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Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII

Campos, Soledad

Abstract

El objeto del presente estudio institucional es la asistencia sanitaria y otros socorros que recibían los servidores de palacio en la corte española del siglo XVII, relacionados en la documentación que contiene el legajo 447 de la sección administrativa del Archivo General del Palacio Real de Madrid.

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DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII SOLEDAD CAMPOS (*) BIBLID [0211-9536(2002) 22; 59-83] Fecha de aceptación: enero de 2002 SUMARIO 1.—Introducción. 2.—¿Qué son las enfermerías? 3.—Beneficiarios. 4.—¿En qué consisten? 5.—Financiación. 6.—Conclusiones. RESUMEN El objeto del presente estudio institucional es la asistencia sanitaria y otros socorros que recibían los servidores de palacio en la corte española del siglo XVII, relacionados en la documentación que contiene el legajo 447 de la sección administrativa del Archivo General del Palacio Real de Madrid. Palabras clave: Asistencia sanitaria, salud mujeres, Corte española, enfermería, enfermeras, siglo XVII. Keywords: Health care, wome’s health care, Spanish Court, Infirmary, nurses, 17th century. 1. INTRODUCCIÓN La organización administrativa sanitaria en la Corte española del siglo XVII sirve de marco de referencia de este trabajo, que hemos planteado como continuación de la línea de investigación iniciada con el estudio sobre los médicos cortesanos del mismo período y que pretendemos finalizar con la Real Botica. (*) Unidad de Historia del Derecho. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Universidad Castilla-La Mancha. E-mail: [email protected]. 60 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. Durante la búsqueda documental sobre el tema, en el Archivo General del Palacio Real de Madrid, tuvimos noticia de la existencia de un legajo, el número 447 de la sección administrativa, cuyo lema reza: Dependencias de la Casa Real; Enfermería de Damas y Criadas. La trascripción y análisis de los documentos que lo componen han originado esta investigación, completada con otras referencias bibliográficas y documentales que lograron pluralizar el título, lo que implica una extensión del concepto que a priori puede desprenderse del epígrafe. El objeto de este trabajo es el estudio institucional de la actividad asistencial palaciega recibida por damas y criadas en la Corte española del siglo XVII. No se trata primariamente de un análisis sobre tratamiento médico-sanitario, porque el contenido de las fuentes primarias no lo hace posible. Su orientación, por el contrario, responde a un tipo de estudio histórico-administrativo. Las enfermerías de damas y criadas son un tema poco o nada conocido en la historiografía española, tanto en la historia del Derecho, como en el de la Medicina, el vacío es tan grande que apenas hemos encontrado alguna referencia concreta a esta institución, salvo en el artículo que escribió Simón Palmer(1) sobre el cuidado del cuerpo de las personas reales, donde se extraña de la mala salud de las damas de la reina en el siglo XVII y atribuye este hecho a la creación, en 1626, de lo que se llamaba enfermería. Aunque los datos que aporta dicha autora se han de matizar en algunos puntos, el resultado es de gran (1) Esta autora comenta: «Fenómeno curioso y que sorprendería de no conocerse las razones extra-sanitarias, es la mala salud de las damas de la reina a partir de 1626, cuando llega a reducirse a tres el número de treinta algunos días. Gracias a un memorial presentado fechas antes de la boda de Felipe IV con Mariana de Austria sabemos la causa. Desde que la Condesa de Olivares había decidido darles lo que se llamaba “enfermerías”, la conducta del personal femenino había variado radicalmente. Si hasta entonces se ocultaba cualquier mal por miedo a no poder tomar estado, la posibilidad de conseguir a diario un ave les compensa de lo que pueda pensar el futuro pretendiente». SIMÓN PALMER, María Carmen. El cuidado del cuerpo de las Personas Reales: de los médicos a los cocineros en el Real Alcázar. In: Agustín Redondo (Ed.), Le corps dans la société espagnole des XVIe et XVIIe siecles. Travaux du Centre de Recherche sur l`Espagne des XVIe et XVIIe siecles, Paris, Publications de la Sorbonne, 1990, pp. 113-122. 61 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. interés. También aparece documentada una Casa enfermería en la relación de oficios y dependencias que hace Rodríguez Gil(2) de la Real Casa en el siglo XVIII. En la primera parte de nuestro estudio sobre la organización administrativa sanitaria en el palacio de los últimos Austrias, dedicado a los médicos, se recoge, como obligación de los médicos de Familia, la asistencia a la enfermería de las criadas de las damas de la reina(3). Ante la escasez de bibliografía, las fuentes principales para elaborar este trabajo han sido todos los documentos que contiene el legajo 447 del Archivo del Palacio Real de Madrid, junto con otros datos documentales comprendidos en diversos legajos del mismo Archivo(4). Por otro lado, nuestro trabajo hay que insertarlo en varios ejes de referencia. En primer lugar, en los estudios institucionales sobre la Casa Real(5). Por dicha razón hemos acudido a las fuentes de la época; ninguna de las consultadas hace referencia directa a las enfermerías de las señoras y criadas de palacio, aunque dan noticias interesantes sobre la vida en la Casa y Corte de los Austrias españoles. De esta suerte, Barrionuevo(6) nos habla de las rentas y gastos palaciegos, de favores (2) RODRÍGUEZ GIL, Magdalena. La nueva planta de la Real Casa. Los oficios de Contralor y grefier general, Madrid, Universidad