Copyright © 2021 CSIC. Este es un artículo de acceso abierto distribuido bajo los términos de la licencia de uso y distribución Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0) Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS EN LA DIÓCESIS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA DURANTE EL SIGLO XV POR Xosé M. Sánchez Sánchez1 Archivo-Biblioteca de la Catedral de Santiago UNED – Centro Asociado Pontevedra Resumen La ritualización de la sociedad medieval alcanza su culmen en los procesos públicos de transmisión de derechos, desempeños y funciones. En ellos objetos, gestos y sonidos transmiten un sentido profundo en la significación que adquieren como elemento simbólico perfectamente interpretable por la población en general. Estas situaciones se hacen especialmente patentes en las tomas de posesión, tanto en la transmisión de bienes como en la asunción de la cura de almas en un beneficio. El presente artículo profundiza en el sentido gestual y simbólico del proceso de toma de posesión de beneficios eclesiásticos sobre el espacio homogéneo de la diócesis de Santiago de Compostela en el siglo XV. Empleamos para ello fuentes principalmente inéditas que nos permiten objetivar el proceso y estudiar sus partes, con especial atención al papel jugado por objetos (libros, vestimentas y cálices), sonidos (campanas) y gestos (camino por el templo o celebración de oficio). Palabras clave: mentalidad bajomedieval; beneficio eclesiástico; toma de posesión; Santiago de Compostela. OBJECT, SOUND AND GESTURE. FORMS AND MEANINGS IN THE TAKEOVER OF ECCLESIASTICAL BENEFITS IN THE DIOCESE OF SANTIAGO DE COMPOSTELA DURING THE 15TH CENTURY Abstract The ritual dimension of medieval society reaches its climax in the public processes of transmission of rights, performances and functions. In them objects, gestures and sounds show a deep sense in the significance that they acquire as a symbolic element perfectly interpretable by the general population. These situations are especially evident in the takeovers, both in the transfer of goods and in the assumption of the cure of souls in an ecclesiastical benefit. This article develops the gestural and symbolic sense of the process of taking possession of ecclesiastical benefits over the homogeneous space of the diocese of Santiago de Compostela in the fifteenth century. We use mainly unpublished sources that allow us to objectify the process and study its parts, with special attention to the role played by objects (books, clothes and chalices), sounds (bells) and gestures (walk through the temple or ex officio celebration). Key words: low medieval mentalities; benefices; takeovers; Santiago of Compostela. Cómo citar este artículo / Citation: Sánchez Sánchez, Xosé M. 2021. «Objeto, sonido y gesto. Formas y significaciones en la posesión de beneficios eclesiásticos en la diócesis de Santiago de Compostela durante el siglo XV». Hispania Sacra LXXIII, 147: 143-152. https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 Recibido/Received 15-01-2020 Aceptado/Accepted 04-05-2020 1
[email protected] / ORCID iD: https://orcid.org/0000-0002-0779-3336
Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 144 X. M. SÁNCHEZ SÁNCHEZ, OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS… Introducción La sociedad medieval sostiene su andamiaje sobre una doble estructura: la de las relaciones de poder que se entretejen vinculando a los distintos sectores u órdenes que la componen; y la de un sistema productivo fundamentado en la diferencia entre segmentos privilegiados y no privilegiados. Toma todo ello cariz de organización socioeconómica materializada de manera general en feudalismo y señorialización,2 conceptos que si bien no son sinónimos resultan vecinos. En lo feudal las principales líneas clásicas de investigación hacen hincapié en puntos de caracterización diferentes pero en realidad inevitablemente vinculados. Desde un momento temprano el desarrollo de procesos gestuales de significación pública y alegórica se revela —entre otros— como elemento general y especialmente destacado. Isabel Beceiro Pita, en una de sus atenciones al proceso, ofrecía una ajustada definición del interés que presentan «en cuanto actos rituales que expresan la naturaleza del poder de una forma simbólica».3 El presente estudio parte de una investigación monográfica acerca de estos elementos simbólicos y significaciones del poder político en lo gestual aplicado a los cambios de titularidad del poder.4 Comenzada la investigación, tanto la amplitud del tema como las variedades geográficas y la extensión del período, obligaron a una delimitación mucho más concreta: el señorío de la iglesia de Santiago de Compostela en el siglo XV,5 tomando el señorío como espacio relativamente homogéneo de condiciones en lo socioeco2 Siglas y abreviaturas: ACS= Archivo-Biblioteca de la Catedral de Santiago; AHUS= Archivo Histórico de la Universidad de Santiago; PAX= Partidas de Alfonso X. La historiografía es amplia desde mediados del siglo XX con Sánchez Albornoz, Barbero y Vigil o Reyna Pastor de Togneri dedicados a la cuestión; su resumen excede estas líneas tanto en intención como en objetivo. Como breves pinceladas en la generalidad de la atención castellana, a estudios y perspectivas ya clásicas, como las de Reyna (Pastor de Togneri 1985) y el I Congreso de medievalismo hispánico celebrado en 1987 sobre la cuestión (en torno 1989), hemos de añadir de manera más reciente la recopilación de estudios Julio Valdeón atendiendo a los últimos tiempos del siglo XX: Valdeón Baruque 1998. Véase también: Estepa 2010; Sarasa y Serrano 2010. En cuanto al reino de Galicia, e igualmente en una selección escueta, véase: Pallares Méndez 1978; Portela Silva 1989; Pallares y Portela 1992; Portela Silva y Pallares Méndez 1993; y el volumen monográfico dentro de la publicación periódica Sémata de la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de Santiago dedicado al poder en la Galicia medieval (VV. AA. 1992). 3 Beceito Pita 1994, 53. En relación al concepto ritual en el marco de lo político, aplicado a los procesos gestuales de la baja Edad Media, cf. Carrasco García 2017, 127-131; Miguélez Cavero 2010, 128-135. En estudio de caso concreto para Castilla, y en cuanto a posesión laica, véase especialmente Rodríguez Llopis 1987. 4 Siguiendo en cierta forma el estilo precisamente de Miguel Rodríguez, cuando toma el cambio de titularidad en la tierra de Alarcón para «analizar las relaciones de dependencia entre señores y campesinos en la Castilla bajomedieval, el reflejo de la ideología trifuncional en las tomas de posesión y los ritos y símbolos que sirvieron para consolidarla». Rodríguez Llopis 1987, 349. Si bien algunos de los conceptos serían matizables el sentido es perfectamente asumible. 5 Tiene su origen la circunscripción en las primeras concesiones de la monarquía asturleonesa y la expansión del espacio acotado, dentro de una primera extensión del señorío. El proceso cuenta con atención profunda desde las bases sólidas que aporta la obra de Fernando López Alsina (López Alsina 1988). En cuanto a la configuración y desarrollo del señorío de la iglesia compostelana, denominado Tierra de Santiago, cf.: Barreiro Somoza 1987; Pallares Méndez, Pérez, González y Vaquero 1992; Pérez Rodríguez 2000. nómico y el último siglo medieval como marco para examinar lo que hasta él había llegado de la señorialización en sus formas y significaciones. Habíamos recopilado así un corpus de fuentes basado en las tomas de posesión bajomedievales sobre diversas fuentes editadas y, especialmente, inéditas. Pero la cuestión se reveló pronto como igualmente amplia para unas tomas de posesión de beneficios eclesiásticos que adquirieron de inicio una entidad propia. El conjunto adoptó una especificidad no tanto en las formas sino en el fondo, pues se edifican sobre principios diferentes: mientras en las posesiones de derechos y propiedades prima lo señorial, lo feudal si se quiere (aunque el término necesitaría de definición en cierta profundidad),6 en las beneficiales lo hace lo cultual y litúrgico, sin olvidar, es cierto, los derechos que comportan. Sobre ello se erige una significación medida y ajustada al proceso con objetos y gestos diferentes aunque con algunas semejanzas. La entidad de la cuestión, en la descripción y análisis de sus formas y procesos, nos ha conducido a abordar ambas dimensiones de manera monográfica e independiente, pues ninguna de ellas había sido considerada con anterioridad