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¿Súbditos o ciudadanos?. Las Reales Sociedades Económicas y los cambios de las formas de comunicación

Windler-Dirisio, Christian

Abstract

Artículo de la sección: *.

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¿SÚBDITOS O CIUDADANOS? LAS REALES SOCIEDADES ECONÓMICAS Y LOS CAMBIOS DE LAS FORMAS DE COMUNICACIÓN Subjects or citizens? The economic royal societies and the changes in the communication system CHRISTIAN WINDLER-DIRISIO * Aceptado: 19-12-94. BIBLID [0210-9611(1995); 22; 389-404] RESUMEN Partiendo de las tesis de Manheim y Habermas sobre el papel de las asociaciones de la Ilustración en la transformación de la esfera pública (“Öffentlichkeit”), se estudian, desde la perspectiva de las Sociedades Económicas fundadas en la Baja Andalucía, las relaciones existentes entre el absolutismo reformista de la segunda mitad del siglo XVIII y la formación de una esfera pública en la cual se reunieron los súbditos como ciudada nos. Se concluye que mientras que en las condiciones socioeconómicas, políticas y culturales bastante particulares de la región de Cádiz-Jerez de la Frontera se observa un cambio hacia una nueva relación entre individuos ciudadanos y poder político, las regio nes más alejadas de la Bahía de Cádiz se caracterizaron por la continuidad de formas de organización estamentales. Palabras clave: Siglo XVIII. Sociedades Económicas. Andalucía. Administración. ABSTRACT Assuming the thesis of Manheim and Habermas about the role of associations at the Enlightment times changing the public sphere (“Öffentlichkeit”), we study, under the perspective of the Economic Societies established in south Andalusia, the relationships between reformist absolutism in the second half of the 18th century and the constitution of a public sphere in wich subjects where considered as citizens. We may conclude that a change has been noted in the region of Cadiz-Jerez de la Frontera because of the particular socio-economical, political and cultural conditions of this area, and continuity in the way to conceive social stratification was found in areas far from the Bahia de Cadiz. Key words: 18th century. Economic Societies. Andalusia. Administration. El censor de la Real Sociedad Económica Matritense, José de Guevara Vasconcelos, solía insistir en el carácter “democrático” del gobierno de las Sociedades Económicas. Con este argumento rechazaba tanto las limi- * Seminario de Historia. Universidad de Basilea. Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 390 CHRISTIAN WINDLER-DIRISIO taciones del acceso a la condición de socio numerario, basadas en criterios estamentales exclusivos, como así también la concentración de las compe tencias en juntas particulares. Las Sociedades Económicas debían apoyar la política de fomento de la Corona. De igual modo en 1766, la introduc ción de los diputados y del síndico personero del Común elegidos por sufragio indirecto de los vecinos seculares contribuyentes hacía depender, por lo menos teóricamente, el ejercicio del poder político de la voluntad de sujetos iguales en derechos, en contra de criterios estamentales y al margen de las instituciones existentes del municipio. Las reformas plantean el problema de las relaciones existentes entre el reformismo de la segunda mitad del siglo XVIII y la formación de una esfera pública en la cual se reunieron los súbditos como ciudadanos, emancipándose de su adscripción estamental y practicando formas de comunicación distintas, basadas en los derechos de individuos económica mente independientes y dotados de raciocinio. Sin perder de vista la vida material es necesario orientar más la atención hacia las formas de comunicación entre individuos y grupos. La importancia de este campo de la investigación histórica se ha puesto en evidencia paralelamente en Francia y Alemania. Desde el trabajo pionero de Agulhon sobre cofradías y logias masónicas en el sur de Francia1 un importante grupo de historiadores franceses se ha orientado hacia el am plio campo de la sociabilidad, mientras que la investigación alemana viene centrando su atención en las formas de comunicación practicadas en las asociaciones del siglo XVIII y XIX2. En España este tipo de historia social cualitativa ha tenido hasta ahora menos repercusión. 