Complutense, 1989, pp. 92-97. (3) CAMPOS DÍEZ, Soledad. La organización administrativa sanitaria en el palacio de los últimos Austrias (I); médicos. AHDE, 1999, 68, 171-237 (p. 183). (4) Archivo General del Palacio Real de Madrid (AGP), Sección Administrativa (adva.), leg. 631: relación de oficios de la Casa Real bajo el reinado de Felipe IV; leg. 690, que recoge los beneficiarios de medicamentos de la Real Botica, y; Sección Histórica (hca.), Carlos III, leg. 64185, sobre la planta de la Real Casa (citado en nota 2). (5) Entre otros: BARRIOS, Feliciano. Diego Velázquez: sus oficios palatinos. Reales Sitios, 1999, 2-14. Del mismo autor: Solo Madrid es Corte. In: Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V. Felipe II. Un monarca y su época, Madrid, Patrimonio Nacional, 1999, pp. 167-187. BALTAR RODRÍGUEZ, Juan Francisco. Las Juntas de Gobierno en la Monarquía Hispánica, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1998. SÁNCHEZ BELÉN, Juan Antonio. La vida cortesana, en esplendor de España. 1598-1648. In: C. Heidjen; M. Alfonso Mola; C. Martínez Shaw (Eds.). De Cervantes a Velázquez, Zwole, Waanders, 1999, pp. 150-156. (6) BARRIONUEVO DE PERALTA, Jerónimo de. Avisos del Madrid de los Austrias y 62 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. reales a médicos de cámara, comadres y altos cargos palatinos, como el mayordomo mayor de la reina. Núñez de Castro(7) refleja en su obra publicada en 1675 los usos sociales de la Corte. En la última década se han publicado algunos estudios que enriquecen el marco referido, como el discurso que Lisón Tolosana pronunció en su recepción como académico de número de la Academia de Ciencias Morales y Políticas sobre la imagen de rey y el protocolo borgoñón en la Casa de Austria española(8). Del mismo modo, el magnífico trabajo de Salustiano de Dios(9) ofrece datos de interés relativos a la provisión de oficios públicos por la Cámara de Castilla. Reflejo fidedigno de lo que fue la vida en la Corte española del siglo XVII son los contenidos en la obra dirigida por Alcalá-Zamora(10). También la literatura contemporánea constituye una fuente secundaria interesante, sobre todo si está bien documentada, para ambientar una circunstancia histórica o caracterizar a sus protagonistas; es el caso de Los espejos paralelos de Nestor Luján(11) y la crónica que hace de algunos oficiales, damas y predilectos de la familia de Felipe IV. Para conocer el contexto sanitario de la época hemos recurrido a las obras de López Piñero y Sánchez Granjel(12). otras noticias de 1654 a 1658, Biblioteca de Autores Españoles. Madrid, Atlas, 2 vols., 1969. (7) NÚÑEZ DE CASTRO, Alonso. Libro histórico político, sólo Madrid es corte, y el Cortesano en Madrid, Madrid, Impr. Rico de Miranda, 1675. (8) LISÓN TOLOSANA, Carmelo. La imagen del Rey. Monarquía, realeza y poder en la Casa de los Austrias, Madrid, Espasa Calpe, 1991, pp. 91, 116, 118 y 122. (9) DE DIOS, Salustiano. Gracia, merced y patronazgo real: La Cámara de Castilla entre 1474 y 1530, Madrid. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1991, p. 316. (10) ALCALÁ-ZAMORA, José N. (dir.). La vida cotidiana en la España de Velázquez, Madrid, Ed. Temas de Hoy, 1994. Especialmente el capítulo V, realizado por ALVAR EZQUERRA, Alfredo: Aspectos de la vida diaria en la Corte del rey de España, pp. 91-108. Para recrear la época son muy interesantes las obras de DELEITO Y PIÑUELA, José. El rey se divierte, Madrid, Alianza Editorial, 1988; También se divierte el pueblo, Madrid, Alianza Editorial, 1988; La mala vida en la España de Felipe IV, Madrid, Alianza Editorial, 1989. (11) LUJÁN, Néstor. Los espejos paralelos, Barcelona, Planeta, 1991, pp. 61, 155 y 217-221. (12) LÓPEZ PIÑERO, José María. Los orígenes en España de los estudios sobre la salud pública, Madrid, Ministerio de Sanidad y Consumo, 1989. Analiza el papel que 63 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. En lo tocante a la salud de las personas reales, además del citado artículo de Simón Palmer(13), existen otros especialmente dedicados a la enfermedad de reinas e infantes, como la obra de Cortés Echanove(14) que da a conocer los privilegios que gozaban las amas de cría de los príncipes con respecto a los demás criados de palacio. En esta línea también se encuentra el artículo de Gacho Santamaría(15). Finalmente, los tratados y manuales sobre Historia de España revelan la evolución política, económica y, social en que se desenvuelve la Monarquía de los últimos Austria(16), han servido de telón de fondo a nuestra investigación. 2. ¿QUÉ SON LAS «ENFERMERÍAS»? La primera cuestión a resolver es el significado de Enfermería, Covarrubias(17) lo definía como el cuarto donde curan los enfermos; desempeñó el poder real en la renovación médica. También en: MARTÍNEZ VIDAL, Álvar, PARDO TOMÁS, José. El Tribunal del Protomedicato y los médicos reales (1665-1724). Dynamis, 1996, 16, 59-89. SÁNCHEZ GRANJEL, Luis. Capítulos de la medicina española. Salamanca, Universidad, 1971, pp. 192-193. (13) SIMÓN PALMER, nota 1. (14) CORTÉS ECHANOVE, Luis. Nacimiento y crianza de las personas reales en la Corte de España (1566-1886), Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1958. En esta línea JUNCEDA AVELLO, Enrique. Ginecología y vida íntima de las reinas de España, I, de Isabel la Católica a la casa de Borbón. Barcelona, Salvat, 1991. (15) GACHO SANTAMARÍA, Miguel Ángel. Médicos y nodrizas en la Corte española (1625-1830). Reales Sitios, Revista del Patrimonio Nacional, 1995, 31, 124. (16) TOMÁS Y VALIENTE, Francisco. España de Felipe IV, Historia de España, Madrid, Espasa Calpe, 1983, vol. XXV, pp. 83-174. MOLAS RIBALTA, Pere. Manual de Historia de España. Edad Moderna (1474-1808), 3ª edición, Madrid, Espasa Calpe, 1993, vol. 3. pp. 227-362. (17) COVARRUBIAS DE OROZCO, Sebastián. El Tesoro de la lengua castellana o española. 