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Algunos ejemplos de Realpolitik en las fuentes griegas

Santiago Alvarez, Rosa Araceli

Abstract

Se comentan algunos ejemplos de textos legales que muestran un enfoque decididamente realista, inspirado por un principio de racionalismo práctico y una total autonomía en la aplicación de la inteligencia humana a la previsión y resolución de los problemas de la vida en comunidad. Los testimonios analizados primero, son epigráficos: una arcaica inscripción de Quíos (VII-VI), cuya mención de una µïùìc äèíïóÝè indujo a considerarla un temprano ejemplo de constitución democrática, y los códigos legales, en forma de Imprecaciones Públicas, recogidos en dos inscripciones procedentes de Teos (490-470). Finalmente se insiste en el paralelismo de estos testimonios directos con un texto literario, la Ciropedia de Jenofonte.

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Resumen Se comentan algunos ejemplos de textos legales que muestran un enfoque decididamente realista, inspirado por un principio de racionalismo práctico y una total autonomía en la aplicación de la inteligencia humana a la previsión y resolución de los problemas de la vida en comunidad. Los testimonios analizados primero, son epigráficos: una arcaica inscripción de Quíos (VII-VI), cuya mención de una Βουλc δηµοσÝη indujo a considerarla un temprano ejemplo de constitución democrática, y los códigos legales, en forma de Imprecaciones Públicas, recogidos en dos inscripciones procedentes de Teos (490-470). Finalmente se insiste en el paralelismo de estos testimonios directos con un texto literario, la Ciropedia de Jenofonte. Palabras clave: Textos legales, ejercicio del poder. Realismo, racionalismo práctico. Abstract Using some fragments of archaic legal texts, and of Xenophon’s Cyropaedia, we show the dominant role, within the Ancient Greek World, of a principle of practical rationality to deal with the problems arising from life of the human communities. A principle relying upon a full authonomy of the human mind. The fragments belong to a Chios’ inscription (VII-VI), usually seen as an early remain of a democratic constitution because of its mentioning of a Βουλc δηµοσÝη, and to the law codes on two inscriptions from Teos (490-470), written in the form of public imprecations. An akin method is suggested for the political strategies shown by the literary hero of Xenophon’s Cyropaedia. 1. No pretendo abordar aquí la exposición de ningún modelo teórico de las concepciones políticas de los griegos de la antigüedad, sino simplemente observar, en las propias fuentes griegas, algunos ejemplos de práctica del poder y poner de relieve, a través del comentario de unos pocos pasajes del legado escrito, tanto epigráfico como literario, un aspecto que, a mi modo de ver, muestra bien a las claras que también en este campo, en el de los principios que regían la praxis política, la * Trabajo realizado con el soporte del Proyecto de Investigación DGICYT PS 94-0118. Faventia 19/2, 1997 33-50 Algunos ejemplos de Realpolitik en las fuentes griegas* Rosa-Araceli Santiago Álvarez Universitat Autònoma de Barcelona Departament de Ciències de l’Antiguitat i de l’Edat Mitjana 08193 Bellaterra (Barcelona). Spain Data de recepció: 28/2/1997 Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 33 civilización de la antigua Grecia manifiesta esa originalidad que la hace diferente de sus contemporáneas y que la configura en sus planteamientos como una civilización moderna. 