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Un Zahir de la época almorávid: Instrucciones al Sahib al-Shurta

Moral Molina, Celia Del

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Actas del II Congreso Internacional ENCUENTRO DE LAS TRES CULTURAS 3 - 6 octubre 1983 Ayuntamiento -de Toledo 1985 UN ZAHIR DE LA EPOCA ALMORA VID: INSTRUCCIONES AL SAHIB AL-SURTA CELIA DEL MORAL MOLINA Universidad de Granada 1. ANTECEDENTES El primer contacto que tuve con este documento, al que en principio no presté demasiada atención, fue al recoger datos sobre la biografía de su autor, Ibn Jaqan, con motivo de una selección de literatos granadinos realizada en mi tesis doctoral l. En una de las biografías que sobre este personaje recoge alMaqqari en el Nafh al-Tib, concretamente la que toma textualmente de la [hata, hay dos apartados que Ibn al-Jatib dedica respectivamente a la poesía y a la prosa de Ibn Jaqan. En el primero de ellos, su poesía, a la que Ibn al-Jatib califica de mediocre, viene inserto un pequeño poema como muestra; el segundo apartado, dedicado a la prosa, es mucho más amplio, y, tras decir que es renombrada y que su producción como secretario es extraordinaria, incluye como muestra de su prosa rimada, que tanta fama le diera, este zahir que nos ocupa ahora, y que fue considerado en su época como modelo de cartas oficiales. 2. IMPORTANCIA DEL MISMO Al principio, como ya he dicho antes, me pasó inadvertida la importancia histórica del documento, ya que no se trataba de un trabajo I Este trabajo procede de mí tesis doctoral Literatos granadinos en el "Nafh al-Tib» de al-Maqqari, leída el día 10 de marzo de 1983 en la Universidad d(! Granada, pendiente de publicación. 230 Celia del Moral Malina de Historia, y mi atención se centró más en el aspecto literario del 1 :;':f mismo, es decir, la prosa rimada y la retórica, en la que Ibn Jáqán r fue un verdadero maestro. "; , Más adelante, al intentar aclarar un poco más el término zahir, nombre dado a esta carta por el autor de la biografía, Ibn al-Jatib, me encontré con una gran imprecisión y escasez de datos en las obras que tratan sobre instituciones islámicas en al-Andalus. Pero lo que más llamá mi atención y me decidió a profundizar en el tema fue que, hasta ahora, se ha considerado el zahir como una institución almohade, ya que los documentos de este tipo más antiguos que se conocen datan de final del siglo Xl r o comienzos del XIH, es decir, bajo el imperio almohade. Por eso, al observar que este zahl.r fue escrito (aunque no se conozca la fecha exacta) en el primer tercio del siglo XII y por encargo de un emir almorávid, me decidí a investigar más el asunto y dedicarle una atención especial. Esta es una de las razones por las que me parece interesante el estudio de este documento, la fecha o el momento histórico en que fue compuesto; la otra se deriva de su propio texto: se trata de un documento de confirmación en el cargo al Sáhíb al-Surta o jefe de policía y una serie de instrucciones y consejos sobre el ejercicio de su cargo, lo que puede ser muy interesante para el estudio de las instituciones islámicas en al-Andalus durante la época almorávid 2. Sería muy interesante comparar este zahir con los que se conocen de las épocas almohade y nazarí, así como relacionar las funciones del Sáhíb al-Surta, según este documento, con las del mismo en épocas anteriores. 3. El. AUTOR Volviendo al autor del documento, o mejor dicho, a su redactor por encargo del Emir almorávid, se trata, como ya hemos dicho, de AI-Fath Ibn Muhammad Ibn 'Ubayd Alláh Ibn Jáqan de kunya Abü Nasr. La figura de Ibn Jáqán es sobradamente conocida para aquellos que se dedican o interesan por el estudio de la Literatura hispanomusulmana 3, ya que es autor de dos antologías fundamentales para el conocimiento de los literatos de su época: Qalii'id al-'lqyiin y Matmah al-Anfus, gracias a las cuales hoy cono'Cemos a los personajes 1 Sobre este tema véase E. LÉVI-PROVENt;AL y E. GARCíA GóMEZ: Sevilla a comienzos del siglo XII. El tratado de Ibll 'Abdun, Madrid, 1948. 