2.ª Edición corregida de Felipe C. R. Maldonado, revisada por Manuel Camarero. Editorial Castalia, Madrid, 1995, p. 474. DICCIONARIO de Autoridades, Tomo III (Madrid, 1739). Edición Facsímil, Madrid, Ed. Gredos, 1990, vol. 3, p. 462. 64 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. idéntica acepción tiene en todos los diccionarios consultados. El destinar una casa o lugar exclusivamente para asistir a los enfermos, responde al criterio de evolución del hospital medieval que, como señala López Piñero(18), se inicia en el siglo XVI y, desemboca en dos instituciones diferenciadas: el hospital, como lugar destinado a la asistencia de enfermos y el asilo para pobres. Las enfermerías de damas y criadas son lugares donde estas personas acudían a sanar sus males, pero además, en los libros de registro del grefier, aparecen recogidos los gastos por este concepto y su concesión a individuos sanos, como merced por alguna necesidad o servicio especial. Ello justifica el plural utilizado en el título, pero incluso dentro de estos apartados, es decir, enfermería como lugar asistencial y, como estipendio, también existen diferentes tipos. En la primera mitad del siglo XVII, existían enfermerías dentro y fuera del Alcázar que aún permanecían en la planta de la Casa Real en 1761(19). La enfermera era la persona encargada en cada uno de estos lugares(20), a ella se le hacía entrega del ajuar para cada enferma y del equipo sanitario, mucho más abundante para la enfermería de fuera. Pocas son las referencias a la enfermería de dentro, aunque no hay duda documental de su existencia(21), incluso, en la primera mitad de siglo, lo habitual para las damas enfermas era el que el tratamiento de sus enfermedades se hiciera dentro de palacio; de esta suerte, el Bureo de la reina, en 1638(22), por su mandado, concedió a dos damas hijas de la condesa de Paredes gajes de enfermería para curarse fuera de (18) Las causas de esta evolución son: adaptación a la realidad social, nueva valoración de la pobreza, secularización de la asistencia y aparición del Estado Moderno. LÓPEZ PIÑERO, nota 12, p. 37. (19) Planta original de la Casa Real de 19 de febrero de 1761; «...dos enfermeras para dentro y una casa enfermería fuera...». AGP, hca., nota 4, completo en RODRÍGUEZ GIL, nota 2, pp. 92-105. (20) AGP, adva., leg. 447. También se relacionan dos enfermeras, una para dentro y, otra para fuera de palacio en AGP, adva., leg. 631. (21) «Las enfermeras de adentro de palacio a razón de 1.500 maravedíes de salario», AGP, adva., leg. 447. (22) En Madrid a dos de junio de 1638, AGP, adva., leg. 447. 65 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. palacio y dio cuenta a Su Majestad del precedente creado, para que también otras damas pudieran salir del Alcázar a curarse. Las enfermerías de fuera son objeto de gran atención documental, debido especialmente a las dificultades para alquilar casas destinadas a tal efecto, uno de los mayores problemas en el Madrid cortesano de la época. Molas Ribalta(23) se hace eco de la escasez que había de edificios con dos plantas para evitar la obligación de alojar a los cortesanos con derecho de aposento, que era muy numerosos. También consta, por algunos años, la existencia de una enfermería en Toledo(24). Al servicio de la reina se encontraban personas de muy diverso rango social(25) y esto determinará la existencia, al menos a partir de 1680, de dos casas destinadas a enfermería, una para damas y otra para las criadas de la reina y de sus damas. Su ubicación cambió a lo largo de la centuria. De hecho, gran parte de la documentación recogida en el citado legajo 447 hace referencia a los cambios de emplazamiento que tuvieron estas dependencias y a los pagos de sus alquileres. La enfermería para las criadas ya existía en el año 1618(26) y, estaba situada en la casa de don Pedro de Paz y doña Isabel de Sepúlveda, en la calle que iba de las casas de Ruiz Gómez a San Gil. Nueve años más tarde, la duquesa de Sanlúcar la Mayor, camarera de la reina, por su mandado, ordenó ampliar la dependencia a costa de otra parte de la casa propiedad de Mateo de Ávila(27). En 1682 estuvo sita en una casa propiedad de duque de Ciudad Real(28), (23) MOLAS RIBALTA, nota 16, p. 254. (24) «Cassa de la enfermería de afuera, cargo de los maravedíes que se debían por sus alquileres, a la razón de 1700 reales por año desde el 5 de abril de 1677 hasta fin de septiembre de 1679. En Toledo». AGP, adva., leg. 447. El año 1677 coincide con la mayoría de edad para reinar de Carlos II. (25) Camarera mayor, damas de honor, damas, meninas, guardas menores, azafatas y dueñas de retrete, azafatas y dueñas de cámara, dueñas de zapatos etc., en diversas relaciones de oficios de la Casa de la Reina. (26) AGP, adva., leg. 447. (27) Conformes el contralor mayor y el aposentador de la Casa de la reina, concertaron en 2000 reales de vellón cada año. AGP, adva., leg. 447. (28) El duque de Ciudad Real pidió que se le abonara el alquiler atrasado y, desembarazara la casa de su propiedad que servía para enfermería de las criadas y 66 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. pero se mudó y pasó a ocupar un cuarto en la vivienda de Esteban de Casas, desde el 20 de diciembre(29) hasta final de la centuria. En 1686(30) se solicitó su cambio porque resultaba lóbrega y S. M. mandó a la Junta de Aposento que cuando vacase la primera casa cerca de palacio, la alquilasen a tal efecto. A finales del siglo XVII, la enfermería destinada a las damas de la reina se encontraba en la calle de las Rosas y se instaló durante once años en el cuarto principal de una