1.1. Me refiero a que desde los primeros testimonios se nos muestra la griega como una civilización que opera dentro de un marco específicamente humano, cuyo principio de actuación es el del racionalismo práctico, el de la autonomía de la inteligencia para ordenar el mundo. No olvidemos que la palabra para designar, y por tanto concebir, el universo es en griego κÞσµοσ, «orden». Y este orden está regido por un principio tan racional como el del equilibrio. No se buscan elementos rectores fuera de la esfera del hombre. Las fuerzas naturales y sobrenaturales, deificadas o no, son concebidas con personalidad humana y sus propios dioses aparecen siempre antropomorfizados. Las historias míticas, tanto de dioses como de héroes, responden también a esa intención racionalizadora: la Teogonía de Hesíodo no es sino un intento de reducir a esquemas racionales, estructurándolo genealógicamente, todo un mundo primitivo de fuerzas mágico-religiosas. La tragedia, especialmente la de Esquilo, trata también de armonizar los aparentes desajustes entre una visión humana inmediata, limitada a veces por su cortedad de miras, y una visión globalizadora representada míticamente como la propia de una divinidad que todo lo ve, omnisciente, para la que no existe ni pasado ni presente ni futuro, y que no tiene por tanto las limitaciones de tiempo y espacio. 2. Comenzaremos por analizar el contenido de algunas de las inscripciones más antiguas de carácter político. La ventaja como testimonio de una inscripción frente a un texto literario es evidente: En primer lugar, ha llegado a nosotros en el mismo soporte de piedra, metal, cerámica, etc. y, en lo conservado, tal como fue escrita hace más de dos milenios. No ha estado sometida a los avatares y posibles alteraciones de una larga transmisión manuscrita, sólo a las condiciones de conservación dependientes de los agentes naturales. En segundo lugar, el motivo de una inscripción, sea pública o sea privada, siempre es un acontecimiento de la vida individual o colectiva del grupo humano que la produce: agradecer o tratar de conseguir de un dios un determinado favor, recordar y honrar a seres queridos tras su muerte, inmortalizar los hechos gloriosos, marcar la posesión en objetos domésticos, confeccionar archivos de cuentas o transacciones comerciales, mantener una correspondencia con socios o familiares ausentes, reglamentar los distintos aspectos (políticos, sociales, económicos, religiosos) de la vida pública y un largo etc. En consecuencia, las inscripciones griegas son para nosotros como instantáneas de un pasado remoto que nos permiten asomarnos a momentos concretos de esa realidad lejana. 2.1. La única limitación al valor de estos testimonios de primera mano es que, sobre todo para las épocas más antiguas, son escasas las conservadas y además muchas de ellas nos han llegado incompletas y presentan dificultades de lectura y sobre todo de interpretación, bien por el desconocimiento del contexto histórico en que ha surgido el documento, bien por la imposibilidad de contrastarlo con otros seme34 Faventia 19/2, 1997 Rosa-Araceli Santiago Álvarez Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 34 jantes. Por eso precisan muchas veces de una intensa labor lingüística e histórica para su reconstrucción e interpretación. Labor en la que debe combinarse la imaginación (que no la fantasía) con la agudeza visual y con la seguridad que da una sólida formación filológica y lingüística, tal como defendía L. Robert, el gran epigrafista francés recientemente desaparecido. Por todos estos motivos, cualquier peculiaridad que presente una inscripción, por insignificante que parezca, debe ser cuidadosamente analizada, ya que puede aportar una valiosa información, aunque sea como testimonio indirecto. En este sentido, son especialmente significativos los rasgos lingüísticos que muchas veces nos permiten deducir, no solamente las mutuas influencias entre las diferentes variedades dialectales del griego antiguo, sino además otros aspectos de la realidad que subyace al documento1. 2.2. Veremos a continuación unos ejemplos de texto legal, que figuran entre las más antiguas inscripciones griegas conservadas, que nos darán fe tanto de la modernidad en los planteamientos y soluciones de las cuestiones que afectaban a la puesta en práctica del poder, la Realpolitik, como de esa aplicación libre de la inteligencia para resolver los problemas de la cambiante realidad cotidiana. 