para el objeto de estudio que planteamos y buena parte de las fuentes documentales permanecían inéditas hasta el momento.7 En la búsqueda por definir una cierta uniformidad en prácticas y fuentes, es cierto que el proceso presenta elementos comunes en toda la península pero igualmente se somete a variaciones regionales o geográficas. Buscando la descripción de un procedimiento «tipo» hemos escogido como campo de estudio una unidad relativamente homogénea en sus formas culturales, cultuales y en lo relativo a la autoridad eclesiástica. Así en este artículo la unidad de análisis no es el señorío sino la diócesis de Compostela,8 más ajustada en lo cultual, litúrgico y en la significación cultural, optando por mantener la delimitación cronológica al siglo XV. Los procesos definidos responden así a unas condiciones comunes que permiten la generalización en el análisis y la objetivación del proceso en ciertas conclusiones. Formas, gestualidad y significación en las posesiones beneficiales bajomedievales Desde sus primeras estructuras en la Europa carolingia hasta las formas del feudalismo clásico en los siglos XII-XIII y su extensión cambiante durante la baja Edad Media, el entramado social y de poder que se teje en la generalidad europea, va puliendo unas «formas de hacer» orientadas no sólo a la relación entre grupos o a la transmisión de dominios —útil, eminente, directo—, sino a la evidencia pública del hecho sobre la significación de gestos comúnmente 6 José Luis Martín hacía ya hincapié en la doble dimensión del clericato fundamentalmente rural en beneficio y oficio, tomando al primero en un origen feudal que «viene a significar en este contexto tanto las posesiones como las rentas que entregaba un noble a un vasallo a cambio de un servicio» en su sentido ahora de «una renta o unos bienes que entregaba una autoridad eclesiástica a una persona para que se dedicara al servicio de la Iglesia». Martín Martín 2005, 695. 7 Para estudio de las formas gestuales y la significación del poder en las tomas de posesión compostelanas del Cuatrocientos en relación a propiedad, uso y disfrute, véase: Sánchez Sánchez 2019a. 8 Para una visión general de la conformación de la diócesis compostelana: López Alsina 1999; García Oro 2002; Sánchez Sánchez 2012, 55-81.
Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 X. M. SÁNCHEZ SÁNCHEZ, OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS… 145 reconocidos.9 El proceso es relativamente bien conocido y sucesivas generaciones de Annales se han ocupado de él desde la perspectiva de la mentalidad colectiva medieval y de la historia cultural,10 además de la evidente importancia que juega para sociedad y economía. Los condicionantes se han aplicado igualmente al ámbito peninsular, con gestos y significaciones particulares adaptadas a una evolución política y socioeconómica igualmente específica. Historiográficamente destaca el acercamiento casi inicial de Isabel Beceiro Pita en 1982 a las tomas de posesión, para abrir el estudio de este tipo documental castellano a la mentalidad colectiva, ideología y ritualidad más allá de las cuestiones agrarias o económicas.11 Ensanchando el horizonte en los últimos tiempos a la determinación de procesos más o menos conocidos se le han incorporado nuevas capas de conocimiento sobre la base de disciplinas colindantes.12 Desde un punto de vista socioeconómico el proceso se asienta, de inicio, sobre el amplio catálogo de iglesias con que el poder eclesiástico se va haciendo en la larga tradición del siglo XII. Desde las iglesias de fundación laica que habían proliferado en la alta Edad Media y que en los siglos XII-XIII son donadas a las instituciones eclesiásticas, como señalaba Pérez Rodríguez en atención al caso compostelano,13 hasta las propias fundaciones parroquiales y organización del culto diocesano, se modela un panorama relativamente denso en las circunscripciones básicas de la diócesis,14 principalmente 9 En atención al feudalismo clásico y la significación gestual véase: LeGoff 1970, 1976; Ganshof 1982 (en lo general de la definición feudal, al menos en el marco institucional); Ariès y Duby 1991; Althoff, Witthöft y Duthoo 2003. Ha observado el proceso de manera detallada: LeGoff 1983. En cuanto a lo hispano Tomás Puñal ha desarrollado en varias ocasiones los procesos tanto privados como públicos que definen una gestualidad propia y de significación especial, destacando la pervivencia de elementos heredados, «básicamente en lo referido a comportamientos y actitudes propias de la sociedad feudal». Puñal Fernández 1997, 77. 10 La tradición de estudios en historia cultural hunde sus fundamentos en la historiografía de los años 60 y 70 del siglo XX, desde la definición del concepto de volkskultur y el acercamiento de la tradición histórica a lo que podríamos referir casi como «historia antropológica». En el pasado reciente, y como incorporaciones capitales: Schmitt 1990; Burke 2006. Recoge este último una evidentemente amplísima tradición desde obras clásicas como las de Huizinga que, si bien no son centrales en este estudio, son de referencia como marco general. 11 Beceiro Pita 1984, 157. Toma forma además, en la conjunción de política, sociedad y mentalidad, sobre lo nobiliario, en el estudio: Beceiro Pita y Córdoba de la Llave 1990. 12 Es el caso de la aportación de Carmen Marimón en relación al viaje entre oratoria y gestualidad, con un acercamiento al «valor que se da a gesto y movimiento corporal en la Edad Media» para el período comprendido entre los siglos XII-XV (Marimón 2015, 148). Igualmente Gonzalo Carrasco se acerca de manera bien interesante desde la antropología (Carrasco García 2017) mientras otros lo hacen desde la literatura, como Violeta Díaz-Corralero (2004). En lo compostelano, y en relación a la urbe, Fernando López Alsina consideraba ya en su momento el espacio urbano desde una perspectiva simbólica (López Alsina 1995). 13 Pérez Rodríguez 1994, 172. 14 En la conformación de la red parroquial castellana, de modo genérico y para continuar en especial referencia al sur peninsular, cf. Martín Martín 2005, 705-706; Martínez 1994. En cuanto al poblamiento altomedieval y sus cambios en las estructuras organizativas, a medias entre administración, territorialidad y organización eclesiástica: López Quiroga 2004. De la organización parroquial en el reino de Galicia en la Edad Media se ha ocupado ampliamente Fernando López Alsina; especialmente véase: López Alsina 1999, 2002 y 2009. Igualmente beneficios curados en el conjunto de nuestras fuentes, es decir con cura de almas y obligación de celebraciones litúrgicas. Un mapa bien definido ya a altura del siglo XV. Templo en lo cultual, señorío en lo territorial; para Compostela este último aspecto explica en parte las donaciones hechas al cabildo, y no a la prelatura, de iglesias pertenecientes a prebendados en el siglo XIII y a partir de aquí su integración en las tenencias capitulares, circunscripciones de matiz fundiario y rentista. Una posesión beneficial cuyo disfrute implica la asunción de unas formas de financiación bien conocidas en otras diócesis hispanas sobre la base, desde su configuración interna, de oficio sagrado y percepción de una renta generada por los bienes asociados.15 Desde aquí, en la red que se va trenzando y con coyunturas que modifican poco a poco las estructuras clásicas, el avance del período ofrece una forma comparativa que ha de ser de igual interés: el examen de formas que se mantienen en una sociedad cambiante. La contracción económica del siglo XIV, con el impacto de la crisis demográfica, trae consigo, en un proceso bien conocido, la necesidad de una reorientación en las formas de la sociedad y la economía con las ciudades, centros clave en el siglo XIII, desarrollando ahora nuevas condiciones y formas de relación.16 Aplicado a lo eclesiástico y a la red beneficial ¿qué queda de las formas feudales? Bastante, en realidad, más allá de evidencias como el propio origen del término «beneficio» en asociación a la renta en remuneración de la función.17 Ahora los usos formales de la inmixtio manuum o el reconocimiento del dominio directo o útil saltan a las fuentes documentales de manera especial en aquellos procesos de mayor contenido ritual y simbólico: las tomas de posesión. En ellas la marca de lo alegórico tiene una enorme fuerza, sobre a saber: objetos que simbolizan sentidos amplios y globales, lugares, condiciones o conceptos; gestos, como «expresiones y movimientos que poseen un valor connotativo»18 y elemento de significación común; sonidos específicos, como indicador evidente y refuerzo de lo acontecido o por acontecer. Desde aquellos trabajos de Beceiro Pita en los años 80 la historiografía peninsular se ha ocupado de su análisis con especial definición de las tomas de posesión de bienes patrimoniales, pues casas, heredades, casales... tienen una formalidad concreta en la transmisión del dominio llegados al siglo XV. La confirmación de procesos simbólicos muestra especial incidencia en las clases privilegiadas, por supuesto: «toda instancia de poder necesita, para su ejercicio y puesta en práctica, de un sistema de representación, orientado a justificar y hacer más perceptibles sus capacidades, y, al mismo tiempo, a diseñar una opinión de aceptación, o conformidad, respecto de sus intereses y pretensiones».19 cf. D’Emilio 1997; y lo atinente a Compostela por Manuel C. Díaz y Díaz en: García Oro 2002, 23-40. 