casa propiedad de don Lorenzo de Soto(31), hasta que en 1691(32) se buscó un lugar más cercano a palacio, ante la solicitud y alegaciones del secretario del Consejo de Indias que necesitaba dicho aposento. El término Enfermerías también significó en la época, premio o merced que concedía el soberano a los oficiales o servidores de palacio, criadas de damas, porque la necesitaba para su familia. Varios documentos que datan de septiembre a de 1682 a julio de 1683, AGP, adva., leg. 447. (29) AGP, adva., leg. 447. (30) El jefe de la furrilería o aposentador de la reina madre, presentó memorial ante el Bureo solicitando una nueva casa para la enfermería por resultar la que había lóbrega y desacomodada, las enfermas preferían pasar sus males en palacio, con el peligro que tiene, pero no recomienda la que buscó el aposentador en la plaza de la Encarnación por encontrarse también en mal estado. S. M., ordenó a la Junta de aposento que cuando vaque la primera casa cerca de palacio la destinen a este fin. 27 de agosto de 1686. AGP, adva., leg. 900. (31) Se destinó el cuarto principal de este inmueble para la enfermería de las damas de la reina, desde el 13 de febrero de 1680. Este emplazamiento generó mucha documentación, constan las cartas de pago de los nueve años de alquiler, incluso litigios generados en el ínterin, documentos notariales de representación y delegación porque don Lorenzo de Soto vivía fuera de la corte y, tuvo dos administradores. Varios documentos desde 1680 hasta 1691 en que se mudó. AGP, adva., leg. 447. (32) Don Juan de la Rea, secretario del Consejo de Indias, que vivía en su casa de la calle de las rosas propuso que, dada la estrechez de sus piezas no le permitían guardar los papeles de su oficio y, para este fin deseaba tomar la casa que por alquiler servía para la enfermería de las damas. Alega las virtudes de que la enfermería se sitúe en palacio o lo más cerca posible ( mejor asistencia de los médicos de familia, más rapidez en el suministro de medicamentos, mayor asistencia por los criados de la portería). Conforme S. M., el mayordomo mayor ordena se busque nueva casa para este fin cerca de palacio. AGP, adva., leg. 447. 67 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. como gajes o raciones, de suerte que estas enfermerías se otorgaban a personas sanas para cubrir alguna necesidad especial, de modo que no sólo las damas y criadas sino también oficiales, criados y entretenidos varones de las Casas reales, gozaron de ellas. Al final del Seiscientos se restringió su concesión exclusivamente a los servidores de número o entretenidos enfermos(33) de Palacio, con exclusión expresa de familiares y supernumerarios. Las gratificaciones por enfermería se cobraban en especie y en dinero, como era costumbre en el entorno europeo de la época(34) aunque fueron más frecuentes en género. Una ración de enfermería para ocho días contenía gallinas, carne, tocino y, bizcochos; la cantidad de estos productos dependía del rango del servidor(35). El principal género en el que se pagaron las enfermerías fue en gallinas, que a principios de 1682, supusieron, para la casa de la reina, más de tres mil quinientas aves mensuales(36). Según Simón Palmer estas piezas iban a parar directamente a las posadas de la Corte gracias al traspaso de las damas a las criadas y, de éstas, a los comercios(37). Las enfermerías también se pagaban en dinero. Ante la eminente pérdida de este beneficio, las damas y criadas elevaron memorial al Bureo para que se les continuase pagando en moneda, y no exclusivamente en especie como se pretendía, porque decían no le suponía ningún ahorro a la Real Hacienda y «les sigue grandes incomodidades por no poderse aprovechar de la mayor parte»(38). A partir de 1629 se prohibieron las enfermerías en moneda, sólo se cobrarían en especie(39). (33) Por acuerdo del Bureo de 5 de marzo de 1689, se continúan las enfermerías a los criados de número de S. M., justificando su enfermedad con informe de don Jerónimo Suárez, ayuda de oratorio y, en su ausencia por la persona que se considere más a propósito. AGP, adva., leg. 447. (34) AGP, adva., leg. 447. (35) AGP, adva., leg. 447. (36) En enero de 1682, total 3.518. En marzo del mismo año, total 3.549 y media. AGP, adva., leg. 447. (37) SIMÓN PALMER, nota 1, p. 118. (38) Las de Cámara y criadas de la reina, a 29 de enero de 1626, al Bureo. AGP, adva., leg. 447. (39) AGP, adva., leg. 447. 74 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. lanas blancos. Una cesta con veinticuatro ventosas. A la enfermera de a fuera lo mismo y demás de lo dicho servicios amarillos y bacinicas de cama chicitas. Y demás de estas otras bacinicas que hay para orinar, media docena. Dos barreños amarillos para sangrías. Seis garricas blancas de medio alumbre para agua. Seis vidrios de media vez para beber. Otros seis vidrios para purgar y gasas. Y cama de madera. Y una mesa para junto a cada cama con su cajón para guardar la servilleta con que se come. Y el vidrio con que bebe. Y un ruedo redondo de esparto para junto a la cama. Y media docena de ollas vidriadas. Doce platos blancos y otras doce escudillas para comer. Y doce cucharas de palo. Cuatro candeleros de baro para la luz, quatro candiles de garabato. Dos asadores medianos. Dos sartenes medianas. Dos cazos de acofán medianos. Una tinaja para agua de la cueva. Un almirez pequeño. Un caldero con soga para el pozo. Cuatro cuchillos. Un tajo con una cuchilla. Un garabato para la carne, más una garrafa con su corchera para enfriar»(65). Para combatir la enfermedad se consideraba importante una buena nutrición, medicamentos y atención especializada. En cuanto a cantidad y variedad alimenticia, las raciones a los criados enfermos, previa certificación