerse por ahora y al mismo tiempo que claman por que se las devuelva la facultad de conferir el Doctorado, por el realce y explendor de que con él se las priva, se desentienden de esta y demas consideraciones para con los Institutos. — Ya que tanto se imite de la vecina Francia, bien merecían consultarse sus recientes disposiciones sobre punto de tanta monta. Otra importantísima cuestión que debe decidirse de una ma nera clara y estable es la de los derechos y relaciones entre la Iglesia y el estado, respecto á la segunda enseñanza: cuestión de se UX1VERS1DADE DE SANTIAGO DE COMPORTELA
=14 = tes, si versan sobre la ciencia é idoneidad, pero de ningún modo deben exigirsele otros requisitos de mera forma, que ó no existían á su entrada en el profesorado, ó no se reputaban necesarios. En resúmen: los catedráticos del Instituto de Orense concep túan y proponen á la consideración de las Cortes: Que la instrucción secundaria se dé en Institutos eUmentales. y superiores en los primeros la de humanidades y perfección de la primaria j en los segundos la de filosofía elemental y comple mentaria. Que los estudios de filosofía se hagan en cuatro años, se divi dan en las secciones de letras y ciencias y terminen con el grado de bachiller en la respectiva sección. Que las Universidades actuales sean reemplazadas por faculta des, creándose una nueva facultad de ciencias económico-políticas. Que los Institutos superiores confieran el bachillerado en la sección ó secciones, cuyos estudios completen. Que la segunda enseñanza pública y oficial se de solamente en los Institutos, quedando los Seminarios únicamente para la de Teología. Que los derechos de matrícula aumenten proporcionalmeme á la categoría de la población en que radique la escuela. Que se facilete todo lo posible el paso de los catedráticos de Jos Institutos elementales á los superiores y los de estos a las fa cultades. , Que se formen escalafones en que asciendan por antigüedad y por mérito. Que se concedan á los catedráticos los mismos derechos que á los demas servidores del Estado respecto á cesantías, jubilaciones y viudedades. u
=15 = Que al efecto sus servicios se les cuenten desde el primer nom bramiento, haya sido de interinos ó de propietarios. Que á los Regentes de segunda clase se conceda la licencia* tura en su sección, sin mas pruebas que las de suficiencia. Y por lo razonado, con todo el respeto debido á tan sábio é ilustre Congreso: Suplican se digne tomar en consideración los puntos expues tos y adoptar la resolución queco su elevado criterio juzgáre mas provechosa al engrandecimiento de la instrucción pública, á los sagrados intereses de la patria y á la memoria imperecedera de las Cortes Constituyentes. Orense de Junio del85o» El Director, catedrático de Psicológiay Lógica, Leoncio Perejon ~El catedrático de Física, Luis Moron. — El de Historia Natural, Higinio dragoncillo. — El de Geografía é Historia, Mañas Tundi dor. — El de Matemáticas, dntonio Santos Burillc. — El de Ad. Clásicos, Mariano Alfaro. — El de Humanidades, José Rodríguez Nogueral»
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