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Milites vs. Civitas: análisis de los conflictos producidos por el reclutamiento de soldados voluntarios en las ciudades castellanas durante la segunda mitad del siglo XVII

Rodríguez Hernández, Antonio José

Abstract

Generalmente se culpa a los militares de gran parte de los actos violentos contra los civiles durante los reclutamientos y levas, cuando esto no es del todo cierto, o si ocurría era de una mane - ra testimonial y minoritaria, algo que pretende demostrar este estudio. p ara intentar desechar este mito, hemos elegido el estudio de todos los conflictos generados en c astilla por el reclutamiento de voluntarios durante la segunda mitad del siglo xvii . s i bien el alistamiento de tropas fue una tónica habitual de esta época —gozara el reino de paz o no—, los conflictos y violencias que conocemos afectan sólo a una mínima parte de las compañías reclutadas durante todo el periodo. e n este trabajo analizaremos las causas y motivos de todos estos problemas, además del alojamiento de las tropas en las ciudades durante su periodo de recluta y los problemas generados por éstas.

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Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 * este trabajo ha sido realizado gracias a la ayuda de los proyectos financiados por el ministerio de economía y competitividad: “comercio y Finanzas internacionales en una españa en transición, 1680-1721 (Har2011-25907)” y “conservación de la monarquía y equilibrio europeo entre los siglos xvii y xviii” (Har2012-37560-c02-01) ** Uned. [email protected] MILITES VS. CIVITAS: AnÁLISIS DE LOS cOnFLIcTOS PRODUcIDOS POR EL REcLUTAMIEnTO DE SOLDADOS VOLUnTARIOS En LAS cIUDADES cASTELLAnAS DURAnTE LA SEGUnDA MITAD DEL SIGLO XVII* Milites vs. Civitas: analysis of the conflicts generated by the recruitment of volunteers soldiers in castile during the second half of the 17th century antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ** recibido: 22-02-2014 aprobado: 27-05-2014 RESUMEn Generalmente se culpa a los militares de gran parte de los actos violentos contra los civiles durante los reclutamientos y levas, cuando esto no es del todo cierto, o si ocurría era de una manera testimonial y minoritaria, algo que pretende demostrar este estudio. para intentar desechar este mito, hemos elegido el estudio de todos los conflictos generados en castilla por el reclutamiento de voluntarios durante la segunda mitad del siglo xvii. si bien el alistamiento de tropas fue una tónica habitual de esta época —gozara el reino de paz o no—, los conflictos y violencias que conocemos afectan sólo a una mínima parte de las compañías reclutadas durante todo el periodo. en este trabajo analizaremos las causas y motivos de todos estos problemas, además del alojamiento de las tropas en las ciudades durante su periodo de recluta y los problemas generados por éstas. Palabras clave: reclutamiento, conflictividad, siglo xvii, ejército. ABSTRAcT the soldiers have been generally accused of the violence executed against to the civilians during the recruitments and levies, when this is not completely certain, or if it happened it was in a testimonial and minority way, something that seeks to demonstrate this study. to try to discard this myth, we have chosen the study of all the conflicts generated in castile by the recruitment of volunteers during the second half of the 17th century. although the enlistment of troops was a habitual topic of this time —in war or peacetime— the conflicts and violence that we know only affect a minimum part of the companies recruited during the whole period. in this work we will analyze the causes and reasons of all the conflicts and violence, the lodging of the troops in the cities during their period of recruit, and the problems generated by them. Keywords: recruitment, conflict, 17th century, army. el reclutamiento podía generar conflictos en el seno de cualquier municipio, ya fuera con motivo de su ejecución —especialmente cuando se trataba de reclutamientos forzosos—, o simplemente durante el enganche, debido a la estancia antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 78 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 prolongada de soldados. pero lo cierto es que los reclutamientos voluntarios fueron una tónica habitual y no tan violenta o conflictiva como siempre se ha dicho, ya que no suponían la salida forzosa de un municipio de jóvenes o padres de familia, sino de hombres que por propia voluntad, y con disparidad de motivos, decidían alistarse en el ejército del rey. durante el proceso los municipios no eran presionados para que sirvieran con tropas, cumplieran cupos o mandaran a sus vecinos a la guerra. la llegada de un capitán reclutador no solía afectar al orden público de una localidad, ya que no desataba grandes o graves hechos de violencia. tampoco el enganche voluntario provocó motines, aunque en ocasiones los disturbios se produjeron, especialmente por el roce con la población civil y la convivencia prolongada de soldados y vecinos en una misma ciudad. realmente la violencia surgía esporádicamente cuando se realizaban reclutamientos forzosos a través de los representantes del rey en los municipios, o cuando los soldados se trasladaban de un lado a otro o se alojaban de manera prolongada en una localidad, pero no eran tan habituales cuando se formaba una nueva compañía, ya que los hombres no estaban todavía organizados ni armados. aunque no sea el objeto de este artículo pormenorizar las fórmulas de reclutamiento utilizadas en castilla en el transcurso del siglo xvii, debemos al menos marcar sus cambios y evolución temporal. es un hecho reconocido que hasta mediados de la década de 1630 la recluta fue esencialmente voluntaria, pero a partir de entonces ese sistema tradicional por comisión convivió con otras fórmulas. por un lado con el reclutamiento realizado por capitanes-empresarios1, de la misma manera que éstos se habían encargado de reclutar mercenarios para la monarquía, o en alemania habían reunido grandes ejércitos como los de Wallestein, aunque las actividades de éstos en castilla fueron mucho más limitadas. debían encargarse de reunir voluntarios, aunque no siempre lo hicieran así, utilizando fórmulas parecidas a las del reclutamiento tradicional. por otro lado la monarquía extendió el reclutamiento acudiendo a la negociación con la nobleza, las ciudades, regiones o reinos, para que se encargaran de reunir soldados en nombre del rey, a la vez que en el seno de castilla se acudía a la coerción, mediante reclutamientos forzosos basados en cupos2. los sorteos o quintas en pocas ocasiones se utilizaron para reemplazar las bajas de los ejércitos regulares o los que combatían en europa, pero a partir de 1694 —y durante tres 1. antonio jiménez estrella, “el reclutamiento en la primera mitad del siglo xvii y sus posibilidades venales”, en Francisco andújar castillo y maría del mar Felices de la Fuente (coord.), El poder del dinero: Ventas de cargos y honores en el Antiguo Régimen, madrid, 2011, págs. 169-190. 