BONNER, M., Aristocratic Violence and Holy War. Studies in the Jihad and Arab-Byzantine frontier, 1996 [RESEÑA]
Abstract
Reseña del libro Aristocratic Violence and Holy War. Studies in the Jihad and Arab-Byzantine frontier, de M. Bonner, publicado en American Oriental Society, del año 1996.
Full text
RESEÑAS BONNER, M., Aristocratie Violence and Holy War. Studies in the Jihad and Arab-Byzantine frontier, New Haven, Connecticut: American Oriental Society, 1996, American Oriental Series, volumen 81, xv+221 pp. Para el autor, el estudio de la frontera arabo-bizantina sólo adquiere sentido si incluye el estudio del yihàd y el estudio de éste, a su vez, sólo puede ser entendido dentro de un contexto específico, en vez de ser analizado (como se hace generalmente) desde el punto de vista jurídico y teológico. Pone en duda que la actividad en la frontera arabo-bizantina deba entenderse únicamente como una especie de «remanso» del estallido inicial que fiíe la ola de conquistas del siglo primero de la hégira, y plantea que la doctrina de fihàd, al menos en algunos de sus aspectos (el énfasis en el auto-control, en la lucha contra uno mismo —yihàd al-nafs—, en la interiorización de las normas), es el resultado precisamente de la actividad desarrollada en los tugür, de manera que hay que ver el yihàd como el producto de las presiones político-sociales y de los cambios que tuvieron lugar en la sociedad musulmana en unas circunstancias concretas. Las preguntas principales a las que quiere dar respuesta son: ¿cuál fue el lugar de la frontera arabo-bizantina en la historia social y política del Islam temprano?, ¿qué lugar ocupa la doctrina del yihàd en la lucha, entre individuos y grupos, por la legitimidad, el prestigio y los recursos?, ¿por qué uno de esos grupos, la aristocracia guerrera, no resultó vencedor en esa frontera, cuando generalmente sí lo resultó en otras zonas fronterizas? En el capítulo 1 analiza la sustitución militar (ya^à'il) en los primeros ejércitos musulmanes, es decir, cuando un hombre está obligado a tomar parte en la guerra, pero hace que otro hombre ocupe su lugar a cambio de un salario estipulado por adelantado. Hasta la revolución abbasí, los varones árabes adultos sin discapacidad física estaban sujetos a ser llamados al servicio militar (ba^t) como condición de recibir un estipendio (^atà ' j, y esto es lo que determinaba su pertenencia al grupo gobernante. Cuando un grupo tribal era llamado a la guerra, podían hacer arreglos entre ellos para que unos fueran y otros se quedaran, pero todos ellos eran miembros de la comunidad. Al mismo tiempo, podía haber individuos que querían librarse de la obligación de hacer el servicio müitar, bien por comodidad, bien por cobardía, en cuyo caso podían dar su estipendio a un sustituto (badil). Se planteaba entonces la cuestión: ese sustituto, ¿adquiría por serlo el status de miembro pleno del ejército y por tanto de la comunidad? El que pagaba la sustitución generalmente daba menos de su estipendio. Al-Qantara, vol. 19, nº 1 (1998) (c) Consejo Superior de Investigaciones Científicas Licencia Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0) http://al-qantara.revistas.csic.es
230 RESEÑAS A(2, XIX, 1998 de manera que el pago equivalía a un salario, introduciéndose así una dinámica mercantil y «mercantilizando» por tanto la pertenencia a la comunidad. Del material jurídico analizado resulta evidente que los juristas intentaban vincular el individuo a la comunidad en vez de a la persona a la que sustituía o a su grupo tribal. También trataron de imponer la idea de que el servicio militar era una cuestión de status y no algo que podía ser vendido o transferido, contrastando por ejemplo el salario (ayr) del sustituto con la recompensa divina (ayr) dada al mártir. El verdadero y auténtico combatiente es aquél cuya lucha (yihñd) es al tiempo la causa y la circunstancia de su pertenencia a la comunidad. Los capítulos 2 y 3 nos ofrecen una historia poKtica y militar de los tugür (la línea de fortalezas y asentamientos a lo largo de los Taurus) durante el final del período omeya y el primer período abbasí. La elección de esta época para estudiar la formación de la frontera arabo-bizantina se debe a que Bonner ve en ella el momento en que esa frontera adquiere una identidad administrativa distintiva: el título de wàiï aUfazira wa-tugüri-ha emergió los años 140-142/757-60 junto con la práctica de asociar príncipes de sangre con las expediciones de verano en un sistema de rotación que provocó celos y competición entre los comandantes. Muchos árabes fueron entonces eliminados del diwàn o registro militar, viéndose forzados a vender sus tierras o a trabajarlas. Esto aumentó el número de bandidos (sa'añk), pero aunque debilitó la fuerza (y los posibles deseos de rebelión) de las tropas de frontera no solucionó el problema de cómo sustituirlas. El principal peligro al que había que hacer frente era el de la «violencia aristocrática», tanto de pequeños señores de guerra locales como de los gobernadores nombrados por el poder central, que se refleja en el número de expediciones de que se tienen noticia, muchas de las cuales parecen haber sido emprendidas sin permiso del imam. Los libros sobre el derecho de guerra o siyar datan precisamente de este período y es también cuando empezamos a tener noticia de un movimiento de ulemas y ascetas hacia la región de la frontera. En el capítulo 3 se analiza cómo se forma el sistema fronterizo de tugür y 'awàsim que se convirtió en clásico (v. su descripción y las consecuencias que trajo consigo en pp. 86-87) y cómo la guerra contra Bizancio fríe una de las principales preocupaciones de los reinados de al-Mahdi, al-Hádi y al-Rasid (158/775-193/809). Fue al-Mahdi el que inició una política por la que concedió a su propia familia y a sus allegados puestos de autoridad sobre las incipientes aristocracias militares, dando también inicio a la figura del «califa-gázl» (v. pp. 99-106). Esta nueva imagen iba dirigida sobre todo a los ulemas e iba en contra del poder de los «barones», contra los poderes intermedios en el estado patrimonial abbasí. Ahora bien, para entonces los musulmanes podían arreglárselas sin un caüfa-gazT, dado el proceso de interiorización de las normas que había tenido lugar y por la doctrina de que todo individuo debía asumir responsabilidad por la comunidad, especialmente en asuntos de guerra. Este último aspecto es tratado en el capítulo 4. No es que en época omeya no sea posible encontrar hombres de reMgión activos en la frontera. La novedad es que ellos ahora participaban en la guerra en caüdad de hombres de religión y de expertos en el saber reügioso, habiéndose asentado en la frontera de manera a menudo permanente y sin tener vínculos especiales con el califa y con la autoridad central. Es más, algunos de ellos rechazaban esa autoridad a la hora de llevar a cabo el yihàd. Las (c) Consejo Superior de Investigaciones Científicas Licencia Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0) http://al-qantara.revistas.csic.es
AQ, XIX, 1998 RESEÑAS 231 fuentes nos permiten precisar los «tipos» a través de los cuales se expresaban sus ideales de autoridad política y religiosa. Bonner analiza tres biografías representativas de esos tipos: Abü Isháq al-Faziñ, autor de un Kitâh al-siyar (hay edición); ' Abd Allah b. al-Mubarak, autor de un Kitàb al-yihàd (hay edición), y el asceta Ibrahim b. Adham. En el capítulo dedicado a las conclusiones, señala que tres eran las características de los tugür: ausencia o escasa presencia de una aristocracia guerrera terrateniente, límites severos a la expansión y una alta temperatura ideológica (recuérdese que los tugür fueron el lugar donde se compusieron obras tempranas de exhortación al yihàd). Mientras que, en las fronteras europeas, los competidores por la tierra, el prestigio y la autoridad eran los reyes, la iglesia y las distintas «aristocracias coloniales» (en la expresión de R. Bartlett), los tugür nunca realmente zonas de expansión (sí lo fue la frontera en Jurâsân y en Asia Central, y allí sí se detecta ese tipo de aristocracia). Si es posible probar la existencia de una aristocracia guerrera terrateniente en época omeya y también en época abbasí, ésta fiíe pronto derrotada, no sólo por los esfuerzos califales, sino también por los de los ulemas, quienes pusieron en duda la validez de que alguien pudiese reclamar tierras en la frontera, incluidas las concesiones de tierra por paite del califa (p. 146). El intento de al-Ra§íd por apropiarse la conducta de la guerra santa llegó demasiado tarde, pues los ulemas-ascetas ya se la habían apropiado. Los dos grupos rivales que compiten en los tugür desde la mitad del siglo m/ix en adelante son los mismos que aparecen en las ciudades de todo el mundo islámico: una elite militar profesional por un lado y por otro varias eûtes civiles cuyos portavoces son los ulemas. Pero en la frontera ambos grupos llevaban armas y se identificaban como guerreros, aunque de distinto tipo; lo importante es que ninguno se identificaba por la propiedad de la tierra. Los primeros representan un interés fiscal (p. 152), los segundos comercial (p 153 y nota 59), pero su oposición no era tanto sobre política comercial o fiscal, como sobre cuestiones de legitimidad. Un apéndice nos ofrece una relación de los ulemas y ascetas de la frontera arabobizantina en el período abbasí. Tbdo ello se acompaña de un glosario