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Resumen Se examinan con un enfoque jurídico varios textos epigráficos griegos de reciente hallazgo, fechados desde mediados del siglo VaC hasta finales del IV aC. Estos documentos son de dos tipos: por un lado, documentos privados de tipo comercial que constituyen valiosos ejemplos del tráfico jurídico-mercantil entre griegos y no griegos; por otro lado, decretos por los que se reconocen derechos civiles y económicos, a título colectivo o individual, a determinados extranjeros. Aunque constituyen ejemplos ciertamente específicos, permiten intuir cómo se resolvían en aquella época los problemas que hoy llamaríamos de Derecho internacional privado. En principio sólo los ciudadanos eran titulares de los derechos que la ley de la polis otorgaba. Por ello, el problema fundamental era el de los mecanismos que permitían reconocer ciertos derechos en favor de los extranjeros. Asimismo, el comercio entre mercaderes de distintas comunidades habría dado lugar a una suerte de lex mercatoria de cierta complejidad, fundamentada en los pactos y usos establecidos por los comerciantes, y que tal vez habría tenido el apoyo de algún mecanismo arbitral que habría precedido al menos en un siglo a las dikai emporikai atenienses. Palabras clave: Derecho internacional privado, antigua Grecia, extranjeros, comercio internacional, epigrafía. Abstract. Interaction of populations in ancient Greece: some examples of special interest for private international law Epigraphic texts dated from the middle of the 5th century B.C. to the end of the 4th B.C. are analyzed from a legal point of view. They are of two kinds: first, some private documents containing commercial transactions between Greeks and non-Greeks; second, decrees recognising some civil and economic rights to aliens, on a collective or individual basis. Even if they are specific 1. Trabajo realizado en el marco del proyecto de investigación subvencionado por la DGES PB 970173, «Materialización documental de la interacción de poblaciones en el mundo greco-romano. Paralelismos con el mundo moderno». Faventia 24/1, 2002 7-36 Interacción de poblaciones en la antigua Grecia: algunos ejemplos de especial interés para el Derecho internacional privado1 Rosa-Araceli Santiago Álvarez Universitat Autònoma de Barcelona Departament de Ciències de l’Antiguitat i de l’Edat Mitjana 08193 Bellaterra (Barcelona). Spain Miguel Gardeñes Santiago Universitat Autònoma de Barcelona. Departament de Dret Privat 08193 Bellaterra (Barcelona). Spain Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 7
examples, they provide some insight about how problems which would nowadays be considered as a matter of private international law were dealt with in ancient Greece. In principle, only citizens could benefit from rights granted by the law of the polis. Therefore, the key issue was that of mechanisms allowing recognition of certain rights to aliens. Also, as a result of trade between merchants of different communities, a kind of lex mercatoria would have risen, based on agreements between the parties and commercial practice. It was possibly supported by some kind of arbitration system preceding at least a century the Athenian dikai emporikai. Key words: private international law, ancient Greece, aliens, international trade, epigraphy. I. Introducción El presente estudio pretende, a través del análisis directo de documentos epigráficos griegos2, desvelar el tratamiento legal de las relaciones de carácter privado entre personas pertenecientes a comunidades políticas o étnicas distintas. El trabajo se basa en testimonios que abarcan un marco geográfico y cronológico relativamente amplio: los dos extremos, oriental y occidental, de presencia griega en el Mediterráneo y algo más de un siglo, que se extiende desde mediados del siglo VaC hasta finales del IV aC. Su objetivo es doble: por un lado, presentar el análisis filológico de materiales epigráficos de reciente hallazgo a un público interesado principalmente en su contenido y, por otro, enfocar su interpretación desde la óptica de la ciencia jurídica, en particular desde la perspectiva del Derecho internacional privado. Salvo error por nuestra parte, los documentos que presentaremos no han sido hasta la fecha objeto de análisis desde el punto de vista jurídico3. La perspectiva adoptada es interdisciplinar, a la vez filológica y jurídica, y ha venido propiciada por la participación de ambos autores en un proyecto de investigación del Departamento de Ciencias de la Antigüedad y de la Edad Media de la UAB4. El hecho de haber seleccionado exclusivamente documentos epigráficos 8Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago 2. Descartaremos, por tanto, el análisis de fuentes indirectas, como las procedentes de la tradición literaria. 3. Dado que el estudio tiene una orientación fundamentalmente jurídica, no se ha considerado conveniente incluir los textos en su versión original griega, sino que se ha intentado ofrecer al lector no filólogo una aproximación rigurosa, a través de una traducción lo más cercana posible al original incluso en su estructura, acompañada de un comentario filológico y una orientación bibliográfica dirigidas a facilitar la comprensión de cada documento. Asimismo, se ha optado por transliterar al alfabeto latino las menciones de palabras o sintagmas griegos. 4. Vid. nota 1. Sumario I. Introducción II. Marco histórico III. Presentación general de los textos IV. Comercio entre poblaciones de distintos orígenes V. Decretos de proxenía: Iasos yCaunos VI. Consideraciones finales Apéndice: abreviaturas más frecuentemente utilizadas Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 8
deriva de su valor como fuentes directas del pasado: como ya indicó H. Lewald5, no hay mejor aproximación al mundo de la antigüedad que la que proporcionan los testimonios epigráficos directos. Por ello, la labor conjunta del filólogo y del jurista puede resultar muy provechosa, puesto que, aparte de los aspectos de interés para la filología, el epigrafista puede proporcionar a los estudiosos de otras disciplinas, como los juristas, los historiadores o los politólogos, material fresco y de primera mano para sus respectivos objetos de estudio. Volviendo al tema concreto de nuestro trabajo, su objetivo último es intentar esclarecer cómo se estructuraban y regulaban en el mundo griego de la época las relaciones entre personas pertenecientes a comunidades distintas, es decir, tanto las relaciones entre griegos de distintas poleis como entre griegos y no griegos. Por consiguiente, nos interesaremos por las relaciones interpersonales que en la actualidad consideraríamos objeto del Derecho internacional privado (en adelante, DIPr), esto es, las relaciones privadas jurídicamente heterogéneas, es decir, aquellas en que se detecte la presencia de un elemento extranjero o, en otras palabras, aquellas que presenten vínculos con más de un sistema jurídico, ya sea por la nacionalidad o residencia de los interesados, ya sea por la localización de determinados hechos, actuaciones u objetos6. Desde el punto de vista de la historia del DIPr, el interés del tema radica en que, probablemente por la escasez de fuentes disponibles, esta época se halla relativamente poco tratada. Nuestro propósito ha sido, entonces, el de facilitar ejemplos nuevos e interpretarlos, para así poder complementar los estudios existentes7. Además, la reciente publicación de trabajos que Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 9 5. LEWALD, H., «Conflits de lois dans le monde grec et romain», Rev. crit. dr. int. pr., 1968, p. 420-421; vid. también ROSEN, H.B., «Questions d’interpretation de textes juridiques grecs de la plus ancienne époque. La contribution de la philologie à la compréhension juridique», en MODRZEJEWSKI, J. y LIEBS,D. (eds.), SYMPOSION 1977: Vorträge zur griechischen und hellenistischen Rechtgeschichte (Chantilly, 1-4 Juni, 1977), Köln-Wien, Böhlau Verlag, 1982, p. 9-32. 