2. sobre la primera recluta de este tipo en castilla: antonio josé rodríguez Hernández, “las cortes de castilla y la leva para los presidios: la gestión de la primera recluta obligatoria de los austrias”, en maría josé pérez Álvarez, laureano m. rubio pérez, alfredo martín García (eds.), Campo y campesinos en la España Moderna. Culturas políticas en el mundo hispano, león, 2012, págs. 1731-1744. MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 79 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 años— dicha fórmula se llevó a cabo para reclutar varios soldados por cada 100 vecinos3. en cambio, este método se utilizó a menudo para formar los cuerpos de milicias, que servían por tiempo muy limitado. asiduamente estos cuerpos no profesionales fueron utilizados para defender las fronteras, y durante la década de 1640, ante la falta de tropas, las milicias castellanas se emplearon para reforzar los ejércitos de campaña presentes en cataluña4. pero a partir de 1648 dicha obligación militar se transformó en un impuesto, denominado composición de milicias5, lo que evitaba la pesada carga militar y las críticas a su mala actuación en el frente. ante la crisis del reclutamiento voluntario —cada vez más pronunciada desde comienzos del siglo xvii, cuando las compañías cada vez reunían menos soldados6—, aparecieron nuevas fórmulas de actuación que intentaban extender varias de las facetas y responsabilidades del reclutamiento a las diferentes autoridades locales. durante el ministerio de olivares se ejecutarán varios modelos de reclutamiento sin que se encontrara un método fijo o satisfactorio7. al mismo tiempo olivares acudió a los intermediarios para intentar aumentar las tasas de reclutamiento, pidiendo aportaciones a la nobleza —por medio de las coronelías—, y a los empresarios particulares para que a cambio de dinero formalizaran asientos y reclutaran soldados para la monarquía. nunca antes se habían producido en castilla fórmulas tan diversas de reclutamiento, ni hubo tantos reclutadores a un mismo tiempo. a pesar de la multiplicidad, lo cierto es que tanto la nobleza como los empresarios siguieron utilizando como base el viejo sistema de reclutamiento voluntario simbolizado por el batir del tambor. por otro lado, aunque a finales de la década de 1630 la coacción aumentó, sólo se recurrió a este sistema en caso de extrema necesidad. en tiempos de crisis bélica, cuando no había suficientes voluntarios, la monarquía no tenía más remedio que actuar decretando la realización de levas forzosas, muchas veces por cupos, las cuales sí que eran obligatorias, y sí que provocaban más problemas 3. antonio josé rodríguez Hernández, Los Tambores de Marte. El reclutamiento en Castilla durante la segunda mitad del siglo XVII (1648-1700), valladolid, 2011, pág. 197 y ss. 4. antonio jiménez estrella, “las milicias en castilla: evolución y proyección social de un modelo de defensa alternativo al ejército de los austrias”, en josé javier ruiz ibáñez (coord.), Las milicias del rey de España: sociedad, política e identidad en las monarquías ibéricas, madrid, 2009, págs. 72-103. 5. luis ribot García, “el reclutamiento militar en españa a mediados del siglo xvii. la "composición" de las milicias de castilla”, Cuadernos de Investigación Histórica 9 (1986), págs. 63-89, y josé contreras Gay, “las milicias pecuniarias en la corona de castilla (1650-1715)”, Studia Historica. Historia moderna 25 (2003), págs. 93-121. 6. i.a.a. thompson, Guerra y decadencia. Gobierno y administración en la España de los Austrias, 1560-1620, Barcelona, 1981, pág. 131 y ss. 7. ruth mackay, The Limits of Royal Authority. Resistance and Obedience in SeventeenthCentury Castile, cambridge, 1999, pág. 64. antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 80 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 sociales. estos sistemas se basaron fundamentalmente en la aplicación de ociosos, jovenzuelos sin ocupación, vagabundos, desertores, delincuentes menores o de los elementos más prescindibles de la sociedad, convirtiéndose básicamente en sistemas de control social sobre la población con menos arraigo y más susceptible de ser movilizada. esporádicamente se atendió a la realización de quintas o sorteos según la población de cada municipio —especialmente para el reemplazo de las milicias o de las dotaciones militares de la frontera con portugal—, pero este sistema tenía una menor aceptación, por lo que generalmente las autoridades preferían reclutar voluntarios o capturar vagabundos8. LOS MUNICIPIOS Y LA GESTIÓN DEL RECLUTAMIENTO durante el siglo xvi y la mayor parte del siglo xvii el reclutamiento en castilla se realizó mediante fórmulas voluntarias, por lo que los conflictos que generaban los soldados estaban motivados por la presencia de un grupo numeroso de hombres jóvenes, ociosos y organizados. el sistema defensivo español tenía la ventaja de contar con numerosos profesionales reclutados de manera voluntaria, haciendo de su organización modélica y pionera, aunque estuviera centrada en la defensa de otros territorios, como Flandes, italia o el norte de África9. los soldados de los tercios eran unos profesionales que convirtieron el oficio de las armas en su forma de vida. para ello, cuando se alistaban, firmaban un compromiso que los ataba al ejército hasta que muriesen o fueran licenciados por el rey10. este contrato tenía un carácter privado entre ambas partes, por lo que los municipios de origen o los lugares donde se alistaban los soldados no tenían obligaciones particulares en el reclutamiento más allá de colaborar con los oficiales enviados por la corona. de esta manera, las obligaciones militares masivas y puntuales que la monarquía había exigido durante el medioevo y las primeras décadas del siglo xvi dejaron de sucederse11, y el reclutamiento de voluntarios, a través del denominado sistema de comisión12, fue la contribución 8. antonio josé rodríguez Hernández, “los hombres y la Guerra”, en luis ribot (coord.), Historia Militar de España. Tomo III. Edad Moderna II. Escenario Europeo, madrid, 2013, págs. 188-222. 9. antonio josé rodríguez Hernández, España, Flandes y la Guerra de Devolución (16671668). Guerra, reclutamiento y movilización para el mantenimiento de los Países Bajos españoles, madrid, 2007, págs. 21-30. 10. rené Quatrefages, Los Tercios, madrid, 1983; y La Revolución Militar Moderna. El Crisol Español, madrid, 1996 y enrique martínez ruiz, Los soldados del Rey, madrid, 2008. 11. Un buen ejemplo lo tenemos en la ciudad de Zamora: cesáreo Fernández duro, Memorias Históricas de la Ciudad de Zamora, su provincia y obispado, tomo iv, madrid, 1882, págs. 84 y ss. 12. Geoffrey parker, El ejército de Flandes y el Camino Español 1567-1659, madrid, 1991, págs. 71-73. i.a.a. thompson, Guerra y decadencia…, op. cit., pág. 35 y ss. josé contreras Gay, MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 81 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 militar más extendida, que se desarrollaba casi exclusivamente sobre municipios de mediano y gran tamaño. esta nueva presión militar era de carácter casi anual, pero en cierta manera era más llevadera, al no tratarse de levas obligatorias y no ir acompañada de otras cargas económicas. en base a esa fórmula el conflicto por la salida de hombres, mediante los apercibimientos o las milicias concejiles, dejaba de producir problemas por la elección —arbitraria o no— de una persona u otra, ante la profesionalidad impuesta en los ejércitos de los austrias. si bien durante el siglo xvii aumentó la coerción, aún la mayor parte de los soldados europeos que se alistaban lo hacían como voluntarios13. este tipo de alistamiento fue la fórmula de enganche más extendida, y continua, en tiempo de los austrias españoles. esta se fundamentaba en la acción de los capitanes comisionados por el rey, que eran los encargados de reunir los soldados de sus compañías. costaba mucho enviar hombres a Flandes o a italia, por lo que el rey debía asegurarse de que éstos fueran de calidad, y no se fugasen a las primeras de cambio, de ahí la persistencia de los reclutamientos voluntarios incluso en momentos en los que las crisis demográficas o sociales habían reducido la población y no había muchos habitantes a los que reclutar14. también los cambios ejecutados a mediados del siglo xvii que eliminaron la figura del comisario fijo para las compañías, y establecieron una mayor dependencia con los representantes del rey en las ciudades, contribuyeron notablemente a la persistencia del modelo. con estas modificaciones se eliminó la dependencia económica de las tropas de los fondos destinados desde el consejo de Guerra, los cuales no siempre llegaban, al mismo tiempo que mejoró la disciplina y la capacidad de captación de las compañías, al ser los corregidores referentes de la autoridad y parte dentro de los reclutamientos. para captar voluntarios el mayor esfuerzo reclutador se concentraba en las ciudades y villas de gran tamaño, en donde había una mayor población, y sobre todo en aquellas que tenían corregidor, para que éste pudiera colaborar en la tarea. los capitanes reclutadores centraban su actividad en las ciudades grandes y populosas donde podían encontrar con mayor facilidad hombres desempleados, a “el servicio militar en españa durante el siglo xvii”, Chronica Nova 21 (1993-94), págs. 99-122 y “el siglo xvii y su importancia en el cambio de los sistemas de reclutamiento”, Studia Histórica. Historia Moderna 14 (1996), págs. 141-154. 