del médico, se graduaban según la categoría del servidor; en todas las raciones encontramos gallina, carne, tocino y bizcocho. Más privilegiadas eran las amas de cría, que tenían asignada: «1 gallina, 4 libras de carne, un cuarto de tocino, 2 libras de pan común, 2 tortillas, 2 libras de fruta, 4 libras de nieve, 4 libras de carbón, 1 onza y ¾ de cera, 2 onzas y 2/4 de sebo y, al mes 50 (65) Los útiles sanitarios eran muy menguados; jeringa, ventosas, gasas, vidrios para purgar, barreños para sangrías y bacinicas. Documento sin fecha. AGP, adva., leg. 447. Por el número de utensilios la enfermería estaría preparada para doce enfermas, cada una dispondría de: una cama, una mesita con cajón para guardar su servilleta y vaso, una alfombra de esparto, bacina para orinar, barrica de agua, plato, escudilla y cuchara de palo. Comparado con el cuarto de la reina para parir que reseña, Barrionuevo da cuenta de lo funcional y austero que era el de las damas, «colgadura que envió don Juan de Austria, camas, sillas, taburetes, vasos y dosel, bordado todo en oro y coral, cosa rica y preciosa, alúmbrela Dios con bien» (1655). BARRIONUEVO, nota 6, vol. 1, p. 116. SÁNCHEZ GRANJEL, nota 12, p. 193. 75 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. ducados, para las de ejercicio, además: dos panes de boca, 8 libras y media de carbón y, al mes media libra de pimienta, 2 onzas de azafrán y, 100 ducados»(66). Las enfermas tenían privilegios alimenticios, como comer carne en cuaresma(67), pero también límites, S. M. prohibió que se les diera vino y confitería(68). En cuanto a los medicamentos que se traían de la Real Botica, tenían derecho todos los oficiales y criados de las casas reales(69). La asistencia sanitaria la prestaban los médicos de familia y enfermeras, éstas de forma permanente en el lugar(70). En el caso de los médicos, además de visitar a los servidores de palacio enfermos en sus casas, divididos por cuarteles, debían acudir a la enfermería, pero su falta de asistencia hizo que en 1661 la enfermera presentara queja ante el Bureo, porque en el mes de agosto, ningún médico de familia había acudido a curar a las enfermas y el contralor ordenó por carta personal (66) A veces estas raciones se concedían con carácter vitalicio, e incluso se heredaban, caso de doña Agustina Canencia desde 1695 y que pasó a su hija. CORTÉS ECHANOVE, nota 14, pp. 72 y 85. La alimentación de las nodrizas, aunque abundante, no se acercaba a los catorce platos para comer y ocho para cenar que ponían en la mesa de S. M. (en tiempos de restricciones sólo se servían diez platos en la comida). NÚÑEZ DE CASTRO, nota 7, p. 196. Aunque, según su coetáneo Barrionuevo, a veces no había en palacio que comer y debían ser socorridos por el proveedor don Juan de Góngora. BARRIONUEVO, nota 6, vol. 1, pp. 166, 192 y 319; vol. 2, pp. 118, 187 y 207. (67) «S. M. por decreto de 7 de marzo ha mandado que se den enfermerías a las damas de la reina nuestra señora que coman carne en los días prohibidos. Os lo aviso para que ordenéis que se ejecute. Dios guarde al Sr. Contralor, en Madrid a 28 de marzo de 1628». AGP, adva., leg. 447. (68) Por decretos de 1627 y en 1699. AGP, adva., leg. 447. (69) Todos los criados de las Casas gozaban de Botica y estaban repartidos en cuarteles para ser atendidos por los médicos de familia (1652). AGP, adva., leg. 690. Don Juan de la Rea, entre las razones para cambiar la ubicación de la Enfermería, alegó que sería beneficioso porque facilitaría la asistencia de los médicos y el suministro de la Real Botica (1691). AGP, adva., leg. 447. (70) Los médicos de familia que prestaban sus servicios en la Corte lo hacían en seis cuarteles, dependiendo del rango y clases de los servidores. CAMPOS DÍEZ, nota 3, p. 182. 76 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. al Dr. Don Miguel Bolea, por ser el más antiguo que acudiese él dicho mes. Sólo lo hizo en dos ocasiones y se tomaron medidas más drásticas, le pusieron dos alguaciles de guarda de visita, a la puerta de su casa, para que no saliese salvo a cumplir esa obligación mensual y se le advirtió al Dr. Don Gregorio del Valle, que le seguía en antigüedad, que si el próximo mes que le tocaba, no acudía, también le pondrían dos guardas(71). En 1618, tras un pleito de partición, se dio posesión a Ana Fernández como enfermera de las criadas y, en su nombre, a su marido Diego Sánchez Somoza, por mandamiento del aposentador de S. M., de la casa que serviría de enfermería a las criadas, sita en la calle que iba de las casas de Ruiz Gómez a San Gil(72). Unos años más tarde, el enfermero Tomás Escalera quiso hacerse cargo de la entrega de todas las gallinas de la enfermería(73). El salario de las enfermeras de dentro de palacio en 1636 era, según los asientos, de 12.000 maravedíes anuales, pero cobraban 15.000 y por ello el grefier don Francisco de Benavides quiso reducirlos a su valor, aunque las enfermeras consiguieron, por mediación de la reina, que se les mantuviera(74). Un siglo más tarde, cobraban poco más(75). (71) «Con que están estas enfermas careciendo de cura, por no acudir los médicos... para que tengan algún castigo, se le ponga dos guardas que serán los dos alguaciles de la casa, para que no le dejen salir de la suya, que si no se hace esta demostración ni éste, ni los demás acudirían». En Madrid a 12 de agosto de 1661. AGP, adva., leg. 447. (72) Pleito de partición del Alcalde de Casa y Corte Licenciado don Pedro Díez Romero del Consejo de S. M., en ejecución del mandamiento de los aposentadores de S. M., para dar posesión de su parte a Diego Sánchez Somoza, en nombre de su mujer Ana Fernández, enfermera de las criadas de una casa para su uso como enfermería de las criadas. En Madrid año 1618. AGP, adva., leg. 447. (73) Es el enfermero encargado de atender a los criados enfermos de S.M., año 1621. AGP, adva., leg. 447. (74) El Bureo de la reina, da cuenta a S. M. cómo la reina ha mandado que a las enfermeras se les devuelvan los 3.000 maravedíes de salario que se les quitaron. S. M. dice «hágase pues la reina lo manda y la cantidad está conforme». En Madrid a 5 de mayo de 1638. AGP, adva., leg. 447. 