1. AGULHON, Maurice: Pénitents et Francs-Maçons de l’ancienne Provence. Essai sur la sociabilité méridionale. Paris, Arthème Fayard, 3.a ed., 1984 (1.a ed.: La sociabilité méridionale. Confréries et associations dans la vie collective en Provence orientale dans la deuxième moitié du XVIIIe siècle. 2 tomos, Aix-en-Provence: La Pensée Universitaire, 1966). 2. Para un estado de la cuestión vid. las contribuciones reunidas en FRANÇOIS, Etienne (ed.): Sociabilité et société bourgeoise en France, en Allemagne et en Suisse, 1750-1850. Paris, Editions Recherche sur les Civilisations, 1986. También AGETHEN, Manfred: “Aufklärungsgesellschaften, Freimaurerei, Geheime Gesellschaften. Ein Forschungsbericht (1976-1986)”, en Zeitschrift für Historische Forschung, 14 (1987), pp. 439-463; FRANÇOIS, Etienne y REICHARDT, Rolf: “Les formes de sociabilité en France du milieu du XVIIIe siècle au milieu du XIXe siècle”, en Revue d’Histoire Moderne et Contemporaine, 34 (1987), pp. 453-472; MERIGGI, Marco: “Associazionismo borghese tra ‘700 e ‘800. Sonderweg tedesco e caso francese”, en Quademi storici, 24 (1989), pp. 589-627. 3. Para una aproximación al concepto de sociabilidad en la historiografía española vid. Estudios de Historia Social, 50-51 (julio-diciembre, 1989), con diversas contribuciones sobre formas de sociabilidad de los siglos XIX y XX, presentadas por Jacques Maurice. Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 A continuación exponemos algunos de los resultados de un estudio de las formas de comunicación de las elites locales de la Baja Andalucía en la segunda mitad del siglo XVIII y primeros años del XIX, realizado en el marco de una investigación sobre el poder político en pueblos de señorío4. Como punto de comparación hemos escogido Jerez de la Frontera, una ciudad de realengo, cuyas estructuras socio-económicas muy particulares dentro del contexto bajo-andaluz se caracterizaban por las posibilidades de exportación hacia los puertos de la Bahía de Cádiz, especialmente del sector vinícola. Nuestra intención no ha sido confeccionar un repertorio de ideas abstractas y de modo determinista “descubrir” su papel en los orígenes de la revolución liberal, sino estudiar aquellos lugares en los que en la segunda mitad del siglo XVIII pudiesen haberse practicado formas de convivencia incompatibles con la sociedad estamental, sin que esta incom patibilidad haya tenido que expresarse siempre de manera explícita5. ¿SÚBDITOS O CIUDADANOS? LAS REALES SOCIEDADES ECONÓMICAS Y... 391 * * * La asociación voluntaria de individuos, que persiguen objetivos defi nidos de común acuerdo, presupone la capacidad jurídica de sujetos igua les en derechos, tal como lo ha justificado el derecho natural desde el siglo XVII. En las asociaciones ilustradas se articulan las pretensiones innovadoras de particulares poniendo implícitamente en duda las prerrogativas estamentales6. A dichas asociaciones se les atribuye una gran importancia en la formación de un nuevo modelo de sociedad, postestamental y autorregulado. Por este motivo, las asociaciones del siglo XVIII reciben desde los años 1960 en los países de cultura alemana la atención de los investigadores. 4. Compárese WINDLER, Christian: Lokale Eliten, seigneurialer Adel und Reformabsolutismus in Spanien (1760-1808). Das Beispiel Niederandalusien. Stuttgart, Franz Steiner Verlag, 1992 (= Vierteljahrschrift für Sozial — und Wirtschaftsgeschichte. Beiheft 105), pp. 253-367. —Mi tesis trata también de las reformas municipales de 1766, desde la perspectiva del presente artículo.— A fin de no sobrecargar las notas, éstas se limitan aquí a documentar los planteamientos del estudio y las citas textuales de las fuentes. 5. Compárese con lo expuesto por HALEVI, Ran: “Les origines intellectuelles de la Révolution Française: de la maçonnerie au Jacobinisme”, en FRANÇOIS (ed.): op. cit., 1986, pp. 183-201. 6. Seguimos lo expuesto por HARDTWIG, Wolfgang: “Verein”, en Geschichtliche Grundbegriffe. Historisches Lexikon zur politisch-sozialen Sprache in Deutschland, ed. por Otto Brunner, Werner Conze y Reinhart Koselleck, tomo 6, Stuttgart, Klett-Cotta, 1990, pp. 791-796. Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 392 CHRISTIAN WINDLER-DIRISIO Los impulsos más importantes hacia tal reorientación de unas investiga ciones, que estaban limitadas a la reconstrucción positivista de la historia de asociaciones individuales, vinieron de dos sociólogos: Emst Manheim y Jürgen Habermas. Ya en 1933 el sociólogo Manheim subrayó el papel de las asociaciones ilustradas en el proceso de formación de una concien cia ciudadana7, pero su estudio pasó entonces bastante inadvertido por las circunstancias políticas de la época, poco propicias para las ciencias socia les. La contribución de Habermas por el contrario tuvo repercusiones más inmediatas. Habermas sugiere interacciones entre la burocratización, la importancia creciente de las relaciones de mercado y la formación de una nueva esfera de comunicación pública. La esfera pública representativa (“repräsentative Öffentlichkeit”), característica de la Edad Media y de los primeros siglos de la Edad moderna, no se constituye como una esfera propia separada de lo privado, sino que se encuentra vinculada a los atributos estamentales de la persona. La esfera pública que se desarrolla hacia el final del Antiguo Régimen (“bürgerliche Öffentlichkeit”) es por el contrario aquella de los individuos que se asocian libremente. Habermas llama la atención sobre la importancia de una esfera pública literaria, y en un primer tiempo apolítica, como campo de ejercicio de un razonamiento público. Dicha esfera pública se caracteriza por la igualdad de los indivi duos, por la problematización de aspectos hasta entonces incontestados y por su apertura. En esta esfera pública se constituye según Habermas una conciencia política que articula contra el absolutismo, el concepto y la exigencia de leyes generales y abstractas y finalmente se impone a sí misma como opinión pública y como única fuente legítima de la legislación8. Después que Habermas formulara sus hipótesis a principios de los años 60, las contribuciones de Nipperdey9 y Dann10, entre otros, dieron impulsos decisivos a los estudios históricos sobre las asociaciones de los 7. MANHEIM, Emst: Aufklärung und öffentliche Meinung. Studien zur Soziologie der Öffentlichkeit im 18. Jahrhundert. Stuttgart-Bad Cannstatt, Frommann-Holzboog, 2.a ed., 1979 (Ia ed., 1933) (= Kultur und Gesellschaft 4). 8. HABERMAS, Jürgen: Strukturwandel der Oeffentlichkeit. Untersuchungen zu einer Kategorie der bürgerlichen Gesellschaft. Frankfurt am Main, Suhrkamp, 1990 (l.a ed., 1962). 9. NIPPERDEY, Thomas: “Verein als soziale Struktur in Deutschland im späten 18. und frühen 19. Jahrhundert. Eine Fallstudie zur Modernisierung”, en Gesellschaft, Kultur, Theorie. Gesammelte Aufsätze zur neueren Geschichte. Göttingen, Vandenhoeck & Ruprecht, 1976, pp. 174-205. 10. DANN, Otto: “Die Anfänge politischer Vereinsbildung in Deutschland”, en ENGELHARDT, Ulrich, SELLIN, Volker y STUKE, Horst (eds.): Soziale Bewegung und politische Verfassung. Beiträge zur Geschichte der modernen Welt. Stuttgart, Klett, 1976, pp. 197-232 (Industrielle Welt, Sonderband). Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 siglos XVIII y XIX. Al respecto ya se encuentran publicados los primeros ensayos de síntesis11. Van Dülmen considera que la importancia de las asociaciones ilustra das en el ámbito geográfico alemán estaba en la práctica de nuevas formas de comunicación dentro de la sociedad estamental. Las asociaciones estaban fundadas en una decisión libre y consciente del individuo, persiguiendo el objetivo de ilustrarle en un marco asociativo y postulando el perfeccionamien to de situaciones insatisfactorias por la iniciativa particular de ciudadanos responsables. Sus estatutos garantizaban la igualdad de rango de los socios, aunque éstos fuesen de distinto origen estamental, oficio o confesión, en el hablar y en el hacer ilustrados, sin que su posición fuera de la asociación variara inmediatamente. La interacción democrática de los socios, distinta de las estructuras jerárquicas del entorno social, la posibilidad de una comunicación entre plebeyos y nobles con el objetivo de realizar intereses comunes, constituían una experiencia cualitativamente nueva y decisiva12. Aunque en España siga siendo importante la tendencia a la