13. Frank tallett, War and society in Early-Modern Europe, 1495-1715, londres, 1992, pág. 69 y ss. 14. josé contreras Gay, “la reorganización militar en la época de la decadencia española (16401700)”, Millars: Espai i historia 26 (2003), págs. 131-154. antonio josé rodríguez Hernández, “el reclutamiento de españoles para el ejército de Flandes durante la segunda mitad del siglo xvii”, en enrique García Hernán y davide maffi (eds), Guerra y sociedad en la Monarquía Hispánica: Política, Estrategia y Cultura en la Europa Moderna (1500-1700), volumen ii, madrid, 2006, págs. 395-434. antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 82 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 los que se unirían los campesinos de los lugares circundantes una vez que tenían conocimiento de la presencia del capitán en la ciudad, ya que era casi imposible —y los capitanes procuraban que así fuera— que uno de estos acontecimientos pasase desapercibido. de este modo, la presencia de un capitán reclutando en una ciudad suponía un elemento lúdico y vistoso para el pueblo llano, que veía como la bandera de la compañía colgaba en alguna casa, oía los tambores y pífanos, y observaba a los soldados marchando y luciendo unas ropas que estaban fuera del alcance del pueblo. todo ello era una suma de elementos vistosos mediante los cuales intentaban convencer a los mozos para que se alistasen en su compañía, con el fin de vivir así una vida de aventuras y enriquecimiento, algo que no siempre solía ocurrir. la presencia de los reclutadores en los municipios era algo constante, como nos lo demuestra la documentación histórica disponible y la literatura de la época, que también nos describe algunos métodos y tretas de los reclutadores15. el reclutamiento voluntario fue una fórmula que presionaba poco a los municipios, y que tenía escasos costes directos para ellos, ya que se trataba sólo de colaborar en el enganche ejecutado por un capitán, por lo cual éstos no solían negarse a ello. a veces los concejos ponían trabas a los capitanes encargados, ya fuera intentado no darles lo que les correspondía, especialmente a la hora de alojarles —su única obligación—, o intentando paralizar una recluta. en ocasiones lo conseguían, aunque sólo temporalmente. en 1699 la ciudad de murcia, tras sus repetidas instancias al consejo de Guerra, consiguió paralizar por dos meses una recluta de voluntarios para nápoles. su motivo era que no quería que el reclutamiento perjudicara —atrayendo a los desocupados—, a la industria local de la seda, uno de los principales productos de la región16. mediante este sistema voluntario, los capitanes reclutadores —la clave del sistema, al ser los encargados de proceder a la captación—, tenían orden expresa de no apremiar a alistarse a nadie17. incluso aunque en la zona de actuación de la recluta hubiera numerosas personas sin ocupación o vagabundos, las órdenes eran claras, pudiendo los capitanes verse privados del mando si faltaban a las disposiciones tomadas18. de hecho muchos capitanes, en vista de lo difícil que era reclutar voluntarios, intentaban —generalmente sin éxito— que las autoridades locales se encargaran de alistar a la fuerza, e incluir a sus compañías, a 15. mateo alemán, El Guzmán de Alfarache, capítulo ix del libro ii, lisboa, 1604; alonso contreras, Discurso de mi vida…, madrid, (edición de 1969), págs. 61-62. 16. consulta del consejo de Guerra, 10 de abril 1699. archivo General de simancas, Guerra Antigua, Legajo [en adelante aGs, GA, leg.] 3.099. 17. memorial de servicios del capitán antonio de pereda. “…, y solamente escrivirá los soldados que se quisieren assentar en su compañía, sin levantarlos, ni quitarlos de sus amos, ni oficios que tuvieren” aGs, GA, Servicios Militares, leg. 6 fol. 112. 18. consulta del consejo de Guerra, 7 de agosto 1675. aGs, GA, leg. 2.325. MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 83 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 personas sin oficio ni beneficio a las que pocos echarían de menos, como los ociosos, vagabundos, condenados por delitos leves, fugitivos o desertores, algo que no solía ser mal visto por los municipios. en abril de 1674 el capitán don juan de sepúlveda escribía desde toledo al consejo de Guerra desalentado, en vista de que pese a sus esfuerzos su compañía de 100 hombres no se completaba, empezando ya a escasear el dinero. para concluirla proponía que la justicia recogiera “a muchos que andan en juegos y conventos, toda gente perdida y vagabunda”, y los hiciese sentar plaza en su compañía. en Huete el capitán que reclutaba allí tenía problemas parecidos, aunque en cambio proponía extender el reclutamiento en los lugares circunvecinos para ver si así terminaba su recluta. en san clemente los soldados alistados habían sido pocos. el motivo era, en palabras de su propio alcalde mayor, que los naturales desta tierra son tan poco inclinados a lo militar que en 17 hombres que ay hasta aora no ay ninguno que sea natural, y aunque es verdad que algunos podrían sentar plaza, mas gustan de ir a cojer espárragos y otros ministerios del campo con que subsisten, al no ser amigos de travaxo entero, por no constituirse totalmente vagabundos, para que la justicia, por tales, no les eche mano. pese a lo referido, y a las instancias del propio capitán, el alcalde no podía hacer más, ya que las órdenes eran claras, y sólo se podían reclutar voluntarios19. no siempre los capitanes se comportaban, puesto que en contadas ocasiones sí que llevaban a la fuerza a gente que no se había alistado por su propia voluntad. en 1663 el capitán que reclutaba en la villa de Guadarrama prendió a cinco mozos de la zona y los apremió para que sentasen plaza en su bandera, permaneciendo en la cárcel pública hasta la salida de la compañía, marchando de la villa “afligidos”, como ésta misma reconocía. esta clase de hechos se produjeron, pero a la postre terminaban siendo contraproducentes para el capitán que los efectuaba, ya que si llegaban a oídos del consejo de Guerra —algo que no era difícil ante las quejas que podían provenir de los propios agraviados o de los municipios en cuestión—, supondría su cese inmediato en el puesto y un importante borrón en su expediente militar20. en muchos casos, si las irregularidades de este tipo se cometían, era fundamentalmente por la acción de los propios representantes del rey en los municipios y los oficiales de justicia, que 19. carta del capitán don juan de sepúlveda, toledo, 20 de abril 1674. carta del capitán don Gregorio de parada, Huete, 17 de abril 1674. carta del alcalde mayor de san clemente, 21 de abril 1674. carta del capitán don diego de las infantas, san clemente, 21 de abril 1674. aGs, GA, leg. 2.316. 