3 Sobre la figura de Ibn Jáqán hay una extensa bibliografía: ¡hata, IV, páginas 250-253; Nath al·Tib, VII, págs. 29-38; PONS BOTGUES: Ensayo . .. , págs. 201204; GONZÁLEZ PALENCIA: Historia de la Literatura ... , págs. 206·208; Bmckelmann, 1, 339, S. l. 579, etc. 231 Un zahir de la época almorávid literarios más importantes de al-Andalus, especialmente del siglo XI, y se conservan poemas que, sin ellas, probablemente se habrían perdido. Resumiendo brevemente su vida, nació en Oal'at al-Wad o Oal'at Yahsüb, más tarde llamada Oal'at Bani Sa'id (hoy Alcalá la Real); viajó por todo al-Andalus llevando, según sus biógrafos, una vida aventurera y entregado a todo tipo de placeres contrarios a las prescripciones del Islam. Hay diversas anécdotas sobre esta etapa de su vida y de cómo consiguió enemistarse con muchos de los personajes más famosos de su tiempo, entre ellos el filósofo Ibn Baya (Avempace) o el cadí 'Yyád. Cuando por fin se decidió a sentar cabeza, obtuvo una plaza de secretario con el gobernador almorávid de Granada, cargo que, debido sin duda a su carácter, no supo conservar mucho tiempo. De allí marchó a Marrákus, donde murió. La situación política de Granada en estos momentos, a principios del siglo XII, era muy relevante, ya que en ella había fijado su residencia, desde 1107, Abü l-Táhir Tamim, hermano del Emir almorávid 'Ali ibn Yüsuf ibn Tasufin, que había sido nombrado por su hermano gobernador general de al-Andalus. Esto convertía a Granada en la capital almorávid de la Península y en centro de operaciones, por donde pasaban todos los ejércitos, que iban del Magrib al Norte o a Levante, a . luchar contra el Cid Campeador. No sabemos si fue con este gobernador con quien entró a trabajar como secretario Ibn Jáqan o si fue más tarde con otro de los hermanos de 'Ali ibn Yüsuf, ya que en estos años se sucedieron en Granada varios gobernadores. Es autor Ibn Jáqan, como ya hemos dicho, de dos antologías famosas: Qala'id al-Iqyan, que compuso por encargo del emir Abü Ishaq Ibráhim b. Yüsuf b. Tasufin, gobernador de Murcia y hermano también de • Ali ibn Yüsuf, y Matmah al-Anfus, de la que se dice que había dos versiones: una grande y otra pequeña o resumida. También es autor de una colección de cartas titulada Rayat al-mahasin. Respecto a su muerte, coinciden casi todos sus biógrafos, aunque discrepen en algunos años, en que fue por instigación del emir 'AH ibn YÜsuf. Parece ser que, tras perder su puesto de secretario en Granada, marchó a Marrákus, donde murió asesinado hacia el año 1134 ó 1135. Según Ibn al-Jatib fue encontrado muerto en un fondac de Ma· rrákus a los tres días después de su muerte; había sido degollado y escarnecido. Ibn Dihya en el Mutrib dice lo mismo, añadiendo que fue muerto por incitación de 'AH ibn YÜsuf. Ibn Jallikan dice que murió en 1140 y que fue enterrado en la puerta de los Curtidores, añadiendo tamo 232 Celia del Moral Molina bién que la responsabilidad de su muerte fue del Emir almorávid. Por último, Ibn Ca'id en el Mugrib, añade al final de su biografía que fue degollado por un esclavo negro con el que se había retirado por aquello de que tenía fama 4, añadiendo otros detalles escabrosos. 4. EL ZAHIR Volviendo al zahir que nos ocupa, fue escrito probablemente por encargo del Emir Abü Yüsuf Tasufín b. 'Al!, hijo de 'Alí ibn Yüsuf, a quien su padre nombró gobernador de Granada y parte de al-Andalus en 1129 y permaneció en ella hasta 1136; entre estos años sin duda fue redactado el documento. Digo probablemente, porque tanto el nombre del Emir que lo mandó escribir como el del sahib al-surta a quien va dirigido han sido omitidos del texto y sustituidos por las fórmulas de «Fulano, hijo de Fulano» y la ciudad «Fulániyya», probablemente con el fin de restar importancia al aspecto histórico y realzar el literario. Sobre el término zahir no hay una bibliografía muy extensa ni que delimite bien en qué casos se utilizaba. Aparece