15 Así los ha delimitado, de manera relativamente reciente, Silvia María Pérez en su aproximación a la diócesis de Sevilla en el siglo XV (2012, 500-501). 16 Para la consideración de crisis y contracción como contexto: Valdeón Baruque 1984; Ruiz 2008. 17 Pérez González 2012, 501. En las ciudades conviven además diversas formas rituales derivadas de la señorialidad plenomedieval extendidas a otras esferas, como la propiamente económica. Ver: Reyerson 2002. 18 Beceiro Pita 1994, 54. 19 Quintanilla Raso 1999, 844.
Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 146 X. M. SÁNCHEZ SÁNCHEZ, OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS… La atención se ha prestado, decimos, a los procesos laicos de eminente sentido político mientras en lo eclesiástico la mirada se centra en símbolos y formas litúrgicas, aunque se reconozca que «es evidente el hecho de que los ritos eclesiásticos pueden, en ciertas instancias, albergar también una faceta indefectible política».20 Y es que, de igual manera, y es aquí hacia donde queremos volcar ahora la atención, la toma de posesión de los beneficios eclesiásticos presenta unas características igualmente ricas en matices de mentalidad, culto y símbolo, sobre una gestualidad definida que va más allá de la transmisión de un cargo o función. La esfera política, veremos, se mantiene presente aunque de manera menos evidente, en connivencia con una dimensión gestual que cobra mayor presencia.21 Esta documentación ofrece una instantánea del momento en que cambia el titular en el desempeño de una función de cura de almas y titularidad en un beneficio eclesiástico desde su vertiente más pública y simbólica, haciendo hincapié en el proceso formal con la consideración de objetos, gestos y símbolos. Escrito, gesto y palabra —elementos que ya señalaba Beceiro Pita— fundamentan este estudio sobre un tipo documental muy claro, una gestualidad definida del proceso y la declaración pública del mismo también a través de la palabra y el sonido.22 El concepto clave en lo metodológico, como señalaba Jorge Díaz, es el de «representación», sobre la vinculación de la relación social que establecen los individuos, la percepción que la sociedad tiene o recibe y la transmisión a través de «elementos simbólicos, rituales y ceremoniales».23 Las tomas de posesión beneficiales compostelanas en el siglo XV. Entre el gesto y la significación La posesión de un beneficio eclesiástico tiene sus particularidades dentro de la generalidad. Ésta responde tanto al ejercicio de la propia actividad como a la disposición que ejerce el nuevo poseedor. En el caso laico y de transmisión de derechos, para el señorío compostelano del siglo XV tomaba forma principalmente en las llaves de un inmueble o en hojas, tierra o frutos de la producción de la tierra24. De manera teórica las Partidas de Alfonso X venían ya a definir 20 Carrasco García 2017, 123. En lo general Jaume Aurell ofrece una perspectiva de la liturgia partiendo del número monográfico que la revista Annales. Histoire, Sciences Sociales había dedicado a la ritualidad en diversas facetas y que Aurell marca como «evidente signo del creciente interés de la historiografía de los años noventa por la historia de la religiosidad en sus múltiples manifestaciones». Aurell 2001, 244. 21 Las líneas de separación tienden a difuminarse. Es así que Jorge Díaz Ibáñez ha ofrecido, por ejemplo, una interesante visión del marco de los conflictos desde la perspectiva de la significación gestual en el espacio eclesiástico burgalés, en la consideración de «elementos ceremoniales y simbólicos que se emplearon como forma de representación». Díaz Ibáñez 2009, 94. Carlos Ayllón (2010, 186) señalaba por su parte la analogía en cuanto a los procesos de toma de posesión castellanos desde el punto de vista simbólico en cuanto a beneficios eclesiásticos y posesiones sobre censos o inmuebles. 22 Beceiro Pita 1994, 54. Hacía recientemente hincapié en su revisión general Miceli (2019, 39). 23 Díaz Ibáñez 2009, 94. Se ofrecen aquí diversas referencias a la hora de profundizar en el concepto, y a seguir el desgranado de diversos procesos rituales en su trascendencia pública en la iglesia burgalesa, como la toma de posesión episcopal o el rito de excomunión. 24 Sánchez Sánchez 2019a. el proceso, en la Tercera, aquella que habla de cómo se ha de hacer ordenadamente en todo lugar por la palabra de juicio y por obra de hecho y más particularmente en su título En quantas maneras puede ome ganar possession e tenencia de las cosas.25 Pero la atención aquí es marcadamente laica, en el sentido de un desarrollo centrado en la posesión al uso feudal o señorial, en cuanto dominio útil o eminente y sus formas de transmisión, mantenimiento o pérdida. Sobre esta base se edifica una gestualidad relativamente común al conjunto castellano, con esa importancia simbólica de llaves, elementos de la tierra y constructivos (tomando la parte por el todo) y andamento de pees y ritos que indican la transmisión del derecho a un nuevo poseedor. El caso eclesiástico es diferente y si bien el desempeño beneficial puede comportar preeminencias económicas, no estamos ahora hablando de derechos sobre espacios, sino del ejercicio de la cura de almas. Es por ello por lo que los objetos destacados serán aquellos propios de la función eclesiástica: libros, cáliz y vestimenta. En un contexto general castellano diversos procesos públicos en el marco eclesiástico, con especial mención a las tomas de posesión, se fijan desde formas en evolución durante el siglo XIV y sobre la base, como señala Ana Arranz, de la precisión y la solemnidad.26 Tomás Puñal definía lo atinente a estas posesiones (más en cuanto a las propiedades y los derechos laicos que comportan) sobre dos pilares: la voluntad de hacerlo y la posesión corporal.27 Tales principios bien pueden aplicarse a nuestro caso, añadiendo quizá la necesidad, pues la posesión de un beneficio deriva por lo general —aunque no exclusivamente— de una vacante. La particularidad emana de la propia función sacerdotal y la materialidad litúrgica pues el sacerdote, el que hace lo sagrado, demuestra en este caso su posesión no con el recorrido físico sino en la apropiación por contacto de los objetos de la función sacramental. El tipo documental comparte igualmente las características principales con respecto a las tomas de posesión de propiedades: su estructura es relativamente simple, huyendo de la complejidad de cláusulas jurídicas para tomar forma de acta que da fe de un determinado proceso ritual.28 En ambos la carga simbólica es enormemente destacada, permitiendo no sólo un acercamiento a las titularidades sino a la mentalidad colectiva, sobre la base de unas asociaciones entre ideas, objetos y gestos que la ampliamente ritualizada sociedad medieval tiene totalmente asumidas e interiorizadas en el Cuatrocientos. El sistema de representación que toma forma, como señala Quintanilla Raso para la esfera laica, trasciende a la realidad, se incardina en ella y la reafirma y la completa,29 resultando válido en buena medida para la transmisión de la función eclesiástica. Si en aquella se trataba de la significación de la obediencia vasallática en esta bascula hacia el desempeño de la cura de almas, formando parte ambos del mismo «sistema de comunicación de las competencias»30 desde idéntica caracterización en su esencia: «una puesta en escena, en un contexto ceremo25 PAX III, tit. XXX. 26 Arranz Guzmán 1999, 156. 27 Puñal Fernández 2002, 117. 28 Puñal Fernández 2002, 118. 29 Quintanilla Raso 1999, 845. 30 Quintanilla Raso 1999, 846.
Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 X. M. SÁNCHEZ SÁNCHEZ, OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS… 147 nial, a través del cual se generaban imágenes y mensajes recíprocos, y se producían los efectos oportunos, que afectaban directamente a emisores y receptores, las instancias implicadas».31 Mercedes Vázquez Bertomeu, en su atención a la documentación notarial compostelana bajomedieval, ubica este tipo documental dentro de la «administración diocesana»32 e integrado generalmente como parte de un expediente más amplio (los cuales hoy día, en la documentación capitular, se han perdido en su mayoría).33 Las partes del proceso, nuevamente, se relacionan y tienen aspectos y formas en común con las formas de posesión sobre bienes productivos o inmuebles: se inicia con una declaración pública, a través de lectura del documento que permite la posesión; se da paso al proceso simbólico y ritual con que se materializa el inicio de la nueva titularidad; y se finaliza con el testimonio notarial, que da lugar al tipo documental que tomamos como fuente. Todo sobre «un sencillo ritual, que al contrario de lo que ocurre en el ámbito temporal es invariable».34 El entorno no es baladí, por supuesto. La ceremonia del proceso tiene su punto inicial en el lugar y espacio en que todo se desarrolla, con un papel destacado aunque no siempre sea especificado en la documentación. La posesión del prestimonio de San María de Leroño con sus anexos, en 4 de noviembre de 1472, se inicia estando dentro da iglisia de Santa Maria de Leeronno.35 Una posesión de 1487 concreta más el punto estando ante as portas prinçipaas da ygllesia de Santa Maria de Mourente.36 Unas referencias a templos o a sus puertas que, si bien hemos de sobreentender en la generalidad de los casos,37 no siempre se detalla. Sería aquí, de cualquier forma, donde todo comienza y se da apertura al transcurso ritual, que en algunos casos explicita la entrada al propio templo o la ubicación en alguna parte destacada, como en la posesión de 1433 del beneficio de Santa María de Xanza por Juan Martínez, para la cual el delegado episcopal entrou dentro enno coro da dita igllesia e con el o dito Fernan Martines.38 A partir de ahí se desarrolla el aposentamiento, sobre la base de palabras sencillas, comprensibles y objetos de peso, llenos de significación y de interpretación fácil para todo aquel que estuviese presente. La toma de posesión que hace en 7 de agosto de 1492 Rui de Touriz, canónigo y como procurador de Alonso de Fonseca, estudiante en Salamanca, de los beneficios de Santa María de Cruces y Santa María de Leroño sigue al punto el esquema que acabamos de definir, iniciándose con la lectura pública de la carta de posesión 31 Quintanilla Raso 1999, 846. 32 Vázquez Bertomeu 2001, 91. La documentación gallega medieval, en atención a aspectos colindantes al nuestro, ha tenido una atención relativamente amplia, en lo diplomático y documental por Mercedes Vázquez y en cuanto a las actiones, su contenido y contexto socioeconómico por Mª Luz Ríos Rodríguez. Para una visión completa véase: Ríos Rodríguez 1991, 2010; Vázquez Bertomeu 2001, 2004. 33 «Un expediente más amplio que incluye además el documento que acredita el derecho de posesión, la autorización y mandato de un juez eclesiástico o un delegado pontificio». Vázquez Bertomeu 2001, 91. 34 Vázquez Bertomeu 2001, 91. 35 AHUS, F.U. Bienes, P. 308. 36 AHUS, F.U. Bienes, P. 326. 37 Puñal Fernández 2002, 129. 38 AHUS, F.U. Bienes, P. 259. sobre los beneficios dada por el prelado compostelano.39 En cumplimiento de la misma, y en obediencia, se abre el transcurso en lo material y simbólico: el clérigo encargado puso en manos et poder del dicho Ruy de Toris, canonigo, vn libro, caliz e vistimenta y la cuerda de la campana del coro de la dicha iglesia, e taniendola dixo que por virtud della e de los dichos ornamentos de las dichas ygllesias le daba e dio, ponia e puso, e apodero, al dicho Ruy de Toris en la posesion corporal, real e abtual. Se finaliza con la admonición a los feligreses de que reconozcan al nuevo poseedor por verdadero clerigo y con el testimonio notarial del proceso, ofreciéndonos el esqueleto tipo al completo: presentación en el lugar; lectura de documentación; ritualización simbólica; y certificación pública. Adentrándonos en lo eminentemente ritual y gestual, a lo largo de toda la centuria el peso en la toma de posesión de beneficios eclesiásticos en la diócesis compostelana, y compartiendo características con el resto del espacio castellano, lo condensa el elemento simbólico en la asunción y contacto con los elementos asociados al desempeño de la función sagrada. Y aquí podemos señalar tres bloques: el de los objetos, con libro, cáliz, vestimenta y otros; el del sonido que anuncia la función, con la campana y su tañido; y el de la propia función misal del nuevo poseedor, menos presente en nuestro marco de estudio.40 Un ritual que, si bien difiere, incluye elementos propiamente señoriales y que han llegado hasta este momento desde la plena Edad Media en las tomas de posesión laicas, como la importancia de la recepción de objetos en las manos del nuevo poseedor. En lo simbólico el proceso parece estar bastante claro y mantener los principios teóricos de las posesiones de casas y espacios productivos en cuanto la representación de la función en los objetos. La definición de estos elementos materiales no es nueva, sino que distintos sínodos y disposiciones compostelanas ya habían aludido en otras ocasiones. El sínodo de 1289 recoge: Statuimus quod quilibet rector teneat sub claue in archa intra ecclesiam Corpus Domini, aram, corporalia, calicem et patenam, et oleum baptismale et informorum […]. Calicem tamen poterit clericus sub claue loco securo extra ecclesiam custodire.41 No mucho después el sínodo de Rodrigo de Padrón, en 1309, determina los objetos litúrgicos con protección en la diócesis para evitar su venta: libros, calices, uestes sacras, campanas seu alia ecclesiastica ornamenta.42 Son todos ellos elementos que nuclean las «tareas eclesiásticas» fundamentales en el oficio que definía José L. Martín Martín aunado a la dimensión del beneficio.43 Sobre esta base en las tomas de posesión realizadas en territorio compostelano durante el siglo XV la transmisión física es la de los elementos materiales propios de la función eclesial, encontrando en ellos ese «lugar teológico» que señalaba Antonio López Ferreiro.44 El cáliz es el objeto sagrado más destacado, aquel donde la transfiguración resulta más 39 AHUS, F.U. Bienes, P. 333. 40 Acerca de la materialidad eclesiástica, de manera más reciente: Bynum 2011. 41 García y García 1981, 276. 42 García y García 1981, 285. 43 Martín Martín 2005, 695. En torno a objetos y liturgia en la baja Edad Media, ver: Aurell 2001; Pazos-López 2015. 44 López Ferreiro 1894, 7. Desarrolla en la obra perspectiva visual, material y simbólica.
Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 148 X. M. SÁNCHEZ SÁNCHEZ, OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS… evidente y de amplia tradición medieval; el Libro es el asiento de la Palabra; y la vestimenta es la imagen pública que toma en el oficiante. Estos tres son los elementos principales transmitidos y posesionados, de manera que su paso a nuevas manos encierra simbólicamente la asunción del beneficio por un nuevo poseedor, con sus funciones y atribuciones. Son el equivalente de los denominados «símbolos icónicos» para las posesiones laicas: objetos que simbolizan el poder y cuyo contacto implica la posesión en la consideración de la parte por el todo.45 La toma de posesión de los dos tercios del beneficio de Santa Baia de Vigo por Álvaro Pérez se produce tras haber ganado pleito a Vasco López de Padrón. En 8 de agosto de 1425 el juez apostólico dispone que tome posesión por liuros et calez et vestimenta et canpaa tangida et por los outros ornamentos de Santa Iglesia da dita iglesia.46 Poco después, a 14 de septiembre, su padre, el notario apostólico Pedro Alfonso, toma posesión en su nombre de dichos dos tercios por la chaue da dita igllisia et por lyuros et vestimenta que estauan enna arqua en que estauan os ornamentos da dita igllisia, et por canpaa tangida, segundo custume.47 La referencia a un arca viene a traernos una imagen vívida de la custodia de objetos en los templos; este tipo de mueble no es particular de los recintos eclesiásticos sino que, como consideraba Valdeón Baruque, es uno de los elementos esenciales en el mobiliario doméstico medieval.48 De la misma manera toma posesión el clérigo Rodrigo Eanes, en nombre del canónigo compostelano Gonzalo Vázquez de Mandayo, de la tercera parte del beneficio sinecura de Santo Estevo do Campo en 5 de agosto de 1432, al que se había dispuesto por libros et calez et vistementa et campaa tangida et por los outros ornamentos de santa Igllesia segundo custume.49 En ocasiones se añaden otros objetos relacionados, quizá dentro de ese «otros ornamentos»; en la posesión del beneficio de Santa María de Morquintián, en 1496, se transmiten libro,50 cáliz, vestimenta y huna cruz e huna campanilla que se pone en la manos del nuevo clérigo del lugar.51 La delegación en otra persona a la hora de tomar posesión no es particular de las actiones eclesiásticas, sino que el proceso laico sigue el mismo camino; no es extraño 45 Serían las llaves, teja, ramas, tierra, vara de la justicia... cuya transmisión hila Isabel Beceiro con la posessio heredada del derecho romano. Beceiro Pita 1994, 73-74. 46 ACS, S 22/10. 47 ACS, S 22/9. 48 Valdeón Baruque 2004, 80. 49 ACS, S 22/27. 50 La presencia explícita de los libros tiene doble interpretación en el siglo XV: en lo simbólico como centro de la Palabra y punto clave del culto; pero además como espacio de proximidad entre clero y cultura escrita. Resulta evidente que la vinculación del sector eclesiástico y la transmisión de la forma escrita de conocimiento y la lectoescritura tiene a estas alturas un viaje de larga duración, desde la recepción monástica del conocimiento antiguo y su custodia, repensado y transmisión en la alta Edad Media. Al final del período, en el entorno diocesano compostelano, al igual que en el resto ya no solo de la península sino del Occidente medieval, la vinculación del sector eclesiástico con la cultura escrita no sólo es evidente sino intensa. No es lugar este para una historia cultural, pero esta vinculación actúa igualmente sobre los libros como objeto en la significación de una función clerical no sólo en la prédica sino en la lectura de la Palabra y el trabajo con lo escrito. Mercedes Vázquez Bertomeu ha hecho ya hincapié en ello para la diócesis compostelana del siglo XV. Vázquez Bertomeu 2004, 15. 51 AHUS, F.U. Bienes, P. 341. ver al titular respectivo presenciando la transmisión pero tampoco resulta excepcional que se haga a través de un delegado o representante.52 Este proceso se sigue, paso por paso, en la toma de posesión del canónigo compostelano Juan de Barrientos del prestimonio de Santa María de Leroño con sus anexos, en 4 de noviembre de 1472. El clérigo del vecino beneficio de Augasantas foy logo ao altar mayor da dita igllesia e tomou en suas maaos huna vestimenta e hun calex e hun libro, et poso todo en maaos e poder do dito Juan de Barrentos dandolle outrosy a corda da canpaa e tangendoa, disendo que por los ditos ornamentos e por cada hun deles daua e dou a dita posison.53 De nuevo piezas en materialización de la actividad, con especial importancia del contacto físico sobre ellas: las manos, coger con ellas, asir, trae la imagen pública de la nueva posesión y el nuevo desempeño de la función eclesial. Como expresa el documento, es su posesión la que ejemplifica y certifica la toma de posesión del beneficio y, a mayores, es el gesto el que elocuentemente da a entender a quien lo esté presenciando el cambio en la situación. El rito hace hincapié en el contacto directo del poseedor, en suas maaos, con estos objetos quizá en asimilación de la importancia que desde antiguo tienen las manos en los procesos gestuales de la feudalidad. El sentido parece próximo a aquella impositio manuum que Alicia Miguélez Cavero refiere en lo que denomina «mano validatoria» dentro del gestualismo feudovasallático plenomedieval; un contacto, en el caso de otorgaciones documentales, con la propia materialidad del documento que toma forma de validación.54 En las tomas de posesión compostelanas del Cuatrocientos, como vemos, las piezas son tomadas por el encargado de transmitir la posesión, clérigo, y se ponen en manos del nuevo poseedor del beneficio. La vinculación explícita con las formas señoriales clásicas y ahora tardías parece innegable; el procedimiento mantiene la importancia simbólica de la envistio, desde el proceso de enfeudación más general por el cual la entrega simbólica de objetos culminaba el ritual.55 Pero el fondo de la posesión eclesiástica, como hemos desarrollado, se marca sobre presupuestos diferentes, alejados del derecho feudal. La posesión de Xanza en 1433 lo explica de manera meridiana: por caliz e vestimenta e campaa tangida que con suas maaos os ditos Iohan Gozçales et Fernan Martines tangeron segundo que he de vso et de custume et de dereito en tal caso se requeria.56 La referencia al derecho no deja lugar a dudas en cuanto a la presencia de estos elementos en el procedimiento gestual: el transcurso sigue la tradición, conocida y asumida, que toma matiz de certificación legal en la amalgama de esos tres conceptos de uso, custume y dereito. El receptor en este caso tomou et reçebeu con suas maaos, et diso que por eles et por cada huun deles tomaua et tomou et reçebia et reçebeu o dito jur et posison.57 Cuando en 28 de diciembre de 1487 Gonzalo Pérez, clérigo de Santa Baia de Caldelas y procurador de aquel Alfonso de Fonseca estudiante en Salamanca, toma 52 Quintanilla Raso 1999, 848. 53 AHUS, F.U. Bienes, P. 308. 54 Miguélez Cavero 2010, 137-138. 55 Puñal Fernández 2002, 119. 56 AHUS, F.U. Bienes, P. 259. 57 AHUS, F.U. Bienes, P. 259.
Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 X. M. SÁNCHEZ SÁNCHEZ, OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS… 149 posesión del beneficio de Santa María de Mourente, que le había sido concedido por provisión Lopo Diz, el clérigo tomaba ao dito Gonçal Peres por la maao e ho metia de dentro da dita ygllesia, dandolle libros, e vestimenta en suas maaos y canpaa tangida segundo de dereito en tal caso se requeria.58 La referencia al derecho parece destacarse de nuevo, pues pone sobre la mesa la configuración del proceso en lo canónico, sobre una transmisión no de dominio sino del ejercicio de la cura de almas y actividad pastoral sobre una territorialidad definida; de ahí que los útiles sacros sean los que traen la carga simbólica. En este último caso de 1487, y en la variación del proceso, cobra importancia la entrada en el templo sede del beneficio, al estilo de las posesiones de inmuebles, aunque siempre en añadido a la transmisión de objetos litúrgicos. Diversos ejemplos ahondan en lo visto hasta ahora e incorporan ciertos matices. En 12 de marzo de 1493 se pone en posesión de un tal Mayo, clerigo, el beneficio de Santa María de Muxía; para ello Juan García, clérigo de San Pedro de Coucieiro, tomou hun caliz, libro misal e huna vestimenta da dita igllesia e todo ho poso e entregou ennas maaos de Mayo, clerigo.59 En la toma de posesión del beneficio de San Xiao de Cumbraos en 11 de diciembre de 1491, por Bartolomé Bahamonde, transmite la posesión el notario correspondiente en ejecución de una sentencia arzobispal, que especifica: tome el caliçe e la vestimenta e el liuro e puse todo en manos e poder del dicho Bartolame por los quales dichos ornamientos de la posesion del dicho beneficio, meytad sin cura de San Giaao de Cumbraaos, al dicho sennor don Aluaro en persona del dicho su procurador que por el la resçibio.60 La posesión viene a materializarse en la asunción de los objetos, ejemplificadores de la actividad a realizar. De nuevo traspaso de elementos materiales ya en persona ya por procuración, para finalizar el proceso de posesión sobre el beneficio. A mayores sólo queda fijarlo por escrito; en este caso: e de conmo la resçebia e tomaba pedio a min dicho notario que lo diese asy todo por testimonio sinado.61 Comparte con la esfera laica y las posesiones de bienes lo evidente: la definición de la posesión sobre el acto corporal en cuanto a sanción definitiva de un acto jurídico a través del gesto y el apoderamiento en la tenencia.62 Se trata en definitiva de la presentación de unos elementos simbólicos propios de la actividad a desempeñar, que en el caso de las posesiones de beneficios son los ornamentos propios de la función eclesiástica y objetos litúrgicos de significación especial, tomando la parte por el todo. En este sentido el proceso de 1432 incorpora una resolución significativa: o dito Rodrigo Enes tomou de sua maao o dito calez, libro e vistimenta et de sua maao os tornou a a dita igllisia.63 No sólo se reciben, sino que ahora se devuelven a la iglesia, en reconocimiento de que la propiedad es de la institución; esto no es una casa y no se transmite un dominio eminente sino un desempeño. Tal condición y evidencia no resulta particular ni de Compostela ni del noroeste. En la generalidad peninsular del siglo XV la toma de posesión en cargos 58 AHUS, F.U. Bienes, P. 326. 59 AHUS, Provis. Beneficios, Clr-1.179, P.4, doc. 2. 60 AHUS, F.U. Bienes, P. 331. 61 AHUS, F.U. Bienes, P. 331. 62 Miceli 2019, 43. 63 ACS, S 22/27. eclesiásticos viene precisamente marcada por una gestualidad privativa en el ejercicio de una actividad igualmente simbólica y que incide en la función principal identificada con el cargo del que se posesiona. Es el caso de los beneficios que no traen cura de almas, en el entorno de Sevilla64 o el «ritual cargado de simbolismo con claras connotaciones vasalláticas» del que se sirven los prebendados de la iglesia de Burgos para tomar posesión de sus cargos y beneficios.65 Venimos leyendo en todos estos casos la presencia del segundo elemento material destacado: la campana.66 La vinculación es directa con el sonido, en la expansión de la noticia a través de un reclamo perfectamente reconocible. El hueco se abre no sólo en lo sensorial sino en la mentalidad colectiva de la baja Edad Media. Aquí no sólo lo material tiene importancia, como objeto, sino que a través de él se ejecuta una de las funciones principales, el tañido, el cual cobra un sentido particularmente señalado. El tañido de la campana pone fin al contacto del nuevo poseedor del beneficio en la expansión de la «buena nueva» a través del sonido; el beneficio ha sido ocupado, transmitido, y el sonido de la campana da noticia a todo el que lo escuche. En aquella posesión de 1432 y en su cumplimiento no sólo se traspasan libro, cáliz y vestimenta a Rodrigo Eanes: meteulle na maao a corda de huna campaa que na dita igllesia estaua, que a tanjese.67 Se encierra en la campanada el código simbólico de la comunicación eclesiástica desde la alta Edad Media, manteniendo su papel de transmisor o, cuando menos, de aviso. Poniendo en común el conjunto de este ritual simbólico con el que se sigue en otros espacios geográficos del reino de Castilla encontramos buenas similitudes, ajustadas a los mismos principios: la asunción de la función a través de la aceptación de objetos señalados y de la realización de gestos elocuentes de carácter público, en la significación de una nueva situación. No hay más que comprobar las semejanzas con la descripción que Carlos Ayllón realiza de las tomas de posesión en el sureste castellano: Cuando los interesados reciben el correspondiente documento que la cancillería pontificia expide, el cura (o su teniente o un procurador) coloca la bula sobre su cabeza y después entrega un misal al nuevo beneficiado o a su representante para que haga una lectura, y a continuación, éste cierra y abre las puertas de la iglesia. El acto en el que el cura pone sobre su cabeza la bula significa que reconoce y acata su contenido, es decir, acepta la adscripción del nuevo prebendado al templo de su rectoría, tal como manda el pontífice. La entrega del misal supone el reconocimiento directo al interesado, 64 Es por ejemplo el caso que definía Silvia Pérez para el beneficio sevillano de San Isidoro, en el cual el nuevo poseedor «tomó asiento sobre el escaño situado en el lugar donde se suelen sentar los otros beneficiados, cogió un libro entre las manos y rezó sobre el mismo», aclarando que «se trata de un beneficio parroquial, sin obligación de cura de almas. Por eso en el ceremonial aquí descrito no hay visita del altar, del sagrario, de la pila bautismal, símbolos de la administración de los sacramentos o cura pastoral». Pérez González 2012, 505. 65 Un proceso en el cual «en primer lugar, era investido de su prebenda por ‘imposición de manos o de un birrete’». Guijarro González, 280. 66 Soundscape y sonido de la campana, véase: Arnold y Goodson 2012. En lo peninsular: Garceau 2011; García Herrero y Melón Juncosa 2019. 67 ACS, S 22/27.
Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 150 X. M. SÁNCHEZ SÁNCHEZ, OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS… quien al efectuar la lectura manifiesta su teórica toma de posesión del officium, indicando su capacidad de impartir doctrina. Por último, el cierre y la apertura de puertas indican su pertenencia al cuadro parroquial y su participación en el templo y en el beneficio material que conlleva el oficio.68 Los gestos y las significaciones, con su particularidad, resultan comunes con la ceremonia en lo galaico sobre una aceptación marcada por el contacto con los objetos y el apoderamiento en las funciones. En la generalidad castellana el proceso «tipo» parece finalizarse de manera más elaborada, pues el nuevo capellán: Debía abrir el misal, leerlo, vestirse el sobrepelliz y pasearse por la iglesia, echar fuera a los que estaban dentro, en señal de dominio, cerrar las puertas por dentro y abrirlas y cerrarlas después por fuera, concluyendo la ceremonia con la entrega de las llaves al beneficiado y el compromiso de pagar la renta acordada por el disfrute del cargo.69 Se definen aquí dos tipos de posesión: la del nuevo beneficiado y la de un capellán que ejercerá la función en su nombre. Para la diócesis compostelana el primero es el que tiene mayor presencia o, como hemos visto, la toma de posesión a través de un procurador, y si bien en el conjunto de fuentes examinado no resulta usual sí hemos documentado el ejercicio de la propia función ministerial. Es probablemente la mejor forma de evidenciar la posesión del beneficio: misar. En la posesión de 1496 sobre Morquintián, tras tomar los objetos, fizo dezir huna misa cantada al dicho Juan de Labares, notario e clerigo.70 Resulta significativo el hecho de que el oficio no lo realiza quien toma la posesión, el clérigo Jácome Baleirón, sino alguien por su delegación: este notario y clérigo, Juan de Labares, a modo de capellán determinado por el beneficiado aunque no tengamos un nombramiento efectivo. Una vez asumidos objetos y funciones, y a modo de conclusión de la posesión, se recuerda y conmina a los feligreses a que acepten al nuevo poseedor del beneficio como su clérigo. Esta exhortación suele figurarse a través de petición o declaración pública, aunque algún caso presenta mayor solemnidad. En aquella posesión de Pedro Alfonso, en 1425, tras el contacto con la llave, libros y vestimenta, y tras el sonido de la campana, se evidencia el reconocimiento público con un besamanos: Presentes García do Regeengo, flegrese da dita iglesia, que oferesçeu huna branqua beyjando a maao ao dito Pero Afonso, clerigo, con ela. Et Ruy Peres, morador en Casal de Juso, da dita flegresia, outrosy, oferesçeu outra branqua beyjando a maao ao dito Pero Afonso, clerigo, et estando y outrosy Mayor Afonso, mançeba de Juan Novo, morador enna dita fiigrisia. Os quaes fiigreses que presentes estauam diseron que eran prestes de lle recudir segundo que se contina enna dita carta ao dito Aluaro Peres, ou a seu recado, con 68 Ayllón Gutiérrez 2010, 186-187. 69 Puñal Fernández 2002, 130. Igualmente Susana Guijarro (2008, 280), en relación a las posesiones sobre beneficios en relación a la iglesia de Burgos, concluye que «la entrega de un libro misal o de las llaves de la puerta de la Iglesia, completaban la simbología de acto de toma de posesión». 70 AHUS, F.U. Bienes, P. 341. os dezemos, froytos et rendas et outras ecclesiasticas dereituras perteesçentes aos ditos dous terços sen cura da dita igllesia.71 Ese diseron ofrece aquí cierta novedad en el proceso, con el sentido evidente de la declaración pública. En todo este transcurso, igual que en las tomas de posesión sobre espacios laicos y más vinculadas a lo señorial, la palabra es empleada en diversas ocasiones como refuerzo, definición y sentido aclaratorio que incide en aquello que la gestualidad ha iniciado.72 De hecho parece cobrar especial peso en cuanto a la celebración del oficio, en aquella misa cantada de Juan de Labares en 1496, de manera que, como señalaba Isabel Beceiro, palabra y acción se unen en la liturgia sacramental de manera indisoluble.73 Desde esta perspectiva, y al igual que ocurre con las tomas de posesión laicas y vasalláticas, la presencia de público adquiere importancia desde el papel de testigos, participantes y sancionadores de la nueva situación.74 Un público que se constituye en el caso eclesiástico en el cuerpo de «feligreses», de manera que, como introducía Vázquez Bertomeu, «se conmina a los presentes a aceptar el acto jurídico».75 La asunción de la nueva situación ha de hacerse extensiva aquí a todo el cuerpo que ha de someterse: arrendatarios o dependientes en el caso señorial (a falta de una mayor definición), parroquianos en el eclesiástico. La condición es diferente pero hemos de tener en cuenta que la posesión de un beneficio no es simplemente pastoral sino que comporta el cobro de rentas y el disfrute de derechos de definición señorial, en una evidencia simbólica que en la pluralidad castellana toma en ocasiones otras formas pero mantiene su presencia.76 La toma de posesión de Leroño en 1472 lo deja bien claro pues el nuevo poseedor mandaua et mandou a todos os parrochianos da dita igllisia de Santa Maria de Leronno e a todos los outros vasalos do dito prestamo que recodisem daqui endeante ao dito Juan de Barrentos ou a seu çerto recado con todos los dezemos e dereyturas perteensçentes.77 La de Cumbraos de 1491 se hace en presençia de min, el publico notario, et testigos de yuso escriptos,78 fórmula más usual en las múltiples actiones bajomedievales. De nuevo resta simplemente dar testimonio notarial del acto pues, recordemos, el tipo documental viene a integrarse en un expediente más amplio. Todo lo anterior viene roborado por el notario que está presente y que elabora la toma de posesión a modo de acta del proceso y ritual realizados. Esta cuestión necesita igualmente precisión: la definición de este tipo documental, en consonancia con las tomas de posesión laicas, toma pleno sentido dentro de la evolución de la función notarial en la Castilla medieval, 71 ACS, S 22/9, f. 64v. 72 Beceiro Pita 1994, 69. En atención a palabra, población y ciudad en Compostela: Sánchez 2019b, 296-299. 73 Beceiro Pita 1994, 69. 74 Quintanilla Raso 1999, 853. 75 Vázquez Bertomeu 2001, 91. 76 En otros espacios el cobro de renta asociada al beneficio que fuere se hace más evidente en lo material. Así en la iglesia de Burgos «la ceremonia concluiría con la entrega por parte del mayordomo del cabildo al nuevo titular de alguna moneda, como símbolo de la toma de posesión de los frutos y rentas asignados al beneficio concedido». Guijarro González, 280. 77 AHUS, F.U. Bienes, P. 308. 78 AHUS, F.U. Bienes, P. 331.