20. memorial de la villa de Guadarrama, 17 de mayo 1663. carta del duque de lerma, madrid, 3 de junio 1663. aGs, GA, leg. 2.047. antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 84 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 en ocasiones se excedían en sus atribuciones sobre el control público para sacar un beneficio económico21. EL ALOJAMIENTO Y LA MANUTENCIÓN DE LAS TROPAS a raíz de la llegada a una ciudad de los capitanes reclutadores y los documentos que traían consigo, el cabildo se reunía, por orden de los corregidores, para comenzar las gestiones necesarias para empezar el enganche voluntario22. lo primero, y más importante, era nombrar entre los capitulares a los comisarios que se debían encargar de alojar a las compañías. ellos eran los encargados de situar el cuerpo de guardia (espacio físico donde los soldados se reunían, montaban guardia y se custodiaba la bandera, símbolo de la compañía), para que allí se pudiera arbolar la bandera a cargo de los oficiales de la compañía. el lugar elegido para ello debía ser un paraje público y céntrico, a poder ser en un lugar de paso, tras lo cual daba comienzo la recluta23. la elección de la ubicación donde arbolar era un punto importante, especialmente para los capitanes, que si querían tener éxito en su proceso de captación debían asegurarse de que su insignia estaba a la vista de todos los transeúntes, vecinos y visitantes de la ciudad. en un mundo tan simbólico como el del antiguo régimen, el arbolamiento de una bandera en la ventana de alguna casa o ayuntamiento significaba claramente que en la ciudad se estaba reclutando una compañía, como refleja la literatura de la época24. de hecho éstas eran incluso más simbólicas y visibles que el propio batir del tambor. por ello muchos capitanes y oficiales se quejaban si sus enseñas se situaban en lugares poco frecuentados y angostos donde nadie las veía, pretendiendo que siempre estuvieran en lugares públicos y muy frecuentados25. en madrid, particularmente, siempre se intentaba que el corregidor de la villa señalase para arbolar “casas capaces en los puestos 21. indagaciones fiscales, madrid, 31 de marzo 1694. carta del duque de sessa, puerto de santa maría, 13 de septiembre 1693. carta de don Francisco de velasco, cádiz, 12 de septiembre 1693. aGs, GA, leg. 2.964. 22. instrucción que a de guardar el capitán don antonio sirviente de cárdenas para levantar una compañía, madrid, 1630. aGs, GA, libro 187 fol. 52-57. 23. carta del corregidor de Burgos, 1 de diciembre 1673. carta del corregidor de valladolid, 2 de diciembre 1673. carta del corregidor de logroño, 5 de diciembre 1673. aGs, GA, Leg. 2.241. acuerdos del 29 de noviembre 1673. archivo municipal de Burgos [en adelante amBu,] Libro de Actas 1673. acuerdos del 1 de diciembre 1673. archivo municipal de valladolid [en adelante amva,] libro de actas nº 64 fol. 355. 24. alonso contreras, Discurso de mi vida…, madrid, 1969, págs. 60-62. 25. carta de don diego sarmiento, comisario General de la infantería y caballería, madrid, 18 de febrero 1668. aGs, GA, leg. 2.184. MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 85 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 más públicos”26. por ello era común que los reclutadores izaran sus estandartes en puertas u otros espacios transitados de los cascos urbanos. así, un capitán estableció su cuerpo de guardia en la madrileña puerta del sol en 165827. en sevilla, en 1666, un reclutador pedía arbolar en la puerta del arenal y en la puerta de carmona, y al final, tras una dura negociación lo consiguió, pese a las reticencias iniciales del consejo de Guerra y la ciudad28. esta petición estaba vinculada a la enorme capacidad reclutadora que se podría realizar en las citadas puertas, lugares de paso y llegada de arrieros, emigrantes, maleantes, transeúntes y otros pícaros, muchos de los cuales —más por necesidad que por vocación—, podrían alistarse en las compañías, junto con los jóvenes y muchachos que al ver las banderas y los militares podían estar tentados de abandonar sus quehaceres y probar la vida militar, ante los elogios y lo bien que la pintaban el capitán y sus hombres. cuando se trataba de reclutamientos voluntarios, el alojamiento era sin duda el tema que más conflictos ocasionaba entre los militares y las autoridades civiles. encontrar un lugar apropiado para situar el cuerpo de guardia de la compañía, y alojar a la tropa, era a veces complicado. los municipios debían encargarse del hospedaje de las tropas durante su reclutamiento, sin coste alguno para los militares, señalándoles una “casa decente” para hacerlo29. este punto era particularmente esencial, ya que en la sociedad de la época, en la que lo visual primaba, aparentar era importante. para querer engancharse los nuevos reclutas debían ver que en la casa donde se les instalaba no era un mal lugar, estaba vieja o se caía a pedazos, para así no relacionar la penuria con la vida militar, aunque con el tiempo, si perseveraban en la profesión, era más que probable que la encontraran. también las localidades debían darles camas, con sus sábanas y mantas, y de manera gratuita luz (velas para los cuerpos de guardia, para que se mantuvieran iluminados incluso durante la noche) y leña (para que la tropa pudiera cocinar y calentarse), aunque la comida la debían comprar los soldados con su dinero30. la omisión de estas órdenes estaba penada, por lo que la monarquía podía actuar en contra de los cabildos remisos a cumplir. en 26. carta de don diego sarmiento, comisario General de la infantería y caballería, madrid, 9 de enero 1662. carta de don diego sarmiento al marqués de casares, corregidor de madrid, madrid, 10 de enero 1662. aGs, GA, leg. 2.020. 27. carta del consejo de Guerra, 19 de diciembre 1658. aGs, GA, libro 257 fol. 81. 28. memorial del capitán juan de mendoza, madrid, 20 de agosto 1667. consulta del consejo de Guerra, 19 de septiembre 1667. aGs, GA, leg. 2.136. carta de justicia para el asistente de la ciudad de sevilla, 16 de octubre 1667. aGs, GA, leg. 2.153. 29. “señalándole casa en que se ponga decentemente (el capitán), sin replica ni escusa alguna”. carta de justicia para la villa de cantalapiedra, 5 de abril 1648. aGs, GA, libro 209 fol. 27. 30. carta e instrucciones a don Francisco de velasco, 21 de febrero 1653. aGs, GA, libro 236 fol. 66. carta de don luis de Baeza y mendoza, palencia, 10 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.320. antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 92 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 soldados, al estar hospedados en diferentes posadas, se fugaban con facilidad, lo cual era un grave problema difícil de solventar. a ello se unía la crispación de los propios posaderos, que pedían continuamente la revisión de su acuerdo y que por fin se alquilara una casa en la ciudad para que allí estuvieran los soldados junto con sus oficiales. al final, al no encontrar una casa, el cabildo determinó que para evitar todos los problemas la compañía entera quedara acantonada en la torre de san pablo, como ya se había hecho anteriormente, a pesar de que el lugar no parecía demasiado apropiado54. el problema era en muchos casos un tema económico, ya que los del gremio se quejaban de que no eran lo suficientemente recompensados por alojar a las tropas en sus establecimientos55. las quejas de los oficiales sobre los alojamientos asignados durante el alistamiento podían ser importantes y justificadas. en ocasiones las protestas se centraban en la poca observancia de las órdenes practicada por los corregidores y las ciudades, que intentaban no entregar lo que debían. la falta de dinero, un hospedaje en una casa destartalada o el incumplimiento del alojamiento ordinario, podían hacer que