de términos, bibliografía y un completo índice. Bonner maneja a la perfección las fuentes primarias y secundarias del islam temprano, no sólo por lo que se refiere a las propiamente históricas, sino también por lo que se refiere a las jurídicas, reUgiosas, etc. Su aportación no es la primera ni será la última sobre el tema, pero forma parte de una discusión en marcha cuyos jalones están presentes a lo largo de su estudio (véanse las referencias a los estudios de J. Schacht, A. Noth, P. Crone, etc.). Me ha interesado especialmente cómo sitúa la elaboración de obras de yihàd, siyar, zuhd, en un contexto histórico muy específico, aunque no me ha resuelto todas las dudas relativas al proceso que describe. Pero ello puede ser debido a que ese contexto no me es familiar. En cualquier caso, es un hbro excelente que induce a la comparación con otras regiones del mundo islámico. Bonner señala de pasada posibles conexiones de su estudio con al-Andalus, como en la p. 2, al tratar la posible influencia que el concepto y la práctica islámicas del yihàd pudieron tener sobre la idea cristiana de cruzada («Even if crusading did ultimately owe something to Islamic influencia, perhaps coming through Spain, it clearly developed in the West for western reasons and in response to western needs», cf. (c) Consejo Superior de Investigaciones Científicas Licencia Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0) http://al-qantara.revistas.csic.es
232 RESEÑAS Ag, XIX, 1998 p. 108), o en la p. 130, donde menciona que las obras de al-Fazáñ e Ibn al-Mubárak tuvieron gran difusión en al-Andalus. Esas dos obras, como bien ha puesto de relieve Bonner, insisten en la interiorización de la norma profética, llegando a plantear que quien lo logra puede ser merecedor del imamato, contexto éste en el que es posible situar adecuadamente a una figura como el andalusí Abu 'Umar al-Talamanki. Para lo relativo a la fortuna de la «aristocracia guerrera terrateniente de la frontera» en al-Andalus hay que consultar las obras de P. Guichard y E. Manzano. Una vez más, las aportaciones escritas en francés y en español quedan fuera de lo que se discute en el mundo anglosajón. MARIBEL FIERRO CiLARDO, A., Teorie sulle origini del diritto islámico, Roma: Istituto per TOriente C. A. Nallino, 1990, 287 pp. «Uno de los problemas más apasionantes en el campo de los estudios islámicos es el relativo a los orígenes del derecho y de la ciencia jurídica islámicas». De este modo comienza A. Qlardo este trabajo, señalando, a continuación, su objetivo: «ofrecer un cuadro de las diversas soluciones que se han dado al problema sobre el origen y la evolución del derecho islámico, tratando de delinear, en las conclusiones, una posible nueva solución basada en el examen del método más idóneo que se puede utilizar para resolver este problema». Algunos temas tratados en el libro forman parte de la «tesi de laurea» de su autor, y varios capítulos han aparecido publicados en diferentes revistas especializadas. Sigue un orden cronológico y está dividido en dos partes: la primera desde I. Goldziher hasta J. Schacht y R. Brunschvig; y la segunda dedicada especialmente a los trabajos revisionistas de la teoría de J. Schacht. Al final, encontramos un glosario con términos jurídicos árabes (pp. 235-236), así como tres índices: el primero, onomástico, que se completa con las distintas escuelas y otros términos de tipo jurídico, el segundo, de investigadores modernos, y, un tercero, de topónimos. El libro se inicia con I. Goldziher, cuyos trabajos acerca del posible carácter apócrifo de las tradiciones atribuidas al Profeta han marcado los estudios occidentales sobre derecho islámico. Según A. Qlardo, a partir de la aceptación o el rechazo de la teoría de I. Goldziher sobre el hadiz, los distintos trabajos sobre los orígenes y el desarrollo del derecho islámico que se han realizado hasta ahora han adoptado alguna de estas dos soluciones (p. 195): 1. La «tradicional», representada por C. A. Nallino y reiterada por al-Azami (a los que dedica A. Qlardo los capítulos 3.° y 8.° respectivamente), que asumen que, en la 1.^ mitad del siglo i de la hégira (s. vn), el sistema de derecho ya estaba desarrollado en sus líneas fundamentales. De este modo, no es posible aceptar que el derecho islámico hubiese podido recibir cualquier tipo de influencia de sistemas jurídicos foráneos, como el derecho romano o el judío. 2. La «moderna», cuyo principal representante es J. Schacht (sus trabajos son descritos detalladamente en los capítulos 4.° y 5.°) y cuya obra The Origins of (c) Consejo Superior de Investigaciones Científicas Licencia Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0) http://al-qantara.revistas.csic.es