reconstruc ción positivista de la evolución y las actividades de sociedades individua les o de las de una región determinada, los numerosos estudios realizados en los últimos años sobre las asociaciones del siglo XVIII, en particular las Reales Sociedades Económicas de Amigos del País13, han llegado a resul tados de gran interés para un estudio comparado, a la luz de las investi gaciones francesas y alemanas sobre las formas de sociabilidad y el movimiento asociativo14. * * * 11. Vid. VAN DÜLMEN, Richard: Die Gesellschaft der Aufklärer. Zur bürgerlichen Emanzipation und aufklärerischer Kultur in Deutschland. Frankfurt am Main, Fischer, 1986. IM HOF, Ulrich: Das gesellige Jahrhundert. Gesellschaft und Gesellschaften im Zeitalter der Aufklärung. München, C. H. Beck, 1982. El mismo autor ha publicado un estudio sobre una importante asociación suiza: IM HOF, Ulrich y CAPITANI, François de: Die Helvetische Gesellschaft. Spätaufklärung und Vorrevolution in der Schweiz. 2 tomos. Frauenfeld/Stuttgart, Huber, 1983. Un inventario de las sociedades suizas en: ERNE, Emil: Die schweizerischen Sozietäten. Lexikalische Darstellung der Reformgesellschaften des 18. Jahrhunderts in der Schweiz. Zürich, Chronos, 1988. Una bibliografía actualizada sobre las asociaciones ilustradas en: REINALTER, Helmut (ed.): Aufklärungsgesellschaften. Frankfurt am Main (etc.), Peter Lang, 1993 (= Schriftenreihe der Internationalen Forschungsstelle “Demokratische Bewegungen in Mitteleuropa, 1770-1850”, 10). 12. Vid. VAN DÜLMEN: op. cit., 1986, pp. 7-9, 17, 120-132. 13. Vid. la bibliografía en GARCÍA RUIPÉREZ, Mariano: Nuevas aportaciones al estudio de las Sociedades Económicas de Amigos del País. Madrid, C. S. I. C., 1988 (= Cuadernos bibliográficos, 49). 14. Especial mención merecen, entre otros, el estudio de las estructuras internas de las Sociedades del Reino de Granada (CASTELLANO CASTELLANO, Juan Luis: Luces ¿SÚBDITOS O CIUDADANOS? LAS REALES SOCIEDADES ECONÓMICAS Y... 393 Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 394 CHRISTIAN WINDLER-DIRISIO Leyendo documentos inspirados por la burocracia real, como la Indus tria Popular publicada por iniciativa de Campomanes o los Estatutos de la Real Sociedad Económica Matritense de Amigos del País, se deduce que las formas organizativas previstas corresponden, con algunas reservas, a lo que se puede considerar característico de una asociación ilustrada: la asociación libre —impulsada, pero no ordenada por la Corona—, la res ponsabilidad conjunta de los socios en la sociedad y en el Estado, como así también la igualdad de los socios y la elección de los oficiales. No obstante debemos tener en cuenta que en la Matritense el principio de la igualdad de los socios fue restringido por una serie de disposiciones que reintroducían elementos jerarquizadores. Así el derecho de elegir a los oficiales quedó limitado a los 40 socios más antiguos y a los oficiales, además los primeros oficiales serían vitalicios por su carácter de fundado res. Una junta extraordinaria compuesta por los oficiales y los 12 socios más antiguos podía constituir de igual modo el punto de partida de una concentración de las decisiones en las manos de una elite15. A pesar de todo y comparado con otras asociaciones de la época, tanto en España16 como en otros países europeos 7, se destacan la relativa apertura de la y reformismo. Las Sociedades Económicas de Amigos del País del Reino de Granada en el siglo XVIII. Granada, Diputación Provincial/Instituto de Desarrollo Regional de la Universidad de Granada, 1984, pp. 179-218), el estudio de las discusiones acerca de la organización de la Sociedad de Valencia y la comparación de los estatutos de la Bascongada, de la Matritense y de las Sociedades de Zaragoza, Sevilla y Valencia (ALEIXANDRE TENA, Francisca: La Real Sociedad Económica de Amigos del País de Valencia. Marco jurídico, estructura social y financiación (1776-1833). Valencia, Real Sociedad Econó mica de Amigos del País, 1983, pp. 5-91) y los estudios realizados bajo la dirección del profesor Luis Miguel Enciso Recio, por ejemplo, el análisis de la censura de los estatutos de las Sociedades de provincias realizado por Cillán Otero (CILLÁN OTERO, Luis Fernando: La Sociedad Económica Matritense y las reformas de Carlos III, tesis de doctorado inédita, Universidad Complutense de Madrid, 1989, pp. 561-613). 