una compañía no se reclutase por completo. los capitanes reclutadores tenían la complicada orden de enganchar voluntarios, por lo que cualquier impedimento podía hacer peligrar su misión, y a la postre su puesto, ya que si no entregaban los hombres suficientes su compañía podría ser suprimida con rapidez. todo ello hacía que los capitanes —los máximos interesados en que el reclutamiento surtiera efecto—, en muchas ocasiones tuvieran razón en sus protestas. en 1651, el capitán que reclutaba en segovia soldados para la infantería de la armada se encontró con muchas trabas. de inicio la ciudad quiso evitar el alojamiento de los soldados en el casco urbano, intentando que éstos se repartieran en los pueblos de su jurisdicción. ésta era una opción bastante recurrente, y que muchas ciudades y cabezas de comarca practicaban a menudo, imponiendo a pueblos más pequeños la carga. al final segovia debió facilitar una casa al capitán, aunque ésta era algo pequeña, lo que dificultaba el alistamiento. a pesar de facilitar el alojamiento, el alcalde mayor intentó cobrar al capitán las cinco camas en las que dormían los oficiales, algo que iba en contra de las órdenes. pero el mayor problema al que el capitán se debió enfrentar fue la continua negativa de la ciudad a dar gratis a las tropas luz y leña para el cuerpo de guardia. por tanto, la tropa pasaba frío, y pocos eran los que se querían alistar, sucediéndose las fugas ante las malas condiciones de alojamiento56. en otros lugares las quejas eran menores. en Ávila, por ejemplo, 54. acuerdos del 18 de enero y 15 de marzo 1677. amBu, libro de actas de 1677. 55. acuerdos del 16 de mayo 1648. amBu, libro de actas de 1648. 56. cartas del capitán don juan García del vado, segovia, 8, 16 y 18 de marzo 1651. carta de don Francisco Bazán, corregidor de segovia, 22 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.320. cartas del capitán don juan García del vado, segovia, 1, 4 y 29 de marzo 1651. carta de don Francisco Bazán, corregidor de segovia, 1 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.324. MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 93 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 las peticiones del capitán que reclutaba allí se centraban en que los soldados, que dormían en mesones, lo hacían en camas de dos en dos con gente que no conocían, lo que generaba tensiones57. en las villas de menor tamaño el alojamiento y la falta de dinero podían ser un importante contratiempo. en estas localidades el hospedaje de soldados era más perjudicial, ya que los medios locales no siempre podían sufragar los gastos que generaba el reclutamiento, y a veces no había suficiente dinero para mantener a las tropas58. para evitar esta problemática las propias villas impedían por medios legales —aludiendo a antiguos privilegios—, que se reclutaran al mismo tiempo dos compañías, a pesar de que al ser reclutas voluntarias ninguna localidad se podía negar a ello. así, en 1651 medina de rioseco se excusó de arbolar una nueva bandera, aludiendo a que ya estaba reclutando allí otro capitán. pese a las continuas instancias del presidente de la chancillería, y las órdenes dictadas desde madrid, el reclutamiento de la segunda compañía no comenzó hasta que la primera abandonó la villa59. el reclutamiento de dos compañías de voluntarios para el ejército de Flandes en el Bierzo durante 1668 fue también complicado por las pocas facilidades que ofrecían las localidades donde se realizaba: ponferrada y villafranca del Bierzo60. los capitanes enrolaron los pocos voluntarios que pudieron pero sin la total colaboración de las autoridades locales, poco acostumbradas a que se realizaran reclutamientos en la zona. el cabildo de la villa de ponferrada sólo ofreció como base de operaciones al capitán llegado de madrid una casa destartalada, por lo que éste afirmaba que en una morada tan poco “decente” el alistamiento no podría prosperar mucho. los problemas aumentaron con el tiempo, al no dar el reclutamiento los frutos deseados y al surgir desavenencias entre los capitanes y los representantes del rey, motivadas por la crispación de los oficiales ante la falta de reclutas y la poca ayuda prestada61. los militares se quejaban de la falta de asistencias económicas y la negativa de los corregidores 57. carta del capitán pedro del río, Ávila, 1 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.324. 58. carta del licenciado juan de Hoya, aranda de duero, 10 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.320. consultas de la junta de armadas, 25 de febrero y 30 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.312. carta de don Francisco pérez de valenzuela, medina del campo, 22 de marzo 1651. carta del capitán don antonio dorigo y castro, aranda de duero, 1 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.324. 59. carta de antonio arias de valdés, medina de rioseco, 30 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.324. 60. cartas de justicia para las villas de ponferrada y villafranca del Bierzo, 23 de febrero 1668. aGs, libro 264 fol. 197 y ss. consejo de Guerra, 30 de enero 1668. aGs, GA, leg. 2.161. 61. carta de juan de cela escribano del número del ayuntamiento de villafranca del Bierzo, 24 de mayo 1668. carta del corregidor de villafranca del Bierzo, 14 de marzo 1668. carta del corregidor de ponferrada, 28 de marzo 1668. carta del capitán don luis montero de espinosa, ponferrada, 14 de marzo 1668. aGs, GA, leg. 2.190. carta del capitán don luis montero de espinosa, ponferrada, 21 de marzo 1668. aGs, GA, leg. 2.186. antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 94 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 a conceder ciertas concesiones y atribuciones, como “no dar luz para el cuerpo de guardia, leña, ni paja para acomodar los soldados, ni camas a los oficiales”62. tras varios requerimientos e instancias, al final la cuestión quedó subsanada con el traslado de los soldados a un mesón, en donde fueron alojados, sufragando los gastos la villa63. pero la falta de dinero fue un problema todavía mayor. en villafranca del Bierzo no hubo medios para mantener a la tropa, por lo que el capitán empeñó su ropa y alhajas para buscar el crédito necesario y así socorrer y alimentar a sus hombres64. LA PRESENCIA DE LOS SOLDADOS EN LAS CIUDADES: CONFLICTOS Y VIOLENCIA el tiempo que tardaba una compañía en completarse dependía de muchos factores. si el reclutamiento se demoraba, los problemas podían sucederse. lo deseado era que la compañía se completase en 15 días o un mes, siendo aceptable que tardase dos meses. pero cuando los lugares eran pequeños o no se encontraban los suficientes voluntarios el reclutamiento podía llegar a tardar hasta cuatro meses, lo que suponía una carga económica para la localidad y que el acantonamiento de soldados ociosos pudiera provocar situaciones de conflicto o violencia. por eso mismo las instrucciones siempre eran explícitas en ese punto, pidiéndose a los capitanes que mantuvieran a sus hombres vigilados y en buena disciplina, y que evitaran los robos a la población y cualquier otro exceso65. lo normal era que las compañías no estuvieran más que unas cuantas semanas alojadas hasta terminar de completarse, lo que facilitaba que no hubiera demasiados actos de violencia o problemas con la población. pero durante el reclutamiento esto no siempre era posible, y los soldados podían ser conflictivos y violentos, tanto entre ellos mismos, como actuando contra la población civil. 62. carta del capitán don luis montero de espinosa, ponferrada, 14 de marzo 1668. aGs, GA, leg. 2.190. 63. acuerdos del 5 y 22 de marzo, y 4 de mayo de 1668. amponferrada, leg. 6. libro de actas de 1653-1669, fols. 545, 547 y 548. 