6. No es este el momento para entrar a fondo en la discusión de qué es el DIPr, su objeto y su contenido. Baste ahora señalar, particularmente para aquellos lectores que no sean especialistas de esta disciplina, que en la actualidad tiende a considerarse que el DIPr tiene por objeto las relaciones entre personas que actúan en tanto que sujetos privados (es decir, relaciones de derecho privado en las que ninguna de las partes dispone de ius imperii o prerrogativas de autoridad sobre la otra) y que desbordan los límites de un único ordenamiento jurídico. Se trataría, por tanto, de aquellas situaciones que presentan puntos de contacto con más de un sistema jurídico y que, de este modo, se contraponen a las puramente internas o que se desenvuelven íntegramente dentro de un único sistema legal. A modo de ejemplo, serían supuestos comprendidos dentro del objeto del DIPr un matrimonio entre un español y una finlandesa, un contrato entre una empresa española y otra francesa o una sucesión en la que causante y herederos fueran de nacionalidades distintas, o en la que los bienes de la herencia se hallaran dispersos entre distintos países. En cambio, el DIPr no se ocuparía de aquellas situaciones que no presenten semejante carácter «mixto» o «internacional». J.D. González Campos expresa esta idea cuando contrapone las situaciones «jurídicamente homogéneas» a las «heterogéneas» (Derecho internacional privado. Introducción, policopiado, Universidad Autónoma de Madrid, 1984, p. 9-12); sobre el objeto del DIPr, vid. FERNÁNDEZ ROZAS, J.C. y SÁNCHEZ LORENZO, S., Derecho internacional privado, Madrid, Civitas, 20012, p. 25-31. 7. Estudios clásicos sobre el tema son los de ALLIOT, M., Les conflits des lois dans la Grèce ancienne, tesis doctoral, Universidad de París, 1953; MARIDAKIS, G. S., «Introduction au droit international privé», R. des C., t. 105, 1962-I, p. 485-487; del mismo autor, Idiotikon Diethnes Dikaion, Atenas, Adelfon Klisiune, 1968, vol. I, p. 119-121; LEWALD, H., loc. cit., p. 419-440; WOLFF, H., Das Problem Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 9
abordan la época de la Grecia antigua, tanto desde la óptica del Derecho internacional público8como del DIPr9, no hace sino confirmar este interés. Hemos pretendido orientar nuestra investigación sin prejuicios ni apriorismos dogmáticos previos: no hemos intentado «descubrir» en la antigua Grecia la utilización de técnicas o soluciones parecidas a las actuales, como tampoco hemos intentado trasplantar moldes y esquemas modernos a un contexto tan lejano: así, por ejemplo, no nos hemos dedicado a buscar normas que hoy llamaríamos de «conflicto de leyes». Hacemos esta advertencia porque la posición que identifica el DIPr exclusivamente con los conflictos de leyes también ha dejado su huella en el análisis de esta etapa histórica. En efecto, los autores que reducen la problemática del DIPr a los conflictos de leyes se ven obligados a «descubrir» supuestos razonamientos de tipo conflictual en la antigua Grecia, para así poder concluir que en esta época ya existía el DIPr, o que los problemas de tráfico externo se planteaban de la misma manera que en la actualidad10. En cambio, a nuestro modo de ver, no 10 Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago der konkurrenz von Rechtsordnungen in der Antike, Heidelberg, Carl Winter, 1979; STURM, F. «Comment l’Antiquité réglait-elle ses conflits de lois?», Journ. dr. int., núm. 2, 1979, p. 259-273; en la doctrina española, ESPINAR VICENTE, J.M., «Algunas consideraciones en torno al desarrollo histórico del Derecho internacional privado en la Grecia de las ciudades», R.D.P, 65, 1981, p. 547-568 y, recientemente, PÉREZ MARTÍN,E., Los extranjeros y el Derecho en la antigua Grecia, Madrid, Dykinson, 2001. 8. BEDERMAN, D.J., International Law in the Antiquity, Cambridge University Press, 2001. El autor analiza las relaciones internacionales en el Próximo Oriente (2800-700 aC), la Grecia de las ciudades (500-338 aC) y Roma (358-168 aC), llegando a la conclusión de que el Derecho internacional no es un producto único de la mentalidad moderna, sino que ya existía en la antigüedad. Basa su tesis en el análisis de diversos aspectos del funcionamiento de los «Estados» en la antigüedad: sus normas de conducta en las embajadas, las inmunidades garantizadas a los enviados, la protección proporcionada a los extranjeros o las restricciones para declarar la guerra. 9. Se trata de la citada monografía de E. Pérez Martín, dedicada a los antecedentes del DIPr en Grecia: partiendo del binomio ciudadano/no ciudadano en el ámbito de las poleis griegas, examina los diferentes procedimientos de asimilación total o parcial del extranjero al ciudadano, y termina con un capítulo dedicado a la presentación y discusión de algunos supuestos concretos de problemas de tráfico externo. En síntesis, concluye que existía una estricta correlación entre derecho y ciudadanía de tal manera que en principio sólo el ciudadano era sujeto de derecho; ahora bien, existían diversas instituciones (xenia, proxenía, isopoliteia) que permitían el reconocimiento del extranjero y la protección de su persona y bienes. Por otro lado, entiende que también pueden vislumbrarse problemas de competencia judicial y de derecho aplicable (o al menos de toma en consideración de un derecho distinto del de la polis). Otro aspecto que la autora pone de relieve es que, a su juicio, las orientaciones del nuevo DIPr muestran más afinidades con el panorama deducible del análisis de las relaciones de tráfico externo en la Grecia de las poleis que con los modelos que se dieron en los considerados tradicionalmente sus orígenes. 10. Planteamiento que es muy claro en el célebre análisis del Eginético de Isócrates (testamento de Trasíloco) llevado a cabo por G.S. Maridakis. Así, por ejemplo, afirma: «Le jour où le citoyen d’une cité a conclu une convention avec le citoyen d’une autre cité, alors, automatiquement s’est posée la question: de quelle cité fallait-il appliquer les lois pour apprécier si cette convention était valablement conclue?» y, más tarde: «Isocrate ait posé “le problème du droit international privé” exactement comme on le pose de nos jours, autrement dit, afin de repérer l’État dont le droit est applicable aux rapports qui se rattachent par quelque côté à plusieurs États» («Introduction…», op. cit., el destacado es nuestro; en parecidos términos, Idiotikon…, op. cit., p. 119-121); mucho más convincente nos parece la tesis de M. Alliot, cuando critica el entusiasmo Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 10
conviene identificar los problemas de tráfico externo objeto del DIPr con una técnica de reglamentación concreta, como es la de los conflictos de leyes11. Despojada entonces nuestra investigación de apriorismos conflictualistas, nuestra búsqueda ha ido por otros derroteros: sencillamente, hemos intentado descifrar el significado de los documentos epigráficos examinados, para así poder deducir el tratamiento jurídico de las relaciones privadas y comerciales entre personas pertenecientes a comunidades étnicas o políticas distintas, sin intentar encajarlas a toda costa en moldes actuales. Por supuesto, en este empeño nos enfrentamos con la dificultad de la escasez de fuentes disponibles, y de su carácter fragmentario o incompleto. A pesar de ello, creemos que recuperando las piezas dispersas es posible hacerse una idea suficientemente objetiva de cómo debía ser el cuadro completo. II. Marco histórico Teniendo en cuenta que la mayor parte de los textos que se van a comentar se refieren a las relaciones entre griegos y no griegos, nos parece oportuno hacer unas precisiones previas sobre: 1) las condiciones en que habitualmente se daban estas relaciones; 2) la semántica del término bárbaro con el que genéricamente, desde finales de la época arcaica, se designaba al no griego. 1) Es una evidencia indiscutible que, en la larga historia de una Grecia12 fragmentada desde los primeros testimonios de época micénica en unidades políticas independientes y marcada por la necesidad material del contacto exterior, y particularmente en el ámbito de las llamadas «colonizaciones»13, el éxito de las poblaciones griegas que buscaban nuevas tierras de asentamiento o abrir rutas para su Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 11 conflictualista de determinados autores, señalando que el hecho de que en Grecia se diera una situación de pluralismo político-jurídico no implica necesariamente la existencia de conflictos de leyes, puesto que deben tenerse en cuenta otros factores (op. cit., p. 235-272). 