15. RODRÍGUEZ CAMPOMANES, Pedro: Discurso sobre el fomento de la indus tria popular (1774). Discurso sobre la educación popular de los artesanos y su fomento (1775). Edición de John Reeder, Madrid, Instituto de Estudios Fiscales, 1975, vid. pp. CLIII-CLVI de la Industria Popular; Estatutos para la Sociedad Económica de los Amigos del País de Madrid, editados en: NEGRIN FAJARDO, Olegario: Ilustración y Educación. La Sociedad Económica Matritense. Madrid, Editora Nacional, 1984, vid. pp. 43-47. 16. Vid. Estatutos aprobados por S.M. para gobierno de la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País. Vitoria [1774] (edición facsímil: San Sebastián, 1985). 17. Así, la estmcturación de la Sociedad de Berna, citada a menudo como uno de los modelos de la Matritense, era vertical y por lo tanto distinta (GUGGISBERG, Hans R. y WINDLER, Christian: “Contactos agronómicos entre Suiza y España en la época de la Ilustración. Campomanes, las Sociedades Económicas y las ‘Efemérides de la Humani dad’ de Isaak Iselin”, en Cuadernos de Investigación Histórica, 14 (1991), pp. 226-227, n. 42). Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 Matritense hacia los que querían adherirse y asimismo, en cuanto a su funcionamiento interno, la apertura del acceso a sus órganos de decisión. A partir de tales constataciones hay que preguntarse si más allá de la consabida tendencia de la monarquía absoluta a igualar a todos sus vasallos como súbditos de un poder más burocratizado, el absolutismo reformista era portador de una política que tomaba como norma la dignidad de todos los individuos económicamente independientes y dotados de razón, modi ficando de esta manera fundamentalmente la relación de los súbditos con las autoridades municipales. Se trata aquí del controvertido problema de la interacción entre Ilustración y absolutismo, que implican los desatinados conceptos de “absolutismo ilustrado” o “despotismo ilustrado”18. La recepción del proyecto de una asociación ilustrada se limitaba a pequeños grupos. Entre ellos se encontraban funcionarios reales y milita res, pero también el censor de la Matritense, José de Guevara Vasconcelos, quien en sus informes defendía, aunque no sin contradicciones, el proyecto de Sociedades Económicas que permitieran la libre asociación de ciudada nos capaces de asumir responsabilidades en la sociedad. No obstante, en la política del Consejo de Castilla confluían sólo temporal y parcialmente Ilustración y absolutismo. Destacados ilustrados ocupaban posiciones in fluyentes dentro de la burocracia real, pero sería un error confundir Ilus tración y reformismo ministerial. Dentro de la burocracia real predomina ba una visión de las relaciones entre la Corona y las elites locales, en la cual las Reales Sociedades Económicas de Amigos del País constituían un medio para fortalecer el poder de la Corona, estableciendo relaciones informales con las elites locales y debilitando los poderes intermedios, en particular la nobleza señorial, para mejorar de esta manera las condiciones de implementar una política de fomento que partía del principio según el cual el poder del Estado depende del bienestar de sus súbditos. Esta política de fomento se nutría tanto de la tradición reformista de los arbitristas como de la reflexión de ilustrados españoles y extranjeros19. A pesar de las tendencias hacia la burocratización, el ejercicio del poder político seguía dependiendo de lazos de fidelidad personal. Las 18. La historia de la sociedad (“Gesellschaftsgeschickte”) alemana ha empezado a adoptar el término menos explícito de “absolutismo reformista” (“Reformabsolutismus ”) (por ejemplo, WEHLER, Hans-Ulrich: Deutsche Gesellschaftsgeschichte, tomo 1: Vom Feudalismus des Alten Reiches bis zur Defensiven Modernisierng der Reformära, 17001815. München, C. H. Beck, 1987). A nuestro parecer este término se adecúa también mejor a la realidad española, para referirse a una modalidad de ejercicio del poder político, inseparable del contexto del Settecento riformatore (VENTURI, Franco: Settecento riformatore. Torino, Giulio Einaudi, 1969 ss.), sin haber sido, como tal, ilustrada. 