750 reales de vellón equivalían a 25.500 maravedíes. AGP, adva., leg. 447. (75) RODRÍGUEZ GIL, nota 2, p. 97. 77 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. El cuidado del alma, tanto o más indispensable que el cuidado del cuerpo, hacía que las partidas(76) obligaran a poner a salvo aquella antes que preocuparse por la salud del cuerpo. En esta línea se justifica la presencia de capellán confesor y sacristana en la enfermería de fuera, junto con la enfermera, ya citada, un portero y un farolero y una sacristana en la de dentro(77). La enfermería como gratificación consistía en la entrega mensual, por el tiempo establecido que podía ser de por vida o en herencia, de dinero o géneros, incluso de ambos, como fue el caso de las nodrizas que, además de sus abundantes raciones, tenían adjudicados 100 ducados mensuales y las de reserva, 50(78). En 1664 se relacionó todo lo que importaban los gajes y enfermerías de criadas de la Casa de la reina que marchaba a Toledo, con distinción de lo que importaban los géneros, que se daban por la despensa de aquella Real Casa y lo que montaban los gajes y enfermerías(79), pero no siempre las enfermerías fueron mixtas. Al principio de la centuria parece que se daban principalmente en dinero, porque en 1626 cuando se intentó modificar ésta práctica, las damas y criadas de la reina presentaron memorial ante el Bureo para que se les mantuviesen las enfermerías en dinero(80). Algunos años más tarde se comunicó a los herederos de Sebastián de Salazar, proveedor de la volatería de la reina, que pagasen por escritura de obligación a las señoras damas y criadas de la Cámara de la reina, y en su nombre a Lucas Castellanos, «36.000 reales que el dicho Sebastián de Salazar les quedó debiendo, del tiempo de su obligación, por sus enfermerías»(81). A los criados enfermos no se les podía pagar en dinero sino en especie, desde 1629(82); la más frecuente, como hemos visto, era en (76) Partida 1, tit. 4, ley 37: «los deberes de los médicos para con los enfermos», en primer lugar la confesión para la salud del alma. (77) RODRÍGUEZ GIL, nota 2, p. 97. (78) CORTÉS ECHANOVE, nota 14, p.72. (79) AGP, adva., leg. 447. (80) En Madrid a 29 de enero de 1626. AGP, adva., leg. 447. (81) En Madrid a 24 de noviembre de 1633. AGP, adva., leg. 447. (82) Nota 81. 78 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. gallinas, aunque estas también se utilizaron en concepto de enfermería, como merced, e incluso con más abundancia. En líneas generales, una ración de enfermería para los criados sanos suponía una gallina diaria(83). Por el contrario, lo normal para un criado enfermo eran cuatro gallinas a la semana. Además, los enfermos recibían carne, tocino y bizcocho en cantidad variable, según el rango del servidor enfermo, desde la ración del grefier o veedor de viandas que recibían ocho gallinas, dieciséis libras de carne, cuatro de tocino y, ocho de bizcochos a la semana, hasta los entretenidos que tenían ocho libras de carne, dos de tocino y, dos de bizcocho, pero no se les adjudicaban gallinas(84). 5. FINANCIACIÓN Son conocidos los momentos de dificultad económica de la Monarquía Hispánica, especialmente en el período estudiado. Barrionuevo llegó a comentar que en la mesa del Rey faltaba el pan(85). A pesar de esta apurada situación en el palacio de los Austrias españoles, no sólo se atendió a la salud de las reales personas, también los criados tuvieron asistencia sanitaria. Esto devino en importantes desembolsos. De su concepto, cantidad y, forma de pago, trataremos en este apartado. Los principales gastos sanitarios estarían ocasionados por el pago del alquiler de las casas que servían de enfermería, los medicamentos, los salarios de profesionales y personas que asistían a las enfermas, alimentación y bienes muebles. No todos los gastos eran computables en el capítulo de enfermerías, porque los medicamentos se traían de la Real Botica y estaban incluidos en su presupuesto, que ascendía aproximadamente a 7.000 ducados anuales(86). Tampoco estaban contenidos en (83) En Madrid a 8 de abril de 1682. AGP, adva., leg. 447. (84) La ración para un criado enfermo de orden de los ayudas de oficio, portero mayor, retupidor, ayuda de furrilería, lavandera de estados, ugier de saleta, barbero de corps y oficiales, cargos más numerosos, era de cuatro gallinas a la semana, ocho libras de carne, cuatro de tocino y cuatro de bizcocho. AGP, adva., leg. 447. (85) Las rentas reales son de veintisiete millones, pero no le quedan ni seis, falta hasta pan. BARRIONUEVO, nota 6, vol. 1, p. 192. (86) NÚÑEZ DE CASTRO, nota 7, p. 196. 