Hispania Sacra, LXXIII 147, enero-junio 2021, 143-152, ISSN: 0018-215X, https://doi.org/10.3989/hs.2021.013 X. M. SÁNCHEZ SÁNCHEZ, OBJETO, SONIDO Y GESTO. FORMAS Y SIGNIFICACIONES EN LA POSESIÓN DE BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS… 151 perfectamente definido y de amplia presencia en el siglo XV como garantes del acto público y elaboradores de su testimonio.79 Conclusión En la historia de las sociedades medievales determinados segmentos de documentación nos permiten un acercamiento no sólo a lo socioeconómico sino a lo cotidiano y la mentalidad colectiva. Es el caso de las tomas de posesión de beneficios eclesiásticos, aquí consideradas para la diócesis de Santiago de Compostela en el Cuatrocientos. Mentalidad por lo que ofrecen de símbolo y significación sobre una gestualidad pública. Cubren un espacio completado con las tomas de posesión de bienes, propiedades y derechos, que hacen hincapié en la transferencia del dominio. Aquí, en lo eclesiástico, el centro es la función pastoral, cura de almas y desempeño sacramental. A través de ello, en el conjunto de documentación considerado hemos definido un proceso tripartito marcado, de manera genérica, por: presentación; transmisión; certificación. El procedimiento se comienza con una presentación de disposición o documentación relativa a la posesión, la determinación de la autoridad competente, en manos de un notario o representante ante aquellos que quieran presenciar el acto y a buen seguro en un lugar de significación evidente, como la puerta del templo. Da paso a la transmisión y posesión del beneficio por el nuevo poseedor, intensificando el sentido de la significación de gestos públicos, sobre la transmisión de objetos litúrgicos que concentran el sentido de la función sacramental. Libros, vestimenta, cáliz, cambian de manos, y dotan al propio contacto físico de una importancia innegable. La marca pública en el entorno vendrá, en amplia difusión, por el sonido de la campana y de modo más reducido en un oficio en el templo. Y finalmente certificación pública del proceso, con el reconocimiento por la comunidad de ser consciente de aquello que han presenciado, con toda su validez de cara al futuro. Gesto, símbolo, objeto y función, con las particularidades propias de una variedad geográfica pero siguiendo en lo general el uso de las posesiones castellanas; y no sólo eso, sino en buena sintonía —en partes y concepciones— con los usos de las posesiones laicas. Unas formas y significación en los usos del rito civil y eclesiástico que se adentran en los gestos sin necesidad de explicación porque, como tantos otros, usuales, cotidianos, formaban parte de la representación mental del mundo para el hombre y la mujer medievales. Referencias Bibliográficas Althoff, Gerd, Christiane Witthöft y Aurélie Duthoo. 2003. «Les services symboliques entre dignité et contrainte». Annales. Histoire, Sciences Sociales 58 (6): 1293-1318. Ariès, Phillipe y Georges Duby. 1991. Historia de la vida privada, 4. El individuo en la Europa feudal. Madrid: Taurus. Arnold, John H. y Caroline Goodson. 2012. «Resounding community: the history and meaning of medieval church bells». Viator 43 (1): 99-130. https://doi.org/10.1484/J.VIATOR.1.102544 79 Beceiro Pita 1994, 56-57. Arranz Guzmán, Ana. 1999. «El clero». En Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), edición de José Manuel Nieto Soria, 141-176. Madrid: Dykinson. Aurell, Jaume. 2001. «La liturgia en la Edad Media». Memoria y Civilización 4: 243-251. Ayllón Gutiérrez, Carlos. 2010. «Estructura parroquial en el sureste de Castilla a fines de la Edad Media». Medievalismo. Boletín de la Sociedad Española de Estudios Medievales 20: 173-202. https:// revistas.um.es/medievalismo/article/view/141461 Barreiro Somoza, José. 1987. El señorío de la iglesia de Santiago de Compostela (siglos IX-XIII). La Coruña: Editorial Diputación Provincial. Beceiro Pita, Isabel. 1984. «La imagen del poder feudal en las tomas de posesión bajomedievales castellanas». Studia Histórica. Historia Medieval 2: 157-162. Beceiro Pita, Isabel. 1994. «El escrito, la palabra y el gesto en las tomas de posesión señoriales». Studia Histórica. Historia Medieval 12: 53-82. Beceiro Pita, Isabel y Ricardo Córdoba de la Llave. 1990. Parentesco, poder y mentalidad. La nobleza castellana: siglos XII-XV. Madrid: CSIC. Burke, Peter. 2006. ¿Qué es la historia cultural? Barcelona: Paidós. Bynum, Caroline W. 2011. Christian Materiality: An Essay on Religion in Late Medieval Europe. New York: Zone Books. Carrasco García, Gonzalo. 2017. «Ritual político, antropología e historiografía bajomedieval hispánica». Espacio, Tiempo y Forma. Serie III. Historia Medieval 30: 121-192. https://doi.org/10.5944/ etfiii.30.2017.18758 D’Emilio, James. 1997. «La formación de la parroquia en la Galicia medieval». Relaciones 72, XVII: 61-85. Díaz-Corralero, Violeta. 2004. Los gestos en la literatura medieval. Madrid: Gredos. Díaz Ibáñez, Jorge. 2009. «Simbología y ritual en torno a las relaciones y conflictos sociales del clero burgalés durante la baja Edad Media». Espacio, Tiempo y Forma. Serie III. Historia Medieval 22: 91-121. https://doi.org/10.5944/etfiii.22.2009.1639 Estepa Díez, Carlos. 2010. «Notas sobre el feudalismo castellano en el marco historiográfico general». En Estudios sobre señorío y feudalismo. Homenaje a Julio Valdeón, edición de Esteban Sarasa y Eliseo Serrano, 77-106. Zaragoza: Institución Fernando el Católico. Ganshof, François-Louis. 1982. El feudalismo. Barcelona: Ariel. Garceau, Michelle E. 2011. «‘I call the people.’ Church bells in fourteenth-century Catalunya». Journal of Medieval History 37 (2): 197-214. https://doi.org/10.1016/j.jmedhist.2011.02.002 García Herrero, María del Carmen e Inmaculada Melón Juncosa. 2019. «Campanas en la Zaragoza bajomedieval. La voz de dios, la voz del rey, la voz de la ciudad». En Paisajes sonoros medievales, edición de Gerardo Fabián Rodríguez, Gisela Coronado Schwindt, Éric Palazzo. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata. García Oro, José, coord. 2002. Historia de las diócesis españolas. Iglesia de Santiago de Compostela y Tuy-Vigo. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos. García y García, Antonio, ed. 1981. Synodicum hispanicum. I. Galicia. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos. Guijarro González, Susana. 2008. «Jerarquía y redes sociales en la castilla medieval: la provisión de beneficios eclesiásticos en el cabildo de la catedral de Burgos (1390-1440)». Anuario de Estudios Medievales 38 (1): 271-299. https://doi.org/10.3989/aem.2008.v38. i1.68 LeGoff, Jacques. 1970. La civilización del Occidente medieval. Barcelona: Editorial Juventud. LeGoff, Jacques. 1976. «Gestes symboliques dans la vie sociale. Les gestes de la vassalité». En Simboli e simbologia nell’alto Medioevo. Atti (dal 3 al 9 aprile 1975), 679-779. Spolète: Fondazione CISAM. LeGoff, Jacques. 1983. «El ritual simbólico del vasallaje». En Tiempo, trabajo y cultura en el Occidente medieval, 328-390. Madrid: Taurus. López Alsina, Fernando. 1988. La Ciudad de Santiago de Compostela en la alta edad media. Santiago de Compostela: Ayuntamiento.