11. Resulta de gran interés a este respecto el reciente artículo de F.K. JUENGER y S. SÁNCHEZ LORENZO, «Conflictualismo y lex mercatoria en el Derecho internacional privado», Revista Española de Derecho Internacional, 2000-1, p. 15-47, que demuestra claramente que la utilización de técnicas de conflicto de leyes o de «localización» del derecho estatal aplicable es sólo una de las posibles maneras de resolver los problemas de tráfico externo, y que no necesariamente ha de ser la mejor o la más eficaz. 12. Como obra de síntesis, para un enfoque general de la historia del mundo griego puede consultarse AMOURETTI, M.C. y RUZÉ, F., Le monde grec antique. Des palais crétois à la conquête romaine, Hachette, París, 1990. 13. Se alude generalmente con la denominación de «colonización protohistórica» al establecimiento en las costas frontales de Asia Menor de poblaciones griegas procedentes de la Grecia continental en los primeros siglos del primer milenio, como resultado de la presión de otros grupos de población indoeuropea que desde el norte de la Península Balcánica avanzaban hacia el sur. Los testimonios de esta colonización son indirectos, basados principalmente en la repartición dialectal y en la tradición mítica. Se denomina «colonización histórica» o «segunda colonización» o «colonización» a secas, el proceso histórico ya bien conocido de expansión griega por todo el mediterráneo a lo largo de los siglos VIII al VI (con esporádicos apéndices en el V). Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 11
actividad comercial dependía de la coexistencia pacífica con aquellas comunidades indígenas con las que los griegos entraban en contacto. Esto obligaba sin duda a establecer marcos de colaboración y mutuas concesiones que, en muchos casos, acabaron en auténticas fusiones, como nos dejan ver las propias fuentes. Es paradigmático en este sentido un pasaje del geógrafo Estrabón (64 aC-17 dC) que, si bien es un autor muy posterior a la época de la colonización, recoge en su obra tradiciones que se remontan a autores y épocas muy tempranas. Concretamente, cuando en su descripción del litoral mediterráneo de la península Ibérica en el libro III, 4,8 de su Geografía menciona la fundación de la colonia griega de Emporion14, dice lo siguiente: Los emporitanos ocuparon al principio un islote situado delante de la costa, el que ahora se llama Palaiápolis (Villavieja), pero actualmente están establecidos en tierra firme. Se trata de una ciudad doble, partida en dos por un muro, pues primero habían tenido como vecinos a algunos indicetas15 que, aunque se regían por sus propias instituciones, querían por motivos de seguridad compartir recinto con los griegos. Se trataba sin embargo de un recinto compuesto de dos partes, ya que estaba dividido por un muro medianero. Pero con el tiempo se fusionaron en una misma comunidad política (políteuma) con una mezcla de leyes (nomímon) de origen bárbaro y de origen griego, tal como ha sucedido también en otros muchos casos16. 2) En cuanto al significado del término bárbaro, de claro origen onomatopéyico, su primer testimonio se da en Ilíada II, v.867. Allí aparece como primer elemento del adjetivo compuesto barbarófono, que no parece tener un valor peyorativo ni opositivo, sino que aplicado a los carios, uno de los pueblos anatólicos más helenizados desde época temprana, califica un tanto irónicamente su peculiar fonética hablando griego17. Probablemente fueron los primeros etnógrafos jonios de final de la época arcaica los que, eliminando el segundo elemento del compuesto barbaró-fono dieron al término bárbaro un valor genérico para marcar la alteridad griego/no griego. La evolución histórica del concepto de «bárbaro» es un tema que ha interesado mucho en los últimos decenios, como puede verse en la abundante bibliogra12 Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago 14. Nombre griego de la actual Empúries/Ampurias, al norte de la costa catalana. 15. Poblaciones indígenas de la zona. 16. Los términos políteuma y nomímon no dejan lugar a dudas de que la comunidad política mencionada llegó a ser mixta, tanto en el ámbito político como en el jurídico. Según el propio Estrabón, no se trataría de un hecho aislado. Otro resultado de la colonización fue que los contactos con pueblos muy diferentes entre sí (itálicos, ilirios, ligures, íberos, tartesios, tracios, escitas, frigios, libios, egipcios) desencadenasen la formación de una conciencia panhelénica, que ponía de relieve las coincidencias fundamentales entre comunidades griegas a pesar de sus diferencias particulares. Esa conciencia de lo que une frente a lo que separa aparece formulada sintéticamente en Heródoto VIII, 144: identidad racial (hómaimon ‘de la misma sangre’), lingüística (homóglosson ‘de la misma lengua’), religiosa (theôn hidr´ymatá te koinà kaì thysíai ‘Con santuarios de los dioses y sacrificios comunes’) y cultural (étheá te homótropa ‘con costumbres y hábitos semejantes’). 17. Cf. LEVY, E., «Naissance du concept de barbare», Ktema, 9, 1984, p. 5-14 (esp. 5-9); ROCHETTE,B., «La langue des Cariens à propos de B 867», GLOTTA, 74, 3-4, 1997/98, p. 227-236 y, entre los autores antiguos, ESTRABÓN XIV,2,28. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 12
fía que se le ha dedicado18. Sin entrar en matizaciones más concretas, lo que se deduce globalmente de esos estudios es que el concepto de «bárbaro» no fue algo estático y definido desde el principio. Más bien se observa que los rasgos que acompañan a su semántica básica de «alteridad», meramente descriptiva y neutra al principio, van adoptando diferentes connotaciones de acuerdo con los avatares históricopolíticos y de aspectos circunstanciales. Además, para los griegos, no todos los no griegos eran vistos bajo la misma perspectiva, sino que las fuentes muestran con toda claridad la conciencia de las diferencias entre ellos. En la fijación del concepto negativo de bárbaro influyó decisivamente el conflicto greco-persa que desemboca en las guerras médicas. Éste fue, sin duda, el primer desencadenante de la visión antagónica que acaba presentando al «bárbaro» como un antimodelo cultural caracterizado por el despotismo político y el primitivismo de sus costumbres19. Un papel importante en el desarrollo de esta mentalidad le correspondió muy probablemente a la Atenas que, tras el final de las guerras médicas, encabezó la Liga Ático-Délica (constituida en 478-477), confederación de ciudades unidas teóricamente por el esfuerzo común de la defensa frente al peligro persa, pero que progresivamente va evolucionando hacia un auténtico imperialismo ateniense que sofoca con extrema dureza los intentos de defección de los confederados. Para su papel de «libertadora» de la Hélade, que Atenas asumió tras la increíble victoria griega frente al imperio medo-persa, una propaganda basada en acentuar el miedo a un enemigo exterior y amenazante acaba por presentar a los «no griegos» en general como el antimodelo en la oposición «civilización/barbarie». Es esta mentalidad la que aflora en momentos históricos de exaltación del panhelenismo, del que un brillante ejemplo lo constituye el Panegírico de Isócrates (436-338) en su defensa del ideal de una Grecia unida haciendo frente al «bárbaro», o la más elaborada concepción de la Hélade como patria cultural. La culminación teórica de esta corriente antitética que va cargando progresivamente al «bárbaro» de toda suerte de connotaciones peyorativas puede verse representada por la consideración aristotélica de que es admisible identificar el bárbaro con el esclavo20. Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 13 18. De la que entresacaremos algunos de los títulos más significativos: THÉBERT, Y., «Réflexions sur l’utilisation du concept d’étranger: évolution et fonction de l’image du Barbare à Athènes à l’époque classique», Diogène, 112, 1980, p. 96-115; SKODA, F., «Histoire du mot bárbaros jusqu’au début de l’ère chrétienne», Actes du Colloque Franco-Polonais d’Histoire, Nice-Antibes, 1981, p. 111-126; LEVY, E. loc. cit., passim (encabeza éste un conjunto de artículos de distintos especialistas recogidos bajo el epígrafe «L’image du barbare en Grèce et en Rome» en Ktema, 9, 1984, p. 5-157. Previamente en el número 6 de la misma revista se había dedicado al tema de «Griegos y bárbaros» otra serie de artículos, cf. Ktema 6, 1981, p. 3-87); HARTOG, F., The mirror of Herodotus: representation of «the other» in the writing of history, Ithaca, 1988; CARTLEDGE, P., The Greeks: A Portrait of Self and Others, Oxford, 1993; IDEM «We are all Greeks?», BICS, 40/2, 1995, p. 75-82; HALL, E., Inventing the Barbarian. Greek Self-definition through Tragedy, Oxford, Clarendon Press, 1989; SANTIAGO, R.A., «Griegos y bárbaros: arqueología de una alteridad», Faventia, 20/2, 1998, p. 33-44. 19. Cf. LEVY, E., «Hérodote philobarbaros ou la vision du barbare chez Hérodote», en LONIS, R. (ed.), L’étranger dans le monde grec, II, Nancy, 1992, p. 193-244. 20. Cf. especialmente Política, I, 2, 1252 b 5-9; comentario de LEVY, E., «La théorie aristotélicienne de l’esclavage et ses contradictions», en Mélanges Pierre Lévêque, III, Besançon, 1989, p. 197-213. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 13
Sin embargo hay que decir que las fuentes griegas, tanto literarias como epigráficas, no nos presentan siempre esta imagen tan negativa del «bárbaro», incluso ni en la propia Atenas: para autores como el historiador Tucídides21, por poner un ejemplo significativo, el término, cuando es empleado globalmente, adopta el sentido neutro de «no griego» sin connotaciones y los distintos pueblos bárbaros no son presentados con un enfoque homogéneo, sino marcando diferencias de valoración entre ellos. III. Presentación general de los textos Los documentos epigráficos que a continuación presentaremos lo serán a través de traducciones que, todas ellas, son actualizaciones o revisiones hechas específicamente para este artículo por la coautora firmante. Debe tenerse en cuenta que los documentos epigráficos, especialmente si son fragmentarios o de un tipo sin demasiados paralelos previos, como es aquí en general el caso, no son de interpretación unívoca e inmediata, y ello obliga a que su análisis tenga continuamente presentes sus problemas filológicos. Los documentos aquí seleccionados son, en casi todos los casos22, documentos prácticamente únicos en cuanto a su forma y contenido; y todos de hallazgo y publicación reciente. Su análisis conjunto en este artículo se debe a que todos ellos aportan información sobre el tratamiento jurídico de las relaciones con extranjeros, bien sea desde una perspectiva estrictamente comercial o «privada» (caso de los dos primeros), bien sea desde la perspectiva del poder público (decretos que reconocían, a título colectivo o individual, la titularidad de derechos civiles y económicos a determinados extranjeros). Los tres primeros, presentados conjuntamente en el apartado IV por su unidad temática, constituyen testimonios directos del comercio entre poblaciones de distinto origen, mientras que los cinco últimos, también agrupados en el apartado V por la misma razón, presentan diversos casos de concesión de privilegios individuales a extranjeros, tanto griegos23 como no griegos. En cuanto a sus fechas aproximadas24, van desde mediados del s. Vhasta finales del s. IV aC, es decir, desde las reformas de Pericles en Atenas hasta la consolidación del imperio macedónico de Filipo y Alejandro, para situarnos en un marco histórico-cronológico general. Finalmente, los lugares de procedencia de las inscripciones son, respectivamente, 14 Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago 21. Para Tucídides la diferencia entre «griego» y «bárbaro» no es esencial sino que, en todo caso, se trata de una cuestión de cronología relativa en el proceso cultural: en el pasado griegos y bárbaros coincidieron en modos de vida (diaitémata) y aún coinciden en las regiones griegas más atrasadas (Tuc. I, 5, 3-6, 1). Es decir, el modo de vida de los antiguos griegos tenía muchas concomitancias con el de los actuales bárbaros (Tuc. I, 6, 5); vid. Santiago, R.A., «Griegos y bárbaros…», op. cit., p. 33-44. 22. Pueden excluirse los decretos de proxenía comentados en último lugar. 23. Por parte de una ciudad griega distinta a la propia, o por parte de una ciudad no griega. 24. La datación exacta de una inscripción es posible en muy pocos casos, excepto cuando incluya algún dato que lo permita, p.e., referencia a acontecimientos o personajes históricos conocidos, o cualquier otro indicio que permita fijar el contexto histórico. En los demás casos la datación es aproximada, deduciéndose a partir de aspectos materiales y lingüísticos del documento (p.e., características del soporte, forma de las letras, o aspectos dialectales). Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 14
Empúries y Pech Maho en el ángulo noroccidental del Mediterráneo; Pistiros, establecimiento griego recientemente descubierto en el interior de Tracia, en la actual Bulgaria; Iaso, ciudad griega al sur de la costa occidental de Asia Menor, Turquía actual y Cauno, ciudad caria en la costa suroccidental también de Asia Menor. IV. Comercio entre poblaciones de distintos orígenes IV.1. Documentos de Empúries y Pech Maho Analizaremos en primer lugar los documentos —laminillas de plomo— hallados en el extremo occidental del Mediterráneo, esto es en Empúries/Ampurias (Girona) y en Pech Maho (noroeste de Sigean, a unos quince kilómetros al sur de Narbona, Francia25). La semejanza entre ellos no reside únicamente en el soporte material, datación (aprox. 450 aC) y variedad dialectal que comparten, sino sobre todo en el hecho de que ambos se complementan en los datos que nos aportan sobre las peculiaridades del comercio en esta zona del extremo Occidente, en el que participaban grupos humanos de distintos orígenes, entre ellos griegos. Veamos primero el que procede de Empúries26, una carta que, a pesar de su carácter fragmentario, puede aportarnos algunos indicios de interés: 1… de modo que estés en Saiganthe27, y si … 2… entre los Emporitanos28 y no embarcas … 3… más de veinte y vino no [menos de] … 4… y que en Saiganthe ha comprado Basped[…29 [una barca?] 5… adecuada para el transporte costero incluso hasta … 6… de cuál de esas cuestiones debe encargarse [—-]as[.]on30 … Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 15 25. Cf. para las respectivas ed. pr., vid. SANMARTÍ, E. y SANTIAGO, R.A., «Une lettre grecque sur plomb trouvée à Emporion», ZPE, 68, 1987, p. 119-128, en el caso de Empúries, y LEJEUNE, M. y POUILLOUX,J., «Une transaction commerciale ionienne au Ve siècle av. JC. à Pech Maho», CRAI, 1998, p. 526-535, en el de Pech Maho. Un estudio más completo de ambas en SANMARTÍ, E. y SANTIAGO, R.A. RAN, 21, 1988, p. 3-17 y en LEJEUNE, M., POUILLOUX, J., y SOLIER, Y., RAN, 21, 1988, p. 19-59. 26. La traducción es una puesta al día de traducciones anteriores de R.A. Santiago; el texto griego puede consultarse en las publicaciones antes citadas, así como en SEG, 42, 1992, núm. 972. La traducción actual incluye también algunas modificaciones a este texto. 27. Posible nombre griego de Sagunto; cf. SANTIAGO, R.A., «En torno a los nombres antiguos de Sagunto», Saguntum (PLAV), 23, 1990, p. 123-140; y de la misma autora, «Enigmas en torno a Saguntum y Rhoda», Faventia, 16/2, 1994 [1995], p. 51-64. 28. Tenemos en esta inscripción, así como en la de Pech Maho, las dos primeras menciones del etnónimo o nombre de los ciudadanos de Emporion, nombre griego de la actual Empúries, dado a esta colonia por los griegos procedentes de Focea que la fundaron, junto con Marsella (Massalia), hacia el 600 aC. 29. Con gran probabilidad antropónimo ibérico bimembre del tipo Bás-betar. Incompleto en los dos casos mencionados. Vid. VELAZA, J., «Baspedsur le plomb grec d’Emporion: un anthroponyme ibérique?», BN, 27, 1992, p. 264-267. 30. El final conservado, un dativo, tanto podría ser de un topónimo con valor de locativo, como de un antropónimo, complemento agente de la forma verbal de obligación poeteon, última palabra legible de la línea. De ser así, estaríamos ante la mención de otra persona envuelta en el tráfico comercial de la zona. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 15