64. carta de don pedro vázquez torrero, veedor general del ejército de Galicia, 17 de octubre 1668. aGs, GA, leg. 2.191. carta del alcalde mayor de villafranca del Bierzo, 21 de marzo 1668. cómputo del coste de los vestidos entregados en villafranca del Bierzo, 21 de marzo 1668. aGs, GA, leg. 2.186. relación de servicios del capitán don martín de cevallos y la cerda. aGs, GA, Servicios Militares, leg. 63, fols. 68-69. 65. las instrucciones decían: “y paguen lo que tomaren (los soldados), y no consientan (los capitanes), que la dicha gente, ni sus criados, roben, ni hagan ningún mal tratamiento en los dichos pueblos”. instrucción del rey al capitán don antonio de Fonseca para reclutar 250 hombres, 1617. aGs, GA, Servicios Militares, leg. 5, fol. 157. MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 95 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 a veces los militares fueron los que se llevaron la peor parte66. pese a que las pendencias entre civiles y soldados eran habituales, tampoco debemos ver a los soldados como una plaga violenta. los conflictos se sucedían, y podían llegar a ser habituales, pero no siempre eran la norma. durante el reclutamiento los oficiales eran los únicos profesionales y los que realmente estaban armados. esto suponía que la tropa estaba en igualdad de condiciones que la población, y que en muchos casos solo tenía a su favor que eran más, ya que al estar alistándose muchos soldados se acababan de conocer, por lo que los lazos de camaradería eran aún débiles y no tenían tanta cohesión. Buena parte de la violencia desatada era de tipo particular. es decir, dos sujetos que por distintas razones llegaban a las manos y se herían mutuamente. esto ocurrió, por ejemplo, en Ávila en 1651, cuando uno de los soldados de la compañía que se reclutaba allí para la armada hirió gravemente a otro soldado de caballería que se encontraba en la zona, sin saberse muy bien la causa67. en una sociedad en el que el honor primaba, y más en la vida militar, cualquier ofensa o malentendido podía llevar a un duelo. las cosas podían empeorar cuando la escala aumentaba y se veían enfrentados dos grupos. para evitar problemas los soldados no debían salir de sus alojamientos por la noche para impedir que participaran en pendencias, actividades ilícitas o se dedicaran a participar en juegos de azar ilegales. así, una noche de 1669 un grupo de soldados de la compañía que reclutaba el capitán don Francisco Barahona, para el regimiento de Guardia, se encontraron en las calles de valladolid con don juan cid Feijoo, alcalde del crimen de la chancillería. los soldados fueron amonestados por el ministro, y recibieron insultos de algunos de los presentes. los soldados tuvieron que retirarse a su alojamiento, pero dolidos por la ofensa volvieron poco después con sus camaradas y se enzarzaron en una pendencia con los que les habían increpado, con el resultado de que un platero quedó herido de gravedad. el corregidor de la ciudad apresó a varios soldados, a los que inculpó, pero el consejo de Guerra y el rey intervinieron, ya que los soldados tenían fuero particular, y el corregidor no tenía autoridad para apresarlos. al final los detenidos salieron de la ciudad incorporados a su compañía, ante la insistencia de madrid, que no veía en el delito una falta grave y que necesitaba soldados para sus ejércitos68. en ocasiones los soldados alojados en las ciudades durante su reclutamiento sí que generaron graves altercados, y participaron en riñas y asesinatos. 66. sobre esta clase de violencia en el siglo xvi: rené Quatrefages, “violencia acerca de los soldados en la corona de castilla en el siglo xvi”, en enrique García Hernán y davide maffi (eds.), Guerra y sociedad en la Monarquía Hispánica…, op. cit., volumen ii, págs. 73-95. 67. carta de don pedro de vega y contreras, corregidor de Ávila, 10 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.320. carta del capitán don pedro del río, Ávila, 11 de marzo 1651. aGs, GA, leg. 3.324. 68. consulta del consejo de Guerra, 23 de agosto 1669. aGs, GA, leg. 2.195. antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 96 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 los tumultos se produjeron, aunque no fueron habituales, ya que, como hemos insistido, durante el reclutamiento los soldados solían permanecer poco tiempo en un mismo sitio. Uno de los disturbios más graves entre vecinos y soldados se produjo en la puerta del sol de madrid en 1658, aunque fue a pequeña escala y de poca consideración69. otro incidente ocurrió en medina del campo en 1668, al producirse un disturbio grave entre los soldados y la población, resultando muerto un vecino. pero en este caso la corona persiguió el delito, y tanto el capitán como los oficiales y soldados de la compañía fueron imputados, siendo encerrados en la cárcel real a la espera de las indagaciones necesarias. al celebrarse el juicio los oficiales salieron mal parados, siendo condenados a servir durante varios años en los presidios del norte de África70. sin embargo, los robos cometidos por los soldados que se alistaban podían llegar a ser comunes, especialmente cuando a la tropa le faltaba alimento o no era pagada. el capitán don martín de Bidazábal llegó en noviembre de 1625 a Burgos para reclutar 250 soldados en la ciudad y su jurisdicción. tras varios meses de estancia, los soldados habían protagonizado muchos robos e insolencias en los pueblos de alrededor, al dividirse en pequeños grupos para robar y exigir dinero. aunque el capitán había intentado frenar a sus soldados, y castigarlos, no lo consiguió, por lo que el corregidor intentó escarmentar a los culpables71. lo cierto es que en estos casos extremos, particularmente cuando faltaba el dinero —algo que no era lo habitual—, las tropas se podían caracterizar por su mal comportamiento. en logroño, en 1671, un capitán que tenía reclutados 150 soldados no pudo trasladarlos a san sebastián para ser embarcados a Flandes por falta de dinero. los soldados, al estar muy mal asistidos, se fugaban —la salida más fácil a su penuria—, pero también cometían robos y otros excesos, perjudicando el comercio, por lo que la ciudad se quejó al consejo72. el mal comportamiento de las tropas podía repercutir directamente en el futuro del oficial que las mandaba, por lo que los capitanes solían mantener disciplinados a sus hombres. si esto no ocurría, y los soldados cometían excesos, se inculparía al capitán, y el consejo de Guerra pediría que se le privara del mando, o incluso una pena más elevada. los excesos cometidos en sigüenza 69. carta del consejo de Guerra, 19 de diciembre 1658. aGs, GA, libro 257 fol. 81. 70. carta de la ciudad de medina del campo, 9 de noviembre 1667. aGs, GA, leg. 2.160. carta del consejo de Guerra al presidente de la chancillería de valladolid, 28 de enero 1668. aGs, GA, libro 264. testimonio de los gastos de las formaciones, levas y marchas de las compañías de infantería voluntarias que a costa de la real hacienda para servir en los estados de Flandes se han levantado en la villa de medina del campo en este año de 1668, con intervención de don diego de rivera alderete y Quiroga, corregidor de la villa. aGs, GA, leg. 2.190. 71. acuerdos del 27 de noviembre 1625. amBu, libro de actas de 1625. acuerdos del 6 y 16 de febrero 1626. amBu, libro de actas de 1626. 