79 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. este apartado los salarios de médicos y cirujanos, que cobraban cada uno en salario y ayudas unos 80.000 maravedíes anuales(87). No consta el valor del instrumental sanitario, de los enseres para uso de las enfermas, ni de su manutención pero sí hay datos relativos a los alquileres de las dependencias que servían de enfermería. De este modo, por la casa de Mateo de Ávila se pagaban 2.000 reales anuales(88); por la casa ocupada al Duque de Ciudad Real, durante dos años y un mes, se liquidaron 3.233 reales(89); a Esteban de Casas se le alquiló en diciembre de 1682 una casa para enfermería de las criadas, como las anteriores, ahora por valor de 1.500 reales de vellón anuales(90) y a Marcela del Olmo, en 1689, se le abonaron 2.589 reales de vellón, como finiquito por el alquiler. La enfermería de las damas de la reina, sita en la calle de las Rosas, propiedad de Lorenzo de Soto Cid, administrador de rentas reales, se alquiló desde febrero de 1680 en 2.000 reales de vellón, que fueron minorados por la Pragmática de 14 de diciembre de 1680 y quedaron, a partir de agosto de 1681, en 1.500 reales de vellón anuales o 51.000 maravedíes, hasta el final del alquiler en mayo de 1691(91). (87) Los médicos reales, sin distinguir de cámara o de familia, y los cirujanos tenían un salario de 60.000 maravedíes anuales y, casi todos, una ayuda de costas de 20.000 maravedíes, salvo excepciones, como el Dr. Villarroel, protomédico de Carlos II, que cobró más del doble. Su número varió durante toda la centuria, pero sólo doce de los médicos de familia y doce cirujanos podían recetar medicamentos de la Real Botica, variando cada año. CAMPOS DÍEZ, nota 3, pp. 182 y 195. (88) El convenio de ampliación de la casa que servía de enfermería para las criadas de las damas y de las de cámara, que comenzó a regir el 1 de agosto de 1637, contemplaba el pago de 2.000 reales anuales al propietario Mateo de Ávila. Ésta ampliación se hizo a continuación de la parte de casa que Isabel de Sepúlveda y su marido, Pedro de Paz, alquilaron al efecto en 1618, se entiende por otros 2.000 reales, lo que da la cifra total. AGP, adva., leg. 447. (89) Don Joseph Nieto aposentador, dice que se alquiló la casa para enfermería de las criadas en agosto de 1680 y solicitó su devolución porque la necesitaba para su familia, en septiembre de 1682; en total la deuda ascendía a 3.233 reales de vellón, pero no quedó libre hasta diciembre de ese año. AGP, adva., leg. 447. (90) La enfermería para las criadas se trasladó de la casa del Duque de Ciudad Real a la de Esteban de Casas en diciembre de 1682 y allí se mantuvo, al menos hasta marzo de 1689. AGP, adva., leg. 447. (91) Constan las cartas de pago de dicho alquiler a razón de 1.000 reales de vellón cada seis meses desde el 13 de febrero al 12 de agosto de 1680. Por la Pragmática 80 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. Estos pagos fueron embargados en 1682 en ejecución de dos pleitos interpuestos contra el propietario, por Agustín Suárez de Somoza, capellán del convento de San Basilio en Madrid y, por el Licenciado don Juan Díaz Mariño poderhabiente de doña María Barrientos, monja del de San Bernardo en Guadalajara, por censos debidos y sus réditos(92). El alquiler de la casa enfermería para las criadas de la reina madre, en Toledo se acordó en 1.700 reales de vellón anuales a contar desde el 1 de abril de 1677(93). Los salarios de las enfermeras estaban incluidos en la cuenta de enfermería y recibían 15.000 maravedíes, aunque los libros recojan tres mil menos(94), un siglo más tarde su salario había ascendido a 2.555 reales de vellón (750 reales de velón equivalían en la época a 25.000 maravedíes) para la de fuera de palacio y 1.642 para cada una de las de dentro. En esta misma época la sacristana cobraba 2.190 reales de vellón, el capellán 1.100, el farolero y, el portero a razón de 1825 cada uno(95). Es difícil precisar el gasto de las enfermerías, como merced real, por depender de la voluntad del soberano. Sirva como ejemplo, la concedida de por vida a la dama doña Leonor de Velasco, que en 1664 estaba de huésped en palacio, con 561.855 maravedíes y 51.615 de gajes. En ese año, el total del valor de las enfermerías y raciones de criadas de la casa de la reina importaron 30.629 reales de vellón y 120.129(96) de los gajes. Por la misma razón es complicado concretar de 14 de diciembre de 1680, Carlos II minoró los alquileres de las casas con cargo a la Real Hacienda. A partir de agosto de 1681 hasta el final del alquiler en mayo de 1691, que se mudó la enfermería, consta el pago a razón de 750 reales de vellón cada medio año o lo que es lo mismo 25.500 maravedíes. AGP, adva., leg. 447. (92) Proceso seguido ante el corregidor de la villa de Madrid, Licenciado don Blas Gonzaga de Villoslada, con el Auto de libramiento de la deuda y, el alzamiento del embargo con fecha 18 de diciembre de 1682. AGP, adva., leg. 447. (93) AGP, adva., leg. 447. (94) Año 1638. AGP, adva., leg. 447. (95) RODRÍGUEZ GIL, nota 2, p. 97. (96) Nicolás de Pertussato cobró en la misma fecha 320.780 maravedíes por enfermerías y raciones de criadas y 39.615 por gajes, AGP, adva., leg. 447. Pero la 81 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. el valor de los géneros concedidos, aunque conocemos el valor de cada gallina que era de 8 reales la pieza hasta 1682 que se rebajó en 2 reales, para ahorro de la Real Hacienda y facilitar su cobro a los proveedores. En ese año, las gallinas adjudicadas cada mes por enfermerías en la casa de la reina fueron más de 3.500, luego el gasto mensual por este concepto en un mes era aproximadamente de 21.000 reales y con esta minoración se ahorraron 7.000 reales mensuales(97). Estos desembolsos no son importantes comparados con el gasto total de la Casa de la reina en 1686 que fue de 250.034 ducados(98) y con el de la Corte, que superaba el millón y medio de ducados(99). ¿De dónde, y cómo se pagaban estos gastos? La petición de abonos por enfermerías partía del contralor o del bureo(100), a instancia de parte, con memorial del interesado(101) o familiar(102), e informe, si mediaba enfermedad, del médico(103) o persona capacitada para ello. mayoría de las damas y criadas que se encuentran relacionadas en este documento no tienen asignada enfermería y ración de criadas y sí gajes, de ahí que su valor total sea superior. (97) 17-4-1682. (98) Gastos de proveedores: 120.696 ducados. Gastos ordinarios