1(ilegible) 2[… … … …. …] pero si [… 3[——] jure por Dioniso67 y 4[ante él] responda68: cualquier reclamación de alguno de los 5comerciantes griegos69 el uno 6contra el otro (entre sí), que sean ellos los que la juzguen de acuerdo con 7los usos propios de su común origen70. Y cuantas deudas existan 8para con los comerciantes griegos por parte de los tra9cios, no abolirlas. 10 Respecto a tierra y pastos, cuantos tiene11 n los comerciantes griegos, todo eso no quitárse12 lo. No enviar tropas en desplazamiento71 a lo13 s asentamientos de los comerciantes griegos. Tampoco guarnición alguna 14 establecer en Pistiros, ni él 15 mismo72 ni permitírselo a otro. 16 Rehenes de los pistirenses, no to17 mar ni permitírselo a otro73. 18 [Los bienes] de los comerciantes griegos, no quitárse19 los ni él ni los 22 Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago 67. Divinidad tracia y griega a la vez. 68. Restitución e interpretación de R.A. Santiago. Probablemente este comienzo parcialmente perdido de la inscripción contenía la fórmula de juramento que invocaba a uno de los dioses tracios más importantes, mediante el cual el rey se comprometía al cumplimiento de lo que enuncia a continuación. Estilísticamente llama la atención que en la primera parte estén expresadas en tercera persona las decisiones tomadas por él mismo (líneas 4-26), y en primera persona aquellas en que asume los privilegios concedidos a los griegos por su antecesor (líneas 26-38). 69. El término griego utilizado es emporites con el sentido genérico de «persona que toma parte en un emporion (mercado)», y no con el específico que veíamos en las inscripciones de Empúries y Pech Maho, como designativo de los habitantes de la colonia de Emporion. 70. El sintagma griego traducido así es epì toîs syngenési, compuesto de la preposición epí ‘sobre’ y el dativo plural de tò syngenés, forma neutra sustantivada del adjetivo, sinónima del sustantivo syngéneia ‘parentesco’ en general. Pero frecuentemente, como aquí, referido a grupos humanos amplios, pueblos o tribus, toma el sentido específico de «afinidad o afinidades entre poblaciones del mismo origen», es decir, aquello que las caracteriza. Los comerciantes griegos citados en la inscripción son todos de origen jonio, procedentes de colonias (Maronea, Tasos y Apolonia) cuyas metrópolis habían sido colonias jonias de Asia Menor (Chios, Paros y Mileto). También eran sin duda jonios los griegos de Pistiros, ya que este documento, fundamentalmente dirigido a ellos, adopta formas dialectales propias del dialecto jonio de Asia Menor. De modo que en este contexto el sintagma epì toîs syngenési parece implicar la conciencia de que, dentro de las tradiciones comunes a las diferentes poblaciones jonias que comerciaban en Tracia, existirían también unos elementos de derecho y de administración de justicia comunes a todas ellas, y que son reconocidos como tales por la autoridad del país de acogida. 71. Se refiere a tropas móviles, frente a las guarniciones estables mencionadas a continuación. Se trataría de evitar a los comerciantes griegos los riesgos y molestias derivadas de la acampada de tropas en su territorio, y quizá los gastos de avituallamiento de las mismas. 72. Es decir, el propio rey de los tracios. 73. La toma de rehenes era práctica corriente en la Tracia de la época, según el testimonio de fuentes antiguas. Cf., p.e., JENOFONTE, Anábasis, VII, 4, 21. PSEUDO-ARISTÓTELES, Economico, XIII, 51a; Demóstenes, C. Aristócrates, 149. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 22
20 suyos. Tasas sobre los caminos74, 21 no cobrarlas en todo lo que en Maronea 22 se importa desde Pistiros o desde los mer23 cados, o desde Maronea aPist24 iros o a los mercados de los Belanoprese25 nos. Que los comerciantes griegos las carre26 tas (puedan) abrir y cerrar75. Junto con [estos privilegios] 27 exactamente igual que en tiempos de Kotys76: a un ciudadano de M28 aronea77 no lo apresaré ni lo haré ma29 tar ni le despojaré de sus bie30 nes ni vivo ni muer31 to, ni yo mismo ni de los míos 32 ninguno. Tampoco de los ciudadanos de Apolonia ni 33 de Tasos cuantos están en Pistiros, 34 ni haré matar a ninguno ni 35 lo apresaré ni le despojaré de sus bie36 nes ni vivo ni muer37 to ni yo mismo ni de los míos 38 ninguno. Pero si alguno de los habitantes/colonos78 39-46 (sólo restos) Este documento contiene disposiciones del rey tracio para asegurar a los griegos que allí comerciaban los privilegios propios de una asylia, es decir, el respeto de sus personas y bienes, además de otros privilegios y garantías. Veámoslos en detalle. Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 23 74. El privilegio de exención de este impuesto sobre el tráfico comercial griego por el interior del país es, en sentido inverso, una prueba de que este gravamen era habitual. 75. La cláusula implica que, sin un permiso explícito, los carros o carretas en las que se transportaban las mercancías no podían ser abiertos una vez cargados y quizá precintados. El privilegio aquí puede entenderse de dos maneras: o bien como el permiso de abrir en las diferentes etapas del viaje para vender parte del cargamento y de volverlas a cerrar con el resto o con eventuales nuevos productos adquiridos, o bien como la exención de pasar un control a la llegada o salida de los mercados, como parece haber ocurrido en los puertos con las naves comerciales. 76. El rey tracio a partir de aquí (cambiando el estilo propio de un decreto o acuerdo oficial adoptado en la primera parte del documento, por el de un juramento público, mera repetición literal del de su antecesor probablemente) asume los privilegios concedidos a los griegos por su antecesor. 77. Parece observarse un trato de favor para Maronea, a cuyos ciudadanos se conceden colectivamente estos privilegios, frente a Taxos y a Apolonia, para las cuales los privilegios parecen restringidos sólo a los que residen o viajan a Pistiros, verosímilmente por asuntos relacionados con el comercio. 78. El término griego admite los dos significados. Aceptando el primero, tendríamos una referencia a todos los que viven en Pistiros, y no únicamente a los griegos, mientras que de inclinarnos por el segundo significado, sería exclusivamente a los que han venido de fuera para establecerse allí, alternativa ésta que parece muy improbable. A partir de aquí la piedra presenta una rotura en el ángulo inferior izquierdo que hace prácticamente imposible descifrar el contenido de las ocho líneas restantes. Por los escasos restos legibles, podría deducirse que se trataba de medidas encaminadas a lograr la coexistencia pacífica entre los diferentes núcleos de población. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 23
—Primero, y esto nos parece de gran interés, se les concede autonomía judicial para todos aquellos litigios que tengan lugar entre griegos: en sus manos queda la administración de la justicia (aparece aquí una mención explícita a la acción de juzgar: krínesthai, línea 6) de acuerdo con leyes que comparten por su propio parentesco ancestral, y que eran probablemente distintas de las tracias. Se deduce del contexto que los litigios o reclamaciones se referirían a cuestiones relativas al ámbito mercantil. Esta concesión supondría un trato de favor hacia los griegos, ya que lo habitual sería que fuesen tribunales tracios quienes juzgasen de acuerdo con sus leyes cualquier litigio surgido en su territorio. Por excepción, aquí el rey tracio se remite a «los usos propios de su común origen», expresión que posiblemente incluiría tanto sus autoridades o tribunales propios (acordados por los tres núcleos de población jonia que practicaban el comercio en este territorio extranjero) como sus propias leyes o costumbres. —La referencia que sigue a la «no abolición» de las deudas contraídas con los griegos podría entenderse que pretende garantizar su exigibilidad. Sin embargo, entendemos que existe otra interpretación más ajustada a la literalidad del texto y que iría más allá de la simple