72. carta de la ciudad de logroño, 11 de abril 1671. aGs, GA, leg. 2.244. MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 97 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 y Guadalajara por el capitán don Fabián de leiva, en 1676, le privaron de su compañía, generando un curioso proceso judicial, en el que el militar intentaba defenderse probando su inocencia, sin demasiado éxito, presentando su dilatada hoja de servicios, ya que había servido al rey durante más de 32 años73. en otras ocasiones los más perjudicados en los actos de violencia eran los soldados, que, cuando eran pocos, no se podían defender de la población. en 1651 la compañía que se reclutaba en aranda de duero tuvo que soportar las quejas de los vecinos, que airados por las continuas contribuciones e impuestos, hirieron —sin motivo— a dos de los soldados que se habían enganchado en la villa. el problema era complicado, debido a la poca autoridad del corregidor, ya que los naturales no le respetaban ni hacían caso. sin duda el desenlace evidente fue la anulación del reclutamiento, ante las pocas posibilidades de éxito74. sin embargo, no siempre los civiles eran los peor parados. no sólo los corregidores, sino también los representantes del gobierno municipal —con la complicidad del resto de los habitantes—, podían ser particularmente violentos. en 1663 se hicieron indagaciones contra uno de los alcaldes de Fuentesaúco, que junto con varios de sus allegados mató a un soldado que allí se reclutaba, hiriendo a otros ocho75. pero lo más peligroso para los soldados no era que la población civil tomara partido y se enfrentara a ellos, si no que las propias autoridades civiles, que debían interponerse entre ambos ámbitos, actuaran en su contra y sin tener en cuenta el fuero militar. en estas ocasiones la máxima autoridad civil, los corregidores, podían llegar a violar la jurisdicción militar y entrar en los cuerpos de guardia, además de apresar violentamente a los soldados. esto suponía el fin del reclutamiento y las pertinentes indagaciones de la corona, que no toleraba los excesos. en 1648, durante la estancia de los capitanes encargados de reclutar hombres en Benavente se produjeron algunos robos y el hurto en una casa de la localidad. sin pruebas, la población pronto se puso en contra de los soldados, a los que acusaba de ello “por ser los más de ellos gente de mala opinión”. esto motivó que un alguacil intentara averiguar lo que había ocurrido, pero los soldados casi lo matan por ello, al verse damnificados ante la mala opinión de los vecinos. este hecho provocó una escalada de violencia que hizo que fuera difícil el reclutamiento. al poco de esos altercados el corregidor de Benavente intentó prender a un soldado, al que se acusaba de lo sucedido. para ello acudió al cuerpo de guardia, y al cerrarle el paso el centinela, lo abofeteó. los acom73. carta del consejo de Guerra al marqués de cerralvo, madrid, 23 de mayo 1676. aGs, GA, libro 331 fol. 159. carta del secretario don antonio lópez de Zárate, madrid, 24 de septiembre 1676. memorial del capitán don Fabián de leiva. aGs, GA, leg. 2.364. 74. carta del capitán don antonio dorigo y castro, aranda de duero, 24 de febrero 1651. aGs, GA, leg. 3.324. 75. consulta del consejo de Guerra, 21 de mayo 1663. aGs, GA, leg. 2.027. antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 98 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 pañantes del corregidor destrozaron y saquearon la casa donde se alojaban los soldados, pisando la bandera que estaba arbolada. las cosas llegaron a tal punto que el capitán, don pedro lorenzana, se tuvo que refugiar en una iglesia, lo que no le libró de la persecución del corregidor, que lo sacó de allí espada en mano. sin duda la evolución de los acontecimientos desencadenó que Benavente tuviera que ser descartado como lugar de reclutamiento, escapándose parte de los alistados. ambas partes —el corregidor y los soldados— habían actuado mal, el primero al no haber respetado ni el fuero militar ni el eclesiástico, y los segundos por sus excesos76. en una sociedad en la que la galantería era una tónica, mujeres y alcahuetas eran empleadas para engañar a los soldados a alistarse77, siendo a su vez habitual que los soldados pudieran cometer algún delito de tipo sexual. con respecto a las mujeres, en las instrucciones de reclutamiento dadas a los capitanes se contemplaba la prohibición del rapto y la mancebía, algo por otro lado bastante usual78. la mancebía era corriente, tanto en los grandes ejércitos como durante el reclutamiento, por lo que muchos soldados trataban de ocultarla. de esta manera en 1594 una causa criminal investigó en Burgos al alférez reformado diego de salazar y a su acompañante, mariana García, una muchacha que iba con él disfrazada de hombre. el resultado fue una multa al militar y la prohibición de que la mujer lo acompañase, bajo pena de ir a galeras durante cuatro años79. en otros casos los militares trataban de forzar a alguna doncella, o llevársela por la fuerza sin consentimiento de sus familias. esto último ocurrió en palencia en 1655, cuando el alférez y el sargento de la compañía que se estaba reclutando allí trataron de llevarse una doncella cada uno. al ser descubiertos, los oficiales y otros cinco soldados cómplices fueron encarcelados80. 76certificado de pedro de yriarte, veedor de la gente de Guerra del ejército de Galicia, pontevedra, 16 de julio 1648. aGs, GA, leg. 1.704. carta sobre los excesos hechos en Benavente, 3 de marzo de 1648. carta de don juan de mendoza, marzo 1648. aGs, GA, leg. 1.680. 77. josé deleito y piñuela, El declinar de la Monarquía española, madrid, 1947, pág. 197. 78. las instrucciones ordenaban a los capitanes: “…, ni lleve mugeres de los lugares donde estuvieren, ni las tengan por mancebas”. instrucción del rey al capitán don antonio de Fonseca para reclutar 250 hombres en 1617. aGs, GA, Servicios Militares, leg. 5, fol. 157. 79. carmen cámara Fernández y juan mañeru lópez, “la picaresca en el ejército. datos para su estudio. presencia de soldados en Burgos a finales del siglo xvi”, en Actas de las II jornadas nacionales de Historia Militar. La organización militar de los siglos XV y XVI, málaga, 1993, págs. 263-273. 80. investigaciones sobre los excesos cometidos en palencia, septiembre 1658. aGs, GA, libro 257, fol. 79v. MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 99 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 EL PROBLEMA DE LA JURISDICCIÓN MILITAR los soldados no sólo cometían excesos contra los habitantes de un pueblo o núcleo urbano, sino que en ocasiones llegaban a actuar contra las propias autoridades civiles o religiosas, amparándose en el fuero militar81 —directa o indirectamente— para intentar salir impunes. en algunos casos los soldados infractores podían salir airosos, al aprovecharse de su jurisdicción, o de las decisiones de la propia monarquía o el consejo de Guerra, que en ocasiones determinaban no actuar contra los soldados, ya fuera por necesidad o por dejadez. la guerra necesitaba soldados, que generalmente debían estar en el frente listos para la lucha en unos plazos definidos y determinados. en numerosas ocasiones esto producía que cuando la justicia —casi siempre lenta en todos los tiempos pasados o presentes— quería actuar contra ellos, éstos ya habían abandonado el lugar. los testigos eran preguntados, y se realizaban las indagaciones, pero a veces era difícil perseguir a los infractores para aplicar la sentencia, ya que a la distinta jurisdicción se juntaban innumerables trabas. en algunos casos el consejo de Guerra defendía a capa y espada a los soldados que cometían pequeños abusos frente a las autoridades civiles, poniendo siempre en primer lugar el tema de la jurisdicción militar, lo que justificaba que las autoridades civiles no podían apresar a los soldados ni juzgarlos, ya que esa función sólo la podía realizar la justicia militar. cuando los delitos eran menores y no pasaban de meras trifulcas, entre los militares y los vecinos o las autoridades —con un marcado carácter de pendencia personal—, el consejo solía proteger a los soldados ante las autoridades civiles, ya que entendía que el delito, al ser de poca consideración y no dañar los