2.2.1. El texto incompleto2de una antiquísima inscripción (VII-VI aC) sobre las cuatro caras de una piedra de mármol procedente de la isla de Quíos, al norte de la actual Turquía, ha sido tradicionalmente interpretado como uno de los más antiguos testimonios de democracia en Grecia, debido a la mención de una β~ολc δηµοσÝη, presuntamente un «Consejo popular»3. Serias dudas respecto a la interpretación de β~ολc δηµοσÝη como «Consejo popular» ya en Ampolo (1983). Parece bastante probable4que el sentido del adjetivo δηµοσÝη apunte más bien aquí al de la comunidad global de todos los ciudadanos de Quíos. Con este significado, la inscripción se nos muestra como un acuerdo, planteado con todo realismo, para asegurar la convivencia entre un poder central y unos poderes locales dentro del marco político de un estado único. La conexión entre los dos tipos de poder estaría precisamente articuAlgunos ejemplos de Realpolitik en las fuentes griegas Faventia 19/2, 1997 35 1. Para limitarnos a ejemplos de nuestra cercanía geográfica, podemos aludir a algunos casos de la epigrafía emporitana: las peculiaridades dialectales de las más antiguas inscripciones griegas de Ampurias se configuran como el testimonio más valido en la reconstrucción del dialecto jonio de su metrópoli Focea, ya que presentan fuertes coincidencias con los dialectos del área más septentrional de Jonia, concretamente con los de Quíos, Eritras y también con el de la isla de Tasos, cf. SANTIAGO (1996b). Es un factor a tener en cuenta, ya que en otros casos los dialectos de la metrópoli y de las colonias han seguido caminos divergentes. En otro orden de cosas, la presencia del adjetivo Εµππορται para designar a los habitantes de la colonia griega de Emporion en dos inscripciones recientemente recuperadas, una en Ampurias (cf. SEG XXXVII, 838) otra en el emplazamiento arqueológico de Pech Maho, al SE de Francia (cf. SEG XXXVIII, 1036), no sólo adelanta en cinco siglos (el primer testimonio era hasta ahora el de Estrabón) la historia documentada del término, sino que del análisis de los contextos en que aparece en ambas inscripciones se deduce una temprana e importante presencia de esta colonia griega en el ámbito comercial de esta parte más occidental del Mediterráneo. 2. Cf. Apéndice I. 3. Cf. entre otros JEFFERY (1956) esp. p. 167. 4. Cf. VAN EFFENTERRE (1994, p. 262-267). Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 35 lada por esa Bulé Demosíe, cuya composición y funciones como órgano representativo de la comunidad toda se deduce de la parte final de la inscripción. Con el mismo racionalismo práctico parecen ser enunciadas, en la primera parte del documento, una serie de medidas para prevenir la corrupción política. Paso a continuación a dar mi traducción y comentario de este texto legal5, siguiendo la secuencia de las cuatro caras que me parece más verosímil, como explico a continuación: D [En tal día] del mes de Artemision [como demarco] debe concluir un pacto con los basileis y comprometerse a ello con juramento solemne. De esta presunta primera cara6, a pesar del mal estado de conservación, puede deducirse la indicación de la fecha, sugerida por la mención de un nombre de mes en genitivo, así como la referencia a un pacto solemne de concordia, sugerido por la expresión Âρκια πιταµνÛτω7, promovido por el representante del poder central, el demarco8, con los basileis (τοσ β]ασιλεσιν), que serían los responsables de los gobiernos locales. A [ante el altar] de Hestia Bulaia, velando por el cumplimiento de los acuerdos de la comunidad conjunta […] Si en el ejercicio de sus funciones de demarco o de basileus alguien fuese objeto de soborno, deberá hacer el reintegro al [tesoro] de Hestia Bulaia. En caso de que sea el demarco, que se encargue de llevar a término el proceso el inspector de cuentas del Estado […] después de convocar asamblea plenaria. Apropiaciones indebidas: multa doble […] de cuanto se haya podido sustraer. Continuaría esta segunda cara con la indicación del lugar de celebración del pacto, quizá el santuario o un altar en el ágora dedicado a Hestia Bulaia, la diosa protectora verosímilmente de la Bulé Demosíe, ese Consejo Estatal en el que, como veremos, estaban representadas todas las comunidades regionales, lo que la convierte en la protectora del hogar patrio, de la patria común. Su misión aquí sería, por tanto, la de solemnizar y proteger ese acuerdo de concordia entre ambos poderes. 36 Faventia 19/2, 1997 Rosa-Araceli Santiago Álvarez 5. Cf. mi reciente revisión, con algunas nuevas propuestas de lectura en SANTIAGO (1995). 6. Se trata, como hemos dicho, de una piedra cuadrangular. En cuanto al orden de lectura de las cuatro caras (A B C D) hay dos propuestas diferentes. Yo me decanto por anteponer la tradicionalmente considerada cara D, es decir la última, al principio, dado que es habitual en inscripciones de este tipo que se comience indicando la fecha, el motivo y el lugar en que se celebra el acto. La fecha y los protagonistas del acuerdo estarían indicados precisamente en esta cara que pasa al principio y que se vería seguida por aquélla en la que se indica el lugar. 7. Para el valor semántico y los usos de la expresión Âρκια τÀµνειν, cf. CASABONA (1966, p. 211-220). 8. Mencionado directamente, como dativo de δܵαρχοσ, en la línea 1 de la cara B, así como indirectamente en el participio del verbo correspondiente, δηµαρχÛω, en las líneas 3/4 y 5/6 de la cara A, lo que me ha llevado a restituir también aquí la forma de participio. Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 36 El deterioro de la piedra nos impone de nuevo lagunas importantes para la comprensión de esta parte del documento. De todas formas, sí que podemos deducir no sólo la condena de la corrupción política, sino también el establecimiento formal y material de los medios para que ésta no quede impune. Asimismo, parece mostrarse la delimitación jerárquica de la competencia sobre los procesos por corrupción. B […] y si un juicio de apelación […] y si alguien se considera víctima de una injusticia, que deposite ante el demarco […] estateras. Resulta sorprendente la existencia en una época tan temprana de un tribunal de apelación, verosímilmente en la sede del poder central, ya que es ante el demarco ante quien debe formalizarse la petición de apelación. El detalle mismo de tener que depositar una determinada cantidad de dinero implica un gran sentido práctico: garantizar que hay un fundamento para la apelación. C Las apelaciones deben presentarse ante la Bulé Demosíe (el Consejo Estatal). Cada mes, dos días después de las Hebdomaia9, se celebrará una reunión del Consejo Estatal con facultad para imponer multas. Este Consejo será electivo, a razón de cincuenta miembros por cada comunidad. Se ocupará de todos los asuntos relativos al Estado (τa δܵο), y en particular emitirá su fallo en todos y cada uno de los juicios de apelación que hayan sido presentados durante el mes […]. Tanto el calificativo (δηµοσÝη) como la composición y las funciones del citado Consejo, no dejan lugar a dudas sobre su carácter representativo de los intereses de los miembros de todas y cada una de las comunidades que constituyen el Estado conjunto. Entendido así, se muestra perfectamente coherente en este documento la relación semántica entre δµοσ, δηµοσÝη, δηµαρχÛω, δܵαρχοσ. Creo que no es necesario añadir demasiados comentarios: el texto refleja claramente ese racionalismo práctico de que hablábamos al principio. No se trata de preceptos apoyados en la autoridad de poderes superiores o divinidad alguna, sino de aportar