declaración de exigibilidad de las deudas: el monarca tracio se comprometería a «no abolir» las deudas existentes, es decir, a no privar a los comerciantes griegos de sus créditos mediante medidas confiscatorias de carácter general. Esta interpretación se basa en el sentido del sintagma tôn khreôn apocopaí ‘abolición de las deudas’, que en otros contextos se refiere claramente a medidas de carácter legislativo o general79. En los otros contextos conocidos en los que se emplea este sintagma, se refiere siempre a una medida aplicada en el ámbito interno de la polis; en consecuencia, estaríamos aquí ante el primer ejemplo documentado de una garantía de este tipo concedida a extranjeros. —La cláusula siguiente nos atestigua indirectamente un caso de enktesis, es decir, de autorización al extranjero para adquirir bienes inmuebles. Llama la atención que, en vez de hablarse de «tierra y casas», como era lo habitual, se hablara aquí de «tierra y pastos». Ello tal vez se explique por el hecho de que los comerciantes transportaban sus mercancías en carretas, tal como se desprende de la propia inscripción, y, en consecuencia, es de suponer que necesitarían pastos para mantener a sus animales de tiro. A continuación, y en una cláusula separada, se garantiza a los griegos que no serán privados de sus bienes. El hecho de que se trataran por separado los inmuebles y el resto de bienes, destacándose en primer lugar la protección de los primeros, obedecería, como también ha ocurrido en muchas otras épocas históricas, a la capital importancia de la propiedad inmobiliaria. —Vienen a continuación una serie de privilegios que afectan al tráfico de mercancías y al propio funcionamiento del comercio, como por ejemplo el de la exención de tributos por el derecho de paso por determinadas rutas. Finalmente, 24 Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago 79. Cf., p.e., ANDÓCIDES, I, 88; PLATÓN, República, VIII, 566a; ARISTÓTELES, Athenaion politeia, VI, 1. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 24
en las últimas cláusulas, expresadas en forma de juramento, la asylía respecto a la inmunidad personal y la protección de sus bienes, se extiende además de a los griegos establecidos en Pistiros, a los ciudadanos de la colonia de Maronea (en la costa sur de la propia Tracia), así como a los procedentes de la isla de Tasos (también contigua a su costa meridional) o de la colonia póntica de Apolonia (en su costa oriental), cuando estos dos últimos estén en Pistiros por razones comerciales80. En definitiva, esta inscripción constituye un documento excepcional para conocer algunos aspectos del estatuto legal de ciertos grupos de población griega dedicados al comercio en tierras extranjeras. Los datos, con pequeñas variaciones propias de las peculiaridades del medio, pueden ser extrapolados a todo el ámbito de la llamada «colonización empórica»81, es decir, la basada fundamentalmente en el comercio. Los ejemplos presentados aquí procedentes de dos puntos extremos del Mediterráneo, marco geográfico de la actividad colonizadora82 de los griegos, creemos que así lo sugieren. V. Decretos de proxenía: Iasos yCaunos Ejemplificaremos a continuación algunos casos de concesión de privilegios a extranjeros, a nivel individual en este caso, dentro del marco jurídico-político de la polis. Presentamos cuatro inscripciones83 publicadas en 1986 y procedentes de la ciudad de Iasos, antiguo establecimiento griego84 en territorio cario (situado en la costa de Asia Menor al sur de Mileto) en el que, como en otras muchas ciudades de la zona, convivían población griega y caria. Las tres primeras inscripciones fueron datadas originariamente entre 500 y 450 aC, y la cuarta, considerada un poco posterior, pero aún dentro del s. V85. Actualmente se tiende a atribuirles una fecha más tardía: comienzos del s. IV aC para las tres primeras y tercer tercio del IV para la cuarta86. Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 25 80. La mención de que no se despojaría a tales personas de sus bienes «ni vivos ni muertos» podría tener la finalidad de intentar evitar que se diera muerte a dichos comerciantes para quedarse con sus bienes, estableciéndose entonces que a su muerte sus posesiones no se convirtieran en bona vacantia. 81. Sobre este tipo de colonización, vid. BRESSON, A., y ROUILLARD, P., L’EMPORION., ed. de Boccard, París, 1993. Referencias a Pistiros y Emporion en HANSEN, N.H., EMPORION, «A study of the use and meaning of the term in the archaic and classical periods», en NIELSEN T.H. (ed.), Yet more studies in the ancient Greek polis, Stuttgart, 1997, p. 83-105, esp. 90-100, 102 s. 82. En este caso de la colonización histórica o segunda colonización; vid. apartado II, n. 13. 83. Las tres primeras están escritas en un mismo bloque de mármol, encontrado en el Ágora de la ciudad antigua, lo que indica su carácter oficial. La cuarta, que también fue hallada en el Ágora, está escrita en un bloque de mármol distinto. 84. Resultado en este caso de la colonización protohistórica aludida también en el apartado II, n. 13. 85. Cf. PUGLIESE CARRATELLI, G., «Cari in Iasos», RAL, 40, 1985 [1986], p. 149-155, autor de la ed. pr.; posteriormente publica en RAL, 42, 1987 [1989], p. 289-292 una copia de la cuarta hecha entre los s. III/II aC, y propone rebajar la fecha del original a 334-323 aC (poco antes de 360 para otros; cf. SEG, 38, 1988, núm. 1059). 86. Vid. GAUTHIER, Ph., BE (1990), núm. 276 y FREI, P. y MAREK, C., Kadmos, 36, 1997, p. 56, n. 134. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 25
Las dos primeras inscripciones incluyen sendos decretos de concesión de proxenía (cf. infra, n. 103) por parte de la ciudad de Iasos, con los privilegios que solían acompañarla, a favor de extranjeros no griegos, concretamente carios. La tercera recoge otro decreto semejante, pero en este caso a favor de un ciudadano de otra ciudad griega cercana, Cnido, antiguo establecimiento dorio en la costa meridional de Asia Menor. La cuarta y última contiene otro decreto de proxenía a favor de los tres hijos de un personaje con nombre cario. He aquí las respectivas traducciones87: A 1A […]sso88, hijo de Artao89, oriundo de Khalketor90, por ser euergetes91 2de los Iaseos, para él y para sus descendientes, los Iaseos 3le han concedido asylía92, proedría93, isote4leia94 como al ciudadano de Iasos, eisagogé95 y 5exagogé96, tanto en guerra como en paz, 6lo mismo que un ciudadano de Iasos B 1Han acordado el Consejo y la Asamblea, 2en ocasión de la asamblea electoral97. Hecateo hijo de Pigasso98 26 Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago 87. Trads. y comentarios filológicos de R.A. Santiago. El texto griego puede ser consultado en la ed. pr. (citada) o en SEG, 36, núm. 982, 983. 88. El encabezamiento del decreto de concesión de proxenía se ha perdido. La primera palabra conservada es el final de un antropónimo cario en dativo, sin duda el destinatario del decreto honorífico. El sufijo -ssos es frecuente en la onomástica asiánica, caria en este caso. 89. Nombre cario también. 90. Pequeña ciudad caria del interior cercana a Iaso y que, como a Euromo (vid. infra, n. 102), Estrabón considera meros enclaves tierra adentro de las ciudades de la costa, cf. XIV, 1, 8 y XIV, 2, 22. La población caria debía de ser la dominante en estos asentamientos del interior, al contrario que en las ciudades más helenizadas de la costa. 91. Literalmente, «benefactor». Título honorífico que, como el de próxeno, una ciudad podía conceder a ciudadanos de otra por diferentes motivos. 92. Inmunidad personal e inviolabilidad de sus bienes. 93. Asientos de preferencia en los espectáculos o celebraciones públicas. 94. Equiparación fiscal a los ciudadanos caso de que el extranjero honrado con este privilegio decidiera residir en la ciudad de acogida. 95. Derecho de importación. 96. Derecho de exportación. 97. Aquella en que eran elegidos los magistrados. Tenemos aquí un primer testimonio de la existencia en Iaso de esa asamblea; cf. GAUTHIER, Ph., BE (1990), núm. 276. 98. Nombre cario, frente al nombre griego de su hijo. La mezcla de antropónimos griegos y carios en la misma familia, que indica la frecuencia de matrimonios mixtos, está bien atestiguada en otras inscripciones griegas de la zona. Las estrechas relaciones y mezcla entre ambas poblaciones se atestiguan desde época muy temprana: en una inscripción de comienzos del s. VI aC (591) procedente del templo de Abu-Simbel en Egipto, aparece mencionado, entre los mercenarios griegos y carios que luchaban a las órdenes del faraón egipcio Psamético, un individuo con nombre cario pero con patronímico griego; cf. ML, núm. 7. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 26