definido en algunos diccionarios especializados 5 como decreto, orden, edicto o privilegio, pero no parece que tuviera una función específica, salvo la de transmitir públicamente una orden del Emir o Sultán, y abarcaba temas tan variados como los de concesiones, nombramientos, confirmación de un cargo, decretos políticos o, como en este caso, instrucciones sobre las funciones específicas de un cargo. AI-Qalqasandi en su obra Subh al-A'sil. da una serie de ejemplos sobre zaha'ir famosos, así como una serie de explicaciones sobre el término y sus formas de empleo 6. Precisamente por estas noticias que da al-Qalqasandí se ha considerado el origen del zahír como almohade, ya que los que se han encontrado hasta ahora son de este período o posteriores 7. Sin embargo, este documento que presentamos aquí demuestra que ya era utilizado por los almorávides a comienzos del siglo XII 8. 4 Con esto alude a la homosexualidad de Ibn Jaqan a la que hacen alusión casi todos sus biógrafos. 5 Cfr. Dozy: Supplément aux dictíonnaires arabes, n, pág. 88. 6 Ed. del Cairo, 1913-1919, X, págs. 299-303 ... ~ 7 Cfr. J. VALLVÉ: «Un privilegio granadir'l'o del siglo XIII», Al·Alldalus, XXIX (1964), 233-242; E. MOLINA LÓPEZ: «Dos importantes privilegios a los emigrados andalusíes al Norte de Africa en el siglo VII contenidos en el Kitáb Zawáhir alfikar de Muhammad b. al-Murábit», Cuadernos de Historia del Jslam, IX (1978-79), 5-28. s Tengo noticias muy recientes, de una tesis doctoral a punto de leerse en el Departamento de Arabe de la Universidad de Granada, sobre la Marqaba al· 'Ulya de al-Nubáhí, que en esta obra aparece un zahir otorgado por al-Hakam Il 233 Un zahir de la época almorávid Aún en la actualidad perdura en Marruecos como documento oficial 9, definiéndose en los diccionarios modernos como: «En Marruecos, decreto o Carta abierta con órdenes del sultán». Comienza el zahir con un preámbulo en el que, tras la fórmula preliminar: "Documento de confirmación solícita e investidura de beneficio y utilidad», vendrían seguramente los nombres del Emir que lo ordenaba, de la persona a quien iba dirigido y de la ciudad a que se refería; pero e neste caso han sido omitidos, seguramente por el recopilador del documento, que en este caso sería Ibn al-Jatib lQ, al que únicamente le interesaba resaltar el estilo del autor, utilizando este zahir como modelo de prosa rimada. Sabemos, por la aclaración previa que hace el autor de la biografía, que se trata de un zahir, y nos dice con palabras textuales que es «una de sus cartas oficiales poco conocidas», añadiendo que «la escribió de parte de uno de los emires al sáhib al-surat», y termina diciendo que «a la vista están su destreza y excelencia». Según parece, por los zahá'ir que conocemos, este tipo de decretos sólo eran expedidos por el Califa o el Emir al-Muslimim, es decir, la máxima autoridad política y religiosa. Sin embargo, en este caso, se supone que fue expedido, no por el Emir almorávid 'Ali ibn Yüsuf, sino por alguno de sus hermanos o por su hijo Tasufin ibn f Ali, como hemos señalado anteriormente, que, al ostentar el cargo de gobernador de al-Andalus en ausencia del Emir, tendría el poder o la facultad de dictar decretos u otorgar privilegios. Mucho más difícil es saber el nombre del sáhib al-surta al que va dirigido el zahir, así como el de la ciudad en la que ejercería sus funciones; el texto dice: «para que se ponga al frente de la ciudad Fulaniyya y de sus comarcas, y haga cesar la hostilidad que la circunda», lo que nos hace pensar que en esos momentos se trataba de una ciudad conflictiva, quizás fronteriza, pero es difícil saber a cuál se refiere. La figura del sáhib al-surta ha sido estudiada ampliamente por la historiografía moderna 11. Según Lévi-Proven~al, la institución de la al cadí Muhammad ibn Ishaq ibn al-Salim. nombrándolo cadí de Córdoba. Está escrito en el año 336/967, y, de confirmarse que se trata de un zahlr real, se demostraría que se remonta al Califato el uso~de este documento. Esto será estudiado en su día por el autor de la mencionada tesis Arsenio Cuéllar Már· quez, a quien expreso mi agradecimiento por facilitarme estos datos. 