soluciones racionales a los problemas de la praxis política. La presencia de la divinidad, aquí concretada en la mención de la diosa protectora del hogar patrio, cumple meramente la función de símbolo de un compromiso político fundamental: representa la garantía de los derechos de todos los miembros de la gran familia del Estado, compuesto por las diferentes comunidades que lo integran. Ahora bien, esa garantía se asegura mediante un sistema de normas prácticas concretas. Algunos ejemplos de Realpolitik en las fuentes griegas Faventia 19/2, 1997 37 9. El día siete de cada mes, dedicado a Apolo. La reunión, por tanto, se fija para el nueve. Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 37 2.2.2. Otros documentos epigráficos cuyo comentario me parece también de interés son dos inscripciones fechables en el primer cuarto del siglo VaC y procedentes de Teos, otra antigua ciudad griega en la costa de Asia Menor. De la primera10 se han perdido los originales en piedra, y el texto, mal conservado en algunos puntos, se basa en copias que remontan al siglo XVIII. Por eso ha sido providencial el hallazgo en 197611, en un pueblecito turco cercano al emplazamiento de la antigua Teos, de un bloque de piedra caliza veteada, con inscripciones griegas en las cuatro caras12 y que presenta unos estrechos paralelismos formales y de contenido con la inscripción previamente conocida, de la que nos ayuda a precisar los aspectos menos claros13. Se trata, en ambos casos, de códigos legales que toman la forma de imprecación pública. Afectan a distintos aspectos de la realidad económica, política y social tanto de Teos como, en la segunda inscripción, también de su colonia Abdera. El enfoque plenamente realista de los diferentes problemas es extraordinariamente llamativo, así como el paralelismo con situaciones que a nosotros 2.500 años después nos resultan familiares. Pasemos a la traducción y al comentario14 sucesivo de los dos documentos15: A El que preparare drogas perniciosas para los ciudadanos de Teos, afecten a la colectividad o a un particular, que perezca tanto él como su estirpe. Creo que la actualidad y frecuencia de los delitos contra la salud pública nos permiten entender mejor el carácter pragmático de esta condena de cualquier atentado contra la salud individual o colectiva de la comunidad de Teos. El que impidiere la importación de cereales en el territorio de Teos, con cualquier recurso o artimaña, tanto por mar como por tierra, o bien una vez importados, los reexportase, que perezca tanto él como su estirpe. Medidas encaminadas a asegurar el aprovisionamiento de un producto básico en la alimentación, en cuya producción Grecia fue siempre deficitaria. La actualidad de la problemática del comercio alimentario no necesita ser subrayada. 38 Faventia 19/2, 1997 Rosa-Araceli Santiago Álvarez 10. Cf. Apéndice II. 11. Vid. HERRMANN (1981). 12. Cf. Apéndice III. 13. La lectura de la nueva inscripción ha afectado sobre todo a la reconstrucción e interpretación de la primera parte de la cara B de la inscripción antigua, en la que previamente se veía una defensa de la aisymnetía, una forma de tiranía o dictadura con la concentración del poder en un solo individuo. La lectura de la nueva inscripción, en la que se rechaza claramente esta forma de gobierno, ha llevado a entender también así esa parte oscura del documento anterior: véanse a este respecto las reconstrucciones de lecturas propuestas por HERRMANN (1981) y MERKELBACH (1982), Apéndice IV. 14. Para un comentario más en detalle, cf. SANTIAGO (1990-91) y (1994a), (1994b). 15. Se designan con mayúsculas las dos caras del documento previamente conocido y con minúsculas las cuatro del nuevo. Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 38 B El que lleve a cabo confiscaciones entre los ciudadanos de Teos, o instaure una dictadura, o se levantare contra el orden establecido, o se apropiare de lo ajeno, que perezca tanto él como su estirpe16. El rompimiento de las leyes del contrato social y el peligro del establecimiento de regímenes dictatoriales sigue siendo una realidad frecuente en nuestros días, y no sólo en el Tercer Mundo. El que, si en el futuro logra establecer en Teos o en el territorio de Teos una dictadura, […] matase […] o traicionase a sabiendas a la ciudad y al territorio de Teos, o a los hombres de la isla o del mar contiguos, o al fuerte destacado en Area, o bien en el futuro actuase a traición u organizase asaltos, o acogiese a salteadores, o se dedicase a la piratería, o acogiese a piratas sabiendo que habían obtenido su botín de la tierra o del mar de Teos, o tomase a sabiendas alguna decisión perjudicial para las relaciones de la comunidad de Teos con griegos o con bárbaros17, que perezca tanto él como su estirpe. El carácter realista de los preceptos formulados es aquí especialmente evidente: aun no siendo deseable, puede llegar a haber una dictadura en el país. Convendrá entonces atajar en lo posible sus consecuencias más funestas: el asesinato, la traición, la vía libre a salteadores y piratas, problemas todos que atentan contra la seguridad y el orden social. Merece ser destacada la última de las condenas, que evidencia la necesidad de matizar18 el tópico del antagonismo griego/bárbaro tal como se entiende comúnmente. Los magistrados que no proclamaren estas imprecaciones para darles fuerza de ley19, ante la Asamblea reunida, en las Antesterias, en las Heracleas y en las fiestas de Zeus, sean ellos víctimas de la imprecación. He aquí un ejemplo claro de racionalismo avant la lettre: la proclamación solemne de las imprecaciones en las fiestas anuales de determinados dioses no cumple sino la función de mantener su vigencia efectiva como código legal. El que borre las estelas en las que están escritas las imprecaciones, o raspe las letras, o las haga ilegibles, que perezca tanto él como su estirpe. Este precepto adicional para impedir actividades que ocasionen el olvido público de las normativas legales, no es único aquí sino habitual en inscripciones que recogen decretos o acuerdos de normativas de obligado cumplimiento para el conjunto de ciudadanos. No se trata evidentemente de ningún tipo de sacralización de las «tablas de la ley», sino de una medida de realismo práctico. Algunos ejemplos de Realpolitik en las fuentes griegas Faventia 19/2, 1997 39 16. Sigo la lectura propuesta por Merkelbach, que entiende πιξυνι y ασυµνητι como verbos. 17. Para la traducción y el comentario de este pasaje, cf. SANTIAGO (1994a, p. 284). 18. Cf. al respecto SANTIAGO (1994a). 19. Cf. para esta interpretación de ∆υνÀµει SANTIAGO (1990-91, p. 331). Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 39 En la segunda inscripción, la normativa afecta, como antes hemos dicho, no solamente a Teos, sino también a su colonia Abdera. El trozo de piedra cuadrangular en el que nos ha llegado está parcialmente roto, por lo que faltan partes de algunos de los items. Veamos qué nos dice lo conservado: a […] cometiendo un sacrilegio20, que perezca tanto él como su estirpe. Creo que aquí podemos ver la condena del eventual perjurio que pudiera cometer el magistrado cuyo juramento se explicita después. Quien ostentando un cargo público reduzca a la esclavitud (o engañe dolosamente) a alguien próximo a los naturalizados como ciudadanos21 de Teos22, que perezca tanto él como su estirpe. Interesante caso del «derecho de gentes»: no solamente se conceden los mismos derechos que a los naturales a los ciudadanos de adopción, sino que, si mi propuesta de traducción es acertada, se asegurarían los derechos civiles también a los allegados y deudos de estos nuevos ciudadanos. No tramaré ni llevaré a cabo sublevación alguna, ni alentaré sediciones políticas, ni haré denuncias, ni confiscaré bienes, ni encarcelaré, ni