3ostentaba la Pritanía99. Que Arlissis100, hijo de Idyssolo101, 4oriundo de Yromos102, sea inscrito como próxeno103 5y euergetes de los Iaseos, él 6y sus descendientes, y que él tenga 7enktesis104 de tierra y de casas, así como asylia, 8proedría, administración de justicia idéntica a 9los Iaseos, y pagar impuestos 10 exactamente igual105 que un ciudadano de Iasos. C 1Han acordado el Consejo y la Asamblea, siendo 2estephanephoro106 Deinón, en el mes Colly3rion. Eustenes ostentaba la Pritanía, Anaxago4ras hizo la propuesta: a Licínades, hijo de Leónides, oriundo de Cnido, 5inscribirle como próxeno lo mismo que 6habían sido inscritos sus ascendientes, por su euergesía107 7respecto a la ciudad de los Iaseos, y que él tenga, 8lo mismo que sus ascendientes, ateleia108, proedría, Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 27 99. Presidencia del Consejo y de la Asamblea en la que se turnaban a lo largo del año los representantes de las distintas «tribus», no ya en el sentido gentilicio sino entendidas como demarcaciones del territorio de la polis. 100. Antropónimo cario. 101. Otro antropónimo cario. 102. Se conserva aquí un testimonio del antiguo nombre cario de esa pequeña ciudad del interior cercana a Iaso (cf. comentario a Khalketor), conocida habitualmente con el nombre de Euromos, que no es sino una helenización del nombre cario originario; cf. Pugliese Carratelli, op. cit., p. 152. No deja de ser significativa la utilización aquí de la forma caria, lo que abogaría por la antigüedad del documento, o bien porque la persona honrada con la proxenía pertenece inequívocamente a la etnia caria. 103. Título honorífico, «huésped público». A partir del s. IV aC adopta el sentido de «garante», cuya función era actuar como protector de sus conciudadanos en la ciudad que le había concedido la proxenía; vid. Gauthier, Ph., SYMBOLA, esp. cap. I. 104. Derecho a la propiedad de bienes inmuebles. Cf. al respecto HENNIG, D., Chiron, 24, 1994, p. 305-344, interesante artículo en el que se analizan las diferentes maneras de acceso a la propiedad inmueble por parte de los no ciudadanos en las ciudades griegas de época clásica y helenística. La enktesis aparece como la más frecuente. El autor, aceptando la datación más temprana, considera el caso atestiguado aquí como el testimonio más antiguo. Aun retrasando la fecha de la inscripción, seguiría siendo un testimonio temprano, ya que la mayor parte de los ejemplos, como afirma este autor, proceden de inscripciones del s. III aC o más tardías. 105. Es decir, se le concede la isoteleia, vid. supra n. 94. 106. Literalmente, «portador de corona». Implicaba un honor concedido a ciertos magistrados y sacerdotes que tenían derecho a llevar corona en el ejercicio de su cargo. 107. Cualidad de euergetes, benefactor. 108. Exención de los impuestos correspondientes a extranjeros. No se sabe con exactitud la naturaleza y extensión de esta exoneración fiscal. En algunos casos se explicita que es total, ateleia pánton, lo que hace suponer que en la mayoría de los casos afecte sólo a determinadas cargas fiscales. Una interesante revisión de los puntos de vista al respecto, en GIOVANNINI, A., «Imposition et exemption fiscales des étrangers dans le règlement athénien sur Chalcis IG I340», ZPE, 133, 2000, p. 61-74. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 27
9derecho de importación y exportación por mar con inmunidad y sin necesidad de tratado 10 formal, tanto en paz como en guerra, y que sea ciudadano de Ias11 os si quiere. Que estos privilegios sean tanto para él 12 como para sus descendientes. D 1Han acordado el Consejo y 2la Asamblea, en ocasión de la Asamblea electo3ral. Demet[rio … …] 4hijo de [Apolo]nides y Demon ostentaban 5la Pritanía. Anaxágoras, 6hijo de Apolonides, hizo la propuesta: que los hi7jos de Peldemis109, Myrmex, 8Manes y Targelio 9sean próxenos de los Iaseos, 10 y euergetas, y (que tengan) atelei11 a, proedría, derecho de im12 portación y exportación por mar, tanto en 13 paz como en guerra, y que ten14 gan también enktesis de tierra 15 y de casas, y administración de justicia co16 mo Iaseos y pagar im17 puestos como Iaseos110, 18 ellos y sus descendientes. Varios aspectos merecen ser comentados: en primer lugar, no se observa una diferencia sustancial entre los privilegios concedidos a extranjeros de origen no griego y a griegos de otra ciudad; en segundo lugar, en el documento B tendríamos uno de los testimonios más antiguos de enktesis o concesión a un extranjero del derecho a la propiedad de inmuebles; en tercer lugar, aparte de los privilegios más habituales, como el de asegurar el respeto a su persona y a sus bienes (asylía), la equiparación fiscal con los ciudadanos (isoteleia), la exención de algunas tasas (ateleia) o el derecho a un lugar preferente en los actos públicos (proedría), hay uno que llama especialmente la atención, que es el de la equiparación con respecto a la administración de justicia (documentos B y D). Es difícil averiguar las condiciones exactas de esa equiparación, ya que el texto griego es poco explícito: díkas 28 Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago 109. Nombre cario. La omisión de la indicación de su lugar de procedencia, explícito en los demás casos, inclina a pensar que los destinatarios de este decreto honorífico formarían parte de una comunidad «bárbara», más que de una ciudad griega de Caria (cf. Pugliese Carratelli, op.cit., p. 154). 110. La concesión de ateleia indicada en la línea 10 parece entrar en contradicción con la isoteleia aludida aquí. Se ha supuesto (cf. SEG, 36, 1986, núm. 291) que la exención de impuestos afectaría al caso de que estos personajes honrados con el privilegio en cuestión visitasen Iaso, mientras que la segunda se referiría a una equiparación fiscal con los ciudadanos, caso de que ellos se estableciesen en Iaso. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 28
katáper Iaseûsin. Sin embargo su análisis lingüístico permite algunas apreciaciones significativas: dike representa la justicia positiva, frente al antiguo concepto de themis, cuyo sentido se acercaría más al de justicia natural. Además, y sobre todo en plural, como es aquí el caso, dike/dikai adquiere pronto el sentido particular de «juicio», «proceso», concretamente de carácter privado, frente a graphé, que se refiere a una acción de carácter público (causa criminal, deserción, sacrilegio, etc.). Por otra parte el adverbio comparativo katáper, forma jonia que corresponde al ático katháper, es un compuesto de la preposición katá y el plural neutro del relativo reforzado hósper, por lo que su sentido literal sería «conforme a idénticos presupuestos». Finalmente el dativo Iase~ usin es sintácticamente el segundo término esperado en una comparación de igualdad o identidad. De modo que aquí parece apuntarse que en los procesos entre particulares se asegura a los extranjeros que han recibido este privilegio un trato jurídico exactamente igual al de los ciudadanos: las mismas leyes, los mismos tribunales, los mismos procedimientos. En cuanto al derecho de importación y exportación, en el primer decreto se utilizan los términos generales y, dada la situación interior de la ciudad de Khalketor, versosimilmente se refería a las que seguían las vías terrestres. En el tercer y cuarto decreto se explicita que se trata de la importación y la exportación por mar, esperable en el caso de un habitante de Cnido por su situación costera, lo que hace suponer que los carios honrados en el cuarto decreto vivan también en la costa. En cualquiera de los casos la concesión de este privilegio hace pensar que los destinatarios serían personas