9 Véase el zahlr del año 1956 que reproduce P. CHAL META en su libro El se· ñor del zoco en España, págs. 641-642, sobre el nombramiento de un mulltasib en Fez. - . 10 Cfr. lhélta, IV, págs. 251-253. ed. 'Abd Allah 'Enan, Cairo, 1973-1978. 11 Cfr. LÉVI-PROVEN<;AL; Historia de España Musulmana, t. V de la Historia de España dirigida por Menéndez Pidal, págs. 87-89; 'ABDIlL-KRIM ALUCH: "Orga- -----_ .... _-- 234 Celia del Moral Molina surta hizo su apanClOn en al-Andalus durante el Califato Omeya, a partir del siglo IX. Se trataba de un cargo similar a lo que hoy podría llamarse jefe o prefecto de policía, cuya función era el ejercicio de la justicia represiva (surta). Sus funciones no están muy delimitadas y varían según las épocas y los autores que tratan sobre ella. Algunos lo confunden con el Sáhib al-Madina o Zalmedina 12, otros le atribuyen una vigilancia exclusiva t de mercados (Sáhib al-Süq); autores como Ibn Jaldün hablan de una surta alta y otra baja; Ibn 'Idad habla incluso de una surta media, según las funciones 13. Pero en general, parece ser que era una especie de jefe de policía militar cuyas atribuciones eran muy variadas y que, sobre todo, se encargaba de sofocar las revueltas en la ciudad y de mantener el orden en las calles y lugares públicos, ejerciendo a veces funciones que escapaban a la jurisdicción del cadí, o de las que éste, por cualquier razón, se lavaba las manos, tales como los interrogatorios o las ejecuciones. Según se desprende también de este documento, tenía la facultad de designar a sus agentes, siendo de sumo interés los consejos que se le da a este respecto. Es interesante comparar las instrucciones contenidas en este zahir con las normas que aparecen en el tratado de hisba de Ibn 'Abdün, escrito en Sevilla en esta misma época. 5. ANÁLISIS DEL DOCUMENTO Haciendo un somero análisis del contenido del zahir, vemos que, tras la introducción y el título, viene la alabanza a la persona a quien va dirigido y las razones por las que se le otorga la confianza del Emir, que está seguro de su capacidad para el cargo y de su integridad. Las alusiones a Dios y a los preceptos coránicos están presentes en todo momento: son varias las citas textuales del Corán y el mandato expreso de que tenga presente a Dios en todo momento, ya que «se le exigirá cuentas de sus sentencias y juicios». Se le anima a que siga adelante con resolución firme por la senda del bien y la piedad. En lo concerniente al nombramiento de los vigilantes o agentes del sahib al-surta, se le aconseja que nombre a aquellos de cuyo celo nizaclon de las ciudades en el Islam español», Miscelánea de Estudios Arabes y Hebraicos, X (1961), fasc. l.", págs. 37-68; MUH4.MMAO 'ABO AL·WAHHAB JALUF: «Sahib al-Surta f¡ I-Andalus», Awraq, !II (1980). 12 Cfr. J. VALLVÉ: «El Zalmedina de Córdoba», Alcántara (1981), 277. l3 V. LÉVI-PROVE!i!<;AL: Op. cit., y 'ABOELKRIM ALUCH: Op. cit" págs. 51-52. 235 Un zahir de la epoca almordvid e interés tenga constancia, de buena conducta y que incorpore (a este cuerpo) a aquellos que los imiten y sigan sus caminos. No da el número de cuántos deben ser (como en el tratado de Ibn • Abdún 1\ que aconseja no sean más de diez) ni se desprende del texto la manifiesta desconfianza que se advierte en dicho tratado sobre los abusos de dichos agentes y patrullas 15. Sobre los delincuentes o malhechores le aconseja que agudice su vista y renuncie incluso al sueño, hasta que se les encuentre y castigue, y, como en el tratado de Ibn 'Abdün, se aconseja imponer un castigo severo hasta esclarecer el asunto, lo que indica un juicio previo o al margen de lo que sería la función del cadí. Sobre el castigo corporal «se les prescribe taxativamente que no toque a nadie sino en casos bien delimitados», lo cual se contradice con lo que ocurría en Sevilla en la misma