condenaré a muerte, a no ser con 20023 o más votos a favor en Teos, y sólo si el reo ha sido apresado conforme a la ley de la ciudad, y en Abdera, sólo con 500 o más votos a favor. Verosímilmente se trata de un juramento público que él o los magistrados de más altas responsabilidades debía(n) pronunciar antes de tomar posesión de su(s) cargo(s), y cuyo eventual perjurio sería condenado, como hemos propuesto antes, en la frase fragmentaria del principio. Me parece que no es necesario insistir en el realismo y en la fineza prácticas con que se contemplan los diferentes aspectos en los que el magistrado podría extralimitarse en el ejercicio del poder. No daré el poder a un dictador ni siquiera con el acuerdo de muchos. Fue precisamente este pasaje el que obligó a la revisión, tal como hemos apuntado, del correspondiente en el documento anterior. Se deduce de ambos el inten40 Faventia 19/2, 1997 Rosa-Araceli Santiago Álvarez 20. Para esta restitución vid. SANTIAGO (1994b, p. 45 s.). 21. Probablemente inmigrantes de Abdera que han aceptado la propuesta de establecerse en su antigua metrópoli para ayudar a su reconstrucción tras ser destruída por los persas, de acuerdo con la propuesta de GRAHAM (1991); precisiones ulteriores en D’ALESSIO (1992). GRAHAM (1992) ha dedicado también al análisis de la relación entre Teos y Abdera un extenso e interesante artículo en el que pone de relieve el interés de esta inscripción como testimonio de la relación entre metrópoli y colonia en la antigua Grecia. 22. Para la justificación de esta traducción del pasaje vid. SANTIAGO (1994, p. 46-49). 23. Cf. LEWIS (1982). Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 40 to de conjurar por todos los medios el peligro de caer en un régimen que dependa de una voluntad única24 aún en el caso de contar con una amplia aprobación. b […] que perezca expulsado de Teos, de Abdera y del territorio de Teos, tanto él como su estirpe […]. El mal estado de la piedra nos impide saber cuál es el hecho aquí condenado. Sin embargo nos da un indicio de cómo podía materializarse el castigo real por desobedecer cualquiera de estos preceptos: al menos, en la pérdida de todos los derechos como ciudadano y la consiguiente expulsión de Teos y de Abdera, así como de todos los territorios amigos o controlados por Teos. c […] Si alguien no devolviera algo reclamado por la comunidad de los abderitas, que perezca tanto él como su estirpe. Este precepto sería una prueba más del intento de atraer inmigrantes de Abdera que ayuden a la refundación de la Teos destruída por los persas: se aseguraría a los nuevos ciudadanos y a sus familias los mismos derechos que a los naturales y además el respeto a sus pertenencias. d […] [En Teos, que los magistrados proclamen las imprecaciones] en las Antesterias, en las Heracleas y en las fiestas de Zeus. En Abdera, en las Antesterias, en las Heracleas y en la fiesta de Zeus. Esta coincidencia en la liturgia de proclamación solemne de las imprecaciones en la metrópoli y en su colonia, así como el destierro por igual de Teos y de Abdera de los infractores (cf. cara b), sugiere una auténtica sympoliteia entre las dos ciudades. El magistrado, sea del ámbito político o económico25, que no leyere lo escrito en la estela, para recordar su vigencia como ley, o bien no lo hiciere el secretario26 a petición de los magistrados, que perezca tanto él como su estirpe. Aquí el sentido práctico va aún más lejos en el intento de asegurar que todos los ciudadanos recuerden que estas normativas siguen siendo vigentes. Se nos evidencia a la vez un ya complejo aparato del estado, en el que la separación de funciones, ejecutivas, de gestión y burocráticas, queda claramente aludida. Por otra Algunos ejemplos de Realpolitik en las fuentes griegas Faventia 19/2, 1997 41 24. Sin duda está muy viva aún la experiencia negativa de la presión persa para el establecimiento de regímenes de carácter personal, más fáciles de manejar, que sustituyeron en muchos casos a las democracias de las colonias griegas de Asia Menor. 