19. Compárese WINDLER: op. cit., 1992, en particular pp. 26, 336-337. ¿SÚBDITOS O CIUDADANOS? LAS REALES SOCIEDADES ECONÓMICAS Y... 395 Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 396 CHRISTIAN WINDLER-DIRISÏO reformas administrativas, como, por ejemplo, la introducción de las inten dencias, aumentaban ante todo la efectividad de la burocracia periférica como mediadora del patronazgo real y ministerial20. Tanto la introducción de los diputados y del síndico personero del Común como el fomento de las Sociedades Económicas debilitaban el poder de los regidores, facilitan do a nivel local la organización de quienes se veían excluidos del poder municipal. De esta manera las reformas contribuían, por ejemplo, al for talecimiento de las clientelas de la Corona en los pueblos de señorío, donde aquélla no disponía de agentes burocráticos permanentes21. Además de constatar las contradicciones de la política de la Corona, incapaz de formular e implementar un programa de reformas más o menos coherente, hay que reconstruir sus efectos a nivel local. A pesar de las tendencias centralizadoras el municipio del siglo XVIII seguía dotado en la práctica de amplia autonomía. La evolución política era mucho más mul tiforme de lo que ha afirmado una tradición historiográfica, insistiendo en la contribución del absolutismo a la racionalización y a la centralización de las estructuras de dominación22. Las elites locales integraban impulsos 20. Para la Francia del siglo XVII Sharon KETTERING (Patrons, Brokers and Clients in Seventeenth-Century France. New York/Oxford, Oxford, U. P., 1986) ha mostrado de manera ejemplar este uso de las relaciones de patronazgo como medio de integración política. Vid. también Jean-François DUBOST (“Absolutisme et centralisation en Languedoc au XVIIe siecle (1620-1690)”, en Revue d’Histoire Moderne et Contemporaine, 37 (1990), pp. 369-397) sobre el Sur de Francia. William BEIK (Absolutism and Society in Seventeenth-Century France. State Power and Provincial Aristocracy in Languedoc. Cambridge (etc.), Cambridge, U. P., 1985) ha puesto en evidencia el provecho que sabían sacar los notables de esta región de sus relaciones con la Corona. Sobre los sistemas clientelares en la Edad moderna compárense las contribuciones reunidas en MACZAK, Antoni (ed.): Klientelsysteme im Europa der Frühen Neuzeit. München, R. Oldenbourg, 1988 (= Schriften des Historischen Kollegs. Kolloquien, 9). 21. Hilton L. ROOT (Peasants and King in Burgundy. Agrarian Foundations of French Absolutism. Berkeley/Los Angeles/London, U. of California P., 1987) analiza cómo la burocracia real defendía en Borgoña en el siglo XVIII los derechos de las comunidades campesinas frente a los notables y los señores, a fin de fortalecer su propia posición. 22. La tendencia de fundarse más en el estudio de las normas legales que en el análisis de las prácticas cotidianas, de la cual el estudio de Ángeles HIJANO PEREZ (El pequeño poder. El municipio en la Corona de Castilla: siglos XV al XIX. Madrid, Funda mentos, 1992) constituye un reciente exponente, conduce a negar esta vitalidad multifor me de los poderes locales. Particular interés merecen ciertos trabajos de antropología: Ruth BEHAR (Santa María del Monte. The Presence of the Past in a Spanish Village. Princeton (N. J.), Princeton, U. P., 1986, pp. 123-264) pone de manifiesto la capacidad de adaptación y la autonomía de una comunidad rural del Norte de la Península en los siglos XIX y XX; basados en la solidaridad de los vecinos, tanto el Concejo abierto como los apro vechamientos comunes sobrevivieron incluso a las leyes del Estado liberal del siglo XIX. Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 externos en sus propias estrategias políticas. No eran meros objetos —ya fueran víctimas o beneficiarios— de la política real, sino que contribuían de manera activa a configurar las nuevas realidades estatales. En los municipios las relaciones con poderes externos constituían una fuente de poder, sin que los objetivos de quienes las hacían valer en la política local hayan tenido que coincidir con las intenciones de sus protectores. Como muy adecuadamente ha subrayado Giovanni Levi, tales estrategias perso nales contribuyeron a configurar de manera duradera la realidad política23. Desde la perspectiva municipal, las tendencias “centralizadoras” aparecen como el resultado de una interacción del centro y de la periferia de la Monarquía24. Cabe preguntarse, por tanto, si en determinados ámbitos se iban imponiendo formas discursivas de comunicación y en qué condiciones se podía producir tal proceso. ¿Cuál fue el papel de los notables rurales de los pueblos de señorío o el de los comerciantes de la región de Cádiz-Jerez de la Frontera? El Consejo de Castilla y la Matritense intervinieron en la elaboración de los estatutos de las Sociedades de provincias, para uniformarlos según el modelo de la Matritense, que de esta manera se impuso en sus líneas más importantes en los estatutos definitivos. Mucho más interesantes que los estatutos definitivos son sus borradores, de los que hablaremos en primer lugar. Posteriormente trataremos las formas de comunicación que caracterizaban a las juntas públicas anuales de las Sociedades, y presen taremos algunos aspectos de las relaciones a menudo conflictivas de las Sociedades Económicas con las cofradías y hermandades, preguntándonos hasta qué punto se enfrentaban dos modelos de comunicación distintos o si se trataba más bien de redes de relaciones rivales, pero cualitativamente parecidas. Finalmente analizaremos los problemas que en un caso concre to, el de la Sociedad Económica de Jerez de la Frontera, plantea la relación entre la asociación ilustrada y la toma de conciencia ciudadana en torno a un grupo de comerciantes burgueses. * * * En su análisis de las estructuras internas de las Sociedades del Reino de Granada, Castellano Castellano ha llamado la atención hacia el proceso 23. LEVI, Giovanni: L’eredità immateriale. Carrier a di un esorcista nel Piemonte del Seicento. Torino, Giulio Einaudi, 1985, p. 5. 24. Vid. WINDLER: op. cit., 1992. ¿SÚBDITOS O CIUDADANOS? LAS REALES SOCIEDADES ECONÓMICAS Y... 397 Chronica Nova, 22, 1995, 389-404 gueses y nobles, parecen haberse fundido también en Jerez en una elite de notables. 404 CHRISTIAN WINDLER-DIRISIO * * * En los pueblos de señorío estudiados predominaba por el contrario hacia finales del siglo XVIII el cuadro de una persistencia de formas de comunicación estamentales, aunque se hayan acentuado como es bien sabido los conflictos con los señores. Este contraste lo explican fundamen talmente cuatro razones: la menor difusión de las ideas de la Ilustración, la menor movilidad económica, la mayor facilidad del acceso al poder político y el bloqueo menor de los cauces de ascenso estamental. Las administraciones señoriales trataban de mediar entre las elites rivales e integrarlas en las estructuras del señorío, en particular nombrando a sus representantes en las regidurías. La participación en el poder local facili taba a su vez el reconocimiento como hidalgo, por la posibilidad de interferir en la confección de los padrones o en la redacción de las pruebas de hidalguía y por la notabilidad que confería el ejercicio de las regidurías. Esta apertura y adaptabilidad facilitaba en los pueblos de señorío la integración de los nuevos ricos, contribuyendo a reducir las tensiones dentro de las elites locales y favoreciendo su cohesión como grupo domi nante, cuyo poder estaba basado en las actividades agrarias y en su capacidad de mediar entre el municipio y los poderes externos. Concluyendo se puede afirmar que mientras que en las condiciones socioeconómicas, políticas y culturales bastante particulares de Jerez se observa un cambio hacia una nueva relación entre individuos ciudadanos y poder político, las regiones más alejadas de la Bahía de Cádiz se caracterizaron por la continuidad de formas de organización estamentales, a pesar de los impulsos que supusieron las reformas de la Corona. Republicanos van ya demasiado lejos, y creo que es una imprudencia desafiar al mundo, como lo están haciendo”. Después de la decapitación: “Empezó el primer mes de enero con la afrentosa muerte del pobre Rey Luis de Francia, que le cortaron la cabeza en el patíbulo por haber conspirado contra su patria”. (Manuscrito Riquelme, en: RUIZ LAGOS DE CASTRO: op. cit., 1974, pp. 100-1). Chronica Nova, 22, 1995, 389-404