de los oficios: 8.432 ducados. Gastos ordinarios de mercader: 3.665 ducados. Gastos de familia: 34.867 ducados. Ordinarios y exclusivos de la Cámara: 41.191. Mesnadas de bolsillo: 26.181. De géneros principales: 15.000 ducados, por todo 250.032 ducados (1686). (Doc. 36). AGP, adva., leg. 447. Un escudo de oro desde Felipe II equivalen a 1.372 maravedíes de vellón. DICCIONARIO de Autoridades, nota 17, p. 344. (99) Según datos de Domínguez Ortiz citados por Lisón Tolosana. El gasto total en época de Felipe III fue de 1.300.000 ducados, con Felipe IV subió 200.000 ducados y con Carlos II se aproximó a los dos millones. LISÓN TOLOSANA, nota 8, p. 123. (100) CORTÉS ECHANOVE, nota 14, p. 92. AGP, adva., leg. 447. (101) AGP, adva., leg. 447. (102) CORTÉS ECHANOVE, nota 14, p. 77. Solicitud de D. Alonso Belazquez Minaya de la enfermería y ración de criada de su madre, azafata de la emperatriz: S. M., le hizo merced, dada por orden del mayordomo mayor, cuando el presidente de Hacienda añada la cantidad que importa a los gastos de despensa, por haberlo resuelto así S. M. a consulta de S. Excelencia. AGP, adva., leg. 447. (103) «Estas enfermerías se daban con rectificación de los médicos y constando ser cierta la enfermedad». AGP, adva., leg. 447. 82 SOLEDAD CAMPOS DÍEZ DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. También se inicia de oficio por el bureo, especialmente cuando se hacen pagos ya comprometidos(104), como el alquiler de casa enfermería o pago a proveedores. La solicitud se presentaba ante el mayordomo mayor que, tras consulta al monarca, daba la orden. Este método queda contenido en la representación que hizo el contralor ante el mayordomo mayor, quien consultó el 6 de octubre de 1696 a S. M. y, dijo «que corran las enfermerías en esta conformidad». El texto añade: «estas (las enfermerías) corrieron siempre a orden del condestable mayordomo mayor»(105). Cuando el rey resolvía favorablemente, se libraba el gasto por la presidencia del Consejo de Hacienda para que el tesorero realizara el pago al interesado, si era en moneda, al proveedor, si era en género, o a otro oficial de palacio, como el aposentador, cuando se había de pagar el alquiler de la habitación que servía de enfermería. Así se desprende del siguiente texto: «que S. M. mande a la presidencia de Hacienda que a Joseph Nieto se le libren a parte de los ordinarios de su oficio los 2.964 reales que se deben hasta agosto de este año»(106), o al guardamangier para las criadas de las infantas(107) . De todos estos gastos queda constancia en los libros del grefier y son computados a costa de la despensa(108). (104) «El Bureo suplica a S. M. sirva mandar con toda precisión al gobernador del Consejo de Hacienda que por cuenta de lo que importa la partida de los proveedores de la volatería, libre prontamente el dinero al tesorero de la reina nuestra señora a 24.000 reales todas las gallinas de la enfermería». AGP, adva., leg. 447. (105) «Las enfermerías que estaban en costumbre darse con orden del Sr. Condestable mayordomo mayor sobre memoriales de los criados». «Con este reglamento corrió hasta el fallecimiento del Sr. condestable mayordomo mayor y, después le han continuado los Srs. Mayordomos por sus semanas». Palacio 28 de septiembre de 1699. AGP, adva., leg. 447. (106) En Madrid a 11 de septiembre de 1682, Don Joseph Nieto era aposentador desde 1657 y aparece en el cuadro de Velázquez «Las meninas». LUJÁN, nota 11, p. 61. CORTÉS ECHANOVE, nota 14, p. 73. (107) Guardamangier: jefe de oficina en donde se reciben todas las viandas y provisiones que trae el comprador para el servicio de palacio, es una voz francesa introducida con la casa de Borgoña. DICCIONARIO de Autoridades, nota 17, p. 88. «Que de aquí adelante se les den las enfermerías por el guarmangier a las criadas de la infanta nuestra señora. Madrid 1 de marzo de 1626». AGP, adva., leg. 447. (108) AGP, adva., leg. 447. 83 Las enfermerías de damas y criadas en la corte del siglo XVII DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Illus. 2002, 22, 59-83. 6. CONCLUSIONES Enfermerías es un término que, en la administración palatina española del siglo XVII, significaba tanto el lugar donde se curaban los enfermos, como los estipendios concedidos por la gracia real. Las personas que se podían curar en las enfermerías de dentro y fuera de palacio, eran damas, dueñas y criadas de la reina y de sus propias damas. En su acepción, estipendio o beneficio, se podían asignar a todos los criados de las Reales Casas, salvo supernumerarios y esclavos. El lugar designado como enfermería, era una sala dentro de palacio o en una casa de alquiler, dispuesta para atender en la enfermedad a las señoras indicadas. A tal efecto, una enfermera permanecía en el lugar, junto con sacristana, farolero y portero. Allí acudían los médicos de familia para sanar el cuerpo y el capellán para la salud del alma, que era más importante. La enfermería como gratificación, consistía en una cantidad de dinero y en género, especialmente en gallinas, también carne, tocino y bizcochos. Los gastos computados en el capítulo de enfermerías estaban referidos al alquiler de las casas donde se curaban las damas y criadas, a los salarios de la enfermera encargada y al dinero y género que se daba como merced real bajo este nombre. La solicitud de este provecho se iniciaba a instancia de parte, con memorial e informes presentados ante el bureo, quién también iniciaba la petición de gastos ya comprometidos. Recibidas las demandas por el mayordomo mayor, las consultaba al rey, quien resolvía en uno u otro sentido. Tras ello y si el decreto era favorable, el presidente del Consejo de Hacienda autorizaba el gasto y el mayordomo mayor ordenaba que se realizase el pago.