época, según se desprende de las normas que Ibn • Abdün aconseja para evitar los excesos en los azotes y demás castigos corporales, que, por otra parte, se dan como normales 16. Previene contra el apresuramiento del castigo en los casos confusos: se le aconseja, si es así, que lo aplace hasta el día siguiente, puesto que siempre hay tiempo para castigar, pero no para anular un castigo ya impuesto, y añade: «es odioso apresurarse a castigar». Un dato curioso en el que coincide con el tratado de Ibn 'Abdün es el referente al castigo de los ricos. Dice literalmente: «que disimule los deslices de la gente de condición elevada y que se sienta inclinado a la piedad»; Ibn 'Abdün en las atribuciones del zalmedina (que parece que confunde con el cargo de ~ii.~ib al-surta) dice: «A nadie absolverá el zalmedina por una falta contra la ley religiosa, mas que si se trata de personas de elevada condición» y hace alusión a un hadiz que dice: «Perdonad a las gentes de condición elevada, pues para ellos la reprimenda es más dolorosa que el castigo corporal», probable. mente en esto se apoya también nuestro ?ahir. Para concluir, en términos moralizantes (la moral y la religión .., están presentes constantemente en el escrito) le aconseja no enorgullecerse ante la humillación del castigo, t~iendo presente sus propios tropiezos, alabando a Dios por los dones otorgados y pensando en el Juicio Final y sus horrores, con la cita de una aleya coránica sobre éste: «El día en que cada alma encuentre presente el bien que ha hecho "' 14 efr. Sevilla a comienzos del siglo XII. El tratado de Ibn 'Abdün, pág. 70. 15 Ibíd., págs. 72-73. 16 Ibid., págs. 70-71. 2-36 Celia del ,Moral lvlolíl1a i: y el mal que ha cometido. deseará que entre ella y el mal haya una gran distancia» (Süra III, 30). Termina con la fórmula propia de este tipo de documentos: «el Emir le respaldará en lo justo y equitativo pero no será su garante en lo injusto y desviado». Por último, se hace expreso el mandato del cumplimiento del zahir y el derecho que se le otorga a su destinatario a extirpar el mal, y, quien no lo cumpla, se expone al castigo producto de su falta, finalizando con otra alusión coránica, í I La fecha, como los nombres del principio ha sido suprimida por el recopilador: «Kutiba ti kadá» (Fue escrito en taL,,). CONCLUSIONES El zahir de la época almorávid sobre las competencias y atribuciones del sahib al-surta que acabo de analizar, ofrece datos de positivo interés sobre aspectos jurídicos y organización policial de la vida en la ciudad islámica del siglo XII, En primer lugar, hemos comprobado que el zahir no es --como hasta ahora se creíaun documento almohade, sino que se usaba ya en la época almorávid y tal vez en la califal. Además, aporta nuevos datos sobre las funciones del sahib al-surta, resaltando el valor de la religión y la moral en la vida política y ciudadana, así como la influencia coránica en la ordenación jurídica almorávid. Sería interesante cotejar este documento con otros coetáneos de la España cristiana y la posible influencia que tuvieron en las instituciones de las Tres Culturas que convivieron durante la Edad Media en la Península. TEXTO TRADUCIDO DEL ZAHÍR «Documento de confirmación solícita e investidura de beneficio y utilidad, de cuya ejecución ordena Fulano -¡Dios Altísimo lo sostenga! - a Fulano, hijo de Fulano -¡Dios lo proteja! - para que se ponga al frente de la ciudad Tal y de sus comarcas y haga cesar la hostilidad que la circunda. A modo de alabanza [diremos que] lo fa'Voréció con su magnanimidad y lo invistió de lo mejor, porque, conocedor de su elevación y sabedor de su capacidad, cifra su esperanza en que desempeñe bien su cargo, esta seguro de su integridad y sabe ¡Dios Altísimo lo sostenga! que es digno de lo que se le confía y capaz de asumir la responsabilidad; que no se da en él la pereza ni le hacen cambiar de propósito las espadas y las lanzas; que no confía sus asuntos a delegado ni le desvían la impotencia y el fracaso, ""-