intereses generales, podía ser sobreseído o perdonado, intentando que todas las cuestiones se agilizasen. esta clase de excesos no solían degenerar en una protesta social a gran escala, y como mucho ocasionaban las quejas de las autoridades, dolidas por perder atribuciones o jurisdicción. en 1649 el alférez juan delgado, de una compañía que estaba levantando soldados en mancha real, fue detenido por las justicias locales al haber tirado a un pilón a un ejecutor de una comisión con el que había tenido una discusión. la sentencia hacia el militar parecía exagerada para el daño que había ocasionado, al ser una riña privada entre ambos. el consejo de Guerra —en nombre del rey— insistió para que las autoridades locales liberaran 81. sobre el fuero militar: enrique martínez ruiz, “legislación y fuero militar”, en enrique García Hernán y davide maffi (eds), Guerra y sociedad en la Monarquía Hispánica…, op. cit., volumen ii, págs. 11-32. enrique villalba, “la sala de alcaldes y la jurisdicción militar: perfiles de un conflicto (siglos xvi-xvii)”, en enrique García Hernán y davide maffi (eds), Guerra y sociedad en la Monarquía Hispánica…, op. cit., volumen ii, págs. 33-71. juan carlos domínguez nafría, “conflictos de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la militar en el antiguo régimen”, Anuario de Historia del Derecho Español, lxvii (1997), págs. 1545-1566. antonio josé rodrÍGUeZ HernÁndeZ 100 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 al oficial, y que el alcalde pagara una multa por haber detenido al militar sin sentencia ni autoridad, y negarse repetidamente a su redención82. si los delitos de las tropas llegaban a ser graves y suponían un importante abuso que podía provocar un descontento generalizado entre la población, pudiendo incluso generar en los casos más extremos algún motín popular, las autoridades militares se mostraban mucho más inflexibles. en 1674 unos soldados mataron al alguacil mayor de Bujalance. el delito era serio, y no había nada previo que atenuara la causa, de ahí que el consejo de Guerra —pese a tener competencias sobre el tema, por ser de su jurisdicción—, decidiera dejar el asunto en manos de las autoridades civiles. el corregidor de la villa, que previamente ya había pedido jurisdicción civil y militar para ocuparse del caso, fue comisionado para realizar todas las averiguaciones y juzgar a los culpables83. lo mismo ocurrió en córdoba en 1662. en ese año llegó al consejo de Guerra un memorial del deán y cabildo de la iglesia de la ciudad que ponía en conocimiento de la autoridad militar los excesos cometidos por algunos soldados contra el licenciado diego de Haro, presbítero y capellán de la catedral. el encargado de llevar las averiguaciones de los delitos sería el corregidor de la ciudad, que mediaría entre las autoridades religiosas y las militares, a la vez que se encargó de encontrar y castigar a los soldados culpables —pertenecientes a una tropa que se estaba reclutando allí—, para lo cual recibió la precisa autoridad del consejo de Guerra84. en otros casos será el consejo de Guerra quien intente defender a los soldados agredidos o maltratados por las autoridades civiles, tanto por el perjuicio que podían efectuar en el reclutamiento y su gestión, como para intentar protegerlos. a veces las pendencias estaban motivadas por el hecho de que los corregidores veían a los capitanes reclutadores, o en los empresarios que se dedicaban al reclutamiento, como unos competidores, ya que a los corregidores también a menudo se les llegaba a encargar —especialmente a partir de 1635— el reclutamiento de hombres para los ejércitos, aunque los métodos empleados por éstos en muchos casos eran obligatorios85. Un buen ejemplo de esto ocurrió en 1651, en la villa de Bujalance, cuando un capitán comisionado por el maestre de campo don pedro de viedma, de uno de los tercios de la armada, se encargaba del reclutamiento de una compañía de infantería. al llegar la noticia de que el reclutamiento se suspendía tras varias semanas —debido a un auto firmado por el capitán General de las costas de andalucía, el duque de medinaceli—, el 82. carta del consejo de Guerra al alcalde ordinario de mancha real, 11 de abril 1649. aGs, GA, libro 210, fol. 52. 83. carta del consejo de Guerra al corregidor de Bujalance, 9 de abril 1674. aGs, GA, libro 325, fol. 149v. 84. carta del consejo de Guerra a don Fernando manuel de villafañe, corregidor de córdoba, 23 de mayo 1662. aGs, GA, libro 281, fol. 5. 85. antonio josé rodríguez Hernández, Los Tambores de Marte…, op. cit., pág. 145 y ss. MILITES VS. CIVITAS: anÁlisis de los conFlictos... 101 Chronica Nova, 40, 2014, 77-105 corregidor se afanó en echar de la ciudad al capitán. éste había alquilado una casa en la localidad, en la que había puesto el cuerpo de guardia donde reunía a los soldados que iba alistando. ante la negativa del capitán a salir tan rápido de la ciudad, el corregidor mandó a varios ministros a la casa que tenía arrendada, ocasionándose una disputa entre los oficiales de la compañía y los alguaciles, hiriendo éstos gravemente al alférez de la compañía, y prendiendo la justicia civil al capitán y a los soldados, poniendo al primero con cadenas en un cepo, algo que hería gravemente al honor militar y a la condición privilegiada de los oficiales. al saber la noticia, el maestre de campo mandó a su sargento mayor a la ciudad para insistir en que las autoridades civiles liberaran a los militares, y que los acusados fueran sometidos a la justicia militar. el corregidor entregó al capitán, pero antes se apresuró a proceder contra éste y sus soldados, haciendo causa contra ellos, para evitar ser reprendido por su acción. el problema, y las agrias quejas de los militares, residían en que a los corregidores les convenía echar a los militares de sus distritos, de ahí su dura actuación contra ellos. además los militares aludían a su continua indefensión, ya que cuando ocurrían actos de violencia contra ellos nadie les defendía, ningún escribano quería nunca dar testimonio, ni testigos a su favor, por lo que sus casos tenían difícil defensa ante las autoridades civiles. pese a que ellos no fueran los causantes de los atropellos, generalmente ningún civil se ponía de su parte, al ser de fuera y no tener ningún lazo con ellos, de ahí que siempre pretendieran ser juzgados por las autoridades militares, que a su vez siempre eran más benevolentes86. otra de las grandes quejas de los militares era la profanación de sus ámbitos jurisdiccionales, y de sus insignias y banderas por parte de las justicias civiles, algo prohibido por las leyes y reglamentaciones, al considerarse los cuerpos de guardia como espacios que se regían sólo por su legislación. muchos reclutas se alistaban para huir de la justicia al haber cometido pequeños delitos. en un mundo de jurisdicciones como era el del antiguo régimen, al igual que había posibilidad de refugiarse en sagrado, también los cuerpos de guardia eran otro espacio en los que los delincuentes podían encontrar no sólo un lugar seguro, sino una nueva ocupación. en 1682, mientras se reclutaba una compañía en écija, el alcalde mayor entró y profanó el cuerpo de guardia en persecución de un sujeto al que buscaba la justicia por haberle hallado con una mujer casada. éste fue favorecido por los soldados, que le admitieron en el cuerpo de guardia. por la noche, pese a estar cerrada la casa donde se hospedaban, y recogidos todos los reclutas allí, el alcalde mayor entró por la fuerza derrumbando la puerta y llevándose al fugitivo. las quejas de los militares, y en especial del consejo de Guerra —que esperaba que el alcalde mayor fuera reprendido duramente 86. junta de armadas, 22 de septiembre, 19 de noviembre y 3 de diciembre 1651. aGs, GA, leg. 3.312.