que se dedicaban al comercio. En el texto C se refuerza la concesión del derecho de importación y exportación por mar con la frase asylei kai aspondei, es decir, reiterando el respeto a la persona y sus bienes por una parte y, por otra, precisando que tal derecho no se supeditaba a la existencia de un tratado formal con la ciudad de origen del beneficiado por la medida. El interés de la ciudad de Iaso en honrar a este ciudadano de Cnido, que sin duda pertenecía a una familia con una larga tradición de vínculos con Iaso, culmina con la oferta formal de la ciudadanía, que él es libre de aceptar o no, para él y para sus descendientes. Finalmente, y sólo de manera muy breve,aludiremos a otro decreto de proxenía que puede resultar complementario, ya que en este caso la ciudad que concede el honor no es griega y los destinatarios sí, tal como sucedía en la concesión de privilegios a los comerciantes griegos por parte del rey tracio en la inscripción de Pistiros. Además, en este caso la inscripción es bilingüe: un texto cario, de 18 líneas, va seguido de otro griego, del que sólo se conservan las 8 primeras líneas111. Se la ha fechado entre 330-300 aC112 y procede de Cauno, una de las más importantes ciudades carias, situada en el ángulo suroccidental de la costa de Asia Menor. Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 29 111. Esta inscripción se compone de tres fragmentos, de los que los dos primeros fueron hallados por los arqueólogos turcos en el verano de 1996 y el tercero al verano siguiente. 112. Su trascendencia ha sido enorme para descifrar la lengua caria y su identificación como lengua indoeuropea anatólica emparentada con lenguas habladas en Asia Menor ya antes del comienzo del II milenio aC; amplios comentarios en las dos ediciones sucesivas: FREI, P. y MAREK, C., «Die karisch-Griechische Bilingue von Kaunos», Kadmos, 36, 1997, p. 1-89 y los mismos, «Die karischgriechische Bilingue von Kaunos. Ein neues fragment», Kadmos, 37, 1998, p. 1-18. Texto griego y una presentación sintética en SEG, 47, 1997, núm. 1568. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 29
Los textos cario y griego están escritos por la misma mano. El cario era aparentemente la lengua oficial113 del documento, al que se añadiría después la traducción al griego114. He aquí las respectivas traducciones: Texto cario: 1Los caunios han decidido. Hipos2tenes era demiurgo: a Nico3cles, hijo de Lisicles, 4ateniense, y a Lisicles, 5hijo de Lisícrates, 6ateniense, los nombraron próxenos, 7y eurgetas…. 8de los caunios..... 9-18 (ininteligibles por el momento) Texto griego: 1Han acordado los caun[i]os, cuando era demi2urgo Hipóstenes, que Nico3cles, hijo de Lisicles, ateniens[e], 4y Lisicles, hijo de Lisícrat[es], 5[a]teniense, s[ean] próxenos y 6euergetas de los caunio[s, el]- 7los y sus descendientes y [que disponga]- 8n ellos también de e[……. El primero de los atenienses honrados, Nicocles, es un personaje conocido por otros documentos epigráficos del último tercio del s. IV, al que se relaciona con grupos de oponentes a Macedonia115. En cuanto a los privilegios que acompañarían a la proxenía sólo se conserva a final del texto griego la vocal inicial e-, verosímilmente el comienzo de enktesis, a la que seguirían ateleia, proedría, asylía, como más habituales. Cuáles hayan sido sus méritos personales, o la situación histórica que explique la presencia de atenienses en Cauno en esa época, se nos esca30 Faventia 24/1, 2002 Rosa-Araceli Santiago Álvarez; Miguel Gardeñes Santiago 113. El único paralelo de un documento oficial en alguna de estas lenguas locales de Asia Menor es una inscripción trilingüe, en licio, griego y arameo, también del s. IV aC, procedente de la ciudad licia de Xanto, en la costa sur de Asia Menor no lejos de Cauno. La inscripción, hallada en 1973 y publicada en 1979 trata de la institución en Xanto del culto de dos divinidades carias y de los medios financieros para mantener ese nuevo culto. Puede consultarse texto original y comentarios en SEG, 27, 1977, núm. 942, y 46, 1996, núm. 1720. 114. La parte perdida del texto griego, de 6 a 10 líneas, no es reconstruible basándose en el texto cario conservado, ya que éste no es todavía comprensible sin un paralelo griego. De modo que, del texto cario, sólo puede entenderse la primera parte, que coincide con lo conservado en el griego, y para completar éste último (y consecuentemente entender todo el cario) sólo cabe esperar un muy improbable hallazgo de un cuarto fragmento de la estela, o un más probable avance en el conocimiento de la lengua caria. 115. Cf. SEG, 34, 1984; ZIEBARTH, E., Sitzungberichte Akad. Berlin, phil.-hist. Kl., 1934, 1023-1027. Quizá se trata del mismo personaje que el mencionado por Plutarco en Foción, 17.3; 35.5; 36.5. Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 30
pa. Varias aproximaciones históricas han sido intentadas. Quizá lo más verosímil es relacionarlos con la política de acercamiento de Atenas a Asia Menor en la segunda mitad del s. IV para asegurarse apoyos frente a la creciente presión macedónica116. En cualquier caso, estamos ante un documento que nos da fe de que esas instituciones que daban al extranjero un estatuto equiparable, total o parcialmente, al del ciudadano tuvieron también su reflejo en un mundo no griego pero sí fuertemente helenizado. VI. Consideraciones finales Como advertíamos al principio de este trabajo, los textos epigráficos que se acaban de presentar nos muestran ejemplos concretos de fenómenos de interacción de poblaciones en un período determinado de la antigüedad. Además de los datos precisos acerca de los casos concretos que documentan, permiten suponer que tales casos constituirían, al menos en algunos aspectos, meros ejemplos de situaciones que se darían con cierta frecuencia. Por ello, constituyen una valiosa fuente de información sobre el tráfico jurídico «internacional» de la época. A nuestro entender, los textos analizados aportarían datos sobre dos aspectos de indudable interés: el planteamiento general de las relaciones privadas entre individuos de comunidades distintas, y el de la regulación del comercio que hoy llamaríamos internacional o transnacional. Los analizaremos sucesivamente. A) Por lo que al primer aspecto se refiere, en los textos analizados se encuentran manifestaciones de reconocimiento de diversos derechos a los extranjeros (respeto de su persona y sus bienes, equiparación fiscal con el ciudadano, derecho de adquisición y conservación de tierras y casas, derecho a acudir a la justicia, derecho a la importación y exportación…). De ello pueden extraerse algunas conclusiones: la primera es que estos ejemplos confirmarían la tesis generalmente aceptada de que en el mundo griego los problemas que hoy llamaríamos de Derecho internacional privado se presentaban en términos de condición jurídica del extranjero, puesto que el problema esencial era el de si los extranjeros (o algunos de ellos) podían gozar de ciertos derechos que la polis establecía para sus ciudadanos117. Por esta razón los problemas jurídicos que suscitaba el tráfico externo de la época se planteaban en términos distintos a los actuales, puesto que hoy generalmente se asume que el extranjero puede ser titular de derechos civiles, y las limitaciones existentes —cuya incidencia cada vez es menor— afectan esencialmente a los derechos económicos, laborales o profesionales118. Interacción de poblaciones en la antigua Grecia Faventia 24/1, 2002 31 116. Cf. FUNKE, P., Kadmos, 37, p. 211-228. 117. Señalando la importancia de la problemática de la condición del extranjero durante la antigüedad, GONZÁLEZ CAMPOS, J.D., «Les liens entre la compétence judiciaire et la compétence législative en droit international privé», R. des C., t. 156, 1977-III, p. 249; vid. también ESPINAR VICENTE, J.M., loc. cit., p. 566-567. 118. La tradición española de equiparación legal del extranjero con respecto al español en lo relativo al goce de los derechos civiles, salvando las excepciones que en casos particulares hagan las leyes, se reflejaría en el art. 27 del Código Civil, a cuyo tenor: «Los extranjeros gozan en España de Faventia 24/1 001-244 7/5/02 09:17 Página 31