25. Cf. τιµοχÛων j ταµιεàων. 26. Cf. j [φ]οινικογραφÛων. Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 41 B ..απονοσ ..........| ξυοι : ν ατι .......| Âστισ : ΤÜιων : ε[©]àνωι |j ασυ[µ]νÜτηι : ...ηι : j(5) πανιστατο τ[]ι α[συµ]|νÜτηι, : πÞλλυσ©αι : καd | ατeν : καd γÛνοσ : τe κεÝν|ο. : Âστισ : το~ : λοιπο~ : ασυµ|ν(ν) : ν ΤÛωι : j γι τι ΤÜ(10)ιηι : ...οσαν : κ. σ [ποκ]τ|Ûνει[ε] : j ..αρον : να [εδ]|ωσ προδο[Ýη..] τc[ν] πÞ|λ[ιν καd γν] τcν ΤÜι|ων : j τe[σ] νδρασ [ν ν](15)Üσωι j ©α[λÀσσηι :] τe µετÛ[πειτ\ j τe] ν | \Αρο[Ý]ηι : περιπÞ[λιον j το~] | λοιπο~ : προδο[Ýη : j κιξα]|λλÛυοι : j κιξÀλλασ : πο(20) δÛχοιτο : j λÜιζοιτο : j λ|ηιστaσ : ποδÛχοιτο : ε|δgσ : κ γσ : τσ Τηιησ : j [©]|αλÀ(Τ)ησ : φÛροντασ :  [τι κ] |ακeν : βολεàει : περd Τ[Üι](25)ων : το~ ξυνο~ : εδgσ : j π[ρeσ] | Ελληνασ : j πρeσ βαρβÀρο|υσ : πÞλλυσ©αι : καd ατ|eν : καd γÛνοσ : τe κÛνο : | ο´τινεσ : τιµοχÛοντεσ¯ τcν παρcν : µc ποιησεα|ν πd ∆υνÀµει : κα©ηµÛν|ο τγνοσ : \Αν©εστηρÝο|ισιν : καd ^ΗρακλÛοισιν : | καd ∆Ýοισιν : ν τπαρ(35)ι : χεσ©αι. : nσ iν τa(σ) στÜλ|ασ : ν wισιν : παρc : γÛγρ|απται, : j κατÀξει : j φοιν|ικια : κκÞψει : j φανÛ|ασ : ποιÜσει, : κε~νον πÞλ(40)λυσ©αι : καd ατeν : καd γ|Ûνοσ [τe κε~νο]. Apéndice III a1. [..........]ΛΕ[....] 13. b λυ[Ü]σ .ω¯ ο[υ]δ .b .διñξω : ο2. [ν]οσÝ .ην : ποιÞµε[ν]- 14. []δb [χρ]η .µ[α]τα : δηµιñσ3. οσ, τουτ .ο~ν .: πÞλλυ[σ©]- 15. [ω : ο]δb δÜσω. οδb κατ4. αι : καd ατeν : καd γÛ[ν]- 16. [ακ]τ .ε .[ν]Û .ω : iµ .µ .Ü .σ[f]ν.. 5. οσ : τe [κ]ε .νο : ^Οσ iν τιµc17. δ .ι .[ακοσ]Ý .[ο]ι .σιν : ν .Τ .Ûωι 6. ν : χων : [σ]υν©Ûτοισιν 18. [j] π .λÛο .σ[ι]ν : [κ]αd iµ µ .c  .- 7. [Τ]ηÝ[ο]ι[σ]ιν : τeµ πλ .η .σÝ19. π[e] πÞλεω[σ] : ν[Þ]µο : κατα8. [ο]ν : δολ[]ται : τοτον : - 20. λαφ©Ûν[τ]α .: ν δb \ΑβδÜ9. [π]Þλλυσ©αι : καd ατe21. [ρ]οισιν : [σ]fµ πεντακο .- 10. [ν κα]d γÛνοσ : τe κ .ενο : \Ε22. [σ]Ý .οισιν : j πλ[Ûο]σιν : Α11. πανα .σ .τα[σ]ιν : ο .βολε23. συµνÜτην : ο στÜσω 12. àσ .ω : οδb ποιÜσω : οδ24. [ο]τε : σfµ πολλοσι[ν] b 1. I L 8. \ΑβδÜρ[ω]ν : [κ]α15. .Α 2. ΙΛ .ΣΟΕ 9. d γσ¯ [ΤÜι]η .[σ] 16. . Η . 3. `Ε...Ε.Ν 10. καd α[]τeν κ- (6 líneas) 4. Μ11. αd γÛνο[σ] τe 23. ...ΟΝ...–. 5. ... : τοτον .12. κεÝνο : ..Ν .Τ24. Ω.ΤΙ 6. []πÞλλυσ©α13. .ΠΑΡΑ.ΘΕ : 25. ΕΙ.Υ ...Ε. 7. ι : κ ΤÛω : κ[α]d 14. .ΙΟ ....Ι/. 26. ΙΟ.Τ ....`Ι c [..... \Αβδ]η .ριτ .Ûων : [π]αι .τ .Ûο[ν]- [τοσ το~ ξ]υνο~ : µc ‘π[ο]διδ[ο]Ýη : κε[ν]- [ον π]Þλλυσ©αι : καd ατeν : κ[αd] [γ]Ûνοσ τe κÛνο 48 Faventia 19/2, 1997 Rosa-Araceli Santiago Álvarez Faventia 19/2 033-050 8/9/97 10:16 Página 48 d 1. \Αν©[εστη]ρ[Ý]- 9. λÛοισιν : κ[α]- 17. [σ]τÜληι : πd 2. οισιν καd ^Η10. d Ζηνeσ : ορ18. µνܵηι : καd 3. ρακλÛοισι11. τι : Οστισ δ19. δυνÀµει : j [φ]- 4. ν : καd {ι} ∆Ýοι12. b τιµοχÛων 20. οινικογρα5. σιν : ν \Αβδ[Ü]- 13. j ταµιεàων 21. φÛων : κελευ6. ρο[ι]σιν : \Αν[©]- 14. µc ‘ναλÛξεε22. [Þ]ντων τιµÞ7. εστηρÝοι[σ]- 15. ν : τa γεγρα©- 23. χων : κενον--- 8. ιν : και ^Hρα[κ]- 16. µÛνα : ν τι Apéndice IV Herrmann: (3) Âστισ : ΤηÝων : <τ>[ωι ξ]υνι (4) j ασυ[µ]νÜτη<ν> : [σταÝ]η¯ j (5) πανιστατο : <π’> αι[συµ]- (6) νηÝηι : πÞλλυσ©αι : καd (7) ατeν : καd γÛνοσ : τe κÛν- (8) ο : Merkelbach: (3) Âστισ : ΤηÝων : ε .[πι ξ]υνι (4) j ασυµνητι : [j...]ι : j (5) πανιστατο : j δ .ι[ο..] (6) ητα .ι : πÞλλυσ©αι : καd (7) ατeν καd : γÛνοσ : τe κÛ[ι]ν- (8) ο~ : Âστισ : το~ : λοιπο~ : ασυµ- (9) νι : ν ΤÛωι : j γι τι Τη- (10) Ýηι : Bibliografía D’ALESSIO, G.B. (1992). «Inmigrati a Teo e ad Abdera (SEG XXXI 985; Pind. FR. 52B SN.-M)», ZPE 92, p. 73-80; «Due note su P. OXY. 841 (Pindaro Peani)», ídem, p. 81-83. AMPOLO, C. (1983): «La ΒΟΥΛΗ ∆ΗΜΟΣΙΗ di Chio: un consiglio “popolare”?», PdP 213, p. 401-416. CASABONA, J. (1966): Recherches sur le vocabulaire des sacrifices en grec, Aix-en-Provence. GRAHAM, A.J. 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